Un Estado de derecho1 es aquel que se rige por un sistema de leyes e instituciones ordenado en torno de una constitución, la cual es el fundamento jurídico de las autoridades y funcionarios, que se someten a las normas de ésta. Cualquier medida o acción debe estar sujeta o ser referida a una norma jurídica escrita. A diferencia de lo que sucede ocasionalmente en muchas dictaduras personales, donde el deseo del dictador es la base de una gran medida de acciones sin que medie una norma jurídica. En un estado de derecho las leyes organizan y fijan límites de derechos en que toda acción está sujeta a una norma jurídica previamente aprobada y de conocimiento público (en ese sentido no debe confundirse un estado de derecho con un estado democrático, aunque ambas condiciones suelan darse simultáneamente). Esta acepción de estado de derecho es la llamada "acepción débil" o "formal" del estado de derecho. Este se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público. El término 'Estado de derecho' tiene su origen en la doctrina alemana del Rechtsstaat. El primero que lo utilizó como tal fue el libro La ciencia de política alemana en conformidad con los principios de los Estados de derecho (en alemán Die deutsche Polizeiwissenschaft nach den Grundsätzen des Rechtsstaates), sin embargo, la mayoría de los autores alemanes ubican el origen del concepto en la obra de Immanuel Kant. En la tradición anglosajona, el término más equivalente en términos conceptuales es el rule of law. Índice
Concepciones y requisitos Existen dos acepciones tradicionales del concepto estado de derecho: •
La acepción débil o meramente formal (estado de derecho en sentido formal),
el único requisito para que un estado sea de derecho según esta acepción es que en su organización político-social de «cualquier poder deba ser conferido por la ley y ejercido en las formas y procedimientos establecidos por ella». Esta acepción no excluye a los estados autoritarios, ya que la anterior condición puede ser satisfecha por sus sistemas jurídicos.
•
La acepción fuerte o substantiva (estado de derecho en sentido real o
material), requiere además que «cualquier poder sea limitado por la ley, que condiciona no solo sus formas sino también sus contenidos» 2 Esta segunda condición según qué contenidos sean señalados como deseables excluiría a los estados totalitarios. Si se fijan una serie de requisitos como los siguientes: 1.
Deben crearse diferentes órganos del cuerpo del Estado y cada uno de
ellos debe asumir una de las funciones de estado. 2.
Esos órganos de poder del Estado deben actuar autónomamente. Es
decir, sus dictámenes o decisiones no pueden ser invalidados, modificados o anulados por otro órgano. 3.
Debe estar establecida la forma en que se nombran los titulares del
respectivo órgano, y las solemnidades y procedimientos para poner término a sus cargos. 4.
El poder debe estar institucionalizado y no personalizado, vale decir,
debe recaer en instituciones jurídico-políticas y no en autoridades específicas, las cuales tienen temporalmente el poder en sus manos mientras revisten su cargo. 5.
Tal vez el requisito más importante tiene que ver con que tanto
las normas jurídicas del respectivo Estado como las actuaciones de sus autoridades cuando aplican dichas normas jurídicas, deben respetar, promover y consagrar los derechos esenciales que emanan de la naturaleza de las personas y de los cuerpos intermedios que constituyen la trama de la sociedad. Para la acepción débil del estado de derecho se requeriría satisfacer las cuatro primeras condiciones, mientras que la quinta condición es típica de una acepción fuerte del estado de derecho. Ha existido un considerable debate sobre la utilidad de las dos acepciones: El Estado de Derecho en sentido formal y el Estado de Derecho en sentido material. Autores como Joseph Raz son partidarios de usar el término estado de derecho en sentido formal reduciendo el estado de derecho al principio de legalidad: Un sistema jurídico no democrático, basado en la negación de los derechos humanos, en una gran pobreza, en segregación racial, en desigualdad sexual y en la persecuación religiosa puede, en principio, conformarse a los requerimientos del Estado cualesquiera de los sistemas jurídicos de las más ilustradas democracias occidentales. Esto no significa que este sistema sea mejor que
aquellas democracias occidentales. Sería un sistema jurídico inconmensurablemente pero sobresaldría en un aspecto: en su conformidad al Estado de derecho. J. Raz: La autoridad del derecho3
El ordenamiento jurídico del Estado debe reunir una serie de características que dan origen a un Estado de Derecho real o material. Por contra otros autores, entre ellos el mexicano Reyes Heroles se adhieren a una acepción material o sustantiva y consideran que el Estado de Derecho se asientan en cuatro principios amplios: 1.
Principio de legalidad.
2.
Obligatoriedad del Derecho con respecto al estado.
3.
La supremacía de la constitución.
4.
La responsabilidad del estado por sus actos frente a los ciudadanos
El Estado de Derecho en sentido formal[editar] Un Estado de Derecho es aquel en el que la ley es el instrumento preferente para guiar la conducta de los ciudadanos. La transparencia, predictibilidad y generalidad están implícitas en él. Esto conlleva a que se facilite las interacciones humanas, permite la prevención y solución efectiva, eficiente y pacífica de los conflictos; y nos ayuda al desarrollo sostenible y a la paz social. Para un Estado de Derecho efectivo es necesario:4 •
Que el Derecho sea el principal instrumento de gobierno.
•
Que la ley sea capaz de guiar la conducta humana.
•
Que los poderes la interpreten y apliquen congruentemente.
El Estado de Derecho en sentido material[editar] El vínculo a la observación de las leyes sería inútil e ineficaz si no se pudiera garantizar que las leyes que ellos mismos son los garantes de los derechos fundamentales. Por lo tanto, los elementos formales del Estado de Derecho se han desarrollado y ampliado por parte de elementos materiales del Estado, en particular mediante la adopción de normas que protegen los derechos fundamentales. Por ejemplo, la Constitución federal de la Confederación Suiza establece: Art. 5 Principios de la actividad del Estado regidos por el Derecho 5 1.
El Derecho es la base y el límite de la actividad del Estado.
2.
La actividad del Estado debe responder a un interés público y ser
proporcionada al fin buscado.
3.
Los órganos del Estado y los particulares deben actuar de manera
conforme a las reglas de la buena fe. 4.
La Confederación y los cantones deben respetar el Derecho
internacional. Ejemplos de concreción material para el Estado de Derecho (extraídas del catálogo de los derechos fundamentales de la Constitución Federal de la Confederación Suiza de 18 de abril de 1999): Art. 7 La dignidad humana6 1.
La dignidad humana debe ser respetada y protegida.
Art. 8 Igualdad ante la ley7 1.
Todos los seres humanos son iguales ante la ley.
2.
Nadie podrá ser discriminado, en particular a causa de su
origen, raza, sexo, edad, idioma, posición social, el modo de vida, convicciones religiosas, filosóficas o políticas, o por causa de una deficiencia corporal, mental o psíquica. 3.
El hombre y la mujer son iguales en derechos. La ley debe garantizar su
igualdad de derecho y de hecho, en particular en los dominios de la familia, la educación y el trabajo. El hombre y la mujer tienen derecho a un salario igual por un trabajo de igual valor. 4.
La ley procurará medidas encaminadas a la eliminación de las
desigualdades que afectan a las personas con discapacidad. Por otra parte, de acuerdo con el Índice del Estado de Derecho 8 publicado anualmente por proyecto mundial de justicia (World Justice Project),9 un Estado de Derecho es aquel en el cual se respetan los siguientes cuatro principios: 1.
El gobierno en su conjunto y sus funcionarios son públicamente
responsables ante la ley; 2.
Las leyes son claras, públicas, estables, y justas, y protegen derechos
fundamentales tales como la seguridad de los ciudadanos y la defensa de su propiedad; 3.
El proceso a través del cual las leyes son aprobadas, administradas, e
implementadas es accesible, justo, y eficiente; 4.
El acceso a la justicia es garantizado por representantes e instancias
jurídicas que son competentes, independientes, éticas, suficientes en número,
que tienen recursos suficientes, y que reflejan las características de las comunidades que sirven.
El Estado constitucional[editar] Según algunos autores, la presencia de una Constitución rígida y del control de legitimidad constitucional daría lugar a una legitimidad constitucional del Estado en lo que se describió como Estado constitucional. El surgimiento del Estado de Derecho coincide con el final del absolutismo e implica la imposición de la burguesía entre el siglo XVIII y siglo XIX, que a partir del poder económico alcanzado impusieron reclamos políticos y determinaron una transformación radical en la sociedad y el concepto de Estado. En teoría, la proclamación del Estado de Derecho surge como oposición explícita al Estado absolutista. En esta última forma de Estado, los titulares del poder eran «absolutos», o sea que se liberaban de cualquier poder superior a ellos. Actualmente, de hecho, en gran parte de los Estados del mundo los derechos civiles y políticos están garantizados a todos los individuos sin distinción, gracias a la evolución histórica y política que, a partir del Estado absolutista, ha aportado al surgimiento de lo que se conoce como Estado de Derecho. Podemos reconocer un ejemplo precursor del Estado de Derecho en la constitución inglesa del siglo XVII. La Revolución Gloriosa, combatida contra el absolutismo de la dinastía Stuart conduce a una serie de documentos (el Bill of Rights, el hábeas corpus, el Acta de Establecimiento), que demuestra la inviolabilidad de los derechos fundamentales de los ciudadanos y de la subordinación del rey al parlamento (que es representante del pueblo). La proclamación consciente y presente del Estado de Derecho se logra a través de las dos grandes revoluciones del siglo XVIII: la Declaración de Independencia de los Estados Unidos y la Revolución francesa. Las críticas que se dirigen en general al Estado de Derecho por la mayoría de la historiografía jurídica, a partir de diversas franjas ideológicas (socialistas, doctrina social de la Iglesia, por ejemplo) y las partes de la masa surgidas a fines del ochocientos y principios del novecientos es aquella de haber reconocido sólo en abstracto los derechos humanos fundamentales, sin tratar la actuación concreta de tales derechos. Por lo tanto, se ha realizado en todos los Estados liberales de facto una situación que de hecho contrastaba con las proclamaciones de Derecho prevista
por los textos constitucionales vigentes. Estas deficiencias se subsanan con la introducción de los principios del Estado del bienestar y la democracia; concretándose en el llamado Estado social y democrático de Derecho
Estado social Estado social (del alemán Sozialstaat) es un concepto propio de la ideología o bagaje cultural político alemán. El concepto se remonta a la formación del Estado prusiano y, pasando a través de una serie de transformaciones, en la actualidad forma las bases político-ideológicas del sistema de economía social de mercado. En términos más recientes, incorpora a su propia denominación el concepto de Estado de derecho, dando lugar a la expresión Estado de derecho social (sozialer Rechtsstaat),1 2 3 4 5 y también, además, al concepto de Estado democrático, dando lugar a la expresión Estado social y democrático de derecho.6 Índice [ocultar] • • • • • • •
1 Introducción 2 Orígenes y evolución del término 3 Rasgos fundamentales 4 Críticas (esbozos) 5 Véase también 6 Notas 7 Enlaces externos
Introducción[editar] Se considera que el Estado social es un sistema socio-político-económico definido por un conjunto de condiciones jurídicas, políticas y económicas. En términos generales la mayor parte de autores de filosofía del derecho concuerdan en que un Estado social de derecho se propone fortalecer servicios y garantizar derechos, considerados esenciales para mantener el nivel de vida necesario para participar como miembro pleno en la sociedad. Entre esas condiciones se cita generalmente: • Asistencia sanitaria. • Salud • Educación pública. • Trabajo y vivienda dignos, • Indemnización de desocupación, subsidio familiar. • Acceso práctico y real a los recursos culturales: (bibliotecas, museos, tiempo libre). • Asistencia para personas con discapacidad y adultos mayores. • Defensa del ambiente natural. • Asistencia social • Defensa jurídica y asistencia legal. • Garantiza los denominados derechos sociales mediante su reconocimiento en la legislación. Provee la integración de las clases sociales menos favorecidas, evitando la exclusión y la marginación, a través de la compensación de las desigualdades y de la redistribución de la renta por medio de los impuestos y el gasto público. Utiliza instrumentos como los sistemas de educación y sanidad (en mayor o menor grado públicos y controlados por el estado, obligatorios, universales, gratuitos y subvencionados), financiados con cotizaciones sociales.
Se tiende a la intervención en el mercado y la planificación de la economía, todo ello en contra de los principios del liberalismo clásico. En la práctica política, tanto el Estado social como la economía social de mercado son a menudo confundidos con el Estado del bienestar (welfare state). Esta confusión es a veces natural, producto de la confluencia en ambos proyectos de historia, resultados, intereses (véase Estado del Bienestar: Orígenes y Evolución), e incluso medios (véaseeconomía del bienestar), pero a veces parece intencional, debido a consideraciones ideológicas o de debate.7 Es relevante notar que en idioma alemán hay dos palabras (Sozialstaat y Wohlfahrtsstaat) que se pueden traducir al inglés como welfare state. Sin embargo hay entre ellas una distinción sutil pero importante: Sozialstaat es un principio(Sozialstaatsprinzip) mientras Wohlfahrtsstaat es una política: In der Politikwissenschaft wird der Terminus Wohlfahrtsstaat zum Teil abweichend verwendet und gilt als vorwiegend empirische Kategorie zur vergleichenden Analyse der Aktivitäten moderner Staaten.8 'En la ciencia política, el término Estado de bienestar tiene en parte usos o significados distintos, y se considera que es principalmente una categoría empírica para el análisis comparativo de las actividades de los Estados modernos' .
Orígenes y evolución del término[editar] El concepto del Estado social fue introducido por el economista, sociólogo y analista político alemán -considerado conservador- Lorenz von Stein como una manera de evitar larevolución. Von Stein postuló que la sociedad ha dejado de constituir una unidad, debido a la existencia de clases, lo que facilita que los individuos persigan sus propios intereses a costa de los del resto, terminándose con estados opresivos o dictatoriales. En esas circunstancias, puede haber una revolución. Pero esa revolución sólo llevará a una nueva dictadura. La solución es, en su opinión, un Estado social, es decir, un Estado que inicie una reforma a fin de mejorar la calidad de la vida de las clases "bajas", evitando así, en sus palabras, «el proceso de las clases que buscan ascender socialmente» (der soziale Prozeß der aufsteigenden Klassenbewegung). Lo anterior se lograría a través de una «Monarquía Social». 9 Sin embargo algunos autores,10 encuentran antecedentes anteriores en la monarquía prusiana del despotismo ilustrado, a partir de Federico II el Grande de Prusia. Por ejemplo, la "landrecht" de Federico Guillermo II estableció que el "Estado seria considerado el protector natural de las clases pobres". Von Stein escribió en la misma época que Hegel, la de la reacción absolutista a la Revolución francesa. Periodo que en Alemania coincidió con el reinado de Federico Guillermo III. Hegel es generalmente considerado el más avanzado exponente del conservatismo político, la antítesis del liberalismo, debido a la proposición que una comunidad es definida por un "espíritu común", que en su opinión era un número de principios morales que existen a priori (o por sobre) la comunidad misma. En su visión, la legitimidad de un estado depende de la implementación de tales principios, más que en representar los intereses de los miembros particulares de la misma. Hegel ha sido a menudo acusado de sustituir el Pluralismo (política) y la libertad de la sociedad por la uniformidad impuesta de una entidad metafísica superior a todos y cada uno: el estado "supra-individual".11 Tanto von Stein como Hegel postulan una sociedad que constituye una especie de organismo, literalmente con espíritu o vida real, independiente de los individuos o incluso de cualquier generación en particular. Para Hegel ese espíritu "del pueblo o nación" (Volkgeist, entendido como espíritu de una nación a través de las generaciones) se concretiza en un individuo particular, el que incorpora o da realidad a ese espíritu, Ese individuo es el monarca absoluto pero constitucional, en el sentido que es el volkgeist lo que da origen a toda ley y toda constitución: el monarca, personificando ese volkgeist, es la ley y, por lo tanto, no solo la constitución, pero la mejor forma de constitución posible.12 13
Adicionalmente, para von Stein, el estado consiste de dos componentes centrales que se deben complementar: la Constitución y la Administración -este último término en un sentido general: por ejemplo, la libertad y bienestar que la constitución establece debe ser implementada también al nivel práctico por el brazo administrativo. Lo que significa que debe haber una "administración social" que permita a los individuos ejercer esos derechos y gozar en realidad de esas garantías que la constitución promete. "Para Stein, el Estado tiene que garantizar la libertad del individuo no solamente contra las amenazas de otros individuos o de los propios agentes públicos, sino también contra la arbitrariedad de los desarrollos socioeconómicos"14 (ver Cameralismo). Estas tendencias alcanzaron su apogeo posteriormente, con Otto Von Bismarck quien ha sido considerado un ardiente monarquista y nacionalista, el último representante del despotismo ilustrado, y al mismo tiempo como el padre fundador de la Alemania moderna (véase Unificación de Alemania). Bismarck introdujo, motivado por un deseo de evitar el ascenso de los socialdemócratascomunistas (en ese momento no se había producido aún tal escisión dentro delmovimiento obrero marxista, únicamente separado de la rama anarquista-bakuninista) una serie de reformas que él llamó "Cristianismo Aplicado". Posteriormente se refirió al proyecto como "Socialismo de Estado" observando, proféticamente, que "es posible que todas nuestras políticas se deshagan cuando yo muera, pero el Socialismo de Estado perdurará" (Der Staatssozialismus paukt sich durch).15 Algunos se han referido al sistema bismarckiano -que perduró sin modificaciones mayores en Alemania hasta el fin de la Primera Guerra Mundial- como "revolución desde arriba",16 "Reformismo de derecha" o "Estado de Bienestar Conservador". 17 Marx llamo a este proyecto "socialismo del Gobierno real prusiano". 18 (ver también "Crítica al programa de Gotha") También ha sido denunciado como "Capitalismo de Estado", dado que en ese sistema el estado no busca controlar sino regular lo que son esencialmente empresas capitalistas.19 Respecto al aspecto legal del Estado social del Derecho que se empieza a hacer evidente en el periodo, hay que tener en cuenta que históricamente este concepto fue precedido por el concepto de Rechtsstaat (ver Estado de Derecho) también parte esencial del bagaje cultural, institucional e ideológico alemán, concepto que se puede ver como íntimamente ligado al concepto inglés de "Rule of Law" y al hispano Imperio de la ley.20 Este Estado de Derecho, como concepto filosófico se remonta, en la ideología alemana, directamente al concepto kantiano acerca del deber ser social.21 22 23 Esta concepción se puede percibir como un "sobredimensionamiento" de la función de la ley,2425 con dos elementos para la organización de la política y de la sociedad: Primero, la ley como mecanismo civilizador y de progreso.26 El segundo es el principio regulador o de "legalidad": la ley aparece como el instrumento más adecuado para organizar una determinada forma de sociedad y su Estado. A pesar que para Kant el principio se puede resumir como "discutid tanto como queráis, pero obedeced (a la autoridad real)",27 en la actualidad, Estado de Derecho se entiende como significando que tanto el Estado como la sociedad deben estar sometidos a la Ley (ver "Legalidad administrativa" en Principio de legalidad). Después del fin de la Primera Guerra Mundial, durante el periodo de la República de Weimar se continúa con el concepto paternalista del Estado social. En general, y a pesar de algunas modificaciones -tales como la introducción, en principio, de una Constitución y un sistema federal- simplemente se reemplaza la monarquía con una república, manteniéndose, por ejemplo, el principio de la primacía del poder central ( ejecutivo) sobre el legislativo y el judicial (por ejemplo, el "canciller" podía intervenir o modificar decisiones de los otras ramas del estado por "motivos de estado"). Durante ese periodo, y como consecuencia de las grandes crisis económicas y políticas del periodo,28 dos concepciones se empiezan a delinear en Alemania.
La primera, volviendo a las concepciones nacionalistas y de orden de Bismarck, propone disciplina y control social estricto a fin de producir crecimiento y bienestar económico (ver Movimiento Revolucionario Conservador), que termina dando origen al proyecto nacionalsocialista.29 Esta visión transforma el sentido de la nación generadora del "volkgeist" de ser una comunidad definida por principios morales o legales (de nacimiento en una determinada jurisdicción) a una relación étnica o racial30 dando así origen a la acusación que el antisemitismo de los nazis es culturalmente inspirado, producto de ese mismo "volkgeist".31 La visión alternativa, que puede ser llamada del liberalismo conservador, se encuentra en la escuela de Friburgo, (ver también ordoliberalismo) resalta la importancia que el derecho sea no solo garante del orden social en el sentido de reglar a los gobernados y regular la conducta gubernamental o estatal pero también la relación entre individuos, empresas y grupos de poder en un mercado libre32 estableciendo así las bases para el Estado social de derecho moderno. Con posterioridad a la Segunda Guerra Mundial, varios políticos que constituyeron la oposición de derecha de inspiración cristiana y basándose en las visiones de la escuela de Friburgo, vuelven a las raíces hegelianas del concepto, pero reinterpretan el contenido moral del Estado social, buscando reemplazar tanto el nacionalismo como el centralismo a fin de evitar que el Estado caiga en las manos de déspotas. Ese nuevo contenido, de carácter cristiano, reafirma no solo el bien común sino el valor irreemplazable de la libertad de los individuos y el valor de las comunidades diversas que se integran en una nación, adquiriendo así el sentido moderno -nuevo Rechtsstaat o Sozialrechtsstaat- del término (ver rechtsstaat) En conjunto con las concepciones económicas de personajes tales como Franz Böhm, Walter Eucken y -principalmente- Alfred Müller-Armack, dan finalmente origen al proyecto de la Unión Demócrata Cristiana de Alemania que llega a ser llamado Economía Social de Mercado.33
Rasgos fundamentales[editar] Dado su origen e influencias ideológicas, este proyecto de "liberalismo ordenado o controlado" es, por principio, opuesto a concepciones socialistas o colectivistas. Por ejemplo, uno de los principales promotores de la Economía Social de Mercado, Ludwig Erhard dijo: Nosotros rechazamos el Estado benefactor de carácter socialista, y la protección total y general del ciudadano, no solamente porque esta tutela, al parecer tan bien intencionada, crea unas dependencias tales que a la postre sólo produce súbditos, pero forzosamente tiene que matar la libre mentalidad del ciudadano, sino también porque esta especie de auto-enajenación, es decir, la renuncia a la responsabilidad humana, debe llevar, con la paralización de la voluntad individual de rendimiento, a un descenso del rendimiento económico del pueblo. 34 A diferencia con el Estado del Bienestar, el Estado social de derecho no busca avanzar hacia el socialismo; no intenta transformar al Estado en propietario de los medios de producción ni se ve como promotor de igualdad social en un sentido amplio.35 Sus principales objetivos son, por un lado, dar un marco regulatorio al capitalismo a fin de asegurar que las reglas de la Competencia (economía) realmente se implementen (se implementen "funcionalmente, en el lenguaje de la escuela) y, segundo, que los beneficios de la actividad económica se extiendan a la sociedad entera en relación a los esfuerzos personales pero evitando extremos de privación o injusticias. Lo anterior se concreta a través de la acción reformista del Estado. Lo anterior da origen, por supuesto, a tensiones o contradicciones en el proyecto. Desde el punto de vista del proyecto, esas tensiones se deben resolver institucionalmente, a través del ordenamiento jurídico de un país.36 En relación a esto, el Estado social de derecho reconoce el derecho legitimo no solo de los individuos sino también de grupos o sectores que actúan en representación de clases (por ejemplo, sindicatos, colegios profesionales, agrupaciones empresariales) o sectores sociales (desde juntas de vecinos a agrupaciones regionales) a actuar y tener acceso a niveles de decisión político-administrativos, manteniendo al mismo tiempo que el Estado como tal debe estar por encima de esas divisiones, actuando
no solo como buen juez, sino al mismo tiempo tomando acciones activas a fin de asegurar tanto la participación general como el mantenimiento de la legalidad e intereses comunes. Lo anterior da origen a los siguientes ejes temáticos37 • Igualdad versus libertad. Tanto la libertad como la igualdad son generalmente consideradas como un derecho fundamental, como principios que el estado debe defender y promover. Sin embargo, estos principios a veces entran en contradicción. Por ejemplo, desde los tiempos de John Stuart Mill y Kant mismo se acepta que la libertad o bien común demanda una cierta limitación de la libertad de los individuos. La problemática en este sector es buscar un equilibrio que de un resultado óptimo pero al mismo tiempo mantenga la legitimidad política del Estado frente a todos los ciudadanos. • El estado gestor, mánager. El modelo de Estado social es un modelo gestor, de un estado activamente intervencionista. Pero al mismo tiempo un estado que no busca llegar ser un estado controlador. Cuando aparece el Estado social moderno encuentra por un extremo el Estado liberal y por el otro el modelo comunista. El estado social tiende a posicionarse en el Centro político, aceptando en general el liberalismo económico, afirma que hay una área de acción legitima que corresponde al Estado: la de establecer los mecanismos financieros básicos (emisión del dinero, control de tasas de interés, etc), acción directa (pero no necesariamente como propietario) en ciertas áreas de interés común (tales como redes de transporte, provisión de energía, provisión de "derechos sociales", etc) y supervisión del funcionamiento de empresas privadas y economía en general. Dentro de estas premisas el Estado organizará la actividad económica, planificando y participando en determinados sectores. • Derechos sociales. Son aquellos que tienen que ver con la protección de los más desfavorecidos, son derechos que obligan al Estado a actuar. Entre ellos citaremos elderecho a la educación, el derecho a la salud, la seguridad social, el derecho a la vivienda, etc. Se incluye aquí el derecho de participación social y participación política, implementado, por ejemplo, para los trabajadores a través de sus sindicatos nacionales. • La teoría de la Procura Existencial de Forsthoff. Por la cual el Estado debe proporcionar sino a todos, a una mayoría el mayor grado de bienestar posible respecto a aquellas necesidades que el individuo no pueda proporcionarse por sí mismo. Según Eduardo García de Enterría .[cita requerida], el Estado debe de encauzar adecuadamente la tarea de la asistencia vital, asegurando las bases materiales de la existencia individual y colectiva. El ciudadano debe poder obtener de los poderes públicos, todo aquello que siéndole necesario para subsistir dignamente, quede fuera de su alcance. • Principio democrático. Respeta los principios democráticos de las Democracias Liberales pero los completa con un movimiento hacia el parlamentarismo, la Democracia social y la democracia deliberativa. Surge así un concepto particular de "participación económica" , que consiste en la creación de una cámara esporádica especializada en cuestiones económicas; esto se quedará más en un intento que en algo práctico de verdad. Nace también el principio de la democracia empresarial por la que se abren vías de participación a los trabajadores en el seno de las empresas