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SUPREMA CORTE AVALA USO DE CARTA PORTE OBLIGATORIA A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, avaló la reforma que originó el documento impuesto por el SAT a los transportistas para verificar el origen legal de sus mercancías.
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Se trata de una hoja de ruta electrónica, adicional a los comprobantes fiscales digitales, que contiene más de 140 datos sobre el envío transportado, y que, si bien entró en vigor el 1 de enero de 2022, sólo empezará a generar sanciones por su omisión o llenado incorrecto a partir del 1 de agosto de 2023.
Por unanimidad de sus cinco integrantes, la Segunda Sala del máximo tribunal constitucional del país aprobó la sentencia correspondiente al resolver el amparo en revisión 73/2023 bajo la ponencia de Javier Laynez Potisek.
Los detalles de la carta porte, fijados por el SAT en la Miscelánea Fiscal para 2022, no fueron analizados por la Corte, sino que serán revisados por tribunales colegiados de circuito que vayan resolviendo los amparos de las empresas, salvo que, en el futuro, los ministros decidan ejercer su facultad de atracción para resolver todo el tema o existan contradicciones entre dichos tribunales.
La Sala aprobó la propuesta del ministro Javier Laynez para negar el amparo a la empresa Sabritas contra la reforma al CFF.
“El artículo reclamado no otorga facultades a la autoridad administrativa para emitir reglas de carácter general que tenga por objeto regular el comercio, y que por ello se invada la competencia exclusiva de la Federación para legislar en esa materia; sino que, se insiste, sólo se refiere a la posibilidad de detallar el contenido de los comprobantes fiscales digitales con el propósito de que estos sirvan para acreditar la legalidad del transporte de mercancías”, dice la sentencia.
También rechaza que exista alguna aplicación retroactiva de la ley, pues el CFF ya facultaba al SAT para fijar las características generales de los comprobantes fiscales, y la vigencia de la carta porte inició hasta 2022.
Al haber sido aprobado con más de cuatro votos, el criterio de la Corte será obligatorio para todos los jueces que conozcan de amparos en los que se cuestionen los cambios al artículo 29.
Decenas de empresas impugnaron mediante amparos el requisito de la carta porte, muchas de ellas pequeñas, pero también algunas grandes, como Federal Express Holdings, varias filiales de Pepsico México, la productora agrícola BerryMex y Deremate.com.
Las empresas alegan que se multiplicaron por diez los requisitos de información al SAT, se afecta a pequeños transportistas que no tienen la infraestructura necesaria, y se piden datos privados sensibles que pueden aprovechar los delincuentes que, en 2022, cometieron más de 13 mil robos al autotransporte de carga.