Vigencias futuras trasncaribe

Page 1

Cartagena de Indias D.T. y C., Abril de 2015.

Doctor: DAVID DAGER Presidente Concejo Distrital Concejo Distrital de Cartagena Calle del Arsenal Ciudad

REF: "POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA AL ALCALDE DISTRITAL DE CARTAGENA PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS COMPROMISOS CONTENIDO DENTRO DEL CONPES 3823 DE 2014, COMPROMETIENDO VIGENCIAS FUTURAS CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LAS VIGENCIAS FISCALES 2016 A 2020 CON RECURSOS DE LA SOBRETASA A LA GASOLINA "

Cordial saludo: Sometemos por su conducto a consideración de la Honorable Corporación, el proyecto de acuerdo que pretende obtener autorización para comprometer vigencias futuras excepcionales para que la administración distrital pueda adquirir bienes y servicios de carácter prioritario, para obtener los objetivos propuestos en el Conpes 3823 de 2014, el cual lo sustentamos por intermedio de la siguiente.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. COMPETENCIA: El artículo 12 de la Ley 819 de 2003, establece la competencia frente a la iniciativa, para presentar proyectos de acuerdo tendientes a comprometer vigencias futuras en cabeza del Alcalde de la ciudad, quien deberá contar con la aprobación previa del CONFIS, para luego y mediante acuerdo Distrital, el concejo de la ciudad autorice la asunción de obligaciones que afecten presupuesto de vigencias futuras, siempre y cuando su ejecución se inicie con recursos del presupuesto de la vigencia en curso, y los recursos que se comprometen, afecten cada una de las vigencias fiscales para las cuales se solicita autorización. 2. EXIGENCIAS NORMATIVAS – VIGENCIAS FUTURAS.


La CIRCULAR EXTERNA N° 02 del MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, de 31 de enero de 2012, dispone el trámite para solicitar vigencias futuras, señalando inicialmente que: “Las vigencias Futuras son autorizaciones para que las entidades puedan asumir compromisos que afecten presupuesto de vigencias fiscales futura. Su objetivo es garantizar los compromisos que se vayan a adquirir cuenten con las asignaciones presupuestales correspondientes para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los mismos. En este orden de ideas “las vigencias Futuras son una operación que afecta esencialmente al presupuesto de gastos y se entiende como un compromiso que se asume en un año fiscal determinado, con cargo al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones de un año fiscal posterior” Las vigencias futuras están reglamentadas por el Decreto 111 de 1996 o Estatuto Orgánico de Presupuesto en los artículos 23 y 24, modificados por los artículos 10, 11 y 12 de la Ley 819 de 2003. Hay dos clases de vigencias futuras: Las Ordinarias y las Excepcionales. Las Vigencias Futuras Excepcionales “son consideradas cuando, se pretenden establecer compromisos que afectan el presupuesto de vigencias futuras sin apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización en casos excepcionales para las obras de infraestructuras, energía, comunicaciones, aeronáutica, seguridad y defensa, así como para las garantías a las concesiones”. Los requisitos que debe cumplir la Nación para poder adquirir obligaciones con cargo al presupuesto de gastos de vigencias futuras bien sea ordinarias o excepcionales están señalados en los artículos 10 y 11 de la ley 819 de 2003; como se describe a continuación: ARTÍCULO 11. VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES. El artículo 3o de la Ley 225 de 1995 quedará así: El Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, en casos excepcionales para las obras de infraestructura, energía, comunicaciones, aeronáutica, defensa y seguridad, así como para las garantías a las concesiones, podrá autorizar que se asuman obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras sin apropiación en e l presupuesto del año en que se concede la autorización. El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y las condiciones de las mismas deberán consultar las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo del que trata el artículo 1o de esta ley. La secretaría ejecutiva del Confis enviará trimestralmente a las comisiones económicas del Congreso una relación de las autorizaciones aprobadas por el Consejo, para estos casos.


Para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras, los contratos de empréstito y las contrapartidas que en estos se estipulen no requieren la autorización del Consejo Superior de Política Fiscal, Confis. Estos contratos se regirán por las normas que regulan las operaciones de crédito público. La Secretaria de Hacienda Distrital en cumplimiento de la ley incluirá en los proyectos de presupuesto las asignaciones necesarias para darle cumplimiento a lo establecido por la misma. La Ley 1483 de 9 de diciembre de 2011, en su artículo 1°. Vigencias futuras excepcionales para entidades territoriales, señala que las asambleas o concejos respectivos, a iniciativa del gobierno local, podrán autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras sin apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: A) las vigencias futuras excepcionales solo podrán ser autorizadas para proyectos de infraestructura, energía, comunicaciones, y en gasto público social en los sectores de educación, salud, agua potable y saneamiento básico, que se encuentren debidamente inscritos y viabilizados en los respectivos bancos de proyectos. B) el Monto máximo de vigencias futuras, plazo y las condiciones de las mismas deben consultar las metas plurianuales del marco fiscal de mediano plazo de que trata el artículo 5° de la ley 819 de 2003. C) se cuente con aprobación previa del confis territorial o el órgano que haga sus veces. D) cuando se trate de proyectos que conlleven inversión nacional deberá obtenerse el concepto previo y favorable del departamento nacional de planeación. La corporación de elección popular se abstendrá de otorgar la autorización, si los proyectos objeto de la vigencia futura no están consignados en el plan de inversiones del plan de desarrollo respectivo y si sumados todos los compromisos que se pretendan adquirir por esta modalidad y sus costos futuros de mantenimiento y/o administración, excede la capacidad de endeudamiento de la entidad territorial, de forma que se garantice la sujeción territorial a la disciplina fiscal, en los términos del capítulo 11 de la ley 819 de 2003. Los montos por vigencia que se comprometan por parte de las entidades territoriales como vigencias futuras ordinarias y excepcionales, se descontarán de los ingresos que sirven de base para el cálculo de la capacidad de endeudamiento, teniendo en cuenta la inflexibilidad que se genera en la aprobación de los presupuestos de las vigencias afectadas con los gastos aprobados de manera anticipada.


La autorización por parte de la .asamblea o concejo respectivo, para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo período de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el consejo de gobierno; con fundamento en Estudios de reconocido valor técnico que contemplen la definición de obras prioritarias e ingeniería de detalle, de acuerdo a la reglamentación del gobierno nacional, previamente los declare de importancia estratégica. Parágrafo 1. En las entidades territoriales, queda prohibida la aprobación de cualquier vigencia futura, en el último año de gobierno del respectivo gobernador o alcalde; excepto para aquellos proyectos de cofinanciación con participación total o mayoritaria de la nación y la última doceava del sistema general de participaciones. Parágrafo 2. El plazo de ejecución de cualquier vigencia futura aprobada debe ser igual al plazo de ejecución del proyecto o gasto objeto de la misma”

3. SUSTENTOS DE LA PRESENTE INICIATIVA DE PROYECTO DE ACUERDO. En mi condición de primera autoridad administrativa del Distrito de Cartagena de Indias consiente de la importancia que tiene la implementación para la ciudad del Sistema Integrado de Transporte Masivo ""TRANSCARIBE"" y del importante papel que ocupará para los próximos años, como pieza esencial del sistema integral de movilidad, unido a la rentabilidad social que le genera a los sectores populares de la ciudad, me permito dejar a su disposición la presente iniciativa que tiene como objetivo central, ampliar el alcance del proyecto del SITM de la ciudad de Cartagena, dejar la financiación para la adquisición y sustitución de fuentes con el fin de quitarle peso económico a la tarifa en el sistema, y su respectiva financiación. ANTECEDENTES El Distrito Turístico y Cultural de Cartagena, por conducto de Transcaribe S.A., se encuentran implementando el Sistema Integrado del Servicio Público Urbano de Transporte Masivo de Pasajeros de Cartagena (Sistema Integrado de Transporte Masivo–SITMTranscaribe), proceso que ha contado con la participación de la Nación, conforme a lo establecido en la Ley 1450 de 2011“por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014”(PND), específicamente en el Artículo132, y demás legislación vigente. El documento CONPES 3259 de diciembre de 2003, declara el SITM para el Distrito de Cartagena como de importancia estratégica para el país, y define los términos y condiciones bajo las cuales la Nación participaría en el proyecto. Posteriormente, el 31 de diciembre de 2003 se suscribió el convenio de cofinanciación entre el Gobierno Nacional, el Distrito de Cartagena y el ente gestor Transcaribe S.A.


Mediante el documento CONPES 3516 de 2008, se sometió a consideración el seguimiento y modificación del alcance propuesto para el desarrollo del SITM, proponiendo aumentar del 70% al 100% de la demanda, para lo que se requirió ajustar la infraestructura contemplando entre otros vías pretroncales, así como los aportes de las partes. En relación con la infraestructura requerida para la operación del sistema, de acuerdo con lo establecido en el documento CONPES 3516 de 2008, el avance en la ejecución de obrases el que se describe a continuación. Tabla No.1.Avance en la ejecución de infraestructura del SITM planteada en el CONPES 3516 de 2008

CONCEPTO India Catalina Glorieta Santander Muelle de la Bodeguita Portal - Bomba del Amparo Amparo – Cuatrovientos CuatrovientosBazurto

META PLANTEADA UNIDAD AVANCE CONPES 3516

OBSERVACIONES

Km

1,16

100 %

Obra terminada y recibida por el Distrito

Un

1

100 %

Km

1,20

100 %

Km

2,50

100 %

Km

2,46

100 %

Bazurto- Pie de Popa

Km

1,40

97 %

Pie de Popa – India Catalina

Km

1,57

100 %

Glorieta Santander – Hotel Caribe

Km

4,80

23 %

Estaciones de parada

Un

16

87,5 %

Obra terminada y recibida por el Distrito Obra terminada y recibida por el Distrito Obra terminada y recibida por el Distrito Obra terminada y recibida por el Distrito En ejecución. La Alcaldía concluirá las obras faltantes. Las obras ejecutadas consideran la demolición del puente peatonal existente y la instalación del paso semafórico que reemplaza el puente peatonal previsto. Obra terminada y en proceso de recibo por parte del Distrito Se ejecutó un tramo de 1,1 km. La Alcaldía concluirá las obras faltantes. La Alcaldía construirá las estaciones Bazurto y Delicias.

Un

1

100 %

Obra terminada

m2

30.000

30,21

El contrato se encuentra

Estación intermedia (El Amparo) Portal


CONCEPTO

Patio – taller

Puentes vehiculares y pasos deprimidos

Puentes peatonales

META PLANTEADA UNIDAD AVANCE OBSERVACIONES CONPES 3516 39% en Ejecución y está prevista su terminación en Septiembre de 2015 El contrato tubo una m2 100.000 suspensión de su construcción desde el 1 de febrero de 2013 hasta el 9 de Septiembre de 2014 Se construyeron los puentes vehiculares sobre el canal Ricaurte y Puente Los Ejecutivos; se repotenció el Puente de la India Catalina; El Puente del Canal Calicanto fue construido Un 5 100 % a través de la concesión de portal y patio-taller. Además se construyó el puente del Sector Las Gaviotas. De acuerdo con los diseños definitivos, no se requiere el deprimido de Amparo. El proyecto consideraba el traslado de los puentes Amparo Cuatro vientos y Bazurto - India Catalina, que Un 2 0% fueron desmontados en la construcción de las troncales, y según estudios, reemplazados por pasos semaforizados.

Corredores Km rutas pretroncales Fuente: Transcaribe S.A.

25,90

100 %

Obra terminada y recibida por el Distrito

Los componentes „Corredores rutas alimentadoras y complementarias‟ y „Muelles para rutas acuáticas‟ considerados en el CONPES 3516 de 2008, no se incluyen en la relación anterior por tratarse de aspectos cuya ejecución es responsabilidad de la Alcaldía, a través de Recursos propios diferente a los incluidos en el convenio de cofinanciación.


En relación con la infraestructura descrita se ha logrado la ejecución del 95% de las obras previstas en el documento CONPES 3516, de acuerdo con la información suministrada por Transcaribe S.A. (Tramos I, II, III, IV, Va y VI). Respecto a la obra del Patio Portal El Gallo, el Ente Gestor realizó un proceso de selección mediante el cual se contrató el 4 de febrero de 2011 a la Sociedad Portal Calicanto S.A.S. para “el diseño y construcción del Portal El Gallo y el patio - taller del SITMTranscaribe, construcción y operación del desarrollo inmobiliario que compone el Portal El Gallo y la construcción del tramo de corredor comprendido entre la terminación del tramo IV y la entrada del Portal patio - taller”.La fuente de pago de este contrato de concesión correspondeal 6% de la tarifa del Sistema, porcentaje que correspondiente a $99 pesos constantes de 2010 por cada pasaje pago, aunado a la explotación del desarrollo comercial inmobiliario durante 50 años. El contrato se encuentra actualmente en ejecución, el avance en la ejecución de las obras es el que se describe en el siguiente cuadro. RESULTADO DE ESCENARIOS VALORADOS A continuación se presenta el resultado de los escenarios valorados:

El desmonte del impacto económico que en la tarifa del sistema Transcaribe implica la infraestructura cargada a ella, requiere un esfuerzo adicional por parte de la Administración Distrital de Cartagena por la suma de $34.197 millones de pesos, en términos constantes del 2013, necesarios para sustituir la fuente de financiación del negocio de concesión, lo cual no está incluido en los aportes de la Nación, por cuanto sus aportes solo pueden destinarse al componente del Patio-Portal, mientras que el desmonte de la tarifa, implicala sustitución del medio de pago de la concesión, de manera integral. La valoración del negocio de concesión fue realizada bajo las condiciones del contrato, cuya fuente de ingresos es la demanda de pasajeros del sistema, en concordancia con los últimos informes de demanda utilizados en los procesos licitatorios para la operación de buses del sistema..


Resultados del escenario de Valoración Años

Ingresos

2014

-

1

2015

7.711

2

2016

11.120

Selector Ingresos

3

2017

14.726

Tasa de Dcto

4

2018

16.853

VAN

5

2019

17.358

6

2020

17.879

7

2021

18.415

8

2022

18.968

9

2023

19.537

10

2024

20.123

11

2025

20.727

12

2026

21.348

13

2027

21.989

14

2028

22.648

15

2029

23.328

16

2030

24.028

17

2031

24.749

18

2032

25.491

2 12,00% $121.576

F de c aja

2014

2015

Egresos (capex y Opex)

-$60.828 -$38.289

Ingresos (pay out)

$121.576

TIR CALICANTO

13, 36%

Este escenario no supone ajuste en los valores a cofinanciar por parte de la Nación y el Distrito de Cartagena, por concepto de obras, cuyo valor se conserva en $87.379 millones de pesos, pero implica un esfuerzo adicional por parte de la Administración Distrital por valor de $34.197 millones de pesos en términos constantes del 2013, necesarios para la valoración del negocio de concesiónfrente a la sustitución en la fuente de de pago, cuyo monto total estimado es de $121.576 millones de pesos. Lo anterior calculado bajo la expectativa del concesionario de percibir ingresos ajustados a la demanda de pasajeros del Sistema, que compense las inversiones realizadas y las obras faltantes para culminar la totalidad del proyecto.

Tabla No.2.Avance en la ejecución de la infraestructura asociada con la Concesión Portal Calicanto a 31 de diciembre de 2014. ACTIVIDAD

PESO

AVANCE

Redes Vías y Parqueaderos Edificios Cerramiento y Espacio Publico

40%

7,13%

AVANCE PORCENTUAL 7,73%

20% 4%

00,00% 00,22%

0,00% 0,25%


Construcción del Patio Portal El Gallo Tramo IV Fuente: Transcaribe S.A.

18%

11,77%

13,13%

18%

100,00 %

18,00 %

Posteriormente, el 15 de junio de 2011, Transcaribe S.A. firmó contrato con el consorcio COLCARD de Recaudo y control de flota con el objeto de realizar el montaje de todos los equipos de recaudo, la plataforma tecnológica del sistema, el sistema de comunicaciones inalámbricas, el centro de control de la operación, el sistema de video control y vigilancia de la operación, el suministro y control del medio de pago del sistema y el recaudo del dinero producto de la venta del medio de pago. El concesionario ha diseñado y suministrado el plan de implantación del sistema de recaudo y se encuentra a la espera de la totalidad de la infraestructura y flota vehicular para ejecutar las actividades contempladas en el contrato. Para contratar la operación del sistema, Transcaribe S.A. ha adelantado distintos procesos licitatorios, tal como se describe a continuación: 

Proceso TC-LPN-002.1-2011: Este proceso abierto en julio de 2011, contemplaba la operación con dos agentes operadores, sin embargo, debido a las solicitudes de los pequeños propietarios de ingresar como grupo independiente, se decidió no continuar con el proceso para analizar este requerimiento.

Proceso TC-LPN-003-2011: Una vez estructurada la licitación para tres concesionarios, en febrero de 2012 inicia un nuevo proceso, en desarrollo del cual se decide que la responsabilidad sobre la desintegración física de los vehículos debe ser asumida por los concesionarios y no el Distrito, como estaba previsto, razón por la cual se desiste del mismo.

Proceso TC-LPN-002-2013: En abril de 2013 se da inicio a una nueva licitación considerando lo descrito en el párrafo anterior, sin embargo, dado que mediante decreto distrital 0862 de julio de 2013 se estableció que el combustible para el sistema de transporte masivo de Cartagena debía ser el GNV (gas natural vehicular) no se continuó con este proceso.

Proceso TC-LPN-003-2013: En agosto de 2013 se ordenó la apertura del proceso, cuyo objeto consistía en “Adjudicar tres (3) contratos para otorgar en igual número de concesiones la operación del sistema de transporte masivo de la ciudad de Cartagena, Transcaribe, por su cuenta y riesgo, y bajo la supervisión, control e implementación de Transcaribe S.A.”, sin embargo, al no presentarse propuestas, se declaró desierto.


Proceso TC-LPN-004-2013: El 27 de diciembre de 2013 se abre nuevamente el proceso de selección haciendo ajustes en la estructura financiera de la concesión para generar un mayor flujo de caja en la etapa de implantación del sistema, yse adjudicó en el mes de julio de 2014para dar inicio a la operación en el segundo semestre de 2015. El concesionario es la sociedad SOTRAMAC S.A.S.

Proceso SA-MC-007-2014: a través delcual se adjudicó la segunda concesión de operación de Transcaribe en el presente mes de Noviembre y se espera que comience la operación en el segundo semestre del 2015. El concesionario es la sociedad TRANSAMBIENTAL S.A.S.

En términos generales, en los diferentes procesos descritos, uno de los aspectos que de manera reiterada recibía observaciones por parte de los posibles oferentes correspondía a que el modelo financiero cerraba, pero de manera muy justa en comparación con los riesgos asumidos por los futuros concesionarios. Bajo ese entendido, se iniciaron acercamientos con el Gobierno Nacional para descargar el componente de infraestructura de la tarifa, como medida para mejorar la condición de riesgo de la operación del Sistema.

OBJETIVO Nuestra iniciativa busca establecer lineamientos de estricto cumplimiento para la Administración Distrital en la implementación de disposiciones normativas, recursos necesarios y mecanismos que den cumplimiento a los lineamientos del CONPES 3823 suscrito el 22 de diciembre del año 2014. Una vez revisados los impactos generados por el SITM con base en el estudio Expost, del proyecto, contratado por el Departamento Nacional de Planeación y adelantado en el 2013 y 2014, para el periodo comprendido entre el segundo semestre del año 2010 y el año 2011, el cual determinó que evaluada la relación costo-beneficio, el Sistema de TransportesTranscaribe generará importantes ahorros e impactos positivos en la comunidad de Cartagena. Los aspectos a destacar del estudio se pueden resumir de la siguiente manera: IMPACTOSGENERADOSPOR EL SISTEMA Con la inversión a realizar en las rutas de precarga, portales y patios, aunado al cambio del combustible con el que van a operar los vehículos del Sistema (de Diésel a GNV), se logrará una disminución de los tiempos de traslado de los usuarios, kilómetros en vacío y emisión de gases efecto invernadero.


Incorporando los elementos anteriormente señalados, así como aquellos relacionados con los costos operacionales, accidentalidad y potencial de generación de empleo, la cuantificación de los beneficios esperados del sistema es la que se presentan a continuación. Tabla No.3.Indicadores de beneficios esperados para el SITM Cartagena Indicador ValorPresenteNeto12%(millonesdepesosde2013) RazónBeneficioCosto TasaInternade RetornoSocial

Cantidad $313.411 1,37 22,4%

Fuente: Transcaribe S.A. IMPACTO TÉCNICO– ECONÓMICO Las inversiones que se realizarán en la construcción del Patio principal El Gallo, las vías de rutas de precarga, los patios complementarios y demás componentes incluidos en el CONPES 3823 de 2014. permitirán: a) mejorar las velocidades de las rutas de precarga al pasar de 15,72 km/h a 17,46 km/h en promedio, b) un mayor flujo de caja de la operación con la des pignoración de la participación de la tarifa que hoy se encuentra comprometida con la obra del Patio – Portal, c) optimizar los costos de mantenimiento y d) disminuir los kilómetros en vacío del sistema lo que permitirá ahorros de cerca de $60.000 millones de 2013, durante el plazo de la Concesión. IMPACTO FÍSICO-ESPACIAL Con la construcción del 95% de la infraestructura de la troncal del sistema integrado de transporte de Cartagena, correspondiente a los tramos I, II, III, IV, V-A y VI, el 87,5% de las estaciones de paradas, las pretroncales y el inicio de la construcción del portal y el patio taller del sistema, se garantiza contar con la infraestructura requerida para dar inicio a la operación regular del sistema, planteada para el segundo semestre de 2015. Las inversiones hechas con el proyecto han generado una mayor dinámica en la ciudad, un mejoramiento comercial de las zonas donde se han realizado las intervenciones, incremento en la calidad de las condiciones urbanísticas, sociales y ambientales y una disminución en los tiempos de desplazamiento en el sistema. Con el nuevo alcance en infraestructura contemplado en el CONPES 3823 de 2014se mejorará la movilidad en todo el sistema, la integración de los diferentes sectores y la dotación de espacios urbanos de la ciudad con cerca de 15.600 m2 adicionales a los contemplados en el documento CONPES 3516 de 2008.


IMPACTO SOCIO-AMBIENTAL Según información suministrada por Transcaribe S.A., con la construcción de las obras del Sistema se han generado 7.032 empleos temporales directos e indirectos entre 2005 y marzo de 2014, y durante la ejecución de las obras planteadas en este documento, se espera generar cerca de 3.661 empleos adicionales. Aunado a lo anterior, con la puesta en marcha del sistema se estima que se generarán 2.378 nuevos empleos directos permanentes, tal como se indica en el Tabla siguiente. Tabla No.4.Indicadores de beneficios esperados para el SITM Cartagena EMPLEO GENERADOS DURANTE LA OPERACIÓN Generador Cantidad Concesionarios de operación 2.085 Concesionario de recaudo 178 Ente gestor 115 TOTAL 2.378 Fuente: Transcaribe S.A. Las nuevas inversiones contempladas en este documento redundan en mejoras en la calidad de vida de los habitantes y usuarios del sistema, dando a los habitantes una mayor movilidad, un mejoramiento de las condiciones urbanísticas, sociales y ambientales y una disminución en los tiempos de desplazamiento en el sistema. Complementariamente, el cambio de combustible en los vehículos al pasar de Diésel a GNV, genera reducción de emisiones atmosféricas y de gases efecto invernadero, lo que redunda en la reducción de problemas de salud pública y de los costos de los servicios de salud. A continuación se muestra en la Figura No. 3 la reducción de emisiones degases efecto invernadero. Figura No. 3. Reducción de Emisiones de CO2, NoX.(Toneladas/añoen Cartagena) 4.000 3.000

SITUACION SIN PROYECTO

2.000

SITUACION CON PROYECTO

1.000

DIFERENCIA

CO

Fuente: Transcaribe S.A.

NoX


Los beneficios ambientales en reducción de emisiones de contaminantes, correspondientes aun volumen total cercano a las 4.544 toneladas, los cuales representan beneficios cercanos a los $15.477 millones de 2013, se generaran a través de la implementación del GNV como combustible de toda la flota del sistema integrado. BALANCE FINANCIERO El balance financiero de la implementación del sistema teniendo como base los documentos previstos en el documento CONPES 3516 de 2008, y los recursos estimados según la presente revisión del alcance del proyecto, como se detalla a continuación: Tabla No.5.Balance financiero del SITM Transcaribe. (Millones de pesos constantes de 2013) Tabla 1.Balance financiero del SITM Transcaribe.

CONPES 3516 de 2008 Adquisiciones del proyecto Millone Millones s constan consta tes de ntes 2007 de 2013 Bienes (predios y reasentamientos ) Obras Corredores troncales Estación de cabecera Pretroncales Rutas de

Valor total del Valor a proyecto incluir incluido mediant nuevo e la alcance y present reconfiguraci e ón de revisión componentes

Recursos ejecutados

Millones constantes de 2013

Millone s % del consta proye ntes cto de 2013

64.942

79.706

21.763

148.332

126.56 9

85%

276.279

339.09 0

149.810

443.275

293.46 5

66%

242.540

297.68 0

-

279.849

279.84 100% 9

14.197

17.425

-

0

19.542 -

23.985 -

39.896

13.616 39.896

-

0%

13.616 100% - 0%


precarga Paraderos rutas pretroncales y de precarga Señalética para estaciones y portales Señalización horizontal y vertical Patios y portales Interventorias Otros costos (estudios/diseño s) Costos financieros Total proyecto

-

-

3.772

3.772

-

0%

-

-

1.993

1.993

-

0%

-

-

2.261

2.261

-

0%

19.486

23.916

101.887 11.726

101.887 36.746

25.021

0% 68%

2.173

2.667

1.506

8.084

6.579

81%

26.000

19.782

53.793

2.004

4%

388.879

465.16 0

690.631

453.63 7

66%

40.266 225.071

Fuente: Transcaribe S.A.

D. COMPONENTES DE FINANCIACIÓN: COMPONENTE PATIOS y PORTALES:Los patios y talleres del sistema hacen parte de la infraestructura necesaria para el correcto funcionamiento del SITM, permitiendo la prestación de servicios y estacionamiento, así como la provisión de espacios para el aparcamiento de los vehículos cuando estos no están en servicio. En este sentido, la Ley 86 de 1989 1, define el sistema de servicio público urbano de transporte masivo de pasajeros como “el conjunto de predios, equipos, señales, paraderos, estaciones e infraestructura vial utilizados para satisfacer la demanda de transporte en un área urbana por medios de transporte sobre rieles u otro modo de transporte”. Considerando lo anterior, el documento CONPES 3368 de 2005 2, establece los componentes a los que pueden destinarse los recursos de cofinanciación del Proyecto, definiendo en su anexo los parqueaderos intermedios, como las “zonas que permiten parquear los buses del sistema en horas valle…” y dentro de sus actividades asociadas establece “la construcción de las siguientes 1

Por la cual se dictan normas sobre sistemas de servicio público urbano de transporte masivo de pasajeros y se proveen recursos para su financiamiento. 2

Política Nacional de Transporte Urbano y Masivo - Seguimiento


áreas: Edificio e instalaciones de servicios, Edificio Administrativo, Áreas de circulación de buses, Áreas de parqueo de buses”; características que engloban el componente de lo que se define como patios y talleres. De acuerdo con lo anterior, los patios y talleres hacen parte de la infraestructura necesaria para el correcto funcionamiento del SITM, cumpliendo las funciones de servicios y estacionamiento, como la provisión de espacios para el aparcamiento de los vehículos cuando estos no están en servicio, para realizar el control técnico y mantenimiento del material rodante, y debido a su ubicación posibilitan la reducción de kilómetros en vacío, articulándose espacial y estratégicamente con el resto del Sistema; adicionalmente, la disponibilidad de la infraestructura es un requisito esencial a la hora de potenciar la misión del Sistema (movilidad de pasajeros), razón por la cual contar con las condiciones físicas necesarias permitirá dar celeridad a la implementación total del SITM y facilitará el logro del equilibrio financiero operacional y la estabilidad del Proyecto. Mediante el CONPES 3516 de 2008 se realizaron ajustes al diseño de la operación de Transcaribe buscando atender el 100% de la demanda de viajes en servicio público de la ciudad, lo que implica un incremento en el número de vehículos de la flota requerida. En este sentido, el patio portal El Gallo, tendrá capacidad para atender el 67% de la flota, considerando los servicios de mantenimiento, limpieza, zonas de aparcamiento, aprovisionamiento de combustible y espacios administrativos para los tres operadores, siendo necesario complementarlo con áreas adicionales donde se atienda el 33% restante de la flota, correspondiente a los vehículos que operarán en diferentes rutas (218 vehículos tipo busetón). En la estructuración inicial prevista para el Sistema se contempló en la Concesión del Patio – Portal El Gallo, además de otros conceptos que hacen parte de su remuneración, una participación en la tarifa que representa $107,24 pesos colombianos de 2013, es decir el 6,0% del valor del pasaje. Para garantizar el nivel de servicio del sistema se requiere adquirir el control de esta infraestructura, así como destinar los recursos de la tarifa que se prevé desembolsar al concesionario a cargo de la construcción de la infraestructura, para optimizar la operación. Por estas razones, en el CONPES 3823 de 2014se plantea como alternativala modificación de la fuente depago al Concesionario Sociedad Portal Calicanto S.A.S., con nuevos aportes que se adicionarán con el presente documento y acciones complementarias de la administración Distrital de Cartagena. De acuerdo con estimaciones de Transcaribe S.A., para garantizar la liberación de esta participación en el recaudo por tarifa del Patio -Portal, así como la provisión de áreas nuevas de estacionamiento y provisión de servicios a la totalidad de la flota que requiera la operación, se adicionarán mediante el CONPES 3823 de 2014, un valor de $131.769 millones de pesos constantes de 2013.


Frente al concepto de proyecto financiable con vigencias futuras excepcionales, el artículo 1º de la Ley 1483 señala que “a). Las vigencias futuras excepcionales solo podrán ser autorizadas para proyectos de infraestructura, energía, comunicaciones, y en gasto público social en los sectores de educación, salud, agua potable y saneamiento básico, que se encuentren debidamente inscritos y viabilizados en los respectivos bancos de proyectos” De acuerdo con el entendimiento que se tiene, el concepto de infraestructura abarca la infraestructura de transporte, la cual fue definida recientemente en la Ley 1682 de 2013, en los siguientes términos: “Artículo 2°. La infraestructura del transporte es un sistema de movilidad integrado por un conjunto de bienes tangibles, intangibles y aquellos que se encuentren relacionados con este, el cual está bajo la vigilancia y control del Estado, y se organiza de manera estable para permitir el traslado de las personas, los bienes y los servicios, el acceso y la integración de las diferentes zonas del país y que propende por el crecimiento, competitividad y mejora de la calidad de la vida de los ciudadanos” (Resaltado fuera del texto) De esa manera, la ley al atar la vigencia futura excepcional al plazo de ejecución del proyecto, contempla un espectro mucho más amplio que aquél que refiere a sus componentes particulares, en este caso, la obra a desarrollar. La infraestructura que corresponde al patio portal refiere a un componente dentro del proyecto del Sistema Integrado de Transporte Masivo de la ciudad de Cartagena, de ahí que sea viable solicitar el otorgamiento de vigencias futuras excepcionales comoquiera que están atadas al plazo requerido que demanda el proyecto. ELEMENTOS DE SEÑALIZACIÓN y SEÑALÉTICA: De acuerdo con el CONPES 3368 del 1 de agosto de 2005, „Política Nacional de transporte urbano y masivo – seguimiento‟, la inversión pública cofinanciada entre la Nación y las entidades territoriales, deberá estar dirigida para atender el costo de los componentes del SITM que integren la infraestructura requerida para su operación, entre los que se consideran actividades de suministro y colocación de la señalización y demarcación horizontal y vertical en las calzadas del Sistema, así como toda aquella reglamentaria e informativa que se requiera dentro del mismo. En este sentido, Transcaribe S.A. ha identificado la necesidad de adicionar mediante la suma de $2.600 millones de pesos 2013, suma contenida en el CONPES 3823 de 2014, para diseñar e implementar un plan de señalización vial enfocado principalmente en la dotación de señales verticales y horizontales de advertencia, orientación o informativas que organicen y ubiquen el tráfico de personas o vehículos en el Sistema; esta inversión está encaminada a mejorar la seguridad vial en la troncal con el objetivo de minimizar los accidentes de tránsito y brindar un mayor nivel de información tanto a los conductores como a los usuarios del nuevo sistema.


Dentro de la infraestructura necesaria, las estaciones de parada y patios portales constituyen un elemento fundamental para que se dé una operación eficiente del sistema, así como para garantizar la verdadera integración del mismo. Es por esto que se hace necesario establecer los códigos visuales que le permitirán al usuario del sistema, identificar, entender y orientarse en todos los aspectos que conciernen al proceso de Transporte que implica la operación del SITM. Desde el punto de vista estrictamente funcional, los sistemas organizados de transporte masivo requieren que los usuarios ubiquen con eficacia sus rutas, destinos, sitios de abordaje, todos aquellos recursos que el sistema brinda para la movilización, razón por la cual Transcaribe S.A. propone la adición de $1.993 millones de pesos 2013 para el diseño e implementación del plan complementario de señalética para estaciones y portales. REHABILITACIÓN O RECONSTRUCCIÓN DE VÍAS PARA LAS RUTAS DE PRECARGA:De acuerdo con lo planteado en el CONPES 3516 de 2008, el 79% de la demanda de transporte será atendida por el corredor troncal y el 21% restante será cubierta mediante rutas alimentadoras y complementarias, de las cuales aquellas que se prevé movilicen más de 1.000 pasajeros por sentido en el tramo más cargado, configurarán en conjunto la precarga del sistema. De esta manera, las rutas de precarga aportaran al sistema una mayor movilidad para los usuarios debido a que los servicios que operaran por dichas vías tendrán una mayor velocidad logrando con esto disminuir los tiempos de desplazamiento de los usuarios y una reducción de los costos operacionales que Transcaribe S.A. estima en cerca del 10%. Esta inversión en las rutas de precarga, permitirá atender con mayor movilidad la demanda de los barrios El Pozón, Ciudadela 2000, Pasacaballos, Membrilla y Blas de Lezo, barrios considerados grandes polos generadores y atractores de viajes, con usuarios en su mayoría provenientes de estratos 1, 2 y 3. Dadas las precarias condiciones de la malla vial por la cual circulan estas rutas de precarga, se hace necesario mejorar la infraestructura buscando mayores velocidades de desplazamiento, lo que redunda en la disminución de tiempos de viaje de los usuarios hasta la troncal. Esto, de acuerdo con estimaciones de Transcaribe S.A., requerirá una inversión de $44.292 millones de 2013, a adicionar, las cuales constan en el CONPES 3823 de 2014, y que permitirán la intervención de 20,4 km correspondientes a los corredores que se describen a continuación:

Tabla No.6.Vías de precarga a intervenir Servicio a103p

Construcción nueva (km) Seguros 3,0

Origen - Destino Bayao

Rehabilitación Observaciones (km) Vía a Nelson Mandela


Servicio

Construcción nueva (km)

Origen - Destino

Rehabilitación (km)

Observaciones

Bolívar –Amparo a105p

UniversidadTecnológicaSocorro- Portal

1,6

a107p

BlasdeLezo- Amparo

0,2

0,3

a113p

Pozón- Portal

0,6

0,2

a114p

El Gallo-Pradera

1,5

c003p

BlasdeLezo- Bazurto

1,9

c007p

Santa Lucia-Crisanto Luque- Centro

0,9

c013p

Ciudad2000- Torices

-

c014p La Paz- Castillo Grande c112pv La Boquilla-El Laguito 2,5 TOTAL 7,8 Fuente: Transcaribe S.A.

5,2

2,5 12,6

Vía a U. Tecnológica, Barrio Simón Bolívar, Calle del Biffi, Barrio Anita Adecuaciones puntuales, Transversal 54 (Amparo-Puente) Tramo Portal - Olaya, Vía interna Barrio el Pozón Vía interna sector Pradera Plan 400, Almirante Colón, Nuevo Bosque, Zaragocilla, El Cairo, Amberes Tramo entre Troncal de occidente - El Educador Carrera17, Daniel Lemaitre, San Francisco, Esperanza, Blas de Lezo a Simón Bolívar Carrera 14, Canapote Vía en la Boquilla


Figura1. Rutas de precarga a intervenir

Fuente: Transcaribe S.A. PARADEROS PARA RUTAS PRETRONCALES El mobiliario urbano es el conjunto de objetos y piezas de equipamiento instalados en la vía pública para varios propósitos, y consideran bancos, papeleras, barreras de tráfico, buzones, bolardos, baldosas, adoquines y paradas de transporte público entre otros. El establecimiento de mejores condiciones al usuario en los corredores pretroncales del SITM en las zonas de ascenso y descenso de pasajeros, requiere incluir dentro del alcance del Proyecto el suministro e instalación del mobiliario urbano, necesario para ofrecer condiciones adecuadas en la espera


del servicio, y atender las necesidades de la población con movilidad reducida, mejorando la percepción del usuario frente al SITM. El desarrollo de estas actividades permitirá brindar al usuario múltiples beneficios en el servicio recibido, tales como identificación clara de las paradas del SITM, mejoramiento en las condiciones de conforte información al usuario respecto a rutas, recorridos y frecuencias. De conformidad con lo anterior, Transcaribe S.A. valoró las inversiones requeridas para ejecutar las actividades de amoblamiento urbano en los puntos de parada de las rutas pretroncales (Campanos-centro, Portal-centro, RodeoCentro, Terminal Intermunicipal-Crespo, Ciudadela 2000-Bocagrande y Variante Cartagena-Centro), el cual se adiciona mediante el CONPES 3823 de 2014, como se muestra en la Tabla No.7.

Tabla No.7.Inversión en puntos de parada Ítem Valor Costo Unitario punto de $ 9,2 millones 2013 parada Puntos de parada a 409 paradas adecuar $ 377,1 millones Interventoría 2013 $4.148,9 millones Costo total 2013 No obstante las anteriores bondades del SITM, y atendiendo a la revisión del proyecto, en los componentes físicos, se requiere construir o rehabilitar las Rutas Precargas como otro ingrediente que permite optimizar la futura operación del Sistema en beneficio de la ciudadanía. Por las razones anotadas, se plantea la sustitución de una de las fuentes de ingreso para el Concesionario Portal Calicanto, con nuevos aportes que se adicionaran, en cumplimiento de las directrices trazadas en el CONPES 3823 de 2014. La inversión que se requiere adicionar, por componentes de infraestructura, de acuerdo con estimaciones financieras de Transcaribe, son del orden de $ $ 87.378.642.732 millones de pesos contantes del año 2013 recursos que quedaron incorporados en el documento CONPES 3823 de 2014, de los cuales el Distrito aportará $34.197.357.268 millones del año 2013, lo que permite la sustitución de la fuente de pago del Concesionario Portal Calicanto, pasando de una participación en la tarifa y la explotación comercial durante un plazo, al desembolso de recursos de manera directa por este concepto, para así liberar


de la tarifa la totalidad del componente de infraestructura que , actualmente, se encuentra a favor del Concesionario Portal Calicanto.

Esta medida encuentra fundamento, en las siguientes consideraciones de orden jurídico:  De acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, para modificar la remuneración o la forma de pago del contratista en un contrato de concesión, es imperioso que se esté priorizando los fines de la administración, que las causas sean imprevisibles y extraordinarias, y asegurar la libertad de concurrencia y la libre competencia de los proponentes.  En relación con la modificación, la Corte Constitucional ha establecido que se puede realizar mientras sea de forma excepcional.  En el asunto bajo revisión, la modificación obedece a una política del Gobierno Nacional frente al transporte masivo. Dicha modificación tiene una causa real y cierta: Documento CONPES 3823 de 2014  En efecto, la modificación de la política está dirigida a mejorar la prestación del servicio de transporte público y la condición de sostenibilidad de los Sistemas de Transporte Masivo.  La modificación no obedece a falta de planeación  La modificación no constituye una alteración de la esencia y no lo convierte en otro negocio jurídico, se pretende desvincular el componente infraestructura de la tarifa. Existen otros elementos del Contrato de Concesión los cuales seguirán vinculados a la remuneración de acuerdo con el riesgo asumido.  No se violan los principios de libre competencia y libre concurrencia en la medida que se está bajo un hecho nuevo imprevisible y se está modificando el contrato de forma excepcional con el objetivo de mejorar la prestación del servicio de transporte público.

CUADRO DE MONTOS DE VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES EN TÉRMINOS CONSTANTES Fuente de Cofinanciación del Distrito Sobre tasa a la Gasolina


ACTUALIZACION EN TERMINOS CONSTANTES Periodos

2016

Susticion Fuente Portal Calicanto Aportes CONPES Distrito Total Vigencias Futuras Excepcionales

2017

2018

2019

2020

2021

5.141 14.139

11.321 13.872

7.928 16.494

8.280 15.997

4.684 9.543

0 0

19.280

25.193

24.422

24.277

14.227

0

En términos constante a precios de 2013 Valores en Millones de COP - Calculo Secretaria de Hacienda

PROYECCIÓN DE LA RENTA CON QUE SE VA COMPROMETER VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES

PERIODOS Sobretasa Gasolina Ternimos Corrientes

2014 Real

2015

2016

2017

2018

2019

2020

28.472 28.768 29.631 30.520 31.436 32.379 33.350

2021

2022

2023

34.350

35.381

36.442

Valores en Millones de COP - Calculo Secretaria de Hacienda

AUTORIZACIÓN DE CONFISCAR Y CONSEJO DE GOBIERNO Con fecha de ------------ de Enero de 2015 se aprobó compromiso de vigencias futuras excepcionales que sobrepasan el periodo de gobierno y se ratificó que el proyecto de sistema de transporte masivo de Cartagena-TRANSCARIBE, como un proyecto de carácter estratégico. Con fecha ---------------- de Enero de 2015, mediante el acta No ________ el Consejo Superior de Política Fiscal de Cartagena, aprobó la asunción de vigencias futuras sin el requisito del 15% de la vigencia fiscal corriente para la financiación del sistema de transporte masivo de la ciudad de Cartagena, los recursos fuentes proceden de la sobretasa a la gasolina.

NUESTRA PROPUESTA La presente iniciativa, busca como se desprende del contenido ya expuesto, culminar el componente de infraestructura del Sistema, liberar la tarifa del pago de este concepto de acuerdo con la sustitución de la fuente de pago al Concesionario con base en lo expuesto en el CONPES 3823 de 2014.


Como puede observarse, Honorables concejales, cada uno de los rubros solicitados, lleva implícito un contenido social de gran impacto, sin el cual, la prestación de los servicios misionales a cargo del Distrito, se vería seriamente afectadas, si no se han de comprometer los mencionados recursos. Por lo tanto agradecemos dar trámite de urgencia a la presente iniciativa. Queda el equipo económico y jurídico de la Alcaldía Distrital, presto a resolver sus inquietudes, ampliar conceptos o verificar cifras que en el transcurso del estudio de la presente iniciativa se pudieren presentar, con la s eguridad de que los Honorables Concejales, estarán a la altura como siempre al servicio de la ciudad.

Atentamente,

DIONISIO VÉLEZ TRUJILLO Alcalde Mayor de Cartagena de Indias D. T y C. Vo.Bo.: Carlos Granadillo Secretario de Hacienda Distrital

Vo.Bo.: Jaime Ramírez Piñerez Jefe Oficina Asesora Jurídica Distrital

Dejo a disposición de la Corporación el presente articulado


PROYECTO DE ACUERDO NÚMERO XXXX DE 2015 "POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA AL ALCALDE DISTRITAL DE CARTAGENA PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS COMPROMISOS CONTENIDO DENTRO DEL CONPES 3823 DE 2014, COMPROMETIENDO VIGENCIAS FUTURAS CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LAS VIGENCIAS FISCALES 2016 A 2020 CON RECURSOS DE LA SOBRETASA A LA GASOLINA "

EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE CARTAGENA DE INDIAS En uso de sus facultades constitucionales y legales, establecidas en el artículo 311 y 313, numerales 1,3 y 6 de la Constitución Política, y en especial de las conferidas por la Ley 1551 de 2012 y 819 de 2003.

ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar al Alcalde Mayor de Cartagena de Indias para comprometer vigencias futuras de los recursos provenientes de la sobretasa a la gasolina, con el objeto de cumplir las obligaciones contraídas con el CONPES 3823 de 2014, en los periodos y valores contenidos en la siguiente tabla

Periodo 2016 2017 2018 2019 2020 Total Futuras

Total Vigencias Futuras Excepcionales $ 21.203.300.984 $ 28.536.816.018 $ 28.493.137.218 $ 29.173.706.589 $ 17.610.006.697 $ 125.016.967.505

PARÁGRAFO: El Gobierno Distrital hará uso de las autorizaciones de vigencias futuras aprobadas en el presente Acuerdo de conformidad con las normas que rigen la materia y complementarias de la aprobación de los aportes de la Nación en el CONPES 3823 de 2014. ARTÍCULO SEGUNDO: Este acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Cartagena de indias a los __ días del mes de _______ del 2015.

Presentado por:

DIONISIO VÉLEZ TRUJILLO Alcalde Mayor de Cartagena de Indias D. T y C. Vo.Bo.: Carlos Granadillo Secretario de Hacienda Distrital Vo.Bo.: Jaime Ramírez Piñerez Jefe Oficina Asesora Jurídica Distrital


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.