CINTEC CENTRO DE INVESTIGACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA fores
Sistemas de Gestión Judicial y Nuevas Herramientas Tecnológicas en Uso UCA – 12 de diciembre de 2013
El Impacto de la Ley 26.685 y el Estado de Implementación del Sistema de Gestión Judicial
Expositor
Lic. Gabriel B. Mehlman Director General de Tecnolog铆a Poder Judicial de la Naci贸n
* ANTECEDENTES § Conferencia Nacional de Jueces-2007 “La Gestión Judicial debe ser una Política de Estado”
§ Acordada 37/2007 CSJN “La Gestión Judicial es una Política de Estado - Comisión Nacional de Gestión Judicial”
POLÍTICAS DE ESTADO DEL PJN La informatización de las distintas etapas del proceso judicial permiten una mejor organización de la información, la elaboración de informes y estadísticas confiables, la estandarización de determinados procesos (documentos modelo, sistemas y medios de registración). Pero el mayor impacto y beneficio se centra en la transparencia, celeridad y accesibilidad de los procesos judiciales.
MARCO NORMATIVO § Ley 26.685: Ley de Expediente Electrónico Judicial § Acordada 31/11: Reglamentación General Notificaciones Electrónicas
§ Acordada 3/12: Implementación Gradual Acordada 31/11 § Acordada 38/11: Obligatoriedad de uso del Diligenciamiento Electrónico de Oficios
§ Acordada 8/12: Libro de Notas Electrónico § Res. 1687/12: Gestión Obligatoria de Publicación Electrónica de Edictos en el Boletín Oficial
§ Res. 966/12: Solicitud Electrónica de Informes Obligatoria a la Cámara Nacional Electoral
Ley 26.685 Ley de Expediente Electr贸nico Judicial
Ley 26.685 (07/07/2011) ARTICULO 1º — Autorizase la utilización de expedientes electrónicos, documentos electrónicos, firmas electrónicas, firmas digitales, comunicaciones electrónicas y domicilios electrónicos constituidos, en todos los procesos judiciales y administrativos que se tramitan ante el Poder Judicial de la Nación, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales. ARTICULO 2º — La Corte Suprema de Justicia de la Nación y el Consejo de la Magistratura de la Nación, de manera conjunta, reglamentarán su utilización y dispondrán su gradual implementación. ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Ley 26.685 Autoriza la utilización de: Ø expedientes electrónicos, Ø documentos electrónicos, Ø firmas electrónicas, Ø firmas digitales, Ø comunicaciones electrónicas y Ø domicilios electrónicos constituidos en todos los procesos judiciales y administrativos que se tramitan ante el Poder Judicial de la Nación con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales
Ley 26.685 La Corte Suprema de Justicia de la Nación y el Consejo de la Magistratura de la Nación, de manera conjunta, reglamentarán su utilización y dispondrán su gradual implementación. Reglamentar el uso del domicilio electrónico constituido, y su gradual implantación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 135 y concordantes del CPCCN con excepción de aquellas notificaciones que por su naturaleza deban diligenciarse en el domicilio real y la notificación de los traslados de demanda, reconvención y citación de personas extrañas al juicio
Ley 26.685 Alcance Equivalencia funcional entre los expedientes judiciales y administrativos "tradicionales", en soporte papel, con aquellos soportados en medios electrónicos Equipara, a través de la enumeración de los componentes de una actuación electrónica, con sus equivalentes convencionales La reglamentación de la ley y su gradual implementación estarán a cargo, tanto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como del Consejo de la Magistratura de la Nación
Ley 26.685 - Planteo de inconstitucionalidad
Causa C.36.XLVIII - Caimi, Gabriela Beatriz c/ República Argentina Estado Nacional - PJN s/ daños perjuicios
Planteo: Una letrada en causa propia planteó revocatoria de la providencia que dispuso hacerle saber que debía atenerse rigurosamente al procedimiento electrónico que, con carácter único, prevé la acordada 8/2012 con respecto al Libro de Asistencia de Letrados. Asimismo, planteó la inconstitucionalidad de aquella. La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el planteo.
Ley 26.685 - Planteo de inconstitucionalidad
Fallo: El pIanteo de inconstitucionalidad de la Acordada 8/2012, en tanto prevé Libro de Asistencia de Letrados dentro del programa Informático de seguimientos de causas. debe ser rechazado, pues la peticionaria desconoce la ley 26.685 -vigente desde julio de 2011-, norma de naturaleza legislativa que autoriza a la Corte Suprema para disponer la utilización de documentos electrónicos, como lo es el libro referido. El Congreso de la Nación es la autoridad que -mediante la sanción de la ley 26.685- autoriza …………….
SGJ Sistema de Gesti贸n Judicial
Sistema de Gestión Judicial
Comprende la incorporación de una solución informática, para el tratamiento de la información judicial con el fin de alcanzar un Servicio de Justicia “Digital o Electrónica”, a través de un desarrollo modular y escalable, en la totalidad de los Tribunales y dependencias del Poder Judicial de la Nación
Transparencia, celeridad y accesibildad en la gestión POLÍTICA DE ESTADO
Estadísticas confiables Rediseño y Estandarización de procesos Mejor organización de la información
Sistema de Gestión Judicial APLICACIONES
Multi Fuero – Multi Instancia – Multi Acceso - Numeración única de Expedientes – Sistema Único e Integrado
Monitoreo INFRAESTRUCTUR A DE SERVICIOS
Mecanismos de Alta disponibilidad Mecanismos integrales de seguridad …..
INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA
ALCANCE DEL SISTEMA
Sistema ÚNICO e INTEGRADO
ETAPAS Plan de trabajo Relevamiento y Diagnóstico Análisis y Diseño de la solución Producto Adaptado Capacitación – Migración Implementación § Transferencia Tecnológica § Servicio de soporte § § § § §
Finalizado En Proceso
En Proceso
FACTORES CRÍTICOS DE ÉXITO
§ Comunicación § Participación activa de usuarios § Capacitación § Liderazgo PROCESO DE MEJORA CONTINUA
§ Comunidad de capacitadores § Comunidad de aprendizaje § E-Learning § Página de Novedades y Documentación § Mesa de Ayuda § Encuestas de satisfacción a los usuarios
Despliegue del Sistema: Consta de tres niveles de funcionalidades, cuyas exigencias se establecen con el objetivo de lograr una primera meta de nivelación de todos los Fueros y dependencias para luego continuar con la integración modular y escalable de nuevas funciones. Nivelación y Gestión Judicial: Todo el PJN con una herramienta que provea de un nivel de organización homogéneo, con las funcionalidades necesarias para los Fueros y sus Tribunales integrantes. Expediente Digital: Segundo nivel de producto, que deberá permitir la integración por medios electrónicos de las partes en la tramitación de las causas, facultando la interacción en algunas de las operaciones que comprende el sistema. Justicia Digital: Tramitación digital, integrando a Tribunales, Organismos y partes en la gestión por medios electrónicos de las causas con idéntico valor y efecto legal que actualmente posee el trámite en soporte papel.
Marco Funcional Multinstancia: Integridad de información de todos los expedientes de la causa Multifuero o Multimateria: Independiente de la materia de que se trate Base de Datos por Fuero: Integración de la Jurisdicción en un único repositorio Numeración Única: Identificación univoca de las causas. Única para todo el PJN Asignación compensada de causas: Asignación de Juzgado, Sala, Tribunal Oral y Ministerios Públicos, con búsquedas de conexidad, asignaciones por sorteo y por turnos. Sorteo de orden de votación y asignación por tipo de recurso Interacción de las partes con el sistema: Las partes legitimadas podrán gestionar electrónicamente diferentes operaciones del sistema a fin de integrar modularmente la gestión digital (Notificación por medios electrónicos, agregación de escritos, oficios y otros documentos, acceso al trámite de la causa, etc.)
Alcance Corte Suprema de Justicia Oficinas Centralizadas dependientes de la CSJN:
4 3 4 15
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Dirección de Mandamientos
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Dirección de Notificaciones
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Dirección de Archivo General
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Oficina de la Mujer
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Base General de Niños, Niñas y Adolecentes
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Oficina de Violencia Doméstica
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Jurisprudencia
Cámaras Federales con Asiento en CABA (Contencioso Administrativo, Civil y Comercial, Criminal y Correccional y Penal Económico) Cámaras con competencia en todo el país (CNE, Seguridad Social, Casación Penal) Cámaras Nacionales (Laboral, Comercial, Civil y Criminal y Correccional) Jurisdicciones Federales con asiento en Provincias
Módulos Principales: Mesa de Entradas General de diseño unificado multimateria: 1. Ingreso de Causas local y Web 2. Registro de Intervinientes parametrizado 3. Registro de Objetos / Delitos parametrizados 4. Asignación compensada 5. Modificación del sistema de sorteo aleatorio 6. Cambios de Asignación 7. Numeración unificada para todo el PJN (FFF-NNNNNN/AAA-III-XXX) 8. Libros de Registro Electrónicos
Módulos Principales: Gestión Civil (comprende todos los tipos de unidades judiciales no penales): 1. Gestión de Juzgado / Sala 2. Modelización de despachos 3. Ingreso de actuaciones en modalidad borrador / firmado 4. Ingreso de incidentes 5. Módulo de control de la prueba 6. Ingreso de archivos multimedia 7. Módulos especiales por materia (comercial, seguridad social, familia, ejecuciones fiscales)
Módulos Principales: Gestión Penal: 1. Gestión de Juzgado / Sala / Tribunal Oral 2. Recaratulación y mantenimiento de partes 3. Modelización de despachos 4. Ingreso de actuaciones en modalidad borrador / firmado 5. Ingreso de incidentes 6. Desgaje de causas y apertura de expedientes de apelación 7. Legajo de Identificación Personal 8. Ingreso de archivos multimedia 9. Seguimiento de Efectos
SNE Sistema de Notificaciones por Medios Electr贸nicos
NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
• Reemplaza el envío de Cédulas impresas al domicilio de las partes por el almacenamiento de un archivo electrónico con la notificación en una casilla accesible por los letrados registrados. • Al momento de emisión de la Notificaciones Electrónicas por las Oficinas de Notificaciones/Ujierías se envía, a la dirección electrónica declarada por el letrado, un aviso informando que hay una nueva notificación en la causa especificada disponible en su casilla.
Problemática
• Las notificaciones insumen aproximadamente el 60% del tiempo de gestión del expediente • Gran volumen de trámites en la Oficina de Notificaciones
• Desconocimiento del estado de gestión de la Notificación hasta que no es devuelta al Tribunal
RESULTADOS A LA FECHA
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Más de 1000 letrados acreditados
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Cerca de 5500 causas registradas para Notificación Electrónica.
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Más de 1200 Notificaciones electrónicas emitidas.
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Disponibilidad del servicio 100%.
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Sin observaciones ni reclamos por parte de los usuarios.
Objetivo
El objetivo del Sistema de Notificaciones Electr贸nicas es brindar un servicio a las Oficinas Judiciales y a las partes, alternativo a la actual modalidad de notificaci贸n (art. 135 CPCC), tal que permita gestionar y administrar la emisi贸n y perfeccionamiento de las Notificaciones, por medio de un sistema electr贸nico eficaz y seguro.
Normativa
Acordada CSJN 31/2011 (13/12/2011) • Reglamenta procedimiento de Notificación por Medios Electrónicos (SNE) • Domicilio electrónico constituido • Solamente para recibir notificaciones • Fija requisitos para obtener Cuenta de Usuario • Prevé una Implementación gradual • Inicialmente aplicable a RHE de Capital Federal
Normativa Acordada CSJN 3/2012 (27/03/2012) SNE (acordada 31/2011) es obligatorio para la interposición de RHE por denegación de REX en Tribunales PJN con asiento en CABA a partir del 7/5/12 Para todos los REX que se promuevan partir 02/2013, el requisito que contempla al art. 2, inc. d, Aco. N° 4/2007 (domicilio constituido del presentante en Capital Federal), se integrará con el código de usuario contemplado en el punto 20 de la Acordada 31/2011
Composición de la Notificación
Reemplaza el envío de una Cédula impresa al domicilio de las partes por el almacenamiento de un archivo electrónico (pdf) con la notificación en una casilla accesible por los letrados registrados. Al momento de emisión de la NE por la se envía a la dirección electrónica privada del letrado un aviso informando que hay una nueva notificación en la causa especificada.
PASOS DEL PROCESO § Registración del letrado como Usuario a través de una página web accesible desde www.csjn.gov.ar. § Acreditación de Identidad del letrado en las dependencias habilitadas al efecto. § Selección de la causa para Notificación electrónica al momento de su ingreso por Mesa de Entradas. § Habilitación de los letrados registrados en la causa. § Emisión de la cédula. § Envío de correo electrónico de aviso. § Acceso del letrado a su casilla para visualizar la notificación emitida.
PAE PLAN DE ACCESO ELECTRONICO A LA INFORMACION
PAE PLAN DE ACCESO ELECTRONICO A LA INFORMACION
Permite a las Unidades Judiciales realizar distintos tipos de gestiones ante organismos y empresas de servicios públicos a fin de obtener o remitir información vinculada con las causas. Esta metodología sustituye la gestión administrativa de oficios de requerimiento de información a través de diferentes metodologías convenidas con organismos y empresas de servicios.
q Administración General de Ingresos Públicos q Aguas – Aysa q Banco Ciudad q Banco Nación q Ministerio de Trabajo q Sistema Identificación Nacional Tributario y Social q Boletín Oficial q Registro Nacional de la Propiedad Automotor q Cámara Nacional Electoral q Registro Nacional de las Personas q Dirección Nacional de Migraciones q Inspección Nacional de la Propiedad Industrial q Fuerzas de Seguridad q Inspección General de Justicia q Registro Nacional de Armas q Registro de la Propiedad Inmueble
Muchas Gracias