RESOLUCION 044-2023 - REVOCATORIA DE LA DELEGACION DE LA COMPETENCIA AL GAD CUMBARATZA

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Notificación No. GADPZCH-SG-044-2023

Zamora, 27 de diciembre de 2023

Asunto: Notificación de la Resolución Legislativa No. GADPZCH-CP-044-2023

Señores PREFECTURA

CONSEJEROS DE ZAMORA CHINCHIPE

DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN

DIRECCIÓN DE PROCURADURÍA SÍNDICA

DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL DE CUMBARATZA

Presentes

De mí consideración:

De conformidad con lo prescrito en los Arts. 4 y 28 de la Ordenanza que Regula el Procedimiento Parlamentario del Consejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, para su conocimiento y fines pertinentes me permito notificar a usted(s) la Resolución Legislativa No. GADPZCH-CP-044-2023, expedida por el Pleno de Consejo Provincial de Zamora Chinchipe, en sesión ordinaria celebrada el 27 de diciembre de 2023, cuyo contenido se explica en el texto adjunto.

Resolución que pongo en su conocimiento para los fines pertinentes.

Atentamente,

Dr. Luis Balladares Villavicencio

SECRETARIO GENERAL

Anexo: Lo indicado.

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA No. GADPZCH-CP-044-2023

EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE

CERTIFICA:

Que, el Consejo Provincial de Zamora Chinchipe, en Sesión ordinaria celebrada el 27 de diciembre de 2023, dentro del tercer punto (incorporado) en el Orden del Día: “Análisis y resolución sobre el pedido realizado por los moradores de los barrios Namírez Bajo, Nambija Bajo, San Carlos de las Minas y Nambija, para la revocatoria o reversión de la delegación de la competencia institucional otorgada por el Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe al Gobierno Parroquial Rural de Cumbaratza, para la “Realización de los Estudios y la Construcción del puente carrozable de Namírez Bajo a Nambija Bajo, parroquia Cumbaratza, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe”,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 47, letras c) y t) del COOTAD, señala que al Consejo Provincial le corresponde: c) Expedir acuerdos o resoluciones, en el ámbito de competencia del gobierno autónomo descentralizado provincial, para regular temas institucionales específicos;

Que, el artículo 279 del COOTAD, establece que: “ Los gobiernos autónomos descentralizados regional, provincial, metropolitano o municipal podrán delegar la gestión de sus competencias a otros niveles de gobierno, sin perder la titularidad de aquellas. Esta delegación requerirá acto normativo del órgano legislativo correspondiente y podrá ser revertida de la misma forma y en cualquier tiempo…”;

Que, el artículo 28 de la Ordenanza que Regula el Procedimiento Parlamentario del Consejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, señala que los Acuerdos y/o Resoluciones que adopte el órgano legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, se aprobarán en un solo debate con el voto favorable de la mayoría simple, y surtirán efectos desde que sean comunicados al interesado directamente o por cualquier medio de comunicación disponible;

Que, con fecha 10 de mayo de 2023, se suscribió entre el Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe y el Gobierno Parroquial Rural de Cumbaratza, el Convenio No. 033-2023 de Delegación de Competencias sin Transferencia de Recursos Económicos, para realizar los Estudios y la Construcción del puente carrozable de Namírez Bajo a Nambija Bajo, parroquia Cumbaratza, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe”; Que, mediante oficio S/N de fecha 30 de noviembre de 2023, los moradores de los barrios Namírez Bajo, Nambija Bajo, San Carlos de las Minas y Nambija, solicitan se resuelva la reversión o revocatoria de la delegación de la competencia institucional otorgada por el Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe al Gobierno Parroquial Rural de Cumbaratza, para la “Realización de los Estudios y la Construcción del puente carrozable de Namírez Bajo a Nambija Bajo, parroquia Cumbaratza, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe”;

Que, con fecha 22 de diciembre de 2023, el Ing. Amilkar Duque Tapia, Director de Obras Públicas del GAD Provincial de Zamora Chinchipe y Administrador del Convenio, informa que la delegación entregada al Gobierno Parroquial de Cumbaratza para la “Realización de los Estudios y la Construcción del puente carrozable de Namírez Bajo a Nambija Bajo, parroquia Cumbaratza, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe”, se encuentra abandonada;

Que, con fecha 22 de diciembre de 2023, el Dr. Ángel Bolívar Saavedra García, Director Financiero del GAD Provincial de Zamora Chinchipe, certifica que en presupuesto delejercicio económico 2024, existe la partida presupuestaria Nro. 44.750105.147.0011, denominada “Construcción delpuente Vehicular sobreelríoZamora,SectorNamírez,pasoa Nambija Bajo, Cantón Zamora, Provincia de Zamora Chinchipe”;

Que,medianteMemorandoNo.GADPZCH-DP-2023-0925,defecha26dediciembrede2023, el Ing Byron Rodríguez, Director de Planificación del GAD Provincial de Zamora Chinchipe, informa la existencia de un borrador del estudio del puente con la denominación “PUENTE VEHICULAR NAMÍREZ BAJO – NAMBIJA BAJO”, que contiene información de: topografía, hidrología, vial, geotécnico, estructural, planos y presupuestos, el mismo que actualmente se encuentra en proceso de revisión y actualización de acuerdo a la normativa técnica vigente; y,

Que,mediante oficioNo.967-DPS-GADPZCH,de fecha 26dediciembrede 2023,elDr. Víctor Hugo Hidalgo Maza, Director de Procuraduría Síndica del GAD Provincial de Zamora Chinchipe, emite el informe jurídico considerando procedente la revocatoria o reversión de la delegación de la gestión de la competencia institucional otorgada por el Gobierno Provincial de Zamora ChinchipealGobierno ParroquialRuralde Cumbaratza, para la “Realización de los Estudios y la Construcción del puente carrozable de Namírez Bajo a Nambija Bajo, parroquia Cumbaratza, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe”;

Por unanimidad,

RESOLVIÓ:

EN BASE A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 279 DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN; ART. 73 DEL CÓDIGO ORGÁNICO ADMINISTRATIVO, Y CON FUNDAMENTO EN LOS INFORMES TÉCNICOS, FINANCIERO Y JURÍDICO, EMITIDOS POR LOS DIRECTORES DE OBRAS PÚBLICAS, PLANIFICACIÓN, FINANCIERO Y JURÍDICO DE LA INSTITUCIÓN, REVOCAR Y/O REVERTIR LA DELEGACIÓN DE LA GESTIÓN DE LA COMPETENCIA INSTITUCIONAL OTORGADA POR EL GOBIERNO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE AL GOBIERNO PARROQUIAL RURAL DE CUMBARATZA, PARA LA “REALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS Y LA CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE CARROZABLE DE NAMÍREZ BAJO A NAMBIJA BAJO, PARROQUIA CUMBARATZA, CANTÓN ZAMORA, PROVINCIA DE ZAMORA CHINCHIPE”; Y, CONSECUENTEMENTE DECLARAR TERMINADO EL CONVENIO No. 033-2023, DE FECHA 10 DE MAYO DE 2023, CELEBRADO ENTRE EL GAD PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE Y EL GAD PARROQUIAL RURAL DE CUMBARATZA.

Zamora, 27 de diciembre de 2023

Dr. Luis Balladares Villavicencio

Copia: Prefectura

Consejeros de Zamora Chinchipe.

Dirección de Planificación

Dirección de Procuraduría Síndica.

Dirección de Obras Públicas.

Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural de Cumbaratza.

Archivo.

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