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A UN AÑO DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS

INEJECUCION DE LA SENTENCIA DE AMPARO

VIOLACION, ¿CULPOSA?

www.UJAT.mx

LOS DESPIDOS INJUSTIFICADOS

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on la entrada del nuevo gobierno en Tabasco, que encabeza el LIC. ARTURNO NUÑEZ JIMENEZ, se ha establecido el cambio y renovación de todos los funcionarios de nivel medio superior en las estructuras de gobierno. Nada pasaría si Tabasco estuviera en su mejor momento de prosperidad y bienestar económico, pero sucede que contrario a estos ideales, el estado sufre una crisis económica, en la que incluso la federación está apoyando a los hospitales de la entidad a regularizar su funcionamiento.

EDITORIAL Otra complejidad, la presenta el que muchos funcionarios con antigüedad laboral de más de 25 años y que nada tuvieron que ver con la crisis económica que padece el estado, temen ser despedidos, lo que ocasionaría una crisis en las familias tabasqueñas, consecuentemente futuras demandas laborales en detrimento del patrimonio económico del gobierno en turno. Ojala la nueva administración valore estas y otras complejidades que se visualizan y se tomen las mejores decisiones para todos.


EN PORTADA....

CARLOS CAMACHO

SECRETARIO GENERAL DE LA SECCION X NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SEGU 4


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acris Lex.- ¿Cuál es su nom- yo entre en la categoría de servicios bre completo y su cargo? de intendencia en 1989 y ahí cambie por ser una persona que siempre me ha gustado ser altruista, participe en la Cruz Roja como paramédico y Carlos Camacho Álvarez.- Carlos Ca- luego también soy egresado como macho Álvarez y soy el Secretario técnico en emergencias médicas en General de la Sección 26 del Sindica- la cruz roja de la primera generación to Nacional de Trabajadores del Se- de técnicos en emergencias médicas guro Social y también con la novedad aquí en Tabasco, y luego de ahí me de que tengo un nuevo cargo ahorita fui abriendo espacios con mis comdentro de la estructura del Comité pañeros médicos y enfermeras, aun Ejecutivo Nacional, pertenezco a la a pesar de que yo era una categoría Comisión Nacional de Fomento a la diferente, no directamente en la de Seguridad Social en México. medicina, me fui haciendo amigo de ellos y bueno siempre haciendo las S.L.- ¿Cuál es su antigüedad como cosas bien ¿no?, el lugar donde me trabajador del IMSS? tocaba hacer mi desempeño siempre lo hacia de la mejor forma y luC.C.A.- 23 años y medio ego de ahí me abrí espacio en los módulos sindicales y bueno la gente S.L.- ¿Qué le motivo para compe- tuvo a bien darme la oportunidad de tir como Secretario General de esta ser Secretario de periódico y propasección 26 del IMSS? ganda de la Delegación Sindical del Hospital General zona número 1, C.C.A.- ¿Qué me motivo?, púes mire luego de ahí al termino, el tiempo yo decía que era político, pero tan- de vigencia es de dos años. Luego al tas cosas que vi en el pasado que no término de esa gestión a la gente le se hacían las cosas bien, que yo creo pareció bien y me volvió a proponer que eso fue lo que me motivo. Yo me para que yo fuera ahora el Secretario considero una persona inquieta, yo de Conflicto y también lleve a cabo he tratado de ser lo más justo po- yo creo que bien el papel y cumplí sible en la vida y pues empecé a bus- con mi responsabilidad y luego la car espacios y tengo una trayectoria misma gente me propuso para que sindical yo creo que la más impecable yo fuera el Secretario General de la que cualquier otro trabajador, aparte Delegación Sindical número 2 del de ser uno de los mejores trabaja- Hospital General de la zona 46, ahodores y lo puedo decir con orgullo, ra el más nuevo que tenemos aquí en el Estado y pues ya luego ya de ahí igual estuve trabajando con el secretario, perdón, con un candidato que quería llegara a ser Secretario General, el cual estuvo aquí en el sexenio pasado y él tuvo a bien dejarme como Secretario del trabajo y luego ya

ALVAREZ

XXVI DEL SINDICATO URO SOCIAL

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como Secretario del Trabajo pues yo creo que lo hice bien porque luego la misma gente me propuso para que yo fuera Secretario General. Y aquí estoy. Así a groso modo ya les platique. S.L.- ¿Cuándo inicio su periodo y cuando concluye? C.C.A.- Inicia el 16 de diciembre del 2010 y concluye la gestión hasta el 15 de diciembre del 2016, ante el nacional concluye hasta el 15 de octubre del 2018, el nuevo cargo que acabo de asumir. S.L.- Felicidades por este nuevo cargo. C.C.A.- Muchas gracias S.L.- ¿Cuál es la mayor problemática que usted observa en los trabajadores sindicalizados? C.C.A.- Mira, hay un problema de falta de compañerismo, hay un problema de actitud y parte de mi compromiso precisamente es atender esa problemática y afortunadamente ya lo estamos logrando. En la actualidad estamos dando un cursó que se llama “Calidez Estructural” dirigido al derechohabiente. Esto va enfocado al trabajador en general, a identificar sus problemas que trae de principio de su vida para que en un momento dado encuentre la paz y la tranquilidad en su persona y a través de esa paz de esa tranquilidad pues también ellas las puede irradiar y las pueda reflejar en la atención al derechohabiente. Bien, recuerde que no hay atención de calidad si no hay calidad de vida. S.L.- Aparte de esto ¿qué más ha realizado usted para combatir específicamente este problema que ve usted como problema principal del sindicalizado? C.C.A.- Pues mira, teníamos un aban-


dono aquí por parte del Instituto de hace como 15 años que no se nos daba la capacitación, ahorita afortunadamente con este curso se dan tres días, se saca al trabajador de su centro de trabajo y se mete a una, como a una terapia intensiva, como a una capacitación intensiva para que en este caso le quede lo más claro posible al compañero de lo que se trata la misión que nosotros realizamos, va enfocada al personal y por lo consiguiente que debe de ser de la mejor forma, de la mejor forma posible. Entonces se han intensificado muchos tipos de cursos y a parte de ellos hemos tenido

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la integración de equipos, hemos tenido para los representantes sindicales alguna formación del cuadro sindical, han habido muchos tips de cursos hasta ahorita, hasta la fecha yo creo que en mi gestión se ha caracterizado también de mucha capacitación. S.L.- Aparte de los programas ya establecidos, ¿qué programas ha impulsado usted para sus sindicalizados? O sea a parte de los programas que ya de por si el sindicato tenía con anterioridad. C.C.A.tipo?

Programas ¿pero a qué

S.L.- A nivel sindicalizado o el programa que me hablaba usted referente a lo que se les esté dando capacitación personal. C.C.A.- En relación a esos programas mira, es lo que te comentaba yo,mira nosotros vamos enfocados más bien a la capacitación porque ahí detectamos que esta la debilidad de la falta de atención o de la falta de calidad en la atención al derechohabiente y nos hemos enfocado más que nada la capacitación con la finalidad de sensibilizarlos. Estos programas no estaban antes, estos programas, aunque contractualmente estaban establecidos pero no se daban o se daban a medias; por decir iban personas encargadas de capacitar, iban a su centro de trabajo y si la jornada era de 8 horas sacaban al trabajador de sus actividades durante cuatro horas y le daban capacitación y al término de la capacitación volvían otra vez a continuar con sus actividades, entonces esta capacitación realmente no llegaba a… no cumplía con las metas que se


establecían, si porque una persona que la tienen un rato capacitando y un rato trabajando o viceversa, porque se intercambiaba, entonces no le permitía concentrarse, ahorita lo sacamos dos o tres días y ahorita los cursos son de 8 horas, son cursos intensivos que se les dan. S.L.- Ósea que en ese trayecto de tres días el trabajador no labora… C.C.A.- No labora S.L.- Se dedica a su capacitación exclusivamente para que rinda de esa manera… C.C.A.- Para que pueda concluir el objetivo de su capacitación. Estos son programas nuevos, esto no es que si quieren llegar o no, esto es un compromiso que se ha hecho con la delegada… S.L.- En el contrato colectivo de trabajo estaban establecidos mas no se llevaban a cabo… C.C.A.- No se llevaban a cabo S.L.-…no se hacían como practicas C.C.A.- así es. S.L.- ¿Qué beneficios ha traído la reforma laboral o que perjuicio para su opinión? C.C.A.- Bueno, nos enfocamos a la función que nosotros realizamos como sindicato, como sección y como compendio a nivel nacional, a nosotros no nos ha afectado ni nos ha beneficiado en nada; entonces nosotros afortunadamente tenemos

ya establecidas bien nuestras prestaciones y nuestras jornadas, tenemos un contrato colectivo y afortunadamente creo que es el mejor que tenemos en México y tenemos unos estatutos. Nuestros estatutos nos permiten a nosotros que seamos totalmente transparentes y democráticos. Transparentes en el aspecto de que por decir, su servidor esta aquí pero yo fui electo a través de un voto secreto, ante un acto democrático; igual a nivel nacional también está ahí porque ahí fui electo también. Tenemos un mecanismo del que tomamos planilla y luego lo ponemos a conciencia de la mayoría de los trabajadores y las planillas ganadoras son las que eligen el Secretario General y es un proceso democrático. En el aspecto transparente en cuestiones de cuentas pues yo acabo de rendir precisamente el Informe en el XXIX Congreso Seccional Ordinario, que es mi segundo informe de mi segundo año de gestión, el pasado viernes 7 de diciembre, aquí estuvo

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nuestro máximo líder, el viene en un momento dado a dar fe y legalidad de mi informe y por lógica también el respaldo y eso es aquí en la sección. En el Comité Ejecutivo Nacional se rinden cuentas cada 6 meses, por decir en la primera quincena de abril, hay un Consejo Nacional en donde el Comité Ejecutivo Nacional rinde cuentas, la primer quincena de octubre de cada año. También ahí se lleva a cabo un Congreso Nacional y también ahí se rinden cuentas por eso nosotros no hemos tenido ningún problema. En relación a la reforma laboral y lo que sabemos que si ha favorecido son a las personas que laboran para ciertas compañías, algunas hasta fantasmas algunas con sobrenombres, algunas con la finalidad nada mas de lucrar precisamente con el propio trabajador, a ese tipo de empresas yo creo que ayudo mucho al trabajador esa reforma. Para otros sindicatos que se identifican


de sexenio. Nosotros tenemos ya una fecha de término que es cada 6 años, hay otros líderes que están ahí ya a perpetuidad, permanentemente, entonces en este caso los trabajadores pues eso si les perjudica, si pero en lo que a mí respecta, a nosotros de manera directa ni nos favorecía ni nos perjudica en nada porque afortunadamente tenemos nuestro contrato colectivo y está totalmente claro y transparente. Para otras empresas para otros sindicatos yo creo que si les afecto a ellos y dentro benefició a los trabajadores que esa es la finalidad. S.L.- Terminando su periodo ¿competiría para una reelección como Secretario General del sindicato del IMSS? como sindicatos charros o sindicatos blancos, yo creo que también esta reforma guía a los trabajadores porque ya van a poder elegir a su líder y ya van a tener un periodo de termino, nosotros aquí estamos ahorita para 6 años, anteriormente era para 4 años, hubo igual un Congreso Nacional en el cual se aprobó una prórroga de 2 años mas y ahorita también es

primero Dios y el infarto lo permite voy a estar fuera del IMSS cumpliendo mis 28 años de antigüedad a los 49, 50 años de edad y yo digo que voy a estar relativamente joven y si hay posibilidades de seguir ayudando pues voy a buscar esos espacios para seguir ayudando más al IMSS. S.L.- ¿Qué opinión le merece a usted la alternancia en el Gobierno del Estado? C.C.A.- Excelente, yo siempre he sido gente política y madura en el aspecto de que los cambios siempre son para bien y que bueno que bueno que se dio. Yo no soy perredista, yo soy priista, pero también se aceptar cuando se gana que bueno y cuando se pierde pues por algo sucedió y esto no nos queda más que tomarlo como una gran experiencia, ya les paso en la Presidencia de la Republica, ahorita nos pasa a nosotros en el estado de Tabasco y yo creo que nos va a traer muchas cosas buenas. Para mi yo les deseo, aprovecho el espacio y ojala y así lo logren publicar… S.L.- claro… C.C.A.-… que yo le deseo todo el éxito del mundo al licenciado Arturo Núñez porque es nuestro gobernador y que por mi parte puede contar también en su proyecto en lo que yo pueda servirle desde aquí desde mi trinchera, yo soy abierto yo no tengo nada en contra de nadie, al contrario, a él y a su gente que ahorita en este momento les va a tocar representarnos, a quienes los ciudadanos confiaron y entregaron su voto, pues nada mas que no los defrauden como ciudadanos y al menos yo por mi parte yo voy a ser respetuoso y también si hay oportunidad de sumarme en algo en lo que yo pueda ayudar también lo voy a hacer en su momento.

C.C.A.- Mira me faltan cuatro años, yo soy de las personas que saben respetar los tiempos y sinceramente para seis años yo creo que ya es suficiente. Quizás por ser inquieto buscaría yo por otro lado, quizás me gustaría pero dependiendo, no, no, ahorita no te podría contestar ni te pudiera decir sí o no, lo único que si te puedo decir que S.L.- ¿Ha tenido algún acercamiento

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con el nuevo gobierno? C.C.A.- No, fíjate que no se ha dado, primero porque he estado en mis menesteres acá con mis compromisos, porque recientemente tenemos el cargo de Secretario General y Nacional que es el Dr. Manuel Vallejo Barragán, anteriormente estaba el Dr. Valdemar Gutiérrez, y como te decía hace rato y me reí porque te dije “si Dios lo permite y el infarto también”, pues precisamente a él lo incapacitaron por 2 infartos que le dieron y tiene problemas de salud y ya no le permitieron continuar y en las gestiones se tuvo que hacer un cambio, y también hace poco falleció un ex secretario también de un infarto y también joven, 55 años. El Dr. Fernando Rocha Barranca, también entonces del infarto es que hay que cuidarnos mucho, y que nos cuidemos mucho por el estrés y no sabemos que pueda suceder, pero yo de mi parte estoy totalmente abierto y a la disposición. Qué bueno que me dan esta entrevista y la oportunidad de expresarlo. S.L.- ¿Qué sigue para Camacho Álvarez al terminar su gestión como Secretario General del sindicato del IMSS? C.C.A.- Pues mira, me he acostumbrado ha siempre estar muy activo, siempre buscando la forma de ayudar a la gente, como te decía hace un momento yo estuve haciendo cuentas ahorita tengo 45 años de edad, me faltan 3 años y medio para jubilarme y yo calculo a los 49 años estar fuera entonces si pudiera tomarme un relax lo haría en este momento pero pues la idea es continuar, o sea pero ya no en el sindicato si no buscar otros espacios... S.L.-…Políticamente

bilado, se va uno con un salario se podría decir bueno respecto a mi categoría, porque eso es otra de las cosas que tengo que dejar en claro. Nosotros aquí no tenemos un sueldo adicional, nosotros venimos aquí con nuestro propio salario que pertenece a la categoría con la que salimos de ahí de nuestro centro de trabajo. Por decir, mi categoría es técnico operador de pacientes, soy un conductor de ambulancias del Instituto Mexicano del Seguro Social, y en relación a esta categoría es que tenemos el sueldo asignado; igual aquí tengo a 23 gentes comisionadas y aquí hay médicos y que cobran como médicos, pero no hay ningún salario adicional, es nada más el salario normal, pero es un salario digno, si es un salario digno. S.L.- La verdad si, el Seguro Social son una de las instituciones que tienen uno de los mejores salarios… C.C.A.-… si S.L.-… y como decía usted hace rato, son uno de los mejores sindicatos…

C.C.A.-… si C.C.A.- o en la vida pública, si hay oportunidad si como no, si no de S.L. Con un contodas maneras pues ya uno será ju- trato colectivo

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de trabajo muy, muy, muy completo y muy preciso. S.L ¿Cómo es un domingo, con sus padres, su esposa y sus hijos? C.C.A.- Muy buena pregunta, pues fíjate te voy a contestar de la siguiente manera, a todo se acostumbra uno con tantos problemas que hay veces


que esta uno con la familia pero esta uno pendiente del celular, hay algún problema que está pendiente que no se resolvió en la semana y para iniciar nuevamente el lunes por donde vas a empezar, pero yo siento que ya es parte de mi vida vivir así, pero bien, bien afortunadamente pues llevo 22 años de casado, tengo 2 hijos varones y una niña, ya están grandes uno tiene 22 el otro tiene 19 y mi hija la más chiquita tiene 16 años. Pues si soy de familia, soy católico acostumbro siempre ir a misa, el domingo salir a comer un relax, pero no deja uno de estar siempre pendiente del changarro. S.L.- ¿Algo más que desea agregar? C.C.A.- Pues nada mas que agradecerles que me hayan venido a entrevistar, es muy importante siempre intercambiar ideas, conocer a las personas y que bueno que me dan esta oportunidad que me conozcan a través de esto aunque ya en la vida sindical aquí tengo un grupito de compañeros que se han dedicado a estar diciendo otra cosa pero… me hice famoso la semana pasada, salieron muchos comentarios en el periódico, que si soy un Secretario

General corruto, no se que tantas cosas que se dijeron, pero no tengo mi conciencia perfectamente tranquila vivo en paz, vengo de la base trabajadora orgullosamente, nadie me regalo el cargo, solo Dios y mis compañeros lograron que yo esté aquí representándolos y sigo con esa misma convicción, con este mismo compromiso y yo voy avanzando, la verdad es que ¿que te puedo decir?, hemos logrado muchas cosas aquí en la sección, muchos beneficios que anteriormente no se habían logrado, en dos años hemos logrado muchísimas cosas, pero si me dan la oportunidad se pueden seguir haciendo relevante, vamos a obtener 140 plazas de nueva creación, dentro de ellas donde tenemos en actividades médicas, asistentes medicas y nuevos auxiliares que no teníamos antes. En todas las unidades médicas no teníamos asistente médico ni teníamos auxiliares. Ahorita afortunadamente ya lo conseguimos, esa debilidad o esa necesidad yo la detecte cuando era Secretario del Trabajo, en su momento no tuve el respaldo del Secretario General, y dije, cuando al fin me den la oportunidad lo voy a lograr

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y pues ya lo logramos. Ahorita estamos gestionando un auto nivel de 85 plazas para el hospital general zona 46, solo estamos esperando que nos las autoricen para que ya el impacto de estas plazas y reforcemos en que hospital nos hace falta, ya nos quedó chico aquel hospital. S.L.- Pues yo le agradezco la oportunidad de poderlo entrevistarlo y también lo felicito por los logros que usted nos acaba de comentar y sobre todo por que acabamos de descubrir a un ser humano humilde, sensible, con muchas aspiraciones y muchas ganas de hacer muchas cosas. Yo le deseo todo el éxito del mundo y le agradezco nuevamente la oportunidad de poder estar con usted, sé que todo lo que emprenda lo va a lograr éxito. C.C.A.-… Muchas gracias.

ENTREVISTA REALIZADA POR LA LIC. MARIA DEL ROCIO BALLADO CABAÑAS, DIRECTORA GENERAL DE LA REVISTA SACRIS LEX


FUENTE DE INFORMACION www.juridicasunam.mx/publicalibre

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l titulo de la conferencia que se me ha pedido desarrolle ante ustedes dice “Crisis en la identidad de la Cultura Mexicana durante el siglo XIX”, y creo yo antes de comenzar a explicar el fenómeno de una crisis en la cultura mexicana, es necesario aclarar el concepto de cultura y además investigar si existe una cultura mexicana; porque no tenemos derecho a presuponer la existencia de una cultura mexicana. No todos los estados independientes que existen en el mundo tienen una cultura propia, muchos de ellos participan de una cultura más amplia. Veremos, pues, si es licito hablar de una cultura mexicana o más bien de una participación de la cultura europea occidental.

CRISIS EN LA IDENTIDAD DE LA CULTURA MEXICANA DURANTE EL SIGLO XIX

Por el Lic. Jorge López Moctezuma Director de la Escuela de Historia del Arte, Coordinador del Centro de Música y Profesor de Historia de la Universidad Iberoamericana

Antes de empezar a hablar, quiero aclarar un punto y pido que no se me tache de poco patriota si a veces puedo parecer duro al tratar al siglo XIX mexicano. En alguna ocasión, hablando de los mexicanos prehispánicos, insistí en algunas carencias técnicas que hicieron que no se desarrollara su civilización como hubiera sido de desear, y se me acuso de poco objetivo y parcial precisamente por que trataba de ser objetivo. Si existe una cultura mexicana no va a ser buen automáticamente por el solo hecho de ser mexicana; puede ser que se de una cultura mexicana mediocre. No creo antipatriótico admitir la existencia de periódicos de decadencia en la cultura mexicana.

Veremos, pues, en primer lugar si existe una cultura que se pueda llamar mexicana, y no solamente una participación de una cultura europea, la cual coparticipamos con los demás países de Hispanoamérica. Una vez admitida la existencia de esa cultura mexica, tra-

taremos de averiguar si estaba en crisis en el siglo XIX y hasta que punto esta crisis fue grave. Pero nos encontramos también con otra dificultad y es que el termino “cultura” es sumamente equivoco, ya que las distintas ciencias nos van a dar una aceptación diferente de el. En cierta ocasión se produjo una discusión un poco molesta, porque durante el examen de un alumno de Antropología Social, el sinodal que estaba junto a mi tenia una idea de cultura propia de un antropólogo social, y yo, como historiador tenia una idea diferente, dando como resultado que el que pagaba el pato era el pobre discípulo que se examinaba. Seria muy difícil lograr una definición de cultura en la que todos estuvieran de acuerdo, pero podemos aventurar una definición de trabajo, lo que en-

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tenderemos por cultura en el curso de esta conferencia; por que nos vamos a encontrar que hay dos conceptos que se entrecruzan y se usan a veces como sinónimos sin que en realidad lo sean estrictamente; se trata de “cultura” y “civilización”. ¿Podría yo haber titulado a mi conferencia “Crisis de la Civilización Mexicana? –Tal vez si, si aclaremos los conceptos. Pro civilización, siguiendo en esto a mi maestro de Colegio de Francia en Paris, Fernand Braudel, yo entendería una coexistencia de valores en grupo humano determinado. Estos valores pueden ser religiosos, políticos, sociales, cívicos, costumbres, modos de vestir, modos de comer, etc. La coex-


istencia de un conjunto de valores más específicos nos va a dar una civilización mas caracterizada. Por ejemplo, comer con tortillas es propio de la civilización mas caracterizada. Por ejemplo, comer con tortillas es propio de la civilización mexicana, comer con palillos es propio de la civilización china. Todos estos valores reunidos van a formar una civilización. Solamente, que según indicaba el profesor Braudel, para que una civilización merezca el nombre de tal, tiene que cumplir dos condiciones: que sea antigua y que sea coactiva, pero con una coactividad implícita y subconsciente, no con una coactividad forzada por el estado que impone violentamente una ideología; de aquí que no se pueda hablar aun de una civilización comunista. Antigua quiere decir que estos valores, estos usos y costumbres deben haberse practicado durante un lapso de tiempo largo, sin que se pueda precisar si bastan 50,100 ó 00 años para formar una civilización. En México, todo mundo come a las dos o a las tres de la tarde, y nunca nadie se ha puesto a pensar por que se come a esa hora. En Francia se come a las doce del día, y los mexicanos que quieren comer en parís a las dos de la tarde encuentran cerrados los restaurantes. En ambos países la hora de comer viene por una tradición que se aprende de usos, sino incluso de maneras de pensar, de ideologías, de prácticas religiosas y sociales que se van a construir una civilización. La cultura seria, según las ideas del mismo profesor Braudel, la flor del espíritu humano, es decir, lo más selecto y fino que puede producir el hombre como ser espiritual. La palabra “cultura”, que podría tomarse como sinónimo de civilización, la tomaremos como el conjunto de la producción mas selecta del espíritu humano. Según esto, no consideremos como parte de la cultura la hora de comer; en cambio si consideraremos como parte de la literatura, de la filosofía, de la ciencia y del arte.

dos términos un poco indistintamente. La civilización mexicana será un conjunto de sus típicos de los mexicanos y la cultura mexicana consistirá en la producción selecta del ingenio mexicano. Podemos decir que la civilización es la raíz y la cultura el fruto de la misma planta. Cultura y civilización son fenómenos continuamente cambiantes que no llegan a cristalizar jamás.

Oswaldo Spengler, al estudiar las civilizaciones, dice que las orientales, a las que llama mágicas, son muy quietas, se resignan a su destino, en cambio la occidental, a la que llama fáustica, no se resigna a su destino, es muy inquieta, continuamente va cambiando, y esto hace que los occidentales vayan dejando unos valores y adquiriendo otros. Andando el tiempo esos valores nuevos van envejeciendo, se hacen en ciertos modos obligatorios y se convierten en valores de civilización. Una cosa que al principio para un mexicano pudo haber sido totalmente extranjera e incluso impuesta y hasta violentamente impuesta, andando el tiempo puede convertirse en algo connatural. Ejemplo de esto seria el liberalismo, que comienza siendo una doctrina absolutamente ajena a México y poco a poco se va a metiendo en la mentalidad del mexicano hasta que este llega Para esta conferencia usaremos los a ser automáticamente liberal.

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Como historiador de la Cultura Mexicana, creo yo que si se puede afirmar la existencia de una cultura mexicana como una rica variante de la cultura europea occidental; esta cultura no es absolutamente original como lo fue en épocas prehispánicas en el aislamiento mutuo de los grupos indígenas hizo que en distintas partes se fueran creando distintas culturas que se ignoraban unas a otras. A si se creo en el Perú una cultura que no sabía nada de México; A Atahualpa nada supo de la triste suerte de su colega Moctezuma. En el México situado al sur del Trópico de Cáncer se logro cierta unificación cultural a la que se ha dado al nombre de la cultura mesoamericana. Dentro de ella hay diferencias en las formas externas, pero en el fondo hay cierta comunidad de mitos, practicas religiosas, calendario, etc., que nos indica se trata de una civilización básica con algunas variantes; a si la civilización de los teotihuacanos resulta una variante de la civilización de los mayas. Del mismo modo, la civilización mexicana actual va a ser una variante de la civilización europea occidental, quien a su vez es ya muy compleja en Europa misma, pues mucho difieren entre si la civilización de Alemania. La de España y la de Suecia. Todas ellas son grandes variantes de un mismo tema fundamental. Las grandes bases de la cultura son actualmente las mismas en el Occidente Europeo y en México,


aunque no lo hayan sido en ortos tiempos. El concepto de cultura mexicana es un concepto abierto; y esto debemos tenerlo muy en cuenta para no fosilizarnos en la historia y fijar un tipo cultural efímero como un logro definitivo. El mundo sigue adelante y nosotros con el. Debemos ser conscientes que van cambiando también la civilización mexicana. La cultura mexicana no se identifica con el nacionalismo mexicano. Puede haber mucho nacionalismo y poca cultura, y creo que es lo que pasa en 1870. Si indagamos en el concepto de nacionalidad, encontramos que se nos confunden un poco con el de civilización. La nación es también la coexistencia de valores lingüísticos, religiosos, de sus y costumbres, etc. La diferencia consiste en que los rasgos constitutivos de la civilización son la antigüedad y la coactividad implícita; mientras que lo que constituye a la nación es el sentimiento consciente DE SER MIEMBRO de un grupo humano que ha escogido determinados valores para caracterizarse. Ha habido muchas polémicas en Europa acerca del concepto correcto de nación, y a nombre del principio de nacionalidad los europeos se han despedazado ferozmente unos a otros. Un caso típico es el de Alsacia. ¿Que es Alsacia? ¿Una parte de la nación alemana o una parte de la nación Francesa? Si preguntamos a los alemanes nos responderán: Alsacia es alemana porque los alsacianos racialmente son alemanes, hablan un dialecto alemán, comen comida alemana preparada a la Alemania, incluso hasta los trenes de Alsacia corren a la alemana por el carril derecho, siendo a si que en Francia corren por el izquierdo. Preguntemos a un francés y nos dirá: los alsacianos son franceses porque quieren ser franceses, quieren apropiarse los valores que constituyen a la nación francesa, los sienten como propios. Pasando al caso de México preguntémonos: ¿Quién es mexicano? ¿El que nace en México entre mexicanos? ¿O el que habiendo nacido en cualquier parte quiere ser mexicano, quiere participar de la vida y de los valores de sete grupo que se ha llamado mexicano? e parece que ambos casos la segunda respuesta es la correcta. Creo que la nacionalidad es un conjunto determinado de valores, pero tiene que

existir conciencia de ellos y deseo de apropiárselos, por que si esta conciencia la nacionalidad se puede perder. También se puede perder la civilización cuando los usos antiguos van muriendo, como le ocurre ahora a la civilización mexicana. Muchos usos como la celebración del Día de Muertos o del Viernes de Dolores se van perdiendo, y vamos entrando a una gris y triste civilización internacional, que podríamos definir como “civilización aeropuerto”, que va a acabar con las variedades tan ricas de las civilizaciones regionales. Los aeropuertos del mundo son todos idénticos, todos sosos, reflejo de una civilización educada y cómoda, pero absolutamente desprovista de personalidad. Las civilizaciones pueden morir como pueden morir también las nacionalidades.

cipios del siglo XIX van a tratar de exaltar demasiado los valores capases de crear un sentimiento de nacionalidad donde no lo había, tales como la formación de una simbología “patriótica” (bandera, escudos, himnos nacionales…), y la elevación a la categoría de epopeya de las luchas, muchas veces modestas, de la guerra de independencia.

Un nacionalismo exacerbado nos puede llevar a extremos tan ridículos como el de la guerra de Honduras contra el salvador, llamada la “Guerra del Futbol”, en la cual una nación agredió a una vecina que habla la misma lengua las mismas costumbres y la misma religión, y participan de la misma historia. Todos los antecedentes históricos nos hacían pensar en una nación común centroamericana, pero el nacionalismo regionalista lo ha echado todo a perder. Creo yo que México era el único país de América Latina que en el siglo XVIII tenía ya conciencia de ser una nación. Prueba de ello fue que al realizarse la independencia, cada nación se formo tomando como núcleo integrador el territorio de una antigua audiencia española. Donde había un mandón español, habrá después un mandón local que se hará llamar presidente y se esforzara a toda prisa por crear una nacionalidad distinta a la de la antigua audiencia vecina.

Este sentimiento puede ser forzado, puede ser creado casi de pies a cabeza por medio de la propaganda y de un sistema educativo hábilmente dirigido. Nacionalidades que estaban ya muy adormecidas en Europa, como la flamenca en Bélgica, han sido despertadas y exacerbadas por la propaganda de unos cuantos audaces, de tal manera que Bélgica, una nación bastante unida a principios de siglo, actualmente es presa de los oídos y recriminaciones de los valones de lengua francesa y de los flamencos de lengua neerlandesa. En la ciudad de Gante, donde viví durante un año de 1960 a 1961, al principio encontraba todavía algunos letreros en francés; al final ya habían desaparecido, y Continuara... ni siquiera en la estación del ferrocarril, donde concurren tantos extranjeros, se permitía ningún anuncio que no estuviera en flamenco. Esto es artificial y acaba por ser malo. El nacionalismo puede ser terriblemente perjudicial a la misma nación que trata de fomentarlo. Los países latinoamericanos que se independizan de España a prin-

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“A UN AÑO DE LA REFO CONSTITUCIONAL EN MATE DERECHOS HUMANOS, IMPORTANCIA EN LA PROTEC GRUPOS VULNERABLE

Por la D Ministra de la Suprema Cor

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rafos del artículo 1o reformado de nuestra Constitución, nos lleva, a los operadores jurídicos, a la necesaria labor de realizar un análisis sistemático y armónico en cada caso concreto que se somete a nuestro conocimiento, proporcionando todos los elementos necesarios solucionarlo. Así, frente a asuntos que implican a quienes se encuentran en una condición de vulnerabilidad, el propio sistema jurídico, nos lleva a acudir y considerar la protección especial, que se prevé para ese grupo, aplicando reglas especiales para obtener una igualdad ante la ley, y no provocar una situación de injusticia, al dar un trato estricto e insensible de igualdad de la ley, que en realidad, para estos grupos vulnerables, no lo es. Nuestro propio sistema jurídico, prevé formas de protección especial para superar los abismos que en ocasiones generan estas desigualdades. En el propio artículo 1°, de la Constitución, en su Ahora bien, este contexto que de párrafo final, se prohíbe de manera manera muy breve he expuesto y enfática toda discriminación, toda que se extrae de los primeros pár- discriminación motivada por origen

l propio artículo 1o de nuestra Constitución, a partir de la Reforma de junio de dos mil once, prevé métodos hermenéuticos específicos, para los derechos humanos, como lo es la interpretación conforme a nuestra propia constitución y añade a los tratados internacionales, pero todo esto orientado a otro método interpretativo, a un principio, el principio pro personae, el mas benéfico a la persona e implícitamente acorde con la interpretación propia de los tratados internacionales, como compromisos que adquiere México frente a otros Estados, no para obligarse en relación a prestaciones recíprocas, como los tratados comerciales, los pos tratados sino respecto de deberes para con las personas que se ubican dentro de estos, en su mas puro y absoluto respeto y protección a sus derechos.

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étnico o nacional, por el género, por la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales distintas, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Adicionalmente, encontramos en el artículo 2° de nuestra constitución, la protección y garantía de los derechos de los pueblos y de las comunidades indígenas; y en el artículo 4° la igualdad del hombre y la mujer, protegiendo el desarrollo y organización familiar; la protección a la salud, así como la protección especial a los menores como un sector de interés superior; a través del artículo 5° y 123, también la protección al trabajo, entre otras. A nivel internacional también contamos con un amplio catálogo de disposiciones específicas tratán-


la relativa a la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad. La preocupación de la tutela y de la protección a grupos en condición de vulnerabilidad, tampoco ha sido ajena a nuestros Juzgadores. En la Cumbre Judicial Interamericana celebrada en marzo de 2008, se emitieron las Reglas de Brasilia, sobre el Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad, inspirada en la trascendental importancia que las sociedades latinoamericanas tiene en el acceso a la justicia, entendido no sólo como acceso a los tribunales, sino también como acDra. Olga Sánchez Cordero ceso al goce pacífico y pleno de sus derechos, y en especial, de rte de Justicia de la Nación los derechos fundamentales, así como a las diversas alternativas para la resolución pacífica de los dose de grupos en condiciones de conflictos. vulnerabilidad, que no solamente son de utilidad para la solución de los casos que se someten a nues- Tal documento, estas Reglas de tro conocimiento, sino de obser- Brasilia, es gran valor, tienen como vancia obligatoria, y esto tiene que objetivo, y es ¿?, garantizar las quedarles claros a nuestros legisla- condiciones de acceso efectivo dores, son de observancia obligatoria. Así, en el ámbito del Sistema Universal de la ONU, entre otros, encontramos la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, entre otros.

ORMA ERIA DE , SU CCION DE ES”

En el ámbito regional del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, la Convención Interamericana Sobre Derechos Humanos, el Protocolo de San Salvador, o las Convenciones para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, conocida como la Convención de Belém Do Pará y

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a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, englobando el conjunto de políticas, medidas, facilidades y apoyos que permiten a dichas personas el pleno goce de los servicios del sistema judicial. Este conjunto de herramientas, ante los casos que se nos presentan en la labor cotidiana, nos hacen ver que, aunque aparentemente las normas son neutrales, al apreciar esas condiciones especiales de quienes se encuentran involucrados y la especial sensibilidad que requiere o que se le requiere al operador jurídico, su aplicación no debe ser tan neutral como en apariencia es la ley neutral, que existe un amplio marco normativo, que plasma la exigencia de la atención y de la protección especial a toda aquella persona que se encuentre ante un situación de vulnerabilidad. Por eso, me parece importante compartir con ustedes algo que hemos venido construyendo en la Suprema Corte. Fíjense que lo empezamos con el tema de los niños


y de las niñas y que supongo que todos ya tienen o tendrán acceso a este protocolo de la Suprema Corte en donde ante los tribunales comparecen por cualquier razón niñas y niños, es un protocolo muy interesante porque implica un método de juzgamiento diferencial. Continuamos posteriormente en la Suprema Corte haciendo ese método diferenciado de juzgamiento tratándose de la perspectiva de género, en base a consideración, la discrimina ion de la mujer en algunas áreas, tomando en consideración la posible vulnerabilidad en la que se encuentra una mujer victima de violencia por ejemplo intrafamiliar, violencia económica, violencia física, violencia psicológica, en fin, porque las normas en apariencia son neutrales pero cuando a una la agreden desde el punto de vista de la persona que se encuentra en esta situación de vulnerabilidad, la aplicación de la misma no es tan neutral y ni debe ser tan neutral porque la norma, cuando la aplicamos, no puede resultar en una igualdad o en una neutralidad; así entonces si empezamos a avanzar en la Suprema Corte, con un método de juzgamiento que llamamos Método de Juzgamiento Diferencial en aquellos conflictos, entonces nosotros ya lo extendimos a todas aquellas personas que se encuentra en una condición de vulnerabilidad.

el método de juzgamiento pero no hemos digamos elaborado de acuerdo con seis pasos generales. ¿Cuáles son estos? Estamos apenas dibujándolo pero lo comparto encantada con ustedes precisamente con los grupos vulnerables, precisamente para que estas personas en esta situación puedan ejercer a plenitud sus derechos fundamentales. El primer paso para el operador jurídico consiste en identificar la relación desequilibrada de poder y de la persona que se encuentra en una situación de desigualdad estructural o de vulnerabilidad. Es decir, tenemos que identificar que esta persona no es una persona que se pueda juzgar con una neutralidad si no que estamos identificando esta situación de desigualdad estructural o de vulnerabilidad. Posteriormente en un segundo paso, el operador jurídico, debe verificar la existencia de estereotipos en la norma, o en la actuación

Lo hemos estado afinando, solamente lo comparto con ustedes, todavía no esta realmente terminado

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de la autoridad y determinar la forma de combatirlos. Es decir, si la norma continúa estereotipo que no le permita al operador jurídico más que aplicar una norma en apariencia neutral. Un tercer paso, es indispensable que el operador jurídico tendrá que evaluar los hechos y las pruebas conforme al contexto de desigualdad verificado y libre de estereotipos. Este es un paso muy importante, la evaluación de los hechos y de las pruebas conforme a este contexto de desigualdad que ha confirmado el operador jurídico que ha verificado y que este libre de estereotipos. Un cuarto paso seria establecer el derecho aplicable conforme al control de convencionalidad y al principio pro persona. Es decir una vez que se haya identificado a esa persona en una situación de vulnerabilidad, se tiene que ver cual es el derecho más benéfico en un


control abstracto, en un control de constitucionalidad por parte de todos los operadores jurídicos de nuestro país o en su caso un control de convencionalidad ampliando el espectro normativo a las convenciones y tratados internacionales en materia de derechos humanos. Un quinto paso seria aplicar los principios constitucionales de universalidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad, en lo más favorable a la persona, procurando el uso de un lenguaje incluyente.

ca en la que fueron a notificar a un débil visual un actuario, y efectivamente iba con los abogados del bando, este era un juicio hipotecario, un ejecutivo hipotecario, y llegaron los abogados del banco y llego un actuario y en un chec list lo notificaron y el pedía que acudiera su hija a darle lectura a la notificación. Argumentaron que no tenían tiempo y solamente le dejaron la notificación. Esta persona era un débil visual, obviamente el juicio se fue en rebeldía y le remataron su casa. Interpone un amparo considerando que no estuvo bien hecha la notificación, que no tuvo conocimiento de lo que se le estaba notificando porque los abogados el día anterior habían ido a decir que era una restructuración de su crédito cuando en realidad era la demanda del juicio hipotecario en donde perdió su casa.

en una especia de chec list, todo estaba absolutamente y formalmente realizado por el actuario, el chec list paloma, paloma, paloma, paloma pero resulta que esta persona débil visual era discapacitado en la vida real pero al momento de la notificación veía perfectamente y volvió a la realidad con su debilidad visual. Esta sentencia o esta notificación debió ascender por este operador jurídico a una situación de vulnerabilidad de la persona que estaba notificando. Obviamente el amparo fue concedido pero revocado por el colegiado por haberse cumplido estrictamente, estrictamente con la formalidad de la ley. Una ley aparentemente neutral una ley formal en donde se colmaron todos y cada uno de los requisitos formales. No obstante esa persona se encontraba en una situación de vulnerabilidad en la que los operadores jurídicos debieron atender. Siempre he dicho que los derechos humanos, la protección de estos derechos al estado le es costoso, le es costoso desde el punto de vista económico, le es costoso desde el punto de vista económico porque el derecho a la salud, el derecho a la educación, el derecho a un medio ambiente sano, el derecho a la alimentación, el derecho a la vivienda, son derechos muy costosos política y económicamente, pero hay protecciones de derecho que no cuestan que no cuestan nada, ¿que costo tendría para el estado que ese operador jurídico un actuario le leyera la demanda al débil visual, cual es el costo económico? ¿Que habría repercutido para el estado, para el poder judicial, para sus operadores, haber llegado a la lectura en voz alta en la notificación?

Y el sexto paso finalmente, habrá que determinar las medidas de reparación integral del daño, en el caso de que éste exista, atendiendo inclusive a la afectación del proyecto de vida de la persona involucrada. Yo recuerdo una sentencia ya clási- Y si ustedes revisan esa notificación Entonces hay derechos, hay pro-

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tección de derechos que no tienen mayor costo para el estado como es este; hay otros que si por supuesto el derecho a la salud, el derecho a la vivienda, el derecho a un ambiente sano y otros simples derechos que si tienen un costo importante para el estado, su protección, la progresividad, la universalidad de estos derechos, la universalidad del derecho a la salud, a la educación, pero este derecho, estos operadores jurídicos cuando identifican a la persona en esta situación de vulnerabilidad en lo que la norma que aparenta una cierta neutralidad al final, no es tan neutral y esto les toca a todos, a todos.

manera que se logre optimizar el derecho en la manera mas efectiva, en la mejor medida, y obviamente siempre atendiendo a los fines protegidos y concertando los principios que rigen en cada caso, sin generar puntos de tensión entre los sectores, si no interpretando, aplicando el derecho de una manera más coherente, mas estepatica, mas protectora. Sin duda es una labor muy delicada que implica la interpretación, aplicación de normas jurídicas nacionales e internacionales de modo armónico y que los operadores jurídicos tenemos que ir sorteando los posibles puntos de tensión de contradicción entre estas normas, Y como ustedes podrán apreciar, tienen que dimensionar el derecho por supuesto que estamos ante en busca de un fallo justo, que se una tarea ardua de integración del apegue a la justicia. Derecho, en la que confluyen tanto el derecho local, regional, nacio- Un juzgador, consiente de su labor nal, trasnacional, pero el opera- no debe buscar como no entrarle al dor jurídico, el juzgador debe, y es fondo del problema. Me van a decir una obligación, debe trabajar con hay 18 causales de improcedenlos instrumentos normativos que cia mas los que se acumulen, por pertenezcan a cada sector, buscan- analogía, por interpretación ¿?, y la do siempre la incorporación de la mira 18 con relación a la 80 y con

la no se que… y entonces llega el justiciable y lo menos que recibe es una justicia material. Es una justicia estrictamente formal en donde no existe un autentico compromiso de los juzgadores y eso si es triste, porque eso es lo que nuestro pueblo esta aclamando una y otra y otra vez. Estoy convencida, que bajo esta óptica, las sentencias que emite un juzgador, se apega fielmente a la explicación que el gran procesalista florentino, Piero Calamandrei, daba a sus alumnos, en cuanto al “Sentimiento de la Sentencia”. Solía recordarles a sus discípulos, que la palaba sentencia viene de sentir, al igual que sentimiento, y que con independencia de la etimología de ésta, es un hecho innegable que en ocasiones la que es la motivación verdaderamente real y efectiva, de una sentencia no está expresada en la parte considerativa del pronunciamiento del juez, sino en los pliegues del ánimo del que Juzga. 50.53 En sus propias palabras, “la obra de arte es un pedazo de la realidad reflejado a través de la sensibilidad de un artista; se podría decir, que, igualmente, la sentencia es un artículo de la ley filtrado a. través de la conciencia del juez.” Por su atención, Gracias.

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VIOLACIÓN ¿CULPOSA?

Por el Lic. Tenoch Bastar Ocampo

S

i analizamos el comentario anterior, podemos deducir que la conducta desplegada por el joven enamorado, no fue en ningún momento delictiva ni resulta un peligro para la sociedad, antes al contrario, fue un acto de honestidad el pretender casarse con la menor y responsabilizarse de su acción; y en cuanto al bien jurídico tutelado, en este caso sería el normal desarrollo psicosexual; aclaramos que no se trata de la libertad y seguridad sexuales, pues no existió violencia; y el asunto del normal desarrollo psicosexual es totalmente discutible, pues los psicólogos aún no se han podido poner de acuerdo para valorar o determinar dicho aspecto y hacen referencia a la influencia que tienen infinidad de factores para variar el momento (edad) en que se logra el desarrollo psicosexual, estos factores pueden ser el

medio, el clima, los genes, etc. En tal razón consideramos que en este caso en particular fue injusta la ley al sancionar la conducta del joven enamorado. Pero de eso a pensar que su conducta fue culposa y que si ese caso se hubiera dado con la inclusión del delito de violación impropia en el catálogo de culposos, a como actualmente está en nuestro código, dicho sujeto (joven enamorado) hubiera gozado de una atenuación de la pena a cumplir; existe una gran distancia, pues seguimos pensando que dicho ilícito no puede realizarse de manera culposa, es decir por no haber tenido el cuidado para no causar el daño al bien jurídico tutelado, como dijimos anteriormente, para la ejecución del ilícito en comento es necesaria la intención y atendiendo a lo dicho por López Betancourt en cuanto a la penalidad de los delitos culposos, que: “Hay delitos en los que

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no puede funcionar la culpa y estos son: a) En los que exijan la forma dolosa de culpabilidad; b) De tendencia, y c) Que requieran un elemento subjetivo del injusto…”; “…b) Los delitos de estupro, violación e incesto, no pueden cometerse culposamente por tratarse de delitos de tendencia.” De acuerdo a lo anteriormente explicado, a nuestro juicio consideramos que el motivo de haber insertado al delito de violación impropia en el numerus clausus de culposos, no incide precisamente en la ejecución culposa del mismo, sino en lo dispuesto en la teoría del error, pues si volvemos al comentario de la charla sostenida con el Maestro Romero Tequextle, nos daremos cuenta que en la conducta desplegada por el joven enamorado no existen los elementos que integran a la culpa, ni se da ninguna de las formas


determinado; es un estado negativo. El error supone una idea falsa, una representación errónea de un objeto cierto; es un estado positivo. La ignorancia consiste, en suma, en una falta completa de conocimiento, mientras que en el error hay un conocimiento falso.”

previstas para ella (consciente e inconsciente), sino más bien, se actualiza lo previsto por la teoría del error, ya que el sujeto creía licita su conducta, es decir, ignoraba la antijuridicidad de la misma, en resumen, se hallaba ante un error, que según la doctrina pudiera ser “esencial” o de “prohibición”, de naturaleza vencible, que como a continuación explicaremos destruye el dolo y deja subsistente la culpa.

TEORÍA DEL ERROR Según la Enciclopedia Jurídica Mexicana: Error es en Derecho Penal, ausencia de conocimiento o conocimiento falso sobre los elementos requeridos por la definición legal del

delito o sobre el carácter prohibido de la conducta en que este consiste” Existen infinidad de posturas o corrientes que tratan de explicar esto del error, en primer lugar surge la polémica de diferenciar entre ignorancia y error, luego la referente al error de hecho y error de derecho, para terminar con el error de tipo y error de prohibición. Para la primera polémica mencionada, nos permitimos citar a Jiménez de Asúa, quien en su libro Lecciones de Derecho Penal dice: “En el área de la psicología hay una distinción fundamental entre la ignorancia y el error, que se halla ya en Platón. La primera supone la falta absoluta de toda representación y consiste en una entera ausencia de noción sobre el objeto

El COLEGIO DE ABOGADOS TABASQUEÑOS, A.C. Felicita al

LIC. MARCO TULIO SEDANO HERRERA por su titulación en la

MAESTRIA EN DERECHO en el Instituto Universitario Puebla

¡F E L I C I D A D E S!

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Continuando con el autor citado, este nos dice: “Carrara, inspirándose en la psicología distinguió la ignorancia del error, caracterizando la primera como un estado negativo del alma, consiste en la ausencia de toda noción relativa a un objeto, y apreciando el segundo como un estado positivo de falso conocimiento; pero aun reconociendo el gran maestro de Pisa que, metafísicamente considerado el asunto, difieren de modo profundo la ignorancia y el error, entendió contrariamente la tesis de Savigny que veía siempre un estado de ignorancia, puesto que el error nace en todo caso de ignorar alguna cosa, que no había para que ocuparse de las situaciones negativas puesto que no pueden ser causa de acción, y que , en consecuencia, el criminalista no tiene para que estudiar la ignorancia sino solamente el error.” La segunda discusión se da en torno a la denominación error de hecho y error de derecho; al respecto Márquez Piñero expresa: “En cuanto a genero, el error desde el derecho Romano, se distingue entre error de hecho y error de derecho, y siguiendo al maestro Savigny se ha señalado que el primero recae sobre hechos jurídicos, o sea, sobre las condiciones exigidas en el hecho para la aplicación de una regla jurídica, y el segundo incide sobre el derecho objetivo, distinción que, al decir de Jiménez de Asúa, se encuentra en la mayor parte de las legislaciones contemporáneas, recogida por Carrara, y seguida por gran número de penalistas, incluso actuales.”


Cabe hacer mención, que la polémica se da en cuanto a, si se debe o no ser sancionado el error de derecho y en cuanto a si es necesaria tal distinción o división de los conceptos, en este sentido López Betancourt menciona: “Tradicionalmente se ha estimado, cuando un sujeto en la realización de un hecho delictivo alega ignorancia y error de la ley. No habrá inculpabilidad, siguiendo el principio de que la ignorancia de las leyes a nadie beneficia” A este respecto, la Enciclopedia Jurídica Mexicana dice: A esta distinción se ha asociado también tradicionalmente el aserto de que mientras el primero (error de hecho) excusa, no ocurre así con el segundo (error de derecho), conforme a la máxima prevaleciente durante siglos, en la legislación y en la jurisprudencia, de que la ley se presume conocida de todos y que su ignorancia, por ende no exime de su cumplimiento.” Esta conceptualización de error de hecho y error de derecho se dio en el sistema Causalista; aclaramos que no pretendemos explicar a conciencia las corrientes jurídico-penales (Clásica, Causalista, Finalista y Funcionalista), pero haremos una breve referencia sólo al Causalismo y Finalismo, por representar la pugna actual entre los tratadistas y por estar íntimamente relacionadas con nuestra legislación. En el Causalismo se adoptaron los términos: error de hecho y error de derecho; al respecto conviene citar a Orellana Wiarco, quien en su libro Teoría del Delito, sistemas causalista, finalista y funcionalista, expresa que: “El sistema Causalista acepta el error como causa de inculpabilidad, cuando el sujeto a virtud de una equivocada e invencible concepción de la realidad fáctica produce un resultado típico, en cambio rechaza, el error de derecho, pues su falsa apreciación de que el derecho ampara su actuar no lo releva de su responsabilidad.” Y citando a Jiménez de Asúa, el mismo autor conti-

nua diciendo: “El principio hasta hace poco universalmente admitido por los causalistas de que: la ignorancia de la ley a nadie excusa de su cumplimiento, los lleva a concluir que el llamado error de derecho es irrelevante, es decir, un sujeto creyendo que una conducta es lícita o ignorando que es punible, la ejecuta, su actuar, desde luego, de acuerdo al principio ya señalado resultaría culpable por que su error no destruiría el dolo o la culpa. Así el código penal federal en su artículo noveno, antes de su reforma, prescribía que la intención delictuosa no se destruiría, aun cuando el sujeto llegase a probar que creía que era legitimo el fin que se propuso, consagrando así la culpabilidad llamado error de derecho.” Continuando con el autor en comento, este esquematiza la subdivisiones del error de hecho, de la siguiente manera: “El error de hecho se subdivide en error esencial y error accidental. A su vez el error esencial se clasifica en error esencial invencible y error esencial vencible. El error de hecho accidental, por su parte, se clasifica en error en el golpe (aberratio ictus) y error en la persona (aberratio in persona).” Para entender mejor lo anterior creemos conveniente citar a la jurista Irma Griselda Amuchategui Requena, que en su libro Derecho Penal nos dice: “Error esencial: es un error sobre un elemento de hecho que impide que se dé el dolo. Error esencial vencible: cuando

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subsiste la culpa a pesar del error. Error esencial invencible: cuando no hay culpabilidad. Este error constituye una causa de inculpabilidad. Error accidental: cuando recae sobre circunstancias accesorias y secundarias al hecho. Aberratio ictus: es el error en el golpe. De todas formas se contraría la norma. Ejemplo: alguien quiere matar a una persona determinada pero a quien priva de la vida es a otra a causa de imprecisión o falta de puntería en el disparo. Aberratio in persona: es el error sobre el pasivo del delito, igual que en el anterior, se mata pero en este caso, por confundir a una persona con otra.” Con lo expuesto por Amuchategui, queda más que explicado el tema en cuestión. Ahora bien, en el sistema finalista, la cuestión cambia, pues en este sistema se hace distinción entre error de tipo y error de prohibición. Es precisa aclarar que nuestra legislación penal vigente, a pesar de que en la exposición de motivos se expresa que no sigue ninguna corriente o sistemática jurídica, cierto es que la misma es claramente finalista. De esta guisa, resulta conveniente hacer mención a lo señalado por Orellana Wiarco: “Por su parte, el sistema finalista, distingue entre error de tipo y error de pro-


hibición. El error de tipo se refiere al desconocimiento del sujeto en alguna circunstancia objetiva del hecho que pertenece al tipo legal, que puede ser un elemento descriptivo o normativo del tipo, por ejemplo la causalidad, el sujeto, el objeto, la honestidad, la amenidad, el carácter de funcionario, etcétera. El error de tipo, o sea el error sobre los elementos del tipo, excluye el dolo, y lógicamente ni siquiera se plantea el problema de su conducta a nivel antijurídico y menos culpable. Sin embargo, si el error de tipo es de carácter vencible, puede dejar subsistente la responsabilidad a titulo culposo.” Para abundar al respecto hacemos mención a lo expresado por Márquez Piñero quien dice: “El tratamiento del error de tipo descansa sobre un principio fundamental muy claro: puesto que el dolo supone el conocimiento de todos los elementos del tipo objetivo y en el error de tipo falta este conocimiento –total o parcialmente – el mismo excluye el dolo.” De acuerdo a lo explicado por los juristas, cabe señalar que en artículo 10 del código penal del Estado, mismo que

ya hemos citado paginas anteriores, al describir la conducta dolosa, dice: “Obra dolosamente quien conociendo los elementos objetivos del hecho típico, quiere o acepta su realización.” De lo que se desprende que si el sujeto desconoce o tiene una idea errónea de los objetivos del hecho típico, será excluida la conducta dolosa de la acción desplegada por este. Si la idea errónea es invencible será excluido de incriminación penal; ahora si dicha idea o error es vencible será destruido el dolo pero su responsabilidad seguirá a titulo culposo.

erróneamente cree que es propia, se equivoca, incurre en un error de tipo, ya que no sabe que se está apoderando de una cosa ajena; el carácter de amenidad ni siquiera lo considero debido a su error. En cambio quien cree tener derecho de apoderarse de un bien, que sabe ajeno, pero que cree tener derecho a apropiárselo a titulo de compensación yerra sobre la antijuridicidad de su conducta, incurre en error de prohibición.”

Creemos que queda más que claro en qué consisten las formas de error, previstas por el finalismo. Ahora en lo que corresponde a la denominación de vencible o invencible tenemos que, según el maestro Romero Tequextle: “Invencible significa que no se puede vencer o superar; error invencible es aquel que no está dentro de las posibilidades del sujeto superarlo por su falta de conocimiento o cultura; por que debido a su incomunicación o marginación esta fuera de su alcance hacer o dejar de hacer lo que la norma ordena.” Continuando con el maestro, “Error vencible o evitable es aquel que sin mayor dificultad se puede evitar haciendo uso del sentido común, de La otra forma de error prevista por el la diligencia, previsión, reflexión o cuifinalismo, es el llamado error de pro- dados necesarios en el ejercicio de la hibición, al respecto el jurista coahu- conducta correspondiente.” ilense Orellana Wiarco anota: “El error de prohibición se presenta cuando el Suficiente la explicación del maestro, sujeto se equivoca, se confunde re- para entender en que consiste cada specto al conocimiento de la antijurid- supuesto. En lo tocante a nuestro tema icidad de su conducta.” Abundando, y regresando al ejemplo de la pareja Márquez Piñero aduce: “el error de de enamorados; revisando el Código prohibición es el que recae ante la an- Penal de Tabasco comentado del maetijuridicidad del hecho. El autor sabe stro Romero Tequextle, en particular lo que hace, pero supone errónea- el tomo I, encontramos dicho ejemplo mente que está permitido. Al faltar y el maestro al analizarlo concluye de en el autor – durante la comisión del que se trató de un error de tipo invenhecho – el conocimiento de que actúa cible, aduciendo lo siguiente: “En este antijurídicamente, obrara sin culpa- caso la acción (copular con una muchabilidad.” Para explicar las formas de cha) la realizo el muchacho desconoerror descritas Orellana Wiarco, hace ciendo el elemento típico “menor de una acertadísima ejemplificación: doce años”, puesto que ignoraba la “Quien se apodera de una cosa que edad de la muchacha. Por ello su ac-

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tuación no puede ser culpable. De haber actuado con dolo no hubiese comparecido ante la autoridad para casarse. El error es invencible puesto que hay casos en que el desarrollo es precoz y la apariencia de la muchacha no era de una menor de doce años.” Contrariamente y con el respeto que se merece el maestro, a nuestro juicio no se da el error de tipo invencible, más bien se da un error de prohibición invencible, que pudiera ser vencible. Por qué decimos esto; pues bien, si en el supuesto de haber llevado una relación de noviazgo, es más una relación de tipo marital, pues ya habían sostenido relaciones sexuales, es de entenderse que existía comunicación entre ellos y por consecuencia lógica, el novio debió haber sabido la edad de la muchacha, lo que no sabía o desconocía era la antijuridicidad de su conducta con lo que se da lugar al error de prohibición, que de haber sido invencible por su incomunicación o marginación, hubiese excluido su culpabilidad. Y en el caso de haber sido vencible se hubiese atenuado la penalidad que le correspondió por su conducta. Al respecto Márquez Piñero expresa: “En esta situación el error de prohibición vencible implica un elemento de culpabilidad, independiente del dolo, que determina la atenuación facultativa de la pena del delito doloso. Con tal criterio se soslayó la posibilidad de excusas fáciles y de dar lugar a absoluciones injustificadas. Solo el error de prohibición invencible excluye la pena”

pobreza, capitalismo que ha originado una globalización cruel, que afecta con mayor insolencia a los países menos desarrollados. Esta situación provoca que los que menos tienen, se vean en la necesidad de emigrar de sus patrias, creyendo que el país más poderoso, el búfalo del norte, Goliat del continente, les va a acoger y mejorar su deplorable estado. En tal razón, nuestro país se ha convertido en el paso obligado de los emigrantes de centro y Sudamérica; en este tenor, gran cantidad de menores ilegales se ven en la necesidad de prostituirse para poder comer y subsistir mientras cumplen su cometido de llegar al “país de los protervos de crímenes atómicos, con muertes colectivas sin precedente histórico.” Pues bien, dichas menores comercian con su cuerpo en lugares conocidos como “table dance”; luego entonces, si un sujeto se presenta en estos antros de vicio, con la intención de ingerir bebidas embriagantes y por qué no, si el momento lo amerita, sostener relaciones sexuales con alguna de las bailarinas, y resulta que el sujeto decide acostarse con una menor de doce años originaria del vecino país de Guatemala; el sujeto ignora su edad y debido a la precocidad del trópico, la menor enseña desarrollados sus caracteres sexuales secundarios provocando al sujeto, en fin que acabaron

Ahora bien, para suponer la posible comisión, o mejor dicho, que la comisión del delito de violación impropia pudiera ser sancionada como delito culposo, cabe hacer el siguiente ejemplo: Actualmente sufrimos un capitalismo salvaje que nos mantiene con el temor de algún día caer en la

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teniendo relaciones sexuales. Si analizamos lo anterior, la conducta desplegada por el sujeto, encuadra perfectamente en el delito de violación impropia previsto y sancionado por el artículo 150 del Código Penal vigente en el Estado; pero de la narración de hechos se advierte que dicho sujeto desconocía un elemento típico del delito, en este caso la edad de la pasivo, con lo que según la teoría del error, resulta un error de tipo, que para nuestro punto de vista es vencible, pues dicho sujeto se debió de haber percatado de la minoría de edad de la ofendida, es más, estaba en la posibilidad de hacerlo, en tal razón atendiendo a lo dispuesto por la teoría del error, en el sentido de que el error de tipo vencible destruye el dolo pero deja subsistente la culpa, teoría que es recogida por nuestra legislación, toda vez que la fracción X del articulo 14 expresa: “Articulo 14.- La incriminación penal se excluye cuando: X.- Se realiza la acción o la omisión bajo un error invencible sobre: a) Alguno de los elementos objetivos del hecho típico; b) La licitud de la conducta, ya sea porque el sujeto desconozca la existencia de la ley o el alcance de la misma, o porque crea que está justificada su conducta. c) Exculpantes.” Dicho artículo relacionado con el numeral 65 del mismo


loso sin serlo y el segundo, con la astucia de un buen abogado, este alegaría el principio nullum crimene sine lege, no hay crimen sin ley, ya que al advertirse el error vencible y no estar catalogado como culposo el delito, nos encontraríamos ante una conducta desprovista de tipo y por lo tanto no habría lugar a sanción, con lo que también se cometería una injusticia.

CONCLUSIÓN

ordenamiento legal que expresa: Articulo 65.- En caso de que el error a que se refiere el inciso a) de la fracción X del artículo 14, sea vencible, se impondrá la punibilidad prevista para el delito culposo siempre y cuando el correspondiente delito se encuentra previsto en el artículo 61. Da como resultado que la conducta desplegada por el sujeto del ejemplo comentado, sea sancionada como delito culposo, lo que significa una atenuación de la pena pues según al artículo 62 del varias veces citado Código Penal del Estado nos dice: “Articulo 62.- Los delitos culposos se sancionaran con una punibilidad cuyo mínimo será siempre el que como tal se prevé en el respectivo capítulo del título tercero de este libro, primero y en un máximo equivalente al mínimo de la sanción asignada para el correspondiente delito doloso. Igualmente se impondrá, en su caso, suspensión hasta de cinco años o privación definitiva de autorización, licencia o permiso de los derechos para ejercer profesión, oficio, cargo o función, correspondientes a la actividad cuyo ejercicio cometió el delito”.

hace referencia dicho numeral es de tres meses de prisión y la máxima, que resulta ser la mínima del delito de violación impropia, la cual es de ocho años; tendremos una punibilidad fluctuante entre los tres meses y los ocho años de prisión, con una media aritmética de cuatro años un mes quince días, con lo que podría obtener su libertad bajo caución, cuestión que consideramos completamente justa, pues el sujeto en ningún momento actuó con la finalidad de dañar a la menor, ni por motivos perversos ya que a un lugar de esa naturaleza se va precisamente a eso, a disfrutar de la belleza femenina, que se entiende ya han alcanzado su total desarrollo psicosexual, en resumen no existe el dolo en su conducta, por lo que nos adherimos a la postura de nuestra legislación y defendemos la idea de incluir el delito de violación impropia en el numerus clausus de los culposos, pero como dijimos anteriormente no por su naturaleza culposa si no en base a la teoría del error, ya que si no estuviese incluida en dicho catálogo, y el juez advirtiera el error vencible en la conducta del sujeto, se cometería una injusticia por el lado que se mire, pues Atento a lo anterior y tomando en se tendrían dos supuestos; el primero cuenta que la sanción mínima a que es que se le castigaría como delito do-

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Después del maravilloso periplo investigativo, por el que nos aventuramos, hemos llegado a la conclusión de que el motivo fundamental que tuvo el legislador para incluir en el catálogo de delitos culposos al tipo “violación impropia” que prevé el artículo 150 del código penal del Estado, está basada en primer término en la teoría del error, pero la adoptada en la corriente finalista o teoría finalista de la acción, que distingue entre error de tipo y error de prohibición. El error de tipo, se da por el desconocimiento de algún hecho típico y el error de prohibición sobre el desconocimiento de la antijuridicidad del acto; ambas formas de error aceptan las modalidades “invencible y vencible”, la primera da como resultado en el error de tipo, la atipicidad de la conducta y la segunda destruye el dolo y deja subsistente la culpa; en cuanto al error de prohibición, la primera modalidad (invencible), da como resultado la inculpabilidad del sujeto y la segunda modalidad (vencible) una atenuación de la pena. Nos queda claro que el delito de violación impropia, no se puede realizar de manera culposa por su naturaleza, que lleva implícita la “intención” de la cópula, pero si se puede realizar bajo un error de tipo vencible que dará como resultado una sanción prevista para el tipo culposo, por lo que apoyamos la tesis del legislador, de incluir a la violación impropia en el numerus clausus de los culposos.



R

esumen ejecutivo: Este artículo incluye, entre otros, los siguientes planteamientos: - El desarrollo rural depende mucho más de la adecuada capacitación de los agricultores que de la abundancia de sus recursos; mucho mas de insumos intelectuales que de insumos materiales; mucho mas del “cómo hacer” que del “con qué hacer”. - Gran parte de los problemas de los agricultores pueden ser resueltos por ellos mismos con la condición de que reciban una capacitación técnico-empresarial orientada a producir resultados económicos y no apenas a ejecutar actividades; una capacitación más comprometida en solucionar los problemas que en “problematizar” las soluciones. - La solución más realista para los problemas de la agricultura latinoamericana es la eficiencia tecnológica y gerencial de los agricultores y la fortaleza organizativoempresarial de sus comunidades. - Estos dos requisitos permiten contrarrestar, en gran parte, la escasez de recursos materiales y financieros de los productores rurales y la insuficiencia de apoyo gubernamental.

la medida de lo posible, fueron incorporadas a esta versión definitiva. Sus autores agradecen estos aportes reconociendo, sin embargo, que las eventuales debilidades del artículo son de su exclusiva responsabilidad no comprometiendo a los referidos colaboradores ni a la FAO. Los problemas externos a las fincas no pueden ser ignorados Los productores rurales latinoamericanos tienen razón en criticar a: - Intermediarios, agroindustriales e hipermercados, porque muchos les imponen condiciones verdaderamente crueles en la adquisición de sus productos, olvidándose que son éstos los que inician y hacen posible la cadena agroalimentaria de agregación de valor en la que participan.

- Sus propios gobiernos porque no los protegen ni asumen eficientemente la tarea de contribuir a crear condiciones más adecuadas para la mayor competitividad del sector. - A los gobiernos de los países desarrollados que practican una competencia desleal en los mercados internacionales, generando peores condiciones para proAntecedentes de este artículo: Antes de ductores del tercer mundo. ser redactado en su versión final este artículo fue sometido al análisis crítico de Pero… debemos priorizar las soluciones especialistas vinculados a las más impor- que están a nuestro alcance tantes instituciones relacionadas con el desarrollo rural latinoamericano, a través Sin embargo, seamos realistas, en las úlde una consulta electrónica informal. timas décadas las quejas y protestas de Aproximadamente 230 profesionales han los productores latinoamericanos han proaportado críticas y sugerencias las que, en ducido resultados decepcionantes. Por lo tanto ellos necesitan reemplazarlas por una actitud más constructiva, encargándose en primer lugar ellos mismos de solucionar sus problemas; porque difícilmente éstos serán resueltos por sus gobiernos ni por otros integrantes de las cadenas agroalimentarias; porque estos últimos intervienen en ellas para ganar dinero y no para so-

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Una nueva rural

¿Gastar en activ ¿Problematizar

Polan Lacki y Luis Marce

lucionar los problemas de los productores rurales. Frente a esta realidad serán los propios agricultores quienes tendrán que corregir sus ineficiencias productivas. Asimismo tendrán que organizarse para asumir mayor protagonismo en toda la cadena agroalimentaria porque son estas dos distorsiones, ineficiencia productiva y falta de organización grupal y comunitaria, ambas corregibles por ellos mismos, las principales causas “eliminables” de la falta de rentabilidad y competitividad del sector rural. Visión equivocada del problema Muchos agricultores latinoamericanos aún siguen creyendo que, para solucionar sus problemas económicos, necesitan que los gobiernos les otorguen créditos y renegocien sus deudas, garanticen la comercialización de sus cosechas, reduzcan la carga tributaria, incrementen el valor del dólar, otorguen subsidios y establezcan barreras a las importaciones de productos agrícolas. Siguen creyendo en estas medidas porque aún no se dieron cuenta que ellas no son factibles de ser llevadas a la práctica, ni son eficaces en la solución de sus problemas. Las razones para esta afirmación, de aparente escepticismo, son las siguientes: - Primera razón: Los endeudados y de-


capacitación para el desarrollo

vidades o invertir en resultados? las soluciones o solucionar los problemas?

enaro

bilitados gobiernos de esta región sencillamente, sencillamente, no están en condiciones de concederles estas ayudas, aunque quisiesen hacerlo; asimismo enfrentan enormes dificultades cuando intentan impedir que los países ricos sigan subsidiando y protegiendo a sus agricultores.

ganadería latinoamericana, la inadecuada o insuficiente diversificación productiva, el dedicarse a producir rubros de muy baja densidad económica, etc. Esto sin desconocer las importantes mejoras de productividad de muchos sectores y regiones, mejoras que por otra parte demuestran que es posible crecer en cantidad - Segunda razón: Aunque fuesen factibles, y calidad de productos y en competitividad dichas medidas no serían eficaces ni sufi- del sector. cientes mientras los productores no eliminen las dos causas más inmediatas de su Al acostumbrarnos a vivir con el probfalta de rentabilidad. Estas dos causas son lema… ¡dejamos de verlo! las siguientes: Estas dos distorsiones están tan generalizadas en la agricultura latinoamericana Causa 1: como regla general ellos se dedi- que, a pesar de ser muy dañinas para la can exclusivamente a la etapa pobre del economía de los agricultores, son considnegocio agrícola que es la etapa de pro- eradas por muchos de ellos como normales ducción propiamente tal; ésta exige mucho y aceptables; a tal punto que muchos protrabajo, expone a permanentes riesgos y ductores rurales ni siquiera se dan cuenta genera pocas ganancias. Las actividades que la falta de rentabilidad es provocada de la etapa rica (fabricación y reventa de mayoritariamente por ellos mismos, al insumos, procesamiento para incorporar adoptar los siguientes procedimientos: valor y comercialización de las cosechas) - Sus costos unitarios de producción son son realizadas por otros agentes del agri- innecesariamente altos en virtud de los business, aunque algunas de ellas podrían bajos rendimientos promedio que obser ejecutadas por los propios agricultores tienen por unidad de tierra y de animal; y si ellos lo hiciesen en forma asociativa y de los altos precios que, debido a su ingradual. dividualismo, pagan en la adquisición de los insumos y en la realización de varias Causa 2: además de encargarse apenas inversiones sobredimensionadas, que no de la referida etapa pobre, muchos agri- deberían hacerlas en forma individual. cultores la ejecutan con marcadas inefi- - Los precios de venta de sus cosechas ciencias, tal como lo comprueban los bajos son innecesariamente bajos porque, otra rendimientos promedio de la agricultura y vez, por no practicar la “asociatividad”, los

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productores comercializan sus excedentes en forma individual, sin agregarles ningún valor y con el primer eslabón de intermediación, directamente en sus fincas. Las causas más inmediatas de la falta de rentabilidad empiezan en las propias fincas y comunidades rurales. Estos antecedentes ilustran que los productores son víctimas principalmente de sus propias ineficiencias de producción, administración rural y comercialización. Al contrario de lo que suele afirmarse, muchos de sus problemas se deben a la falta de conocimientos técnico - gerenciales y de organización empresarial y comunitaria, y no sólo a equivocadas políticas crediticias, cambiarias, arancelarias e impositivas. Este es un problema de fondo que debemos reconocer con humildad y enfrentarlo con realismo, objetividad y profesionalismo; porque las ineficiencias provocadas por la falta de conocimientos y de organización empresarial deben ser corregidas con capacitación y no premiadas con subsidios. Esto no significa desconocer los problemas estructurales de la agricultura, pero se trata de no caer en la trampa de no hacer lo que es posible y necesario porque hacemos foco solamente en seguir reclamando por las medidas que están fuera del alcance de los agricultores y de los extensionistas.


agricultores corrijan sus ineficiencias y soPreguntas que nos duelen... a todos Todo lo anterior parece muy claro y enton- lucionen sus problemas. 2) El SATER no proporciona las condices cabe preguntarse: ciones mínimas para que el agente de ex- ¿Por qué las familias rurales aún no tensión permanezca permanentemente (la están capacitadas para corregir sus in- redundancia es intencional) en el campo y eficiencias productivas y por qué no es- dedicado principalmente a sus labores edtán organizadas en grupos para comprar ucativas y organizativas de la comunidad. insumos, incorporar valor a sus cosechas y comercializarlas en conjunto, en vez de 3) El extensionista no utiliza, plena y racioseguir ejecutando todas estas actividades nalmente, eficaces estrategias, métodos y medios de extensión rural. en forma individual? - ¿Cómo explicar la persistencia de estas distorsiones tan elementales si en América Latina existen decenas de miles de extensionistas y promotores del desarrollo rural que, con gran dedicación, han estado actuando durante muchos años en los más diversificados Servicios de Asistencia Técnica y Extensión Rural (SATER), máxime considerando que éstos fueron creados exactamente para corregir dichas ineficiencias y distorsiones? - ¿Cómo explicarlo si durante más de 50 años estos servicios han pasado por permanentes reestructuraciones y han aplicado las más variadas políticas, estrategias, enfoques y modelos de extensión rural? Estas debilidades, mas endógenas que Las reestructuraciones de los SATER fu- exógenas, son las que están produciendo un enorme daño a la eficacia y eficiencia eron mal enfocadas de los SATER y consecuentemente deEllo ocurrió y sigue ocurriendo porque berían constituir la prioridad de cualquier tales reestructuraciones han subestimado reforma de la extensión rural. e ignorado tres debilidades que jamás podrían haber dejado de ser considera- Sin embargo, las múltiples reestructuradas como prioritarias; porque son ellas las ciones efectuadas en las últimas décadas verdaderas y más profundas causas de no lograron eliminarlas. Prueba de ello es los modestos resultados obtenidos por los que después de cada reestructuración los extensionistas locales siguieron haciendo SATER: 1) El extensionista no está suficientemente prácticamente lo mismo que hacían antes preparado para ayudar a que los propios de la reforma, sin cambios técnico - metod-

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ológicos ni en sus actitudes. Ello ocurrió, entre otras razones, porque las referidas reestructuraciones: - En vez de empezar a corregir las crónicas debilidades técnicas, metodológicas y operativas que ocurren en las agencias locales de extensión rural, proporcionándoles las condiciones para que puedan responder a las necesidades concretas de las familias y comunidades rurales - Prefirieron el camino más cómodo de proponer reformas en aspectos teóricos, conceptuales y a veces ideológicos de lo que ocurre en las cúpulas institucionales. En el presente documento se propone revertir esa tendencia y poner énfasis exactamente en aquellos aspectos concretos del accionar de los SATER en terreno, que no dependiendo de decisiones políticas de alto nivel tienen un gran impacto en los resultados a lograr en las fincas. En otras palabras, se propone empezar las reformas desde abajo y no desde arriba de las estructuras de los SATER; desde adentro y no desde afuera. Corrigiendo apenas estas tres deficiencias, los SATER estarán en condiciones de contribuir realmente a promover una profunda transformación en el desempeño de los productores rurales. Aunque los gobiernos sigan sin otorgar a los agricultores los créditos, los subsidios ni las garantías de comercialización, que ellos tanto reivindican. Afortunadamente la corrección de gran parte de estas debilidades no depende de decisiones externas a los SATER y gracias a ello podrán ser ejecutadas por sus propios ejecutivos y por todos los extensionistas. En esta propuesta de reforma la “decisión personal” de cada ejecutivo y extensionista del SATER es más importante que la “decisión política” del gobierno.


chos agricultores también pobres necesitan de un agente de extensión que sepa “producir más y mejor con menos recursos”; un extensionista que sea capaz de ayudar a solucionar los problemas de los agricultores, contando inicialmente apenas con los recursos que ya están disponibles en sus fincas y cocionistas de los países ricos. munidades y no con los que sería deseable que estuviesen disponibles. Este es el principio básico para Los productores rurales latinoamericanos necesitan de un extensionista que sepa Tres debilidades a superar y estrategias a un extensionismo de resultados. aplicar el antídoto más eficaz contra las desarrollar 2) Deberá partir de la premisa de que, la dependencias y vulnerabilidades que Debilidad A: El extensionista no está sufi- familia rural es el más importante agente venimos describiendo. Este antídoto es cientemente preparado para ayudar a que potencial de desarrollo rural; y que su la eficiencia tecnológica y gerencial de los propios agricultores corrijan sus inefi- misión como educador consiste en trans- los agricultores y la fortaleza organizativo formar cada familia en un agente real de - empresarial de sus comunidades. Este ciencias y solucionen sus problemas. desarrollo, de su finca y de su comunidad. es el mejor “remedio” para una agricultura La globalización de la economía y la reduc- Para que esto sea posible la acción del que prácticamente ya no cuenta con ayución o eliminación de los servicios estatales extensionista deberá apuntar a lograr que das gubernamentales. de apoyo a la agricultura están exigiendo las propias familias y comunidades rurales un nuevo extensionista con visión ejecu- adquieran la voluntad y la capacidad de 3) El agente de extensión deberá trabajar tivo-empresarial que tenga las siguientes tomar, en sus propias manos, la corrección consciente de que la principal causa del de sus ineficiencias y la solución de sus subdesarrollo rural es la insuficiencia e actitudes y aptitudes: problemas. Teniendo en cuenta que los inadecuación de los conocimientos, habili1) Deberá estar consciente de que, en los gobiernos no pueden “hacer todo por todos dades y actitudes que poseen las familias y países pobres, el modelo paternalista de los agricultores siempre”, el extensionista comunidades rurales; y no tanto la falta de desarrollo rural basado en créditos, sub- deberá ser consecuente con esta realidad recursos financieros y de decisiones polítisidios y garantías oficiales de comercial- y adoptar una estrategia de desarrollo que cas. Consecuentemente, las soluciones que él formule deberán depender mucho ización está agotado. Dicho modelo es una sea educativo - emancipadora. más de medidas técnico - educativas utopía que ya no tiene ninguna posibilidad real de ser llevada a la práctica. El exten- En las actuales circunstancias este es el que político - crediticias. En su condición sionista que ignore esta realidad fracasará único camino posible para que los agricul- de profesional de ciencias agrarias y no en su misión como promotor del desarrollo tores se vuelvan menos dependientes de de ciencias políticas, el extensionista derural; porque su accionar estará basado en ayuda de gobierno y menos vulnerables berá abordar, en primer lugar, aquellos recursos que no existen y en soluciones en su relación con intermediarios, proc- problemas que son solucionables con las que los agricultores, sencillamente, no esadores y supermercados y sean menos herramientas de su profesión, en vez de pueden adoptar. Países pobres con mu- afectados por subsidios y medidas protec- seguir esperando que otras instituciones En sentido contrario, mientras estas tres debilidades no sean corregidas no tiene mucho sentido seguir formulando sofisticadas teorías académicas sobre políticas, enfoques y modelos de extensión rural, reformulando organigramas y “flujogramas” institucionales, ni tampoco incluyendo temas de moda en sus programas o dando nombres nuevos a los problemas antiguos. Porque el problema no está tanto en las políticas, en los modelos o en los enfoques, sino en la inadecuada capacitación técnica y metodológica de los extensionistas; y en la falta de agilidad operativa de los SATER para proporcionarles las condiciones de permanencia en el campo, dedicados principalmente a trabajar por la capacitación y la organización de las familias y comunidades rurales

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como regla general son estos errores, y no tanto la falta de políticas y de créditos, las principales causas de los bajos ingresos de las familias rurales. El agente de extensión deberá tener la objetividad y el pragmatismo de identificar, contrarresten, a través de subsidios, las en primer lugar, aquellas ineficiencias que consecuencias y los efectos de las inpuedan ser corregidas y eliminadas por los eficiencias productivas y comerciales de la propios agricultores, pues de lo contrario agricultura. de poco serviría identificarlas. El extensionista deberá empezar a solucionar los problemas del agro desde adentro de las fincas y comunidades y no necesariamente desde afuera. Desde abajo hacia arriba y no necesariamente desde arriba hacia abajo. Desde lo micro y no desde lo macro. Desde lo sencillo y no desde lo complejo. Deberá hacerlo iniciando con aquellas medidas que, al ser de bajo o cero costo, no necesariamente requieran de recursos adicionales a los que los agricultores ya poseen, ni de decisiones políticas de alto nivel. Poseyendo esta actitud y esta aptitud de descomplicar y desmitificar la complejidad de la problemática rural, el extensionista estará en mejores condiciones para contribuir a solucionar los problemas, en vez de seguir apenas “problematizando” las soluciones. 4) Con el fin de hacer factible la estrategia de desarrollo endógeno propuesta en el punto anterior, el extensionista deberá ser capaz de: a) Identificar los errores que los agricultores cometen, con mayor frecuencia, en la producción, en la administración de las fincas, en la adquisición de los insumos y en la comercialización de los productos, porque,

bles están muy generalizados en las fincas latinoamericanas. El extensionista deberá hacerlos “visibles” a los agricultores y luego de ello hacerlos solucionables por los propios agricultores y sus comunidades.

d) Identificar los recursos y potencialidades de desarrollo que ya están disponibles en las fincas y comunidades, priorizando su aprovechamiento racional antes que identificar debilidades y restricciones, especialmente si éstas no pueden ser corregidas por el productor ni por el extensionista. Primero utilizar lo que hay y recién después reivindicar, con mayor autoridad, lo que no hay. A modo de ejemplo, si el agricultor tiene una vaca que produce 4 litros de leche al día y un ternero cada 22 meses (promedios latinoamericanos), pudiendo producir 20 litros al día y un ternero a cada 12 meses, la prioridad es producir forraje para alimentarla y mejorar su manejo sanitario y reproductivo, antes de adquirir vacas adicionales. De lo contrario lo más probable será que el productor se endeudará innecesariamente y las vacas adicionales apenas compartirán el hambre b) Poner énfasis en aquellos problemas que con la primera. puedan ser solucionados por las propias familias rurales, con una menor dependen- e) Formular propuestas para resolver los cia de aportes externos a las fincas. Los problemas, a través de medidas que sean diagnósticos obsoletos que enfatizan los compatibles con las reales posibilidades problemas que no son solucionables por de los agricultores en adoptarlas. De poco los propios agricultores rebajan, en vez de sirve que el extensionista proponga exelevar la autoestima de las familias rurales, celentes “recetas” si los agricultores no y desestimulan en vez de estimular sus ini- disponen de los “ingredientes” necesarios ciativas. Dichos diagnósticos las conducen para llevarlas a la práctica. El agente de a la pasividad y al fatalismo, porque les extensión deberá descomplicar los probdan una sensación de incapacidad e im- lemas con el propósito de facilitar y hacer potencia para transformar su realidad ad- factible su solución. Debe recurrir a proversa. Enfatizar tales diagnósticos significa puestas sencillas y seguras, de bajo costo practicar la anti-extensión rural; porque un y buenos resultados comprobados. importante papel del extensionista moderno es exactamente el de simplificar la solu- f) Generar verdaderos desafíos en las fación de los problemas, para conseguir que milias y comunidades rurales, mostrando los agricultores aprecien que ellos mismos que normalmente existe un buen margen pueden resolverlos. posible de progreso aún con sus limitaciones y dependiendo sólo de sus propios c) Identificar aquellos problemas que suel- recursos. En este sentido podemos decir en ser invisibles para los productores, tales que el buen extensionista es un “desafiacomo costos ocultos, inversiones sobredi- dor”, alguien que genera condiciones para mensionadas y recursos ociosos, activi- que los productores lleguen a querer innodades y/o gastos improductivos, tierras y var y progresar, que tengan una ambición animales con baja productividad, pérdidas sana y adquieran un fuerte deseo de sudurante y después de la cosecha, etc. De- peración. safortunadamente estos problemas invisi- Continuara.....

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INEJECUCIÓN DE LA SENTENCIA Por el Dr. Alberto Gelacio Perez Dayán Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

L

a repetición del acto participa en un procedimiento diferente, el afectado denuncia la repetición del acto, provocando la coacción del juzgador constitucional a efecto de que llame a la responsable y le informe justificadamente por que cometió eso, que le atribuyen es la repetición del acto. En esa incidental llevara y aportara los argumentos y pruebas necesarias para que el juez incidentalmente determine si hay repetición del acto, deberá tener la sentencia original y el acto que se estima repetitivo y con ello establecer si la autoridad está ahora en condiciones de actuar como actuó. En la inejecución no hay incidente de esa naturaleza en donde le digamos a la autoridad “a ver infórmame porque si no se queja”, en la inejecución simplemente el juez o el colegiado dice “cúmpleme”,

se da vista al quejoso y puede este desahogarla o no pero juiciosamente habrá de decidir si se cumplió o no se cumplió. Les decía yo que un ejemplo puede servirnos a todos. Trabajaba yo en el decimo cuarto circuito y tomaba los conocimientos de un juicio de amparo directo, proveniente de una sentencia de un ejecutivo mercantil, sentencia de primera instancia condenatoria, sentencia de segunda instancia absolutoria. El quejoso de amparo, titular del documento ejecutivo, demostró sobradamente en el Tribunal de amparo, que la sentencia que había absuelto al demandado no era la correcta, que el agente ejecutivo era procedente y el adeudo existía, el amparo fue sin libertad de jurisdicción para la sala, limpia la sentencia de condena. En cumplim-

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iento a la sentencia de amparo viene una sentencia de segunda instancia, revocándola de primera instancia y absolviendo nuevamente al deudor, casi por lo mismo. Como comentábamos con el tema de las computadoras y que si se borro el archivo y que si no, imagine, bueno de entrada teniendo yo la presidencia me dieron cuenta de que se había dado un cumplimiento a la ejecutoria, los pusimos a la vista de la parte quejosa y él se opuso diciendo “esto no es un cumplimiento dé la ejecutoria esto es la repetición del acto, porque la sentencia es igualita”. La primera reacción del Presidente del Tribunal es, “me están abriendo un incidente de repetición del acto”, a ver, situémonos nuevamente en el asunto. Necesitamos una sentencia que comunicamos a la responsable,


la responsable nos dijo “en cumplimento a su ejecutoria deje sin efectos la inicial y te traigo la nueva”, antes de hacer pronunciamiento alguno, les soy sincero, el Presidente de un Tribunal no se pone a ver inmediatamente como le cumplieron, primero da vista y luego que venga una objeción o en caso de que esta no exista, al resolver el cumplimiento decide, pues lo pone a la vista y lo primero que sigue es que el quejoso nos dice, abre incidente de reflexión del acto, entran en un acuerdo en donde se abría una incidencia a reflexión del acto, y algo a mi ya no me cuadraba.

Es cierto que la sentencia 1 y 2 son igualitas, decía yo, a lo mejor lo que sucedió es que con los archivos pegados en el mismo alguna cosa de estas, comentábamos el uso de la computadora no estaba muy dominado como ahora y la actividad de trabajar en un circuito pequeño, no tan pequeño pero por lo menos en donde todos nos conocemos les permitió la plática con la Presidenta del Tribunal entonces y decirle, veo alguna irregularidad pero no solo eso, vemos la solicitud de abrir un incidente de repetición del acto, déjame revisarlo me dijo y efectivamente al día siguiente nos trajeron una sentencia que condenaba. Pero la reflexión viene aquí ¿porque creo que la reflexión no se pueda dar?, la repetición participa de un elemento fundamental, que el expediente sea archivado, que yo haya dictado una sentencia, que la haya comunicado, que se haya cumplido y que se haya puesto en aviso al quejoso, que el quejos me

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diga correcto y la guardamos y todos estamos tranquilos. Dos días después la autoridad viene y hace lo mismo y es por eso que inicia un incidental se denuncia, vine a denunciar la repetición del acto y es por eso que yo les digo a ver dame un informe de lo que acabas de hacer, regreso a mi caso original, y yo le puse a la vista, el quejoso en 10 minutos, vengó a denunciar la repetición del acto, por más que uno y otro sean igualitos para efecto tengo que hacer la repetición del acto, estoy todavía en el tema de cumplimiento, cuando yo colegiado advierta que esta es igualita que esta, y absolvió directo, no me estas cumpliendo, no te tengo por cumplida la ejecutoria y te exijo que me la digas bien y lo que de alguna manera se materializo cuando en la plática dijo, algo paso y al otro día llego la sentencia. Porque entonces creo que la reflexión del acto no se da, porque tratándose de la sentencia, se dic-


taba la sentencia y se decía se cumplía la ejecutoria y el quejoso dice estoy de acuerdo con ese cumplimiento, no imagino cuando el Tribunal va a volver a decir ahí esta otra mas, lo dejo sin efecto tenía que haber, lo dejo sin efecto al fin que se cumplió y traigo una nueva volviendo a absolver. La repetición del acto es bastante más propia del tema del amparo indirecto, en tanto que la autoridad en esa multietnicidad de actuaciones, llega a dictar nuevos actos y aquí debe tener cuidado la autoridad en la medida de que si el efecto del amparo directo es protegerme ahora y siempre, hasta en tanto no se le ponga una ley que es deleble o en determinadas circunstancias actos concretos, pues bueno la autoridad debe de saber que frente aquí un quejoso no puede repetir, pero si lo llega a hacer pues vendrá y se justificara un incidente en donde alguien denuncie y abra toda una oportunidad de defensa para llegar a una solución. Pero en cumplimento de las ejecutorias la mecánica misma, nos hace suponer que no, porque cuando tengo la sentencia nos permite y

si no está cumplida pues no está cumplida, si me llegara a equivocar y está cumplida y la doy por cumplida , pues el particular tiene un recurso, que es juez de Distrito en la inconformidad y somos nosotros un tema de inconstitucionalidad en ella la inconformidad ante la Corte, pero la repetición del acto no se puede dar, porque la repetición no tiende como valor jurídico tutelado a preservar la eficacia de la sentencia en relación con su cumplimiento, si no con la cosa juzgada. Yo ya había ganado ya estaba tranquilo, que si se había cumplido la sentencia de una autoridad u otra, por

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eso he sostenido que la diferencia fundamental entre la repetición del acto y la inejecución, es que en la repetición del acto la condición es que se declare cumplida la ejecutoria y el quejoso este de acuerdo con el cumplimento, y este surgirá una vez que la autoridad insiste por eso la mecánica de denunciar de no traer, de valuar y de resolver, si ese día frente a la vista que vi, de una sentencia igualita a la anterior, hubiera abierto un incidente de repetición del acto, hubiera tenido que decirle a la autoridad antes de pronunciar esto del cumplimento “oye dicen que


repetiste un informe” y ahora tuvo contraparte “ya te dije que no es repetido” por eso me dio esta vista. Yo dentro del procedimiento y la ejecución abrir un incidente de repetición, para saber si hubo o no repetición, cuando habíamos declarado sentencia ejecutoria todavía no, si no habíamos terminado lo primero, difícilmente podríamos pasar a lo segundo. Esto nos afirma aquí en el Tribunal en el que estoy, desde luego que es sujeto de múltiples opiniones, no creo que algún día el constituyente pudiera venir a decir si tiene razón. Sucedió con la consignación directa. Pero bueno solo queda la mera reflexión que es una idea que surgió a partir de un asunto concreto, me parece que la ineje-

cución tiene una tramitación y un fin específico y la repetición tiene una tramitación y un fin diferente, ambas son figuras fundamentales en el cumplimiento de las ejecutorias, pero particularmente constituyen delitos.

de trabajo y porque no, hasta de sentencias inteligibles del Poder Judicial. Seré participe de lo que las sentencias que deseemos en los Tribunales que yo integre, sean claras, precisas, concisas a lo que van, siempre entendiendo que el procedimiento de 24 horas es ridículo, pero que tampoco podemos llegar, a excesos temerarios que nos hagan a todos naufragar. Con esto quiero reiterar mi disposición, a las preguntas que ustedes tengan, y solo despedirme agradeciendo nuevamente a todos ustedes que me hayan dejado venir aquí a tocar este tema.

Solo como fin antólogo para finalizar y dejarlos a ustedes tranquilos. Yo participo de la idea de que la convivencia, la unión entre los Tribunales debe ser tal, que nos permita tener estos acercamientos, la comunicación debida, la apertura de los jueces Federales, de entender que las dificultades en cumplimiento no son meramente de voluntad, sino a veces de recursos materiales, de exceso Mil gracias a todos.

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