REVISTA RAY NEW’S
Fecha del boletín Febrero del 2019 Volumen 1, nº 1 AUTOR: Raymon Suarez V-26449277
Ley contra los delitos informáticos Puntos de interés especial: Reseña histórica de los delitos informáticos Delitos Informáticos mas comunes en el mundo Ley contra delitos informáticos en Venezuela Leyes internacionales contra delitos informaticos
“Si Ud. piensa que la tecnología puede resolver sus problemas de seguridad, entonces Ud. no entiende los problemas de seguridad y tampoco entiende la tecnología” -Bruce Schneier
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Ley contra los delitos informáticos
Autor: Raymon Suarez.
Delitos Informáticos Nadie escapa de la enorme influencia que ha alcanzado la informática en la vida diaria de las personas y organizaciones, y la importancia que tiene su progreso para el desarrollo de un país. Las transacciones comerciales, la comunicación, los procesos industriales, las investigaciones, la seguridad, la sanidad, etc. son todos aspectos que dependen cada día más de un adecuado desarrollo de la tecnología informática. Junto al avance de la tecnología informática y su influencia en casi todas las áreas de la vida social, ha surgido una serie de comportamientos ilícitos denominados, Delitos Informáticos. El delito informático es el término genérico para aquellas operaciones ilícitas realizadas por medio de Internet o que tienen como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Sin embargo, las categorías que definen un delito informático son aún mayores y complejas y pueden incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, chantaje, falsificación y la malversación de caudales públicos en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados. Con el desarrollo de la programación y de Internet, los delitos informáticos se han vuelto más frecuentes y sofisticados.
“Las empresas invierten millones en firewalls, cifrado y dispositivos para acceder de forma segura, y es dinero malgastado, porque ninguna de estas medidas corrige el nexo más débil de la cadena”
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Ley contra los delitos informáticos
Reseña Histórica La concepción de los delitos informáticos en nuestro país tendrá escasos diez años; sin embargo, en los Estados Unidos de Norteamérica, la primera propuesta de legislar con este respecto, se presentó en 1977 por el senador Ribicoff en el Congreso Federal. Años después, en 1983 en París, la oecd designó un comité de expertos para discutir el crimen relacionado con las computadoras y la necesidad de cambios en los códigos penales. El dictamen de esta organización, recomendó a los países miembros la modificación de su legislación penal, de forma que se integraran los nuevos delitos informáticos. En 1989, el Consejo de Europa convocó a otro comité de expertos, que en la Recomendación emitida el 13 de septiembre de ese año, presentaron una lista mínima de los delitos que debían necesariamente agregarse a las legislaciones de cada país miembro, junto con una lista opcional. En 1996, se estableció por el Comité Europeo para los Problemas de la Delincuencia, un nuevo comité de expertos para que abordaran el tema de los delitos informáticos. Con el fin de combatir los delitos informáticos, sobre todo los cometidos a través de las redes de telecomunicaciones, en Internet, como pueden ser las transacciones de fondos ilegales, la oferta de servicios ilegales, la violación de los derechos
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Delitos Informáticos Un Delito Informático es toda aquella acción antijurídica y culpable a través de vías informáticas tiene como objetivo dañar por medios electrónicos y redes de Internet. Existen conductas criminales por vías informáticas que no pueden considerarse como delito, según la: "Teoría del delito", por lo cual se definen como abusos informáticos y parte de la criminalidad informática. La criminalidad informática consiste en la realización de un tipo de actividades que, reuniendo los requisitos que delimitan el concepto de delito, sean llevados a cabo utilizando un elemento informático.
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Ley contra los delitos informáticos
Autor: Raymon Suarez.
Delitos informáticos mas comunes en el mundo Cuando hablamos de delitos informáticos, a todo el mundo le vienen la cabeza las nuevas tecnologías, e imagina dónde encuadrar este tipo de situaciones. Estos son los actos delictivos realizados a través de la informática. Es decir, el sujeto que lleva a cabo tal acción que va en contra de las leyes y seguridad tecnológica se vale de un ordenador o cualquier otro equipo conectado a la red para cometer su fechoría. Estafas Es una de las formas delictivas más antiguas y comunes, que ha cobrado mayor vigor en la era de la informática. Las redes sociales junto a la globalización han permitido que los estafadores realicen con éxito su plan desde cualquier lugar del mundo. Un factor que ha permitido a las empresas invierten millones en firewalls, cifrado y dispositivos para acceder de forma segura, y es dinero malgastado, porque ninguna de estas medidas corrige el nexo más débil de la cadena su propagación es que pocas veces se denuncia esta transgresión y cuando lo hacen, generalmente, es después de haber modificado o eli-
Falsificación de identidad La usurpación de identidad es otro delito informático bastante practicado. Por lo general, es una acción que va de la mano con una estafa. El correo electrónico y las redes sociales son los canales más susceptibles para poner en práctica este delito.
minado las pruebas.
Falsificación de documentos Este es un delito que, aunque su oficialmente su porcentaje de ejecución es mínimo, está entre los más habituales. Consiste en la modificación de documentos laborales, personales, legales, imágenes y correos electrónicos.
Acoso contra menores de edad Las redes sociales, foros privados y software de almacenamiento en la nube son las plataformas más usadas por los delincuentes para arremeter contra sus víctimas. Cada año este tipo de delito supera los 500 casos, pero apenas el 10% llega a las instancias judicia-
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Ley contra delitos informáticos Reportaje especial.
Ley especial contra los delitos informáticos en Venezuela Recientemente se publicó la Ley sobre Delitos Informáticos ("la Ley"), cuyo objetivo es proteger los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como prevenir y sancionar los delitos cometidos contra o mediante el uso de tales tecnologías (Gaceta Oficial N° 37.313 del 30 de octubre de 2001). Se trata de una ley especial que descodifica el Código Penal y profundiza aún más la incoherencia y falta de sistematicidad de la legislación penal, con el consecuente deterioro de la seguridad jurídica. La Ley define los términos tecnología de la información, sistema, data, documento, computadora, hardware, firmware, software, programa, procesamiento de datos o de información, seguridad, virus, tarjeta inteligente, contraseña y mensaje de datos. La ley presenta varias deficiencias y problemas, entre los que podemos mencionar los siguientes: (i) Utiliza términos en el idioma inglés, cuando la Constitución solo autoriza el uso del castellano o lenguas indígenas en documentos oficiales; (ii) No tipifica delito alguno relativo a la seguridad e integridad de la firma electrónica y a su registro; (iii) La terminología utilizada es diferente a la de la Ley de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas, tal como se observa en la definición que hace del mensaje de datos con lo que se propicia un desorden conceptual de la legislación en materia electrónica; (iv) Repite delitos ya existentes en el Código Penal y en otras leyes penales, a los cuales les agrega el medio empleado y la naturaleza intangible del bien afectado; (v) Tutela los sistemas de información sin referirse a su contenido ni sus aplicaciones; (vi) No tutela el uso debido de Internet; y (vii) Establece principios generales diferentes a los establecidos en el libro primero del Código Penal, con lo cual empeora la descodificación.
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La Ley, que pretende ser un Código Penal en miniatura, pero carece de la sistematicidad y exhaustividad propias de tal instrumento, elabora cinco clases de delitos: 1) Contra los sistemas que utilizan tecnologías Nota: 2) Contra la propiedad; 3) Contra la privacidad de las personas y de las "Los Cracker Venezolanos" comunicaciones; El 28 de octubre del 2015, el CICPC capturó a Frank Claret 4) Contra niños y adolescentes y Ceccato Guilarte alias “Tato” y a su esposa, María José Hurtado Caraballo “Majo” por acceso indebido a sistemas 5) Contra el orden económico. (artículo 6), fraude bancario (artículo 14) y violación de privacidad (artículo 20). La pareja, denominada los “crackers venezolanos", operaba en Nueva Esparta y se dedicaba a la suplantación de direcciones IP y Phishing, .
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Ley contra los delitos informáticos Leyes Internacionales
Autor: Raymon Suarez.
Argentina En Argentina sancionó el 4 de junio de 2008 la Ley 26.388 (promulgada de hecho el 24 de junio de 2008) que modifica el Código Penal a fin de incorporar al mismo diversos delitos informáticos, tales como la distribución y tenencia con fines de distribución de pornografía infantil, violación de correo electrónico, acceso ilegítimo a sistemas informáticos, daño informático y distribución de virus, daño informático agravado e interrupción de comunicaciones.
Colombia En Colombia el 5 de enero de 2009, el Congreso de la República de Colombia promulgó la Ley 1273 “Por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado —denominado “De la Protección de la información y de los datos”— y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”.¨ Dicha ley tipificó como delitos una serie de conductas relacionadas con el manejo de datos personales, por lo que es de gran importancia que las empresas se blinden jurídicamente para evitar incurrir en alguno de estos tipos penales.
La Era Digital y la Sociedad de la Información, han provocado un cambio de paradigma social y cultural, impactando drásticamente en la estructura socio-económica y provocando una reestructura de los negocios e industria. La Informática nos rodea y es un fenómeno irreversible. Se encuentra involucrada en todos los ámbitos de la vida humana, desdelos más importantes a los más triviales. Sin la informática las sociedades actuales colapsarían, pues es un instrumento de expansión ilimitada e inimaginable del hombre y es, a la vez, una nueva de forma de energía, e inclusive, de poder intelectual. Por lo que se puede decir que paralelamente al avance tecnológico, hay un avance más desarrollado en el delincuente, ya que este, tiene que tener un amplio conocimiento de estos avances tecnológicos, los cuales, no los ocupan en realizar el bien sino a delinquir .
Uruguay El Estado uruguayo aprobó en el año 2007 la ley Nº 18.237 denominada EXPEDIENTE ELECTRÓNICO cuyo único artículo autoriza el uso de expediente electrónico, de documento electrónico, clave informática simple, firma electrónica, firma digital y domicilio electrónico constituido en todos los procesos judiciales y administrativos que se tramitan ante el Poder Judicial, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales. Se hace referencia a esta ley porque es evidente que será de amplio tratamiento para el caso de los delitos informáticos, puesto que las conductas que autoriza pueden ser objeto de un ciberdelito.
Próximo Reportaje acerca del impacto que han tenido la tecnología y la redes sociales a lo largo de los años.