Junta Central Electoral Garantía de Identidad y Democracia
DIRECCION NACIONAL DE ELECCIONES
Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales del 20 de mayo del 2012
GUÍA
PARA LA ADMINISTRACIÓN DE UN COLEGIO ELECTORAL
Informaciones Electorales Conocimientos Básicos
GUIA PARA LA ADMINISTRACION DE UN COLEGIO ELECTORAL Preparado por: DIRECCIÓN NACIONAL DE ELECCIONES Diseño y Diagramación: LUIS MIGUEL FELIZ A. Mayo, 2011 Junta Central Electoral Av. Gregorio Luperón esq. Av. 27 de Febrero Plaza de la Bandera, Santo Domingo, R. D.
Presentación Este material educativo que ponemos a tu disposición contiene las informaciones básicas para participar en el proceso de capacitación para ser miembros de un Colegio Electoral. Hemos considerado necesario que los participantes de los cursos se presenten con una base de conocimientos propios de la administración electoral, a fin de que el entrenamiento resulte más efectivo porque se trabaja con los conceptos ya interiorizados y aprendidos. A los ciudadanos y ciudadanas con experiencias previas en asuntos electorales, este material le servirá de repaso y de instrumento educativo para hacer algunos ejercicios de razonamiento y lógica de situaciones muy comunes el día de la jornada electoral. A los potenciales a Miembros de Colegios este folleto les permitirá conocer los aspectos fundamentales y conceptos básicos en torno a la Administración de un Colegio Electoral el día de las Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales del 20 de Mayo del año 2012. Esperamos que la capacitación con miras al proceso electoral del 2012, sea una acción que nos permita sentir grandes satisfacciones, no solo por su efectividad en la transmisión de conocimientos, sino porque logramos conformar un equipo de personas comprometidas con la Junta Central Electoral, en su interés de ser una entidad de servicio a la ciudadanía.
Educación Electoral
PRINCIPIOS QUE DEBEN REGIR LA CONDUCTA DE LOS MIEMBROS DE UN COLEGIO ELECTORAL Responsabilidad: Comprometido a cumplir con las funciones que le han sido encomendadas, dando lo mejor de si, para que el resultado sea apegado a la verdad. Integridad: Considerando como norte los principios fundamentales de los códigos morales, en lo que la rectitud, el apego a la verdad, la honorabilidad y honestidad sean distintivos de su servicio a la nación. Eficiencia: Valorar el tiempo y respetar a los electores, procurando con sus conocimientos que el proceso se realice de una manera rápida y en el tiempo previsto por la ley. Honradez: Consciente de que su trabajo y aporte a la nación se paga con el reconocimiento social. Por ende debe estar consciente de que no deberá aceptar bajo ninguna forma soborno, ni recompensa fuera de su contrato de trabajo con el organismo electoral. Imparcialidad: Despojarse de sus intereses personales y simpatias partidarias a fin de que toda decisión esté apegada a la realidad de los hechos. Transparencia: Como atributo que califique el proceso electoral de dicho colegio. En este sentido, e independientemente de que alguna organización política no esté representada por su delegado, los miembros del Colegio deben velar para que cada organización partidaria reciba el total de votos obtenidos. Discreción: El funcionario debe ser cuidadoso de guardar la información a la que tiene acceso por motivo de sus funciones, con la reserva necesaria y no utilizarla con fines particulares ni para recibir beneficio alguno. La difusión de la misma estará en función 1
de las órdenes superiores recibidas, siempre y cuando no contravengan leyes y/o disposiciones que regulan la materia de que se trate.
LA IMPORTANCIA DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS MIEMBROS DE LOS COLEGIOS ELECTORALES: Cuando los ciudadanos y ciudadanas de una localidad deciden participar como miembros de un Colegio Electoral el día de las elecciones, están suscribiendo un compromiso con la nación porque su labor está dirigida a administrar de una manera transparente la jornada electoral, un espacio de tomas de decisiones de suma importancia para todos los dominicanos y dominicanas, ya que es a través del mismo que eligen a los funcionarios que le han de representar en los Poderes del Estado. Es por esto que se hace necesario que los miembros de cada Colegio Electoral al cumplir con las funciones establecidas en la propia ley electoral, se despojen de toda actitud que pueda obstaculizar el libre ejercicio de los electores. Por ende dichas acciones deben estar fundamentadas en los siguientes principios: •Veracidad •Respeto a la ley electoral •Imparcialidad para decidir por lo que corresponde con justeza •Independencia de preferencias partidarias. •Eficiencia y sentido común para tomar decisiones correctas ES IMPORTANTE RECORDAR •Trabajar con eficiencia, rectitud, apego a la ley y hacer prevalecer la verdad, debe ser el estandarte que caracterice el producto final del Colegio Electoral donde labores. •Tú puedes lograr que estas elecciones constituyan un paso de avance para la democratización. 2
DATOS FUNDAMENTALES QUE DEBES CONOCER Colegios Electorales: Se entiende por Colegios Electorales, las mesas electorales creadas por la Junta Central Electoral bajo las condiciones que se establezcan, en torno a las cuales se reunirán las asambleas electorales debidamente convocadas, a fin de que los ciudadanos puedan ejercer el sufragio, previa identificación del votante. Numeración y ubicación del Colegio Electoral: Cada Colegio Electoral se identifica por un número de orden en cada municipio. ES IMPORTANTE RECORDAR •Las Asambleas Electorales son, en cada colegio electoral, el conjunto de ciudadanos y ciudadanas en condición de votar que se convocan para que puedan participar y cumplir con su deber y ejercer su derecho. •La Cédula de Identidad y Electoral es el documento requerido de manera obligatoria para votar. Composición de los Colegios Electorales Todos los Colegios Electorales estarán integrados, tanto en el país como en el extranjero por cinco (5) personas: Presidente, Primer Vocal, Segundo Vocal, Secretario y Sustituto de Secretario. Condiciones para ser Miembro de un Colegio Electoral: Está establecido que para ser miembro de un Colegio Electoral se debe cumplir con lo siguiente: •Ser elector. •No figurar como inhabilitado en la Lista Definitiva de Electores (Padrón Electoral) •Saber leer y escribir. 3
•Tener residencia en el Municipio en que está ubicado el Colegio Electoral y preferentemente ser elector en dicho Colegio. •Buena ortografía y caligrafía. •Experiencia electoral (preferiblemente) •Poseer el Certificado de Aprobación de Entrenamiento CADE - (indispensable). •No tener impedimento establecido por la Ley Electoral. Impedimentos para ser Miembro de un Colegio Electoral No podrán ser miembros de los Colegios Electorales: •Los que tienen vínculos de parentesco o afinidad hasta el tercer grado con el resto de los miembros del Colegio Electoral o con los candidatos a cargos. •Los que son miembros dirigentes de partidos políticos o pertenecen a comités de campaña de algún candidato. •Los que están sub-júdice por una de las infracciones señaladas concretamente en la Ley Electoral y la Constitución. •Lo que expresa la Constitución: -Los derechos de ciudadanía se pierden por condenación irrevocable, por traición, espionaje o conspiración contra la República, o por tomar las armas, prestar ayuda o participar en cualquier atentado contra ella. -Los derechos de ciudadanía quedan suspendidos en los casos de: a) condenación irrevocable a pena criminal, hasta la rehabilitación; b), interdicción judicial legalmente pronunciada, mientras ésta dure; c) por admitir en territorio dominicano función o empleo de un gobierno extranjero sin previa autorización del Poder Ejecutivo) y los pertenecientes a las fuerzas armadas y cuerpos de policía. En nuestro país los militares ni los policías votan. •Los que hayan sido condenados por infracciones a la Ley Electoral, por crimen o por las demás causas consignadas en la Ley Electoral. 4
Capacitación y Evaluación: Previo al proceso de nombramiento y selección, los postulantes deberán cumplir con el proceso de capacitación, evaluación y posterior preselección del personal para conformar los Colegios Electorales. Deben poseer el Certificado de Aprobación de Entrenamiento (CADE), este se obtiene participando en el entrenamiento que organiza la JCE y alcanzando la calificación requerida. El CADE es entregado por la Junta Electoral correspondiente.
Es importante saber … Que una de las responsabilidades de las Juntas Electorales es: Nombrar y acreditar a los miembros de los Colegios Electorales en sus respectivas jurisdicciones. Este nombramiento debe ser por lo menos quince (15) días antes de las elecciones y a cada persona nombrada se le otorga una Acreditación: Por lo menos ocho (8) días antes de la celebración de las elecciones. Cuando los miembros de los Colegios Electorales han sido nombrados, estos deben recibir el material electoral del Colegio previo al día de la jornada electoral. En este sentido tenemos que… Con no más de cuatro (4) ni menos de dos (2) días de antelación a la celebración de las elecciones, la Junta Electoral entregará al Presidente y al Secretario de cada Colegio Electoral los materiales y útiles para el adecuado funcionamiento de éste. Estos se juramentan, reciben el material y mediante la firma del Formulario Recibo de Materiales Electorales (Form. Electoral No. 3) dan Acuse de Recibo. 5
El Presidente y Secretario procederán a colocar las presillas de seguridad establecidas por la Junta Central Electoral, las cuales no podrán ser removidas hasta el día de las elecciones, durante el proceso de instalación del Colegio Electoral y en presencia de los demás miembros y de los delegados políticos, haciendo constar en el Acta el número de la presilla, el cual deberá ser leído en voz alta. Si no estuviere presente algún miembro o delegado político al momento de remover las presillas de seguridad, se hará constar en Acta y se procederá a la remoción correspondiente. Es decir que la custodia del material electoral es responsabilidad del Presidente y/o el Secretario. Los miembros de los Colegios Electorales tiene un rol muy importante el día de las elecciones siendo sus Funciones: •Organizar, dirigir y controlar el proceso electoral en su Colegio. •Garantizar la emisión del voto de los electores. •Realizar el escrutinio de los votos recibidos y comunicar su resultado a la Junta Electoral mediante la entrega de las actas correspondientes. •Devolver a la Junta Electoral o al centro de Escaneo, la valija con los materiales oficiales utilizados en el Colegio, según lo previsto en la Ley Electoral y este instructivo. •Dar cumplimiento a las instrucciones emanadas de la Junta Central Electoral, y de las Juntas Electorales correspondientes en los casos enmarcados en su jurisdicción. Los miembros de los Colegios Electorales tienen Prerrogativas y obligaciones entre las que se encuentran: •Mientras ejercen sus funciones, los miembros de los Colegios Electorales no pueden ser privados de su libertad salvo en caso de flagrante delito o por medio de una orden emanada de un juez competente. 6
•Deben cumplir cabalmente con lo que expresa la ley. •Despojarse de toda actitud que pueda obstaculizar el libre ejercicio de los electores. •Fundamentar sus acciones en los siguientes principios: Veracidad, imparcialidad, independencia de preferencias personales y partidarias. Eficiencia y sentido común para tomar decisiones correctas. Es importante que sepas que… El día de la jornada electoral hay 4 etapas importantes en la administración del Colegio Electoral, estas son: •Instalación y Organización del Colegio •Votación •Escrutinio •Devolución de Materiales
1RA. ETAPA – INSTALACIÓN DEL COLEGIO ELECTORAL
•Los miembros del Colegio Electoral y los delegados de partidos o agrupaciones políticas deben estar en el Colegio a más tardar a las 5:30 A.M. del día de las elecciones. •El Presidente debe identificarse como tal. •Los demás miembros del Colegio, primero, y luego los delegados de partidos y agrupaciones políticas deben presentar sus credenciales y cédulas de identidad y electoral al Presidente; documentos todos que quedan en poder del Presidente del Colegio Electoral hasta concluir el proceso. 7
•Los Miembros del Colegio (1er y 2do. Vocal y Sustituto de Secretario) prestan juramento ante el Presidente y proceden a la instalación del Colegio Electoral para el fiel cumplimiento de sus funciones. •El Presidente y el Secretario remueven la presilla de seguridad de la valija con los materiales electorales. •Los miembros proceden a verificar dichos materiales con el detalle contenido en el formulario No. 3 (Recepción de Materiales del Colegio Electoral); •El Secretario verifica en La Lista definitiva de Electores (Padrón Electoral) que ninguno de los Miembros del Colegio Electoral, los Delegados Políticos y sus suplentes, aparezcan como inhabilitados para votar, de aparecer no podrán ejercer ninguna función en el Colegio Electoral, ni votar, se le señala la razón invitándoles a salir del Colegio. •Si no aparecen inhabilitados se registran en el Acta en el lugar predeterminado para ello, los datos de los Miembros del Colegio Electoral y de los Delegados de Partidos Políticos y agrupaciones políticas acreditados. •Los Miembros o Delegados del Colegio Electoral que no pertenezcan a ese Colegio, pero sí al municipio. Se agregan en la Lista de Electores (Padrón Electoral) en la sección destinada para ello, para poder ejercer el voto. El voto de estos electores no será considerado observado. •A todos se les coloca un precinto de acreditación numerado, en la muñeca del brazo derecho. •Se Colocan los materiales en el lugar que les corresponda, pudiendo cualquier delegado informarse de lo que le interese 8
bajo las normas de orden del Colegio. De esta actuación se deja constancia en el Acta. •Primer Vocal organiza a los ciudadanos en dos (2) filas, según su sexo, siempre y cuando las condiciones del local así se lo permitan. ES IMPORTANTE QUE SEPAS QUE... •Si al momento de instalar el Colegio Electoral faltase uno de los Miembros del Colegio se sustituirá con un elector de la fila, preferiblemente que haya recibido la capacitación. •Si el que faltase fuese el Presidente la ley establece que lo sustituye el Primer Vocal y la sustitución de éste se haría de la forma señalada anteriormente. Es importante que… el local esté organizado y que se cumplan reglas para que se refleje la transparencia del proceso…. Es por esto que en el momento de instalar el colegio se le da un trato especial a la Urna y Caseta de Votación •La urna abierta será mostrada a los presentes y luego de ser cerrada y sellada por el Presidente y el Secretario, será colocada frente al escritorio de trabajo, visible a los miembros del Colegio Electoral y a los delegados de los partidos y agrupaciones políticas. •La caseta de votación se ubicará separada del escritorio en que laboran los miembros del Colegio, pero bajo su supervisión directa. •La caseta tendrá un compartimiento y habrán dos (2) o más, según lo requiera el Colegio. •Si al ubicar la caseta hubiese ventanas, puertas o rendijas contiguas al lugar en que se la coloque, éstas deben ser 9
clausuradas y selladas por el Presidente y el Secretario del Colegio. •Estas medidas de seguridad no deben quitarse hasta que concluya la votación. •En el caso excepcional en que la caseta pudiese no estar disponible, el personal del Colegio, deberá habilitar un espacio para que los ciudadanos puedan marcar sus boletas en secreto (puede ser improvisada con una caja y un plástico que permita la privacidad al momento de marcar la boleta). ES IMPORTANTE QUE SEPAS QUE... Los miembros del colegio se deben ubicarse en la mesa en el siguiente orden: El Secretario, será el primero en sentarse ubicándose cercano a la puerta de entrada. Le sigue el 2do. Vocal, después el Presidente del Colegio y por último el Sustituto de Secretario. El Primer Vocal estará ubicado en la puerta dando los turnos a los electores. HACIENDO UNA SÍNTESIS Podemos decir que los Miembros del Colegio trabajan como equipo y tienen funciones muy especiales en esta etapa de instalación: •El Presidente dirige el proceso, juramenta a los miembros, recibe a los delegados políticos. •El Secretario maneja la lista de inhabilitados para votar pues Los Miembro de Colegio Electoral, Delegados y/o Suplentes que aparezcan en dicha lista no podrán ejercer ninguna función en el Colegio Electoral, ni votar, señalándoles la 10
razón e invitándoles a salir del Colegio. •EL secretario registra en el Acta los datos de los Miembros del Colegio Electoral y de los Delegados de Partidos y Agrupaciones Políticas acreditados y registra en el padrón los que no votan en el colegio. •El Primer Vocal va organizando las filas por sexos. 2DA. ETAPA - VOTACIÓN Una vez concluida la instalación del Colegio Electoral y llegada la hora oficial (6:00 A. M.), se inicia la votación: •Los primeros en votar serán los miembros del colegio y los delegados políticos y sus suplentes ante el Colegio Electoral correspondiente, siempre que tengan colocados su precinto de acreditación. •Le seguirán los electores organizados en la fila de acuerdo al orden de llegada, con la presentación del ticket y deben lleven sus cédulas en las manos. •El ejercicio al voto se realizará en el orden indicado, salvo las excepciones siguientes: -El Presidente y Vicepresidente constitucionales de la República -Los ex Presidentes Constitucionales de la República -Los Senadores y Diputados -Los candidatos a los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República -El Presidente, miembros titulares y suplentes de la Junta Central Electoral y los funcionarios debidamente identificados -Los Presidentes, Vocales y Secretarios de las Juntas Electorales -Los Delegados Políticos y sus suplentes ante la Junta Central Electoral y las Juntas Electorales. 11
Pasos Para Votar: 1.El elector entrega su Cédula de Identidad y Electoral al Secretario, quien comprueba que la fotografía de la cédula coincide con la persona que la presenta (en caso de confusión puede buscar mecanismos que le permitan identificarlo, tales como: preguntar al elector el número, la dirección o cualquier otro dato que contenga la cédula) para determinar que el documento pertenece a ese elector. 2.En cada caso, el Secretario pasa la cédula del elector al Segundo Vocal para que éste verifique si ese número está contenido en la Lista de Electores. Si lo está hará un cotejo en el espacio que dice "revisado" dentro del recuadro del elector. 3.Si no aparece en la Lista de Electores, se buscará en la Lista de Inhabilitados y si aparece se le explica el por qué no puede votar y se le invita a salir del Colegio. 4.Si no aparece en la Lista de Inhabilitados se anotará en el Acta del Colegio Electoral y se remite al Facilitador para fines de información. 5.El elector recibe de manos del Presidente la boleta, debidamente firmada y sellada por el éste, además de un crayón para marcarla. 6.Si el elector necesita instrucción adicional sobre la forma de votar, podrá solicitarla al Presidente del Colegio Electoral. En ningún caso se permitirán indicaciones ni insinuaciones acerca de por quién votar. 7.Con la boleta en su poder, el elector se dirige a la caseta, procede a marcar en el recuadro que corresponda al partido o 12
agrupación política de su preferencia y doblándola en cuatro, con el sello y la firma hacia afuera, va y la introduce en la urna. 8.Luego el elector se dirige al Segundo Vocal para estampar su firma o, en su defecto, sus huellas dactilares en la Lista de Electores (Padrón Electoral), junto a su nombre, entinta su dedo como muestra de que votó, y recibe de éste (Segundo Vocal) su cédula. En ese momento el elector abandona el local. 9.Se recomienda permitir que voten en forma prioritaria, según el criterio del Presidente del Colegio, los discapacitados, personas con situaciones especiales, mujeres embarazadas, personas de muy avanzada edad y los enfermos. 10.En los casos de electores que no puedan emitir su voto sin asistencia, a petición de ellos y acatando su voluntad, el Presidente del Colegio Electoral tiene el deber de autorizar la ayuda de una persona de la confianza del elector, para que lo asista en la emisión del voto. El acompañante procederá a entrar con el elector en la caseta para darle la asistencia necesaria. HACIENDO UNA SÍNTESIS Podemos decir que en la etapa de votación es donde se ve la importancia de la manera en que los miembros del colegio se ubican en la mesa, porque pueden agilizar o entorpecer el proceso: El Primer Vocal está en la puerta permitiendo la entrada de los electores, según la capacidad del local. El Secretario es quien recibe al elector con su cedula, observa que la persona que está presente es la misma que está en la cédula. 13
Le sigue el Segundo Vocal quien recibe la cédula de manos del Secretario y busca al elector en el padrón electoral, comunicándole al Presidente del Colegio si está hábil o no para votar. El Presidente, si el elector esta hábil para votar le entrega la boleta sellada y firmada y el crayón para marcar, de lo contrario le explica que no podrá votar y lo invita a salir del Colegio. Luego está el Sustituto del Secretario quien va tomando nota de las situaciones que acontecen en el Colegio Electoral por disposición del Presidente.
Recuerda… El Presidente del Colegio, auxiliado por los funcionarios del mismo, debe velar por mantener el orden en su Colegio, asistidos por la Policía Electoral, si fuere necesario.
Marcado de la boleta: •Las marcas permitidas son: una cruz (+), una raya horizontal (----), una raya vertical (|), o una equis (x). •La marca se hará dentro del recuadro del partido o agrupación política con el crayón de tinta negra o azul que le entrega el Colegio Electoral, y siempre deben reflejar claramente la intención del elector. •Si el votante hace una marca con otras características dentro del recuadro del partido o candidato de su preferencia, pero que indique claramente su intención, el voto será válido. •Si las marcas sobrepasan el recuadro del partido o candidato de su preferencia pero expresa claramente la intención del votante, el voto se considerará válido. 14
Dentro de la etapa de votación hay una situación que es importante conocer para saber manejarla correctamente y hacerlo de manera diáfana y apegada a los procedimientos. Esta situación tiene que ver con la objeción al ciudadano y el voto observado. Objetar a un Ciudadano •Es la oposición a que un ciudadano vote y solo los miembros del Colegio Electoral o delegados de partidos y agrupaciones independientes puede hacerla. •El voto puede ser objetado cuando haya evidencia de que el votante no es la persona que alega ser, o cuando el ciudadano esté legalmente impedido para ejercer el voto por no cumplir con lo dispuesto en la Constitución de la República. •Solo por estas causas puede objetarse un voto. •La objeción nunca deberá hacerse con acciones temerarias o que tiendan a perturbar el orden establecido para las elecciones. •En el momento de objetar a un ciudadano en el Colegio Electoral, el Presidente decidirá si procede o no la objeción. •Siempre que la objeción sea aceptada por el Presidente del Colegio Electoral se procede a que el elector vote Observado. Voto observado: •El elector que ha sido objetado está en su derecho de aceptar o no aceptar votar observado. •Si decide no votar, deberá tomarse nota de la situación en el Acta del Colegio Electoral, asentando el nombre y número de cédula del ciudadano, se le devolverá su cédula y será invitado a salir del local. •Si acepta votar observado, seguirá el siguiente procedimiento: -El Presidente llena el formulario de Declaración de Protesta (Form. No. 6) y el Sobre para Boletas Observadas (Form. No. 7), 15
-Anexa la cédula del elector y cuando la boleta sea marcada por el elector, el Presidente, en presencia de éste, la introduce junto con la cédula y el formulario en el sobre, sellándolo y colocándolo en un lugar reservado para los fines. -Escribe la palabra "OBSERVADO" junto al nombre del elector en la Lista de Electores, previa a la firma o estampado de las huellas dactilares del elector. -El Presidente entrega una copia del formulario de Declaración de Protesta, tanto al objetado como al objetante y lo convoca para que asistan al día siguiente a la Junta Electoral que corresponda, antes de las 10:00 de la mañana, para definir la situación con las pruebas que se aporten. Cierre definitivo del proceso de Votación: •A las 6:00 p.m. terminará la votación en todos los Colegios Electorales. •A esa hora el Presidente ordenará que no se permita la entrada al local del Colegio a ningún otro elector. •El Primer Vocal recogerá las cédulas de los últimos electores presentes en la fila y no permitirá que se agreguen más personas. •Luego de votar todos los electores en fila el Presidente declarará cerrada la votación y anuncia el inicio del escrutinio.
ES IMPORTANTE QUE SEPAS QUE... Solo se puede declarar el cierre de la votación antes de la hora oficial (6:00 P:M.), en aquellos Colegios Electorales en donde todos los electores contenidos en el Padrón Electoral ejercieron su derecho al voto.
16
3ra. Etapa - Escrutinio El escrutinio es el conteo de los votos. Para realizar el escrutinio se darán los pasos siguientes: •Se recogerán los materiales que estén encima del escritorio o mesa de trabajo, •Se deja la Lista de Electores (Padrón Electoral) y el Acta del Colegio, los extractos de relaciones de Votación, calculadora, lapiceros y cualquier material necesario para el registro de los votos. •Se determinará la cantidad de electores que votaron, mediante el conteo de las firmas y huellas dactilares registradas en la Lista de Electores y se consignan en el lugar correspondiente en el Acta. Es importante recordar contar aquellas personas, si fuese el caso, que se agregaron al Padrón Electoral, porque trabajan en el Colegio Electoral pero no pertenecen a ese. •Se abrirá la urna y se sacarán las boletas en ella depositadas, contándolas y confrontando su número con el de electores que votaron, según el conteo de firmas y huellas dactilares en la Lista de Electores (Padrón Electoral). •Previamente se verificará, sin desdoblarlas, que las boletas están legitimadas con la firma del Presidente y el sello del Colegio. Las que no cumplan con este requisito serán descartadas y declaradas nulas. •La cantidad de boletas debe coincidir con el número de electores que votaron. Sin embargo, podrá haber menos cantidad de boletas que la resultante del conteo de los electores firmantes en la Lista de Electores (Padrón Electoral), pero nunca más. •Si hubiese boletas de más, se hará constar en el Acta del Colegio la cantidad y se toman las siguientes acciones: -Se revisarán de nuevo para sacar las que no estén legitimadas. -Si aún quedan boletas en exceso se introducen todas 17
nuevamente en la urna, sin desdoblarlas se revuelven dentro y el Presidente o el Secretario, sin verlas, extrae un número de boletas igual a las que están de más y sin desdoblarlas, se incineran (se queman). •Luego de que están cuadradas, el Secretario desdobla las boletas legitimadas una por una, leyendo en voz alta la denominación del partido o agrupación política que corresponda el voto. •El secretario pasará la boleta al Presidente, quien examina que es válida y la exhibe a los demás miembros del Colegio y a los delegados presentes. •Cualquier delegado de partido político que haya sustentado candidatura podrá examinar junto al personal presente, una boleta que haya sido leída. •Las boletas se van colocando encima de la mesa y se clasifican por organizaciones partidarias. •Se hace el conteo manual de cada paquete clasificado, por organización partidaria. •Las boletas válidas, agrupadas por partido, quedan colocadas encima de la mesa de trabajo, por si surge alguna necesidad de revisión. •Concluida la suma de los votos por cada agrupación, el Secretario muestra al Presidente del Colegio y a los delegados políticos los resultados para fines de comprobación. Si coinciden y no hay objeción, la cantidad resultante se anota en la casilla correspondiente a cada partido en la Relación de Votación del Acta del Colegio Electoral (Form. No. 4). Boletas anulables: •Las que tengan enmiendas, tachaduras, borraduras o cualquier nombre o palabras agregadas; •Las que no correspondan a las boletas autorizadas por la Junta Central Electoral; 18
•Las que presenten alguna imperfección que impida determinar con certeza a favor de cual candidatura se ha querido votar; •Las que no cumplan con el requisito de legitimación, es decir aquellas boletas que no tengan la firma y el sello; •Las que no contengan una marca expresa que manifieste claramente la intención del votante en favor de una de las candidaturas participantes; •Las que han sido marcadas en dos o más recuadros de partidos distintos que no forman parte de alianzas o coaliciones ; •Las de partidos, alianzas y coaliciones que se hayan retirado de la contienda electoral. ES IMPORTANTE SABER QUE.... •Las boletas anulables según la ley serán rechazadas por el Colegio Electoral, colocándolas en grupo aparte. Se dará constancia en el Acta a los fines de ulterior decisión de la Junta Electoral que corresponda. •No le está permitido al elector exhibir, de modo alguno, la boleta con que vote, ni hacer ninguna manifestación que signifique violar el secreto del voto. Resultados de la Votación: 1.En la Relación de Votación contenida en el Acta se inscriben el total de votos válidos, votos nulos, boletas observadas y el total de votos emitidos. Inmediatamente se recubre con papel adhesivo el espacio señalado. 2.En los Extractos de la Relación de Votación del Colegio (Formulario No. 5) se registran los resultados anotados en el Acta del Colegio (Formulario No. 4). El Presidente firma junto con el Secretario y los demás miembros del Colegio y los delegados políticos que así lo deseen; sella el original y las 19
copias, cubre con el adhesivo transparente el original y las copias, en el espacio señalado de dicho formulario, entregando copias de los mismos a los delegados políticos y fija un ejemplar en la puerta del Colegio. 3.Las copias les son entregadas a los delegados de los partidos políticos en orden, según la cantidad de votos obtenidos. 4.Al momento de la entrega de los Extractos de la Relación de Votación (Formulario No. 5) a los delegados políticos, éstos deben firmar su recepción, en el espacio reservado del Acta para estos fines ; en caso de que algún delegado no firme o se haya ausentado antes de la entrega del formulario, no invalida el escrutinio, el Secretario registra en el Acta esta situación. 5.El Secretario concluye el llenado del Acta del Colegio Electoral (Formulario No. 4), en el cual fueron consignados las situaciones relevantes ocurridas durante el proceso. 6.El Acta es firmada por todos los miembros del Colegio Electoral y por los delegados políticos que así lo deseen. En caso de que alguno se negare a firmar dicha Acta, esta situación no invalida el proceso, sólo se hace constar en la misma.
RECUERDA QUE... Hay algunos aspectos muy importantes para que una RELACION DE VOTACION quede cuadrada: 1.Se consignará en el acta el número de votos válidos, el de las boletas protestadas y el de las boletas anulables. 2.EL RESULTADO FINAL O VOTOS EMITIDOS es la sumatoria de los votos válidos, votos nulos, votos observados. 20
3.El total de votos emitidos debe coincidir con la cantidad de personas que votaron. 4.En la Relación de Votación debe colocarse en las casillas correspondientes la cantidad de votos obtenidos por cada organización política vayan aliada o no.
4ta. Etapa – Devolución: Finalmente, se organiza el material para llevarlo al centro de escaneo o a la Junta Electoral según sea el caso. •El Presidente introduce todos los materiales dentro de la valija y la cierra sin poner el precinto de seguridad. •El Acta se introduce en un sobre plástico transparente, que se cerrará y se coloca dentro de la valija, en el bolsillo destinado para los fines. •El Presidente, el Secretario del Colegio y los Delegados que así lo deseen se trasladan hasta el Centro de Escaneo llevando la valija •El Presidente entrega al Encargado del Centro de Escaneo la valija con todos los materiales electorales. •El Encargado verifica que los documentos oficiales y los demás materiales estén dentro de la valija. •El Encargado llena el formulario No. 8, cotejando los materiales que contiene la valija, cierra la valija con la presilla de seguridad y firma el formulario como acuse de recibo, dándole copia al Presidente en señal de descargo. •El Presidente y los demás miembros abandonan el recinto electoral •El Encargado del Centro de Escaneo guarda todas las valijas de los Colegios del recinto. •Finalizado el proceso de escaneo, el Encargado del Centro le 21
solicitará al operador un reporte de los Colegios escaneados en el recinto y cuyos resultados han sido transmitidos. •Finalmente el Encargado y el operador se trasladan a la Junta Electoral correspondiente acompañados de los Delegados acreditados ante el Centro y la Policía Militar Electoral a entregar las valijas y los equipos. •En la Junta Electoral del municipio correspondiente entregaran al Encargado del Centro el formulario de descargo de las valijas y equipos entregados. Preparación de la Valija para entrega en la Junta Electoral 1.El Presidente del Colegio introducirá todos los materiales dentro de la valija; el libro del Acta será introducido en un sobre plástico transparente, que se cerrará y será colocado dentro de la valija, en el bolsillo destinado los tales fines, conjuntamente con los ejemplares de los Extractos de la Relaciónes de Votación (Formulario No.5). 2.La devolución de los materiales electorales se llevará a cabo depositando todo el material electoral en la valija la cual será cerrada con la presilla de seguridad color naranja y llevada a la Junta Electoral. 3.El Presidente y el Secretario acompañados de los delegados de los partidos políticos que así lo desearen se trasladan hasta el local de la Junta Electoral, para hacer entrega de la valija con los resultados y todos los materiales utilizados en el colegio. Otras Disposiciones: Los errores materiales en la Cédula de Identidad y Electoral no invalidan el documento para ejercer el sufragio. Delitos Electorales: Se establecen en la Ley Electoral las penalidades a las que están sometidas las personas que violen disposiciones de la misma, y 22
que además cometan actos indebidos. Las acciones penales en contra de los que violen la Ley Electoral son perseguidas por el ministerio público, por apoderamiento de la parte interesada y son juzgadas por los tribunales penales del Poder Judicial. ES IMPORTANTE SABER… Otras personas importante que trabajan o transitan el día de la jornada electoral en el Recinto Electoral: POLICIA MILITAR ELECTORAL: Es el Personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional que bajo la dirección y mando de la Junta Central Electoral tiene como misión: Velar por la prevención y mantenimiento del orden de los locales de la Junta Central Electoral y demás dependencias de este organismo, incluyendo los Colegios Electorales. FACILITADORES DE RECINTO: Personal designado por las Juntas Electorales para colaborar con el proceso de montaje de las elecciones y cuya función principal es orientar a los electores para que puedan votar en el Colegio Electoral que le corresponde. OBSERVADORES: Personal que tiene presencia durante el proceso electoral y que actúan como elemento de persuasión y protección de la transparencia electoral. Hay Observadores nacionales e internacionales. PRENSA: Periodistas nacionales e internacionales que producen la noticia del proceso. DELEGADOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS: Representantes designados por los Partidos Políticos y que tienen funciones específicas prevista por la ley Electoral dentro de los Colegios Electorales. 23
PARA QUE PUEDAS INVESTIGAR…. 1.¿A quienes juramenta el Presidente del Colegio Electoral al momento de la instalación del Colegio?
2.¿Si el Presidente no llega al Colegio Electoral el día de las elecciones, quién lo sustituye?
3.¿Si faltan otros miembros del Colegio Electoral sustituyen?
como se
4.¿Si las boletas no llegaron completas qué es lo más lógico que se puede hacer para solucionar la situación?
5.¿Si un elector llega borracho o con una vestimenta con slogan, fotos o inscripciones alusivas a un Partido Político, qué se debe hacer?
24
6.¿Si alguien que está votando enseña de manera expresa el voto qué procede?
7.Indicar de qué manera, tú manejarías una de estas situaciones en caso de que fueras Presidente o Presidenta de un Colegio y llegaran personas con las siguientes condiciones físicas:
a) Es ciego
b) Es sordo c) No tiene brazos c) Tiene mal de Parkinson
d) El colegio queda en una segunda planta y el o la elector/a no puede subir
8.Bajo qué autoridad está un Policía Militar Electoral en el Colegio Electoral
9.¿Si un elector no aparece en el padrón ni en la lista de inhabilitados, qué se debe hacer?
25
10.¿Si se descubre que una persona NO ES quien dice SER. Qué es lo que se debe hacer?
Enunciar cinco (5) cualidades que debe poseer un/a Instructor/a Electoral. 1. 2. 3. 4. 5. Comentar la que entiende es la más importante.
26