SUMARIO:
Año II - Nº 291
Págs.
Quito, jueves 17 de julio de 2014
FUNCIÓN EJECUTIVA
Valor: US$ 1.25 + IVA
ACUERDOS:
ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR Quito: Avenida 12 de Octubre N23-99 y Wilson Edificio 12 de Octubre Segundo Piso Dirección: Telf. 2901 - 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 - 540
MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE LA PRODUCCIÓN EMPLEO Y COMPETITIVIDAD: MCPEC-2014-020 Subrógase el cargo de Ministro Coordinador de Producción, Empleo y Competitividad el Ing. Antonio Rueda y otro …………………….. MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO: DM-2014-079 Otórgase personalidad jurídica a la Fundación Sendero Sur, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha …………………...
0012
Sucursal Guayaquil: Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 - 107
0015
Al servicio del país desde el 1º de julio de 1895
El Registro Oficial no se responsabiliza por los errores ortográficos, gramaticales, de fondo y/o de forma que contengan los documentos publicados, dichos documentos remitidos por las diferentes instituciones para su promulgación, son transcritos fielmente a sus originales, los mismos que se encuentran archivados y son nuestro respaldo.
Deléganse facultades a la economista Lynne Alexandra Lastra Andrade, Viceministra de Desarrollo Urbano y Vivienda …………………...
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Desígnase a la economista Lynne Alexandra Lastra Andrade como Ministra de Desarrollo Urbano y Vivienda, subrogante …………….........
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MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES: MRL-2014-0113-A Modifícase el Acuerdo Ministerial No. MRL-2013-0137 de 20 de agosto de 2013, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 69 de 29 de agosto de 2013 …………………..
40 páginas www.registroficial.gob.ec
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MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA:
Distribución (Almacén): Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 - 110
Suscripción anual: US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito US$ 450 + IVA para el resto del país Impreso en Editora Nacional
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RESOLUCIONES: MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE LA PRODUCCIÓN EMPLEO Y COMPETITIVIDAD: -
Declárase en comisión de servicios en el exterior a los siguientes funcionarios:
MCPEC-CAF-2013-031 Eco. David Molina, Secretario Técnico y otros ……………………………………
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MCPEC-CAF-2013-031-A Ing. Dennis Swanberg, Asesor de Comercio Exterior …………………………….
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MCPEC-CAF-2013-032-A Ing. Raúl Martínez, Asesor Ministerial y otro …………………………………
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Registro Oficial Nº 291 Págs.
JUNTA DE REGULACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL PODER DEL MERCADO: 003
Determínanse los criterios para la aplicación de la regla de mínimis en materia de acuerdos y prácticas restrictivas ………….
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COMITÉ INTERMINISTERIAL DE LA CALIDAD:
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SECRETARÍA TÉCNICA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL: -
Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a las siguientes personas:
060/SETECI/2014 Ing. Érika Michaela Benavides Orellana, Analista de Seguimiento y Evaluación ………………………………….
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061/SETECI/2014 Econ. Linley Barragán Pinos, Directora de Cooperación Horizontal ……
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062/SETECI/2014 Magíster Iván Martínez, Asesor
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GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS ORDENANZA MUNICIPAL: -
Cantón Caluma: Que reglamenta la prestación y cobro de la tasa por el servicio de agua potable y alcantarillado ...
Jueves 17 de julio de 2014
Oficial N° 525 de 10 de febrero de 2009; cuya denominación actual fue determinada en Decreto Ejecutivo N° 46 publicado en el Registro Oficial N° 36 de 29 de septiembre de 2009; Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 1483, de 10 de abril de 2013, el señor Presidente de la República, nombró al Sr. Richard Espinosa B. A, como Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad; Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 2, de 24 de mayo de 2013, el señor Presidente de la República, ratificó el nombramiento del Sr. Richard Espinosa B. A, como Ministro de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad;
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD:
004-2014-CIMC Expídese el Marco general ecuatoriano para la importación de muestras de ensayos de aptitud/ comparaciones interlaboratorios y materiales de referencia certificados para uso de laboratorios o centros de investigación ..…
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Que, de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, los Ministros tienen la siguiente facultad: “… Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado”. Que, el artículo 126 de la Ley Orgánica de Servicio Público señala sobre la subrogación de puestos que “Cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular”; Que, el artículo 270 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Público señala que: “La subrogación procederá de conformidad al artículo 126 de la LOSEP, considerando que la o el servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma institución.
No. MCPEC-2014-020 Richard Espinosa Guzmán B.A. MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LA PRODUCCIÓN, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD Considerando: Que, el Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad-MCPEC- es una institución pública, con independencia administrativa y financiera, creada mediante Decretos Ejecutivos N° 117-A, publicado en el Registro Oficial N° 33 de 5 marzo de 2007; No. 1450, publicado en el Registro Oficial N° 482 de 5 de diciembre de 2008; y N° 1558, publicado en el Registro
A efectos de la subrogación se deberá cumplir con los requisitos del puesto a subrogarse y en función de la misma se ejercerán las funciones correspondientes al puesto subrogado. El pago por subrogación correrá a partir del primer día y hasta cuando dure el tiempo de subrogación; y los aportes al IESS serán los que corresponda al puesto subrogado”; Que, mediante Oficio No. MCPEC-DESP-2014-0730-O del 02 de mayo del 2014 el Sr. Richard Espinosa B.A., Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad solicita la autorización respectiva con