REGLAMENTO INTERNO

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I.

“AÑO DEL DEBER CIUDADANO”

INSTITUCIÓN EDUCATIVA

“CULTAMBO” CULTAMBO – SAN JOSÉ

REGLAMENTO INTERNO AÑO - 2009 .

INSTITUCIÓN EDUCATIVA “CULTAMBO”


AVENIDA NUEVA JERUZALEN MZ-N/ L-23 Telf. 5 7 5 1 24 CULTAMBO- SAN JOSE - PACASMAYO

“AÑO DE LAS CUMBRES MUNDIALES EN EL PERU”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 029-2008-UGEL-P/ I.E.”CULTAMBO”- D VISTO: El Proyecto del Reglamento Interno presentado por la comisión responsable de su elaboración. CONSIDERANDO: Que, el Proyecto del Reglamento Interno de la Institución Educativa “Cultambo” de la localidad de Cultambo, distrito de San José, Provincia de Pacasmayo; ha sido elaborado por la comisión responsable para este fin ,recogiendo los aportes de los docentes, auxiliar de educación, director y consejo directivo de la APAFA. Que, es conveniente aprobarlo por encontrarse conforme a los dispositivos legales vigentes y a fin de asegurar el normal desarrollo de las actividades de la institución educativa. SE DECRETA. Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento Interno de la Institución Educativa presentado por la Comisión respectiva, el mismo que regirá a partir del 01 de enero del 2010 hasta la aprobación de un nuevo Reglamento Interno Artículo Segundo- Déjese sin efecto el reglamento aprobado el año 2009.

REGISTRESE, COMUNIQUESE. Cultambo, 30 de diciembre del 2009

PROF. ORLANDO ALBARRAN BURGOS Director


INDICE PRESENTACIÓN TITULO PRIMERO

:

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

:

DEL CONTENIDO Y ALCANCES

:

DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

TITULO SEGUNDO CAPITULO I

:

DISPOSITIVO LEGAL DE CREACION, UBICACIÓN, FINES, SERVICIOS – OBJETIVOS Y FUNCIONES.

TITULO TERCERO

:

DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES

CAPITULO I

:

ESTRUCTURA ORGANICA

CAPITULO II

:

DE LOS ORGANOS Y FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS

TITULO CUARTO CAPTITULO I

:

DE LOS EDUCANDOS

:

DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES

CAPITULO II TITULO QUINTO CAPITULO I

:

DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES

:

DEL REGIMEN ACADEMICO

:

PLANEAMIENTO Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

CAPITULO II

:

DE LA MATRICULA, EVALUACION Y CERTIFICACION

TITULO SEXTO CAPITULO I

:

DEL REGIMEN ADMINISTRATIVO

;

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

CAPITULO II

:

DE LA JORNADA DE TRABAJO

CAPITULO III

:

DERECHOS, OBLIGACIONES, ESTIMULOS

Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE CAPITULO IV

:

DEL ESCALOFON DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

CAPITULO V

:

DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL

Y DE RECREACION TITULO SEPTIMO

:

DE LOS PADRES DE FAMILIA

TITULO OCTAVO

:

DE LA RELACION Y COORDINACION

TITULO NOVENO

:

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS


PRESENTACIÓN

El presente Reglamento Interno de la Institución Educativa “CULTAMBO” de La localidad de Cultambo , distrito de San José , Provincia de Pacasmayo, Departamento de la Libertad, es un instrumento de gestión que regula la organización y el funcionamiento integral de la institución educativa. Establece pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. Su característica principal es el de ser renovable en la parte que sea necesario, dentro del periodo de un año escolar; su contenido se sustenta en dispositivos legales vigentes del sector educación y su estructura presenta: Títulos, capítulos, 79 artículos y dos disposiciones complementarias.


TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DEL CONTENIDO Y ALCANCES ARTÍCULO 1º.- El presente Reglamento interno viene a constituir el documento normativo de la gestión pedagógica y administrativa de la Institución educativa de menores “CULTAMBO”. Contiene las normas internas del trabajo educativo, las funciones, derechos, obligaciones y sugerencias del personal directivo, docente, administrativo y de servicios, así como de los padres de familia y usuarios del servicio educativo.

ARTÍCULO 2º.- Son fines del reglamento interno: a. Dar orden y direccionalidad a la acción y gestión educativa, asegurando el cumplimiento de los objetivos de la Institución Educativa. b. Identificar y definir la organización de la Institución Educativa y las funciones generales y específicas, de la organización del trabajo educativo y administrativo. c. Racionalizar y orientar el esfuerzo personal, de manera que su realización profesional y comportamiento laboral permita la presentación de un eficiente y eficaz servicio educativo.

ARTÍCULO 3º.- La formulación y aplicación del presente reglamento se sustenta en la siguiente base legal: a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k. l. m. n. o. p.

q. r. s. t. u. v. w.

Constitución Política del Perú. Ley Nº 28044, Ley General de Educación, su modificatoria Ley Nº 28123 Ley Nº 24029, Ley del Profesorado y su modificatoria Ley Nº 25212 Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ley Nº 28740 , Ley del sistema de evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa. Ley Nº 28628, Ley que regula la participación de la asociación de padres de familia en las instituciones educativas públicas. Ley Nº 27911, Ley que regula medidas administrativas, extraordinarias para el personal docente o administrativo implicados en delitos de violación de la libertad sexual. Ley Nº 27815, Ley del código de ética de la función pública. Ley Nº 27741, Política educativa en materia de derechos humanos. Ley Nº 27733, Nuevo código de los niños y adolescentes Decreto Ley Nº 25762, Ley orgánica del Ministerio de Educación, su modificatoria Ley Nº 26510 D.S. Nº 008-2006-ED, Lineamientos para el seguimiento y control de la labor efectiva de trabajo docente en las instituciones públicas. D.S. Nº 026-2003-ED, Década de la educación inclusiva 2003-1012 D.S. Nº 013-2004-ED, Reglamento de educación básica regular. D.S. Nº 009-2005-ED, Aprueban reglamento de la gestión del sistema educativo. R.M. Nº 1073-2002-ED, Aprueban procedimiento de investigación y protección de maltratos físicos, psicológicos o de violencia sexual, en agravio de educandos, cometidos por personal del sector educación. R.M. Nº 441-2008-ED, Normas y orientaciones nacionales para la gestión de las instituciones educativas de educación básica y técnico productiva. R.M Nº 401-2008 Normas y procedimientos para la Gestión del Banco de Libro en las

Instituciones Educativas de educación Básica. D.S Nº 004-2006-ED que aprueba el reglamento de la Ley Nº 28628 que regula la participación de las asociaciones de Padres de Familia en las instituciones Educativas Publicas R.M Nº 0069-2008-ED aprueba la directiva “Normas para la Matricula de niños y niñas y jóvenes con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del sistema Educativo dentro del marco de la Educación inclusiva” Resolución Vice Ministerial Nº 0017-2007 , que aprueba las Normas que establecen la Organización y la Ejecución de la Actividad permanente de Movilización Social “Escuelas Seguras Limpias saludables R.M Nº 440-2008-ED Que aprueba el Documento “Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular”. Como resultado del proceso de revisión y mejoramiento. Directiva 001-2007-ED.


x. R.V N°0022-2007-ED. ARTÍCULO 4º.- Las disposiciones del presente reglamento comprenden al personal de la Institución Educativa y usuarios del Servicio del Plantel.

TITULO SEGUNDO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CAPÍTULO I DISPOSITIVO LEGAL DE CREACIÓN, UBICACIÓN, FINES, SERVICIOS, OBJETIVOS Y FUNCIONES ARTÍCULO 5º.- CREACIÓN Y UBICACIÓN: La Institución Educativa “Cultambo”, fue creada en el año 1989, por Resolución Directoral Nº 0634 de la Unidad de Servicios Educativos de Pacasmayo, con domicilio en la Av. Nueva Jerusalén Mz F Lote 22, de la localidad de Cultambo, distrito de San José, Provincia de Pacasmayo.

ARTICULO 6º.- FINES: a. Brindar al estudiante una educación de calidad basada en valores y acorde a nuestra realidad. b.Velar por la promocion,defensa,cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes. c.Fomentar el amor a la patria, a la institución y a su comunidad practicando valores y respetando los símbolos nacionales y locales.

ARTICULO 7º.- SERVICIOS: La Institución Educativa de Menores “Cultambo”, es una institución netamente educativa que presta servicios escolarizados en Educación Secundaria para menores en las áreas de Ciencias y Humanidades en el turno de la mañana.

ARTICULO 8º.- OBJETIVOS: Son objetivos de la Institución Educativa: a. Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de calidad sin exclusiones en razón de la diversidad de las personas. b. Formar integralmente a los estudiantes para que utilicen sus conocimientos, desarrollen capacidades, actitudes y valores y sean capaces de construir su proyecto de vida. c. Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de contribuir en la construcción de una sociedad democrática, justa e inclusiva y en el desarrollo educativo y cultural de la comunidad. d. Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitando la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, eficaz y creativa.

ARTICULO 9º.- FUNCIONES: Son funciones de la Institución Educativa: a. Realizar labor de integración social para vincular estrechamente a la institución educativa con el hogar y la comunidad. . b. Estimular el interés y la preocupación de los padres de familia en la educación de sus hijos. c. Programar, ejecutar y evaluar íntegramente los servicios que brinda la institución educativa. d. Organizar el trabajo educativo de acuerdo a las características propias de la localidad en sus áreas científico humanístico.

e. Promover y desarrollar actividades culturales, deportivas y de recreación que contribuye a la formación integral del educando. e. Velar por la seguridad física y moral de los alumnos promoviendo la activa participación de los Padres de Familia

TITULO TERCERO DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES CAPITULO I ESTRUCTURA ORGÁNICA

ARTÍCULO 10º.- La Estructura Orgánica de la Institución Educativa de Menores “Cultambo “es la siguiente:


a). ÓRGANO DE DIRECCIÓN -

Dirección.

-

Comité Directivo

b). ORGANO DE PARTICIPACIÓN, CONCERTACIÓN Y VIGILANCIA -Consejo Educativo Institucional c). ORGANO DE ASESORAMIENTO -

Consejo Académico

d). ORGANO DE APOYO - Comité de Gestión de Recursos Financieros. - Personal de Servicio. E ÓRGANO DE EJECUCIÓN  Personal Docente  Auxiliar de Educación f. ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN  Asociación de Padres y Madres de Familia.  Comités de Aula.  Comités de OBE.  Áreas de Gestión Educativa.  Comunidad Magisterial.  Ex alumnos.  Concejo Escolar.  Clubes Estudiantiles.

CAPITULO II DE LOS ORGANOS Y FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS ARTICULO 11º.- DIRECCIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: El Director es la primera autoridad de la Institución Educativa que organiza el desarrollo de sus actividades, lo representa legalmente, y lidera la participación de la comunidad educativa

A.-FUNCIONES DE DIRECCIÓN: EN LO PEDAGOGICO: 1.-Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente, con medidas que promueven y estimulen la innovación pedagógica y la diversificación curricular, la investigación y propuestas experimentales, orientadas a cualificar los logros de aprendizaje, la practica docente en el aula y el desarrollo de diversos talentos en estudiantes y docentes. 2.-Monitorear, supervisar y evaluar continuamente el servicio educativo, acompañado y asesorado los esfuerzos de los docentes por mejorar la calidad de su práctica pedagógica. 3.-Crear espacios y oportunidades constantes de ínter aprendizaje, de reflexión y sistematización de la practica, dirigida a mejorar las competencias de los docentes y las condiciones de aprendizaje de los alumnos. 4.-Organizar en forma regular eventos de capacitación y actualización docente, así como evaluar su ejecución e impacto. 5.-Suscribir, en los Centros Educativos, convenios y/o contratos entre la Institución Educativa y otras entidades con fines educativos y culturales, sin efectuar las horas de aprendizaje en el aula. 6.-Apoyar la practica docente de los estudiantes de Educación, con permanencia del docente responsable en el aula asignada, el asesoramiento al practicante, acogiendo sus contribuciones a la innovación pedagógica.


7.-Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades de aprendizaje fuera de la Institución Educativa, supervisando la existencia de medidas y previsiones que garanticen el aprovechamiento pedagógico de estas experiencias. 8.-Incentivar la participación de los alumnos ofreciéndoles canales y oportunidades constantes, permitiendo y alentando diferentes formas de organización autónoma como Municipios Escolares y Concejos Estudiantiles, dirigidos a contribuir el desarrollo del proyecto de la Institución Educativa y satisfacer sus propios intereses. 9.-Promover, monitorear y evaluar la articulación al desarrollo del proceso educativo de programas y acciones de aprendizaje de cultura y deportes así como de prevención, convocados por el Ministerio de Educación u otras Instituciones, autorizando la participación de la Institución Educativa. 10.-Diseñar la oferta educativa basándose en información actualizada sobre las demandas del mundo del trabajo y de la comunidad. 11.-Garantizar el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje, evitando la pérdida de horas por motivo de aniversario, desfile u otras actividades no relevantes. 12.-Planificar y aplicar la medición de logros de aprendizaje en los diferentes grados, al menos una vez al año, para monitorear y evaluar el servicio educativo y mejorar los estándares de calidad. 13.-Aprobar los documentos normativos que orientan la vida de la Institución Educativa y que estén en concordancia con lo dispuesto por las normas oficiales, sin saturar el tiempo de los docentes para actividades internas y de representación en actividades externas. B.-EN LO ADMINISTRATIVO: 14.-Delegar funciones al los docentes y otros miembros de la comunidad escolar, y designar para las actividades internas y de representación en actividades externas. 15.-Supervisar y evaluar las actividades pedagógicas y administrativas en coordinación con el personal directivo y jerárquico de la Institución Educativa. 16.-Evaluar incentivar y reconocer esfuerzos y mérito individual y colectivo del personal. En caso de una evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según lo dispuesto por las normas vigentes. 17.-Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de estudio. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, ratificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación, hasta el mes de octubre del año lectivo. 18.-En ausencia del Director (e) de la I.E debe dejar encargado de la dirección mediante documento y toda documentación respectiva para el funcionamiento eficiente. (parte diario, tizas, etc.). 19.-Presentar al órgano intermedio el personal contratado y nombrado a nivel docente y administrativo que reúna los requisitos legales, de acuerdo a la propuesta de selección y de evaluación efectuadas por la comisión especial de evaluación, en atención a las necesidades educativas y a las plazas que corresponden a la Institución Educativa . 20.-En la Institución Educativa Pública, representar el órgano intermedio las licencias, de acuerdo a las normas vigentes. Seleccionando y designando, previa propuesta de la respectiva Comisión de Evaluación, al docente reemplazante por el tiempo que dure la licencia del titular, comunicando, oportunamente al órgano intermedio del Ministerio de Educación para las acciones correspondientes. La resolución de emite dentro del plazo de diez días útiles. Así mismo propones al órgano intermedio licencias del personal administrativo y cubrir dicha licencia cuando es sin goce de haber. 21.-Conformar el comité de Gestión de Recursos Financieros, el cual deberá informar de manera pública y transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes de la Institución Educativa. C.-EN LOS RECURSOS Y SERVIDORES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA: 22.-Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la Institución Educativa, recogiendo periódicamente la opinión del Consejo Educativo Institucional y manteniendo informada a la comunidad educativa, siguiendo las orientaciones del PEI y las normas oficiales. Debe tenerse en cuenta que las Instituciones Educativas están eximidos de pago de obligaciones por servicio de agua y energía eléctrica de acuerdo a la Ley Nº 27627 del 28 de Diciembre del 2000. 23.-Formular el presupuesto de la Institución Educativa Pública y velar la correcta administración de todos los recursos, incluyendo los recursos propios. 24.- Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del plan de Trabajo Anual, y la priorización de sus gastos para los requerimientos pedagógicos y de participación cultural y deportiva.


25.-La compra de algún bien para la I.E debe será efectuado por la Comisión de Gestión de recurso Financieros de acuerdo al presupuesto institucional.

D.-EN LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA: 26.-Propiciar la conformación del Consejo Educativo Institucional y presidirlo, como instancia de opinión y consulta de apoyo a la gestión, dando aportes a las comisiones de Descentralización y Moralización y al Concejo Regional y Provincial de Educación. 27.-Conformar el Comité Especial de Evaluación del Personal Nombrado y Contratado, para cada Nivel y Modalidad, integrado por: A.-El Director del plantel, que lo presidirá. B.-Un docente elegido en asamblea con reconocida solvencia ética, profesional y académica. C.-Un Padre o Madre de familia elegido (a) en Asamblea con Acreditación de buena gestión y mayor grado de Educación.. 28.-Prevenir y mediar en situación de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad escolar. 29.-Promover, en coordinación con los gobiernos locales, programas de cultura y deporte tanto informativos, de capacitación y de práctica directa.

E.-EN RELACION A PUBER Y ADOLESCENTE CON NECESIDADES ESPECIALES, E N LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS. 30.-Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado o en riesgo de abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones. 31.-Propiciar en la comunidad educativa para intervenir a favor de la situación del Púber y adolescente trabajadores y con necesidades especiales, tomando medidas que garanticen su integración a la institución educativa

ARTICULO 12º.- DEL AUXILIAR DE EDUCACION: Depende directamente del Director de la Institución Educativa y cumple las siguientes funciones: 1-Verificar que los alumnos ingreses a la I.E con su libreta de control y Hacer ingresar a los alumnos a sus respectivas aulas y mantenerlos en ellas durante todo el horario de clase. 2-Tomar asistencia al alumno de cada grado y en orden. 3-Verificar e incentivar que el aula se encuentre correctamente aseada por los alumnos, de acuerdo a un horario que se establezca 4-Conversar con los padres de familia o apoderado cuando sus menores hijos reincidan en faltas. 5-Colaborar con la plana docente cuando se solicite en actividades extracurricular. 6-Contribuir en el desarrollo de acciones y actividades tendientes a la formación integral del educando. 7-Realizara formaciones diarias del alumnado y en las actuaciones cívicas patrióticas. 8-Atender, en primera instancia a los Padres de Familia sobre asuntos relacionados con la conducta, disciplina y asistencia. 9-Por ningún motivo podrá interrumpir al docente durante el desarrollo de su clase. 10-En ausencia de algún docente, el auxiliar enseñará a los alumnos reglas de higiene, urbanidad, incentivar prácticas de valores, realizar actividades formativas y otros que contribuyan al aprendizaje de los alumnos. 11-Llevar al día: . El cuaderno de apuntes de incidencias del alumnado a su cargo. . La ficha de matricula única. 12-Propiciar el mantenimiento de un clima de cooperación, amistad y respeto entre alumnos, docentes, padres de familia, ex alumnos y comunidad. 13-Promover el fortalecimiento de disciplina y el buen comportamiento de los educandos, en coordinación con su superior. 14-Orientar y apoyar a los alumnos en todas las actividades educativas y de servicios comunales que desarrolle su plantel por convenio, función o cargo en coordinación con otras instituciones a nivel nacional, regional o local, acompañando a las delegaciones cuando lo requieran.


15-Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los educandos así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar. 16-Exigir y velar porque los educandos tengan una adecuada presentación personal del uso del uniforme. 17- Orientar a los educandos para que velen por la conservación del mobiliario, material educativo, infraestructura de la Institución Educativa. 18-Fomentar en el alumno el amor a los emblemas nacionales, desarrollando responsabilidad de carácter cívico – patriótico. 19-Proporcionar al profesor, tizas, mota y material didáctico. -Evaluar la conducta de los alumnos, mediante el control de asistencia, puntualidad, orden, disciplina y aseo. 20-Entregar, recabar y mantener sin enmendaduras libretas de calificaciones, citaciones, recomendaciones y otros. 21-Llevar y/o transportar a los alumnos que requieran atención médica, siempre y cuando el incidente ocurra dentro del plantel. 22-Velar por el mantenimiento y provisión del botiquín del Plantel. 23-Realizar funciones afines al cargo que le asigne el director. -Portar, llevar y hacer firmar el diario de Asistencia a los docentes cada término de hora de clase, a sus respectivas aulas. 24-Llenar el registro de asistencia y control disciplinario así como el anecdótico o de incidencia de los adolescentes y jóvenes a su cargo por secciones o grados. 25-Elabora información sobre las causas de inasistencia y tardanza de los educandos, haciendo el seguimiento correspondiente. 26-Realiza la formación de los alumnos en el patio y en las actuaciones cívicas dentro y fuera de la I.E. velando por el buen comportamiento 27-Exigir a los alumnos el uso del uniforme escolar, apartir de la fecha establecida por la dirección; así como, la observación del aseo personal; el cuidado de la infraestructura, material educativo y mobiliario. 28-Colaborar en el proceso de matrícula y en el dictado de las citaciones a los padres y madres de familia. 29-Orientar y controlar el cumplimiento y las normas sobre el comportamiento de los alumnos de la I.E. 30-Atienden y auxilian a los educandos en caso de emergencia. 31-No permite el ingreso a las aulas de clase a personas extrañas a la I.E 32-Apoyan al docente en todo el proceso de aprendizaje en su ausencia y lo aporta sus conocimientos en cualquier campo del saber en beneficio de los púberes y adolescentes. 33-Cada bimestre informan al director de la I.E. y/o comité de tutoría, convivencia y disciplina escolar el aprovechamiento de los educandos, el orden de mérito de los adolescentes y jóvenes en cada sección a su cargo, en forma bimestral. 34-Soluciona faltas leves de indisciplina en primera instancia y las faltas graves informará por escrito al director y comité de tutoría, convivencia y disciplina escolar para su tratamiento respectivo. 35-Presentan su Plan de Trabajo al director de la I.E. para su respectiva aprobación y ejecución. 36-Asume la responsabilidad en la realización de ensayos y desfiles cívicos, con la colaboración de los profesores. 37-Asiste a reuniones del Comité de Aula o Asambleas de Padres y Madres de Familia de secciones a su cargo, para el control de asistencia siempre y cuando sea requerida su participación. 37-Cumple con la entrega de libretas a los padres de familia en cada bimestre, en caso de ausencia del profesor asesor. 39-Orienta a los padres y madres de familia en cada reunión mensual o bimestral de temas relacionados a sus obligaciones del padre con sus hijos, informando por escrito de lo actuado a la dirección, y/o comité de tutoría, convivencia y disciplina escolar. 40-Controlar la permanencia de los adolescentes y jóvenes dentro de su aula, realizando sus tareas en forma disciplinada. 41-Coordina permanentemente con el personal de servicio para realizar mantenimiento de mobiliario u otras en sus secciones a cargo.


42.-Estimular y organizar la participación de los adolescentes y jóvenes de la Institución Educativa en eventos de carácter deportivo, cultural y de prevención convocados por el Ministerio de Educación y otras Instituciones, de acuerdo a las presentes normas. 43.-Compartir información sobre el desarrollo de los estudiantes. 44.-Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de Inter. Aprendizajes y reflexión; así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes.

ARTICULO 13º.- DEL TRABAJADOR DE SERVICIO. Depende directamente del director de la Institución Educativa y cumple las siguientes funciones: 1-Asear todos y cada uno de los ambientes de la Institución Educativa, barriendo, desinfectando y limpiando 2-Ordena y pinta el mobiliario. 3-Vela por el mantenimiento del local. 4-Desempeña con esmero y eficiencia las tareas asignadas. 5-Cumple actividades de vigilancia y seguridad, preferentemente en horario nocturno y en días no laborables. 6-Controlar los muebles, enseres, etc. que salgan de la Institución Educativa dentro de su horario de trabajo y tenga la autorización firmada por el Director de la Institución Educativa. 7-No permitir el ingreso de personas a la Institución Educativa fuera del horario normal de trabajo, y días feriados, salvo autorización firmada por el Director de la Institución Educativa. 8-Controlar el ingreso de materiales diversos, dentro de su jornada de trabajo, dando cuenta en el día a su jefe inmediato. 9-Velar por la seguridad e integridad de los bienes de la Institución Educativa durante su horario de trabajo. 10-Realizar rondas permanentes por todos los ambientes de la Institución Educativa verificando que todo esté sin novedad y en caso contrario tomará las acciones más convenientes. 11-Registrar el cuaderno de ocurrencias, las producidas en su horario de trabajo, el cuál será visado por el Director. 12-Velar por el mantenimiento y conservación de los materiales, herramientas e implementos de trabajo a su cargo. 13-Participar en alguna emergencia para el buen funcionamiento de la I.E en turnos de la mañana o de la tarde. 14-Cuida y mantiene el buen estado de los jardines (sembrando todo tipo de plantas). 15-Controla la entrada y la salida de los adolescentes y jóvenes y no permite el ingreso de personas ajenas a la institución. 16-Controla que los muebles y enseres que salen del colegio, tengan la autorización respectiva. 17-Verifica los enseres de la I.E. todos los días según los formatos de inventario de bienes del 2005 bajo su responsabilidad el control diario en caso de pérdida. 18- Asiste a la I.E, cuando se convoca a asamblea de Padres de Familia, Comité de Aula, Tutores u otras actividades programadas por el Centro Educativo, autorizadas por la Dirección. 19- Cumple funciones de guardián por necesidad de servicio en forma rotativa. Al término de su servicio se relevará previa verificación de los bienes de la I.E., anotando en el cuaderno de partes todo lo sucedido durante su turno, estampando su firma al final de cada informe no abandonará la I.E. 20-En caso de pérdida de los bienes en su turno, será de su responsabilidad para su devolución y/o informando al órgano superior. 21- Cumple funciones y otras asignadas por el Director. 22-Cumple con el mantenimiento y mejoramiento de la infraestructura, según cronograma de actividades. 23-Realiza inventario junto con el responsable de la comisión, dando su informe al Director

ARTICULO 14º -Los padres de familia y apoderados de los alumnos de la Institución Educativa se organizan en asociación de Padres de Familia, participando en el proceso educativo de sus hijos, apoyándolos para el logro de sus objetivos.

ARTICULO 15º -Sus funciones se ceñirían a lo dispuesto en el D.S Nº 004-2006-ED “Reglamento sobre la participación de los Padres de Familia en el proceso educativo”.

ARTICULO 16º.- DEL CONSEJO ACADÉMICO


Coordina y da coherencia al proceso pedagógico, lo integran: - El director - Un profesor (propuesto por la asamblea de profesores) , designado por el director

ARTICULO 17º.- FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO a) Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica. b) Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar los aprendizajes de los alumnos. c) Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación educacional. d) Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes. e) Participar en el marco del proyecto educativo institucional y plan anual de trabajo en la organización de actividades y programas de la institución educativa,

ARTICULO 18º.- DE LOS DOCENTES: Depende del director de la Institución Educativa y cumplen las siguientes funciones: a)- Programar, desarrollar y evaluar el currículum de acuerdo a la realidad socio-económica y cultural, incluyendo las actividades de tutoría para la atención integral de los educandos. b)- Participa en la elaboración del PEI, PAT. y RI. c)- Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad. -Programación Curricular de las áreas a su cargo. -Informes que se lo soliciten y sugerencias. -Registros de evaluación debidamente llenados y sin enmendaduras. d)- Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo, así como, eventos de actualización profesional, organizados por la Institución Educativa o Instituciones Superiores. f)- Adoptar las directivas y recomendaciones del coordinador y/o Dirección. g)- Integrar comisiones de trabajo y colaboran con el Director en acciones que permitan el logro de objetivos generales y/o específicos de la Institución Educativa. h)-Contribuir a la formación integral del educando de conformidad a los criterios establecidos. i)- Opinar sobre evaluación y comportamiento de los educandos. j)- Elaborar actas de consolidación y finales de evaluación integral y sin enmendaduras. k)- Absolver obligatoriamente consultas de los alumnos. l) – Asistir obligatoriamente a las reuniones de su equipo, asambleas y demás actuaciones del Plantel. m)- Asistir en forma obligatoria a desfiles cívicos escolares donde participa la Institución Educativa. n)- Brindar amplia colaboración al personal Directivo de la I.E con la realización de las iniciativas que tiendan al mejoramiento de la Enseñanza – Aprendizaje, de la Institución. o)- Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento de los educandos. p)- Realizar acciones de recuperación pedagógica, participar activamente en acciones de promoción educativa comunal. q)- Los demás que le asigne el Director, inherente a su cargo. ARTICULO 19º.- CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la institución educativa que colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática que promueve el respeto a los principios de equidad e inclusión en la institución educativa. ARTICULO 20º.- FUNCIONES DEL CONEI: a) Participar en la formulación y evaluación del PEI.. b) Participar en el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución. c) Vigilar el acceso, matricula oportuna y asistencia de los estudiantes en la institución educativa. d)- Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de gratuidad, equidad y calidad educativa. e)- Vigilar el adecuado destino de los recursos de la institución educativa f)- Colaborar con el director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje. ARTICULO 21º.- Representantes del CONEI: -El Director (lo preside) -Un docente (elegido en asamblea de profesores) -Un estudiante -Un representante de los Padres de Familia.(elegido en asamblea)


* Los miembros integrantes elegidos democráticamente, la duración de su mandato es hasta máximo de dos años.

ARTICULO 22º.- DEL PROFESOR DE EDUCACIÓN POR EL ARTE. Es un integrante permanente del órgano de ejecución, y sus funciones son: a)- Apoya permanentemente la labor del área de PEC. b)- Organiza, asesora y prepara un elenco artístico permanentemente para actividades desde el mes de marzo acorde con el calendario cívico comunal escolar. c)- Promueve, organiza y evalúa exposiciones inherentes a su área. d)- Crea y asesora clubes artísticos estudiantiles. e)- Promueve, organiza concursos de danzas, marinera, teatro u otras con la participación de los adolescentes y jóvenes de la I.E. ARTICULO 23º.- DEL PROFESOR DE EDUCACIÓN FISICA: Es un integrante del Órgano de ejecución, y sus funciones son: a)- Programa, organiza, ejecuta y evalúa las actividades propias de su área y/o asignatura e informe a la dirección bimestralmente b)- Selecciona y prepara equipos de las diferentes disciplinas deportivas de adolescentes, jóvenes y docentes desde abril alcanzando la relación de seleccionados a la dirección. c)- Promueve, coordina, organiza, ejecuta y evalúa las actividades deportivas y recreacionales con participación de los adolescentes, jóvenes, personal docente, padres, madres de familia y la comunidad. d)- Apoya a la preparación de los adolescentes y jóvenes para los desfiles escolares. e)- Es miembro integrante del PEC. f)- Programa actividades para incrementar los implementos deportivos coordinando con la dirección para su ejecución. g)- Hace entrega del inventario recibido al TAE bajo responsabilidad del caso. h)- En cada actividad deportiva que realiza informará a la Dirección su balance con todas sus facturas, recibidos u otros. I) Hace entrega del inventario recibido al TAE. Bajo responsabilidad del caso. j. En cada actividad deportiva que realice informará a la Dirección el balance con todas sus facturas, recibos u otros. K En caso de pérdida u otro del inventario recibido será de su responsabilidad los bienes de su departamento.

TITULO CUARTO DE LOS EDUCANDOS

CAPITULO I DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES. ARTICULO 24º.- Constituyen derechos de los educandos: a) Recibir una buena educación acorde con el sistema educativo nacional y los fines específicos del plantel. b) Ser respetado y valorado como persona. c) Conocer el reglamento interno de la institución. d) Participar y tener representatividad en las actividades programadas en la institución educativa. e) Gozar del sistema de gratitud de la enseñanza. f) Presentar quejas a la dirección de haberlas. g) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes por: A.-Destacada participación representativa al plantel en actividades,cívicas,culturales,deportivas y otros. B.-Eficiente desempeño en el cumplimiento de las funciones asignadas. C.-No registrar en el mes, inasistencias ni tardanzas. D.-No registra en la libreta ninguna nota desaprobatoria en el bimestre. E.-No registra demérito alguno en el mes anterior. F.-Ejecuta acciones sobresalientes a favor de sus compañeros previo informe del docente testigo. G.-Ocupar el primero y segundo puesto en el bimestre. H.-Devuelve los objetos perdidos.


I.-Demuestra disposición y servicio a los demás. J.-Demuestra superación en comportamiento y rendimiento académico. k.-Buena conservación de la libreta de control, de rendimiento académico y útiles escolares.. L.-Integrar la compañía de desfile y/o escolta.

ARTICULO 25º.- CONSTITUYEN OBLIGACIONES DE LOS EDUCANDOS: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m) n) o) p) q)

Asistir con puntualidad a las clases y otras actividades que realice la I.E. Demostrar respeto a los profesores, personal del colegio y condiscípulos dentro y fuera de la I.E. Cumplir estrictamente los deberes de clase. Aceptar con hidalguía y espíritu de disciplina los concejos y medidas correctivas que imparten sus superiores. No causar perjuicio a los ambientes, mobiliario y demás enseres de la I.E. (los daños ocasionados serán pagados por sus padres). Portar libreta de control en todo momento y entrega a sus superiores cuando lo soliciten. Asistir correctamente uniformado y con puntualidad a la I.E Conocer y practicar las normas de urbanidad y cortesía dentro y fuera de la Institución Educativa. Acatar disposiciones de sus profesores, auxiliares de educación y demás personal de la I.E Cumplir con sus tareas encomendadas. Demostrar respeto a los héroes y símbolos patrios. Justificar con presencia de su padre sus inasistencias o tardanzas. Participar en las formaciones, conservando la debida compostura atendiendo las recomendaciones impartidas por sus superiores. Elegir y ser elegido para cumplir tareas u ocupar cargos. Demostrar fervor cristiano. Permanecer en sus aulas en orden y en silencio al cuidado de su profesor y en ausencia de éste el auxiliar deberá permanecer en el ambiente. Velar por el buen funcionamiento del mobiliario escolar debidamente codificado.

ARTICULO 26º.- CONSTITUYEN PROHIBICIONES DEL EDUCANDO. a) Abandonar el colegio en horas de trabajo educativo, sin autorización a) b) c) d) e) f) g) h) i) j)

Velarse de recomendaciones para alcanzar ventajas y privilegios. Dedicarse en horas de clase a ocupaciones distintas a las escolares Emitir juicios injuriosos sobre actividades de la Institución Educativa o compañero. Sobornar a sus superiores. Causar deterioro en la I.E y/o dañar cosas y útiles escolares de sus compañeros. Maltratar de obra y/o palabra a sus compañeros. Emplear lenguaje obsceno y realizar actos reñidos con la moral y buenas costumbres. Ingresar a sala de profesores, Dirección, sin autorización de la Dirección de la Institución Educativa. Realizar actividades económicas sin autorización de la Dirección de la Institución Educativa. Irreverencia a los símbolos patrios, e inasistencias a actos cívicos, culturales y otros programados por la I.E. k) Adulteración de libretas de control y de notas l) No ingresar a clases estando dentro de la I.E. m) Insistir a sus compañeros a participar en actos negativos para con sus profesores y compañeros. n) Participar en actos reñidos con la moral y las buenas costumbres. ARTICULO 27º.- Las sanciones que se aplicarán a los adolescentes y jóvenes(as) por el incumplimiento de sus deberes, deben aplicarse de acuerdo a la gravedad de la falta cometida, y son las siguientes: a) Descuento en su puntaje (según listado de méritos, Libreta de Control.) . b) Amonestación verbal o escrita por el auxiliar y/o profesor. c) Amonestación verbal o por escrita por el director. d) Destitución y/o degradación del cargo que ostentan, una vez cometida la falta. e) Cambio de institución educativa. de acuerdo a la gravedad de la falta cometida del alumno, dándole a saber al padre o apoderado de sus faltas graves cometidas.

ARTÍCULO 28º.- Se clasifican como faltas las siguientes: a) b) c)

Faltar el respeto a Dios y a los símbolos nacionales o no entonar con fervor el Himno Nacional No participar en las actividades religiosas, cívicas, culturales, deportivas, pedagógicas o en ceremonias fura de la institución. Desobediencia y falta de respeto al superior.


d) e) f) g) h) i) j) k) l) II) m) n) Ñ) o) p) q) r) s) t) u) v) w) x)

y)

Faltar injustificadamente a la I.E. Llegar tarde a la I.E. no ingresar a clase o salir sin permiso estando en ella. Permanecer fuera del aula sin permiso. Uniforme incompleto, desaseado, cabello largo en los varones, alumnas sin lazo o cabello en el rostro . Borrar y o alterar las anotaciones que están en la libreta de control notas y o documentos. Incumplir con sus funciones como elemento de apoyo, brigadieres y escolta, policías escolares, integrantes de equipos deportivos, banda de clubes. Ingresar a las aulas que no le corresponden sin autorización. Permanecer en las aulas durante la hora de recreo además de ser responsables en las perdidas que se pueden ocasionar. Traer artículos ajenos al quehacer educativo ( Joyas, Radios, Casinos , Celulares, dados , objetos contundentes y /o Punzocortantes que puedan lesionar a sus compañeros ). Venta de productos en su aula, sin autorización de la dirección. Consumir alimentos o golosinas dentro del aula y botar los papeles o envolturas al suelo. No cumplir con el rol de aseo establecido. Apropiarse de bienes de sus compañeros. Eludir la responsabilidad de un acto negativo cometido. Encubrir faltas a sus compañeros y plagiar en las evaluaciones o trabajos. No saludar al Director, Profesores y Personal de la I.E. Desobedecer las indicaciones del alcalde escolar y de la brigadier de aula. Pronunciar palabras soeces dentro y fuera de la I.E. Promover y participar en riñas y agresiones a sus compañeros dentro y fuera del plantel, según gravedad de la falta. Falta de higiene y conservación del aula. Traer a la I.E. revistas pornográficas o libros ajenos al estudio. Ingresar a la institución por lugares no establecidos. Incumplimiento de Tareas. Inasistencia del padre o apoderado a reuniones de la I.E. Frecuentar lugares que atenten contra su formación.

ARTÍCULO 29º Las faltas se clasifican en leves,moderadas,graves y muy graves. En los últimos casos será comunicado inmediatamente y por escrito a los padres del alumno o alumna que lo cometiera, señalándose en esta ocasión la sanción que le corresponda que podrá ser -10 puntos,o nota desaprobatoria en el bimestre con cambio de I.E .Todos estos casos se dialogaran con el padre de familia, según el tipo de sanción cometida con el fin de evitar problemas en la administración y quejas de los padres y/o apoderados.

ARTÍCULO 30º Se consideran como faltas graves las siguientes: a) Ingresar clandestinamente o evadirse de la I.E en forma individual o grupal b) Introducir bebidas alcohólicas, drogas y material pornográfico al C.E. c) Sustracción de bienes o enseres de la I.E. d) Acudir a la I,E con síntomas de haber consumido bebidas alcohólicas y estupefacientes. e) Agresión verbal o física al personal que labora en el C.E, compañeros y padres de familia. f) Frecuentar cantinas o lugares que dañen la propia reputación Y/o del colegio. g) Incitar a sus compañeros y participar en actos negativos para con sus profesores o personal de la I.E. h) Violentar puertas, armarios, etc que pertenezcan a la infraestructura del colegio. i) Faltar el respeto a las autoridades, profesores, padres de familia y demás personas. j) Inasistencia grupal o masiva al C.E. k) Malograr instalaciones, infraestructura, mobiliario de la I.E, además de la reparación del daño y la imposición de una sanción. l) Falsificar firmas y/o alterar calificaciones en documentos. m) Promover en condiciones de Policía Escolar ( brigadier ), representantes de organizaciones estudiantiles, el incumplimiento del inciso (g) del artículo 65 del presente Reglamento. n) Amenaza a sus compañeros coaccionando su libertad. o) Inasistencia a actos religiosos,cívicos,cultuirales y otros. p) Apropiarse de vienes ajenos dentro y fuera del aula en la I.E.


q) Negarse a participar en acciones y actividades que organiza la I.E. r) Negarse a participar en el cuidado y protección de la I.E y del ecosistema. s) Comportamiento indebido en pareja dentro de la I.E.

ARTICULO 31º Las sanciones serán comunicadas por escrito a los padres, junto con la respectiva amonestación al alumno . En estos casos los padres deberán firmar un acta de compromiso a fin de que el alumno mejore su comportamiento . Sin embargo, la dirección se reserva el derecho de decretar la nota desaprobatoria de acuerdo a la gravedad de la falta y el seguimiento que ha realizado el comité de tutoría y el CONEI; según conste en acta que el padre o apoderado a sido convocado a la I.E y se le ha dado a conocer la falta cometida de su menor hijo(a).; Se dialogará sobre el caso y se derivara nuevamente al Comité de Tutoría para el tratamiento del caso.Si se encontrara que la falta se debe a una desviación mental o influencia familiar, deberá gestionarse a una entidad la venida de un especialista (Psicólogo).

ARTICULO 32º La repetición de una falta grave se considera como una falta muy grave y se solicitara al Padre de Familia el cambio de I.E. ARTICULO 33º

a) b) c) d) e) f) g) h) i) j)

Las sanciones que se impongan a los adolescentes y jóvenes tendrán una finalidad educativa y en su aplicación se evitará la humillación y se brindará la orientación correspondiente para una correcta recuperación. Las sanciones de acuerdo a la falta grave serán: Evasión del plantel, nota desaprobatoria en el bimestre. Sustracción de bienes y enseres de la Institución Educativa o de sus compañeros, nota desaprobatoria en el bimestre con orientación permanente del Comité de Tutoría y tutores. Agresión o lesión a sus compañeros o personal de la Institución Educativa; nota desaprobatoria en el bimestre . Faltar la palabra a sus superiores; nota desaprobatoria en el bimestre ofreciendo disculpas del caso. Destrucción de bienes de la Institución Educativa, reposición de los bienes dañados Suplantar firma del padre o apoderado, nota desaprobatoria del bimestre . Dos tardanzas dan lugar a una inasistencia La tardanza en forma reiterada sin sustento Requerirá la presencia del Padre de Familia para ingresar a la Institución educativa. Participar en actos reñidos con la moral y las buenas costumbres ,nota desaprobatoria en el bimestre. Al reiterar las faltas contempladas en los incisos g) y h) descuento de –10 puntos en su libreta de comportamiento .

ARTICULO 34º Las sanciones serán aplicadas según la falta si son leves de acuerdo a su libreta de comportamiento,si son moderadas –10 puntos, si son graves nota desaprobatoria en el bimestre, acta de compromiso y R.D expedida por el representante legal, si son muy graves todo lo actuado mencionado anteriormente con cambio a otra I.E.

CAPITULO II DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES ARTÍCULO 35º Se consideran acciones extraordinarias cuando los adolescentes y jóvenes realicen, o pongan de manifiesto actitudes positivas curriculares y extra curriculares que enaltezcan a su centro educativo. ARTICULO 36º: Los alumnos de aprovechamiento y conducta sobresaliente serán distinguidos en forma individual o colectiva mediante: a) Menciones honrosas en ceremonia a los alumnos que destacan durante el año escolar demostrándose su espíritu de colaboración en beneficio de la I.E. b) Felicitación por escrito a quienes participaron activamente en la I.E


c) Lectura en ceremonia especial, después de finalizar cada bimestre del orden de mérito alcanzado por los alumnos en las diferentes secciones y año de estudios. d) Exposición bimestral del cuadro de honor, en un lugar preferencial dentro de la I.E. e) Los tres alumnos que obtienen los más altos promedios generales, al finalizar la educación secundaria, se hacen merecedores a la exoneración de ingreso a los centros de estudios superiores de educación. ARTICULO 37º .- El incumplimiento de las obligaciones de los alumnos será sancionado con las siguientes medidas: k) Amonestación verbal o escrita del profesor l) Amonestación verbal o escrita por la Dirección m) Nota desaprobatoria del bimestre. n) Cambio de la I.E.

TITULO QUINTO DEL REGIMEN ACADEMICO

CAPITULO I DEL PLANTEAMIENTO Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO INSTRUMENTOS DE GESTION ARTICULO N° 038 INSTRUMENTO DE GESTION Los instrumentos de gestión de la Institución Educativa son: a)Proyecto Educativo Institucional (PEI ).- Es un instrumento de gestión de mediano plazo que se enmarca dentro de los proyectos educativos nacional , regional, y local. Orienta una gestión autónoma, participativa y transformadora de la Institución Educativa. Integra las dimensiones pedagógica, institucional, administrativa y de vinculación al entorno. Articula y valora la participación de la comunidad educativa, en función de los fines y objetivos de la institución educativa. Contiene: la identidad de la institución educativa ( Visión, misión y valores), el diagnóstico y conocimiento de los estudiantes a los que atiende, la propuesta pedagógica y la propuesta de gestión. Incluye criterios y procedimientos para la práctica de la ética pública y de la prevención y control de la corrupción en la institución. b)Proyecto curricular de I.E. ( PCEI ) Es un instrumento de gestión que se formula en el marco del diseño Curricular Nacional. Se elabora a través de un proceso de diversificación curricular, a partir de los resultados de un diagnóstico, de las características de los estudiantes y las necesidades específicas de aprendizaje. Forma parte dela Propuesta Pedagógica del proyecto Educativo Institucional. c) Reglamento Interno ( RI ).- Es un instrumento de gestión que regula la organización y el funcionamiento integral (pedagógico, institucional y administrativo) de la institución y de los distintos actores, en el marco del proyecto educativo institucional, de otros instrumentos de planeación local y regional y de las normas legales vigentes. Establece pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. d)Plan Anual de Trabajo( PAT).- Es un instrumento de gestión, derivado del Proyecto Educativo Institucional de la Institución educativa y del informe de Gestión Anual de la Dirección del Año anterior. Concreta los objetivos estratégicos del Proyecto Educativo Institucional de la Institución Educativa, en actividades y tareas que se realizan en el año. Para la aprobación del Proyecto Educativo Institucional y Reglamento Interno, en las instituciones y programas Educativos públicos, se solicitará la opinión del Consejo Educativo Institucional. Una vez aprobados el Proyecto Educativo Institucional, Reglamento Interno y el Proyecto Curricular de la I.E. se remiten, para conocimiento de la UGEL – Pacasmayo solamente la primera vez o cuando sean modificados.


e)Informe de Gestión Anual.- Es el instrumento de gestión QUE REGISTRA LOS LOGROS, AVANCES, DIFICULTADES EN LA EJECUCIÓN DEL Plan Anual de Trabajo y aplicación del Reglamento Interno, así como las recomendaciones para mejorar la calidad del servicio educativo. Es producto de la autoevaluación de la institución y sirve de diagnóstico para el Plan Anual de Trabajo del año lectivo siguiente. En la Institución , contiene la rendición de cuentas de la ejecución de su presupuesto anual. La institución Educativa eleva un solo informe de gestión anual a la UGEL – Pacasmayo.

ARTICULO ARTICULO ARTICULO ARTICULO

ARTICULO ARTICULO

39º

PEI es un punto de vista y criterio para actuar de manera lógica, ordenada y científica en la gestión científica, en la gestión educativa y hacerla funcionable. 40º Corresponde a la Institución Educativa formular el PEI, PCE PAT, R.I, para cuyo efecto el Director formará equipos de trabajo. 41º El Plan Anual de Supervisión Interna será elaborado por el consejo académico. 42º Los planes de la acción y gestión educativa tendrán las siguientes características: a) Validez b) Aplicabilidad c) Consistencia d) Trascendencia e) Coherencia f) Oportunidad 43º La programación curricular será elaborado por los docentes, bajo la supervisión del Director en el mes de marzo o previo acuerdo según las circunstancias que se presente. Según la necesidad de cada Unidad de Aprendizaje para reajustarla durante el año. 44º La evaluación es un proceso orientado a la entrega de información válida y oportuna para la toma de decisiones en el proceso de Enseñanza- Aprendizaje. Por lo tanto, ella no deberá identificarse sólo con los juicios de valor emitidos sobre el rendimiento escolar de los educandos, sino con el conjunto integral del proceso educativo.

CAPITULO II DE LA MATRICULA , EVALUCIÓN Y CERTIFICACIÓN ARTICULO

45º

La matricula constituye un acto administrativo, oficialmente se inicia el primer día útil de enero. 46º En educación Secundaria de Menores se da:

ARTICULO A.- MATRICULA:

a) b)

La matrícula se efectúa por primera vez y única cuando los educandos ingresan al Primer Grado de Educación Secundaria. En la Modalidad de Menores ingresan al Primer Grado, hasta los 15 años. Son requisitos para la matrícula: -Partida de Nacimiento. -Certificado de Estudios anterior -Tres fotos tamaño carné -Presencia del padre o apoderado -Derecho de APAFA -La no presencia total o parcial de los requisitos no es impedimento para realizar la matrícula.

B.- RATIFICACIÓN DE MATRICULA: -Libreta Escolar -Presencia del padre de familia o apoderado. -Derecho de APAFA.

C.- TRASLADO: La ratificación de matrícula corresponde a los alumnos que acceden al segundo, tercero, cuarto y quinto grado, proveniente de la misma Institución Educativa o de otra por traslado de matrícula. Para solicitar traslado de matricula corresponde a los alumnos presentar constancia de vacante, otorgada por la Institución Educativa de destino, salvo que procediera de


otra provincia y se podrá autorizar hasta culminar excepcionalmente por causa debidamente justificadas con documentos probatorios hasta el 30 de Noviembre.

D.- EVALUACION: -Las evaluaciones de los educandos se tomarán en cuenta teniendo las orientaciones de cada Programa Curricular y Programa Anual de Evaluación por Áreas y Grados. -La evaluación de recuperación y subsanación por desaprobación de asignatura tendrá lugar en el mes de febrero, sin embargo excepcionalmente la dirección podrá atender en cualquier época del año de acuerdo a los criterios establecidos. -Los alumnos del quinto grado rendirán sus evaluaciones de recuperación en el mes de enero. -Las libretas de notas se darán al concluir cada bimestre y al final del año lectivo, después de la clausura, mientras que los certificados se expedirán desde el mes de Enero del año próximo siguiente, siendo prioridad los alumnos de promoción.

E.- CERTIFICACION: El Director otorgará el Certificado Oficial de Estudios en forma gratuita a los alumnos que concluyan sus estudios secundarios, luego de ser solicitado.

TITULO SEXTO DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO CAPITULO I DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO DEL AÑO LECTIVO ARTICULO N° 047 El año lectivo corresponde al trabajo educativo con los alumnos; su iniciación y finalización se señala cada año en el documento de calendarización que se entrega en el acto de matrícula. ARTICULO N° 048 El año lectivo tendrá una duración mínima de 40 semanas y se divide en cuatro bimestres, entre los cuales se tiene un descanso para los púberes y adolescentes al término del segundo bimestre. ARTICULO N° 049 La asistencia a clases es obligatoria y el horario será fijado en el mes de Marzo en coordinación con la dirección de la I.E. ARTICULO N° 050 De igual manera, la distribución horaria se fija anualmente e igualmente se señala la hora de entrada y salida en los distintos niveles de trabajo.

CAPITULO II DEL UNIFORME ESCOLAR Y LOS MATERIALES DE ESTUDIO ARTICULO N° 060 Los púberes y adolescentes deberán asistir a la I.E. correctamente uniformados, el uso del uniforme escolar es obligatorio para asistir a la I.E. así como a los actos de carácter oficial. Al inicio de las labores escolares el uso del uniforme es flexible; según casos de púberes y adolescentes. ARTÍCULO N° 061 Para las actividades de Educación Física y Actividades deportivas, el uniforme es como sigue:  Buzo color azul , según modelo  Camiseta amarilla, según modelo  Casaca coloras azul, según modelo  Pantaloneta azul para damas y short para varones.  Zapatillas y medias de deporte, color blanco ARTÍCULO 062


Los útiles, materiales impresos, textos y/o cuadernos de trabajo que utiliza el alumno serán de acuerdo a las posibilidades del alumno, previa coordinación de los docentes con los padres de familia.

CAPITULO III REGIMEN ECONOMICO : DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS ARTÍCULO N° 063 RECURSOS ECONÓMICOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Los recursos económicos de la institución educativa son: a) Los recursos provenientes del tesoro público. b) Los recursos propios generados por la Institución Educativa. c) Las donaciones de personas naturales o jurídicas. d) Los recursos provenientes del FONDEP, cuando le haya sido asignado. e) Aportes de la APAFA. f) Otros que por Ley o norma expresa le sean asignados.

ARTÍCULO N° 064 GESTION DE LOS RECURSOS PROPIOS Los recursos propios de las instituciones educativas públicas son gestionadas por el Comité de Gestión de Recursos propios de la Institución Educativa de acuerdo a las normas legales y está integrado por: a) El Director de la Institución Educativa, quien lo preside y tiene voto dirimente. b) El tesorero, o quien haga sus veces en la institución Educativa. c) Un docente, representante de los profesores. d) Un trabajador administrativo, representante del personal administrativo, si lo hubiera. El representante del personal docente y el representante del personal administrativo, son elegidos democráticamente, mediante voto directo y secreto, por el periodo de un año. El Comité de Gestión de recursos propios informa bimestralmente al Consejo Educativo Institucional del manejo de los recursos propios de la Institución Educativa. El tesorero del Comité de Gestión de Recursos Propios deposita estos recursos en la cuenta bancaria de la Institución Educativa pública, cuenta abierta en coordinación con la respectiva Unidad Ejecutora. El Comité de recursos propios de la Institución Educativa administrará directamente dichos recursos, estableciendo mecanismos competentes sobre su uso.

ARTÍCULO N° 065 USO DE LOS RECURSOS PROPIOS Los recursos propios que genera y donaciones que reciba la Institución Educativa se destinará a mejorar la calidad del servicio educativo, que incluye, entre otros, la adquisición de material educativo y el mantenimiento de la infraestructura.

CAPITULO IV ARTICULO ARTICULO ARTICULO ARTICULO

66º.-

La Institución Educativa para el trabajo administrativo cuenta con archivo de Registro de Documentos Recibidos, Emitidos, Actas de Evaluación , Nóminas de Matrícula, Padrón de Padres de Familia, Registros de Instrucciones para Coordinaciones. 67º.- La institución educativa colocara en un lugar visible el inventario de procedimientos administrativos. 68º.- La organización de trámite documentario y archivo están sujetos de orden y seguridad, deben estar organizados según clasificación para su buen manejo 69º.- La Institución Educativa cuenta con cinco ambientes para aulas, una Dirección, un Laboratorio, un Depósito, dos ambientes para biblioteca, dos patios, servicios higiénicos y un área para cultivo.


ARTICULO

70º.-

ARTICULO

71º.-

El local escolar tendrá permanentemente mantenimiento y ambientación y se realizará obras de ampliación para mejorar el servicio. La Supervisión Administrativa es ejercida por el Director, mediante un plan

debidamente estructurado.

CAPITULO V DE LA JORNADA DE TRABAJO ARTICULO ARTICULO

ARTICULO

ARTICULO

72º.-

La Jornada de Trabajo de la Institución Educativa se cumple en Educación Secundaria de 07horas pedagógicas diarias de lunes a viernes en turno de la mañana. 73º.- El personal que labora cumplirá la siguiente jornada de trabajo: a) El Director, 40 horas pedagógicas: de 7:10 a.m. a 1:40 p.m. semanal /mensual y de Lunes a Viernes. b) Los Profesores cumplen una jornada laboral de 24 horas semanal/mensual c) El auxiliar de Educación, cumplirá una jornada laboral de 30 horas cronológicas, de 7:15 a. m. a 1:10 p.m. semanal/mensual. 74º.- El horario de clases es el siguiente: De 7:30 a.m. a 1: 05 p.m. de lunes a viernes. La hora pedagógica es de 45 minutos destinado 20 minutos de descanso para los alumnos. Los días lunes y viernes deben estar presentes a las 7.20 a.m en la formación de apertura de la semana y cierre de la misma, dando cumplimiento con las Normas de Convivencia en nuestra Institución Educativa.

75º.-

El tiempo de permanencia del personal que labora es de acuerdo a a su jornada Laboral y/u horario establecido. ARTICULO 76º.- Es obligatorio que todo el personal registre su asistencia al ingreso Y salida de la Institución Educativa, de no registrarse se considerará como falta. ARTICULO 77º.- Para efectos de control, se utilizará el siguiente instrumento: -Parte Diario de Asistencia. - Diario de clases ARTICULO 78º.- El Director informará al órgano respectivo sobre la asistencia de los docentes, previa información y publicación con 3 días antes de elevar el informe de asistencia a la UGEL Pacasmayo. ARTI CULO 79º.- Constituye tardanza el ingreso a la Institución Educativa pasada la hora establecida como inicio de su jornada laboral. Excepcionalmente el docente se podrá acoger a una tolerancia de 10 minutos la que solamente será aplicable una vez por mes. ARTICULO 80º.- Toda tardanza dará lugar a un descuento. -Por abandonar su puesto de trabajo en horas de labor, sin la debida autorización de su superior o realizar actividades distintas a su función. -Por primera vez, llamada de atención -Primera reincidencia, amonestación escrita, suscrita por el titular de la entidad ARTICULO 81º.- En caso de ausencia por enfermedad, la justificación se efectuará con los documentos probatorios dentro de las 48 horas.

CAPITULO VI DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, ESTIMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE ARTICULO

82º.- DERECHOS El personal docente contratado tiene los mismos derechos y obligaciones que el personal nombrado que están especificado en la Ley del Profesorado Nº 24029 y su modificatoria Ley Nº 25212.


ARTICULO ARTICULO ARTICULO

ARTÍCULO

83º.-

El personal contratado será evaluado por el comité especial de avaluación y propuesto por el Director . 84º.- El otorgamiento de estímulos y sanciones será dado por el Director de la Institución Educativa y apelado a la Dirección de la UGEL cuando el caso lo amerite. 85º.- Constituyen derechos específicos del docente: -Ser tratado con respeto, dignidad y consideración por el Director, Auxiliar y Alumnos. -Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los planes de trabajo de la Institución Educativa. -Laborar en ambientes saludables y seguros para su integridad física. -Percibir su remuneración de acuerdo a ley. -Gozar con autonomía en el desarrollo de clases. -Tener acceso a todas las manifestaciones culturales que contribuyan a su mejoramiento profesional. -Recibir información oportuna de los documentos oficiales que regulen el desarrollo técnico – pedagógico – administrativo del sector, colocar en lugar visible para su conocimiento. -Tener permiso hasta por tres (3) días del año sin descuento, con autorización del director. -Y otros derechos que le otorgue los dispositivos legales vigentes. -Otorgar permiso en caso de emergencia con compromiso a devolver las horas de clases perdidas.

86º.- CONSTITUYEN OBLIGACIONES DEL PERSONAL DOCENTE: -Mantener en todo momento comportamiento personal y social acorde con la dignidad de la función magisterial. -Asumir la responsabilidad de la formación integral de los educandos Intelectual y Espiritual. -Desempeñar sus funciones con responsabilidad y eficiencia profesional . -Inculcar el respeto a nuestros Héroes, símbolos de la patria y cultivar valores morales, cristianos y cívicos que sustenten nuestra cultura. -Capacitar permanentemente. -Rechazar toda acción que atente contra la dignidad humana y abstenerse de hacer proselitismo político. -Mantener informado a los Padres de Familia sobre su labor, dando aportes y sugerencias para mejorar el rendimiento del alumno. -Alcanzar oportunamente los registros de evaluación a la Dirección. -Mantener un trato respetuoso , solidario y asertivo con todo el personal que labora en la Institución Educativa.

ARTICULO

87º.a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l)

ARTICULO

88º.-

El Personal Docente está prohibido de :

Recibir dádiva alguna y por ningún concepto de los alumnos y padres de familia. Exigir a los alumnos, recibir lecciones particulares por éste. Ser apoderado de algún alumno. Tratar asuntos ajenos a las clases. Incitar a los alumnos contra otro docente o firmar actas o peticiones cualesquiera fuese su objetivo. Calificar pruebas en horas de clase. Realizar ventas de objetos, rifas, textos u otros. Realizar paseos o excursiones sin permiso de Dirección. Hacer publicaciones que dañen el prestigio del docente, Director o Institución. Utilizar sin previa autorización las instalaciones de la Institución Educativa para fines particulares. Utilizar al alumno para servicio personal. Realizar actividades que signifiquen una relación comercial entre docentes y alumnos.

CONSTITUYE ESTÍMULOS DEL PERSONAL DOCENTE:

a) Los docentes que en cumplimiento de sus funciones realicen acciones excepcionales a favor de la educación y de la comunidad, se harán acreedores a los siguientes estímulos: -Agradecimiento por escrito. -Felicitación por escrito -Diploma en mérito. -Demás estímulos que contemplan la ley.


ARTICULO

89º.a) b) c) d) e) f)

Constituyen faltas administrativas del personal docente: Incumplir las funciones del cargo o desempeñar con negligencia. Ausentarse de la Institución Educativa sin causa justificada. Atentar contra la integridad física y psicológica de los educandos. Abuso de autoridad. Incumplir las obligaciones que señale la Ley del Magisterio y demás que señale la Ley. Incumplir las normas establecidas del presente reglamento.

CAPITULO VII DEL ESCALOFON DE LA INSTITUCION EDUCATIVA ARTICULO

90º.-

La Dirección deberá tener un archivo especial donde recopile y registre la información de todo el personal que labora, que aseguren su identidad, capacidad y calidad profesional y para ello se contará con lo siguiente: a) Ficha escalafonaria. b) Copia de partida de nacimiento. c) Copias legalizadas y/o autenticadas de DNI. d) Copias de titulo profesional. e) Currículum vital (no documentado).

CAPITULO VIII DE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL Y RECREACIÓN ARTICULO 91º.ARTICULO

El Personal Docente podrá en su Plan de trabajo, considerar visitas y excursiones de los educandos que estarán supervisados a las disposiciones emanadas por la UGEL y que están programadas en el Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa. 92º.- Los educandos realizarán visitas y excursiones con el objetivo de afianzar lo aprendido en aula en concordancia con los objetivos de programas curriculares.

TÍTULO SÉPTIMO CAPÍTULO I DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTICULO

93.-Los padres de familia se comprometen con la Institución a enviar a su hijo durante todo el año electivo.

ARTICULO

94º.-Con el fin de lograr un desarrollo armónico e integral del estudiante, el padre de familia

ARTICULO

deberá: -Enviar diariamente uniformado y aseado -Evitar comentarios desfavorables del personal que labora en la Institución Educativa. 95º.-Cualquier consulta o reclamo por parte de los padres de familia se harán en forma oportuna sin interrumpir el desarrollo de clases. 96º.-Deberán asistir a las reuniones convocados por el Director y/o Asesor.

ARTICULO

CONSEJO DIRECTIVO DE APAFA ARTÍCULO N° 97


E consejo directivo de APAFA fue creado en Noviembre de 1991 y modificado con el D.S. N° 016 – 2005 – ED. Es integrado por los padres de familia o apoderados elegidos en Asamblea General de Padres de familia.

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO N° 98 a) Velar que en la I.E. exista un ambiente adecuado que permita la formación integral de los menores. b) Informar sobre el rendimiento escolar y conducta de su hijos. c) Apoyar la labor educativa de los docentes dentro y fuera de la I.E., a fin de contribuir al desarrollo integral de los educandos. d) Participar en la ejecución de las actividades de la I.E., en la formulación del Proyecto Educativo Institucional ( PEI ) en el Plan anual de Trabajo (PAT) y de la representación ante el CONEI y Comité de Aula. e) Colaborar con las actividades educativas programadas por el Director y los docentes cuando ello le sea solicitado; participar activamente en el CONEI. f) Asistir a las reuniones del Comité de Aula, Asamblea General de los Comités de talleres y al Consejo Directivo de la APAFA. g) Abonar la cuota anual ordinaria y las extra ordinarias que acuerde la Asamblea General de la APAFA y realizar el trabajo comunitario que requiere la I.E, lo cual constituirá un requisito para poder ser elegido como miembros del Consejo Directivo. h) Cuidar y preservar los bienes de la I.

DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO N° 99 a) Elegir y ser elegido para los distintos cargos de la APAFA , en el Consejo Directivo y en los Órganos de Gobierno de la misma. b) Tener voz y voto en cada una de las sesiones ordinarias y extra ordinarias del Comité de Aula, Asamblea General del Consejo Directivo de los Comités de Aula y de los Comités de Talleres. c) Participar a través de los representantes elegidos en las Asambleas convocadas por la APAFA en el Consejo Escolar Consultivo y en el Comité Especial de evaluación del personal nombrado y contratado. d) Participar y colaborar a través de la APAFA y de los comités de aula en las actividades que realice la I.E. e) Recibir LA información sobre los avances de aprendizaje y de comportamiento de sus hijos. f) Denunciar ante la autoridad competente los casos de maltrato, abuso, discriminación, irresponsabilidad, negligencia u otras conductas irregulares que se dieran en la I.E en perjuicio de los alumnos. Los casos que se presentarán deberán hacerlo en primera instancia a la Dirección de la I.E. para ser tratados. ARTÍCULO N° 100 La asociación de Padres y Madres de Familia, es el órgano representativo que agrupa a los padres y madres de los adolescentes y jóvenes de la I.E “cultambo”, cuenta con su estatuto, el mismo que debe estar en concordancia con el presente reglamento. ARTÍCULO N° 101 Son miembros de la Asociación de Padres y Madres de Familia, todos los padres, apoderados o tutores de púberes y adolescentes ( previo poder notarial ) matriculados en la I.E cultambo. ARTÍCULO N° 102 Los objetivos de Asociación de Padres y Madres de Familia son: a) Canalizar las inquietudes de sus miembros con respecto a la marcha institucional. b) Apoyar a la dirección de la I.E en la atención de necesidades que así lo requieran. c) Apoyar a los padres de familia en circunstancias que así lo requieran.


ARTÍCULO N° 103 La Dirección de la I.E actuará como asesor de la Asociación de Padres y Madres de familia. En casos que no cumplan con las recomendaciones dadas por el asesor, será de su responsabilidad del Consejo Directivo de APAFA en cualquier aspecto de su gestión.

CAPÍTULO IV DE LA ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS Y DE LA COMUNIDAD MAGISTERIAL ARTÍCULO N° 104 ASOCIASION DE EX ALUMNOS Fue creada en septiembre de 2009, en Asamblea General de ex alumnos cultambino. a) Son funciones de la asociación de ex alumnos, las siguientes:  Apoya las actividades programadas por la I.E.  Promueve la integración de los estamentos orgánicos de la I.E.  Realiza gestiones en beneficio de la I.E “cultambo”.  Fomenta la participación e integración de los ex alumnos de la I.E. b)El colegio considera a la asociación de ex alumnos como uno de los principales estamentos, pues es ella donde deben plasmarse los principios recibidos de vocación por la comunidad y su rol en la comunidad. ARTICULO N° 105 COMUNIDAD MAGISTERIAL Fue creada en octubre de 2008 en Asamblea General del personal docente de la I.E. ” cultambo”. Son funciones de la comunidad magisterial las siguientes:  Fomenta la integración del personal docente de la I.E.  Vela por los derechos y bienestar de los docentes.  Organiza actividades de solidaridad, fraternidad y ayuda mutua entre sus miembros.  Contribuye a elevar el prestigio del C.E. promoviendo actividades de desarrollo institucional.

TÍTULO OCTAVO

CAPÍTULO I DE LA RELACION Y COORDINACIÓN ARTICULO

106º.- La institución Educativa para una mejor organización y cumplimiento de sus objetivos, velará por que sus relaciones con las demás instituciones sean efectivas, tanto como la UGEL, DRELL, Ministerio de Educación y otros.

ARTICULO

107º.- Los padres de familia organizados a través de la APAFA y Comité de Aula, Coordinan activamente con la Institución Educativa. 108º.- La institución Educativa deberá participar activamente en actividades de promoción

ARTICULO

comunal.

TÍTULO NOVENO DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA

: El presente reglamento tiene vigencia a partir de su aprobación

SEGUNDA

: El presente reglamento deja de tener vigencia con la aprobación de un nuevo reglamento.

Mediante Resolución Directoral.

TERCERA

:

Los asuntos no contemplados en el presente reglamento, serán


resueltos por el consejo académico y docentes de la institución.

ORGANIGRAMA NOMINAL -DIRECTOR

:

ORLANDO ALBARRAN BURGOS

-AUXILIAR

:

ROBERTO QUIROZ CHUQUITUCTO

:

WILSON SOTO PRECIADO

-TRABAJADOR DE SERVICIO

DOCENTES

-FREDESVINDA YUPANQUI LAVADO

:

PROF. C.T.A

-MIGUEL ALARCON VERA

:

PROF. CIENCIAS SOCIALES

-LEYLA MORALES FLORES

:

PROF. CIENCIAS SOCIALES

-CARLOS GUANILO ABANTO

:

PROF. EDUC. FÍSICA

-WILLIAM MENDO VENTURA

:

PROF. MATEMATICA

-PILAR CUEVA

:

PROF. COMUNICACION

-AZUCENA VIDAL ASCON

:

PROF. ED. RELIGIOSA

-

:

PROF. INGLES.


2010


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