REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR VECERECTORADO ACADEMICO UNIVERSIDAD FERMIN TORO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICA ESCUELA DE DERECHO BARQUISIMETO ESTADO LARA
INTEGRENTE C.I. N° V- 24.394.736 DURÁN RONALD SECCION: SAIA A PROFESORA: DAYMAR TERÁN CATEDRA: DERECHO ADMINISTRTIVO II
BARQUISIMETO, 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2014
Se introduce en el mismo órgano que dicto el acto.
RECURSO DE RECONSIDERACIÓN
RECURSO DE JERARQUIA
Con la finalidad de que sea derogado corregido o modificado.
La reclamación que se promueve para que el superior jerárquico del autor del acto que se cuestiona lo examine y lo pueda modificar o extinga.
RECURSO DE REVISIÓN.
15 días siguientes a la notificación del acto impugnado.
Lapso para el ejercicio
15 días contados a partir de la interposición. Lapso para la decisión del recurso
90 días contados a partir de la interposición.
Autoridad: directamente Ministro. Art. 95
El recurso jerárquico propiamente dicho:. El recurso jerárquico ante el órgano de adscripción. El recurso de hecho.
Es un recurso extraordinario y no obligatorio a los fines del ejercicio de los restantes recursos administrativos y de los de naturaleza contencioso-administrativa.
Institutos Autónomos: por ante superior jerárquico. Art. 96
jerárquico
ART. 91 L.O.P.A
Efectos: No vía contenciosa mientras pendiente recurso: Art 93
Institutos Autónomos: para ante ministro de adscripción: Art. 96
El lapso para la interposición del recurso es de 30 días a partir de la fecha de su presentación Interposición: Autoridad: art 97 Lapso: 30 días Art 99. Silencio: art4 à Recurso contencioso Poder del decisor: Art 89
ART. 94 L.O´P.A
Fecha de la solicitud Nombre y apellidos del recurrente Datos requeridos El acto que se recurre y para iniciar la la razón de su tramitación impugnación. Órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige