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Figura 2 Estructura gráfica del Comité de ética y RSE

Figura 2 Estructura gráfica del Comité de ética y RSE.

Nota. La estructura orgánica tiene una base en el leguaje inclusivo de género.

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Determinación de roles y funciones de los integrantes del comité de ética empresarial

Comité de Ética y RSE (CE-RSE).

 Participar y convocar de forma periódica (mensual) en todas las reuniones ordinarias y extraordinarias que convoque el CE-RSE.  Dar tratamiento de acuerdo con la naturaleza de todos los casos que se presenten en la empresa juntamente con el CE-RSE.  Establecer procesos de prevención de los casos establecidos en el CE-RSE.  Socializar y capacitar al personal sobre el contenido, los roles y funciones del CE-RSE.

Gerente/a y/o Propietario/s de la empresa turística

 Tratará y establecerá el contexto de los casos que tengan relación con la Calidad de vida de los colaboradores en la empresa.  Planificará objetivos y proyectos de acuerdo con un calendario determinado por el CERSE.

 Analizará problemas de la empresa y buscará alternativas para solventar los problemas.  Coordinará la organización para las reuniones ordinarias y extraordinarias.

 Controlará temas económicos y revisará el plan financiero juntamente con los del CE-

RSE.

Secretario/a

 Emitirá y recibirá documentos por parte del gerente propietario, y del personal que emita sus criterios de forma escrita ya sea física o virtual.  Redactará documentos sobre los temas planteados en las reuniones ordinarias y extraordinarias para presentarlos en la siguiente reunión y tener un respaldo de la información planteada.  Atenderá las llamadas telefónicas por parte de los empresarios, personas alternas que se quieran contactar con los del CE-RSE.  Archivará los documentos importantes tales como facturas, acuerdos, certificados y se hará una copia de los documentos ya sean físicos o digitales.  Realizará trámites dentro y fuera de la organización, es decir realizará envío de oficios, cartas e invitaciones para distintos empresarios o personas que deseen participar.

Asesor/a Legal:

 Representará al CE-RSE, de forma legal en los diferentes casos y trámites que sean necesarios.

 Efectuará procesos legales que beneficien o ayuden los diferentes casos y trámites.  Elaborará contratos con la aprobación del CE-RSE.  Asesorará a las autoridades acerca de temas judiciales para brindar un mejor servicio con los del CE-RSE.

 Propondrá soluciones jurídicas en inconvenientes que se presenten con los del CE-RSE.

Presidente/a de la CACTUR La Maná (Veedor/a)

 Verificar el cumplimiento de los CE-RSE de las empresas y agremiados de la CACTUR La Maná y llevar un control exhaustivo para que las empresas que no lo cumplan, estén en la obligación de cumplir y no ser sancionados.  Organizará reuniones para brindar información de nuevos proyectos a los CE-RSE de las empresas y agremiados de la CACTUR La Maná.

 Supervisará los nuevos proyectos a desarrollar y presentados por los del CE-RSE.  Planteará nuevas ideas para brindar un mejor servicio de calidad y ofrecer un servicio responsable en conjunto con los del CE-RSE y los agremiados de la CACTUR La Maná  Dirigirá y controlará las funciones que se deben cumplir en las políticas establecida en conjunto con los del CE-RSE.

Colaborador/a de confianza

 Tratará y establecerá el contexto de los casos que tengan relación con las Comunidades que se encuentran entorno al funcionamiento de las empresas de la CACTUR La Maná  Apoyará en el servicio de cada una de las empresas que se encuentran en el entorno de la

CACTUR La Maná.

 Administrará funciones y dirigirá a las personas para un mayor rendimiento dentro de la comunidad y brindará información al CE-RSE.  Apoyará en el diseño de formularios y encuetas para determinar inquietudes o peticiones con la comunidad.

Responsable de Talento Humano

 Tratará y establecerá el contexto de los casos que tengan relación con la RSE en el eje ambiental, entorno al funcionamiento de las empresas de la CACTUR La Maná  Presentarán un ambiente laboral que permita que todos los miembros de la CACTUR La Maná puedan trabajar de manera adecuada.  Recibirán hojas de vida que les permitan reclutar nuevos miembros para la CACTUR La Maná y se harán una evaluación y entrevistas de los nuevos candidatos.  Verificará el comportamiento de cada socio y colaborador en conjunto con los del CERSE de la CACTUR La Maná.

 Harán llegar las notificaciones en relación con determinado caso y distribuirán el código de ética físico y virtual a los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná.

X. DESARROLLO DE LOS ASPECTOS DE LA ÉTICA Y RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL DE LA EMPRESA.

CAPITULO 1. AMBIENTE LABORAL.

Art. 1 El trato entre las personas que trabajan en la empresa debe estar enmarcado en los ámbitos del respeto, la cordialidad, la amabilidad, el compañerismo y trabajo en equipo. Art. 2. Condiciones físicas y medio ambiente laboral que permitan desarrollar un trabajo digno. Art. 3 Accesibilidad a todas las áreas sin restricción social, teniendo en cuenta a personas con discapacidad para la construcción de espacios adecuados para las personas. Art. 4 Respetar los perfiles profesionales que se han establecido en las estructuras orgánicas de cada empresa turística. Art. 5. Brindar condiciones laborales para evitar situaciones que conlleven a ambientes laborales tóxicos.

Art. 6. Brindar seguridad laboral que promuevan los intereses de los colaboradores de la CACTUR.

Art. 7. Un ambiente positivo permitirá que los socios trabajen con entusiasmo y por motivación intrínseca.

Art. 8. Respeto mutuo entre los socios, evitando tomar actitudes que perjudiquen el trabajo en equipo. Art. 9. Respetar las ideas de cada socio y otorgarles el crédito cuando la idea sea plasmada en un proyecto. Art. 10. Brindar un ambiente saludable, confortable y seguro a cada uno de los colaboradores de la CACTUR.

CAPITULO 2. RELACIONES DE PODER Y DE RESPETO EN LA EMPRESA.

Art. 11. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben llevar un entorno de respeto y valores con la empresa. Art. 12. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben conocer la misión, visión y objetivos.

Art. 13. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná tienen el derecho de opinar y brindar sugerencias de esta forma fortalecer la comunicación entre la organización y la comunidad.

Art. 14. El CE-RSE debe presentar los derechos y obligaciones que tienen los miembros de la empresa y pueden hacer uso de estas. Art. 15. El CE-RSE de la CACTUR La Maná puede designar a colaboradores para brindar información detallada de las políticas establecidas. Art. 16. El CE-RSE debe presentar información verdadera para que no haya inconvenientes legales en caso de denuncias o extorción. Art. 17. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben colaborar en cada uno de los proyectos planteados, para que estos tengan un excelente resultado. Art. 18. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben construir un ambiente de confianza para facilitar el trabajo en equipo. Art. 19. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben respetar la equidad de género, evitando cualquier tipo de discriminación.

CAPITULO 3. RELACIÓN CON CLIENTES Y PROVEEDORES.

Art. 20. Búsqueda de proveedores en centro de exposiciones, redes sociales, base de datos y agremiaciones sectoriales. Art. 21. Selección de proveedores de acuerdo con las necesidades presentadas por el CE-RSE y los agremiados de la CACTUR La Maná. Art. 22. Manejar un historial de proveedores con las respectivas características e información de contacto para futuras reuniones con el CE-RSE de la CACTUR La Maná. Art. 23. Evaluar a los proveedores seleccionados tomando en cuenta los requisitos establecidos por el CS-RSE y los agremiados de la CACTUR La Maná. Art. 24. El CE-RSE debe presentar información de los proveedores a los miembros de la CACTUR La Maná con la siguiente información: precios, métodos de pago, calidad, tiempo de entrega y seguridad del producto o servicio. Art. 25. Para la selección de proveedores el CE-RSE debe visitar las instalaciones y verificar que cumplan con todas las normas y políticas del estado.

Art. 26. El cliente es lo primordial en la empresa, por lo tanto, se debe satisfacer cada una de sus necesidades y a su vez superando sus expectativas. Art. 27. Asegurarse que los clientes y proveedores sean tratados con respeto, cortesía y respeto. Art. 28. Proteger la información de clientes y proveedores, está información pertenece únicamente a los agremiados de la CACTUR La Maná. Art. 29. Crear documentos adecuados para registrar a clientes y proveedores. Art. 30. Proteger la confidencialidad de información de clientes o proveedores.

CAPITULO 4. CONFLICTO DE INTERESES, TRANSPARENCIA Y CORRUPCIÓN.

Art. 31. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná no deben recibir o aceptar sobornos de ningún tipo. Art. 32. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná no deben recibir dinero de terceros para concretar un proyecto. Art. 33. El CE-RSE debe encargarse de controlar a los miembros y los agremiados de la CACTUR la Maná a firmar una carta compromiso y/o pactos de integridad de lucha contra la corrupción. Art. 34. El CE-RSE debe identificar los factores que provocan recibir sobornos por parte de los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná. Art. 35. Los miembros y los agremiados de la CACTUR la Maná deben recibir un programa de capacitación periódico anticorrupción. Art. 36. El CE-RSE debe revisar las denuncias recibidas de los miembros para tomar medidas alternativas y dar soluciones frente a los actos de corrupción. Art. 37. El CE-RSE debe monitorear y evaluar los posibles actos de corrupción que ocurran con los miembros de la CACTUR La Maná.

Art. 38. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben usar los recursos privados de una forma correcta.

CAPITULO 5. MARKETING RESPONSABLE.

Art. 39. El CE-RSE debe dirigir la CACTUR con principios y valores que permitan un manejo adecuado de la organización, de manera responsable. Art. 40. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben presentar en sus productos marcas amigables y/o marcas verdes. Art. 41. El CE-RSE debe brindar talleres y/o capacitar a los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná, sobre distintos temas que hablen acerca del marketing responsable. Art. 42. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben presentar propuestas de promoción y difusión de los productos y/o servicios a interesados externos. Art. 43. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben elegir profesionales cultas, respetuosas, responsables y sobre todo eficaces para realicen una publicidad adecuada.

Art. 44. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben invertir en profesionales capacitados para que realicen labores de marketing. Art. 45. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben fomentar la sostenibilidad y los derechos humanos por medio de un marketing responsable.

CAPITULO 6. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES, NORMAS Y REGLAMENTOS.

Art. 46. El CE-RSE debe presentar de manera escrita y virtual los códigos y reglamentos que se deben cumplir los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná. Art. 47. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben conocer el marco jurídico y normativo de acuerdo con el enfoque nacional e internacional. Art. 48. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben conocer la constitución política de la república del Ecuador. Art. 49. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben conocer el programa para erradicación de la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes (EESSNNA). Art. 50. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben conocer el código de trabajo. Art. 52. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben conocer el código integral penal (COIP).

Art. 53. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben conocer los siguientes reglamentos; reglamento de alimentos (A&B), reglamento de alojamiento, reglamento de transporte turístico y el reglamento de los centros de turismo comunitario. Art. 54. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben conocer el plan nacional de desarrollo del Ecuador 2021-2025 tanto en el eje económico, político y lineamiento territorial.

Art. 55. Las empresas deben contar con un asesor legal para el tratamiento de casos que contravengan con el cumplimiento del CE-RSE.

CAPITULO 7. RELACIÓN CON LA SOCIEDAD, GRUPOS SOCIALES PARTICULARES Y LA COMUNIDAD.

Art. 56. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná pueden realizar campañas de salud dentro de la comunidad donde están establecidos.

Art. 57. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben realizar campañas de alfabetización y educación dentro de la comunidad donde están establecidos. Art. 58. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben realizar talleres sobre educación sexual a niños y jóvenes de la comunidad. Art. 59. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná pueden realizar campañas sobre salud psicológica, el cual ayude a verificar y solucionar problemas de los socios y de la comunidad en general. Art. 60. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná pueden presentar un proyecto de mejoramiento de los servicios básicos: éstos son agua y luz. Art. 61. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná pueden incentivar la cultura comunitaria mediante reuniones culturales.

Art. 62. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná pueden dar a conocer a la comunidad sobre los lineamientos y políticas establecidas por el código de ética de La CACTUR.

Art. 63. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná pueden recolectar información de la comunidad cuyas necesidades aún no son atendidas. Art. 64. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná pueden tomar en cuenta las sugerencias u opiniones realizadas por la comunidad.

CAPITULO 8. CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, DROGAS Y SUSTANCIAS SUJETAS A FISCALIZACIÓN.

Art. 65. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná pueden realizar control y seguimiento de personas que presentan problemas de salud con alcoholismo y drogadicción. Art. 66. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben presentar programas de prevención sobre el consumo y consecuencias que produce el consumo alcohol y drogas. Art. 67. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná pueden aplicar sanciones si los colaboradores ingresan a trabajar bajo efectos de sustancias sujetas a fiscalización. Art. 68. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben presentar la acción disciplinaria en la organización, a las personas que incumplan con el reglamento de consumo de sustancias sujetas a fiscalización. Art. 69. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben realizar un análisis médico periódico para controlar el consumo de drogas. Art. 70. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben aplicar normas disciplinarias con sus respectivas sanciones en el caso de reincidencia, de generar un inadecuado ambiente laboral.

Art. 71. Los tipos de sanciones son los siguientes: Falta leve; amonestación verbal y escrita. Faltas graves; suspensión de empleo y sueldo a corto y/o mediano plazo dependiendo el caso y Faltas muy graves; pérdida temporal o definitiva de la categoría laboral. Art. 72. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben presentar todas las acciones legales a quienes estén vinculados con el tráfico de sustancias sujetas a fiscalización de las personas que sean parte de las empresas y que afecten la imagen de la empresa. Art. 73. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben tener convenios con la policía Nacional para controlar la venta, transporte y el consumo de sustancias sujetas a fiscalización.

CAPITULO 9. ACOSO LABORAL Y ACOSO SEXUAL.

Art. 74. la empresa debe garantizar un ambiente libre de acoso laboral y sexual, a través de la socialización de la tipificación de estos delitos de acuerdo con el Código del Trabajo y el Código Integral Penal. Art. 75. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben realizar campañas de prevención del acoso laboral y acoso sexual dentro y fuera de las empresas. Art. 76. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná que tengan conocimiento de casos de acoso laboral y acoso sexual deben denunciarlos directamente a través de las vías de comunicación establecidas en la empresa, como el buzón de quejas y sugerencias y la línea anónima telefónica de denuncias.

Art. 77. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná aplicarán todas las acciones legales a quienes son denunciados por acoso laboral. Art. 78. Las personas que fueron parte del acoso laboral y acoso sexual deben ser sujetos a una investigación confidencial sobre casos específicos por parte del comité del CE-RSE de la 8CACTUR La Maná para presentar soluciones. Art. 79. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná no pueden mantener conversaciones de contenido sexual entre socios, ya que sería una falta de respeto. Art. 80. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná no pueden manosear, sujetar o acorralar a ningún socio sin su consentimiento. Art. 81. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná no deben realizar llamadas acosadoras, mucho menos realizar invitaciones con intensiones sexuales.

CAPITULO 10. TRABAJO INFANTIL Y TRABAJO FORZADO.

Art. 82. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná pueden realizar charlas sobre la prohibición del trabajo infantil, así como la explotación de los derechos infantiles dentro y fuera del círculo familiar. Art. 83. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben proteger y salvaguardar los Derechos de los niños.

Art. 84. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná debe actualizar la información y documentación importante de sus colaboradores anualmente, tales como dirección del domicilio, contactos de emergencia,

Art. 85. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben verificar y constatar las edades de cada colaborador para verificar que no sean menores de edad. Art. 86. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben manejar un punto de control que les permita verificar que ninguna personal sufra explotación laboral. Art. 87. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben establecer una edad mínima de trabajo. Art. 88. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná no pueden exceder el horario de trabajo de menores de edad, las cuales son: 7 horas diarias y 35 horas semanales. Art. 89. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná no pueden permitir que menores de 15 años trabajen más de 6 horas diarias y 30 horas semanales. Art. 90. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná no pueden permitir que menores de edad trabajen en horario nocturno y en domingos y feriados. Art. 91. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná no pueden permitir que menores de edad estén en contacto con maquinaria de alto riesgo.

CAPÍTULO 11. PROTECCIÓN Y USO DE LOS RECURSOS E INFORMACIÓN

DE LA EMPRESA.

Art. 92. Los miembros y los agremiados de la CACTUR la Maná no deben divulgar información privada y datos importantes de las empresas. Art. 93. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben mantener estricta confidencialidad de la información que poseen, no dejar que terceros traten de robar información o peor aún vender información. Art. 94. Los miembros y los agremiados de la CACTUR la Maná deben contar con una clave de acceso a la información privada, esta clave de seguridad será para guardar información en un disco externo o una base de datos en la nube.

Art. 95. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben rendir cuentas a todos los socios por lo menos una vez al finalizar cada periodo. Art. 96. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben hacer uso ético y responsable del internet dentro y fuera de la empresa. Art. 97. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben contar con un respaldo de información en caso de pérdida o hackeo de los sistemas informáticos.

Art. 99. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben cuidar la imagen y prestigio de la empresa. Art. 100. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben contar con miembros profesionales confiables en el área de sistemas, que resguarden la información que se genera dentro de la empresa. Art. 101. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben contar con dispositivos adaptados con rastreo satelital y GPS.

CAPÍTULO 12. SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL.

Art. 102. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben salvaguardar la vida y preocuparse por sus colaboradores. Art. 103. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben dar a conocer los reglamentos de seguridad y salud a los colaboradores. Art. 104. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben realizar y aplicar protocolos de simulacros contra incendios y contra terremotos. Art. 105. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben entregar indumentaria en buen estado a sus colaboradores para prevenir riesgos laborales. Art. 106. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben dar a conocer el uso adecuado de productos y sustancias peligrosas para controlar plagas dentro de la

empresa. Art. 107. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben presentar mecanismos de control de la salud ocupacional de forma semestral. Art. 108. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben solicitar un chequeo médico para semestral a sus colaboradores. Art. 109. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben presentar un proyecto adecuado para personas con discapacidad, de manera que tengan acceso a todas las áreas de trabajo sin restricción alguna.

CAPÍTULO 13. PROTECCIÓN Y CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE.

Art. 110. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben contribuir con un mensaje de concientización para la reducción del consumo de papel, plástico y cartón. Art. 111. Los miembros y los agremiados de la CACTUR La Maná deben contribuir con el reciclaje para ayudar al medio ambiente. Art. 112. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben realizar programas de reforestación en conjunto con los colaboradores, socios y la comunidad. Art. 113. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben realizar talleres de concientización sobre el uso adecuado de productos contaminantes para el ecosistema. Art. 114. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben brindar capacitaciones sobre el reciclaje. Art. 115. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben tener convenios con marcas verdes y o empresas sostenibles. Art. 116. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben aplicar buenas prácticas de manufactura y buenas prácticas ambientales. Art. 117. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná no deben desperdiciar los recursos como el agua y energía eléctrica. Art. 118. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben presentar un proyecto en el cual utilicen un mecanismo de huella hídrica y huella de carbono para las empresas. Art. 119. Los miembros y agremiados de la CACTUR La Maná deben implementar sistemas de Gestión integral de desechos sólidos en la empresa.

XI. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.

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XII. ANEXOS

ANEXO 1. Formulario para la determinación del estado de ética de la CACTUR La Maná.

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