GISWatch Chile 2009

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Global Information Society Watch Report 2009: Acceso a la Información (Reporte Global sobre Sociedad de la Información) REPORTE CHILE Preparado por: Alberto Cerda, ONG Derechos Digitales (www.derechosdigitales.org) Patricia Peña M, Universidad Diego Portales y Grupo de Trabajo Mujeres en Conexión (www.mujeresenconexion.org) *Publicado originalmente en inglés en Global Information Society Watch Report (GISW) 2009 disponible en su versión completa en el website http://www.giswatch.org/gisw2009/country/Chile.html (GISW es editado por la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones – APC e Hivos- Humanist Institute for Development Cooperation) **Traducción al español preparada por los autores, con autorización INTRODUCCIÓN La dictadura militar impuso una fuerte censura durante su período de gobierno, desde 1973 a 1990; y ha sido sólo en la última década que el derecho al acceso a información (en sus diversas formas) se ha convertido en una preocupación para el gobierno y la sociedad chilena en general. Actualmente, el acceso a la información pública y su relación con la propiedad intelectual constituyen dos de los temas centrales en el debate público del país Una nueva legislación sobre el acceso a la información pública se ha adoptado recientemente, creando nuevos desafíos en su aplicación para el gobierno, los ciudadanos, los medios de comunicación, la sociedad civil y los diferentes actores en este campo. Chile se caracteriza por tener un sector de medios de comunicación masivos (prensa, televisión y radio) altamente concentrado, pero el impacto de los nuevos flujos de información através de Internet y otras nuevas tecnologías de la comunicación (TIC) ha provocado una importante ruptura con esta situación, abriendo posibilidades para ampliar la diversidad y el pluralismo de las voces y medios ciudadanos. En los últimos años, se ha generado un debate intenso sobre los derechos de propiedad intelectual y la protección de datos personales, que dejan entrever la necesidad de actualizar la antigua legislación en la materia. Como en otros países en relación al primer caso, las posiciones se dividen entre aquellos sectores que desean reforzar los derechos de autor y los que defienden los enfoques de "uso justo" y "dominio público". El entorno político y legislativo Con el retorno a la democracia en la década de los ´90, la censura como práctica ha tendido a desaparecer, pero se han generado problemas complejos en relación a la protección de los datos personales, la propiedad intelectual, y sobre cómo aplicar efectivamente los criterios de transparencia pública, fuera y en línea. Desde 1999, Chile posee una ley de protección de datos personales que regula el tratamiento de datos personales tanto en el sector público y privado. Sin embargo, la Unión Europea (UE) estima que no es un país seguro, ya que la legislación no contiene restricciones para el flujo transfronterizo de datos personales a otros países,


y tampoco establece una autoridad que aborde específicamente el tema. En el 2009, el Ejecutivo presentó al Congreso un proyecto de Ley de Protección de Datos, el cual intenta implementar normas acorde al estándar de protección promovido por la UE y por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). La Ley de Propiedad Intelectual, aprobada en la década de 1970, no garantiza el acceso ni el uso de obras públicas, porque sus derechos son de propiedad de la administración pública correspondiente. No hay una excepción al derecho de autor que permita o autorice el acceso de los ciudadanos a estas, incluso para fines no lucrativos. Tampoco hay una ley que garantice el acceso y la utilización de las obras con derechos de autor con fines educativos, incluyendo el e-learning. En mayo de 2007 se presenta un proyecto de ley que modifica la actual legislación, estableciendo normas sobre responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet (ISP) por infracción de derechos de autor, adoptando ciertas excepciones y limitaciones de derecho de autor, y estableciendo mejoras en los procedimientos judiciales relacionados a la persecusión de la piratería. En agosto de 2006, el Ejecutivo estableció una serie de normas para los sitios web de la administración pública, en orden a garantizar la disponibilidad y accesibilidad de la información, así como la debida protección de los datos personales. En enero de 2008, se aprueba la Estrategia de Desarrollo Digital, [1] un plan de trabajo para construir la Sociedad de la Información en Chile 2007-2012. La estrategia incluye la idea de adoptar un nuevo conjunto de leyes sobre protección de datos, sobre delitos informáticos, y sobre propiedad intelectual, entre otros. Como parte de esta estrategia, el gobierno central está promoviendo los servicios locales de gobierno en línea, así como un registro electrónico de servicios y proveedores de servicios (como los notarios y el registro de bienes inmuebles). En agosto de 2008 una nueva Ley sobre el Acceso a la Información Pública fue aprobada, entrando en vigor en abril de 2009. Esta ley fortalece significativamente el control ciudadano y la rendición de cuentas. Reconoce también la mayor parte de los principios establecidos por las recomendaciones de la OCDE sobre el tema. [2] Además, la nueva ley crea el Consejo de Transparencia [3], una entidad pública e independiente que supervisa el cumplimiento de esta Ley. Esto incluye el castigo de las infracciones, la resolución de las quejas y su facultad para hacer recomendaciones al Presidente y al Congreso sobre el asunto. El derecho de acceso a la información Hoy en día, la principal crítica contra la prensa chilena (y al gobierno, por la responsabilidad que le cabe en el tema) es la concentración de la propiedad sobre los medios de comunicación. Esto ha tenido un efecto pernicioso en lo que es el fomento al debate libre y público de ideas, así como en el acceso a contenido y la información. En diciembre de 1999, la así llamada Ley de Transparencia garantizó el derecho de declarar el acceso a información del poder público, con algunas excepciones. Lamentablemente, en su implementación los servicios públicos traicionaron los propósitos del legislativo, haciendo un uso abusivo de las excepciones provistas en la ley. Sólo en agosto de 2005, una modificación constitucional vino a garantizar el acceso a la información del Estado. Son varios los temas emergentes en relación a las fortalezas y debilidades de esrta nueva legislación. Hay algunas áreas grises, sobre todo en relación al cómo la información se hace accesible, el proceso de recabar la información, y al cómo esta se


ha entregado. Organizaciones de la sociedad civil, como Proacceso, [4] CIPER Chile, [5], el Programa de Libertad de Expresión de la Universidad de Chile, [6] y Asociación Chilena de ONGs ACCION [7], están comenzando a posicionarse en el seguimiento y la evaluación de los mecanismos de acceso a la información y en los procesos de capacitación para el uso de este marco jurídico en los líderes de la sociedad civil (especialmente a nivel local) y en el sector de los periodistas. El Consejo de Transparencia monitorea cómo los servicios públicos, los ministerios y las subsecretarías de Estado hacen accesible su información a través de sus sitios web. El Consejo está trabajando en el desarrollo de una plataforma electrónica que facilite el acceso en línea, independiente del sistema operativo utilizado por la ciudadanía. Sin embargo, sigue siendo necesario modificar la ley de propiedad intelectual para garantizar la re-utilización razonable de los documentos de Estado. El debate actual sobre la legislación de propiedad intelectual ha incluido aspectos como el “qué proteger”, especialmente de la piratería y de la distribución ilegal, el “cómo proteger”, a los titulares de derechos de autor, y el “cómo garantizar” el acceso del público y el uso de los contenidos. En muchas universidades y escuelas públicas es común tener acceso a las fotocopias de libros, ya que muchos estudiantes no pueden pagarlos por su alto costo, que incluye en el precio final un impuesto de valor agregado del 19% (IVA). Otro ejemplo práctico es el caso de las bibliotecas públicas para las personas discapacitadas visuales, ya que audiolibros grabados por voluntarios no cuentan con autorización legal, pese a carecer de sustitutos en el mercado. En tales casos, la puesta en línea de audiolibros facilitaría el acceso, particularmente en zonas rurales y apartadas del país. Las posiciones se han dividido en relación a la propuesta de ley del Gobierno. Por un lado, está el sector privado y las organizaciones relacionadas con la protección de los derechos de autor, especialmente de la industria musical y del entretenimiento, que quieren endurecer la protección de las obras y el cumplimiento de la ley, a través de sanciones a las descargas ilegales y la distribución ilegal de los contenidos digitales con derechos de autor. [8] Por otra parte, hay movimientos ciudadanos que reivindican el derecho a acceder a las producciones culturales y de información, sobre la base de los enfoques de "uso justo" y de "dominio público", rechazando la idea de que las personas delinquen al descargar contenidos de Internet, o cuando quieren compartir o copiar el contenido de las páginas web, o usar las redes peer-to-peer (P2P)[9]. Por su parte, en julio de 2009, el Senado propuso la introducción de "usos justos" para los propósitos educativos, académicos y de investigación, pero el texto propuesto no ha sido aprobado todavía. Nuevas Tendencias En los próximos años, la autoridad debería concentrar sus esfuerzos en la aplicación de los acuerdos de libre comercio con los Estados Unidos y la UE, y adoptar políticas públicas de acuerdo a los requisitos de la OCDE, como parte de su estatus de nuevo país miembro. Esto ayudaría a una toma de conciencia de los actuales debates y las tendencias mundiales en el tema. Actualmente, hay un importante crecimiento en el número de iniciativas de acceso abierto y cultura abierta, la mayoría de ellas relacionadas con universidades (por ejemplo, el acceso a las tesis y revistas académicas), y en blogs de medios de


comunicación ciudadanos. También han aumentado la cantidad de sellos musicales independientes y virtuales que utilizan Internet como plataforma de distribución de los contenidos. La mayoría de estas iniciativas utilizan las licencias Creative Commons, disponible en Chile desde 2005. Varios sitios web de servicios públicos también han adoptado tales licencias, como la Biblioteca del Congreso Nacional y el Programa de Modernización del Estado. Con este panorama, el país tiene una buena oportunidad para mejorar y desarrollar un marco jurídico de alta calidad en el área de información en línea y el acceso a los derechos de propiedad intelectual. Una mayor y mejor voluntad política, más conocimiento de esta área, y una sociedad civil comprometida con el tema son fundamentales para aprovechar esta oportunidad. Medidas de acción Si bien hay avances importantes, todavía hay dos grandes desafíos: mejorar la aplicación de la legislación vigente, y la sensibilización de los ciudadanos sobre su derecho a acceder a la información público, así como su valor como bien público. Es necesario desarrollar estrategias de sensibilización que permitan fortalecer el control social o la tarea de incidencia política desde la sociedad civil y de grupos de ciudadanos, así como llevar a cabo una campaña de información a nivel nacional con el fin de descentralizar el debate actual. Un problema crítico en el sistema jurídico chileno es la falta de autoridades públicas encargadas de supervisar el adecuado cumplimiento de la legislación, especialmente en las leyes relativas a los derechos civiles y libertades públicas. Este es el caso, por ejemplo, de la regulación sobre las páginas web de los servicios públicos, donde un afectado puede demandar, pero sobre la base de un proceso de alto costo. El Consejo de Transparencia es una institución nueva sobre el cual se cifra altas espectativas, pese a ciertas limitaciones en sus competencias. En particular existe la sentida necesidad de un organismo encargado de supervisar el efectivo cumplimiento de la ley de protección de datos personales. Referencias [1] Web Estrategia Digital Chile 2007-2012 en http://www.estrategiadigital.gob.cl/ [2] Ley 20.285 sobre Transparencia Pública y Acceso a la Administración del Estado de la Información Chile, publicado el 20 agosto de 2008: http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=276363; el acceso a los informes y el debate legislativo sobre la nueva Ley están disponibles en http://www.bcn.cl/ley-transparencia [3] http://www.consejotransparencia.cl/ [4] http://www.proacceso.cl/ [5] http://ciperchile.cl/ [6] http://www.libertaddeexpresion.uchile.cl/ [7] http://www.accionag.cl/ [8] Véase el sitio web que agrupa a artistas y autores chilenos a favor de la Campaña "Trato Justo" en www.tratojustoartistas.cl [9] Véase el sitio web del grupo de organizaciones de la sociedad civil que articulan la Campaña "Trato Justo para Tod@s" en www.tratojustoparatodos.cl


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