La repartición de tarjetas electoreras
Candidatos se acusan de la entrega de plásticos “El prometer no empobrece, el cumplir es lo difícil” AMLO también prometió pensión a los mayores de 65 años Por Miguel Angel Cristiani Gonzalez El tema del día en el actual proceso electoral, es el intercambio de acusaciones de candidatos de distintos partidos, que en diversas entidades del país, están repartiendo tarjetas que ofrecen descuentos en compras o que serán activadas después de las votaciones del 6 de junio. Acá en el terruño veracruzano, todavía no se sabe de algún candidato que esté utilizando esa estrategia de repartir tarjetas -sin dinero, pero con la promesa de que podrán tener descuentos y beneficios- obviamente, después de los resultados que se tengan en las votaciones. Y es que en tiempos de campañas electorales, como bien dice Pancho López el filósofo de la Atenas veracruzana, “el prometer no empobrece, el cumplir es lo difícil”. Hay que recordar que oportunamente, unos días antes del inicio de las campañas electorales y que el Instituto Nacional Electoral le recordara al presidente Andrés Manuel López Obrador que no podía tratar temas y asuntos de promoción al voto, el mandatario anunció que se va a ampliar hasta los 65 años de edad y no a los 68 como lo estableció al inicio de su mandato, la entrega de las pensiones a los adultos mayores, a los que se entregan dos mil 700 pesos bimensuales. Tal vez porque en alguna otra Bitácora Política preguntábamos en donde habría que ir a inscribirse para estar en el padrón de beneficiarios de ese programa de Bienestar, nos hicieron llegar una respuesta en la que informan de todos los datos necesarios. Nos dicen que a efecto de prevenir conductas o actos que puedan vulnerar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad, durante el Proceso Electoral Federal 2021, y en estricta observancia del Programa de Blindaje Electoral implementado en la Secretaría de
Bienestar, a partir del 4 de abril y hasta el 7 de junio de la presente anualidad, se suspenden las altas, bajas y cambios de beneficiarios en los Programas Sociales, a cargo de esta Secretaría. Lo anterior, en apego a lo establecido en los artículos 109 fracción III, 134 párrafo primero y séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 7 fracción I de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, 442 y 449 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 28 de la Ley General de Desarrollo Social. Es menester mencionar que la nueva Política de Bienestar, instruida por el C. Presidente de la República en la CIRCULAR UNO, de fecha 14 de febrero de 2019, establece que todos los apoyos para el bienestar del pueblo se entregarán de manera directa a los beneficiarios, sin intermediarios. El oficio No. DS/2149068/2021 de la Dirección de Vinculación Institucional nos explica que: En atención a su escrito recibido en esta Secretaría, y en apego a lo establecido en el art. 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos, hago de su conocimiento que el Programa Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores, tiene como objetivo mejorar la situación de protección social de la población adulta mayor, indígena o afromexicana de 65 años o más y de 68 años o más mexicanas por nacimiento o naturalización con domicilio actual en la República Mexicana, así como a las personas adultas mayores de 65 a 67 años de edad, incorporadas en el Padrón de Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores activos a diciembre del 2020. El programa brinda un apoyo económico de $ 2,700.00 (dos mil setecientos pesos 00/100 M.N.) cada dos meses. Cabe señalar que, la Unidad Responsable con base en las estimaciones y la disponibilidad presupuestal, determinará el momento en que se cierre el proceso para la identificación de nuevos beneficiarios, así como los periodos para acceder al programa. Las Delegaciones de Programas para el Desarrollo a través de los Módulos de Atención, serán las responsables de llevar a cabo el registro estatal de las personas solicitantes que cumplan con los criterios de elegibilidad y requisitos de acceso. Los documentos requeridos para acceder al programa son los siguientes: 1. Credencial para votar vigente, pasaporte vigente o credencial del INAPAM. 2. Clave Única de Registro de Población (CURP). 3. Acta de Nacimiento (En caso de no contar con el acta de nacimiento, podrá acreditar la edad con alguno de los documentos anteriores). 4. Comprobante de domicilio: Recibo de pago de servicios con antigüedad no mayor a seis meses (energía eléctrica, agua, teléfono, impuesto predial). Para mayor información, le sugerimos establecer contacto con la Delegación de la Secretaría de Bienestar en su estado, ubicada en: Carretera Federal Xalapa-Veracruz Km. 0+700, Col. INDECO Ánimas, C.P. 91190, Xalapa, Ver., a los teléfonos 228 812 5252 y 228 812-5251. Por otra parte, le invitamos a conocer los beneficios que ofrece el Instituto Nacional para las Personas Adultas Mayores (INAPAM), que además de la tarjeta INAPAM para descuentos en bienes y servicios, cuenta con ayuda para mejorar el desarrollo integral de los Adultos Mayores, para mayor información, ponemos a su disposición la página del Instituto para su consulta: https://www.gob.mx/inapam.
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