ORDENANZA MUNICIPAL N° 389-CMPC Cajamarca, 13 de Jun1o del Alio 2012. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA
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POR CUANTO:
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EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: En Ses16n Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Mayo del presente, con Ia observaci6n al Acta 009-2012-CMPC de Ia Presidenta de Ia Comis16n de Desarrollo Social, Acuerdo de Concejo No 139-2012-CMPC, lnforme No 296-2012-SGBS-MPC de Ia Subgerencia de Bienestar Social, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley de ~eforma de los Articulos 91 °, 191 ° y 194° de Ia Constituci6n Polit1ca del Peru - Ley No 28607, se establece que las Municipaiidades Provinciales y Distntales son 6rganos de Gobierno Local con autonomia polit1ca, econ6mica y administrativa en los a::ilmtos de su competencia. Que, segun el Articulo N° 195 de Ia Constituci6n Politica del Peru, establece que las Mun1c1palidades prornueven el desarrollo y Ia economia local y Ia presentaci6n de serv1c1os publicos de su responsab1hdad, en armenia con las politlcas y planes Nacionales y Regionales de desarrollo, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de Ia Ley N° 27972 - Ley Qrganica de Municipalidades. Que el objeto de Ia Ley No 28803 - Ley de las Personas Adultas Mayores es dar un marco normative que garantlce los mecamsmos legales para el ejerc1c1o pleno de los derechos reconocidos en Ia Const1tuc16n Politica y en los Tratados lnternacionales vigentes de las Personas Adultas Mayores para meJorar su calidad de v1da y que se integren plenarnente al de~arrollo social, econ6m1co, politico y cultural , contribuyendo al respecto de su dignidad. Que Ia precitada Ley e11 ~ u Articulo 2° define a las Personas Adultas Mayores a todas aquellas que tengan tJ) ) mas alios de edad Que, de conformidad con el primer parrafo del Articulo 8° de Ia Ley N° 28803, el Ministerio de Ia Mujer .· Desarrollo Social- MIMDES (ahora en adelante Ministerio de Ia Mujer y Poblacione;; V•~· lneradas- MIMP) promueve a traves de Ia Direcci6n de Personas Adultas Mayores Ia creac16n de Centres lntegrales de Atenc16n al Adulto Mayor (ClAM) en las Mumc1palidades Provmciales y D1stntales. Que, Ia Ley N° 27972 - •. ey Organ1ca d.:> Municipalidades en su Articulo 84 inciso 2.4) establece que las Mun1cipalidades en materia de programas sociales, de defensa y promoc16n de derechos ejercen func1ones especificas exclusivas como orgamzar, adm1mstrar y ejecutar .> ogramas locales de asistencia, protecci6r, y apoyo a Ia poblaci6n •
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en riesgo, de nirios adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de Ia poblaci6n en situaci6n de discriminaci6n Que, ante una Socieocld de exclusion social con casas de agresi6n a los derechos de las Personas Adultas Mayores se hace necesario que se promueva una sociedad solidaria y humanista. inclusive para todas las edades que permita mantener relaciones armoniosas equitat1vas y de respeto entre nirios, j6venes, adultos, y personas adultas mayores teniendo presente el proyecto de Ia Com1s16n de Desarrollo Humane Genera y Adulto Mayor 2009. Que, el Manual de Organizaci6n de Funciones - MOF de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca establece furc1ones , reqUisrtos, linea de dependencia y de responsabilidad Que, de conformidad ~on lo prescnto en el ultimo parrafo del Articulo 39° de Ia Ley Organica de Mun1c1palldades - Ley N° 27972, los ConceJos Mun1c1pales eJercen sus func1ones de Gobierno mediante Ia aprobaci6n de Ordenanzas y Acuerdos. Que, por las consideraciones antes expuestas y en uso de las facultades conferidas por los Articulos go inc1so 8) y 40° de Ia Ley Organica de Mun1c1palidades - Ley No 27972, con el voto por Unanim1dad del ConceJo Municipal Provrncial de Cajamarca, se aprueba Ia siguiente:
ORDENANZA QUE AMPLIA FACULTADES AL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION AL ADULTO MAYOR- ClAM EN LA PROVINCIA DE I
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CAJAMARCA
Articulo 1°.- OBJETIVO La presente Ordenanza t1ene como objetivo ampliar facultades al Centro Integral de Atenc16n al Adulto Met:.vr (ClAM), en Ia Municipalidad Provincial de CaJamarca, con el objetlvo de brrndar una atenci6n integral a las personas adultas mayores, para mejorar su cahdad de vida e rntegrarlos plenamente al desarrollo soc1al, econ6mico, politico y cultural de nuestra Comunidad, 1mplementando para ella en forma progresiva diversos servicios y programas sabre los beneficios sociales que presta a favor del Adulto Mayor. Articulo 2°.- CONSTITti CION El Centro Integral de Atenc16n al Adulto Mayor (ClAM), se constituye como una Unidad de Ia Subgerencia de Bieneste!r Social, Ia cual pertenece a Ia Gerencia de Desarrollo Soc1al, de Ia Municipalidad Prc\'tncial de Cajamarca.
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.. Articulo 3°.- FINALlDAD El Centro Integral de Atenci6n al Adulto Mayor (ClAM), tiene como finalidad. ).).,. ,. ,. ,. ,. ).,. ,.
Desarrollar lazos de mutuo conocimiento y amistad entre los partic1pantes. ldentificar probiemas individuates, familiares o locales en general. Combat1r y prevenir los problemas de salud mas comunes en este grupo de edad. Realizar act1vidades y practicas de caracter recreative e integrative Participar en talleres de autoest1ma, mantenimiento de funciones mentales superiores y prevenci6n de enfermedades cr6nicas. Otorgar espec1al importancia a Ia labor de alfabetizac16n. lmplementar talleres de manufactura y desarrollo de habilldades laborales puntuales. Participar en eventos sociales e informativos sobre analisis de Ia problematica local y alternativas de soluci6n. Promover en 1 .:~ ciudadania un trato d1ligente, respetuoso y solidario con las personas adultas mayores. Proponer soluc1ones a Ia problematica que afecta al adulto mayor
Articul o 4°.- FUNCIONES El Centro Integral de Atenci6n al Adulto Mayor (ClAM), tiene como func1ones: a) b) c) d) e)
f) g) h) i)
j) k)
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Bnndar servic1c,s de atenci6n primaria en salud al adulto mayor. Promover act1v1dades de cultura. entretenimiento y socializaci6n . Disenar actividades de educaci6n y capacitaci6n !aboral Fomentar to.:io ~ po de asociaciones de adultos mayores, bnndandoles asesoria y capacitaci6n para Ia sosten1bllldad de los m1smos. lmplementar servicios de asesoria legal para Ia defensa de los derechos de los adultos mayores en casos de abusos y maltratos. Diseriar e impl~mentar campanas permanentes de promoci6n de los derechos de los adultos mayores. lmplementar ei Registro Provincial de Personas Adultas mayores de acuerdo a los llneam1entos y formatos, que para el efecto establezca el MIMP Coord1nar con Ia Sub Gerenc1a de Part1c1pac16n Vec1nal , para Ia 1mplementaci6n del Reg1stro dâ‚Ź !nst1tuciones y Organizac1ones de Personas adultas mayores. Establecer allanzas estrategicas con los diversos n1veles de Gobierno e lnstituciones Publicas y Privadas para el cumplimiento de sus objetivos y funciones. lmplementar el programa de voluntariado del Adulto mayor Coordinar con los Representantes de las diferentes lnstituc1ones que agrupan a las Personas Adultas Mayores en el D1stnto, para disenar planes y programas de trabajo en benef1c1o de este segmento de Ia poblaci6n. Ofrece apoyo y orientaci6n a las personas adultas mayores para participar y ser benefic1ados en los Programas soc1ales del Gobierno Local y Nac1onal.
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Arti cul o 5°.- BENEFICIOS: Sercim exonerados los Adultos Mayores que acrediten encontrarse en extrema pobreza, previa constataci6n y certificaci6n , encargada por el Especialista del ClAM, en los siguientes conceptos: ,. Exoneraci6n de pago por consulta medica, en el Centro Municipal , u otras Entidades pertenecientes a Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca ).- Exoneraci6n de pago por arbitrios municipales, para los adultos mayores, que se encuentre debidamente acreditados. );.- Exoneraci6n de pago por tramites documentaries como partida de nacimiento y de matrimonio. r Exoner"r de pago alguno por licencia de funcionamiento, para un pequeno negocio que signifique mejorar sus ingresos econ6micos familiares. ).- Exonerar el 50 % de su ingreso a eventos artisticos, culturales y centros deportiviJs pertenecientes a Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca. ).- Exonerar el pago por ingreso a lugares turisticos y recreativos que esten bajo Ia admmistraci6n de Ia municipalidad provincial de Cajamarca. ;... Apoyo con ayuda Biomecanica a las Personas Adultas Mayores que tengan alguna discapacidad o por avanzada edad, para poder desempenarse con normalidad en su vida cotidiana. Articulo 6°.- COORDINAR con el MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - MIMP, para Ia implementaci6n progresiva del Centro Integral de Atenci6n al Adulto Mayor (ClAM), de acuerdo al Articulo 8° de Ia Ley N° 28803. Articulo 7°.- ENCARGAR, a Ia Gerencia de Desarrollo Social a traves de Ia Subgerencia de Bienestar Social el cumplimiento de Ia presente Ordenanza; a Ia Oficina de Comunicaciones y Relaciones lnstitucionales Ia publicaci6n de Ia presente Ordenanza en el Diario Judicial de Cajamarca; y, a Ia Oficina de Informatica y Sistemas Ia publicaci6n en Ia Pagina Web de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca. Articulo 8°.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia a partir de Ia publicaci6n de Ia presente norma. POR LO TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA
Cc • 1\lcald•a ... Gerenct;l r.v1umctpal • 1\scsorin Jundtca . • OC I
• Gerencoa de nc,.,rrollo Sc>coal • Subj!cren~ta de Boenestar Soc>al · Oficona de Comunocac10nc~ 1 RR • Oficma de lnformallca y So>teonas
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