LIBERTAD DE EXPRESION Los medios de comunicaciones electrónicos se han convertido en un referente necesario para la sociedad, hoy en día se conocen las noticias casi de manera instantánea, después de ocurrir el hecho o circunstancia que ha dado la noticia. Las noticias trascienden de un lugar a otro, sin que existan fronteras que impidan la difusión de hechos o circunstancias que se desean dar a conocer. Aplicaciones, como you tube, twitter, instangram, whatsapp, u otros, han desplazados a otras carreteras de la información., Todas las regiones del mundo en su mayoría están comunicadas en su gran parte, es difìcil no conocer el actuar de las personas y autoridades que integran los gobiernos. En los próximos diez años, campañas políticas podrán realizar sus actos proselitistas a través de estos medios principalmente. Y desde luego los medios difundir sus acciones de gobierno. La nueva era de la información espacial.
Garantía Jurisdiccional de la Autonomía de los Órgano Constitucionales Autónomos. Ministra de la SCJN Olga Sanchez Cordero
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os órganos constitucionales autónomos no son ya una novedad, sino una forma de organización del Estado que se va consolidando conforme pasa el tiempo y la especialización estatal requiere de conocimientos técnicos específicos en diversos ámbitos de su actuar. Pero unade las preguntas fundamentales respecto de estos órganos no es ya su naturaleza, que en un principio fue la principal duda cuando fueron creados; sino, más bien, qué debe significar su autonomía, cuál es el alcance que esta tiene y qué tipo de control requiere su ejercicio. Esa es la intención de esta intervención: destacar que, como cualquier órgano del Estado, los OCA´s están sujetos a los controles que la propia constitución ha establecido para todos los actos de autoridad, a fin no solo de salvaguardar el equilibrio de poderes, sino, principalmente, el ejercicio de los derechos de las personas. Por lo que refiere al orden constitucional, la SCJN ha sostenido que, para respetar el equilibrio de poderes, los poderes públicos están obligados a respetar tres mandatos prohibitivos, a saber: i) la no intromisión; ii) la no dependencia; y, iii) la no subordinación de cualquiera de los poderes con respecto a los otros. Esta idea de autonomía explicada en términos relacionales, es decir, respecto a lo que los otros pueden hacer, se explica muy bien en una de las vertientes de la autonomía de los OCA´s que es la que tiene que ver con la autonomía externa; pero, me parece, más importante que esta autonomía debe hacer hincapié en la autonomía que el propio órgano genera respecto de sí mismo. Hablar de autonomía de un órgano
constitucional requiere contar con el material indispensable para el ejercicio de sus funciones. Dotarle de los medios y objetos apropiados a sus facultades y que determinarán sus acciones, en proporción siempre de sus capacidades y atribuciones. Un principio que debe estar presente siempre es el de no intromisión; el de colaboración con los demás órganos del Estado en caso de necesidad; el de tener confianza en el valor inmenso de q u e s u
a c t iv i dad libre, desarrollada con vistas a finalidades concretas, debe ser capaz de impulsar un desarrollo seguro de sus atribuciones y desembocar en conquistas acordes con sus facultades.
El OCA es un ente particular, cualitativamente distinto de los demás órganos del Estado, con facultades propias que tienden al auto desarrollo. Los otros poderes y órganos del Estado deben abstenerse de intervenir abusivamente en el desarrollo de sus facultades a efecto de no anular sus fines innatos. El OCA elige de acuerdo con sus atribuciones, el alcance que tienen y la manera de ejercer sus facultades y tareas; es decir, puede optar por ser pro activo o restrictivo en su ejercicio con consecuencias radicalmente diferentes. Por lo que el control, jurisdiccional o parlamentario, en los casos que existiera, deberá vigilar e intervenir en los casos en que el principio de división de poderes o los derechos de las personas pudieran verse vulnerados por su actuar. En el fondo, en el surgimiento de los órganos constitucionales autónomos subyace la idea de “independencia”. (de la vorágine política, de intereses de grupo o privados). Nace también de la necesidad de objetivar al máximo la función, en ocasiones técnica, en ocasiones de organización y gestión (INE), de determinados órganos, cuya imparcialidad, neutralidad e independencia, es tan estimada por la sociedad, de tal importancia, que es necesario dotarlas de la mayor investidura y rango posible: por eso el rango constitucional. Los OCA´se tienen como nota común la pertenencia al Estado y una autonomía que, básicamente, se ve reflejada en: a) La previsión directa en el propio texto constitucional; b) La independencia presupuestaria, que deberá ser suficiente; c) La independencia orgánica, que a su vez implica una autonomía de “gestión” y de “ejercicio de funciones”. Por estas razones, en muchos ca-
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sos, la autonomía de estos órganos se ejerce de manera paradójica, por la participación de alguno o algunos de los poderes, ya sea en el nombramiento o ratificación de sus funcionarios, pero también en la aprobación de su presupuesto y en una adecuada rendición de cuentas. Pero la pieza clave de todo el engranaje, de toda la ingeniería constitucional establecida alrededor de los órganos constitucionales autónomos es el órgano de control constitucional, el operador del control, el decisor final de sus facultades, atribuciones y alcance de su autonomía presupuestal y de gestión. El protagonista es el OCA, pero es el órgano de control constitucional quien potencia el crecimiento, el auto regulación y la adecuada relación con los otros poderes, entidades y órganos, en un clima de libertad y respeto hacia su naturaleza. Paradójicamente, insisto, el OCA está lleno de posibilidades, pero el encargado de mostrar el camino que permita su adecuado desarrollo es el órgano de control constitucional. Confiar en la capacidad de cada uno de los órganos constitucionales a los que se ha dotado de autonomía es el primer paso para potenciar su adecuado desarrollo. Así pues, se debe respetar las distintas atribuciones y así prepararlos para la autodeterminación, la autonomía y la independencia que constitucionalmente les son atribuidas. Esto hará, considero, que puedan, elegir, decidir y actuar. Ser proactivos o auto restringirse. De especial importancia resulta entonces para estos órganos, una educación para la autonomía como única vía de llegar a conseguir la autorregulación e independencia, a través del desarrollo de sus atribuciones, el grado de especialización que alcancen en el área de su expertise, siempre en el marco de lo que la propia Constitución les determina. Esto conlleva la adquisición de una
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serie de niveles progresivos de independencia que se deben conseguir procurando el desarrollo respetuoso de la tan citada autonomía, principalmente, basándose en la independencia financiera y el fortalecimiento en el ejercicio de sus facultades. Mediante la elección libre y la independencia de pensamiento de sus integrantes, a través del desarrollo del sentido crítico. Pero siempre, siempre, bajo la vigilancia y control de quien, como órgano de control constitu cional i r á de-
limitando o resolviendo si el ejercicio de esa autonomía se corresponde no solo con el marco de la división funcional de las atribuciones del Estado y los principios constitucionales que lo rigen; en el entendido de que deberán promover, respetar, proteger, y garantizar siempre los derechos de las
personas, mandato ineludible del artículo primero de la Constitución. El proceso es largo y abarca su capacidad para seleccionar la actividad más conveniente, la forma de hacerlo y la elección de los medios y formas; pero, más importante aún, acordar las normas necesarias para el adecuado funcionamiento de cada órgano constitucional autónomo, en el respeto a los mandatos que Jurisprudencialmente impiden que se entrometa, interfiera, dependa o se haga dependiente de otro poder u órgano del estado. Finalmente, a partir de la reforma constitucional al artículo 105 constitucional de 7 de febrero de 2014, será el órgano de control de la regularidad constitucional quien determinará el orden y equilibrio entre estos órganos y los demás poderes del estado. Pues sin orden no hay autonomía, sin orden no hay respeto a los derechos, sin orden no es posible desarrollar las facultades y atribuciones de manera autónoma, pero respetando los principios democráticos más fundamentales. La importancia del control de regularidad constitucional de los órganos constitucionales autónomos queda de manifiesto en el ejercicio de su autonomía. La autonomía se ha venido definiendo en muchos campos, entre ellos, en el campo de la justicia constitucional, al definir algunos aspectos fundamentales de la autonomía universitaria, convirtiéndola en una verdadera garantía constitucional. Esta garantía de autonomía de las universidades, me parece, debe hacerse extensiva a los OCA´s, bajo la supervisión y controles constitucionales que permitan su ejercicio, en un marco de respeto y colaboración con los otros poderes y órganos del estado. Muchas gracias.
LA TOLERANCIA Y EL RESPETO COMO FORMA DE CONVIVENCIA SOCIAL Dr. Miguel Carbonell Sanchez la convivencia de cada uno de nosotros no sea violenta y no impongamos nuestro punto de vista sobre los demás, bueno esto se va a lograr precisamente atreves del respeto, el respeto y la tolerancia.
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as sociedad del siglo XXI son muy plurales, hay muchas formas de pensar, hay muchas formas de convivencia social, para algunos es importante estudiar una carrera, para otros es más relevante trabajar, hay personas que prefieren estar solteras y otras que prefieren estar casadas o convivir con parejas a veces estando casados a veces sin casarse, hay personas que tiene por objetivo en la vida de tener hijos, hay otras que deciden no tener hijos, hay personas que abrazan un cierto credo religiosos hay otras que no le dan importancia a la religión y en este sentido, nos enfrentamos a un pluralismo de cosmos visiones, como hacer que estas cosmos visiones, como hacer que estos distintos puntos de vistas pueden convivir y puedan armonizarse entre ellos para que
Recuerden que en este sentido la idea es que podemos discrepar sobre distintas cuestiones podemos tener puntos de vista diferentes, pero no tenemos derecho a imponer nuestro punto de vista sobre los demás, tenemos precisamente que tolerar las opciones que cada uno de los quienes integran un grupo social, vallan tomando por sí mismo, a nosotros nos puede parecer equivocada determinada conducta o nos puede parecer equivocada a determinada opción determinada preferencia que se vaya tomando en el ámbito de la familia, en el ámbito de nuestros amigos o de nuestros conocidos etc. Pero no tenemos derecho a imponer lo que para nosotros es bueno o lo que es valioso a los demás, si no que precisamente debemos de respetar las op-
ciones que cada uno tome, porque en esa misma medida, en la medida que respetemos a los demás, en la medida que haya tolerancia, cada uno de nosotros podrá elegir su propio plan de vida, podrá llevar acabó la existencia que cada uno haya decidido para sí mismo, en este sentido las sociedades plurales no tiene otra alternativa más que el respeto y la tolerancia. Para que de esa manera haya armonía entre los distintos puntos de vista y no se ejerza una tiranía de unos sobré otros, de los más poderosos sobre los más débiles, el respeto y la tolerancia son notas características de las sociedades más evolucionadas del planeta y son formas inexcusables de ir construyendo la convivencia cotidiana entre todos nosotros,
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a historia de la humanidad nos muestra miles de ejemplos sobre la trata de personas, principalmente en las guerras. La atención y mira internacional a la trata de personas se da con el reconocimiento de la problemática de venta de mujeres, mayormente conocido como “trata de blancas” a finales del siglo XIX y comienzos del XX cuando adquiere su particular nombre debido a que el traslado y comercio de mujeres era en su mayoría de raza blanca de origen europeo y americano. Después del reconocimiento del problema se creó el acuerdo internacional para la supresión del tráfico de trata de blancas, firmado en París el 18 de mayo de 1904. Posteriormente en 1910 se firma el Convenio Internacional para la Supresión del Tráfico de Blancas firmado en parís el 4 de mayo de 1910.
Posterior a la creación de las Naciones Unidas se crearon: el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena, Nueva York, el 2 de diciembre de 1949; el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas. Especialmente Mujeres y Niños, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional, Nueva York del 15 de noviembre de 2000; los Principios y directrices recomendados sobre los derechos humanos y la trata de personas, Nueva York, en julio de 2002. Asimismo se crearon instrumentos tendientes a combatir la violencia de género con objetivos específicos de protección a la mujer, entre estos encontramos: la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, en Nueva York el 18 de diciembre de 1979; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem do Pará”, del 9 de junio de 1994 y su respectivo Protocolo Facultativo de 6 de octubre de 1999.
“Trata de personas con sexual en
En 1921 la Convención Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Menores en Ginebra, en 1933 la Convención Internacional relativa a la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad en Ginebra el 11 de Octubre.
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Dra. Patricia O
La esclavitud y la explotación de seres humanos nunca han dejado de ser una realidad. Son cotidianas, visibles, toleradas y fomentadas hoy de forma
no tan diferente a otros siglos en que la llamada “trata de blancas” o el comercio de esclavos era incluso algo legal. La esclavitud y la explotación dejan ganancias inimaginables a los y las tratantes, pues las víctimas de estos delitos son explotadas una y otra vez. La Organización de las Naciones Unidas nos define a la trata de personas de la siguiente forma: Por trata de personas se entenderá la capacitación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas recurriendo a uso de la fuerza u otras formas de coacción, el fraude, el engaño, el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una personas que tenga autoridad sobre otra para propósitos de explotación. Esa explotación incluirá como mínimo, la explotación de la
esclavitud o las practicas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. Cualquier persona puede ser víctima de trata, no obstante, se ha evidenciado que el grupo más vulnerable lo ocupan fundamentalmente las mujeres, las y los niños, especialmente cuando se habla de explotación sexual, servidumbre y algunos sectores de explotación económica como el trabajo doméstico, el agrícola o las maquiladoras. A pesar de que el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, no define a este crimen bajo un criterio de género, afecta a las mujeres y las niñas de forma desigual, no solo por ocupar un numero mayoritario entre el total de víctimas, sino porque la trata de mujeres tiende a tener un impacto más severo dadas las formas de explotación a las que están sometidas y cuyas consecuencias son traumatizantes y devastadoras para su integridad
n fines de explotación n México”
Ordoñez Leòn
prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la
física, psicológica y emocional. Es importante decir que, como
toda violación a los derechos humanos de las personas, el delito de trata de personas no sólo afecta uno de esos derechos, sino que, por resultado, lesiona el conjunto de garantías contenidas en los instrumentos internacionales de derechos humanos que obligan al Estado mexicano a su observancia. La trata de personas ha sido, desafortunadamente, una constante en México y Centroamérica desde hace muchas décadas, actualmente el crimen organizado ha provocado que se incrementen este tipo de actos, en el caso de las mujeres, con fines de explotación sexual, este fenómeno afecta de manera significativa en mayor proporción a la población femenina. Las etapas del delito son: •Captación, enganche o reclutamiento •Traslado •Explotación En 2007, México armonizó su legislación nacional a los compromisos internacionales que lo obligan a legislar contra la trata de personas. Posteriormente, al comprobarse que las formas de explotación contenidas en la primera ley de 2007 no identifican la totalidad de las formas de explotación humana, se derogó dicha norma para dar paso a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2012, que desarrolla cada una de las diversas modalidades de explotación humana para el delito de trata de personas. Para la Ley General para Prevenir,
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sancionar y erradicar los delitos en materia de Trata de Personas y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos, la trata es: “Toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación, establece que se le impondrá de 5 a 15 años de prisión y de un mil a veinte mil días de multa, sin perjuicio de las sanciones que correspondan para cada uno de los delitos cometidos, previstos y sancionados en La Ley General y en los códigos penales corres p o n d i e n t e s .” La trata de personas con fines de explotación sexual se pueden identificar las siguientes modalidades: •La prostitución. •La pornografía. •Las exhibiciones públicas o privadas de orden sexual. •El turismo sexual o cualquier otra actividad sexual. La trata en cifras •Entre 55% y 84% de las víctimas identificadas a nivel mundial pertenecen al sexo femenino 98% de las víctimas de trata con fines de explotación sexual identificadas a nivel mundial son mujeres y niñas. •De acuerdo con datos de la OEA
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las víctimas directas o potenciales de trata suelen ser mujeres de entre 18 y 25 años de edad con niveles de ingreso nulos o deficientes, baja educación, desempleadas o con perspectivas precarias de empleo y uno o más dependientes directos. •De 2 a 4 millones de personas son
ación sexual en México asciende a 70,000, de los cuales 50,000 son explotados en las zonas fronterizas y 20,000 en el resto del país, 91.6% de delitos cometidos no fueron denunciados a la autoridad en 2011. En ninguno de esos casos se inició una aver-
captadas cada año con fines de trata en el mundo. Entre 800,000 y 900,000 son trasladadas a través de las fronteras para ser sometidas a algún tipo de explotación laboral o sexual (trata transnacional). .Más de 16,000 niñas y niños en México se encuentran sometidos a esclavitud sexual según datos de la Unicef. •El número de víctimas en Latinoamérica asciende a 1.8 millones, aunque es la región de Asia y el Pacífico la que concentra el mayor número de víctimas (11.7 millones). •Estudios calculan que la cifra de niñas y niños sujetos a explot-
iguación previa a nivel nacional. Además, actualmente las nuevas tecnologías representan un nuevo reto para el combate a la trata de personas pues en gran parte de los casos de los que se tienen conocimiento y cuyas víctimas se encuentran en las zonas urbanas, los medios electrónicos y el internet se han convertido en un nuevo método de captación de potenciales víctimas. La trata de personas con todo lo que esta engloba es una grave violación de múltiples derechos humanos que en muchos casos se
trata de violación a sus derechos más básicos y su dignidad personal. En el caso específico de la explotación sexual se priva a las víctimas, que en su mayoría son mujeres y niñas, de sus derechos de libertad sexual y personal, el impacto que en ellas deja es devastador, sus secuelas van desde enfermedades de transmisión sexual, abortos forzados, la propensión al alcoholismo y al consumo de estupefacientes e incluso muertes anónimas e impunes a manos de la delincuencia organizada. El problema esencial que subyace en la relación de la trata de personas y la violencia de género se encuentra en la aspecto consentido de la sociedad de tomar como socialmente aceptadas las relaciones de dominación, desigualdad y de jerarquía existentes entre hombres y mujeres. Las mujeres víctimas de trata son socialmente rechazadas pero masivamente utilizadas; “invisibles” debido a la clandestinidad que las rodea; absolutamente indefensas, desprotegidas y extorsionadas en todos los aspectos y hasta punto difícilmente soportables. Según datos de la OEA, la trata de personas se encuentra a cargo principalmente de la delincuencia organizada siendo este su tercer negocio más rentable después del narcotráfico y el tráfico de armas, la trata de personas en todas sus manifestaciones somete anualmente a millones de personas a condiciones de esclavitud y genera réditos económicos estimados en 32 mil millones de dólares, de los cuales más del 85% proviene del comercio sexual.
Y es que la pobreza, la discriminación, la desigualdad de género, la falta de oportunidades económicas, el desconocimiento y la promesa de beneficios materiales son algunos de los elementos claves que inciden en la problemática de la trata. Y en el caso de la explotación sexual la desigualdad de género juega un factor sumamente importante y desfavorable para las mujeres. Las víctimas de trata con traumatización severa son a objeto de afectación a su integridad personal y a otros muchos derechos humanos, en muchas ocasiones por miembros de los órganos judiciales en los países de destino, al enfrentar los malos tratos o tratos insensibles durante los procesos judiciales. En México prueba de la gravedad de dicha problemática es Tenancingo, Tlaxcala conocida como “la capital de la trata de personas”, según la ONNUD Organización de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, este representa un punto crítico para el combate a la trata de personas y es que en junio de 2014 la juez federal Katherine Forrest del distrito de Manhattan condenó a cadena perpetua a dos hermanos originarios de Tenancingo que operaban con un total de 16 criminales que manejaban a miles de víctimas de las cuales muchas eran menores de edad pertenecientes a ese
poblado en el estado de Tlaxcala, la grave situación de este lugar se ve reflejada que en junio de este mismo año el diario estadounidense Daily News reportó que los niños de Tenancingo sueñan con crecer para ser tratantes puesto que en ese pueblo la trata es considerada como un negocio familiar. Las cifras son preocupantes y alarmantes, lejos de ser un problema al que debe darse prioridad como política pública, es una situación que nos concierne a todos los ciudadanos, debemos realizar una labor de concientización y valorización dentro de nuestra sociedad de las mujeres, hombres y menores que la integran, haciéndoles conciencia de que debemos estar alertas, hoy se cuenta con un sistema de alerta amber para personas desaparecidas, sin embargo éste no es suficiente, como sociedad y como parte las instituciones falta mucho por hacer y aportar.
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¿dònde quedò la equidad? Por vez primera la representatividad se esquemó de esa forma, por lo que se esperaba una gran concurrencia femenina en la LXIII legislatura. Sin embargo, esto parece ser que no será así, ya que los primeros resultados arrojan desventaja para las mujeres en algunos estados del país. Con cifras reales, vemos que en Baja California si se consiguió esa pretendida equidad, ya que el
más de MORENA y el resto del Revolucionario Institucional. En el Distrito Federal son trece las mujeres que irán a la Cámara de Diputados, contra 14 hombres. Cinco del PRD, cinco más de MORENA y tres del PRI. Pero en Veracruz, una de las entidades con mayor número de distritos electorales (es la tercera después del Estado de México y el Distrito Federal) solamente lograron ganaren las urnas
PAN arrasó en los ocho distritos, de los que cuatro mujeres emergieron como victoriosas y otros cuatro varones hicieron lo propio. La representación del Estado de México casi lo consigue con 19 mujeres electas en los 40 distritos de la entidad. Dos de Acción Nacional, una del de la Revolución Democrática, otra
6 mujeres, dos de la coalición PRI-Verde, dos del PAN, una del PRD y otra más de MORENA. En el resto de los 15 distritos los triunfos fueron para varones, unos del PRI, otros del PAN y alguno más del PRD y MORENA. Jalisco cuenta con 19 distritos electorales federales, de los que el Movimiento Ciudadano ganó once
Lic. Vìctor Manuel Barcelò Rodriguez. Ex gobernador de Tabasco.
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ue tan mediática la equidad de género, que era una de las grandes reforma propuestas por el presidente Enrique Peña Nieto y festinada por los miembros de su partido y algunos otros organismos políticos, mientras que algunos la vieron con recelo. La elección federal del 2015 fue la primera ocasión en que los partidos políticos asumieron la representatividad equitativa de candidatos hombres y mujeres, en un 50 por ciento. La intención, plasmada en la ley conlleva a la integración de una Cámara de Diputados conformada por 250 diputados hombres y un tanto similar de mujeres. Para ello cada uno de los 10 partidos en competencia postularon a una cifra igual de cada uno de los sexos, lo que no les fue fácil hacer, ya que completar la cifra les provocó fuertes dolores de cabeza.
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de mayoría, de los cuáles cuatro son mujeres y siete hombres. El PRI consiguió siete, cuatro para los varones y tres para las hembras y Acción Nacional otro más de hombres. En total de los 19 distritos federales, siete son de mujeres y doce de hombres. Puebla es otra entidad con un buen número de distritos federales (16), donde los resultados favorecen solamente a seis mujeres, tres del PRI y tres del PAN. Oaxaca, un estado que vivió bajo la amenaza del boicot electoral con doce distritos federales solamente la victoria de dos mujeres, una del PRI y otra del PRD, con tres distritos en disputa todavía. Por los anteriores resultados será difícil ver a 250 hombres y 250 mujeres en la LXIII legislatura, aunque si se tendrá una mayor concentración de legisladoras que en el pasado. Sin embargo, la equidad de género quedó destrozada en cuanto al número de mujeres gobernantes, ya que de cinco con amplias posibilidades de triunfo, solamente una conquistó la victoria. Fueron cinco las que arrancaron con amplias posibilidades de triunfo, además de otras seis a las que no se les daba ninguna oportunidad de victoria. Cada una de ellas se fue desplomando y por poco las mujeres se quedan sin ser gobernantes, cuando menos en esta ocasión. La única que consiguió el triunfo fue la priista Claudia Pavlovich Arellano en Sonora, al ganar un poco más holgada de lo esperado al panista Javier Gándara Magaña y producirse nuevamente la alternancia en ese estado.
En Michoacán fue estrepitosa la caída de la panista Luisa María Calderón Hinojosa, la que arrancó como favorita y fue marginada hasta el tercer lugar de la votación, después del perredista Silvano Aureoles Conejo y del priista José Ascención Orihuela Bárcenas. La panista recibió el respaldo de su hermano el ex presidente Felipe Calderón Hinojosa, lo que
parece ábrele perjudicado en lugar de beneficiarle para la captación de votos. Beatriz Mojica fue candidata del PRD, partido gobernante en Guerrero, pero no le alcanzó para ganar los comicios al priista Héctor Astudillo, quien recuperó la plaza para los tricolores, después de dos gobiernos perredistas. Sonia Mendoza era la gran fa-
vorita para regresar San Luis Potosí a los gobiernos panistas, pero cayó ante el priista Juan Manuel Carreras por más de dos puntos de diferencia. La peor debacle de las mujeres la vivió Ivonne Álvarez en Nuevo León, donde perdió casi 40 puntos porcentuales de probables votos en unas cuantas semanas. La priista cayó en un tobogán, donde tres factores impactaron fuertemente en su derrota, la postulación de un candidato atractivo, manejado con el signo de independiente; el hartazgo de los electores hacia los partidos políticos y el conocimiento de los abusos cometidos por el gobernador Rodrigo Medina de la Cruz y sus familiares, además del rápido enriquecimiento y de la concentración de propiedades dentro y fuera del país. Total que Claudia Pavlovich Arellano se convertirá en apenas la quinta gobernadora surgida del voto ciudadano: Griselda Álvarez, Beatriz Paredes, Amalia García e Ivonne Ortega la antecedieron. Mientras que Sonia Mendoza, Ivonne Álvarez y Luisa María Calderón tendrán que reincorporarse a sus tareas como senadoras y Beatriz Mojica buscará mejores horizontes, aunque su partido, el PRD resultó vapuleado en los comicios del 2015.
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Día del abogado en México: algunas estadísticas Como muchos saben, el día del abogado se festeja el 12 de julio de cada año, lo cual se instituye formalmente en 1960, como un reconocimiento a las personas que practican esta profesión tan antigua como milenaria en México y el mundo. El Diccionario de la lengua española define al abogado como el “licenciado o doctor en derecho que ejerce profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos o el asesoramiento y consejo jurídico”. El término de abogado proviene del latín advocatus, que significa “llamado en auxilio”, esto porque antiguamente los romanos solían llamar a personas que poseían conocimientos amplios del derecho para que les auxiliaran en los asuntos difíciles. El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, INEGI, en 2014 en un trabajo denominado “Estadísticas a propósito del… día del abogado (12 de julio)” datos nacionales, señala que en México, conforme a la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), para el primer trimestre de 2014, la población ocupada como abogado en México corresponde a poco más de 321 mil personas, de las cuales 58.2% son
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hombres y 41.8% mujeres. A nivel nacional, de cada 100 abogados 42 son mujeres y 58 hombres. En el ámbito de las entidades federativas, Guerrero tiene la menor proporción de abogadas, 16 de 100 mujeres ocupan esta profesión, a diferencia del estado de Guanajuato donde 63 de cada 100 abogados son mujeres. En las entidades donde se concentran el mayor número de abogados es el Distrito Federal, Jalisco, México, Puebla y Veracruz de Ignacio de la Llave, donde se concentra el 58.3% del 100% en México. También se indica que de cada 100 que estudiaron la licenciatura en derecho, que están ocupados y son remunerados, 48 se desempeñan como investigadores, especialistas y docentes dentro de las ciencias sociales, que
es donde regularmente se desempeñan los abogados; 6 ejercen algún puesto de mando como director, gerente, coordinador, jefe de área o juez calificador dentro de los servicios de salud, enseñanza y sociales; 10 desempeñan tareas de nivel técnico en el ámbito del trabajo de oficina, y 36 están en otra ocupación no acorde con sus estudios. En 2014, respecto a los ingresos de los abogados subordinados remunerados o asalariados, de cada 100, 43 ganan entre tres y cinco mil salarios mínimos, 31 obtiene más de cinco salarios mínimos, y 19 reciben entre dos y tres salarios. Del total de abogados que son subordinados remunerados, 79% cuenta con un contrato escrito y 21% no. De los contratados, 83 de cada 100 tienen contrato de base, planta o tiempo indefinido, en tanto que el resto contrato temporal. El Servicio Nacional de Empleo Observatorio Electoral manifiesta que este año 2015 se considera que respecto a la formación de profesionales del derecho, del número total de personas ocupadas para el periodo 2012-2015, que estudiaron esta carrera, la población remunerada es de: 667,040 personas.
En el Ranking en el que se encuentran es el siguiente:
Como perfil ocupacional en torno a sus ocupaciones son: abogado y asesor jurídico, analista y proyectista jurídico, investigador jurídico y defensor de oficio. Matricula y egreso (ciclo escolar 2013-2014) son:
De acuerdo con el Servicio Nacional de Empleo Observatorio Laboral, derecho ocupa el tercer sitio después de administración de empresas y contabilización y fiscalización en México (año 2015) de las carreras con mayor número de ocupados. Estas estadísticas señaladas por el INEGI y el SNE en 2014 y lo que va de 2015 muestran una clara tendencia en que una variedad de personas están pensando en estudiar la licenciatura en derecho, especialidad, maestría e incluso doctorado, pero que la mayoría de ellas están ocupadas de acuerdo con la profesión que estudiaron y un gran número no la ejerce. Si bien es cierto que derecho es una de las profesiones más ocupadas, también es cierto que es necesario que los abogados realmente se capaciten, ya que actualmente no sólo es una necesidad la preparación sino una obligación para el campo laboral en el que se van a enfrentar.
Elaborado por el Maestro en Derecho Constitucional por la Universidad Autónoma de Guerrero Leonel Cásares García. 24/06/2015
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PREMIO “JUAN CRISÓSTOMO DORIA” DE LA FUL 2015 A EDUARDO MATOS MOCTEZUMA
Honor a quien honor merece: participó muy activamente en el hallazgo en 1978 de la diosa Coyolxauhqui en el propio corazón del Templo Mayor Eduardo Matos Moctezuma recibirá este año el premio “Juan Crisóstomo Doria” que otorga la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo en el marco de la Feria Universitaria del Libro, en reconocimiento a sus aportaciones a los campos de la Antropología y la Arqueología, al ser notable precursor de las excavaciones en el Templo Mayor, zona arqueológica ubicada en el corazón de la Ciudad de México, gracias a la cual se ha obtenido bastante información acerca de los antepasados prehispánicos. Eduardo Matos estudió en la ENAH y en 1959 esa escuela estaba en el Centro Histórico, en la calle de Moneda, y su paso cotidiano por el Zócalo no lo alertaron de lo que iría a sucederle en el futuro. Todavía como estudiante empezó su trabajo de campo en sitios como Bonampak, Tlatelolco (gemela de Tenochtitlán), Teotihuacán (con el arqueólogo Jorge Acosta) y acabó orientando las exploraciones en Tula. Su mayor desafío llegó con el hallazgo en 1978 de la diosa Coyolxauhqui para catapultarse al estudio del mundo mexica en el propio corazón del Templo Mayor.
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El 25 de agosto de 2011 la UAEH dio a conocer la instauración del premio “Juan Crisóstomo Doria”, para reconocer la labor en los campos de las artes, la cultura, los derechos humanos, la academia, la ciencia, la educación, la justicia y la responsabilidad social, galardón que ha sido recibido en las cuatro ocasiones anteriores por Rubén Bonifaz Nuño, Cristina Pacheco, María Teresa Rodríguez y Beatriz Espejo.
fiscalia general del estado replantea atencion ciudadana
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GE replanteó atención ciudadana. Desaparece la competencia de las Fiscalías Investigadoras por razón de territorio y se crea la Unidad de Atención Inmediata Se crean cinco nuevas Fiscalías, además de las de Feminicidio, la de Investigación de Hechos de Tránsito y la de Flagrancia sin Detenidos A fin de dar una mejor atención a la ciudadanía, la Fiscalía General del Estado (FGE) replanteó su modelo de gestión y atención en las Agencias del Ministerio Público, por lo que desaparece la competencia de las Fiscalías
Investigadoras por razón de territorio, quedando sin efecto la jurisdicción por colonias, lo cual repercute en las cargas de trabajo en las Agencias Investigadoras. A través del acuerdo general FGE/ DF/07/2015 se da a conocer que se crea la Unidad de Atención Inmediata, la cual se encargará de atender a todo ciudadano que acuda para canalizarle al área competente, a la institución competente distinta a la Fiscalía, al área de Justicia Alternativa o a la Fiscalía Investigadora, según el turno que le corresponda. Tal unidad contará con una coordinadora, asesores jurídicos, personal de justicia alternati-
va y auxiliar del Ministerio Público. Es importante puntualizar que en razón de este nuevo modelo de atención, lo siguiente: 1. Se conservan las Fiscalías del Ministerios Público Investigador de la 1era. a la 6ta., todas en turno matutino. 2. Desaparecen las actuales Fiscalías Investigadoras del Ministerio Público de la 1era. a la 6ta., todas del turno vespertino. 3. Se crean cinco Fiscalías Investigadoras en el turno matutino para hacer un total de 11, que funcio-
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se indica también que las averiguaciones previas de los años 2008 a 20115 que se encuentran en trámite en las Agencias del Ministerio Público de turno vespertino, serán redistribuidas de la siguiente manera: 1. Las que se encuentran radicadas en el turno vespertino de Fiscalía Vhsa. 1era, quedan asignadas a la Fiscalía Investigadora Vhsa. 7ª., de nueva creación, en su turno único.
narán en horario de 9:00 a 17:00 horas, de lunes a viernes; y los días sábados de 9:00 a 14:00 horas. 4. Se mantienen las Fiscalías de Flagrancia A y B, que conocen de los delitos flagrantes con detenidos. Por otra parte, cumpliendo con los protocolos nacionales e internacionales sobre la investigación de los casos de feminicidio se crea la Fiscalía del Ministerio Público para tal efecto. Se crea una Fiscalía del Ministerio Público para la investigación de Hechos de Tránsito, en la cual se radicarán las actuales averiguaciones previas de las Agencias del Ministerio Público 7ª y 8ª . Asimismo, en el replanteamiento de esta institución se crea la Fiscalía del Ministerio Público de Flagrancia sin Detenidos, misma que recibirá denuncias y querellas de delitos cometidos dentro de las 72 horas pero sin que exista probable responsable detenido, la cual laborará de 17:00 a 24:00 horas. En el Acuerdo FGE/DF/07/2015
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2. Las que se encuentran radicadas en el turno vespertino de la Fiscalía de Vhsa . 2da., quedan asignadas a la Fiscalía Investigadora Vhsa. 8ª., de nueva creación, en su turno único. 3. Las que se encuentran radicadas en turno vespertino de la Fiscalia Vhsa. 4ta., 3ra., quedan asignadas a la Fiscalía Investigadora Vhsa. 9ª., de nueva creación, en su turno único. 4. Las que se encuentran radicadas en el turno vespertino de la Fiscalía Vhsa. 4ta., quedan asignadas a la Fiscalía Investigadora Vhsa. 10ª., de nueva creación, en su turno único. 5. Las que se encuentran radicadas en el turno vespertino de la Fiscalía Vhsa. 5ta., quedan asignadas a la Fiscalía Investigadora Vhsa. 11ª., de nueva creación, en su turno único.
6. Las que se encuentran radicas en el turno vespertino de la Fiscalía Vhsa. 6ta., quedan asignadas a la misma Fiscalía Investigadora en su turno único. 7. Las averiguaciones previas que se inicien en la Fiscalía del Ministerio Público de Flagrancia sin Detenidos, se radicarán al día siguiente en la Fiscalía del Ministerio Público de Atención Diaria en el turno que le corresponda. En conclusión, con el replanteamiento del modelo de las agencias del Ministerio Público de la FGE, en el municipio del Centro, se desaparece la competencia de las Fiscalías Investigadoras por razón de territorio, se deja sin efecto la jurisdicción por colonias. Asimismo, se crean la Unidad de Atención Inmediata; cinco Fiscalías Investigadoras; la Fiscalía del Ministerio Público para la Investigación de Feminicidios; la Fiscalía del Ministerio Público Para la Investigación de Hechos de Tránsito; y la Fiscalía del Ministerio Público de Flagrancia sin detenidos
Desigualdad en México.
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n comparación con otros países, ¿qué tan desigual es la distribución del ingreso en México? No es fácil responder a esta pregunta por tres razones. La primera es que los datos no son necesariamente comparables. La segunda, que las encuestas de hogares en las que se basan las mediciones se realizan con muy diferente periodicidad entre países. La tercera es que en realidad, hay muy pocos esfuerzos dedicados a la recopilación sistemática de indicadores comparables de desigualdad. No obstante, se cuenta con la base Standardized World Income Inequality Database y con la base de datos del Banco Mundial conocida como World Development Indicators. Ambas presentan cifras de desigualdad relativamente homogéneas para un periodo reciente y para una muestra amplia de países. En la Standardized World Income Inequality Database, con datos de entre 2008 y 2012, México tiene un Coeficiente de Gini de 0.441
cuando el promedio es de sólo 0.373. En otras palabras: México tiene mucha más desigualdad que el promedio de todos los países en la muestra. De hecho y al ordenarlos de menor a mayor nivel de desigualdad, México ocupa el lugar 87 de 113 países; el 76% de los países de esta muestra presentan menor desigualdad de ingreso. La segunda base de datos—para 132 países—confirma estos resultados. Aunque las cifras son más dispersas en el tiempo, se incluyen las más recientes de 2000 a la fecha. Aquí y con una metodología l i ge ra m e nte distinta, México tiene un Coeficiente de Gini de 0.483, mientras que el promedio de los otros países es de sólo 0.404. En términos por-
centuales, la diferencia es similar a la primera base de datos. Al ordenar a los países por desigualdad ascendente, México ocupa el lugar 107 de 132; es decir, 80% de los demás países tienen menor desigualdad. En ambos casos, México está dentro del 25% de los países con mayores niveles de desigualdad en el mundo. Evolución de la desigualdad en México La Gráfica 1 muestra la evolución
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de la desigualdad en México en las últimas tres décadas. Las cifras provienen de dos fuentes alternativas que han hecho un esfuerzo por obtener estimaciones comparables a través del tiempo: la base de datos del Centro de Estudios Distributivos, Laborales y Sociales (CEDLAS) que en conjunto con el Banco Mundial mantienen la Socio-Economic Database of Latin America and the Caribbean (SEDLAC), y la OECD Income Distribution Database de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Así, las discrepancias han dado lugar a múltiples demandas de acceso a fuentes de información alternativas para obtener mayor claridad de lo que realmente ocurre en las esferas altas de la distribución en nuestro país. A falta de información oficial al respecto, se ha optado por otros caminos: a saber, las declaraciones fiscales. Así, de manera indirecta, a través de métodos estadísticos, se obtienen estimaciones de lo que podría suceder en esa franja de la población—por demás inobservada—de México.
Aunque con algunas variaciones, el nivel y la trayectoria de las dos mediciones alternativas son muy similares. La gráfica muestra dos resultados conocidos: 1) que entre mediados de los noventa y 2010 disminuyó significativamente la desigualdad del ingreso en México, y 2) que al menos, con base en los datos de la OCDE en 2012, la magnitud de la desigualdad en México es mayor de lo que era a principios de los ochenta. La reciente reducción de la desigualdad en México se ha atribuido a tres factores principales: a las remesas que reciben los hogares mexicanos de bajos ingresos (principalmente en zonas rurales); a la mejor focalización de algunos programas sociales (en particular Prospera, antes Progresa u Oportunidades); y a una menor desigualdad en los ingresos salariales
Esta información resulta particularmente importante para el propósito de este estudio, pues sin duda es más relevante como medida del grado de captura económica—y política—de las élites de este país. Lo anterior lo han hecho Campos, Esquivel y Chávez (2014, 2015).
Si bien en México resulta innegable una mejoría en la distribución del ingreso entre los hogares que forman parte de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGHs), en la medida en que las encuestas en las que se basan estas estimaciones no capturen correctamente el ingreso de las personas en la parte más alta de la distribución, las cifras no reflejarán de manera certera el verdadero estado de la distribución total del ingreso en México Otro problema con estas cifras reside en que la tendencia decreciente de la desigualdad no parece ser compatible con otros aspectos por demás conocidos de la economía mexicana. En particular, que en las últimas dos décadas han coincidido dos eventos dicotómicos: crecimiento del ingreso per cápita y estancamiento de las tasas de pobreza en el país. Esto sólo se explica si el crecimiento del ingreso se concentra en la parte superior de la distribución del ingreso, situación incompatible con la reducción de este aspecto de desigualdad.
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EL VERDADERO TAMAÑO Y EVOLUCIÓN DEL DECIL SUPERIOR DEL INGRESO EN MÉXICO Campos, Esquivel y Chávez (2015) han reestimado el ingreso correspondiente al decil de mayores ingresos en México para todo el periodo 1992-2012. El método de estimación se encarga de corregir las cada vez mayores discrepancias entre los datos provenientes de las encuestas de hogares y los de las cuentas nacionales. Esta diferencia debe reasignarse a lo largo de toda la distribución del ingreso. Para ello se requiere de algunos supuestos razonables. En particular, los autores utilizan como referencia a países como Chile, Colombia y Uruguay, donde los ingresos y distribución son relativamente similares, y para los cuales se cuenta con información tanto de encuestas de hogares como de datos fiscales.8 Un objetivo fundamental de este procedimiento fue obtener una estimación más realista de la distribución del ingreso y no aquélla que se obtiene a partir de las encuestas de hogares. Los datos obtenidos se muestran en la Gráfica 2.
Los resultados son tan interesantes como reveladores. El porcentaje del ingreso que corresponde al decil superior no sólo es mucho más elevado— alrededor de 60% versus una participación sin ajustar cercana al 45%—sino que su tendencia es exactamente la contraria a la que se obtiene con Los datos originales.9 El porcentaje aumenta en vez de disminuir. De hecho, el tamaño del ajuste en la tendencia es de la misma magnitud, aunque en sentido contrario: mientras que en los datos originales la participación del ingreso del decil más alto cae en 7.3 puntos porcentuales entre 1992 y 2012, con el ajuste medio el aumento en dicho porcentaje, en el mismo periodo, es de 7.7 puntos porcentuales (5.9 en el caso del ajuste inferior y 9.5 con el superior). EL 1% DE MAYORES INGRESOS El otro resultado relevante obtenido con una metodología parecida es el que reportan Campos, Esquivel y Chávez (2014). En dicho trabajo, para el año 2012, se muestra una primera estimación del porcentaje del ingreso total que le corresponde al 1% de la población de mayores ingresos de México. Este resultado se muestra en la Gráfica 3 junto con cifras para otros países. La información de los otros países proviene de las declaraciones fiscales. De nuevo, las cifras revelan que México es el país de la muestra en donde al 1% más rico le corresponde un mayor porcentaje del ingreso total (21%). En otros países, este porcentaje fluctúa en un promedio cercano al 10%. Una vez más, el ejercicio revela—o por lo menos sugiere—el importante grado de concentración del ingreso en el país.
LA DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA EN MÉXICO Todo lo analizado hasta ahora corresponde sólo a la distribución del ingreso; ¿la razón? No hay cifras oficiales sobre la riqueza en México. Lo que sí hay son algunas estimaciones no oficiales. El Global Wealth Report 2014 de Credit Suisse (2014), por ejemplo, señala que el 10% más rico de México concentra el 64.4% del total de la riqueza del país.10 El porcentaje se ubica alrededor del promedio del grupo de países incluidos en dicho reporte, aunque está ligeramente por encima del porcentaje del ingreso que corresponde a la misma población tanto en las cifras originales de la Encuesta de Hogares como en los datos ajustados Por otro lado, un reporte de WealthInsight (2013) revela que en 2012, había en México 145,000 individuos con una riqueza neta superior a un millón de dólares (sin incluir el valor de su residencia habitual). En conjunto, sus riquezas ascendían a un total de $736 mil millones de dólares. Estos millonarios—representantes de menos del 1% de la población total—concentraban en ese año alrededor del 43% de la riqueza total del país. El reporte de Wealth Insight señala que la riqueza de estos millonarios excede por mucho el promedio que corresponde a los millonarios de otros países, quienes concentran apenas el 29% de los recursos de sus respectivos países. El reporte asimismo señala que el número de millonarios en México creció un 32% entre 2007 y 2012; tendencia que contrasta, como el blanco y el negro, con la reducción de 0.3% a nivel mundial en ese mismo periodo.
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EL T.E.T. RATIFICA LA VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE MUNICIPAL DE NACAJUCA FRANCISCO LOPEZ ALVAREZ En los juicios de inconformidad 09 y 15, acumulados, promovidos por MORENA y PVEM, respectivamente a fin de controvertir el resultado de la elección de Presidente Municipal y Regidores por el Principio de Representación Proporcional del Municipio de Nacajuca, Tabasco. En el primer juicio la pretensión de MORENA, es que se declare la nulidad de la elección, al considerar que ésta se vio afectada por una serie de conductas irregulares cometidas de manera reiterada y sistemática por el candidato del Partido Acción Nacional Francisco López Álvarez y que se anule la votación recibida en 48 casillas, por la causal consistente en recepción de la votación por personas u órganos distintos a los facultados por la Ley. Por su parte el Partido Verde Ecologista de México, impugna 68 casillas por la causal de nulidad. Por lo anterior se acordó modificar los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de Presidente Municipal y Regidores por el Principio de Mayoría Relativa del Municipio de Nacajuca, Tabasco, y confirmar la declaración de validez y entrega de la constancia de mayoría correspondiente a la planilla de regidores que encabeza el C. Francisco López Álvarez, como presidente municipal propuesto por el Partido Acción Nacional
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MAYOR ENDEUDAMIENTO A TABASCO. POR JUICIOS ORALES
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l pleno del Congreso del estado aprobó el pasado 15 de julio del 2015, un dictamen donde se autoriza al gobierno de Tabasco, la contratación de un crédito por 626 millones 329 mil 857 pesos con (Banobras), a pagar en un plazo de 20 años, para la ejecución de 46 proyectos relacionados con la implementación del nuevo sistema de justicia penal. Dicha forma y tiempo transexenal de pago ha sido aprobada en forma similar a la que establecieron gobiernos priistas en su momento. La aprobación se dio con el voto a favor de 32 diputados locales del PRD, PRI, PVEM, PT y otros partidos, y uno en contra del independiente Roger Arias García. La construcción de infraestructura y el equipamiento estará a cargo de la Fiscalía General del Estado, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), el Instituto de la Defensoría Pública y otras dependencias. Colegios de Abogados, exigierón se haga pública la lista de 46 proyectos que se pretenden ejecutar. Lo cual hasta la presente fecha de publicación de este artículo se desconoce. En este momento, la deuda pública a largo plazo del gobierno de Tabasco es de alrededor de seis mil 023 millones de pesos. Una vez que se concrete la contratación del nuevo empréstito, los pasivos estatales superarán los seis mil 649 millones de pesos, cifra otorgada por una fuente que pidió el anonimato. Diversas entidades federativas han contraído elevados montos de deuda no registrada, que han sido identificadas por el consejo de estabilidad del sistema financiero, por medio de fuentes secundarias. Es importante mencionar que el monto anterior, no considera el endeudamiento publico dejado por la administración granierista, y que el estado ha absorbido por mandato de sentencias judiciales. No siendo el monto anterior definitivo, sino que pudiera ser mayor. El gobierno del estado señalo que la deuda será pagada con recursos de la federación provenientes de un fideicomiso del nuevo sistema, del cual ya han hecho uso otras entidades. Tabasco pagará únicamente los intereses a tasa fija que se generen. Por su parte el secretario técnico de la Comisión Interinstitucional para la Implementación del Sistema de Justicia Penal en el Estado de Tabasco (CIISJUPET), Jorge Arzubide Dagdug, quien por cierto no es abogado, señaló que la tasa estaba en alrededor del 9 por ciento anual. El nuevo modelo de justicia penal se encuentra establecido de una manera precaria en los municipios de Macuspana, Cunduacán, Jalapa, Tacotalpa, Teapa, Paraíso y Centla. Quedan pendientes Nacajuca, Jalpa de Méndez, Comalcalco, Tenosique, Balancán, Emiliano Zapata, Jonuta, Huimanguillo, Cárdenas y Centro. Para muchos abogados este préstamo al estado se encuentra fuera de tiempo, derivado que la implementación del nuevo sistema de juicios orales en México, que entrara en vigor para el próximo mes de junio del 2016, no tienen elaborados los proyectos de infraestructura que se necesitan para su utilización antes de la entrada en vigor el mismo. Aunado a lo anterior se ha omitido la capacitación, y el adiestramiento a un noventa por ciento de los abogados litigantes en el estado, aspectos prioritarios para dicha implementación de los juicios orales.
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fiscalia cuidadana
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DR. normando xavier granados maldonado
n tabasco, un grupo de intelectuales, académicos e investigadores del ámbito justicia y sociedad, hemos atendido una serie de reuniones, convocados básicamente por nuestra inquietud y zozobra por el estado fracturado de derecho, la perspectiva de un estado falli-do y sobretodo, por la inconformidad social evidente, derivada de los resultados del proceder inepto, ineficiente, no profesional y descuidado de sus burócratas, reflejado en un perceptible cumulo de opiniones de ciudadanos en medios de comunicación y redes so-ciales, que dejan evidente un concepto social generalizado de inconformidad, ante un gobierno falto de representación de sus mandantes y emplead-
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ores, y sobre todo sin prospectivas de cambio. La fiscalía ciudadana, con base en la formación académica de quienes la integramos, nos ha permitido metodológicamente diseñar parámetros de solución a la problemática actual de gobernabilidad estadual, pero nos reclama la existencia de un ente desvinculado de la estructura y presupuesto gubernamental, con autonomía, imparcialidad y sobre todo, con-formado por especialistas jurídicos, sociólogos, humanistas y estadistas, que unan sus ámbitos de expertice en un esfuerzo único, homogéneo, dedicado y capaz, de apreciar el presente gubernamental y sus acciones, evaluarlo, investigarlo y
apoyarlo para que re-suelva sus deficiencias, a través de propuestas académicas estructuradas, así como tam-bién, poder coadyuvar en soluciones viables, o denunciar los errores o impericias, así como los delitos mismos que se cometan con motivo del servicio público. la idea de ser un ente ciudadano, lo motiva su naturaleza imparcial y confiable, y se funda adecuadamente en la misma constitución mexicana, la que dentro de los derechos básicos e inalienables del mexicano, permite la libre asociación legal, el acceso a la información gubernamental, la expresión de ideas y opiniones de forma respetuosa y fundada, detonando la opción de que el pueblo vigile, investigue y
opine o dictamine, la probidad del servicio público en su empleados y organismos. JUSTIFICACION: En el entorno actual, la naturaleza social del hombre, como ser pensante y civilizado, ha decidido coexistir de forma gremial, y mediante la evolución de los sistemas estaduales y políticos, se ha configurado en una célula base de todo estado, y como parte integrante e indefectible de él: “la sociedad”, la que es el origen y la razón de todo ente político guber-namental, y que de hecho, se derivan de ella como resultado de un pacto social y legal, que les permite regular su armonía y sobre todo, su certeza de éxito. la designación autónoma y soberana de crear una estructura organizacional de carácter administrativo y gubernamental, fue del pueblo mexicano, la cual se encargara de la recto-ría mandatada por la sociedad, depositando en ellas su confianza, pero con la oportunidad de vigilarla y evaluar su desempeño, para que cumpla sus intereses y necesidades. FUNDAMENTACIÓN: En México la constitución federal es la base
jurídica de cualquier acto, hecho y relación jurídica, tanto entre ciudadanos como entre estos y su gobierno, impeliendo su respeto y obligatoriedad para todos los sujetos de derecho como para los operadores jurídicos, por ello y con base en los principios de supremacía constitucional y control difuso de ésta, consagrados en el artículo 133 de la misma, y el principio de convencionalidad, base y justificación de la implementación, aplicación y protección de los derechos humanos y pre-rrogativas consagrados en los tratados, convenciones y protocolos internacionales, firma-dos por México a través de su poder ejecutivo y ratificados por el senado, generan una amplia gama de protección legal inalienable al mexicano, y a cualquier individuo que ingre-se a terreno nacional. Con base específicamente en ello, la organización gubernamental se deriva de la constitu-ción, y proviene del ejercicio soberano del pueblo constituido por todos los habitantes y ciudadanos de los estados unidos mexicanos. Por consecuencia, si todo poder dimana del pueblo, éste posee la autoridad para su designación, su modificación y supervisión de desempeño, como una instancia garantista, y
LA MESA DE PERIODISTA Y EL DR. NORMANDO XAVIER GRANADOS MALDONADO
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como empleadores de aquellos individuos denominados servidores públicos, que ejercen la autoridad por mandato de la constitución pero precisamente acotados por ella, sujetos invariablemente a sus principios, que impli-can el respeto inalienable de los derechos humanos y ciudadanos. La secuencia básica previa que nos otorga la oportunidad de cívica, legal, respetuosa y responsablemente asociarnos como ciudadanos, con la finalidad de observar, investigar, opinar e incluso denunciar el mal o ilegal desempeño del poder público, son los numerales 1, 4, 6, 7, 8, 17, 35, 39,
mismo.
VISION:
Encontramos una sociedad con necesidades y demandante, que puede ser activa y efectiva, pero con la capacidad de ser asesorada y orientada, para alcanzar sus objeti-vos y sobreponerse a la injusticia, a través de los mecanismos y derechos que le brin-da la ley. OBJETIVOS: Vigilar, investigar e inspeccionar el funcionamiento gubernamental y estadual. Sugerir, evidenciar y denunciar practicas deficientes e irregulares en el ejercicio del servi-cio público. Recibir denuncias civiles no anónimas, investigar y representar quejas ciudadanas. Ofertar consultoría y asesoría a entes gubernamentales y no gubernamentales.
40, 41 y 102 constitucionales, así como los instrumentos interna-cionales descritos y nominados a continuación: Vigilar el desempeño de las autoridades y dependencias gubernamentales, con el afán de señalar los eventos no ideales, no legales o de riesgo, forzando el cumplimiento de sus obligaciones para con la sociedad. de igual forma ofertar el servicio y la consulto-ría que pudieran requerir tanto ciudadanos (gratuitos), como el estado
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Difundir la cultura de la legalidad, la transparencia gubernamental, la rendición de cuentas, el acceso a la información y la denuncia ciudadana. Vincular de forma efectiva e interactiva a la sociedad, con los órganos gubernamentales y las instancias de denuncia ciudadana, así como de derechos humanos y constitucionales.
plena autonomía para dictar sus fallos que tengan a su cargo y dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública estatal y los particulares estableciendo las normas para su organización, su funcionamiento el procedimiento y los recurso contra sus resoluciones” y en relación con este argumento añadiríamos el 122 fracción quinta; legislar en materia de derecho al acceso a la información y aquí se establece expedir la ley orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo para el Distrito Federal, que recordaran ustedes no es un estado de la republica si no es una entidad federativa, que lucha por convertirse en estado de la Republica, pero nada más, en otras palabras que queda claramente re-
tencioso Administrativo de Yucatán contra el Poder Judicial de Yucatán, y es para mí una muy sólida sentencia, en que va demostrando con todo detalle, porque debe ser considerados como autónomos e independientes los Tribunales de lo Contencioso Administrativo o sea en esta resolución se definió, la sentencia en favor de la autonomía e independencia de los Tribunales y se va haciendo un estudio muy detallado, nada más destaco algunos puntos principales como se advierte la reforma judicial de 1987 busco perfeccionar el estado de derecho y los mecanismos procesales que lo hacen efectivo, viéndose en los Tribunales de lo Contencioso Administrativo una pieza esencial del sistema actual de impartición de justicia en México que debía estructurarse completa e integralmente al señalarse en los artículos 116 fracción quinta de la carta magna que las Constituciones y las leyes de los Estados podían instituir Tribunal de lo Contencioso Administrativo, dotados de plena autonomía para dictar sus fallos. Añado la anécdota, cuando aparece como candidato a la Presidencia de
fortalecimiento y autonomia e independencia de los tribunales de lo contencioso administrativos Ministro en Retiro Mariano azuela Guitron
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o perdamos de vista otros artículos también muy importantes, los poderes Estatales, Legislativos, Ejecutivos y Judicial así como los organismos con autonomías reconocidas en sus Constituciones locales, deberán de incluir en sus proyectos de presupuesto los tabuladores desglosados de las regulaciones que se propongan y reciban los servidores públicos, porque mucha de la independencia de los jueces radica, en remuneraciones adecuadas, estas propuestas están en las legislaturas, continua el argumento con el artículo,” la fracción quinta del artículo 116 de la Constitución, en donde dice, las Constituciones civiles de los Estados como ya se apuntó, podrán instituir Tribunales de lo Contencioso Administrativos dotados de
spaldado el sistema de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo en textos expresos de la Constitución, insisto ojala que en estas reformas se trate de abolir ese recurso de revisión que se introdujo por la puerta falsa. Se han hecho ya referencia en un magnifico estudio que realizo el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco donde va haciendo referencia de toda una serie de argumentos, y en uno de estos elementos de juicio hace referencia a un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o sea que este tema ha sido ya examinado directamente por la primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la controversia constitucional 93/,2007 del Tribunal de lo Con-
la Republica Miguel De La Madrid Hurtado que había sido Mtro. de Derecho Constitucional en la Universidad Nacional Autónoma de México el trató de mejorar el sistema de impartición de justicia, y todavía como candidato a la presidencia, creó comisiones sobre temas que pudieran ser llevados a la Constitución, en aquella época, época de un partido poderoso, pues todo se hacía muy fácilmente y no llamaba la atención, porque la comisión de justicia que funciono en esa etapa previa de un candidato, era una persona que era Enrique Álvarez del Castillo que era ministro de la Suprema Corte, imagínense ustedes hoy con la transparencia y con la rendición de cuentas el escándalo que se habría hecho, y a nadie le extraño, y el inicio con los trabajos, me
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habló por teléfono y me dijo pues quiero que participes en la comisión y yo pensé, que era magistrado del Tribunal Fiscal, quiere que yo participe en torno a mejoras en el sistema de justicia administrativa, cuando aquí se lo presente, me dijo el no, los Tribunales de lo Contencioso Administrativo funciona muy bien y no hay por qué pensar en reformas en esa materia, quiero que me apoyes haciendo un análisis de lo que sería la justicia popular, un poco la justicia de barandilla y bueno trabaje en ese tema, esto se reafirmó cuando todavía dentro de la campaña por los tiempos electorales resulto candidato al gobierno del Estado de Jalisco Enrique Álvarez del Castillo, entonces se fue, quien lo sustituyo otro ministro de la Suprema Corte don Antonio Rocha Cordero, un hombre incluso muy cuidadoso del orden, recuerdo que nos citó a los miembro de la comisión a tal hora, en tal sitio, a la hora indicada éramos probablemente una cuarta parte de los miembros de esa comisión y dijo don Juan Antonio Rocha siendo la hora señalada para iniciar nuestra comisión la integramos los que están presentes y los demás no volv-
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erán a ser convocados, y entonces fue una comisión que trabajo muy cuidadosamente y en esa comisión si se estableció, por lo menos una pieza esencial, que es lo que repite la sentencia de la Corte, del sistema de impartición de justicia mexicano es precisamente la de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo. Destaco también lo siguiente, por otra parte la Constitución Federal en su artículo 16 fracción V establece claramente que la competencia de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo a nivel local, será únicamente dirimir las controversias que se susciten entre la Administración Pública Estatal y los particulares, lo que significa que ejercerían su jurisdicción únicamente dentro del ámbito administrativo, y ha esto añado la cita de algunos antecedentes históricos, que vienen a fortalecer esta situación, pues con esto estaría recorrido, hay algo que se sepa en relación al Tribunal Federal de Justicia Fiscal Administrativa pero que ya vendría hacer reiterar algo de lo que he hemos dicho. Para mí es fundamental, y yo lo titu-
laría Tribunal Fiscal de la Federación un ejemplo a seguir, el Tribunal Fiscal de la Federación surge, como el primer Tribunal de lo Contencioso Administrativo actuante, lo de la ley de Lares fue una aventura transitoria en nuestro México, y cuál fue la mentalidad como actuaron sus magistrados, al inicio estaba integrada por quince magistrados, cinco salas, el presidente formaba parte de una de las salas, y ahí es donde vamos advertir que simplemente el desarrollo de este Tribunal va revelando su fortalecimiento, en un momento se tuvieron que añadir dos salas, más, siete salas, de pronto se dio a dar una transformación del Tribunal Fiscal de la Federación y el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa lo que al principio eran unos cuantos magistrados, de pronto se transforma en un Tribunal que incluso próximamente va a crear salas en toda la Republica ya tiene el presupuesto aprobado, se van a designar cuarenta o cincuenta magistrados para lo que es la Justicia Administrativa Federal sea sólido, ¿esto cómo se logra? Pues se logra en primer lugar, con el prestigio de los magistrados, a la Suprema Corte han
llegado once magistrados del Tribunal Fiscal de la Federación a ver si a mis años los recuerdo, el primero eminentemente Mariano Azuela Rivera mi padre, el segundo Ángel González de la Vega, el tercero Enrique Martínez Ulloa, el cuarto Carlos del Río Rodríguez el quinto Anastasio González Martínez, el sexto Mariano Azuela Guitaron , el séptimo Juan Díaz Romero, el octavo Fausto Moreno Flores, el noveno Genaro Góngora Pimentel y aquí el décimo y onceavo los dejo para la investigación ustedes realicen, pero son personas que estuvieron en el Tribunal Fiscal de la Federación y que después llegaron a proyectarse de algún modo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, casi hasta se tenía ya la regla de que alguno de los ministros que llegaran fueran anteriormente magistrado o secretario del Tribunal Fiscal de la Federación y ahora Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Esto también fue posible por algo que apreciaron los magistrados fundadores, cuando yo llegue en el año de 1981 al Tribunal, en uno de los asuntos que se dieron en el pleno yo lo estudie y me pareció que la autoridad tenía la razón, sostuvo ese punto de vista y pidió la palabra uno de los magistrados más antiguos Rubén Aguirre y más o menos lo que dijo fue lo siguiente, entiendo que el joven magistrado precisamente en razón de su edad no se ha dado cuenta que este Tribunal se estableció en defensa de los gobernados obvio quizás también por la inmadurez de mi edad, pedí nuevamente la palabra y dije más o menos, yo me imaginaba que los jueces no están para favorecer a ninguna de las partes si no para resolver conforme al derecho y la justicia, pero me quede pensando y advertí no solamente esta intervención del magistrado Aguirre, si no advertí otras situaciones que yo conocía y que rebelaban en buena medida, sobre todo al inicio del Tribunal para prestigiar a este Tribunal era necesario el mostrarle al pueblo que era un Tribunal autónomo independiente de la Secretaria de Hacienda, y narro rápidamente a algunas anécdotas . Mi padre fue presidente del Tribunal Fiscal de la Federación, y en aquella época los jueces tenían remuneraciones muy pequeñas lógico, cuando entraba un nuevo presidente lo iban a ver los compañeros magistrados y les decían puedes gestionar ante el Secretario de Hacienda que mejore nuestras remuneraciones, el Secre-
tario de Hacienda, era un prestigiado abogado experto en finanzas Ramón Beteta, lo fue a ver mi padre, iba mi padre pues un poquito preparado para que le dijera que no pues se llevó la gran sorpresa Ramón Beteta le dijo, dígale a sus compañeros magistrados que a partir del próximo mes se tendrá una mejoría significativa a sus remuneraciones, y lo hacemos y lo hago y lo apoyo, porque para la Secretaria de Hacienda es extraordinario que exista ese Tribunal, porque evita el influyentísimo, porque evita que llegue un amigo y le diga tu que eres el Secretario de Hacienda revoca la resolución, yo simplemente lo digo si tú crees que tienes razón ve al Tribunal Fiscal de la Federación y nosotros acataremos de inmediato la decisión si te favorece, el propio Secretario de Hacienda veía con un gran sentido jurídico la importancia del Tribunal, formaba yo parte de una Asociación Civil de una Universidad, la Universidad Iberoamericana y otro de los miembros era Crescencio Ballesteros un Ing. muy prestigiado, estuvo al frente de muchas obras que se realizaron en México y un día ante mi sorpresa, como dicen en la plática previa, a los problemas que se iban a ventilar, dijo sin saber que yo era magistrado del Tribunal Fiscal, miren fíjense que hemos tenido un problema fiscal muy serio, y fui a ver al Secretario de Hacienda, y el Secretario de Hacienda me dijo, no se preocupe usted vaya al Tribunal Fiscal y si tiene la razón, se la va a dar el Tribunal, y lo dijo, como si el Tribunal fuera dependiente del Secretario de Hacienda, el Secretario de Hacienda me dijo esto y luego me dieron la razón obviamente como se dice popularmente yo brinque, y le dije don Crescencio yo creo que usted a entendido mal, llevó varios años en el Tribunal Fiscal y nunca he recibido ninguna sugerencia, ni ninguna presentación por parte de la Secretaria de Hacienda, que tienda a buscar el sometimiento al Tribunal, el sometimiento del Tribunal a la Secretaria. Hay una anécdota un poco curiosa, quienes desempeñan la función jurisdiccional probablemente estarán de acuerdo conmigo en que, no es necesario estar en la oficina para que este uno trabajando, a veces incluso cuando esta uno con algún rezago lo mejor es quedarse en la casa encerrarse y ahí tener un trabajo listo, a través de quien se pedían los aumentos a la Secretaria de Hacienda, no solo aumentos en remuneraciones, si no aumentos del personal, a través del Ofi-
cial Mayor de la Secretaria y coincidía que en ese momento el Oficial Mayor había sido magistrado del Tribunal, y un día probablemente para tener algún pretexto y no apoyar al Tribunal, llego a las ocho de la mañana y se encontró solamente a un magistrado, que tenía la costumbre de ir de ocho a nueve, eso por lo menos propicio que nos enteráramos que había ido el Oficial Mayor, pues debo decirles, que de inmediato se produjo un revuelo entre todos los magistrados, fueron a ver al Presidente del Tribunal y le exigimos porque yo estaba entre ellos, ir a ver al Secretario de Hacienda para protestar enérgicamente por la intromisión de un Oficial Mayor de la Secretaria, en la autonomía del Tribunal, y así se hizo y cuál fue la reacción en ese momento el Secretario de Hacienda no don Ramón Beteta sino Mario Ramón Beteta que era probablemente hijo o sobrino de Ramón Beteta, pues lo que hizo fue invitarlo a una extraordinaria cena, que obviamente tuvo que pagar el Oficial Mayor y ahí ofreció una disculpa al Tribunal Fiscal por la intromisión que había tenido el Oficial Mayor de la Secretaria de Hacienda, y eso no volvió a suceder. Como estas anécdotas tendrían otras muchas, qué revelarían como el Tribunal Fiscal siempre ha tratado de sostener su independencia y autonomía frente a la Secretaria de Hacienda y en su desarrollo frente a las dependencias del Ejecutivo, cuyos actos examina. Bueno una anécdota muy personal. cuando fui presidente del Tribunal en el año de 1981 coincidió con los 45 años, el Tribunal ya se había transformado, de ese Tribunal que solo existía en el Distrito Federal se había dado una regionalización del mismo, y había salas en distintos lugares de la República, esto se dio probablemente en el año de 1988, en 1978, era la regionalización del Tribunal y había una Sala Superior, quedamos algunos de los magistrados del anterior sistema en la Sala Superior y teníamos que decidir dónde íbamos a trabajar en qué oficina, en qué edificio, quien iba a darnos el apoyo pues la Secretaria de Hacienda y en la Secretaria de Hacienda estaba como subsecretario de ingresos un hombre que respetó mucho al Tribunal Fiscal como lo van a ver ustedes en seguida, que era el Lic. Salvador Trueba Rodríguez el presidente del Tribunal le dijo, sería conveniente que tuviéramos una reunión para presentar nuestros requerimientos económicos para echar a andar el día tal la Sala Superior del Tribunal y la Sala del Regional, y estuvo de acu-
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erdo, y entonces quienes eran presidentes de Salas nos reunimos con el presidente del Tribunal y formulamos algo similar en lo que materia de trabajo son los pliegos de petición, y naturalmente nosotros aspirábamos a una cantidad y señalábamos el doble para entrar en la negociación y al menos llegar a los que verdaderamente considerábamos que debería ser, bueno, esto lo hicimos en todos los apartados y llegamos al dialogo con el Subsecretario de Ingreso, y nos dijo bien, que me traen ustedes, pues se le entrego el documento, bueno está muy bien y como que nosotros íbamos preparados para el combate y alguien me dijo pero no tiene ninguna observación, y dijo el, el Tribunal es un Tribunal autónomo, ustedes han considerado que esto es lo que necesitan cuenten ustedes completamente con ello, y salimos imagínense ustedes con una satisfacción extraordinaria y con un gran reconocimiento a ese Subsecretario que posteriormente yo tuve que tratar cuando era Presidente del Tribunal, y ahí a lo mejor me equivoque, pero pensé que era preferible asumir una actitud de independencia, que tener una medida precipitada que se había manejado en la Secretaria de Hacienda, llegamos al mes de diciembre y como en estos casos pues uno debe de tener sus contactos para saber que sucede, de pronto me entero que se había presentado una reforma a la ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, en la que se transformaba el Tribunal pleno de lo Contencioso Administrativo, y eso me pareció que por un lado era una de las aspiraciones que tenía el Tribunal, pero por otro lado era la Secretaria de Hacienda la que estaba presentando la iniciativa, y ahi no dude también con ese espíritu de la independencia del Tribunal debí
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inmediatamente hablar con el Subsecretario de Ingresos que era quien llevaba las relaciones con el Tribunal, y le dije mire está aconteciendo esto, también él se sorprendió porque esto se había originado en la Procuraduría Fiscal de la Federación, razón demás para oponerme por que quien precisamente vela por los intereses de la Secretaria es esta dependencia. Y finalmente intervino el Subsecretario, se echó para atrás la presentación de esa iniciativa e incluso la mayoría de los magistrados ni si quiera llegaron a saberlo. Posteriormente cuando esto se da, se da porque es el propio Tribunal cuando empieza a trabajar la iniciativa, que le den esa fortaleza, todo esto va revelando que es el Tribunal que fue el Tribunal original de lo Contencioso Administrativo a justificado ampliamente en todo su desarrollo, que el que estamos ante una jurisdicción propia y especial, y para concluir diría algunas palabras en lo que para mí podía llevar este título, Tribunales de lo Contencioso Administrativo su disminución de aniquilamiento o fortalecimiento y excelencia en los mismos, yo pienso que cualquier medida que tiende a disminuir a los Tribunales de lo Contencioso Administrativos, sustancialmente los va aniquilando, porque estos Tribunales deben de funcionar con esas características, con esos atributos que hemos señalado, podrá hacer transitoriamente una disminución, pero finalmente es un aniquilamiento porque ya no son Tribunal de lo Contencioso Administrativo, pero también se da el fortalecimiento y ese fortalecimiento exigen, que se den no solamente atributos en la ley que lo rigen o en la Constitución que lo respalda, si lo exige que cada magistrado y cada una de las personas que
trabajen en el Tribunal pongan en práctica por un lado el cumplimiento estricto a las leyes que lo rigen, y en segundo lugar y muy importante en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa lo tiene, se cumplan con los principios de éticas en materia de impartición de justicia, que son los que van a dar esa excelencia y ese brillo a los tribunales, en el Tribunal existe un código de ética especifico, se creó una comisión de ética que conoce de problemas relacionados con esa excelencia en primera instancia, existe una junta de honor que en este momento me honró en presidir que ven los asuntos extraordinarios en la materia, o asuntos que por algún motivo no pueden resolver la comisión de ética, esto es lo que finalmente ayuda a dar prestigio a los Tribunales, en la Constitución hay un artículo que se habla de los atributos de los jueces, la independencia, la imparcialidad, la objetividad, el profesionalismo y la excelencia, y en el Poder Judicial Federal la excelencia se traduce en todas las virtudes y valores propio de la ética judicial, que se especifica en el código respectivo, se trata pues, no de pedir algo ajeno a la función, los Tribunales de lo Contencioso Administrativo precisamente por estar dentro de la esfera de los poderes Ejecutivos, deben de gozar con mayor nitidez de esa autonomía y de esa independencia, pero sus integrantes deben de respaldarlo con esa conducta que es la que finalmente les va a dar el verdadero prestigio, pues ojala que recordar el aniversario de este Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Tabasco sirva para reflexionar en estos temas y se evite lo que desgraciadamente se llega a reflejar en ese tipo de reformas precipitadas que para mí sería un formalismo demagógico intrascendente, es que hay tres poderes y hay poder público, debe de ser de esos tres poderes o un gigantismo burocrático ineficiente, vamos a tener una estructura muy grande y lo único que sucede es que se vuelve algo burocrático que no funciona debidamente por que sucede esto, pues porque para mí, de repente surgen los genios del momento con oportunismo político, pienso que en México se ha avanzado y que son los propios jueces, que son los propios integrantes de Tribunales de lo Contencioso Administrativos quienes deben de influir en el mejoramiento de estas instancias a través de las reformas legales o reformas constitucionales correspondientes, que mis palabras sean motivadoras para conseguir esos objetivos.
El TFJFA Crea Nueva Sala Especializada en Comercio Exterior
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endrá por sede la ciudad de Xalapa y competencia territorial para Tamaulipas y Veracruz. Simultáneamente se crearon nuevas Salas Regionales con sede en Toluca, Pachuca, Tlaxcala, Región Golfo y la Quinta Sala Auxiliar en Xalapa. El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa anunció, a través de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, la creación de cinco nuevas Salas Regionales, más una auxiliar, entre las que se cuenta una Sala Especializada en Comercio Exterior, con sede en la ciudad de Xalapa, Veracruz. La necesidad de esta Sala Especializada en Comercio Exterior deriva de la constante diversificación de la actividad económica del país, lo que requiere dar atención a las demandas en materias específicas que por su grado de complejidad y tecnicismo deben ser tramitadas y resueltas por servidores públicos que cuenten con el conocimiento y la experiencia pro-
fesional de la materia que se trate. Como parte de su especialización, el Tribunal ya contaba con tres Salas Especializadas: en Materia de P ro p i e d a d Intelectual, en Juicios en Línea y en Materia A m b i e nta l y de Regulación. Sin embargo, el 30 de octubre de 2014 la Cámara de Diputados emitió un punto de acuerdo exhortando al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para que llevara a cabo un análisis de factibilidad para la creación de Salas Especializadas en materia de Comercio Exterior, a fin de establecer dichas Salas en las regiones que así lo ameriten, punto de acuerdo que fue publicado en la Gaceta Parlamentaria del 27 de noviembre de 2014. Así mismo, se tomó en cuenta que el Ejecutivo Federal se ha propuesto impulsar las importaciones y exportaciones en el país, mediante la construcción de tres corredores económicos interoceánicos multimodales. El del Norte, que va de Mazatlán a Matamoros y a Altamira; el del Centro, que une a Manzanillo y Lázaro Cárdenas con Veracruz y Tuxpan; y el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, que va de Salina Cruz a Coatzacoalcos, donde además se proyecta desarrollar una zona económica especial. Así surgió la necesidad de la creación de la Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior, que tendrá com-
petencia territorial limitada a los Estados de Veracruz y Tamaulipas, con competencia material para tramitar y resolver los juicios que se promuevan contra las resoluciones definitivas y actos a que se refiere el artículo 14, fracciones I, II, III, IV, X, XI, XII, XIII, exclusivamente cuando el acto impugnado se funde en un tratado o acuerdo internacional en materia comercial, suscrito por México, o cuando el demandante haga valer como concepto de impugnación que no se haya aplicado en su favor dicho tratado o acuerdo; XIV, penúltimo y último párrafos de la Ley, dictados con fundamento en la Ley Aduanera, en la Ley de Comercio Exterior, así como en los demás ordenamientos que regulan la materia y cuando se controvierta exclusivamente la aplicación de cuotas compensatorias, quedando a salvo la competencia especial de las Secciones de la Sala Superior, en términos del artículo 23, fracción I, de la Ley. La nueva Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior, que tendrá como clave de identificación las siglas “ECE”, iniciará funciones a los treinta días naturales a partir de que la Junta de Gobierno y Administración del TFJFA emita el acuerdo de distribución de expedientes. NUEVAS SALAS REGIONALES Simultáneamente, la Sala Superior de este órgano jurisdiccional decidió, que con el objeto de cumplir con el Objetivo Número 4 del Plan Estratégico 2010-2020 de este Tribunal, que consiste en reducir a menos de 1,500 expedientes el inventario máximo en cada Sala Regional, se han llevado a cabo diversas líneas de acción, como son la creación de cuatro Salas Regionales más, con sede en las ciudades de Xalapa (Región Golfo), Pachuca, Tlaxcala y Toluca, así como la Sala Especializada en Comercio Exterior ya mencionada, que además actuará como Sala Auxiliar, con sede en el edificio del TFJFA en la ciudad de Xalapa, Veracruz.