Notificación Nro. GADPZCH-SG-038-2024
Zamora, 30 de agosto de 2024
Asunto: Notificación de la Resolución Legislativa Nro. GADPZCH-CP-038-2024
Señores PREFECTURA
CONSEJEROS DE ZAMORA CHINCHIPE
DIRECCIÓN FINANCIERA
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN
Presentes
De mí consideración:
De conformidad con lo prescrito en los Arts. 4 y 28 de la Ordenanza que Regula el Procedimiento Parlamentario del Consejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, para su conocimiento y fines pertinentes me permito notificar a usted(s) la Resolución Legislativa Nro. GADPZCH-CP-038-2024, expedida por el Pleno de Consejo Provincial de Zamora Chinchipe, en sesión ordinaria celebrada el 30 de agosto de 2024, cuyo contenido se explica en el texto adjunto.
Resolución que pongo en su conocimiento para los fines pertinentes.
Atentamente,
Dr. Luis Balladares Villavicencio
SECRETARIO GENERAL
Anexo: Lo indicado.
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nro. GADPZCH-CP-038-2024
EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE
CERTIFICA:
Que, el Consejo Provincial de Zamora Chinchipe, en Sesión ordinaria celebrada el 30 de agosto de 2024, dentro del segundo punto del Orden del Día: “Conocimientoyaprobación en Segundo Debate del proyecto de “PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE, PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2024”, de conformidad con lo prescrito en el Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomíay Descentralización” ,
CONSIDERANDO:
Que,elartículo47,letrasa)yt) delCódigo Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, señala que al Consejo Provincial le corresponde: a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado provincial, mediante la expedición de ordenanzas provinciales, acuerdos y resoluciones; y, t) Conocer y resolver los asuntos que le sean sometidos a su conocimiento por parte del prefecto o prefecta;
Que, el inciso segundo del artículo 255 del COOTAD, establece que una vez sancionado y aprobado el presupuesto sólo podrá ser reformado por alguno de los siguientes medios: traspasos, suplementos y reducciones de créditos;
Que, el artículo 322 ibídem, manifiesta que los proyectos de ordenanzas, según corresponda a cada nivel de gobierno, deberá referirse a una sola materia y serán presentados con la exposición de motivos, el articulado que se proponga y la expresión clara de los artículos que se deroguen o reformen con la nueva ordenanza; y,
Que, el Consejo Provincial de Zamora Chinchipe, en sesión extraordinaria de fecha 22 de agosto de 2024, aprobó en primer debate el proyecto de “PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE, PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2024”; por mayoría,
RESOLVIÓ:
APROBAR EN SEGUNDO DEBATE LA “PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE, PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2024”, POR CUANTO CUMPLE CON LO DETERMINADO EN EL ART. 322, INCISOS SEGUNDO Y TERCERO DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN
Zamora, 30 de agosto de 2024
Dr. Luis Balladares Villavicencio
SECRETARIO GENERAL
Copia:Prefectura - Consejeros de Zamora Chinchipe - Dirección Financiera - Dirección de Planificación - Archivo.