Importantes y trascedente resultaron las manifestaciones del Dr. Edgar Elías Azar Al inaugurar el Foro Nacional sobre las Reforma a la Ley de Amparo en Tabasco, “El amparo en México siempre ha servido del límite al poder, de una acción, o acto jurídico, bajo la lupa de los derechos”. Asimismo dijo existe la necesidad de dar cumplimiento a las sentencias de amparo, por tanto necesitamos más plazos para su cumplimiento, y que se fijen parámetros objetivos y precisos, no discrecionales, que han generado desorden en todo el país, para que la autoridad responsable, este en posibilidades materiales de cumplir la orden judicial respectiva. Efectivamente las sentencias de Amparo que emite la SCJN, tal pareciera trata que de evadir su responsabilidad de enfrentar al ente público, que viola constantemente la constitución y las leyes ordinarias, y pronuncia por sentencias en las que regularmente deja al arbitrio de la autoridad su cumplimiento, haciendo lo que le venga en gana. Por lo que la recién estrenada, ley de Amparo, contempla mecanismo que dilatan el procedimiento y permiten la autoridad responsable, que en algunos caso evada su responsabilidad, lo que ha contribuido a la creación de un clima de enrarecimiento a la justicia en México, todo esto comentado en los distintos foros jurídicos del país. Lo que se contrapone principalmente a la reforma de los derechos humanos del 2011, en sentido de acercar la justicia a los más necesitados, y en la que se estableció el principio por personae. Por este año nos despedimos deseándole los que editamos SACRIS LEX, a todos nuestros lectores, FELIZ NAVIDAD y PROSPERO AÑO 2015, QUE DIOS NOS BENDIGA A TODOS y QUE NUESTROS DESEOS SE CUMPLAN.
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o recuerdo en 2004, que desde el IFE, el periódico Universal empezó a solicitar el padrón de militantes de los partidos, pero creo que el padrón de los militantes, tiene insumo esencial para saber ¿Quién es quién en la vida de los partidos políticos, es un asunto básico, recuerdo los litigios interminables de este periodo por pedir el padrón de los militantes, la negativa de los partidos, en parte la negativa era porque no está muy claro o bien simplemente no tenían la información disponible y quien la que la tenían, no la querían hacer pública por cuestiones tácticas, pero algo tan elemental como es esto, como debería de ser por ejemplo, la circulación de los periódicos, u otros datos no era! como es el tema de cuantos maestros hay en México, es la discusión que es increíble que no pueda resolverse, pues bien el tema de los militantes de los partidos políticos en 2004 nunca nadie lo resuelve, en los últimos dos años este tema se ha ido resolviendo y me parece que es un asunto fundamental, pero yo recuerdo apenas hace 10 años que este era un tema de difícil solución, pero digamos que respecto a la ley, respecto a la ley formalmente hablando ha habido un avance, lento pero avance como está la última evaluación que hizo el Instituto Nacional Electoral respecto al cumplimiento de información de los portales de los partidos, que pueden ustedes decir de esto entre 2012 y 2014 es la última línea ya hace pocos meses, es lo que dice gráficamente que entre el 70 y 80% de las obligaciones que deben de estar en los portales se cumplen, pero hay algunos partidos que están
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un poco más bajos pero, ese es más o menos entre 70 y 90% están cumpliendo ¿debemos festejar esto? ¿Debemos exigir que el 10%,15 o 20% que falta se cumpla? Yo creo que sí, ¿esto ayuda a tener mejores partidos?, esta es la pregunta que debemos hacer, como diré más adelante creo que el tema fundamental del dinero de los partidos, no está aquí
en tabasco?, ¿Cómo están en tabasco? Esta mejor que esto, tengo para ustedes algo que seguramente conocen, que esta es evaluación de portales de Transparencia; dice el Instituto Tabasqueño de Trasparencia y que hace pocos días que concluyo esta evaluación y esto me parece muy, muy preocupante y muy grave, que en el caso
reflejado y por lo tanto qué bueno que se cumpla esto, se debe cumplir mejor, pero tengo la impresión que el tema central del dinero no pasa por ahí, pero es la, ¿cómo están
de los partidos; hay algunos en donde más del 70% de las obligaciones no se cumplen, obligaciones básicas y fundamentales a nivel ley, que deben de tener en su portal y que no se están cumpliendo de tal forma, que eso si me parece algo que llama la atención, algo que requiere atención urgente, algo que requiere acciones jurídicas, porque esto me parece que sí, habla de un sesgo sumamente preocupante, información que realizo el Instituto Tabasqueño de Trasparencia y me parece muy importante como insumo para exigir mas trasparencia, yo creo que una primera reflexión seria, a pesar de los problemas hay un avance gradual en el país, ¿que hizo la Reforma Electoral de
DÍA INTER DEL DERECH
2014 respecto a la transparencia? ayuda a la transparencia, mas importante aun, ayuda a la rendición de cuentas, y más importante aun ayuda a combatir el problema preocupante y creciente en México de corrupción, en el financiamiento de las campañas políticas, quiero decirles que yo en lo personal soy crítico, de la lógica de la Reforma
la centralización contribuyera este fin, seria centralista, pero tengo la impresión de que no! la reforma electoral también tiene un enfoque punitivo que es un gran problema de la regulación electoral de los últimos años y de las regulaciones general en México, pensar que con partidos que salen de la realidad, que tal si implementamos la pena de
RNACIONAL HO A SABER
Dr. Luis Carlos Ugalde
Electoral de 2014, pero en este caso me voy a centrar exclusivamente que tanto contribuye al tema que nos ocupa, ¿que tiene la reforma electoral? Tiene tres nuevos ordenamientos, una ley de partidos políticos, una ley de procedimientos electorales y una nueva ley de delitos electorales, el enfoque de esta ley es centralizadora y ustedes en Tabasco tendrán la perspectiva de esto, a mi me parece que la centralización contribuyera a dar más eficacia a dar más equidad, sería algo bueno, sería más centralista, pero tengo la impresión de que la centralización no contribuye a este fin, yo no soy un casado histórico, dogmatico, de que la centralización es mala, por que los conservadores del siglo XIX eran centralistas no, yo soy amante del buen gobierno y si
muerte para secuestradores, estos dejaran de existir, hace pocos meses por cierto ustedes recordaran que se aumento la pena a secuestradores creo que de 70 a 140 años, el otro día le pregunte a un legisladores y me dijo, tú crees que hoy los secuestradores estén solicitando la maestría, licenciatura, ingeniería yo creo que no! pero esta
perspectiva de que el castigo cambie la realidad ha sido una ingenuidad mexicana desde el siglo XIX creo que la reforma electoral de 2014 aumenta esa idea, aumenta las causas de nulidad, aumenta los activos pensando de esta forma los partidos, México por cierto, en la época del Consejo donde perteneció Mauricio Merino que impusieron multas históricas mil millones al partido Revolucionario Institucional y quinientos setenta millones al partido Acción Nacional, al partido Verde no se supondría que con estas multas de carácter histórico y récor mundial los partidos en los años subsecuentes mostrarían un comportamiento diferente, la evidencia muestra que no cambio, dé tal forma que si en esas multas esa magnitud no se modifico lo esencial del comportamiento de algunos partidos, quiere decir que el enfoque punitivo no es el enfoque correcto, pero robustece la fiscalización, habrá un sistema en línea, el hecho de que se han conectado los sistemas de fiscalización Federales y Estatal esto ayuda mucho, el hecho que haya más coordinación de Administración Tributaria y además la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaria de Hacienda da un paso adelante, los problemas y los riesgos son ahora INE tendrá que fiscalizar creo que más de 70 mil campañas y sobre todo la pregunta relevante es si la fiscalización es la ruta para resolver el problema del dinero, de lo cual hablare un poco más al rato, que otro elemento hace en materia de transparencia y de dinero, este aumenta las aportaciones privadas de $33,000,000 o $108,000,000 total a mi me parece un tanto
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positivo, porque las aportaciones privadas casi todas ellas ilegales sean convertido en la fuente principal del financiamiento de los partidos, estamos por una parte festejando que en México tenemos un sistema de financiamiento público pero la realidad el 70% de las campañas en promedio financia sus gastos reales de operación con fondos que no son públicos ni legales, de forma tal que empezar a ajustar este tema de la realidad me parece un tanto, correcto, gradual, pequeño todavía en la decisión correcta, reitero, creen que cada 4 pesos hoy en las campañas en México en promedio proceden de fuente desconocida, casi todas ellas privadas, algunas incluso de fuentes ilícitas, esa es una realidad que ya ocurre y aumentando las contribuciones privadas para legalizarla puede ser un paso a la dirección correcta, y se cambia al tema del prorrateo un tema técnico que causo mucha controversia de 2012. ¿Cuáles son las condiciones? En materia de dinero, en materia de trasparencia, en materia de equidad de las campañas, voy a mencionar tres omisiones muy importantes que creo, que no se aseguran. El primero es el tema de la propaganda gubernamental no se cumplió el artículo 134 constitucional que obliga a reglamentar la prohibición para que gobernantes anuncien en medios de comuni-
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cación, este problema es muy grave porque muchos gobiernos en México Federal y Local se están gastando sumas crecientes para publicitar a sus gobernantes ,como esto no está reglamentado todos los días el periódico nacional y regionales aparecen gacetillas de gobernadores, presidentes municipales, diputados, senadores, se están saliendo de control el problema de este fenómeno es que genera una inequidad, en las campañas ¿Por qué? Por que cuando un gobierno gasta cantidades enormes de medios de comunicación y como los medios de comunicación convierten a los recursos públicos, en su principal fuente de ingreso, que es lo que pasa, que muchos medios de comunicación empiezan a vivir de los gobiernos, en lugar de vivir de sus lectores por eso es que el periodismo
en México, cada vez más se ha convertido en un foro de declaraciones de políticos, en lugar de un foro de análisis de la política, es muy importante y saben ustedes buena parte de los periódicos en México son declaraciones políticas A, respuesta del político B, y es la agenda de la clase política y por eso es un periodismo que responde básicamente a los intereses de la clase política porque está financiada por la clase política y este tema después se traduce en campañas inequitativas por que muchos medios, no todos pero algunos medios empiezan a dar coberturas a cambios de convenios de publicidad y todo eso se gesta justamente en el tema que es una de las buenas cosas de la reforma de 2007, no que haya legislado, hace tres meses se aprobó la reforma secundaria en materia electoral, esto que era muy relevante se dejo nuevamente a la deriva y hoy en México cada vez mas tenemos esta carrera de gobierno, Nacionales, Estatales y Locales, que anunciándose de manera encubierta violan la Constitución, él segundo tema que es una omisión es el tema del financiamiento público a partidos, hay una falta de claridad de lo que se quiere con el financiamiento público y cuanto debe de ser esto en 2007 se estableció que para establecer la bolsa distribuible de fondos públicos se iba a usar la fórmula del padrón electoral por el 0.75 del
salario mínimo, la pregunta es si esto responde a una discusión filosófica, teórica o si simplemente es, ver como sopla el viento yo la verdad no se porque debe ser 0.75 o 0.25 o no 1.5 y no habido una la discusión en México, de cual debe de ser la bolsa relevante, suficiente, adecuada para financiar a los partidos, yo sí creo en el financiamiento público, también creo que el financiamiento privado debería de legalizarse, y aumentar, pero creo que debiéramos de tener una discusión sobre que significa esta fórmula y porque esta así, sino ha ocurrido, como tampoco ha ocurrido a nivel de las entidades, ahora que muchas entidades han hecho Reformas Electorales para gastarse, en mi opinión abusado de un problema que está en la legislación secundaria y muchas entidades que tenemos esa fórmula pero con un factor de 0.20 o 0.30 y dijeron que la Reforma Electoral los mandataba, a subir el peso de 0.25 de 0.30 a 0.75% para la mínima y esto ha aumentado el financiamiento público a partidos Estatales en 51% en los últimos años, de tal forma que, no hubo una discusión y mientras no haya una discusión, cuánto dinero requiere la democracia electoral para funcionar tenemos un problema, de origen, y el tercer tema que no se abordo, es un tema de los topes de campaña, de los topes de campaña también para mí no hay una lógica que responda exactamente a que se quiere 336 millones es el tope de la elección presidencial de 2012 es mucho, es poco, cuanto queremos, una elección de diputados su tope es de 1.22 millones y que ustedes han tenido experiencia electoral saben que estos topes no responden a la realidad, en general hicimos un estudio el año pasado sobre el
tema del diagnostico de la fiscalización y el financiamiento de las campañas y hablamos con operadores de campo , coordinadores, ex candidatos y la evidencia eruditica, que sugiere en elecciones de gobernador del tope promedio a nivel nacional es de 40 o 50 millones candidatos ganadores del gobernador gastaría más de 400 o 500 millones de pesos, incluso candidatos no ganadores rebasan el tope de campaña varias veces, no se rebasa con 5% como en la nueva legislación sugiere, se rebasa con 100, 200 o 300% los topes de campaña esto está ocurriendo es un problema muy grave de la campañas en México que no se está atendiendo, muchos amigos que fueron diputados o lo fueron en el pasado o lo quieren ser, siempre les pregunto ¿a ver aquí entre nos, cuanto gastaste en tu campaña? dice que hay que gastar 1.22 millones para ser Diputados Federales, no hay alguien que me haya dicho los últimos dos años que haya gastado menos de 6 millones, me han dicho hasta 10 o 12
millones, que ocurre hay una contabilidad doble, hay reporte selectivo de facturas, entonces aunque un Instituto Electoral, aunque sean sujetos obligados, aunque soliciten estos, le van a dar la información de esos 1.22 millones pero los seis millones restantes que se gastaron, no se registran, no se reportan, por eso aquí está mi primera reflexión de hoy, podemos festejar que a los partidos sean sujetos obligados si, el problema es que son sujetos obligados, respecto a un universo de este tamaño y el universo real y relevante de los recursos que se están ejecutando en la política electoral son varias veces lo que ustedes podrán tener acceso, entonces la pregunta es ¿Cómo mejoramos ese sistema de transparencia? Si se basa en la realidad pequeña como cuando se un iceberg. Tenemos la información de la punta pero lo demás, no hay forma legal de conocerlo, y es una omisión de la Reforma Electoral no haber abordado este tema con más profundidad. El programa se llama dinero dinero, dinero no es un problema de transparencia, es un tema de la estructura como se costean las campañas en México y antes déjenme platicarles, que cuánto cuestan las Autoridades Electorales que muchas veces, las discusión que queda a nivel de cuanto le damos al Instituto Nacional Electoral, y ahora que el INE presento su presupuesto hace pocas semanas todo mundo empezó a criticar al INE, y yo me acuerdo desde que yo estaba en el IFE y cada vez que la autoridad presenta su presupuesto, todo el mundo lo critica. Esta es la evolución del costo
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de las Autoridades Electorales, ahí está cómo ha evolucionado en términos constantes el presupuesto del Instituto Nacional Electoral, ¿qué dice esto? pues que este año 2015 va a costar 18 mil millones de pesos el INE, que han aumentado 150 nuevas atribuciones desde 2007, 2008 nos dice algo mas, si el INE lo hace muy bien, este es una buena inversión, si lo hace mal pues es una mala inversión es mucho dinero, es poco, pues depende, aquí hay una discusión un poco demagógica, es mucho dinero, con respecto a que! cuánto cuesta el Tribunal Electoral, ha aumentado más su presupuesto, tiene una sala adicional, las burocracias electorales están creciendo, es la tendencia sobre todo es un tema que ya comentamos, el enfoque sobre regulatorio, de cuales las normas, mas reglas más prohibiciones, muchas más funcionarios que administren esas reglas, en el caso de la FEPADE, pues ha sido mas y mas y a venido creciendo, es el costo de la democracia formal electoral en cuanto a la organización electoral solamente ¿cómo están los estados? Aquí faltan las prerrogativas de los partidos, pero déjenme darle la idea nada más de que en total en 2012, el financiamiento a partidos Federales y por organización
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Electoral Federal, fueron alrededor de 27 mil millones de pesos en 2012, ¿cómo están los estados? hasta el año 2012 el promedio cada año la organización Electoral Estatal costaba siete mil setecientos setenta y nueve millones es ¡mucho! Es ¡poco! Pues depende, yo creo que esto no nos dice mucho. En 2012 esa cifra de 27 mil millones, es la franja de financiamiento no reportado, es donde se desvían recursos públicos, contratistas que quieren tener a acceso al futuro gobierno, donadores de diversas especies, organizaciones que quieren tener privilegios, etcétera, etcétera, etcétera, que contribuyen en especie, en dinero en efectivo y que este fenómeno se está convirtiendo en un grave problema, ahora estoy realizando una investigación con la OCDE sobre sistemas de compras gubernamentales en México, tratando de encontrar mejores prácticas y el grave problema que ustedes pueden ver en la mejor ley de contrataciones o de compras gubernamentales en México, pero si un gobernador llega a su primer día de funciones y tiene que pagar 200 o 300 millones de dinero que subió a su campaña
no reportado, de contratista, amigos, empresarios, coyotes, tienes que dirigir obras publicas contratos para pagar esos 200 o 300 millones, eso que importa que tenga la mejor ley de contrataciones, en el país este es un fenómeno creciente y para ganar una campaña de 300 o 400 millones, esto tendrás que fondearte y esto corromperá el sistema de contrataciones, es un tema muy grave, que está aumentando en México y tiene que ver con el tema de pensar cómo queremos fondear las campañas y que queremos hacer, por eso reitero, que los partidos sean sujetos obligados es una buena noticia, aunque será sobre los topes normales de campaña esos 50 millones pero los otros 200, o 500 que fluye realmente a las campañas o a veces ni si quiera fluyen a las campañas, a veces se ejecutan para beneficiar a campañas, sin que el tesorero de la campaña lo sepa, esto ocurre muy frecuentemente, pero son recursos que benefician políticamente, mientras eso no se resuelva, nuestra transparencia electoral será benéfica pero solamente en el margen. Hay otro problema muy grave aun que es el tema de las llamadas subversiones parlamentarias, en los Congresos del país, además; de las dietas, las rentas, los edificios, los
coches, la gasolina, los asesores, hay una partida conocida como subversiones a los grupo parlamentario, que es el dinero que recibe el coordinador de las fracciones, a nivel Estatal a nivel Federal y firman de recibido, pero no tienen que dar cuenta en que se usa. En el caso de las Cámara de Diputados, a Tabasco dice le toco 1305 millones de pesos y recibe los grupos parlamentarios en los primeros veinte meses de esta legislatura, recibieron 2142 millones son incrementos enormes en recursos, una vez más esto es mucho, es poco, no sé, depende los resultados lo que si se es que mientras no sepamos en que se usa, pues es demasiado dinero fuera del ojo público y fuera de obligaciones de transparencia y este tema me parece sumamente grave, es un tema de resistencia en todo el país, en todos los partidos políticos ¿Por qué? Por razones obvias un coordinador de un grupo un parlamentario de cualquier entidad recibe 30 millones al mes, y no tiene que explicar absolutamente nada, esos treinta millones, se convierten un enorme recurso para financiar actividades diversas, y campañas políticas externas y también para su beneficio personal, de tal forma que este tema está distorsionando enormemente muchas de las funciones legislativas en México, Mientras no se transparenten esos recursos (2142 millones) que se están ejerciendo a nivel Federal solamente en la Cámara de Diputados y del cual no hay conocimiento. Lo he comentado a la presidenta, comisionada presidenta del IFAI, que la legislación secundaria establezca, textualmente que los grupos parlamentarios de los Congresos en México son sujetos obligados, si, un partido político es sujeto obligado, el grupo parlamentario tiene personalidad jurídica y hay quienes dicen que tiene personalidad jurídica es la Cámara de Diputados o el Congreso del Estado, la presidencia de la mesa directiva de la Junta de Coordinación Política, pero que el grupo parlamentario no tiene responsabilidad jurídica y por lo tanto escapa a este tipo de cosas. Esperemos en los próximos años, que todo aquel, que reciba recursos públicos es sujeto obligado y como los grupos parlamentarios reciben recursos públicos, son sujetos obligados, por eso la labor de los Institutos de Transparencia en los Estados y el Instituto Federal de Acceso a la Información a Nivel Federal es fundamental, pronto empezaran a recibir recursos de grupos Parlamentarios o Congresos que se resisten a entregar la información y aunque no haya legislación secundaria si hay derechos establecidos en la constitución y deberíamos ya poder abrir las puertas para que los ciudadanos conozcamos en que se usan esos recursos.
México en lugar 103 de 175 en Corrupción 2014, según Transparencia Mexicana México, sin avances significativos para disminuir la corrupción. Brasil, supera a México ya que se encuentra en el lugar 69. • En 2014 México se ubicó en el lugar 103 de 175 países con una puntuación de 35/100. El país mejor evaluado es Dinamarca con 92 puntos; Corea del Norte y Somalia, los percibidos como más corruptos. México comparte ubicación en la tabla con Bolivia, Moldavia y Níger. • En América Latina, México se encuentra por debajo de sus principales socios y competidores económicos: 82 posiciones por debajo de Chile, 34 lugares por debajo de Brasil. • México se (34/34) entre los
ubica países
en la última posición que integran la OCDE.
En el Índice de Percepción de la Corrupción 2014 , México obtuvo una puntuación de 35 sobre 100 y se ubicó en la posición 103 junto con Bolivia, Moldavia y Níger. La escala va de cero (percepción de altos niveles de corrupción) a 100 (percepción de bajos niveles de corrupción). Transparencia Mexicana informó que en 2014 del Índice de Percepción de la Corrupción es al primer semestre de 2014, y no considera los eventos recientes en materia de derechos humanos, (Ayotzinapa Guerrero, Tlatlaya Edo. De México, San Fernando Tamaulipas, Boca del Rio Veracruz) procuración de justicia, conflicto de intereses (redes telecomunicaciones). Una amplia brecha entre México y las economías con las que comercia y compite caracteriza a México, que sigue siendo el país con la puntuación más baja entre los países de la OCDE –que agrupa a las economías más desarrolladas del mundo. En América Latina, más de 30 posiciones separan a México de Brasil, su principal competidor económico en la región quien se encuentra en el lugar 69 de 175 países. México se encuentra 82 lugares por debajo de Chile, 18 lugares por debajo de Perú y 9 lugares por debajo de Colombia. Transparencia Mexicana destaca que cuando menos dos de estos países, Brasil y Colombia, también se encuentran profundamente afectados por violencia y crimen organizado. Transparencia Mexicana considera que sólo un cambio de tajo en la estrategia anticorrupción, permitirá que México abandone la posición de estancamiento en la que se ha mantenido por casi una década. Para esta organización de la sociedad civil, estas acciones resultan de carácter urgente: 1. La creación de un Sistema Nacional Anticorrupción El esfuerzo anticorrupción debe ser nacional y no sólo federal. 2. Además un Tribunal Federal de Responsabilidades para los tres órdenes de gobierno. 3. Establecer legislación general para definir, regular y sancionar el conflicto de interés.. 4. Incorporar al blindaje electoral 2015 el que todo aspirante presente tres declaraciones: una versión pública de su declaración patrimonial, su declaración de impuestos de los últimos 5 años y una declaración pública de potencial conflicto de intereses.
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¿Qué principios rigen a este AL juez NATURAL?
Todo juez natural atendiendo su función fundamental es decir el derecho, recordemos que se trata de una autoridad IURIS ICENTE que inicia el derecho y es aquí donde yo llamaría la reflexión, dice o no dice el derecho un Consejo de Guerra, claro que lo dice, si me dice que es inocente o que es culpable que me esta diciendo el derecho ¿Qué va hacer el juez? Va Integrar la sentencia técnicamente, pero quien ya resolvió el fondo del asunto sobre la inocencia o la culpabilidad con un cuerpo colegiado, que se llama Consejo de Guerra, los principios son los siguientes, el de la imparcialidad seguidamente de independencia, ni modo que no se cumple tampoco ¿Por qué no se cumple la independencia? Pues por que depende directamente del marco, hay una lógica ahi de diseño institucional, a aquí no estoy señalando se culpe a quienes hacen esas tareas no, es un tema de diseño institucional. De que nos sirve reformar un código que surge de 1933 que data de otro de 1901 que a su vez viene del siglo XlX de otros y tiene influencia en el derecho militar español y del derecho militar francés, evidentemente ya no corresponden a las lógicas de juzgar de ahora. Otro elemento es la autonomía e igualmente la inamovilidad, si algo no tiene los jueces militares es inamovilidad, son perfectamente movibles, el señor que hoy es Procurador mañana es magistrado y pasado mañana es el director de los defensores de oficio y después va a la prisión, el tema es, si de verdad, o sea es un poco un tema de esa cuestión, donde no se desarrolla el perfil, es mas yo diría que inicia el perfil y lo diré en el siguiente sentido, por ejemplo si alguien viene de ser fiscal, subprocurador, primer agente adscrito que es el nombre que se le da técnicamente en la procuraduría militar a los subprocuradores, si es nombrado juez, después cuatro años agente adscrito ¿con que mentalidad va a llegar? con una mentalidad de imparcialidad o con una mentalidad de juzgador? quien sabe no lo se, a lo mejor tiene esa capacidad de revertir tan rápido, son procesos, que no son tan simples, que no cumpliendo con estos cuatro principios, el juez natural cuando se abren los procesos de estricta legalidad, simplemente no se actualiza, entonces estaríamos llegando a una primera conclusión, juez natural es igual a un juicio justo, es la figura responsable de administrar justicia, es la autoridad máxima al seno del Tribunal quien resuelve y conoce, respecto a una situación en
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conflicto presentada entre las partes, que se cumplan los principio mencionados anteriormente es premisa para garantizar un juicio justo y apegado a derechos humanos, ¿él para que de un juez natural? bueno recordemos que todas las personas, todo los que estamos aquí presentes en este agradable recinto del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco, somos victimas en potencia y somos delincuentes en potencia, pero evidentemente cualquiera de nosotros pudiera ser procesado, así nos portemos muy bien por que incluso existen delitos que son cometidos por emoción violenta, quien podría decir que esta fuera de la posibilidad de cometer un delito en estado de emoción violenta nadie lo podía decir ni el mas pacifico de los casos, aquí el tema es ¿como te gustaría que te juzgaran? o ¿como le gustaría que le juzgaran a los militares? por que al fin al cabo es el tema que estamos hablando de los militares, bajo una lógica de un juicio justo o bajo una lógica de un juicio donde no cumpla los principios del juez natural, aplicación de interpretación de las normas yo diría esta frase que me gusta, EL DIABLO ESTA EN LOS DETALLES, la obligación del juez natural, cifra su importancia en la aplicación de la norma, aun mas en la interpretación de la misma, en virtud de que le corresponde la enorme responsabilidad de interpretar el concepto normativo en atención a decisiones y lo sabemos todos no, estamos en un tema de administración de justicia de impartición de justicia, muchas de las veces subjetivas si sabemos que el juez de manera normal muchas veces tiene que resolver bajo ciertas lógicas de subjetividad no, si no habría debates en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y no habría
Jurisdicción Natural Frent Interna
votos particulares en la Corte Interamericana de Derechos Humanos etcétera, estaríamos pensando que todos están bajo una lógica exactamente igual no, es subjetivo y cada quien aprecia los hechos y el derecho de una manera distinta imagínense, ustedes si estas apreciaciones son hechas por que no tienen una construcción, ni ontológica, ni jurídica, propia, de un juez profesional, el nuevo paradigma para juzgar, este andamiaje intelectual a través del cual un juzgador da solución a un conflicto, debe contener no solamente la abstracción de la norma y su interpretación que ya es bastante, si no también su construcción en donde sus voluntades es fundamental para moverte dentro de los márgenes que su sano juicio lo determine, o sea, este hecho de juzgar se ha vuelto mas complejo ¿Por qué? Por que quizás ahora a los juzgadores les toca en mucho de los casos hacer la norma a través de la interpretación o de la fusión de la jurisprudencia del orden interno con la del orden interamericano, recordemos que la sentencia y la jurisprudencia del sistema Interamericano de Derechos Humanos es subsidiaria y complementaria de la del orden interno y además obligatoria, si esto pudiera representar cierta complicación para el juez profesional, que podemos pensar para el juez que no es profesional, de ontología y juzgamiento. La de ontología la acción de juzgar es otro elemento que requiere estar presente en razón de los bienes jurídicos tutelados, y la responsabilidad.
La imparcialidad del juzgador se garantiza, bajo lógicas de control en la convencionalidad de este modo la Comisión Americana de los Derechos Humanos en su parte conducente dispone en su artículo 8vo., relativo a las garantías judiciales dice en un párrafo muy sencillo la convención, dice en su lógica derecho de audiencia como primicia central, “que toda persona tiene derecho ha hacer oída con la debidas garantías, un debido proceso”, dentro un plazo razonable y luego cuando habla del juez habla de las características propias de un juez natural y un Tribunal competente, independiente e imparcial son los elementos que estuvimos revisando la figura del juez natural, de suerte que sin independencia no vive la figura del juez natural, por lo que respecta la independencia ese elemento es fundamental en la atención a las lógicas que desde la doctrina de Montesquieu, se ha establecido sobre la división de poderes, para garantizar las decisiones judiciales, recordemos que el diseño institucional de la norma militares de tipo procesal y su estructura, tienen características que le hacen ser formalmente
Militar y Juez te a Estándares acionales
Mtro. Alejandro Carlos Espinosa
administrativas y materialmente jurisdiccionales, vamos hacer esa reflexión, en relación con la figura del juez natural veamos este aspecto que me parece fundamental, las antinomias de la Constitución yo veía aquí un problema muy grande, entre el 13 y el articulo 21 de la Constitución. Y lo voy a plantear de la siguiente manera, si la memoria no me falla el articulo 21 de la Constitución establece con toda precisión, que la imposición de las penas, es una facultad exclusiva del Poder Judicial y yo preguntaría ¿A qué poder pertenecen los Consejos de Guerra? Y si los Consejos de Guerra imponen pena o regalan chocolate no! o sea que es lo que hacen imponen pena, hay una antinomia de carácter constitucional y si nos vamos a las premisas para resolver las antinomias, en ninguna de las premisas nos va a sacar del problema, diría si hay una antinomia tendrías que atender a la mas antigua, yo diría de que momento data el 21 de la Constitución y de que momento data el 13 de la Constitución, de 1917 igual, no! tendría como muy fácil armonizar esta idea, esta antinomia que es de carácter constitucional, diría además en este tipo de cuestiones, por mucho tiempo han existido este tipo de Tribunales que son formalmente administrativos, materialmente jurisdiccional y son validados y es claro el modelo y función legal, es correcto, pero aquí el problema es, que hay una contradicción de carácter constitucional precisamente con la imposición de las penas no, el tema con el 21 no se ha resuelto, el mito de la disciplina como justificación
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del fuero judicial penal militar, lo deseable en la lógica de los principios que obligan y que avalan al juez natural, es que se garantice su independencia es claro y mas que sujeto a discusión que por definición de las normas de los Tribunales Militares cuentan con una autonomía de carácter técnico, eso no lo discutimos, tiene que ser garantizada la disciplina al servicio de la obediencia, sino esta perdida la justicia militar, y una que al parecer no alcanza para evaluar el principio fundamental de independencia de acuerdo con el pensamiento doctrinal mas aceptado, implica la separación de los poderes, uno de los grandes logros o avances que se dan en 1917, es haber separado al Ministerio Publico del Poder Judicial, ahora con el código nacional hasta independencia van a tener, autonomía etcétera. El dique de los modelos institucionales y normativos, el juez militar para cumplir con este postulado que le legitima, el quiere estar libre de la subordinación o jerarquía, circunstancia que como he sabido por diseño institucional, en la atribución militar mexicana, no se cumple. La inexplicable negativa de la profesionalización yo aquí voy hacer muy claro decía el doctor Angenor, con una gran claridad siempre sorprendente y brillante, en México no se estudia el derecho militar, en muy pocos espacios se estudia el derecho militar, y yo que tengo 20 años dedicados al estudio del derecho militar les puedo decir, que son muy pocas las universidades en la que se enseña derecho militar y lo que se enseña en las academias o en las instituciones militares, son materias aisladas que no tienen una estricta construcción, de suerte tal que la UDEFA o la universidad del ejercito y de la fuerza aérea , no contempla la carrera de licenciado en derecho con especialización en justicia militar, yo no digo que no existan estudios superiores, y que existen y muy bueno, vamos a pensar en
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las maestrías, en la maestría del colegio de defensa, maravillosa o la maestría que tiene el SEMARNAF de la secretaria de marina maravilloso, los diplomados de estado mayor, la escuela superior de guerra , la misma UDEFA pero lo que no tienen son abogados y es importante que se fortalezca el tema de los abogados y por ahí una universidad privada, de la cual formo parte como profesor es la Universidad Anáhuac del Norte, ya lanzo por ahí una maestría el derecho militar que es algo valioso y bueno, pero sin embargo no suple la necesidad básica de crear Licenciados en Derecho especializados en el tema militar, por que hay un mito que debemos romper, el Derecho Militar es mucho mas que Derecho Penal Militar, esta el Derecho de la Seguridad Social Militar, el Derecho Administrativo Militar, el Derecho Internacional, el Derecho de la Guerra, el Derecho Laboral, claro! esta excluido en el termino 123 apartado b, fracción decimo tercera, pero eso no quiere decir que no existan Derechos Laborales para los militares, son administrativo laborales y si no que alguien me explique que son las vacaciones o antigüedad, hay, una serie de temas y ámbitos del conocimiento del derecho que no sean explotados con la suficiencia correspondiente, yo diría si en México si queremos estudiar derecho penal militar ¿Dónde lo vamos a estudiar? No hay un solo libro de derecho penal militar, yo quisiera mas bien un estudio sobre la dogmatica, un estudio de “tipos”, o las lógicas que presentan algunos rezagos, pensaría yo
quizás en que la tentativa no existe, en la justicia militar a la luz de la lógica del diseño del Código, sino que existen los delitos frustrados y yo creo que cualquier experto en teoría de la tentativa, pensemos en una experta como Verónica Román por ejemplo, púes se desmayaría no, imagínense ustedes que diferencia hay entre conocer un delito bajo una lógica de un delito frustrado y que pueda ser sancionado y un delito bajo la lógica de delitis criminis y la teoría de la culpabilidad, es toda la diferencia, en qué momento cruza un delito en el que sea, casi, casi podría decirse en el primer elemento de la fase externa, en el momento de que a lo mejor lo externó, si en ese momento lo frustro, según yo, en ese momento podría aplicar la lógica del delito frustrado en la disciplina militar, ahí hay un tema independiente no. No hay una profesionalización de ese tipo, el discurso de la inamovilidad que un juez sea inamovible es un principio rector del juez natural y de la función judicial, que un juez no pueda ser removido por causa de sus determinaciones o por diseño institucional, resulta ser el elemento garantizador de la efectividad de sus determinaciones, es un tema, de repente se dice al juez le tembló la mano para resolver o para firmar, no es que hay un tema ahi, con las posibles movilidades, yo quisiera aquí hacer un señalamiento y eso yo lo pude vivir, a mi me gusto mucho tener la experiencia, de haber sido juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por que un elemento muy importante que establece el Pacto de San José, es que los jueces no pueden ser cuestionados en sus estados o sus posicionamientos, o por su resolución, es una parte fundamental no, que el juez se sienta libre de decidir, y yo les voy a dejar el voto particular que emitiera en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, un voto prospectivo donde me permito hacer algunas reflexiones mas allá del sentido de la sentencia, que tiene que ver precisamente con el juez natural, por
que si hoy la Corte Interamericana no nos pego con la figura del juez natural, fue por que las violaciones iniciales de los procedimientos fueron en las averiguaciones previas, pero el día que un asunto llegue a este contexto vamos a tener esa responsabilidad. El juez natural como derecho es un derecho fundamental de las personas a ser juzgadas por un órgano creado previamente a la ley y dentro del ámbito de su jurisdicción en donde además de satisfacer los elementos de transparencia e igualdad, debe de juzgar con independencia e imparcialidad con apego a la ley que pueda aplicar ¿pueden los jueces militares aplicar leyes Federales cuando existen reglas especificas y existan participacion de víctimas civiles? dice el 13 constitucional de una manera muy clara, el maestro Gonzales Valencia en su obra hace un desglose del desnombramiento perfectamente claro del dispositivo, subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas en contra de la disciplina militar, ninguna persona puede tener fuero no etcétera y cuando se involucre un paisano conocerá la autoridad civil correspondiente ¿que mas involucrado que la victima? Yo no puedo entender que alguien este mas involucrado en un delito que la víctima, y la regla es clara, ¿está involucrada la victima? la competencia debe ser para garantizar precisamente la figura del juez natural. Juez natural debe entenderse como una garantía procesal por lo que el procedimiento debe
persistir al delito y al proceso, el doble significado del juez natural, el maestro Fix Zamudio que fue el primer juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, mexicano, afirma, que el principio de derecho de lo justiciable al juez natural o competente tiene un doble significado, por una parte orienta la supresión de los Tribunales de excepcion, que igualmente indica la prohibición de que una persona sea sustraída al juez competente, para ser sometida a un Tribunal diverso y hace la acotación generalmente militar. Ahora vamos con los pilares de la figura la independencia judicial interna y externa esto es evita que algún poder publico pueda influir en la consideración del caso, este es el punto quizás mas neurálgico, segundo elemento, la imparcialidad frente al caso procura la extinción de la tarea de juzgar un caso concreto, los Tribunales a doc y en un tercer momento la figura del juez natural, busca impedir la manipulación de los poderes públicos para asignar un caso a un Tribunal determinado, jueces de conciencia, todo eso debe romperse si queremos garantizar la figura del juez natural. Otro instrumento Internacional distinto al Pacto de San José que es el Pacto Internacional de los Derechos Políticos y Civiles, también esta dibujada la figura cuando establece, que todas las personas son iguales ante los Tribunales y Corte de Justicia, toda persona tendrá derecho a ser juzgado con el debido proceso y con las debidas garantías de un Tribunal y a través del juez natural, competente, independiente e imparcial, esta en los Tratados Internacionales y esto es tanto para la materia civil como para la materia penal y para la penal militar. Perfil del juez natural ¿Cuál es el perfil? Se caracteriza por:
A) La unidad judicial que supone la incorporación del juez al Poder Judicial del Tribunal Constitucional, esto es llevar a los Tribunales Militares al Poder Judicial de la Federación, claro! va a llevar tiempo; pero tenemos que garantizar por lo menos alguno de los elementos del juez natural, uno es modificar el Código de Justicia Militar y suprimir los Consejos de Guerra Ordinarios, si los suprimo y les doy facultades al juez que estudia el procedimiento, pues que el juez resuelva, y entonces tenemos judicializada mi justicia, o la otra, quiero que resuelva un Consejo y que sean militares, quizás de antaño no tenia tantos militares que fueran juristas, hoy los tengo, que los militares que integren Consejo que sean juristas, entonces concurran dos calidades la calidad de jurista y la calidad de militar conocedor precisamente de la vida y el quehacer militar. Y bueno la predeterminación legal del Órgano Judicial en razón de que, en ultima instancia el derecho al juez natural, sugiere el derecho al juez imparcial, otro elemento el juez tiene que ser ajeno al conflicto, el derecho al juez imparcial se deriva del derecho del juez natural y se erige como una garantía del debido proceso, tanto para civiles, como para militares, no tendríamos por que distinguir civiles si tiene derecho a un juez natural, militares no tienen derecho a un juez natural, todo son personas principio de universalidad previsto en el articulo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, No veo por que romper con el principio, tiene que ser ajeno al conflicto lo que difícilmente ocurre en las misiones institucionales regidos por una cadena de mando.
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La migración de los Tribunales Militares al Poder Judicial de la Federación, la potestad de juzgar por un juez profesional debe de carecer de presión de cualquier índole, no debe de influir en la estabilidad del nombramiento de los jueces debe ser permanente e independiente, de ahí es muy importante el número de países de la región estén migrando de la Justicia Militar al Poder Judicial, y les voy a poner dos ejemplos que me ha tocado vivirlos, tengo la fortuna de formar parte como Delegado de la Universidad Nacional Autónoma de México, ante la Asociación Internacional de Justicia Militares y de Magistrados Militares, de participar en los eventos internacionales de Derecho Penal Militar, estuvimos en Loanda, en Angola, en África del Sur y quiero decirles que países como Cabo Verde o Angola, tienen judicializada su justicia militar, nosotros hoy no la tenemos, Brasil tiene judicializada su justicia militar, Perú tiene judicializada su justicia militar, claro! cuando yo di un discurso de ingreso en Brasil a la Oficina Internacional de Justicia Militares, les observe algo que también nosotros tenemos como avance, el problema es como regional el Doctor Agenor González Valencia participo conmigo en la elaboración de una obra que es, JURISDICCIÓN MILITAR UN ESTUDIO LATINOAMERICANO, de los modelos de justicia, en donde pareciera que ninguno de los estados de la región latinoamericana, está conforme con los estándares Internacionales, en el caso de Brasil, los Tribunales Militares todavía juzgan a civiles, nosotros desde 1917 no existe ni un solo caso documentado donde un Tribunal Militar haya juzgado a un civil jamás, no, y es que, si nosotros lo miramos con cuidado, los estudios del sistema interamericano, en México son a partir de casos militares, donde si existe la verdad, ciertos desconocimientos, los procedimientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se asumen en la garantía del juez natural como un presupuesto
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fundamental en la alta responsabilidad de juzgar. Y vamos con el caso Barreto Leyva, la interrpretacion del articulo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, dice que un tribunal competente dice la Corte en su jurisprudencia una de las garantías del debido proceso y ya en la jurisprudencia lo reconoce como una garantía del debido proceso, en el caso Castillo Petruzzi y otros contra Perú en el punto 129 de la sentencia establece, constituye un principio básico relativo a la independencia de la judicatura,
que toda persona tiene derecho a ser juzgada por Tribunales de Justicia Ordinarios, con la regla y procedimientos legalmente establecidos, el estado no debe de crear Tribunales que no apliquen normas procesales debidamente establecidas, pará sustituir la jurisdicción que corresponda normalmente a los Tribunales Ordinarios y luego el caso Loyi Renson Mejía, contra Perú nos establece los procesos seguidos ante el fuero militar contra civiles por traición a la patria, violan la garantía del juez natural establecida en el 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la Corte a señalado que el derecho de recurrir el fallo consagrada por la Convención, no se satisface con la mera existencia de un órgano de grado superior al que juzgo y aquí quiero hacer una precisión, los juristas militares defienden este punto diciendo si es cierto nuestros juzgados son de conciencia,
pero los actos son realizados por el Supremo Tribunal Militar que es un Tribunal integrado por juristas de estricta legalidad, la Corte en su jurisprudencia ha dicho que no es suficiente la existencia de un juez de grado superior que revise los actos, se requiere que ese Tribunal sea independiente, esta Corte considera que el juez como director del proceso debe velar porque se cumplan a cabalidad las reglas del libre proceso y el cumplimiento de este podría acarrear la aplicación de la regla de nulidad, a la nulidad si el juez no es natural y Vélez Restrepo y familiares contra Colombia, en el punto 45 de la sentencia, con base en las anteriores consideraciones la Corte concluye que el estado vulnero la garantía del juez natural, respecto a la investigación de la agresión perpetuada por militares vs el señor Vélez Restrepo el 29 de agosto de 1996 por lo cual Colombia es responsable por la violación al articulo 8.1 de la convención en relación con el 1.1 de la misma en perjuicio de Vélez Restrepo, ¿Qué particularidad tiene la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que son dictadas al estado Mexicano o al estado Peruano o al estado, que sea, y no es que vaya a encontrar una persona en lo concreto ¿Quién es el responsable de los hechos? El estado, yo recuerdo una entrevista a quien le hicieron en que una ocasión fuera presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ahora es juez Antonio Priego, que le preguntaron con una gran certeza periodística ¿Qué deberían de hacer los estados para que sus asuntos no llegaran a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y don Diego García Sayán con esa claridad dijo dos palabras que me parecieron maravillosas “deben sancionar”, si los estado en el orden interno no sancionan con objetividad las violaciones a derechos humanos, frecuentemente serán sentadas frente al banquillo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la responsabilidad de los estados
ante la Corte es por inactividad y no por actividad. Por lo que es el principio de independencia, la Corte en el caso de las hermanas Serrano Cruz contra Salvador dijo, en su punto 88 esa Corte ha establecido que el juez como autoridad competente para dirigir el proceso tiene el deber de encausarlo, de manera que tome en cuenta los hechos denunciados para lograr determinar lo sucedido y establecer las responsabilidades y reparación del caso, evitando las violaciones u emisiones en el requerimiento de la prueba el proceso penal por lo sucedido a Ernestina y Erlinda Serrano Cruz el juez a permanecido en fase de instrucción se ha tramitado aplicando el código procesal penal de 1973 de acuerdo al cual el juez compartía con la Fiscalía General de la República, la obligación de impulsar la investigación, lo que pasa hoy también con los Tribunales Militares, comparten la función o la dependencia por lo menos con los Tribunales Militares con la Procuraduría Militar. La independencia judicial, es un estándar internacional, cuando no se garantiza la independencia del Tribunal, le viene la observancia de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, recordemos que el caso de México en su modelo de justicia militar tiene una asignatura pendiente ¿Cuál es esa asignatura pendiente? Da cumplimiento a la sentencia del caso Radilla Pacheco, Inés Hernández Ortega, Valentín Cantú, esto es modificar la normatividad secundaria en términos del código militar. En cuanto a Tribunales previamente establecidos el juez natural, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Actel Barrera y otros, es un tema administrativo contra Venezuela el articulo 8.1 de la Comisión garantiza el derecho a ser con un Tribunal competente, establecido con anterioridad, con esto se busca evitar que las personas sean juzgadas por Tribunales especiales creados para casos concretos y ac doc, hasta ahí yo estaría señalando la figura del juez natural, entonces yo vendría hacer cuatro grandes conclusiones la primera y mas importante es judicialización
de la justicia militar ¿Cómo? No lo se, puede ser dentro del propio modelo que se tiene establecido crear Tribunales Militares o Cortes de Distritos Militares, en donde quienes lleguen a justicia militar sean expertos en derecho, jueces profesionales, sobre todo cuando esta en juego uno de los bienes jurídicos tutelados mas importantes que tenemos las personas, nuestra libertad, lo mas importante en la justicia militar es la disciplina, el servicio, y la obediencia sobre la vida, pero las reglas procesales deben aplicar para todos de igual manera, quiero pensar en la protesta por juramentos que hacen los vocales previos a la emisión de un Consejo de Guerra, creo que es un elemento que debemos de pensar en corregir, segunda conclusión que yo quisiera señalar, profesionalización de la justicia militar, que los jueces sean jueces de carrera profesional que tengan un servicio de carrera profesional, que los ministerios públicos sean, ministerios públicos, que los que se dedican al tema de los derechos humanos sean expertos en derechos humanos y en general que se genere esa parte, otro elemento que yo diría como muy importante es modificación integral del código de justicia militar, por que si vamos a estar como lo hemos hecho durante tantos años anchando el código, vamos a tener un código bastante malo y defectuoso y no acorde con las necesidades actuales, voy a poner algunos ejemplos ¿que ocurrió en 1994? en
1994 se dice vamos a migrar del cuerpo del delito a los elementos del tipo, las no! a los finalistas uuuuuu, todo mundo muy contentos todos, en 1999 que paso, se dice de regreso de reversa ¿por que? Por que no procedió, no funciono a ok esa reforma saben donde las encontramos en el código de justicia militar, mas garantías al procesado, ahí van también más garantías al código procesal, nos metimos con el tema de los derechos humanos, pues ahi van los derechos humanos, o sea hemos estado parchando, que derechos de la víctima, hay va el bloque de derechos de la víctima, no, necesitamos replantear el sistema, y por ultimo hace falta, la creación de una carrera de licenciado en derecho con perfil militar, ¿Qué pasa en la practica? es que salgas de una fogosa Universidad y concurses para ser abogado del sistema de justicia y esa es la justicia, los abogados van digamos de un tanto cojos y voy a explicar por que, si el militar sale de la doctrina militar y va a tomar clases a una Universidad liberal, se va a espantar, cuando algún maestro de filosofía le diga, que unos nacieron para mandar y otros nacieron para obedecer, entonces el va a pensar y eso de que las ordenes no se discuten y se acatan como esta, tendríamos un pequeño dilema, o la otra si el cuate viene de una formación liberal y entra a un sistema rígido como es la educación militar, se va a pasar dos tres años con arrestos, por que no conoce el modelo, no, las ordenes se acatan sin murmurar, en fin una serie de cuestiones que son muy importantes y que las personas vienen de afuera no conocen, seria importante por que así como hay excelentes médicos militares, hay excelentes aviadores, hay excelentes ingenieros, hay todo, que no hay, ¡abogados!. Señores muchas gracias por haberme escuchado es un honor haber estado aquí.
SACRIS LEX.
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LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD ELECTORAL EN MEXICO Por el Mtro. Marco Antonio Baños Martínez
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ero a donde voy, ahora lo que la legislación está planteando es que, tiene que haber un servicio civil de carrera, que igual que opera en el ámbito Nacional se pueda erigir en el ámbito de las entidades Federativas, por eso justamente empecé diciendo que era necesario pensar en modelos más o menos homogéneos del los Institutos Estatales Electorales que permitan la adecuada integración del propio servicio civil de carrera, yo preguntaría por ejemplo, en un Instituto Estatal Electoral como en Nayarit, que tiene un cuerpo de personas que trabajan permanentemente de solo 15, como vamos a erigir el servicio profesional electoral, estos dilemas tiene que ser resueltos seguramente algunas de las personas que están trabajando de ese grupo de 15, algunos realizan actividades que son muy importantes, pero que no tienen que ver con la parte estrictamente electoral y que por consecuencia tienen que plantearse con mucho cuidado, como va a funcionar la parte del modelo de profesionalización que impuso la legislación, en el ámbito de las entidades federativas, esa parte me parece que significa un dilema importante en el esquema de implementación, cuales son los tiempos aquí, aquí el legislador tuvo la pertinencia en mi opinión de haber establecido que el modelo de servicios civiles de carrea Nacional, tendrán que estar vigentes hasta el proceso electoral del 2018, en consecuencia el Instituto Nacional Electoral emitirá el estatuto del servicio que va a regular la parte del servicio que tiene a su cargo el Instituto Nacional Electoral y la que tendrán en un sistema por separado los Órganos Públicos Locales Electorales, este no es
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un tema menor, es un tema de la mayor importancia porque efectivamente en el esquema organizativo, en el esquema operativo de una elección, toda Institución Electoral que tiene un servicio profesional electoral, tiene sin duda una garantía de eficacia operativa y técnica en el cumplimiento de las funciones electorales, otro de los temas que ha sido, digamos comentado con amplitud en el marco de la última reforma, tiene que ver con el esquema de fiscalización de los gastos de campaña de los partidos y de los candidatos en las elecciones Federales y en las elecciones de carácter Local, como todos ustedes saben anteriormente teníamos un esquema de fiscalización del que se hacía cargo el Instituto Federal Electoral, para fiscalizar los gastos de los candidatos a la Presidencia de la República a la Senaduría, a las Diputaciones Federales y por su parte los Institutos Estatales Electorales, hacían los propio respecto de las elecciones de Gobernador, de las elecciones de Ayuntamiento, y de las elecciones de Diputados Locales, a hora las legislaciones ha establecido un modelo totalmente centralizado, es un modelo, que se hará como ha ocurrido por ejemplo con el padrón electoral, donde el padrón electoral prácticamente desde el arranque del Instituto Federal Electoral, salvo una experiencia que se tuvo en el caso del estado de Baja California donde hubo un padrón especifico de esta entidad federativa, el padrón ha sido prácticamente un instrumento nacional, ahora no hay duda en términos legales es un instrumento de carácter nacional, cuyos productos tanto la lista nominal, como el propio padrón electoral y se pueden usar y se han usado siempre
por la vía de los convenios para elecciones Federales y para las elecciones de carácter Local, también está el modelo de radio y televisión que emergió de la reforma de 2007, que es un modelo de aplicación Nacional, porque toda la administración de los tiempos en la radio y la televisión para los mensajes de los partidos y de las Autoridades Electorales, es administrado desde la Autoridad Central, en este caso lo que se ha establecido es que el modelo de fiscalización también se va a ejercer desde el ámbito central, ¿qué significa esto? que todos los gastos de campaña de las elecciones Federales de Presidentes Diputados y Senadores que continúan haciendo pre line, pero ahora también se tienen que hacer la fiscalización de los gastos de campaña de las elecciones de Gobernador, de Diputados Locales y de Ayuntamientos, aquí hay un detalle solo para ir poniendo algunos números a los que va a ir a ocurrir durante el 2015 efectivamente el 2015 va hacer la primera prueba de fuego, pero para que nos demos una idea las fiscalizaciones de los gastos de campaña de los candidatos de diecisiete elecciones que tienen coincidencia con la Federal el próximo año, implicara la revisión por parte del Instituto Nacional Electoral de aproximadamente 76 mil informes de gastos de campañas de diversos candidatos, sumando todavía algunas expectativas de registros de candidatos independientes en elección de particularmente de Diputados Federales. Esta parte es la que esta dimensionando el Instituto, se está trabajando en el establecimiento de un sistema en línea para recibir todos los informes de gastos de campaña de los candidatos y de los
partidos políticos y aquí quiero hacer una apostilla, porque pareció también durante la discusión de la reforma electoral, el sistema en línea era la solución, al integrar a todo el problema y no necesariamente es así, ¿qué significa un sistema en línea? significa un sistema; que va a modificar la manera en la cual se van a recibir los informes de los gatos de los candidatos y de los partidos políticos en las precampañas y las campañas y que va agilizar la revisión por parte de la Autoridad Electoral, pero eso no es todo, el sistema en línea no significa que un partido político va a recibir un ingreso o va a crecer un egreso de su dinero y en ese momento inmediatamente lo va a registrar, va a ver ciertos periodos para que los partidos políticos vayan haciendo incorporación de la información de su contabilidad interna a ese sistema en línea que será controlado por la Autoridad Electoral, este no es un cambio menor, es un cambio, que por supuesto está asociado a la necesidad de que los dictámenes sobre la fiscalización estén previo a que tomen posesión los representantes populares que emergen de las elecciones, en cada uno de los procesos electorales que se organicen en el ámbito Federal, en el ámbito Local, pero cuando decimos en línea, insisto no es un registro automático inmediato de los ingresos o del egreso del partido político, si no seguramente en el reglamento de la fiscalización colocaremos alguna periodización cada tres días, cada ocho días, pero evidentemente tendrá que ser previo a que concluyan las campañas electorales, en la parte final de los gastos de campaña daremos unos días finales para poder hacer todo el balance en los gastos, sin embargo hay no se agota el tema de la fiscalización ya la fiscalización del proceso electoral del 2012, nos dio una experiencia importante respecto a otro tipo de situaciones, recuerden ustedes que por ejemplo cuando en el proceso electoral hubo cuestionamientos a la cantidad de los espectaculares, de algunos candidatos a la presidencia de la República en la vía pública, el Instituto Federal Electoral mostro una plataforma que tuvo con google a través de la cual por vía satelital lograron tomar fotografías prácticamente de todos los espectaculares colocado en la vía pública y de sus diversas versiones, esa información tiene que ser constatada con la información que los partidos suben a su contabilidad en línea. Y también tendrá que sumarse todas las auditorias que la Auditoria Electoral tiene que hacer a los mítines de los partidos políticos, a la revisión que se hace a las publicaciones escritas de las propagandas de los partidos políticos, y un detalle que desde mi punto de vista le va a dar una enorme relevancia
a dos aspectos fundamentales también de cambio de la Reforma Electoral, uno que tiene que ver con la posible reincorporación de la parte de adquisición, no de compras si no de adquisición de la propaganda político electoral en medios en términos de la prohibición constitucional que eso significaría una falta importante, podría subir cantidades de dinero de algunas multas que establezcan en los gastos de campaña y que ahora tendrá que ser resuelta a través de los juicios específicos a través de sala especializada en el Tribunal Electoral en esta materia, pero particularmente tendrá que haber una, digamos agilidad importante de la resolución de los casos de los que tengan conocimiento de la sala especializada, particularmente en estos casos de propaganda político electoral, ¿por qué? por que todo eso se podría sumar eventualmente a los costo de gastos de campaña y recordamos que ahora la reforma electoral ha establecido nuevas causales de la anulación de la elección, donde el rebase hasta un 5% del tope de gastos de campaña, puede significar una anulación de la elección y la prohibición de que el candidato que haya ganado allí, habiendo rebasado el tope de los gastos de campaña, se haya demostrado aquí en el procedimiento, ya no compita en la segunda o en la repetición de la elección digamos por la vía extraordinaria esa elección, entonces no es un tema menor, es un tema de la mayor importancia que por supuesto esta significando una de las mayores retos que tiene la Autoridad Electoral para poder implementar adecuadamente la Reforma Electoral, y aquí si no hay vuelta de hoja, es una reforma que se tiene que hacer, es una implementación que se tiene que hacer en muy corto plazo y que tiene que estar funcionando de manera adecuada en la etapa de las precampañas y corremos aquí el riesgo de que obviamente con elecciones locales, enfrentemos ya algunos problemas porque hay en Estados de la República, cuyas precampañas van a iniciar evidentemente en breve, en los meses subsecuentes y todo se va a meter en una cierta lógica de revisión a las autoridades electorales.
Aquí se analizo un detalle que es importante, porque ustedes deben de recordar, que ahora la legislación ha establecido que el Instituto Nacional Electoral tiene tres grandes atribuciones frente a los órganos públicos locales electorales, una que tiene que ver con la posibilidad de la función de una elección total en el ámbito de las entidades federativas, una posibilidad de atracción de una parte del proceso electoral o una facultad de delegación de algunas facultades centralizadas para poderse realizar una parte de ellas en los órganos públicos,
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o a través de los órganos públicos locales electorales, concretamente en el tema de la fiscalización hemos hecho una revisión exhaustiva, de las posibilidades que habría de poder hacer cierta delegación de algunas partes del proceso de fiscalización en los órganos públicos locales electorales, la conclusión es que legalmente no es posible, porque además la delegación debe de ejercer de manera estrictamente excepcional por un lado, y en segundo lugar porque los aparatos administrativos de los órganos públicos locales electorales es muy disímbolo, ustedes pueden encontrar por ejemplo, voy a fijar con mucho respeto, por su puesto el caso del estado de Morelos, donde el último grupo de los Consejeros Electorales cuando fueron designados me parece, que fue hace como un año y medio aproximadamente, la primera actividad que tuvieron que realizar fue, recibir de parte de la estructura ejecutiva los expedientes completos para realizar la fiscalización ellos mismos, de los gastos de campaña de la última elección local en la entidad, ¿Por qué?, porque ellos no tienen un aparato, no tienen una unidad, hoy nosotros revisamos por ejemplo el, las ocho columnas del diario Reforma, vamos a encontrar que se alude a una unidad técnica de fiscalización del Instituto Electoral del Distrito Federal, que está presentado resultados respecto de una investigación que se sigue con un ex dirigente del Distrito Federal del PRI, en este caso hay una unidad técnica, hay un aparato ejecutivo que tiene la responsabilidad de proyectar la resolución desde materia de fiscalización, en otras entidades federativas, Morelos el propio caso del estado de Nayarit, Coahuila también desde mi punto de vista, por que han hecho contrataciones especificas de despachos que se encarga de proyectar la fiscalización, aunque debo de reconocer que en el caso de Coahuila tiene un modelo muy desarrollado en temas de la fiscalización, pero otra vez volvemos a lo mismo los aparatos administrativos, ejecutivos, de los órganos electorales locales, son disímbolos, para poder hacer una delegación de una parte de las actividades de fiscalización, tendríamos que tener más o menos cierta homogeneidad, en la forma en que internamente los órganos públicos locales electorales están atendiendo los trabajos de fiscalización, y esta parte me parece que no está digamos suficientemente acreditada en los hechos, por tanto la decisión es, obviamente avanzar sobre la instalación de un sistema que nacionalmente permita la fiscalización de los gastos de campaña, pero que al mismo tiempo entregue los resultados en los nuevos plazos que ha establecido la Autoridad, después de que concluya la jornada electoral, la autoridad Electoral Nacional dispondrá de un tiempo no mayor a 101 días, para poder tener los resultados de la fiscalización de los gastos de campaña, tarea nada menor. Voy a otro tema que me parece también relevante en el marco de las modificaciones constitucionales, que tienen que ver con el hecho de que ahora la Autoridad Electoral Nacional también puede recibir solicitudes especificas de los partidos políticos, para organizar elecciones de los propios partidos por ejemplo, para integrar sus cuerpos directivos, aquí hay un detalle que es importante, la idea de que la Autoridad Electoral se haga cargo de las elecciones de los partidos no es una idea que surgió solo
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en el debate de la Reforma ultima, ya particularmente en la Reforma de 2007 ustedes lo han de recordar muy bien, cuando en mayo del año del 2007 los partidos políticos tuvieron que entregar sus propuestas de lo que tenían como expectativas de lo que debería ser la Reforma particularmente Electoral, al amparo de la ley de la Reforma del Estado de aquella ocasión, entregaron los partidos políticos, algunas ideas genéricas para la Reforma Electoral y en algunos casos tenia la propuesta para que la Autoridad Electoral se hiciera cargo de las elecciones internas de partidos políticos, en la reforma de 2007 esto no se actualizo, pero si en la última Reforma Constitucional, en la última Reforma de carácter Legal, por consecuente ahora la Autoridad Electoral Nacional también puede organizar elecciones internas de partidos políticos para la integración de sus cuerpos directivos, recibimos una solicitud como ustedes saben lo han podido ventilar a través de la prensa, han visto en notas donde estamos proporcionando información sobre cómo va avanzando la Autoridad Electoral en el proceso de organización de la elección interna del partido de la Revolución Democrática, yo diría que hay varias cuestiones aquí. En principio quedo atrás el proyecto de que la elección interna de un partido político podría contaminar a la Autoridad Electoral, vamos a ver cómo va a resultar el procedimiento una vez que concluya la elección interna del partido, esto será el próximo domingo vamos a ver ahí una vez que estén los resultados ¿cuál es el ambiente pos electoral? Y cuál es el efecto concreto en términos de imagen pública, que va a tener la Autoridad Electoral, esa parte me parece que la tendremos que medir con mucho cuidado, pero voy a un tema que a mí me parece fundamental, la organización de una elección interna se tiene que dar en el marco de un convenio que suscribe el partido político por la Autoridad Electoral, y evidentemente todos los actos de la actividad administrativa son susceptibles a ser impugnado ante el Tribunal Electoral, ya sea en estas retribución de competencias que tuvo el Tribunal a partir de la reforma del 2007 en la Sala Regionales o en la propia Sala Superior según las materias, pero hay un detalle que es importante la opinión de nosotros, un proceso electoral así sea de dirigentes de un partido político, tiene que estar sujeto necesariamente al principio de definitivita, nosotros hemos vistos impugnaciones Tribunal Electoral muchas de las resoluciones que hemos tenido de la Sala ha modificado plazos, establecidos en el convenio, yo aquí quiero decir, estamos en un ambiente académico, eso suena importante, entonces como sé que hay unos queridísimos amigos magistrados todos ellos muy respetables, yo haría un atento llamado a que hagamos una reflexión respecto a este punto, porque en mucho de los plazos que estamos viendo ahora, han sido digamos modificados y eso concretamente en el registro de las listas de los candidatos a la integración de
los órganos directivos de los estados, nos han modificado algunas de esas fechas, por cierto ya muy rebasadas y todo tiene implicaciones en cadena, ya quisiera yo ver por ejemplo modificar el plazo de registro de candidatos, como una norma en una Elección Constitucional, se puede modificar por el cumplimiento de algún requisito el nombre de un candidato, es una cosa diferente, pero mover las fechas es una situación que me parece que tiene que ser reflexionada a la luz de la experiencia que nos dé a todos, tanto a la Autoridad Electoral Administrativa, como a la Jurisdiccional la elección interna del partido de la Revolución Democrática, donde sin duda todos estamos aprendiendo mucho, pero es concreto que esto está colocado como una de las partes centrales de la Reforma Electoral. Hay otro tema que me parece importante, son muchos, pero haría una última reflexión sobre un aspecto que me parece fundamental y que tiene que ver con el temas concreto de la educación cívica, en la Reforma Constitucional el constituyente modifico una atribución que prácticamente desde la Reforma Constitucional que fue publicado en el diario oficial en abril de 1990 aparecía en la redacción del artículo cuarenta y cinco, qué el órgano publico autónomo que se haga cargo de las elecciones, tendrá de manera integral y directa la función de promover la educación cívica, en la última Reforma esa modificación, digamos se envió hacia los órganos públicos locales electorales, pero ciertamente en un apartado se dice durante el proceso electoral comisión de la educación cívica le corresponde al Instituto Nacional Electoral este no es un tema menor sobre todo si tomamos
en consideración en un sistema electoral como el nuestro, la educación cívica tiene un alto componente con la promoción del ejercicio del derecho de voto durante la jornada electorales, nosotros vivimos en un sistema en el cual el voto no es obligatorio, y donde hemos visto que independientemente de las condiciones adecuadas que haya, para el ejercicio del voto y para la contabilidad de los votos, en el sentido que el ciudadano deposite en la urna, hemos visto como el comportamiento en términos de la participación ciudadana es variable, el porcentaje más alto de participación ciudadana lo tuvimos en la elección de 1994 en esa elección está el porcentaje más alto de una elección presidencial con el 77.16% ya habiéndose descontado los votos anulados por el Tribunal Electoral y ya el porcentaje más bajo lo tenemos en una elección intermedia la del 2003, donde solo hubo elecciones para Diputados Federales donde no llegamos al 42% de la lista nominal, entonces evidentemente el tema de la educación cívica necesita ser replanteado en el marco de lo que dicte la legislación ahora, por un lado es la facultad de los órganos públicos locales electorales, pero por otro lado, durante el proceso electoral el Instituto Nacional Electoral es responsable de la educación cívica, es una redacción que coloca en diversos tiempos, la facultad de la competencia para promover la educación cívica y en consecuencia la Autoridad Electoral tendrá que llegar a ciertos tipos de convenios específicos con los órganos públicos locales, para mantener ciertas directrices, para tener cierta digamos programación en materia de educación cívica, que nos permita avanzar en la construcción ciudadana, y quizás el ultimo gran tema tiene que ver con el tema de la confianza, por cierto hace unos días Roy Campos nos explicaba a los Consejeros Electorales, todavía fue hace unos meses, a los cuatro Consejeros Electorales que estaban en la última composición del Instituto Federal Electoral, que el tema de la confianza esta directamente asociada, al momento en
el cual se le pregunta al ciudadano ¿Qué tanto confía o en negativo que tanto desconfía de las Instituciones y en este caso particularmente de las electorales? y por ejemplo nosotros le preguntamos a los ciudadanos ¿qué tanto confían en el Instituto Federal Electoral después de haber resuelto varios casos y resuelto topes de los gastos de campaña, el porcentaje de confianza en la autoridad es mucho más bajo, si le preguntamos al ciudadano que tanto confía en el Instituto Federal Electoral después de la elección del 2003, entonces el porcentaje de confianza es mucho más alto que otras Instituciones incluido el Tribunal, pero el detalle es que este tema evidentemente va hacer uno de los más importantes en el tema de la implementación, vamos a ver después de la implementación de las elecciones coincidentes con cambios fundamentales como la casilla única, como el esquema centralizado de la fiscalización, como algunos ajustes al modelo de radio y televisión, que ahora también en la etapa de la precampaña se ha concedido tiempo para propaganda genérica en los partidos políticos, en fin un conjunto de cuestiones que tendrán que hacer, vamos a ver cuál es la valoración sobre la implementación de una Reforma que ha apostado hacia la construcción de una nueva Autoridad Electoral, teniendo argumentos por ejemplo para trasladar la calidad de la organización de las elecciones federales, hacia el ámbito de las Entidades Federativas y donde por supuesto hay todavía un tramo enorme de oportunidades de mejora, particularmente en las legislación electoral de carácter local ¿Por qué? Porque por ejemplo después del proceso de Reforma del 89/90 los Congresos Locales asimilaron de alguna medida su legislación local las Reformas del 89/90 en el ámbito Federal, pero evidentemente ahora si hay necesidad de tener ciertos homogeneidad en el funcionamiento, tanto la integración de los Órganos Electorales Locales, como en la parte estrictamente procedimental, una Institucionalidad democrática que sea exitosa tiene que tener ciertos estándares y tiene que tener cierta homogeneidad en la composición de sus Autoridad en el ámbito Federal, en el ámbito Local, esto ha sido mi intervención ustedes me lo permiten. SACRISLEX
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elicidades a todos ustedes y el delegado muchísimas gracias bien venidos a nombre de la licenciada alma Luciano auge quien agradecemos mucho la presencia del día de hoy porque los que pretenden en este momento es hacerse del conocimiento los avances que se han llevado a cabo para el tema de acciones de mejoras en cuestión de la educación comunitaria, como ustedes saben el consejo nacional de fomento educativo es una organización que lleva educación comunitaria a comunidades de alta marginación a niños que verdaderamente necesitan esa educación entonces básicamente ¿Qué es lo que se pretende? Se pretende fortalecerlos, el presidente del CONAFE a través de sus figuras a través de las personas que participan, a través de las personas que nos apoyan para llevar a cabo esta parte básicamente como ustedes lo acaban de señalar la academia está compuesta por diferentes figuras educativas las dos más importantes las considera si la directora básicamente son los asistentes educativos y los capacitadores básicamente en septiembre y octubre se hizo un diagnostico en donde se pretendió conocer el conocimiento de ustedes del modelo educativo el liderazgo y las habilidades para la enseñanza gracias a ese diagnostico se pudieron lograr a través de la gestión de la directora en donde se logro un incremento de apoyo para ustedes, para los asesores educativos, y para los capacitadores centrales 1,739 pesos es lo que se tiene ahorita se va a empezar ha hacer una campaña muy corta a nivel de comu-
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nicación para impulsar los logros que ustedes han alcanzado, también se le estará equipando de pantalón, tenis, chamarras, playeras, termos se creó la plataforma trece que va a servir a ustedes como una herramienta para poder asesorar también a los 03:45 y es muy importante que ustedes tengan en cuenta que estamos presente en 24,000 localidades, el 9% de ellas es con el mayor rezago social, tenemos más de 2240 asistentes educativos a nivel nacional contamos con 4097 capacitadores y ustedes son esta cadena y apoyo para más de 35,354 lideres para la educación c o munitaria es muy
toma de pr asistentes e y capaci tuto
LIC. DIANA OS SECRETARIA TECNICA DE LA D EVALUACION DEL CONSEJO NAC
i m portante trabajar con ustedes, de referente de lleno a un lado no atrás, a un lado para que ustedes también nos ayuden y lleven el mensaje para los líderes de la educación comunitaria básicamente las reuniones que vamos a empezar a tener con ustedes, van hacer de manera directa, vamos
a tener mucha comunicación a través de la plataforma CRECES hay ustedes van a poder hacer llegar el mensaje a la directora a sus necesidades si tiene alguna situación que estén pasando por peligrosidad también ustedes van a tener esta plataforma para que los reconozcan, entonces esta estrategia que está llevando a cabo la directora, también en cumplimiento a las instrucciones del licenciado Enrique Peña Nieto a razón de tener una educación inicial con calidad, también con inclusión y equidad social, entonces yo le agradezco señor delegado muchísimas gracias, muchísimas gracias a todos ustedes por estar aquí, y el apoyo que ustedes les brindo como institución, a nuestros líderes, a nuestras brigadas que forman parte de esta cadena operativa la verdad es una institución muy loable, que no es necesario estar en comunidad para poderla entender es muy importante que nosotros serremos y hagamos esfuerzo para poder apoyarlos a todos ustedes muchísimas gracias, y a nombre de la licenciada Luciano le agradezco mucho la presencia del día de hoy, muchísimas gracias a la
rotesta de educativos itadores ores
saludo a cada uno de ustedes apreciable figura que van hacer una labor muy importante como bien lo señalaba la licenciada diana hace un momento son un eslabón fundamental en esta cadena, de los trabajos que realizan o que realizamos todos en conjunto, en el sector educativo y de manera muy particular quiero comentarles hace un par de meses tuve la enorme fortuna de haber sido invitada por la secretaria de educación para participar en este ejercicio de capacitación que tuvieron recientemente los asesores pedagógicos itinerantes en donde también están incluidos por su puesto colaboradores de CONAFE y en este sentido quiero decirles que en esta ocasión que tuve una charla con estas figuras que se estaban preparando en aquella ocasión les decía que al sector educativo a nivel la historia de nuestro país, no le ha sido fácil lograr este gran reto, esta gran meta de llevar la educación absolutamente a todo aquel demandante de la misma por esa razón surgió CONAFE porque una de las características que tiene y que ha tenido a lo largo de los siglos la población mexicana es que es muy dispersa y muchas veces es complicado juntar un placer educativo como lo acostumbramos o
SUNA MILLAN DIRECCION DE PLANEACION Y CIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO licenciada Diana Osuna Millan. Lic. Olivia del Carmen Azcona Priego Delegada General de la Secretaria de Educación Pública en el Estado de Tabasco. Muy buenos días saludo con mucho aprecio el día de hoy a mis compañeros delegados federales me siento muy contenta de que en este evento del sector educativo nos acompañen caminen con nosotros nos arrojen en este importante evento que tenemos justamente el día de hoy, también saludo con mucho aprecio a las autoridades educativas del gobierno del estado de sus diferentes sectores en sus diferentes ámbitos en que se encuentra y de manera muy particular saludo a nuestra visitante y doy la bienvenida a la lLic.Diana Osuna a quien le pido amablemente que sea conducto para hacerle llegar un saludo muy afectuoso a la Lic. Alma Carolina Villano Austria directora general de CONAFE a quien tuvimos el placer de tenerla con nosotros el año pasado justo para estas fechas abanderando una actividad muy importante para CONAFE y aquí de manera muy particular le
DELEGADO DE CONAFE LIC. JULIO RUBALCABA como lo imaginamos o como lo tenemos en nuestro recuerdo todos huimos en su mayoría tal vez no son alumnos de estas escuelas en donde había cientos de alumnos y un maestro para cada grupo y sin embargo hay situaciones en las comunidades rurales en donde no es posible fundar una escuela con estas características y justamente allí es donde llega CONAFE y justamente CONAFE se constituye en ese medio que tiene el gobierno de la republica de hacer cumplir el mandato constitucional que está plasmado en el artículo tercero ese derecho a la educación que tiene absolutamente todos los niños de este país sin distinción alguna y por esa razón es que CONAFE hace esa gran tarea esa gran labor a un de llevar a la comunidad más apartada, alejada, marginada, eso es lo que justamente hace a CONAFE grande llevar una misión en sus hombros, en su espalda, gigante que sin ustedes sería imposible realizar, por esa razón creo que indiscutiblemente deben de sentirse muy orgullosos, deben sentirse muy contentos porque son esa pieza del engranaje de la maquinaria del sector educativo se hace
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nización completa por esa razón yo si quisiera que le brindemos un fuerte aplauso a estos muchachos que hoy han protestado hacer un trabajo de extraordinaria calidad. Todos tenemos un gran reto pero ellos saben cuál es el suyo y lo están haciendo muy bien, muchas gracias y felicidades CONAFE.
LA ELIMINACION DEL IMPUESTO ESTATAL VEHICULAR
una labor extraordinaria para que niños de la entidad hablando de lo particular y del país hablando de lo general reciba educación básica desde preescolar, hasta secundaria yo me siento verdaderamente muy contenta, muy comprometida y muy orgullosa de este equipo que ustedes conforman porque sin ustedes cuántos niños tabasqueños estarían anhelando la educación básica que ustedes ayudan a anhelar por esa razón creo que CONAFE tiene que ser mirado por la sociedad tabasqueña en lo particular, y la mexicana en lo general con mucho respeto, con mucho aprecio pero sobre todo con una gran gratitud por que gracias a ustedes hacemos posible el cumplimiento al artículo tercero constitucional, y todavía ahora que ha sido modificado para empoderar mas la educación mexicana no solamente la obligación de recibirla, si no de recibirla con calidad y ahí es donde precisamente este grupo que nos acompaña el día de hoy juega un papel fundamental porque ustedes estarán apuntalando para que los muchachos que en este ciclo escolar han decidido sumarse a esta gran tarea, brinden una educación a los alumnos, a los niños con los que trabajan día a día una educación de calidad, esa es la gran meta, cumplimos una gran meta en el siglo XIX llevar educación gratuita y obligatoria a todo el demandante de la misma que se concreto justamente en 1917 con la constitución que hoy nos rige, pero en este momento el reto es todavía más grande, ya no solo es llevarla por llevarla ahora hay que llevar una educación de calidad y en este sentido ustedes estarán apuntalando como hace un momento lo decía, a todos esos muchachos que están frente a esos pequeños grupos, atendiendo a los niños desde preescolar hasta secundaria, justamente para que sus enseñanzas sus intervenciones en el aula, en esa aula improvisada, en donde trabaja sea una educación que rinda, y que permita que los alumnos de CONAFE puedan continuar la educación media superior sin estar en diferencia o en deuda con alumnos que han cursado su educación básica en una escuela de orga-
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Cuando todos pensaban que el I.E.V. en Tabasco había sido derogado, se observa que la ley de ingreso para el 2015, contempla cobrar los impuestos atrasados por ese concepto, y es que del 01 de enero al 30 de junio de 2015, se otorga estímulo fiscal para las personas físicas o colectivas, con descuento del 100% sobre las multas y gastos de ejecución y 80% sobre los recargos del Impuesto Vehicular Estatal; los contribuyentes que se adhieran al presente estímulo deberán realizar el pago de este impuesto más su actualización, dentro del periodo del uno de enero al treinta de junio del ejercicio fiscal 2015. De igual manera para aquellos contribuyentes que no puedan pagar en dicho periodo, por la crisis económica, el desempleo, las deudas etc., el estado permitirá que del 01 de julio al 31 de diciembre de 2015, se otorgue un estímulo fiscal con descuento del 50% sobre las multas, gastos de ejecución y recargos y; los contribuyentes que se adhieran al presente estímulo deberán realizar el pago de este impuesto más su actualización, dentro del periodo del uno de julio al treinta y uno de diciembre del ejercicio fiscal 2015. Todos los tabasqueños sabemos que el I.E.V., fue planteado ilegalmente por el gobierno de Andres Granier, y que al ser presentado al congreso del estado, fue aprobado, publicado y hecho efectivo ilegalmente, derivado que el mismo al ser presentado carecía la firma del secretario de gobierno de ese entonces, luego al ser impugnado ante la suprema corte de justicia de la nación este determino su invalidez. Por lo que el impuesto del 2010, 2011, 2013 y 2013, debe ser devuelto a la ciudadanía, en efectivo, esto según un grupo de Abogados fiscalistas que se han pronunciaod en contra del cobro coercitivo que se pretende hacer al respecto. Asimismo han señalado que el único año que si debió proceder el pago de dicho impuesto fue por el ejercicio 2014 y no más. Del igual forma el citado proyecto de ley de ingreso contempla facilidades a los morosos puediendo hacer estos de la siguiente manera; a) Pago diferido sin que el plazo exceda de doce meses, b) Pago en parcialidades sin que el plazo exceda de doce meses, C. Pago del hasta en 36 parcialidades. Sin embargo los contribuyentes que ejerzan el derecho que se otorga en el presente apartado, no podrán ser
beneficiarios de la condonación señalada.
LOS HECHOS La matanza de estudiantes normalistas en Iguala es el acontecimiento más brutal y estremecedor que los mexicanos han vivido y exhibido al mundo en lo que va del siglo XXI. Decimos que es el peor, pero no el único: las recientes ejecuciones de Tlatlaya perpetradas por el Ejército (Estado de México), la masacre de migrantes en San Fernando (Tamaulipas) a manos de una banda asesina, la prolongada ola de feminicidios en Ciudad Juárez, el incendio del Casino Royale en Monterrey o la dominación criminal de territorios completos en Michoacán, son muestras de una profunda descomposición política, social y moral que lleva lustros y que afecta ya a una buena parte del Estado y del territorio nacional. Decimos que es el peor acontecimiento por su insólita crueldad, propia de un campo de exterminio; porque puso al descubierto una “forma de trabajo” criminal, en la que los asesinatos rutinarios sobre el monte, disimulados en fosas que escondían el homicidio, se erigían sin embargo como señal eficiente para mantener el terror y el control de una ciudad, sin escapatoria posible. Pero es el peor, porque resultó una prueba indudable de la connivencia entre policías, autoridades y bandas delincuenciales. Como ningún otro episodio criminal en México, ha exhibido el fracaso del Estado y de los gobiernos, en tramos y en obligaciones fundamentales:
• En la policía del municipio, maniatada y al servicio de las bandas delincuenciales. • En la policía del estado, sin reflejos ni capacidad para acudir, ni siquiera interesarse en los hechos de extrema violencia conocidos y denunciados en la Ciudad de Iguala. • En el Ejército, que tampoco supo ni quiso hacerse cargo de la seguridad de la población ni de los jóvenes normalistas colocados en una situación límite. • En los procesos de selección de candidatos de los partidos políticos –esta vez, de la izquierda nacional (PRD y PT)- capaz de encumbrar a un individuo de vínculos familiares directos con los cárteles de la droga. • En la procuración de justicia estatal y federal, indiferentes e indolentes ante las denuncias por homicidio contra el Presidente Municipal, en 2013. • En la investigación incompetente y deliberadamente lenta, cuya negligencia hizo perder un tiempo crucial para la averiguación de los hechos. • En los servicios de inteligencia, incapaces de alertar ni prevenir las consecuencias de una comunidad de cien mil habitantes envuelta por un estrato criminal. • En el pasmo y la reacción errática del Gobierno federal, que tardó diez días en atraer un caso de lesa humanidad y omiso
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por un año, ante las denuncias contra el Presidente Municipal. En síntesis: cuerpos policíacos, Ejército, partidos políticos, procuradurías de justicia, aparatos de inteligencia, gobierno local y gobierno federal, tienen una grave e inocultable responsabilidad, y su actuación, por omisión o comisión, configura un fracaso mayúsculo del Estado mexicano. Reformar y rehabilitar al Estado es –debe ser- el propósito mayor de nuestro tiempo, precipitado ahora por acontecimientos terribles. La ilusión según la cual primero debieran producirse “las reformas estructurales que necesita el país” y luego la equidad, el reparto, el cambio institucional y el Estado Democrático de Derecho, se ha demostrado trágicamente falsa en éstos días aciagos. Pero rehabilitar al Estado exige, en primer lugar, trascender las visiones y los análisis en bloque. Es vital castigar y deshacer a las bandas delictivas que han desatado la violencia y el terror en una dimensión hasta ahora desconocida. También hay que castigar
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a los funcionarios públicos coludidos con ellas. Pero es igualmente necesario identificar y apoyar a las instituciones y personas que desde su posición de funcionarios del Estado, se han mantenido dispuestas a cumplir con sus obligaciones, en primer lugar, con su obligación de dar seguridad a los ciudadanos a pesar de todas las dificultades. Las causas de la crisis son por naturaleza complejas, diversas, pues afectan aspectos fundamentales de la vida pública y no se configuraron en un día. Determinar sus orígenes requiere un esfuerzo de reflexión y análisis, sin veladuras, capaz de fijar la defensa del interés nacional como un llamado de urgencia a las reformas urgentes que son más necesarias. Ninguna salida importante se puede concebir sin la movilización de la sociedad civil que hoy ha demostrado su rechazo a un orden de cosas que garantiza los cambios superficiales sin recuperar los fines del Estado y cuya revisión crítica es parte del empeño para reconstruir la convivencia y la paz. Contra el simplismo de corte autoritario que sueña aquí y ahora con una purísima sociedad sin Estado, es preciso reivindicar la necesidad de
una reforma genuina, capaz de reencauzar la vida social por el cauce maltrecho de la democracia. Es una realidad que los mayores grados de libertad alcanzados en décadas anteriores, se diluyen ante la desigualdad que divide y enfrenta entre sí a la ciudadanía, al punto de que sin un cambio de rumbo, el panorama se muestra inseguro para todos, hostil y amenazador. No hay atajos ni alternativas, sean neoliberales o anarquistas: es desde el Estado, es desde la autoridad pública elegida por los mexicanos, desde las instituciones, donde se habrá de sostener una batalla crucial en dos frentes: contra las cruentas catervas criminales y simultáneamente, para reformar y poner al día las instituciones que deben perseguirlas. Nadie podía prever la profundidad de las raíces social-
es del crimen ni sus grados de crueldad, pero tampoco era imaginable la desorganización y la ineficacia estatal antes y después de la tragedia. El propio Presidente de la República llegó a decir que los desaparecidos eran un “asunto local” y el PRD decidió en un primer momento proteger a “su”
Gobernador anulado ya, por su propia inacción desde la noche misma de la matanza.
eron como primera e instintiva reacción la protección corporada y la acusación mutua, casi instantánea, entre los distintos personajes y partidos. Especialmente dura ha sido la confrontación al interior del principal partido de la izquierda en el Estado de Guerrero, atrapado desde los primeros días en callejón del cálculo político, en lugar de asumir con decisión las responsabilidades insuficientemente aclaradas que sin duda le corresponden.
Así, la desgracia de los 43 estudiantes desvaneció el mito de un Estado fuerte y unificado: la evidencia de unos partidos y una administración pública, allá al servicio de los delincuentes, aquí, inconexa, sin reflejos, enajenada por su propia retórica y por la imagen que se ha construido de sí misma. Todo ello dibuja un cuadro inquietante de una clase dirigente y un Estado debilitados, muy atrás del país real y muy lejos de entender y encarar la gravedad de los hechos en Iguala. Es cierto que el malestar y el escepticismo estaban instalados dentro del país mucho antes, debido sobre todo, al decepcionante desempeño económico; pero el carácter monstruoso de los hechos, la ineficacia institucional y política demostrada, fueron reconocidos por la opinión pública del mundo y se ubicó al gobierno y al Presidente en el centro de la crítica internacional. LAS REACCIONES HECHOS
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LOS
Después de casi 60 días, es posible afirmar que 2014 es ya otro año oscuro con una cauda de costos humanos,
materiales, atraso y rencor social que se seguirá acumulando mientras no se articule una respuesta estatal del alcance y del tamaño de la propia tragedia, capaz de tomar el pulso a una sociedad dolida y desconfiada que a través de la protesta exige cambios en la vida nacional. Pero llegar a ella, exigiría una deliberación pública muy seria y muy articulada, que todavía no tenemos. Lo que siguió a continuación de la noche del 26 de septiembre constituye otro drama, aunque de tipo distinto. El espanto y la indignación han fluido sobre un ambiente público pobre y mezquino. Los dirigentes políticos tuvi-
Por otro lado, aún hoy, no existe un discurso gubernamental que responda a la magnitud de la crisis ni un esfuerzo por proporcionar una explicación de conjunto: ¿Cómo dominaba el narcotráfico la política y la administración de Iguala? ¿Cómo convivía con el Gobierno estatal? ¿Cómo ejercía su feroz control, cómo se eludieron los controles federales y cómo se desató la violencia en los días y horas previos a la masacre? La explicación del Procurador General de la República es el único intento para entender una parte de aquellas circunstancias, pero no alcanza a constituir una explicación completa y coherente de cómo el crimen llegó a tales extremos, a tal dominio económico, político, social (y a tal grado de sevicia) ni por tanto, cómo
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arrancar sus raíces ni las vías de reconstrucción de la sociedad, lo mismo en Iguala que en el resto de Guerrero. Este diagnóstico serio, documentado y sin concesiones, es una de las peores omisiones del Gobierno de la República, quien en plena explosión de la crisis, sólo atinó a emitir un rechazo genérico a la violencia y dos frases de efecto suficientes para salir del paso (discurso del 14 de octubre, 2014) y sin embargo, seguir en el aturdimiento. Al vacío, el pasmo y la confusión política y gubernamental, siguió una espiral igualmente confusa en los medios de comunicación. La opinión publicada ha sido estridente y errática, vehículo de versiones sin sustento, elucubraciones y rumores, más o menos interesados y absurdos. Al menos, tras las primeras cinco semanas de la desgracia, en su conjunto, la actividad de los comenta-
ristas sirvió de poco como plataforma para elaborar un diagnóstico, una narrativa fundamentada y pistas para una salida de la estupefacción y de la crisis política y social. Como correlato de todo, México vio extenderse una poderosa onda de protesta social, conmovida y convencida de que el crimen y la corrupción han llegado demasiado lejos. La magnitud de la tragedia suscitó reacciones colectivas por todo el país, especialmente en los sectores más jóvenes, portadores del malestar y el rechazo, y de las demandas más elementales de justicia y castigo, envueltas en un tipo de rabia y desconfianza que corrió como un reguero de pólvora en todo el país. Estas manifesta-
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ciones mostraron en todo momento su voluntad cívica y pacífica, y nada tienen que ver con los grupos orquestados de la provocación violenta. No obstante -hay que decirlo- la necesaria, saludable y enorme ola de indignación moral que ha recorrido decenas de ciudades en México (y en muchas otras partes del mundo) tampoco ha encontrado, fuera del rechazo absoluto a la impunidad, un discurso diferencial. Como suele ocurrir con las acciones dictadas por la espontaneidad, sus grandes energías y su decisión de cambio no han construido un cauce ni una fórmula para jerarquizar demandas asequibles y transformaciones precisas. Las grandes consignas aparecen de la noche a la mañana como evocaciones de otras situaciones o reducidas a frase que a fuer de simples se vacían de todo contenido: “Fue el Estado”, “Que se vayan todos” y “Que renuncie Peña” expresan un sentimiento comprensible de las emociones de millones, pero por su carácter difuso y antipolítico, pueden derivar en una mera espiral contestataria, un callejón sin salida y una nueva frustración colectiva. La consigna maestra “Fue el Estado”, lejos de esclarecer las articulaciones entre los distintos niveles y poderes, las posibles cadenas de complicidad, sepulta la posibilidad de juzgar a los responsables directos de los asesinatos, los cuales aprovechan para protegerse entre la maleza de las generalizaciones verbalmente más radicales. De esa manera, la divisa “Fue el Estado” –aun sin quererlo- libera de culpas a los autores directos de la masacre: los criminales del narcotráfico guerrerense, primer objetivo del repudio y la condena de todo nuestro país. En el marco de la indignación generalizada, sin embargo, se han suscitado acciones violentas perpetradas por grupos o movilizaciones de distinta índole. Esa violencia solo incrementa la incertidumbre. Sus derivaciones están a la vista: destrucción, miedo y eventualmente muerte; al confundirse con las movilizaciones pacíficas, tiende a restarles la simpatía legítimamente ganada y por si ello fuera poco, su extensión y reproducción puede ser el prólogo de un desenlace que profundice la desconfianza entre sectores
de la sociedad y el Estado. Los centros de educación superior de manera natural han sido espacios de la más genuina indignación social en buena hora pero, por su propia naturaleza, resultan particularmente vulnerables a los desencuentros, las provocaciones y las acechanzas, como lo muestran los actos de amedrentamiento que ha sufrido la Universidad Nacional en las últimas semanas. El respeto, respaldo y cuidado a la Universidad Nacional es una obligación política de todos los niveles de gobierno y de las fuerzas políticas, especialmente, en estos días. Muy pocos han intentado elevar la mira y trascender el miedo y la indignación. Ni las fuerzas políticas y las instituciones del Estado, ni la sociedad civil, ni las movilizaciones en curso, han conseguido abrir un espacio público para restablecer puentes hacia el diálogo, la deliberación, la propuesta y la elaboración de iniciativas y estrategias que den cierto sentido al momento y un horizonte a la nación. Justo por eso, es obligado reconocer los llamados que, si bien escasos, se han puesto sobre la mesa para agotar todas las vías de entendimiento y de diálogo para
desactivar la espiral de violencia, de provocación, de afectación a terceros y buscar fórmulas de solución a los agudos problemas que hoy sacuden al país. SALIR DEL PASMO La matanza de Iguala también nos mostró cuán poco entendemos al México contemporáneo y el abismo que hay entre la realidad cotidiana de millones y el discurso jaculatorio de modernidad. No hay tal “sobre-diagnóstico” de México. Hay un discurso repetitivo y dominante que cree saber cuáles son las fórmulas y las reformas necesarias para encaminarnos a la prosperidad. Pero la hipótesis de los cambios estructurales, en un plazo extremadamente breve, se ha demostrado demasiado frágil, demasiado endeble frente a los acomodos de la realidad. La parsimoniosa agenda gubernamental (según la cual las reformas institucionales y los cambios de gobierno podían esperar a la prometida bonanza de las reformas estructurales) ha caído por su propio peso –como colección de meras hipótesisante la evidencia del pasmo y la impotencia estatal. Por eso, por la
gravedad de la situación y porque la enorme indignación y movilización nacional debe encontrar un cauce institucional y una agenda de cambios propios, el Instituto de Estudios para la Transición Democrática quiere proponer siete temas para el abordaje y el acuerdo político y social urgente. 1. Los derechos humanos deben colocarse en el centro de los debates y de todas las políticas, en adelante. No es admisible ya una política acomodaticia en la materia, y en ese sentido, el nombramiento de una personalidad independiente y solvente al frente de la CNDH, es un paso adelante pero hace falta mucho más. 2. La atención a las víctimas –ahora, a los padres de los normalistas- vuelve a ser tema de enorme relevancia, porque son el centro del dolor y de la indignación de nuestro país. La CNDH debería encabezar una política de respaldo profesional, información, diálogo y protección hacia los deudos más allá de la justa indemnización. Su cuidado y atención es el fundamento de cualquier posibilidad de reconciliación y recomposición social en el estado de Guerrero.
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ministra olga sanchez cordero
TRES PROPUESTAS CLAVE PARA REVOLUCIONAR LA EDUCACIÓN JURÍDICA EN MÉXICO.
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uiero compartir con todos ustedes TRES ASPECTOS que considero esenciales para concretar exitosamente la importante tarea de la renovación y actualización de la educación jurídica en México. Estoy convencida de que esta pasión es compartida por todos ustedes, que como yo, viven el derecho todos los días, desde la trinchera del ejercicio profesional, como abogados postulantes, juzgadores, legisladores, notarios, etc, o en la academia como catedráticos o investigadores. Tenemos una altísima responsabilidad, como formadores de futuros abogados, sea en una faceta o en otra, directa o indirectamente, ya que nuestra conducta y actuación profesional tiene también un mensaje pedagógico que no pasa desapercibido para la sociedad, de cierta forma debemos pregonar con el ejemplo. Urge una TRANSFORMACIÓN SUSTANCIAL en la visión que tienen los actuales planes de estudio de las facultades y escuelas de derecho, departamentos e institutos de investigación jurídica; para concretar este fin, debemos reflexionar e implementar ya, ¡lo antes posible!, las materias y directrices necesarias para llevar a cabo este impostergable objetivo. Uno de los pilares, de la Asociación Nacional de Facultades, Escuelas de Derecho, Departamentos de Derecho e Institutos
de Investigación Jurídica A.C. —organizadora de este magno evento—, se encuentra plasmado en el artículo 5º de sus Estatutos, que es el encaminar todos los esfuerzos necesarios para lograr LA FORMACIÓN DE UN HUMANISTA Y UN JURISTA DEL SIGLO XXI. Para coadyuvar a concretar este importante fin que la ANFADE ha hecho suyo y a ello dirige sus mejores esfuerzos, quiero compartir con todos ustedes: Preparar a los estudiantes de derecho y actualizar a los abogados, en el nuevo paradigma constitucional y específicamente en los que a los Derechos Humanos se refiere; que si bien, teóricamente había sido planteado desde hace varios años, a partir de las recientes reformas constitucionales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, los días 6 y 10 de este mes, hoy es una realidad. Como señalara el activista de derechos civiles méxicoaméricano, César Chávez: “Una vez que comienza el cambio social, no se puede revertir. No puedes ‘deseducar’ a la persona que ha aprendido a leer. No puedes humillar a la persona que siente orgullo. No puedes oprimir a la gente que ya no tiene miedo. Hemos visto el futuro, y el futuro es nuestro”. Conceptos con los que estudiamos —creo que todos los aquí presentes—, hoy prácticamente han mutado, ¿cuánta bibliografía
no recordamos con el título “Garantías Individuales”?, o ¿el tan estudiado principio del juicio de amparo de la “Relatividad de las Sentencias” también conocida como “Formula Otero”?; ahora nuestra Norma Fundamental, entre otros cambios, habla de manera general de “Derechos Humanos” y prevé en el juicio de amparo, una declaratoria general de inconstitucionalidad. Para implementar la recepción del nuevo modelo de tutela de los Derechos Fundamentales, estimo necesario partir de una asignatura que englobe en su conjunto tanto los instrumentos y mecanismos nacionales, como los internacionales; esto es, la materia de la tutela multinivel de los Derechos Humanos. Es innegable que el reconocimiento, la difusión, la protección y la tutela efectiva de los derechos humanos, ha dejado de ser un asunto meramente doméstico, para incluirse en el concierto de la globalización y formar parte de una estructura trasnacional, ya sea regional, en nuestro caso a través del Sistema Interamericano o bien universal a cargo de la Organización de las Naciones Unidas. Durante generaciones estudiamos las garantías individuales y sociales que nuestra Constitución General consagraba, y en sus propios términos otorgaba. Desde hace un par de semanas, esa clase de derechos ya no tienen la denominación de Garantías Individuales, y tampoco son otorgados por el constituyente o por la
Norma Fundamental. Ahora, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece Derechos Humanos, y no los otorga, ¡LOS RECONOCE¡, pero va mas allá, no se limita a los previstos en el propio cuerpo normativo, se expande la protección a todos aquellos contenidos en los Tratados Internacionales reconocidos por el Estado Mexicano. Efectivamente, el artículo 1° de la Constitución Federal, establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la misma y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse,· salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Esto, en mi opinión, implica la formación de un bloque de derechos fundamentales; pues ya no sólo se atienden a los que se identificaban como “garantías individuales” en la Constitución, sino que forman parte de este conjunto, los establecidos en otros instrumentos normativos. Esto, sin lugar a dudas, nos obliga a replantearnos la necesidad de renovar la asignatura con la que antes estudiábamos los derechos fundamentales en México o las garantías individuales, pues ahora debemos tener un conocimiento más amplio en cuanto a los Tratados Internacionales que en materia de Derechos Humanos ha reconocido el Estado Mexicano, y los precedentes que emiten los tribunales internacionales en materia de derechos humanos, como lo es la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Como tendrán conocimiento, en los últimos años, el Tribunal de Derechos Humanos con sede en San José de Costa Rica, ha emitido algunas resoluciones en las que condena al Estado Mexicano por diversas violaciones a los tratados y pactos que forman parte de la Organización de Estados Americanos, de ahí que en algunas de ellas ha establecido como forma de reparación el establecer programas o cursos permanentes en materia de análisis de la jurisprudencia del Sistema Interamericano. Si bien, dicha forma de reparación se dirige al Estado Mexicano a través de sus órganos de gobierno, no estaría de más, que esta visión global de los Derechos Fundamentales sea difundida desde la licenciatura, permeando en el ánimo del joven estudiante de derecho, y expandiéndose a los que ya tenemos una
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trayectoria consolidada en la profesión, para conducirnos con la responsabilidad que exige la vanguardia en los Derechos inherentes a la persona. En palabras de quien presidiera la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, Eleanor Roosevelt: “La libertad exige mucho de todo ser humano. Con la libertad llega la responsabilidad. Para la persona renuente a crecer, la persona que no desea asumir su propia responsabilidad, es una perspectiva atemorizante” II SEGUNDA PROPUESTA Por la concepción que actualmente y de manera general se tiene en el mundo sobre lo que es el derecho y sus objetivos y fines, me parece muy importante incluir en todos los planes de estudio, especialmente a nivel licenciatura, dos materias que normalmente se tratan de manera aislada, pero que en realidad se encuentran íntimamente vinculadas. Son las asignaturas de INTERPRETACIÓN Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA, que si bien ya se han incorporado a algunos programas, esto es incipientemente sólo en algunas universidades y escuelas de derecho. Ambas materias, forman parte de un binomio inseparable, que bajo pena de incurrir en una explicación espiral, forman parte de un mismo acto; por una parte, cuando interpretamos extraemos de argumentos plasmados en textos las razones y motivos de su sentido y contenido; y a la vez, el ejercicio interpretativo es expresado a partir de la construcción argumentativa con la que pretendemos explicar con la mayor precisión posible el porqué del resultado al que arribamos. En la enseñanza de la interpretación jurídica, con mayor frecuencia se trata la interpretación legal y en algunos casos y de forma escueta la interpretación constitucional, pero es prácticamente nula la enseñanza de la
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interpretación de los Derechos Humanos. El desentrañar, y en su caso asignar sentido a los enunciados jurídicos, es una función del abogado de gran importancia, de ahí que se construya paulatinamente el sistema jurídico, sea desde el ámbito legislativo o desde el jurisdiccional a partir de los razonamientos propuestos por los abogados y que como granos de arena, cada uno con su aportación intelectual va uniéndose para formar un todo. En concordancia con la propuesta que anteriormente mencioné de la tutela multinivel de los Derechos Humanos, es que cobra relevancia la interpretación de los Derechos Humanos, y que también fue parte de las recientes reformas constitucionales. El artículo 1°, en su párrafo segundo, prevé que, las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. La relación entre los derechos, como sabemos, no siempre es pacifica, en muchas ocasiones se generan tensiones o colisiones entre dos derechos o más, basta traer a modo de ejemplo, el cásico caso de la libertad de expresión y el derecho a la intimidad y la vida privada, o el paradigmático caso del derecho a la libre determinación sexual y del proyecto de vida frente a los derechos del nasciturus. De ahí, que no es suficiente con la enseñanza de los métodos tradicionales de la interpretación legal, propios de la exégesis, o los esquemas de interpretación constitucional, sino que es necesario atender a los propios de los derechos humanos conforme a su naturaleza y principios. La propia Constitución General, ahora consagra dos métodos interpretativos de los Derechos Humanos en su artículo 1°, párrafo segundo; por una parte la interpretación conforme, y por otro lado, consagra el principio pro personae. La interpretación conforme, implica asignar un significado a una norma legal que sea acorde y congruente con el que establece tanto la Norma Básica, como los Tratados Internacionales, a efecto de que ésta empate con el sistema jurídico. Por su parte, el principio pro personae, como método interpretativo, exige del operador que ante la disyuntiva de tomar una determinación en la interpretación de los derechos con dos o más significados, opte por el que sea más favorable para la persona, y cuyo fundamento descansa en que los preceptos tanto internos como los tratados internacionales no protegen Estados, sino que, en todo caso tienen como fin principal al individuo. Con independencia de la reciente previsión constitucional, la doctrina ha establecido diversos principios específicos para la interpretación de los Derechos Humanos, los cuales aplican tanto a los consagrados en las normas básicas de los Estados, como para los pactos internacionales. Uno de los esenciales es el de la interpretación
progresiva, también llamado extensivo, en el que se ha de perseguir el desarrollo más evolutivo y expansionista de los derechos dentro de lo razonable; evitando su regresión o reducción. También se encuentra el principio de promoción, en el cual el juzgador no nada más es un conductor del proceso, sino que además ha de actuar como impulsor de los Derechos Humanos (medidas cautelares y recepción de pruebas de manera oficiosa), fomentando su mejor tutela en los casos particulares sujetos a su decisión. Otro de los principios de gran importancia es el de interacción, el cual entraña el dialogo fluido entre los Derechos Humanos nacionales y los previstos en instrumentos internacionales, sin tomar en cuenta la categoría jurídica de proveniencia de la norma, resultando aplicable la más benéfica, siempre y cuando sea derecho. Este principio ha llevado a algunos sistemas nacionales a manejar el llamado “bloque de constitucionalidad”, como desde mi particular punto de vista ocurre ahora en México. Como podrán apreciar, es indispensable que el jurista de vanguardia sepa desarrollar y conozca la interpretación jurídica, no únicamente en lo que a normas legales se refiere, o a los preceptos de la constitución, sino que debe comprender los métodos propios de la categoría de los Derechos Humanos. A la par de la interpretación jurídica, por esta dinámica que desarrolla, debe difundirse la enseñanza de la argumentación jurídica, pues para el abogado de nuestro tiempo debe ser esencial ofrecer un conjunto de razones o de pruebas en apoyo de sus conclusiones. Un argumento no es simplemente la afirmación de ciertas opiniones, ni se trata simplemente de una disputa. Los argumentos son el ejercicio intelectivo encaminado a apoyar ciertas opiniones con razones. En este sentido, los argumentos no son inútiles, son, en efecto, esenciales.
Más importante es, en atención a las trascendentales reformas constitucionales y legales actuales, la instauración inmediata de la cátedra de ARGUMENTACIÓN ORAL, como materia emblemática del abogado, del humanista, del jurisconsulto, para responder al actual sistema jurídico y su renovación a partir de trascendentales reformas constitucionales y legales en materia penal y mercantil, para perfilar al licenciado en derecho en una sociedad cada vez más democrática en donde el uso de la exposición y defensa oral de las diversas razones y posturas se vuelve, por fortuna, cada vez más y más exigente. Nuestra sociedad reclama imperiosamente mayor calidad en el debate institucional, en el Congreso, en los Tribunales, en las Universidades, en los medios de comunicación, etcétera. Uno de los presupuestos para lograr esto es una buena preparación, ÉSTA SE CONCRETA Y SE VUELVE OPERANTE CUANDO SE EXPONE Y DEFIENDE CON EFICACIA, EN INFINIDAD DE OCASIONES EN FORMA ORAL, pensemos en la Máxima Tribuna de nuestro Congreso de la Unión, en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Cátedra Universitaria, en los debates políticos en los discursos electorales. En todos estos foros, y en muchísimos más, quien posea una buena argumentación oral contará, sin duda, con una ventaja extraordinaria, pues sabrá expresar sus ideas de manera clara y precisa, generando buen entendimiento con quien interactúe, pues posee el don de la palabra. ¿Por qué enfatizo en la ARGUMENTACIÓN ORAL y la distingo de la argumentación escrita? Por la simple razón de que, entre ambas formas existen DIFERENCIAS FUNDAMENTALES que requieren del desarrollo de CAPACIDADES Y HABILIDADES DISTINTAS. Hay sin embargo, otra razón fundamental, con frecuencia se hace de las clases de argumentación —en el caso
en que las haya—, una mera exposición teórica de la misma; en consecuencia, el alumno comprueba en forma dolorosa y en muchas ocasiones frustrante que sigue repitiendo, muchas veces sin comprender, contenidos e informaciones sobre las teorías de la argumentación pero en el fondo y en la práctica NO SABE ARGUMENTAR. Repite y afirma, mas no argumenta, esta situación es particularmente grave en el ámbito de la aplicación del derecho. La argumentación oral claro que requiere de un sólido fundamento teórico pero su finalidad es ESENCIALMENTE PRÁCTICA. ¿De qué sirve que un alumno repita gran cantidad de artículos y una ingente masa de doctrina si no sabe desentrañar su significado interpretándolas, ni sabe cómo argumentar para hacerlas valer de manera práctica en el ejercicio de la profesión? Por desgracia, se sigue insistiendo en fomentar cúmulos de conocimientos estancos, gran acopio de datos a base esencialmente de memorización y se descuida casi por completo el desarrollo y fomento de capacidades y habilidades como las interpretativas y argumentativas. Vivimos en un mundo en el que la tecnología ha alcanzado un desarrollo inimaginable, propio de la inventiva de Julio Verne: computadoras portátiles, teléfonos móviles, tabletas electrónicas, etcétera, muchos de ellos con una gran capacidad de almacenamiento de datos e información; podemos cargar toda la jurisprudencia del Semanario Judicial de la Federación en un equipo no mayor a una libreta, o varias leyes en nuestro teléfono celular. Todo esto nos permite enfocar el tiempo de estudio más que a un ejercicio casi de memorización, a la utilización de todos estos elementos para optimizar el ejercicio de la profesión, pero principalmente para desarrollar el intelecto comprendiendo el sentido y alcance del derecho, e incluso cuestionarlo y el rumbo que debe seguir para ser más justo.
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¿EN QUÉ CONSISTE LA POBREZA Y CÚAL ES SU RELACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS?
La pobreza como fenómeno multidimensional
Dra. Patricia Ordoñez Leon
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l hablar de pobreza se hace necesario hablar de pobreza extrema diferenciándose esta última por mantener a quién está en ella en condiciones tan precarias de vida que la subsistencia está en la cúspide de las prioridades, es una situación grave y en un grado mucho mayor que la pobreza en la que el acceso a bienes y servicios es más restringida a grados casi nulos. Para hablar de pobreza primero debemos definir que es ésta y cuáles son sus efectos en la vida de un ser humano, pobreza para el Diccionario de la Real Academia Española es una cualidad de pobre que a su vez define como un adjetivo de alguien necesitado, que no tiene lo necesario para vivir. (DRAE, 2001) A criterio de esta autora el concepto anterior es demasiado abierto y nos lleva a preguntarnos
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¿Qué es lo necesario para vivir?, podemos referir que lo necesario para vivir en un aspecto puramente fisiológico y nos invita a pensar en alimentos que puedan mantener al ser humano vivo, pero ¿mantener un cuerpo vivo es suficiente para erradicar la pobreza? Tradicionalmente se relaciona a la pobreza directamente con la escasez económica, sin embargo el concepto de pobreza se aleja de ser una simple escasez y se convierte en un fenómeno multidimensional que además deriva en una evidente deja de derechos desembocando en una desigualdad no solo social, sino también jurídica, educativa y de salud, la pobreza como concepto no tiene una sola y única acepción, este ha ido cambiando a través del tiempo. Por ello se comparte la definición del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo acerca de la pobreza como: “una situación que impide al individuo o a la familia satisfacer una o más necesidades básicas y participar plenamente en la vida social” (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo: 2013), englobando y reconociendo en ella otras dimensiones pertenecientes a la pobreza orientadas al ámbito social, político y cultural. La Organización de las Naciones Unidas refiere que el consenso mundial se ha manifestado en el sentido de que la pobreza no es sólo una falta de ingresos, se refiere, además, a la negación
de los derechos humanos. El día 17 de octubre fue declarado por la Asamblea General de la ONU como Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza en todos los países misma que se convirtió en prioridad para el decenio de 1990 en su ánimo de sensibilizar al público acerca del tema. Con referencia a la pobreza en relación con los derechos humanos la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos manifiesta: En efecto, acaso no haya ningún fenómeno social que vulnere tan profundamente los derechos humanos como la pobreza. La pobreza erosiona o anula derechos económicos y sociales como el derecho a la salud, a la vivienda adecuada, a la alimentación y al agua apta para el consumo, y el derecho a la educación. Lo mismo ocurre con los derechos civiles y políticos, como el derecho a un juicio justo, la participación en la vida política y la seguridad personal. La preocupación internacional por la erradicación de la extrema pobreza y la pobreza ha sido no menos que grande, esta inicialmente fue considerada en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 en su artículo 25:
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. Para gusto de esta autora este precepto engloba el contrario de la pobreza y la extrema pobreza, aspectos que el estado en cumplimiento de sus funciones debe cubrir para erradicar la situación que en algunos sectores puede considerarse como pauperismo. En apoyo a las políticas a seguir existen instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y más recientemente los Principios Rectores sobre la extrema pobreza y los Derechos Humanos, que guarda relación directa con el primero, aprobado en el 21º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos celebrado en septiembre de 2012. El crecimiento económico
no reduce la pobreza, mejora la igualdad o produce trabajo a menos que sea de forma global, algo esencial para el logro de los Objetivos de desarrollo del Milenio (ODM). El proceso de globalización, cuando se lleva a cabo correctamente, se convierte en una pieza clave para el crecimiento. (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo: 2013). En conclusión la problemática de la pobreza no puede verse desde una sola perspectiva, atender al problema requiere de todo una estudio sistemático y la solución que para ello se propone debe tener la misma magnitud del problema, solamente cuando se da al problema la importancia e impacto que tiene puede, entonces, abrirse el debate y, encontrarse y adoptar medidas eficientes para ello.
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INAGURA EL FORO NACIONAL SOBRE REFORMAS A LA LEY DE AMPARO. EL DR. EDGAR ELIAS AZAR PRESIDENTE DEL CONATRIB.
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justificado, las autoridades judiciales cuenten con el mismo plazo que establece la norma que regula el acto reclamado para la emisión del mismo, sostuvo en su intervención.
l Dr. Edgar Elías Azar Presidente del Tribunal Superior de Justicia en el Distrito Federal y Presidente del CONATRIB, COMISION NACIONAL DE TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA EN MEXICO., Al inaugurar el Foro Nacional sobre las Reforma a la Ley de Amparo en México, señalo “El amparo en México siempre ha servido del límite al poder, impuesto a colocar la dureza de una norma, de una acción, o acto jurídico; bajo la lupa de los derechos. Hay que crear conciencias de que los recursos no lleguen automáticamente a los Tribunales de Justicia con modelos y formulas financieras que ya se conocen, y que han sido trabajadas en modelos tradicionales, de seguir así el futuro de la reforma penal no tendrá éxito. En un ánimo constructivo quiero resaltar dos cosas; primero la apremiante necesidad que existe de dar cumplimiento a las sentencias de amparo, por tanto necesitamos más plazos para su cumplimiento, y que se fijen parámetros objetivos no discrecionales, que han generado desorden en todo el país, para que la autoridad responsable, este en posibilidades materiales de cumplir la orden judicial respectiva, en concreto sugerimos que para responder el informe
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Y concluyo diciendo: “El amparo lo que es hoy no puede renunciar a lo que fue ayer, por ello es necesario, reconocer que desde la trinchera juris-
*En el caso de Sentencias de Amparo Necesitamos que se fijen parámetros objetivos no discrecionales, (que han generado desorden en todo el país), para que la autoridad responsable, este en posibilidades materiales de cumplir la orden judicial respectiva.
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diccional, el enorme avances que representan las modificaciones tan relevantes de este juicio.” “Existen en las calles de las ciudades latinoamerica-
nas una percepción nada agradable y triste sino fuera por ley, la justicia podría prosperar.” SACRISLEX
EL TFJFA A LA VANGUARDIA EN TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS *Así lo afirmó el Magistrado Presidente Manuel Hallivis Pelayo. *Suscribe un Convenio de Colaboración Académica con la Coparmex. *La cúpula patronal reconoce la labor del TFJFA y las bondades del Juicio en Línea.
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suscribir un Convenio de Colaboración Académica con la Confederación Patronal de la República Mexicana, el Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Manuel Hallivis Pelayo, afirmó que ese instrumento reafirma la unidad de ambas partes por un inquebrantable compromiso con México, generando propuestas y acciones concretas en beneficio de la sociedad, y que ahora se potencializarán por la conjunción de esfuerzos. Al respecto, agregó que este órgano jurisdiccional tiene como misión impartir justicia fiscal y administrativa en el ámbito federal, sujeto a los principios de legalidad, seguridad jurídica y las disposiciones contenidas en su Código de Ética, mediante un uso eficiente de sus recursos humanos, materiales y financieros, de cara a la sociedad y con absoluto cumplimiento de la normatividad vigente en materia de transparencia y rendición de cuentas. De la Coparmex dijo que se ha convertido en una institución que procura el desarrollo armonioso de las relaciones entre empresarios y con los trabajadores, promotora
de una nueva cultura patronal, encaminada a generar condiciones de bienestar común, además de la defensa de los derechos de sus asociados, y un activo impulsor de reformas sociales, económicas, jurídicas y políticas que fomentan el desarrollo nacional y la cohesión de la colectividad, en una sociedad libre de impunidad. En este contexto se reflejan los puntos de coincidencia entre ambas partes que, mediante la firma del citado convenio, fortalecen y consolidan sus relaciones, en un ambiente de respeto muto, de colaboración y de sinergia, puntualizó el Magistrado Hallivis Pelayo, durante la ceremonia que se llevó a cabo en la sede de este órgano jurisdiccional, con asistencia de Magistrados de la Sala Superior, de las Salas Regionales Metropolitanas y de la Junta de Gobierno y Administración. El Convenio de Colaboración Académica incluye la organización conjunta de foros, coloquios, conferencias y congresos nacionales e internacionales sobre los temas que consideren pertinentes dentro de sus
respectivas competencias legales, así como invitar a profesores, investigadores y personas de reconocida experiencia profesional a que participen en proyectos académicos conjuntos. También se comprometieron a impartir cursos, talleres y conferencias a los integrantes y servidores públicos de cada una de las partes en materia de justicia fiscal y administrativa; a colaborar en la investigación, edición, impresión, publicación y difusión de documentos de análisis, libros, artículos y revistas que se desarrollen en conjunto o en lo individual, sobre temas afines de su interés, y a formar un grupo de trabajo que establezca la metodología respectiva.