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SUMARIO:

Año I ‐ Nº 190

Págs.

Quito, lunes 24 de febrero de 2014

FUNCIÓN EJECUTIVA

DECRETOS:

Valor: US$ 1.25 + IVA

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA:

ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR

218

Acéptanse las renuncias del doctor José Antonio Figueroa Pérez y otra ………………….................

2

Nómbrase al CRNL. EMC. Sergio Germán Gálvez Gálvez, Agregado de Defensa y Concurrente en la República de Belarús ………..

3

Dase de baja de las Fuerzas Armadas al CRNL. de CSM. Julio Alberto Cerda Navas …………...

4

Dase de baja de las Fuerzas Armadas al CRNL. de EM. Carlos Humberto Bravo Polo ………….

4

Dase de baja de las Fuerzas Armadas al CPNVCSM César Madrid Barrezueta …………………

5

Nómbrase al CRNL. EMC. José Alfonso Gallardo Carmona, Agregado de Defensa ante la O.N.U. ……………………………………………..

6

Nómbrase al CRNL. EMC. William Narváez Garzón, Agregado de Defensa a la Embajada del Ecuador en la República de Perú ………………..

7

Nómbrase al CRNL. EMC. José Enrique Pastor Guevara, Agregado de Defensa a la Embajada del Ecuador en la República de Colombia ……...

8

Quito: Avenida 12 de Octubre N 23‐99 y Wilson

219

Edificio 12 de Octubre Segundo Piso

220

Dirección: Telf. 2901 ‐ 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 ‐ 540

Distribución (Almacén): Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 ‐ 110

221 222 223

Sucursal Guayaquil: Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 ‐ 107

224

Suscripción anual: US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito US$ 450 + IVA para el resto del país Impreso en Editora Nacional

40 páginas

www.registroficial.gob.ec

225

ACUERDO: MINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES:

Al servicio del país desde el 1º de julio de 1895

MRNNR-DM-2014-0548-AM Apruébase el estatuto y otórgase personalidad jurídica al Instituto Petroquímico Ecuatoriano, IPE …………………

8

ACUERDO INTERINSTITUCIONAL: El Registro Oficial no se responsabiliza por los errores ortográficos, gramaticales, de fondo y/o de forma que contengan los documentos publicados, dichos documentos remitidos por las diferentes instituciones para su promulgación, son transcritos fielmente a sus originales, los mismos que se encuentran archivados y son nuestro respaldo.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN: 2014-001 Establécese el compromiso de trabajo conjunto en el desarrollo de los procesos de evaluación de los bachilleres para su admisión al sistema de educación superior ………………………………..

10


2

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Registro Oficial Nº 190

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Lunes 24 de febrero de 2014 Págs.

Págs. RESOLUCIONES:

Pública” y el Art. 12 “Presentación de Informes” de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública ..

MINISTERIO DEL AMBIENTE: 002

Ratifícase la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Estación de Servicio Sánchez, Provincia del Cañar”, ubicada en el cantón El Tambo, provincia de Cañar ……………...

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MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD:

Apruébanse y oficialízanse con el carácter de voluntarias las siguientes normas técnicas ecuatorianas:

Considerando: Que, el numeral 2 del Artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el sistema de educación superior se regirá por un organismo público técnico de acreditación y aseguramiento de la calidad de instituciones, carreras y programas, que no podrá conformarse por representantes de las instituciones objeto de regulación;

14 066 NTE INEN-ISO 12647-1 (Tecnología gráfica - Control del proceso para la producción de separaciones de color en medio tono, impresiones de prueba y de producción - Parte 1: Parámetros y métodos de medición (ISO 12647-1:2004, IDT)) ………………………………………..

15

14 068 NTE INEN-ISO 16269-6 (Interpretación estadística de datos - Parte 6: Determinación de intervalos de tolerancia estadísticos (ISO 16269:2005, IDT)) ...……

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14 069 NTE INEN-ISO 28000 (Especificación para sistemas de gestión de la seguridad para la cadena de suministro (ISO 28000:2007, IDT)) ………………………….

17

14 071 NTE INEN-ISO 28004-1 (Sistemas de gestión de la seguridad para la cadena de suministro - Directrices para la implementación de la Norma ISO 28000 Parte 1 - Principios generales (ISO 280041:2007, IDT)) ………………………………. 14 073 Apruébase y oficialízase con el carácter de obligatorio el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 031 (1R) “Líquido Para Frenos Hidráulicos” ……………………….

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CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD: DE-2014-009 Otórgase Licencia Ambiental No. 009/14, a la Empresa HIDROWARM S. A., ubicada en el cantón Morona, provincia de Morona Santiago …………… FUNCIÓN JUDICIAL Y JUSTICIA INDÍGENA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO: FGE-2014 009 Expídese el Instructivo interno para dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 7 “Difusión de la Información

Nº 218

Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD: -

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Que, el Artículo 175 de la Ley Orgánica de Educación Superior establece que el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, estará integrado por seis académicos, tres seleccionados por concurso público de méritos y oposición organizado por el Consejo Nacional Electoral, quienes cumplirán los mismos requisitos dispuestos para ser Rector de una universidad y tres designados por el Presidente de la República; Que, mediante Decreto Ejecutivo número 850, del 11 de agosto del 2011, publicado en el Registro Oficial número 523, del 30 de agosto del mismo año, el Presidente Constitucional de la República designó, entre otros, al doctor José Antonio Figueroa Pérez para que integre el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior; Que, mediante Decreto Ejecutivo número 8, del 30 de mayo del 2013, publicado en el Registro Oficial Suplemento número 14, del 13 de junio del 2013, se designó a la doctora Mónica Urigüen Jaramillo como delegada del Primer Mandatario ante el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior; Que, mediante oficios signados con los números CEAACES-CEAACES-2013-0031 y CEAACESCEACCES-2014-007, del 18 de noviembre del 2013 y 15 de enero del 2014, respectivamente, los doctores José Antonio Figueroa Pérez y Mónica Urigüen Jaramillo presentaron sus renuncias a los cargos que desempeñaban en el citado Consejo, por lo que resulta necesario designar a las personas que deberán sustituirlos; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el número 9 del artículo 147 de la Constitución de la República; y, el artículo 175 de la Ley Orgánica de Educación Superior,


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