REVISTA
SINDICAL Nueva Democracia
Publicacion de la Comisión Nacional Sindical Número 1, Marzo Abril de 2017 Revista digital de publicación bimensual
Contenidos Editorial
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Declaración ND 1° Mayo
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Revisando la Reforma Laboral: El derecho a huelga.
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Mejora del Acuerdo Marco: La lucha de la Fuerza Nacional de Trabajadores para la minería y el Montaje Industrial
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Nueva Democracia
editorial
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fines del mes de Marzo se llevó a cabo el Primer Encuentro Nacional Sindical de Nueva Democracia, lugar para fraternales discusiones en torno a las derivas que debe tomar el trabajo sindical de nuestra organización y de cómo podemos ser un aporte para la construcción de un movimiento sindical robusto, capaz de constituirse en actor político no tan sólo en defensa de los intereses gremiales de cada actor, sino en defensa de nuestros intereses de las y los trabajadores en cuanto clase. Relevar la importancia de que las y los trabajadores nos constituyamos como actor político es trascendental, ya que vivimos un escenario de emergencia política por parte de las fuerzas alternativas que se han articulado y movilizado al calor de las demandas sociales durante las últimas dos décadas. Esa emergencia política tiene como una de sus expresiones el surgimiento del Frente Amplio, del cual somos entusiastas impulsores. Quienes queremos cambios profundos en Chile, sabemos que estos son imposibles sin tocar el modelo de desarrollo y la desigual y aberrante distribución de la riqueza que existe en nuestro país. Como también, que no será éste el momento en donde el empresariado y sus representantes políticos dejen de defender sus privilegios con uñas y dientes. Los cambios profundos que requiere Chile no se resuelven solamente con un buen resultado electoral; esa es una batalla necesaria de dar, por cierto, pero en la guerra no necesariamente ganan los justos o los coyunturalmente exitosos, sino los más organizados. Es en esa línea que en nuestro encuentro sindical señalamos la importancia estratégica de la labor en el mundo de los trabajadores para las batallas presentes y futuras por un Nuevo Chile que responda a los intereses de las mayorías trabajadoras. Por lo tanto, esta revista es una respuesta a la necesidad manifestada en dicho encuentro de dotarnos las y los trabajadores de herramientas de formación e información. Desde la Comisión Nacional Sindical (CNS), esperamos que este medio pueda aportar a potenciar el trabajo sindical de ND fortaleciendo nuestra labor sindical, para aportar con todos nuestros esfuerzos a la construcción de un potente movimiento sindical.
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Revista Sindical
El poder está en nuestras manos
CONSTRUYAMOS MOVIMIENTO SINDICAL
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n este nuevo milenio los trabajadores y trabajadoras por medio de movilizaciones sectoriales, hemos obtenido victorias relativas a corto plazo. Sin embargo, a nivel de clase, destaca la debilidad organizacional y política en que nos encontramos, lo que ha facilitado la victoria de gobiernos y empresarios sobre nosotros/ as. Basta recordar la reciente negociación de un espurio reajuste del sueldo mínimo o la implementación de una reforma laboral que viene a modernizar el sistema de relaciones laborales de la dictadura, pero que no toca los pilares del Plan Laboral. La poca capacidad de respuesta como clase frente a las ofensivas empresariales, expresan una profunda crisis del sindicalismo, la que también podemos observar en otros niveles. Sin ir más lejos: la situación de corrupción, concubinato y falta de participación al interior de la CUT, ha llevado a varias organizaciones a congelar su participación de manera indefinida, o a revisar su permanencia en ella. Aquella situación, no es atribuible solamente a un grupo de personas que mantienen cooptada esa organización, sino que es expresión de una forma de comprender la acción sin-
dical que se transformó en hegemónica, durante los primeros años de la transición a la democracia, basada en lógicas conciliadoras y cliente-
Declaración 1 mayo Nueva Democracia
de la organización de los trabajadores/as en nuestro país, mostrando poca capacidad de articulación desde nuestros centros de trabajo algo
la situación de corrupción, concubinato y falta de participación al interior de la CUT (...) es expresión de una forma de comprender la acción sindical que se transformó en hegemónica, durante los primeros años de la transición a la democracia, basada en lógicas conciliadoras y clientelares, altamente dependiente de los recursos estatales y sin capacidad de actuar con independencia política de clase frente a los gobiernos, patrones y partidos políticos. lares, altamente dependiente de los recursos estatales y sin capacidad de actuar con independencia política de clase frente a los gobiernos, patrones y partidos políticos. Por otro lado, el sindicalismo que se reclama heredero de la
distinto del sindicalismo de transición, en unidad, pero respetándonos en la diversidad. La profunda crisis de representación y el auge de la movilización social en Chile, abre las compuertas de la historia para realizar los
tradición de la CUT del 53 no ha sido capaz de superar su carácter marginal. Desentendiéndose de responsabilidades sobre el actual estado
cambios que durante años han sido postergados, salir de esta situación será tarea de todo el pueblo, correspondiendo a los trabajado-
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res/as un rol preponderante en ese proceso. Sin la participación activa de las y los trabajadores organizados, la disputa por mejores condiciones de existencia para nuestra gente expresada en el fin al sistema de AFPs, un nuevo código del trabajo que consagre el fin del plan laboral y la disputa estratégica por cómo se distribuyen los ingresos entre la minoría empresarial y las amplias masas trabajadoras, pierde fuerza. Los empresarios y sus representantes políticos lo saben, es por eso que intervienen fuertemente en la disputa por mantenerse a la cabeza de las organizaciones sindicales existentes, incluso a base de padrones de afiliados falsos y la compra de dirigentes sindicales y sus fueros. Hoy la tarea principal es constituir una corriente sindical que ponga sus principales esfuerzos en aportar a la generación de un movimiento sindical robusto, masivo, unitario, democrático, solidario clasista, y politizado; recuperando el rol social que tuvo el movimiento sindical hasta la dictadura, pero proyectándolo para los cambios que la gran familia trabajadora hoy requiere para vivir mejor: hoy como ayer, el poder está en nuestras manos.
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REVISANDO LA
REFORMA LABORAL
El derecho a huelga
Cristóbal Bustos- Claudio Aguilar, equipo legal CNS.
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na de las principales reformas propuestas en la campaña de Michelle Bachelet para alcanzar la Presidencia fue la Reforma Laboral, ésta tenía entre sus principales objetivos dar efectividad al ejercicio del Derecho a Huelga, acabando con la prohibición legal del reemplazo de trabajadores/ as. Sin embargo, el contenido de la reforma que entró en vigencia el 1 de abril de este año, respecto a la huelga, establece nuevas limitaciones para este derecho, pues el gobierno decidió escuchar las presiones de sectores políticos conservadores y el empresariado. Primero, si bien es cierto se eliminó la prohibición al reemplazo en el momento en que se ejerce la huelga1, se estableció que previo a una Negociación Colectiva Reglada, el empleador deberá proponer por
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la Huelga pierde su esencia como medida de presión, dejando de ser tal nuevamente en esta Reforma
escrito al o los sindicatos existentes en la empresa, con una anticipación de, a lo menos, 180 días al vencimiento del instrumento colectivo vigente, su propuesta de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia para la empresa2, los cuales estarán constituidos exclusivamente por trabajadores/as que estén ejerciendo su derecho de huelga3, con la finalidad, principalmente, de evitar daños a los bienes corporales e instalaciones de la empresa, garantizar la prestación de servicios de utilidad pública o para prevenir daños ambientales o sanitarios4. En consecuencia, la operatividad de esta figura legal constituye una abierta afectación al Derecho fundamental a Huelga, toda vez que, teniendo en consideración la amplitud de las causales para determinar los servicios mínimos con sus respectivos equipos de
emergencia, constituye una desproporcionada limitación al ejercicio de la huelga, el único medio legítimo y efectivo de los trabajadores/a para poder igualar el poder de negociación con los empleadores y así lograr sus reivindicaciones. Ejemplo de lo anterior es lo que actual-
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tualidad de que se ejerza la huelga por el sindicato, opere el 91% de los trabajadores/as los días de semana y un 94% de trabajadores/as los fines de semana, invocando la causal de utilidad pública. Por tanto, la nueva regulación más que consolidar un efectivo Derecho Fundamental
teniendo en consideración la amplitud de las causales para determinar los servicios mínimos con sus respectivos equipos de emergencia, constituye una desproporcionada limitación al ejercicio de la huelga, el único medio legítimo y efectivo de los trabajadores/a para poder igualar el poder de negociación con los empleadores y así lograr sus reivindicaciones. mente está ocurriendo en la determinación de los servicios mínimos entre Metro S.A. y el Sindicato Unificado de Metro, quienes no lograron acuerdo, por lo que Metro S.A. recurrió a la Dirección del Trabajo para que ésta los determine, pues la empresa de transporte público solicita que en la even-
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a Huelga, lo restringe favoreciendo considerablemente a los empleadores. Segundo, la nueva Ley de Relaciones Laborales garantiza a la empresa principal, en caso que los trabajadores/as de la empresa subcontratista se encuentren en huelga, de que no afectará sus facultades
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de administración, “la que podrá ejecutar directamente o a través de un tercero la provisión de la obra o el servicio subcontratado que haya dejado de prestarse en caso de huelga” 5, lo que constituye otra grave limitación al Derecho a Huelga, considerando además, que hoy una parte considerable de los trabajadores/as en Chile se encuentra bajo la modalidad de subcontratación, existiendo según la Encla 2014 subcontratación en cada una de las ramas productivas del país. De hecho, previo a la entrada en vigencia de la nueva Reforma Laboral, las grandes empresas comenzaron un proceso de reestructuración
como es costumbre en nuestro país, les corresponderá a las organizaciones de los trabajadores ejercer el derecho a huelga por la vía de los hechos, ya que en la ley no hay espacio para reducir las asimetrías hoy existentes en la relación laboral interna, externalizando aún más sus labores para así evitar futuras huelgas, como es el caso de El Mercurio, que en el
mes de marzo del presente año despidió a 122 trabajadores/as de las secciones pre prensas, prensas, despacho, mantención eléctrica y mecánica, para poder externalizar dichas secciones, con el objetivo de descentralizar la producción. Tercero, el gobierno señaló que con la Reforma Laboral se acabaría la prohibición de negociar colectivamente por parte de los sindicatos de trabajadores/as transitorios o eventuales, sin embargo, no comunicó que el nuevo articulado establece que podrán negociar colectivamente pero sin gozar del ejercicio del Derecho a Huelga, ni de fuero, lo que en la práctica se traducirá en que ninguno de estos tipos de Sindicatos negociará colectivamente, al no existir garantías contra represalias del empleador y mecanismos que aseguren igualdad en el poder de negociación. Si bien, la Reforma Laboral en sus titulares expresó un supuesto interés en resguardar el Derecho a Huelga, éste se ve limitado en su ejercicio por eufemismos que permiten a la empresa seguir funcio-
nando, ya no existiendo el reemplazo interno o externo, pero sí obligando a quienes ejercen su Derecho a Huelga a mantener el funcionamiento de la empresa, a pesar que hace algunos años, la Corte Suprema ratificó que la Huelga es un Derecho Fundamental consagrado de manera implícita en nuestra Constitución amparado en la Libertad Sindical. Es necesario empoderar a los trabajadores/ as, robustecer su poder negociador para reducir las asimetrías entre el trabajador y el empleador. Parece ser que como es costumbre en nuestro país, les corresponderá a las organizaciones de los
trabajadores ejercer el derecho a huelga por la vía de los hechos, ya que en la ley no hay espacio para reducir las asimetrías hoy existentes en la relación laboral, sobre todo, desde que la jurisprudencia de la Corte Suprema ha entendido a la huelga como un derecho fundamental.
Notas
1 Artículo 345. Inciso segundo, Código del Trabajo. 2 Artículo 360. Inciso tercero, Código del Trabajo. 3 Artículo 359. Inciso segundo, Código del Trabajo. 4 Artículo 359. Inciso primero, Código del Trabajo. 5 Artículo 306. Inciso final, Código del Trabajo.
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ara Nueva Democracia, los trabajadores son fundamentales en cualquier proceso que pretenda generar cambios estructurales en nuestro país.
En el Primer Encuentro Nacional Sindical de ND, realizado a inicios de este año, las y los trabajadores presentes tomamos el compromiso de que en que en cada territorio donde exista presencia de Nueva Democracia se realicen los esfuerzos de organización, acompañamiento y activismo sindical necesarios para estructurar una corriente sindical que aporte a la construcción de un movimiento sindical robusto capaz de constituirse en actor político con la fuerza necesaria para terminar con la herencia del Plan Laboral, la que se mantiene intacta en la legislación luego de la reforma laboral. Primer Encuentro Nacional Sindical de Nueva Democracia
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MEJORA DEL ACUERDO MARCO:
La Lucha de la fuerza nacional de trabajadores para la mineria y montaje industrial Trabajadores de la minería inician conversaciones con CODELCO para suscribir un proyecto de mejora del Acuerdo Marco. Son más de 40 mil trabajadores agrupados en una nueva organización sindical para el sector.
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l Acuerdo Marco es un instrumento de negociación colectiva reconocido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que regula las condiciones laborales de las y los trabajadores de la minería, tanto contratados como subcontratados. Esta regulación, que ha traído múltiples beneficios a la familia minera, resultó del proceso de lucha emprendido por la Confederación de Trabajadores del Cobre (CTC) durante el año 2007, quienes gracias a la fuerza y unidad lograda en ese momento, pudieron concretar un acuerdo de enorme impacto, ejemplar incluso para las organizaciones sindicales chilenas de otros sectores. Dicho acuerdo fue ratificado y mejorado durante los años 2009 y 2013. Las mejoras al Acuerdo Marco se vieron interrumpidas el año 2015, lo cual se explica por al menos dos motivos. Primero uno económico, ya que ese año la producción de metal rojo disminuyó y su precio bajó. Como un botón de muestra, según datos entregados por el Ministro de Hacienda de aquel periodo, Rodrigo Valdés, ese año se produjo una caída del 49,4% de las transferencias tributarias de CODELCO al fisco. Un segundo argumento tiene que ver con la propia organización sindical, puesto que el 2015
Pablo Chamorro
la CTC se encontró en zativa. Y es aquí donde una situación de mayor un nuevo actor aparece debilidad en cuanto a su en el escenario durante organización y cohesión este año 2017, que ha lopolítica. Al interior de la grado agrupar la mayor Confederación no existía cantidad de fuerza viva la misma unidad del 2007 del sector minero bajo y las tensiones producto una misma organización. Esta es la Fuerde las posiciones de secto- Las organizaciones za Nacional de res oficialistas sindicales agrupadas Trabajadores en la FNTM han de la Minería y mermaron generado un Montaje Indusen su capacidad de acción. Proyecto de Mejora trial (FNTM). La FNTM Junto con del Acuerdo Marco, lo anterior, di- que fue presentado es la converel día 27 de abril gencia de orcho año se genera un hito en cada una de las ganizaciones que marcará Divisiones de Codelco S i n d i c a l e s , por siempre al y actualmente está Confederaciosector mine- siendo socializado en nes, Federacioro: la lamen- las bases mediante nes y Sindicaun despliegue tos Nacionales. table muerte territorial. Estos se encondel trabajador Nelson Quichillao, quien traban agrupados princiencontrándose en huelga palmente en dos espacios: perdió su vida en manos el Frente de Trabajadores de las fuerzas represivas. de la Minería Nelsón QuiAquello genera un antes chillao y la Coordinadora y un después en la con- Nacional de Trabajadores ciencia de sus compañe- Contratistas de Chile, que ros y compañeras, trans- luego de sus encuentros formándose en un motor realizados en los meses de
marzo y abril, tomaron la decisión de unificarse en una instancia mayor. Esta coordinación de carácter nacional tiene presencia principal en Iquique, Calama, Antofagasta, El Salvador, Cabildo, Ventanas, Los Andes, Santiago, Rancagua, entre otras ciuda-
para retomar la importante tarea de la unidad. De esta forma, durante los años sucesivos, las y los trabajadores del sector han mostrado su preocupación por el estado del Acuerdo Marco y sin duda por la situación de su capacidad organi-
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des, agrupando a más de 40 mil trabajadoras y trabajadores, tanto del sector público como privado. Según sus dirigentes, este esfuerzo responde a una necesidad latente, en cuanto las y los trabajadores se encontraban en una situación de orfandad organizativa y por tanto, en una situación de indefensión en sus propias condiciones laborales. Es lógico pensar que dada esta situación, la conformación de la FNTM es un enorme desafío, que será un tremendo aporte a un nuevo proceso de mejora del Acuerdo Marco. En esta línea, las organizaciones sindicales agrupadas en la FNTM ya han dado pasos importantes, generado un Proyecto de Mejora del Acuerdo Marco, que fue presentado el día 27 de abril en cada una de las Divisiones de Codelco y en Empresas Privadas de la minería. Además, actualmente la propuesta está siendo socializada en las bases mediante un despliegue territorial. Con todo, las y los trabajadores están transitando nuevamente el camino de la unidad, que traerá consigo la fuerza y capacidad para concretar una nueva mejora de las condiciones laborales de quienes se desempeñan día a día en faenas asociadas a la explotación minera, pilar fundamental de nuestra economía.
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