INFORME N° 00000-2015-GDE A
:
Dr. Cesar Alberto Reyes Chávez Gerente de Asesoría Jurídica
ASUNTO
:
Concesión de Centro de Faenamiento de Animales de Abasto de Nasca.
REFERENCIA
:
Informe N°005-2015-SGGA/MPN
FECHA
:
Nasca, 25 de Febrero de 2015
Por medio del presente me dirijo a Usted para saludarlo y presentarle el informe referido al rubro del asunto, en los siguientes términos: 1.0. ANTECEDENTE Don Carlos colocar a través de qué documento o documentos se pasa el uso del camal a la Municipalidad. Ejem: En Fecha 02/02/15, la Municipalidad Provincial de Nasca, mediante documento XXXXXXXX asume la responsabilidad y conducción del centro de faenamiento de animales de abasto de Nasca. 2.0. BASE LEGAL 2.1. Constitución Política del Perú 1993. 2.2. Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972. 2.3. Ley General de Salud, Ley N° 26842. 2.4. Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444. 2.5. Ley de Promoción de la Inversión Privada Ley N° 28059. 2.6. Ley General de Sanidad Agraria, Decreto Legislativo N°1059. 2.7. Decreto Supremo N°015-2012-AG, Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto. 2.8. TUO de normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos – D.S. N° 059-96-PCM.
3.0. ASPECTOS GENERALES 3.1. Nombre de la actividad: Centro de Faenamiento de Animales de Abasto de Nasca. 3.2. Unidad Orgánica Responsable: Gerencia de Desarrollo Económico. 3.3. Ubicación del local: La ubicación del local del Centro de Faenamiento de Animales de Abasto de Nasca es Av. La Cultura S/N. (Frente a Museo Antonini) 4.0. INFORME DE ACTIVIDADES DESARROLLADAS A través de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, se realizaron las coordinaciones con SENASA y el Ministerio de Agricultura para la presentación de Un Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) del Centro de Faenamiento animales de Abasto de Nasca, solicitado mediante oficios adjuntos, el cual ya ha sido presentado al MINAGRI a través de Oficio N°257-2014/AMPN de fecha 13 de Junio de 2014. Asimismo se recibió el 03 de Octubre Oficio N°1826-14-MINAGRIDVDIAR-DGAAA-163593-13 haciendo llegar observaciones técnicas al PAMA, por lo cual se remitió el levantamiento de observaciones al MINAGRI y se espera el documento de aprobación u pronunciamiento por esta entidad hasta la fecha. Asimismo se realizaron las coordinaciones con SENASA a través de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, para la presentación de un Expediente para la aplicación de la Licencia de Funcionamiento temporal del Centro de Faenamiento animales de Abasto de Nasca adjunto a la presente, incluyéndose el Plan de Adecuación del mencionado Local. Por otra parte la MPN y la Asociación de criadores y ganaderos de la Provincia de Nasca quienes tienen actualmente en concesión y uso el centro de faenamiento de animales de abasto de Nasca firmaron un convenio con la Municipalidad el cual mediante el plazo establecido ya venció. Cabe resaltar que SENASA ha realizado una serie de inspecciones de las cuales adjunto las actas correspondientes. También con Oficio N°008-2014-MMN/ASOCRIGAP-CASB/MVZ el Médico Veterinario responsable del Centro de faenamiento de animales de abasto de Nasca, remite informes correspondiente a acciones y demás, del cual adjunto copia. Posteriormente la MPN a través del área de Obras se realizó el Mantenimiento del centro de faenamiento encargándose el Ing. Boris Pavel Gutiérrez Ramírez de la elaboración del expediente correspondiente. Luego de la inspección ocular hecha por mi persona, se visualiza el cumplimiento del pintado, mejoramiento del sistema de drenaje y enmayolicado de las paredes del área de porcinos.
Siendo así, se concluye que muchas de las acciones programadas en el plan de adecuación del matadero no se han efectuado, por lo cual se recomienda la elaboración de un nuevo expediente el cual debe ser presentado al Servicio Nacional de Sanidad Agraria para su aprobación y ejecución por el área de Obras de la Municipalidad. Asimismo se adjunta el nuevo Plan de Adecuación del Centro de faenamiento de animales de abasto presentado ante SENASA mediante Oficio N°099-2014-GMMPN del 30 de Octubre de 2014 donde se solicita ampliación para la solicitud de la licencia de funcionamiento definitiva por el plazo de 6 meses. También se adjunta Oficio N°0006-2015-MINAGRI-SENASA-DEICA del 12 de Enero de 2015 donde se indica que a través de R.D N°110-2014-MINAGRI-SENASA-DIAIA resuelve otorgar un plazo ampliatorio máximo de 180 días calendarios, previa evaluación de la documentación con el sustento técnico – financiero. 5.0. CONCLUSION Se concluye que no se ha cumplido con la exigencias dadas por Decreto Supremo N°015-2012-AG, Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto debido a la falta de inversión por parte de la Municipalidad Provincial de Nasca e incumplimiento por parte de la Asociación de Criaderos y Ganaderos de la Provincia de Nasca – ASOCRIGAP. 6.0. RECOMENDACIÓN Se recomienda dar en concesión al Centro de Faenamiento de Animales de Abasto de Nasca para el cumplimiento del Decreto Supremo N°015-2012-AG, Reglamento Sanitario del Faenado de Animales de Abasto y salvaguardar la salud pública.
Es todo cuanto informo para conocimiento y fines que estime conveniente Atentamente,