Manual de Buenas Practicas en la Industria Textil Argentina

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MANUAL DE BUENAS PRĂ CTICAS en la cadena de valor de la Industria Textil Argentina


Documento elaborado por el grupo de trabajo integrado por Tamara Rosenberg, Ana Fernández Besada, Lucila Dellacasa y Agustina Cebey. Diseño y diagramación Julia Alen. Integrantes de la Red Ropa Limpia Argentina.

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Los talleres clandestinos en la cadena de valor de la industria textil

El caso argentino: La organización de la producción en la confección textil.

El modo de producción dominante en la cadena de producción textil, se inicia cuando las grandes marcas, o un diseñador que comercializa sus prendas en los centros comerciales importantes del país, hasta las marcas de escala pequeña y mediana que comercializan su prendas en diferentes canales de venta minorista, se contactan con el dueño de un taller y/o intermediario que ofrece una "apariencia de legalidad": dispone de licencia, paga impuesto por sus actividades económicas, suele tener algunas máquinas propias, etc. De este modo, la "clandestinidad" de los talleres a la que acuden las marcas queda "parcialmente escondida" detrás de esas empresas intermediarias que a su vez tercerizan la fase de confección de las prendas, en talleres que no siempre se ajustan a las normas legalmente establecidas para su funcionamiento ni para la mano de obra que ocupan. .


De esta manera, estos intermediarios, tras varias subcontrataciones, suelen desviar la producción a “talleres clandestinos”, para hacer la totalidad del trabajo. Estos talleres constituyen así, el primer eslabón en la confección de la cadena de producción de la indumentaria. Y es aquí donde tenemos que poner el foco, por ser el ámbito donde tiene lugar la mayor transgresión en las condiciones laborales de la mano de obra ocupada, sometida a la explotación laboral, cercanas a la esclavitud.

¿Cómo funciona la subcontratación? La subcontratación consiste en relaciones de cooperación entre unidades productivas. Los talleres suelen especializarse en alguna de las fases del proceso productivo: cuellos, ojales, armado, planchado, lavado, etc. Estas relaciones, en la que interactúan muchos agentes de la producción, son funcionales, y se las reconoce como de “especialización flexible”. Este modo de producción por intermedio de la contratación y/o subcontratación, en las que las marcas como se destacó más arriba, no contratan directamente a los talleres, sino que la producción se terceriza en talleres clandestinos, puede explicarse por la búsqueda de menores costos de producción, la flexibili-


zación y la adaptación de la producción a los cambios de la demanda. El abaratamiento de los costos de producción vía una desatención de las condiciones laborales de los trabajadores costureros, lleva asociada una elevada informalidad laboral (trabajo no registrado o “en negro”), resultado del incumplimiento de los derechos laborales que establecen tanto las normativas nacionales como internacionales (1). Esta situación, pese a las constantes denuncias ante juzgados federales en lo penal, de empresas propietarias de marcas reconocidas e incluso de escala media o pequeña, no ha podido todavía ser totalmente erradicada Si bien existen variedad de talleres, las modalidades predominantes son dos: a) Talleres que fabrican por encargo. Las actividades principales que realizan son:

- Corte de Piezas - Preparación de Piezas para Ensamble - Ensamble de Piezas - Estampados - Acabados b) Talleres domiciliarios. Son proveedores del servicio de confección personas que trabajan en su casa, con una o dos máquinas. En general recurren a estos talleres emprendedores con pocas cantidades para producir, y también, en muchos casos, concurren fabricantes o intermediarios que distribuyen la producción en pequeños talleres. Estos talleres suelen realizar tareas intensivas en el uso de la mano de obra como costura en general, bordado, confección de ojales, colocación de botones, limpieza de prendas, etc. Ambos tipos de talleres, donde se confeccionan prendas está normada por la ley 12.713 de


Trabajo a Domicilio (2). Tanto los talleres de confección como los “domiciliarios” se distribuyen, principalmente, en la ciudad de Buenos Aires y su área suburbana. Cuando funcionan clandestinamente suelen cambiar de ubicación para no ser detectados. http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm Ley N° 20.744, Régimen de Contrato de Trabajo. http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm

1 - El marco jurídico vigente en Argentina, - leyes, normas, y su adhesión a tratados internacionales, que protege, en general, los derechos laborales de los trabajadores y los del ramo de la confecciòn, en particular, puede consultarse en http://www.soiva.org.ar/

http://www.ilo.org/global/standards/subjects-covered-by-international-labour-standards/forced-labour/lang--es/index.htm

Convenio Internacional sobre el Trabajo. http://www.fundacionalameda.org/

http://www.fundacionalameda.org/ Fundación Alameda http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/48991/norma.htm

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/48991/norma.htm 12.713 de Trabajo a Domicilio. 2 - Ley

La Informalidad laboral en la confección textil La informalidad laboral es un fenómeno relevante en la estructura ocupacional de Argentina. Según datos oficiales provenientes del Ministerio de Trabajo, se estima en 4.000.000 la cantidad de mano de obra total que se encuentra en condiciones de informalidad. Dado que un porcentaje importante de las prendas que se fabrican en la Argentina proviene de talleres clandestinos, estos constituyen el eslabón de la cadena de valor textil en donde se registran los mayores niveles de informalidad y precariedad laboral (trabajo no registrado o “en negro”).


Según estimaciones de la ONG La Alameda (http://www.fundacionalameda.org/), dedicada a la promoción y defensa de los derechos laborales, especialmente en el sector textil, considera que aproximadamente el 78% de las prendas que se fabrican en la Argentina proviene de talleres clandestinos, en los que se ha detectado prácticas de trabajo forzoso, precario o esclavo y explotación de migrantes indocumentados. Esta organización ha estimado también la presencia de más de 300.000 personas ocupadas que trabajan en esas condiciones. Sólo en la ciudad de Buenos Aires hay más de 3.000 talleres clandestinos que emplean más 30.000 personas en condiciones indignas de trabajo, y cientos de marcas que trabajan con estos talleres, muchas de las cuales ya fueron denunciadas ante la Subsecretaría de Trabajo, la Agencia Gubernamental de Control y en la Justicia Federal.

Claudio Drescher, presidente de la Cámara Industrial Argentina de la Indumentaria (CIAI), estima que en la ciudad de Buenos Aires trabajan en el sector de la indumentaria aproximadamente 25.000 personas en la informalidad, y 5.000 lo hacen en condiciones de esclavitud. Algunas de las propuestas de solución a estas irregularidades, por parte de la CIAI, incluyen lograr una trazabilidad social y ambiental de la cadena de valor completa, identificando cada prenda con un chip, o promoviendo la construcción de un Parque Industrial de la Confección, que desarrollara formatos productivos de última generación en condiciones de trabajo digno. ¿Qué implica el trabajo Informal? Básicamente a los trabajadores no registrados no se le respetan los derechos que establece la ley, en cuanto a la seguridad previsional, obra social, indemnizaciones en casos de accidentes de trabajo, prestaciones familiares, licencia por maternidad o enfermedad, jubilación.


¿Cuáles son las principales características de los “talleres clandestinos”? Se trata de aquellos talleres donde se comprueban irregularidades con respecto a las violaciones de los derechos laborales, prevaleciendo condiciones indignas para la mano de obra ocupada, presencia importante de trabajadores indocumentados, en su mayoría trabajadores de países limítrofes (de Bolivia preferentemente), y, en no pocos casos, se constata privación ilegítima de la libertad. En Argentina, los derechos laborales y la seguridad social de los trabajadores son regulados

por la Constitución, el Código de Trabajo, y por normativas especificas del rubro de la actividad que nos ocupa, como el Sindicato del Vestido (SOIVA), y el Sindicato de Cortadores (UCI); además el país ha firmado y ratificado convenios de promoción y protección de los derechos de los trabajadores en el ámbito laboral, promovidos desde organismos internacionales como la OIT, que forman parte del derecho interno. No obstante, pese a los avances positivos en la legislación laboral nacional, en la práctica hay dificultades de parte del estado para verificar la tercerización del trabajo y, particularmente, las condiciones en que este se realiza. Las interferencias de carácter político en el sistema judicial, la corrupción judicial y la debilidad de los organismos de control, impiden una efectiva fiscalización e inspección suficiente de los talleres.


La falta de operativos, en este eslabón de la confección textil, dificulta comprobar las irregularidades y evasiones en el cumplimiento de los requisitos legales, difundir información entre los trabajadores sobre sus derechos y aclararles dudas sobre los alcances de las leyes que los protegen. Esta desatención por garantizar que el empleador cumpla con la obligación de registrar a los trabajadores debilita la lucha contra el trabajo en “negro”, la regularización de la situación laboral del trabajador, el cumplimiento de los aportes jubilatorios y a la obra social, incluso la trata de personas, la reducción a la servidumbre y el trabajo infantil.

¿A que nos referimos cuando hablamos de Buenas Prácticas Laborales y Medio Ambientales en la Confección Textil? El listado de Buenas Prácticas Laborales y Medio Ambientales en la Confección Textil que se presentan en esta sección deriva de las lecciones aprendidas, de la experiencia que nuestra organización viene acumulando sobre el tema, como también de las muchas inquietudes que nos acercan y formulan diversos diseñadores o representantes de marcas


que contratan talleres para elaborar sus prendas. De modo general, las Buenas Prácticas Laborales y Medio Ambientales en los talleres de confección de ropa y accesorios textiles implican al cumplimiento de la Normativa Laboral y Medio Ambiental vigente. De manera que, se constata que no se cumplen con la Buenas Prácticas cuando, fundamentalmente, se violan las leyes laborales, más específicamente: • Las jornadas laborales son extensas, al no respetarse el límite de horas que se debe trabajar. • Los pagos están por debajo de lo establecido por el convenio que establece un valor por prenda confeccionada, es decir no se respetan los salarios mínimos de la industria textil nacional

• No se toma como referencia los valores por hora de trabajo en base al convenio colectivo del Sindicato Obrero de la http://www.soiva.org.ar/ http://www.soiva.org.ar/ Industria del Vestido y Afines (SOIVA), que representa a los trabajadores registrados del gremio de la confección, los de lahttp://www.uci.org.ar/ Unión de Cortadores de la Indumentaria (U.C.I) http://www.uci.org.ar/ , que nuclea a trabajadores que realizan sus actividades en establecimientos dedicados fundamentalmente a la moldería, el diseño y la confección, y los del Sindicato de Trabajadores Talleristas a Domicilio (S.T.T.A.D). • El precio justo no se calcula en base al tiempo que demanda la producción de una prenda conforme a un valor hora adecuado, teniendo en cuenta además costos directos (electricidad, seguros, mantenimiento, insumos). • Los trabajadores no están registrados, o sea como se señalara, no se realizan los


aportes y contribuciones patronales al sistema de seguridad social y carecen de obra social. • Falta de auditorías en el lugar respecto al trato a los trabajadores. • Las condiciones ambientales laborales son pésimas: falta de higiene y seguridad, y acceso a servicios básicos.

zan para el descanso y la alimentación; son espacios reducidos y no están ventilados, ni bien iluminados y la falta de instalaciones de saneamiento implica riesgos para la salubridad y de vida de los trabajadores. • La confección genera polvillo, dando lugar a la aparición frecuente de enfermedades pulmonares severas (por ejemplo tuberculosis, silicosis).

• Las viviendas donde funcionan “los talleres domiciliarios” no están ubicadas en una zona “habilitable”, desde lo legal y desde las condiciones edilicias (como villas, asentamientos precarios, etc.), presentando, entre otros, niveles inadecuados de infraestructura edilicia y falta de instalaciones eléctricas independientes.

• El aislamiento en que se encuentra la mano de obra ocupada en estas condiciones dificulta negociar precios adecuados con los fabricantes dadores de trabajo.

• El espacio destinado a la producción no está separado de los ambientes que se utili-

• Pese a su prohibición legal, se han detectado niños realizando tareas laborales.

• En algunos talleres trabajan mujeres embarazadas sometidas a pésimas condiciones en el ambiente laboral.


• El taller no está inscripto en la AFIP. Es decir no cuenta con la habilitación y regularización impositiva, ser monotributista o monotributista social (3); como tampoco cuenta con un seguro contra accidentes (como mínimo). • Inadecuada disposición de los desechos sólidos. Es común que las empresas manifiesten desconocer que encargan la confección de ropa a “talleres clandestinos” y la existencia de las condiciones de quienes ahí trabajan, si el dueño del taller no responde frente a accidentes y/o indemnizaciones por despidos, etc, el dador de trabajo por ser beneficiario indirecto es solidariamente responsable y debe responder frente a cualquier demanda de los trabajadores. http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm (Ver Ley de trabajo a domicilio Nº 12713).

3 - El monotributo social, es el aporte más económico, para talleres familiares chicos, con ingresos de hasta $6000 mensuales promedio. Éste es individual, cada integrante debe tenerlo. Y para más seguridad del trabajador y de quien dá trabajo, es necesario tener también ART.


Beneficios o valor agregado para las marcas que adoptan Buenas Prácticas Laborales y Ambientales:

- Demuestra a su proveedores, compradores y clientes que se adoptan prácticas de negocios sustentables basadas en principios de justicia social y de cuidado con el medio ambiente. - Demuestra a los consumidores de sus productos y público, en general, la transparencia de sus prácticas. - Basado en recomendaciones y demandas futuras, permite introducir mejoras continuas. - Contribuye a diferenciarse de otras marcas.


El Consumidor Éticamente Responsable Aunque el grado de conciencia de la existencia de los “talleres clandestinos” y la explotación laboral que tiene lugar en esos ámbitos, no ha tenido en Argentina, igual difusión que en los países desarrollados. Sin embargo, esta conciencia social por parte del consumidor final argentino viene creciendo gradual pero sostenidamente. La indignación entre consumidores con sensibilidad social, reconoce en nuestro medio como antecedentes el siniestro que tuvo lugar el 27 de abril de 2015, cuando se incendia un taller clandestino en la Ciudad de Buenos Aires, donde fallecen dos hermanitos de 10 y 5

años, respectivamente. Si bien este no fue el primero ni único incendio registrado, los resultados trágicos en esta oportunidad fue un penoso antecedente que desató una demanda de información por parte de los consumidores sobre marcas que trabajaban con talleres ilegales, que no respetan los derechos laborales ni cuentan con las habilitaciones que establece la normativa legal para su funcionamiento. Merece destacarse la labor que realiza la Red Ropa Limpia a través de diversos eventos: talleres, charlas en diferentes ámbitos, colegios, cursos en Universidades, entre otros espacios, para contribuir a difundir la toma de concienciasobre el tema entre los consumidores. Entre los consumidores éticamente responsables, que se preocupan por el cumplimiento de valores asociados a una mayor


responsabilidad social a lo largo de la cadena de la producción textil, las preguntas que más habitualmente se formulan son:

¿Quién produce nuestra ropa? ¿Quiénes las confeccionan? ¿Cuáles son las condiciones de trabajo de la mano de obra que elaboró la prenda? Estas son algunas de las principales inquietudes y reclamos de información por parte de esta categoría de consumidores que se hacen llegar a la página www.ropalimpia.com.ar web Ropa Limpia Argentina.

Cabe destacar que, el consumidor éticamente responsable demanda productos que respeten a los trabajadores involucrados en ese proceso, que no se utilice mano de obra infantil y que el mismo proceso productivo se realice minimizando el impacto ambiental, haciendo un uso inteligente y ecológico de los materiales, y una disposición final de los residuos sólidos y/o líquidos tóxicos adecuada de bajo o nulo impacto ambiental. Los consumidores que incorporan, por motivación propia y/o concientización, una preocupación ética en su consumo forman parte de un movimiento que esperamos se consolide, crezca y se haga sustentable para que nuestras próximas generaciones vivan una sociedad más justa y más cuidadosa del medio ambiente. A su vez el consumo éticamente responsable va de la mano del desarrollo de una economía circular que alienta una reducción en el nivel


de consumo y de los recursos. Lo cual conduce a hacer más consciente el acto de compra:

¿Realmente necesito esto? ¿Qué información debo recabar sobre la marca? ¿Dónde se confeccionó la prenda (zona, país)? ¿Cuál ha sido el impacto ambiental del proceso de producción? ¿Debo elegir marcas con menos packaging (residuos) o, mejor aún, con un packaging reciclable?

Vinculado a lo anterior se entiende que el precio expresa mucho más de lo que parece: si una remera se vende a un precio extremadamente bajo, probablemente se confeccionó en talleres clandestinos, unidades productivas no habilitadas y que no registran a sus trabajadores, o sea aquellos ámbitos de trabajo que no cumplen con los requisitos señalados más arriba. www.ropalimpia.com.ar El “Consumidor Responsable” puede visitar la página de nuestra Red Ropa Limpia Argentina donde podrá encontrar mayor información y respuesta a alguna de sus inquietudes y hacernos llegar otras que puedan tener. Buscamos así tener un intercambio que nos enriquezca mutuamente sobre el tema. Esta página ofrece al consumidor responsable, además, una guía para comprar prendas de vestir y diversos productos textiles confeccionados conforme a la Buenas Prácticas que


mencionamos e informaciรณn sobre algunos puntos de venta de comercio justo, donde se venden productos, elaborado en base al respeto al medio ambiente y se presta atenciรณn al factor humano.


Proyecto: Sello Ropa Limpia La Red Ropa Limpia actualmente está trabajando en la implementación del Sello ROPA LIMPIA ARGENTINA (SRLA), que permitirá distinguir aquellas marcas que demuestren y verifiquen un sistema de gestión basada en Buenas Prácticas Laborales y Medio Ambientales.

El Sello Ropa Limpia Argentina se propone de este modo conectar a los fabricantes de indumentaria, diseñadores y emprendedores de la confección textil y marcas, que se comprometen con una visión de responsabilidad social con la comunidad de consumidores que demandan prendas producidas de acuerdo a un enfoque éticamente responsable, que se preocupan por las condiciones de trabajo de la mano de obra. Este Sello debe considerarse como un medio de comunicación que mejora la reputación e imagen de la marca y le aporta un elemento de diferenciación. Importa, además, que empleadores, ámbitos de decisión pública, sindicatos y organizaciones no gubernamentales dedicadas a la defensa de los derechos laborales, dispongan de esta información para una mayor toma de conciencia y sensibilización sobre la importancia de la vigencia en el cumplimiento de derechos laborales de la


mano de obra de los talleres de confección, uno de los eslabones de la cadena de la industria textil que registra la mayor violación de esos derechos. Las marcas a las que se les asigna el Sello Ropa Limpia Argentina y que se comercializan en canales de venta minorista de diferente escala, ayudará a los consumidores a orientar sus decisiones de compra de sus prendas y otros productos de origen textil. De este modo, el Sello en tanto herramienta que permite la trazabilidad social y ambiental del producto, le garantiza al consumidor que su fabricación fue realizada, -sea en talleres propios o de terceros,- respetando los derechos de los trabajadores y mediante una gestión ambiental responsable. El alcance de los objetivos de acceder a la distinción del Sello Ropa Limpia Argentina implica también el compromiso de transitar un

camino de mejora continua, así como un cambio cultural de la unidad productiva (taller), el eslabón de la cadena textil, donde se lleva a cabo el proceso productivo, para la gradual pero sostenida adopción de las normativas laborales, avanzar en la formalización de la mano de obra ocupada, y demás normativas vigentes para habilitar los talleres, contribuyendo de este modo a la equidad social, la satisfacción y optimización de sus recursos humanos, permitiendo incrementar su eficiencia y competitividad.


“por una industria textil más digna, limpia y responsable, libre de trabajo esclavo e infantil.” ¿te sumás?


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