SEGUNDO SUPLEMENTO SUMARIO: Año II ‐ Nº 272
Págs.
Quito, viernes 20 de junio de 2014
FUNCIÓN EJECUTIVA ACUERDO:
Valor: US$ 1.25 + IVA ING. HUGO ENRIQUE DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR Quito: Avenida 12 de Octubre N23‐99 y Wilson Edificio 12 de Octubre Segundo Piso Dirección: Telf. 2901 ‐ 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 ‐ 540
MINISTERIO DEL INTERIOR: 4420
Regúlase, la venta de bebidas alcohólicas en abacerías y abarrotes …………………………..
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FUNCIÓN JUDICIAL Y JUSTICIA INDÍGENA RESOLUCIÓN: CONSEJO DE LA JUDICATURA: 083-2014
Apruébase el informe final y su alcance que contiene el banco de elegibles para llenar las vacantes de puestos de la carrera fiscal administrativa; y, decláranse elegibles a los postulantes dentro del Concurso 02-2012 de la Fiscalía General del Estado …………………….
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Distribución (Almacén): Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 ‐ 110
No. 4420 José Serrano Salgado MINISTRO DEL INTERIOR
Sucursal Guayaquil: Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 ‐ 107
Suscripción anual: US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito US$ 450 + IVA para el resto del país Impreso en Editora Nacional
12 páginas
www.registroficial.gob.ec
Al servicio del país desde el 1º de julio de 1895
Considerando: Que, los numerales cuarto y séptimo del artículo 83 de la Constitución de la República, establecen como deber y responsabilidad de los ecuatorianos y ecuatorianas colaborar en el mantenimiento de la paz y la seguridad, así como promover el bien común y anteponer el interés general al interés particular, conforme el buen vivir Que, el artículo 226 de la Constitución de la República, dispone que es deber de las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, sus servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal, coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución; Que, el numeral primero del artículo 261 de la Constitución de la República, otorga competencias a la Función Ejecutiva para definir las políticas de protección interna y orden público;