SUPLEMENTO SUMARIO: Año II ‐ Nº 332
Págs.
Quito, viernes 12 de septiembre de 2014
GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS
Valor: US$ 1.25 + IVA
ORDENANZAS MUNICIPALES:
ING. HUGO ENRIQUE DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR Quito: Avenida 12 de Octubre N23‐99 y Wilson Edificio 12 de Octubre Segundo Piso Dirección: Telf. 2901 ‐ 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 ‐ 540
Distribución (Almacén): Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 ‐ 110
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Cantón Archidona: Que implementa el Sistema de protección integral de derechos de las personas y grupos de atención prioritaria ………
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Cantón Macará: Sustitutiva de la Ordenanza que reglamenta la ocupación de la vía pública y los espacios públicos; y determina los valores a pagarse por su utilización ………………………..
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Cantón Macará: Que regula la formación de los catastros prediales urbanos y rurales, la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos y rurales para el bienio 2014-2015 ………………………………….
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Cantón Taisha: Que reglamenta la aprobación de planos, permisos de construcción, líneas de fábrica, ornato y mantenimiento de las viviendas …………………………………………..
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Sucursal Guayaquil: Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 ‐ 107
Suscripción anual: US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito US$ 450 + IVA para el resto del país Impreso en Editora Nacional
40 páginas
www.registroficial.gob.ec
Al servicio del país desde el 1º de julio de 1895
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE ARCHIDONA Considerando: Que, el Art. 1, de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “Que el Ecuador es un estado Constitucional de Derechos y Justicia Social”. Que, el Art. 3, de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: Que son deberes primordiales del estado: 1.- Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, salud, la alimentación, la seguridad social, etc.