Edición 3.913 - Cédulas oficiales primarias

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Martes 24 de Noviembre de 2020

Este domingo sectores políticos determinarán a través de sufragio los nombres de los candidatos para los cargos de gobernador regional y alcaldes.

Este domingo hay primarias para el nuevo cargo de gobernador regional y alcaldes

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En la Región Metropolitana dos bloques políticos buscarán a su representante para la elección de gobernador.

poco más de un mes del histórico plebiscito constitucional donde la mayoría de los chilenos aprobó redactar una nueva Carta Magna, este domingo sectores políticos determinarán a través de sufragio los nombres de los candidatos para los cargos de gobernador regional y alcaldes, cuya elección está prevista para el 11 de abril de 2021. A esta altura muchos se preguntarán si es obligación ir a votar: la respuesta es no. Todas las elecciones en el país MILITANTES tienen el carácter de voluntario, a excepción de la obligatoriedad que tienen las personas que Los afiliados o militantes de un han sido designadas como vocales de mesa u partido político podrán votar otro cargo en los procesos electorales. únicamente si tienen domicilio electoral en regiones o comunas VOTANTES PARA EL DOMINGO donde su conglomerado tenga De acuerdo a la normativa candidatos. vigente, están habilitados para sufragar los independientes y los afiliados de partidos Independientes políticos que tengan domicilio electoral en las En este caso, las personas regiones o comunas en las que el pacto donde sin afiliación podrán votar por el participe su partido, presente candidatos. candidato de cualquier pacto. “Los afiliados solo podrán Todos los independientes votar en la elección del pacto del que podrán votar por primarias de su partido forme parte. Por ende, gobernadores regionales. recibirán las cédulas electorales con los También podrán votar por candidatos únicamente de su pacto. En primarias de alcalde, en caso de cambio, los independientes recibirán tener domicilio electoral en una las papeletas con todos los candidatos comuna de las 36 comunas que y podrán votar por cualquiera de ellos”, realice primarias de alcalde. detalla el Servicio Electoral (Servel). De acuerdo al organismo público, estarán inhabilitados para este proceso: -Quienes no se hayan encontrado habilitados para sufragar en el Registro Electoral al 30 de septiembre -Los afiliados a partidos políticos que no son parte de las primarias -Los afiliados a partidos políticos cuyos pactos no presentan candidatos en el domicilio electoral del afiliado Se recomienda a los ciudadanos visitar el sitio web de consulta.servel.cl para cerciorarse si puede o no participar de estas Primarias del domingo 29 de noviembre.

En nueve comunas se elegirá el candidato de la actual oposición u oficialismo.

Los pasos a seguir por estar afiliado de manera involuntaria en un partido político

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n este proceso pueden votar los independientes y los afiliados de partidos políticos que tengan domicilio en la Región Metropolitana. Sin embargo, el Servicio Electoral advirtió que pueden ocurrir casos en los que un sufragante pueda estar impedido de hacerlo, ya sea de manera parcial o total. Es decir, “al concurrir a votar no pueda hacerlo o bien solo pueda sufragar por candidatos/as de un pacto político distinto al que Ud. esperaba”. Si esto pasa, usted puede pedir un Certificado de Afiliación Política de manera presencial en las Direcciones Regionales del Servel o en línea. Para este último trámite, es indispensable contar con la clave única para acceder al link: https://www.servel.cl/consulta-afiliacion-y-certificadode-afiliacion-politica/. En caso de que no sepa la afiliación política con que aparezca en el mencionado Certificado podrá interponer un reclamo en el sitio web de Servel: https://reclamos.servel.cl/, ya sea con la clave única o adjuntando copia de su cédula de identidad. RECLAMO CON CLAVE ÚNICA: Si la afiliación consta en una ficha el Servel le enviará una copia por correo electrónico para su reconocimiento. “Si Ud. reconoce la firma, se dará por terminada la gestión. En caso contrario, si se desconoce la firma o el documento fuese falso, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público para su investigación”. En tanto, si su afiliación consta en listados informados por el partido político al cual aparece afiliado, se le enviará copia del documento. “En este caso podrá iniciar las acciones legales que estime pertinente en contra de la colectividad”.


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GOBERNADORES REGIONALES REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO CÉDULA ÚNICA


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GOBERNADORES REGIONALES REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO CÉDULA A


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GOBERNADORES REGIONALES REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO CÉDULA B


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El rol del nuevo gobernador regional

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a nueva figura política regional comenzará a ejercer sus labores luego de ser electo en las elecciones del 11 de abril de 2021 y será quien presida el Consejo Regional, que es la parte central de los gobiernos regionales. El gobernador regional deberá coordinarse con los demás órganos y servicios públicos. Asimismo, le corresponde la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependen o se relacionan con el Gobierno Regional. Además, debe asignar los recursos del o de los programas de inversión del Gobierno Regional, de los programas de inversión sectorial de asignación regional y aquellos que corresponda en virtud de transferencias de competencias que haga el Presidente de la República. ¿QUÉ FUNCIONES TENDRÁ? De acuerdo a la ley que fue aprobada en el Congreso y promulgada por el Ejecutivo, el gobernador regional tiene entre otras funciones: -Formular políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y planes comunales respectivos. -Someter al consejo regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones. -Someter al consejo regional el proyecto de presupuesto del respectivo gobierno regional. Representar judicial y extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo. -Nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como de su confianza. Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa. -Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo.

-Promulgar, previo acuerdo del consejo regional, el plan regional de ordenamiento territorial, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, comunales y seccionales y los planos de detalle de planes reguladores intercomunales. -Presidir el consejo regional. -Convocar al consejo regional y disponer la citación a las sesiones. EL DELEGADO PRESIDENCIAL REGIONAL A contar de 2021 se acaba la figura de los intendentes regionales en todo el país, pero en su reemplazo estará el cargo de delegado presidencial regional, como representante del Presidente de la República en la región. El cargo será nombrado por el jefe del Estado y se mantendrá en sus funciones mientras cuente con su confianza. Le corresponderá la coordinación, supervigilancia

Por primera vez las regiones elegirán a quien lidera el Gobierno Regional junto con los consejeros. o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un Ministerio, entre otras funciones establecidas en la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional.

Vocales de mesa, locales de votación y seguridad sanitaria El pasado 14 de noviembre el Servicio Electoral (Servel) publicó la lista definitiva de las personas que fueron designadas para ejercer como vocales de mesa y miembros del Colegio de Escrutadores para estas elecciones Primarias 2020 de gobernadores regionales y alcaldes. La nómina final incluyó además a quienes fueron nominados como reemplazantes de aquellos que presentaron excusas válidas para desempeñar la tarea de vocal de mesa. LABOR Todos los vocales deberán presentarse el próximo 28 de noviembre, a las 15:00 horas, en su local de votación a fin de constituir la mesa receptora de sufragios. En el caso de los que debutan este cargo, recibirán una capacitación express por parte del personal del Servel. Para el 29 de noviembre, día de la primaria, los vocales junto con el resto de los involucrados que tienen labores en el recinto

de sufragio, tienen que estar a las 7:30 horas para la instalación de la mesa receptora de votos. Según la normativa vigente, los locales de votación operarán entre las 8:00 y las 18:00 horas, a menos que en el momento del cierre hubiere electores esperando para sufragar. PAGOS Y MULTAS La ley establece que para quienes desempeñen labores de vocales recibirán un pago de 2/3 de U.F (alrededor de $18.900 pesos), sin colación. Este bono se pagará mediante la Tesorería General de la República a través de un depósito en cuenta bancaria. En tanto, para los vocales primerizos y que vayan a la capacitación del Servel, recibirán un extra de 0,22 unidades de fomento ($6 mil aproximadamente). Tal como sucede en los demás procesos electorales, se aplicará una multa a beneficio municipal (entre 2 a 8 U.T.M) para el miembro de una mesa receptora de sufragios que no se presente a desempeñar sus funciones (Artículo 151 de la Ley Nº 18.700).

Es decir, la multa está entre los $100.644 a $402.576. MEDIDAS SANITARIAS Ante la pandemia y a fin de evitar contagios, el Servel dispondrá de kits sanitarios en los recintos de votación que contempla: -Mascarillas KN95 (2 para cada vocal). -Escudos faciales. -Alcohol en gel al 70% para vocales de mesa y electores. -Desinfectantes a base de alcohol o cloro para limpieza de superficies y cámara secreta aplicado mediante un rociador, de conformidad al protocolo dictado por la autoridad sanitaria. -Toallas húmedas con alcohol al 70%, cloro o amonio cuaternario. -Toallas de papel o servilletas. -Guantes de nitrilo para el conteo de votos. Se hace hincapié en que los vocales de la mesa deberán utilizar en todo momento las mascarillas del kit sanitario.


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