Guia para personal soportes junta COMPAGINADO

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DIRECCIÓN NACIONAL DE ELECCIONES


DIRECCION NACIONAL DE ELECCIONES

•Supervisar que en la designación de los Facilitadores de Recintos se cumplan los requerimientos establecidos por la Junta Central Electoral, incluyendo aquel que establece que sean escogidos del grupo de personas que no habiendo sido capacitados fueron designadas como miembro de Colegios Electorales.

REPÚBLICA DOMINICANA

ELECCIONES ORDINARIAS GENERALES CONGRESONALES Y MUNICIPALES DEL 16 DE MAYO DE 2010

GUÍA PARA EL PERSONAL DE SOPORTE DE JUNTA ELECTORAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE ELECCIONES

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GUIA PARA EL PERSONAL DE SOPORTE DE JUNTA ELECTORAL

Aspectos a supervisar o auxiliar: En virtud de que el Soporte de Junta Electoral es una persona que recibe una instrucción directa de la Junta Central Electoral, aunque está sometido a una relativa subordinación en la dependencia que actúa, tendrá las siguientes atribuciones: En cuanto a la Logística Electoral: •Supervisar la colocación de las vallas informativas en todos los recintos del municipio donde se efectuaron traslados de colegios, en tiempo hábil, que fueron debidamente publicados en cada uno de los recintos donde aplicaron. •Auxiliar a las Juntas Electorales en la recepción y entrega del material electoral que es enviado a cada una (Kit Electoral), destinado a los Colegios Electorales y recibidos por los Presidentes y Secretarios de las mismos. •Supervisar la rotulación de los Colegios Electorales dentro de los recintos, actividad que realiza el Facilitador el día antes de las elecciones. •Colaborar con la logística de instalación de los Centros de Escaneo en los recintos. •Supervisar y colaborar en el proceso de recepción de las valijas que son llevadas a las Juntas Electorales, ya sea desde los centros de escaneo como de los colegios mismos, según los casos que apliquen. En cuanto al personal de los Colegios: •Colaborar con la Junta Electoral en el proceso de entrega de credenciales a los miembros de colegios.

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DIRECCIÓN NACIONAL DE ELECCIONES

·•Recomendar o sugerir, para el buen desenvolvimiento de las labores de las Juntas Electorales, cualquier inquietud que entienda pertinente para el provecho de la realización de las actividades. •Supervisar el funcionamiento de los Colegios Electorales y los Centros de Escaneo de su jurisdicción o competencia. •Colaborar con las Juntas Electorales en las distintas labores que se llevan a cabo previo al día de las elecciones.

Impedimentos o Restricciones: •·Actuar al margen de las disposiciones emanadas de la Junta Central Electoral, la Cámara Administrativa y la Dirección Nacional de Elecciones; así también, al margen de las propias Juntas Electorales. ·•Manifestar simpatía política por un partido o candidato. ·•Tomar decisiones sobre asuntos que la ley atribuye exclusivamente a las Juntas Electorales. •·Inmiscuirse en las sesiones de las Juntas Electorales. El Soporte va en calidad de Funcionario representante de la Junta Central Electoral, pero no tiene competencia para decidir u opinar sobre las decisiones que tome una Junta Electoral . ·•Intervenir en el funcionamiento de los Colegios Electorales o Centros de Escaneo, a menos que en los mismos no se esté cumpliendo con el ordenamiento jurídico y con los procedimientos instituidos por la Junta Central Electoral.

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GUIA PARA EL PERSONAL DE SOPORTE DE JUNTA ELECTORAL

GUÍA PARA EL PERSONAL DE SOPORTE DE JUNTA ELECTORAL Las Juntas Electorales, que son dependencias de la Junta Central Electoral, son las encargadas de organizar y supervisar el proceso electoral en sus respectivas jurisdicciones y para ello reciben todo el apoyo necesario del organismo central, desde donde se producen todos los procesos que sirven de soporte al trabajo que realizan dichas Juntas. En ese sentido, la organización y montaje del proceso electoral encuentra su génesis en la Junta Central Electoral, toda vez que la recepción, empaquetamiento y distribución del material electoral es desarrollado desde allí. Toda la logística necesaria para cumplir con el precepto legal que establece la destinación de los materiales a las Juntas para que sean entregados a los Presidentes y Secretarios de Colegios, es programado y ejecutado desde la Junta Central Electoral hacia la Junta Electoral de cada municipio. Siendo así, la Junta Central Electoral, a través de la Cámara Administrativa, asigna un personal calificado para que sirva de instrumento de colaboración y ayuda en el ejercicio de las labores administrativas de las Juntas Electorales. Este cuerpo lo integran Funcionarios, Inspectores y Supervisores de diferentes dependencias de la Junta Central Electoral, quienes en un proceso electoral de esta naturaleza entran en funcionamiento desde el momento que las Juntas Electorales se aprestan a recibir el material electoral que les corresponde.

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DIRECCION NACIONAL DE ELECCIONES

Definición de Soporte de Junta Electoral Es aquella persona designada por la Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral, con la finalidad de supervisar y asistir en todo cuanto sea necesario a las Juntas Electorales ante la cual ejercerá sus funciones, siempre que dichas actuaciones se produzcan dentro del ámbito administrativo. De esta definición se desprenden tres conceptos fundamentales: 1. La designación es una atribución de la Cámara Administrativa. 2. El rol del Soporte está supeditado a ser un ente colaborador de las dependencias ante las cuales ejerce sus funciones, aun cuando supervisará todos aquellos aspectos que requieren de énfasis o prioridad dentro del proceso. 3. Su ámbito de competencia es estrictamente administrativo.

¿Quienes son soportes de juntas electorales? Todos aquellos Funcionarios, Inspectores y Supervisores que reúnan las condiciones necesarias para realizar un efectivo proceso de supervisión, siempre que hayan sido preclasificados por su superior inmediato y propuesto por sus condiciones a la Cámara Administrativa, vía la Dirección Nacional de Elecciones.

Condiciones o Requisitos: • Ser Funcionario, Inspector o Supervisor de la Junta Central Electoral.

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GUIA PARA EL PERSONAL DE SOPORTE DE JUNTA ELECTORAL

• Exhibir un comportamiento ejemplar en su entorno de trabajo y en las demás dependencias de la Junta Central Electoral. • Haberse conducido con imparcialidad en el ejercicio de sus funciones. • Ser recomendado por su superior inmediato a la Cámara Administrativa, vía la Dirección Nacional de Elecciones. • Tener experiencia en la materia o disposición para cumplir cualquier tarea que le pueda ser encomendada. • Disponibilidad al ser llamado para el ejercicio de cualquier asignación. • Conocimiento de la ley Electoral.

Responsabilidades: •·Acatar las instrucciones que son emanadas de la Junta Central Electoral, a través de su Cámara Administrativa y por intermedio de la Dirección Nacional de Elecciones; ·•Supervisar, por mandato expreso de la Junta Central Electoral y la Cámara Administrativa, ya sea por vía directa o a través de la Dirección Nacional de Elecciones, todas aquellas situaciones que les son atribuidas. ·•Aceptar las encomiendas que les son asignadas por las Juntas Electorales, siempre que estas se correspondan con la Ley y los procedimientos aprobados por la Junta Central Electoral; ·•Auxiliar o brindar todo el apoyo que requieran las Juntas Electorales para el buen desenvolvimiento del proceso en su respectiva jurisdicción. ·•Servir de enlace entre la Junta Electoral y la Junta Central Electoral y sus dependencias, ya sea en gestión administrativas o manejo y tramitación de materiales y útiles.

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