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Transparencia en los parlamentos autonómicos

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Por Manuel Medina Rubio, Director del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía y Catedrático de Derecho Constitucional de Sevilla.

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Con un cierto retraso, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, LTAIBG), incorporó a España en la corriente de fortalecimiento del “derecho a saber” que ya se había extendido en numerosos países de nuestro entorno. Y lo hace a través de dos vías: mediante el establecimiento de la obligación de publicar en los correspondientes sedes electrónicas o páginas web determinada información (las exigencias de publicidad activa enumeradas en los artículos 6 a 8 LTAIBG), y a través del reconocimiento de un derecho general de acceso a la información pública cuya titularidad se atribuye a “todas las personas” (art. 12 LTAIBG).

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