Una promesa electoral focalizada.
Economista Braulio Zelko Integrante del ERT-BPS
Entre el conjunto de promesas y propuestas electorales que han circulado durante la presente campaña electoral, nos interesa detenernos en esta oportunidad en una que, a todas luces, creemos inadecuada e injusta. Los candidatos de los partidos tradicionales han coincidido en la necesidad de eliminar el IASS o Impuesto a la Asistencia a la Seguridad Social, tributo que grava de manera progresiva a aquellas jubilaciones y pensiones superiores a $22.552. Esta propuesta es impulsada por estos partidos en el marco de un conjunto de medidas restauradoras, que plantean retornar a un sistema tributario que priorice impuestos indirectos y reduzca o elimine la tributación directa, apartándose de criterios de equidad o justicia tributaria. ¿De qué hablamos cuando hablamos del IASS? El IASS es un impuesto directo que grava las jubilaciones y pensiones de manera progresiva, a partir de cierto Monto Mínimo Imponible (MMI). Este impuesto está vigente desde el año 2008 y fue concebido en buena medida como un sustituto de los extintos COFIS (impuesto indirecto y regresivo), que operó entre 2002 y 2006 como un complemento del IVA y del IRP (que gravaba a salarios y jubilaciones y pensiones). La creación del IASS hay que analizarla entonces, en el marco de una reforma tributaria que buscó mejorar la equidad del sistema, proponiendo gravar de manera diferencial a los sectores de mayores ingresos a través de la imposición directa y reducir la carga impositiva sobre los sectores de menores ingresos; ya sea a través del establecimiento de un MMI y de deducciones en los tributos directos y mediante la reducción de tasas y eliminación de impuestos indirectos (como el IVA o COFIS). La tributación del IASS es progresiva a partir de un MMI de 8 BPC mensuales (actualmente $22.552), por lo que la mayoría de los potenciales contribuyentes no tributan dicho impuesto. En efecto, durante el Ejercicio 2012, el alcance del impuesto fue del 19,4% sobre el total de potenciales contribuyentes, mientras que para el IRPF que grava a las rentas del trabajo fue del 32%|1|. Esto implica, que unos 555 mil jubilados y pensionistas no tuvieron que pagar ese año ni un sólo peso anual por concepto de IASS, siendo un avance significativo en términos distributivos en relación al derogado IRP, cuyo MMI (cuando existió) fue ridículamente bajo. Durante el año cerrado a Mayo de 2014 se recaudaron por concepto de IASS 209,2 millones de dólares. Esto representa el 1,9% de la recaudación total de la DGI y el equivalente a un 3,8% de la recaudación de IVA, el impuesto más importante en términos recaudatorios. Pero, a no confundirse, por más que se trate de un impuesto de relativamente baja recaudación, la implicancia de su eliminación en términos distributivos, tanto en relación a su recaudación como a su potencialidad de gasto, podrían ser bien relevantes. Esto se debe a que, por un lado buena parte de la recaudación del IASS recae sobre un conjunto reducido de jubilados y pensionistas de altos ingresos, conjunto que vale decirlo, también se vio beneficiado durante estos diez últimos años por el crecimiento real de sus pasividades. Por otra parte, lo recaudado se destina a contribuir al financiamiento de prestaciones solidarias, que entre otras cuestiones en estos años, ha permitido incrementar sustancialmente la jubilación mínima, brindar soluciones habitacionales y acceso al turismo social para jubilados y pensionistas o el pago de asignaciones familiares. Creemos que la eliminación del IASS sería un retroceso que el país no puede permitirse, porque por un lado, a nivel práctico limitaría las posibilidades de financiamiento de prestaciones de la seguridad social con un amplio componente solidario y redistributivo, y por otro, a nivel conceptual, porque comulga con una visión que se opone a ligar la tributación en función de la capacidad contributiva de las personas; y que en contraposición prioriza impuestos que tienden a recaer sobre los sectores menos favorecidos. |1| Informe de Resultados de IRPF IASS – Ejercicio 2012