Criminologia laboratorio 3

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CRIMINOLOGÍA Kenny Iveth Martinez de Rugamas

UNICAES EDITORES EL SALVADOR


LABORATORIO 1

LA CRIMINOLOGÍA CRÍTICA, LA SOCIOLOGÍA JURÍDICO PENAL Y LA POLÍTICA CRIMINAL DE CLASES SUBALTERNAS SEGÚN BARATTA. La concepción de Baratta de la criminología crítica, de la sociología jurídico-penal y de la política criminal de las clases subalternas expuesta en “Criminología crítica y crítica del derecho penal”, puede ser presentada de manera esquemática en una serie de proposiciones principales y secundarias que enumeramos a continuación: 1. La criminología crítica es una teoría materialista de inspiración marxista. 2. De manera consecuente con su filiación marxista la criminología crítica considera que el fenómeno de la desviación sólo puede ser analizado en el contexto de la estructura socioeconómica-históricamente determinada - en que se produce. 3. Las teorías criminológicas que no analizan el fenómeno de la desviación en el contexto de la estructura socioeconómica en que se produce deben ser rechazadas porque no han comprendido la esencia misma del fenómeno estudiado. 4. La estructura socioeconómica de los países en que se ha desarrollado la criminología crítica corresponde al capitalismo tardío, en el cual no impera el consenso sino el conflicto. En efecto: a) En la sociedad capitalista tardía existe una lucha de clases de naturaleza política entre una clase subordinada y una clase dominante. b) Para proteger y perpetuar su posición favorecida, la clase dominante ha elaborado el derecho penal, el sistema de justicia penal - tribunales y cárceles - y la estructura actual del sistema educativo.


c) Por este motivo el derecho penal -abstracto y concreto- castiga de preferencia los comportamientos típicos de las clases subordinadas. d) En consecuencia - y a pesar de que las investigaciones indican que todas las personas cometen delitos-, las cárceles están pobladas mayoritariamente por miembros de la clase subordinada. 5. De lo expuesto anteriormente se infiere que el concepto de delito es una construcción social y debe ser reemplazado por el de comportamiento socialmente negativo. Este último es definido como un comportamiento criminalizado o no - lesivo de intereses merecedores de tutela.

¿QUÉ ES LA CRIMINOLOGÍA CRÍTICA?

b)

c) d)

e)

a) Es de origen y contenido marxista, se explica a través de la lucha de clases por la desigualdad que existe en la sociedad ya que unos pasan necesidad y otros viven en la opulencia. • En donde la ignorancia y el analfabetismo coadyuvan a acrecentar la criminalidad. • Factores culturales. La criminología solo podía ser explicada a través de la estructura económicasocial que se soporta, porque hay oportunidades laborales, amenazas, órdenes de captura, etc. Rechazo a aquellas teorías criminológicas que no consideran el factor estructural porque no han comprendido la esencia del problema. Estructura socioeconómica de los países donde se ha desarrollado esta criminología crítica corresponde a un capitalismo tardío, en el que nunca impera el consenso sino el conflicto. Busca sacar beneficios políticos porque no les interesan las cuestiones de país, ya que a medida que se augura el fracaso del gobernante fracasa el país. Delito es una construcción social que debe sustituirse o reemplazarse por un comportamiento social. Los derechos fundamentales no pueden ser solo vistos del derecho constitucional sino también convencional. La sociedad que no es quien lo rechaza sino es quien crea ese sentimiento de rechazo.


I. VI SEMINARIO DE LA CATEDRA DE CRIMINOLOGÍA ALESSANDRO BARATTA. DR. CARLOS ERNESTO SÁNCHEZ ESCOBAR. La constitución del derecho puede tener rasgos totalitarios en la justicia penal en El Salvador. En el Código de 1998 la mayoría de penas eran privativas de libertad, las cuales tenían como mayoría 30 años. La política criminal se desarrolló en cuatro pilares: a) El estado constitucional de derecho y su reconocimiento de la vigencia de la constitución como norma normarum. b) El reconocimiento de la dignidad del hombre en su sentido antropocéntrico. c) El reconocimiento general del principio de proporcionalidad. d) La determinación del equilibrio del bien común. Teniendo como sub principios los de dignidad, la taxatividad, prohibición, reconocimiento del núcleo de los derechos fundamentales, etc. La contrarreforma implemento penas hasta de 75 años. La Sala de lo Constitucional de esa época dijo que esta pena era constitucional mientras que la de nuestra época la declaro inconstitucional. En El Salvador se experimenta una decodificación del Código Penal, ya que genera una antinomia intrasistemática, como por ejemplo la Ley Especial contra el delito de extorsión. La extorsión en el país tiene el 95% de condena por la forma en que se comete, ya que todas las partes contribuyen a que se promuevan las leyes en contra de este delito. Esto aunque atente contra el patrimonio ahora se toma como algo colectivo que genera doble agravante, es decir de autoría única, se disuelve el intercriminis, es un delito consumado en cualquier parte del delito que se realice. La multiplicidad de tipos penales genera problemas de aplicación del principio de precisión entre preceptos del código Penal y otras leyes. Por esto quien tiene al juez como fiscal necesita a Dios como testigo. Pues el fin de la justicia se sobrepone sobre el fin de los adversarios. Tomamos pues lo que dijo Monseñor Romero “una ley injusta no debe obedecerse” y finalmente terminamos con lo dicho por el Papa Francisco “el derecho penal debe ejercerse con rostro de misericordia”. Es por esto que los jueces y profesores de derecho deben razonar un derecho penal que sea justo.


II. VI SEMINARIO DE LA CATEDRA DE CRIMINOLOGÍA ALESSANDRO BARATTA. DR. FRANCISCO DALL´ANESSE RUIZ. Cuando se postergan las garantías, estas no son eficaces (refiriéndose a Costa Rica). En 10 días de proceso se puede despojar a aquellas organizaciones criminales o quienes no pueden justificar los bienes que tienen ilícitamente, pues esto hace que el delito sea un buen negocio para el gobierno, pues se puede gobernar a base de miedo. La democracia, el Estado de derecho y las garantías no las sostienen los diputados sino los jueces. Lo que hace que muchas veces el poder judicial levante el guante contra la gente que debe defender. El juez debe ver cómo resolver el delito no escuchar al estado y a sus partes, puesto que la seguridad, es lo que le compete a ellos y no las garantías de los ciudadanos. Esto se degenera en una justicia bipolar o la idiosincrasia del pueblo, estos deben juagar por ley constitucional y las demás leyes. Hay que reprimir respetando las garantías procesales y constitucionales. El eje en el cual gravita el derecho penal no solo es el principio de culpabilidad y legalidad, es el principio del bien jurídico tutelado por la constitución y las normas. El que actúa con culpa consiente actúa con dolo eventual. Desde el punto de vista sustantivo se ha pedido eliminar las normas y colocar el orden judicial por encima. No es trabajo del juez censurar o felicitar a las partes pero si resolver el caso presentado. Los jueces no acatan lo que dice la Sala de lo Constitucional y estos a su vez no aceptan lo que dice la Corte interamericana. La predictibilidad de los fallos se da por seguridad de los juicios en la ley sino también por la eventualidad autoritaria de la seguridad ciudadana y no por justicia. III. VI SEMINARIO DE LA CATEDRA DE CRIMINOLOGÍA ALESSANDRO BARATTA. MASTER ROSAURA CHINCHILLA. La degeneración del derecho y la jurisprudencia. •

Existe un aumento en el delito y disminución en las garantías del juzgamiento.


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Se debe contar con una base social que apueste por la intolerancia, la violencia como forma de resolver los conflictos y la segregación o exclusión de lo otro diferente y con una estructura autoritaria. La política criminal es expansiva. La base socioeconómicas muchas veces es corrupta, en la que no existe una coyuntura específica, de los entes autoritarios, los cuales excluyen a aquellos que son diferentes. Las leyes son insuficientes en los procesos penales. La ley se presenta como una masa amorfa que se plantea de manera diferente cuando se trata de juzgar a otros. En cuanto al derecho sustantivo el modelo autoritario se autodenomina el bien jurídico carente de importancia. Los modelos punitivos modernos aunque son rechazados de manera constitucional son utilizados y aceptados en las salas de lo constitucional. El abandono del principio de legalidad se observa en materia penal y constitucional.

IV. VI SEMINARIO DE LA CATEDRA DE CRIMINOLOGÍA ALESSANDRO BARATTA. DR. ALFREDO CHIRINO. La legitimación del derecho penal totalitario, en la construcción legislativa del cual decimos que no representamos, pero usamos. La relegitimación política que forman parte del garantismo no necesariamente ha sido juzgada por los actuales usuarios de este. • Quienes piden un derecho más contundente son las clases • •

marginales. La ausencia de un modelo político criminal se manifiesta en el silencio de aquellos que pueden decir algo. Las variaciones en el tinte político no son en cuanto a la tendencia sino son en cuanto a la intensidad del contexto del principio de legalidad, de culpabilidad, etc. Porque son sospechosas para la protección de un bien jurídico como lo es el derecho a la vida. El bien jurídico investiga el punitivismo para referirse al principio sustentador democrático, adecuado y correcto que es el bien jurídico desde el cual se hace una reconstrucción del derecho penal.


TALLER “RESPONSABILIDAD MEDICA SOBRE MALA PRAXIS” DR. CARLOS TIFFER SOTOMAYOR.

V.

Los bienes jurídicos fundamentales como la integridad física, la vida, la salud física entre otros. Cuando se habla de mala praxis no debe verse únicamente la acción penal, sino también civil, administrativa y disciplinaria. Mala praxis: en sentido amplio es que cualquier profesional puede incurrir en ella cuando se hace de manera imprudente. Es un error involuntario, defecto o falta de aplicación del método correcto por parte del médico, que no da buen resultado pero que era previsible o evitable. Presupuestos jurídicos: a) Relación médico-paciente. b) Falta del deber de cuidado. c) Relación de causalidad (acción-resultado). Clases de mala praxis: a) Mala praxis por enseñanza, investigación o debidamente registrados en el carácter penal. b) Mala praxis por culpa, falta de deber objetivo de cuidado que puede ser previsible o evitable. • • •

No existe delito específico de mala praxis por los que se recurre a los elementos objetivos y subjetivos del deber de cuidado. Sistema de numerus clausus en cuanto a la culpa. En el derecho no se es tan estricto con la mala praxis como lo es, en otras áreas cuya actuación o descuido mayormente se busca en el gremio médico.

Pautas para determinar la acción médica: a) b) c) d)

A mayor especialidad mayor responsabilidad. Informar sobre los riesgos. No se puede determinar en abstracto. Circunstancias de lugar y tiempo.


e) Responsabilidad derivada de la actuación en equipo. Causas de la mala praxis: a) b) c) d) e)

Mala relación médico-paciente. Irrespeto al ordenamiento interno. Desconocimiento de los límites permitidos. Desactualización de los procedimientos. Iatrogenia, no utilizar todos los medios a su alcance.

Como prevenir la mala praxis (subjetivo-objetivo): a) Entablar una buena relación médico-paciente. b) Respeto al paciente y a los colegas. c) Concebir al paciente como sujeto de derechos. d) Honestidad en la actuación médica. e) Evitar las prescripciones a la ligera. f) Comunicación con el paciente y anotaciones claras. g) Previsibilidad de los riesgos. 6. Los comportamientos socialmente negativos se explican según la clase social a la que pertenece su autor: a) Si el autor pertenece a la clase subordinada, el comportamiento socialmente negativo será expresión de las contradicciones entre producción y distribución de la riqueza, típicas de la sociedad capitalista. b) Si el autor pertenece a la clase dominante - implicada principalmente en los llamados delitos de cuello blanco el comportamiento socialmente negativo se explica por la relación funcional entre procesos legales e ilegales de acumulación de capital y la relación de estos con la esfera política. Los comportamientos socialmente negativos se explican según la clase social a la que pertenece el autor: clase subordinada o clase dominante. El castigo delictual no responde a la igualdad sino que se persiguen con desigualdad, ya que se hace por clases, siendo que los delitos de cuello blanco no son castigados y los realizados por la mayoría sí. En el capitalismo tardío siempre va a existir una clase


supra ordenada y subordinada. El hacinamiento carcelario casi siempre es de los lugares comunes. LA SOCIOLOGÍA JURÍDICO PENAL a) el derecho penal no evoluciona a un carácter meramente técnico sino social. b) Si el autor pertenece a la clase subordinada entonces la inferencia será: • La lucha de clases por la búsqueda de la riqueza. • Se etiqueta a los delincuentes como resentidos sociales. c) Si el autor proviene de la clase supra ordenada habrá una lucha de clases: • Delitos de cuello blanco, transnacionales, etc. • Conflictos políticos (arts. 2 y 86 inc. Final Cn.) d) Derecho penal del minimus. Se convencionaliza al derecho constitucional es decir agregarle los nuevos derechos humanos otorgados por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, realiza por medio del ius cogens. Las penas se aplican a los comportamientos delictivos a fin de que se respeten los bienes jurídicos. Hay que despenalizar la mayor parte de comportamientos penalizados actualmente que corresponden a comportamientos típicos de las clases subordinadas. Penalizar esos comportamientos de la clase subordinada que no estén penalizados hace que se originen las clases subalternas, despenaliza mucho para penalizar lo poco. CARACTERÍSTICAS DE LA CLASE SUBALTERNA:

a) Lleva a darle vida al tercer considerando del derecho penal (mínima intervención, subsidiaridad o fragmentación del derecho penal.) b) Disminuir el uso de la cárcel. c) Se privatizan los conflictos aumentando el uso de la resolución alterna de conflictos (RAC), conciliación, mediación y arbitraje. d) Ampliar las formas de ampliar la prisión. Art. 77 y 74 C.Pn. e) Alternar la prisión.


f) La meta a alcanzar tiene que ver con aquellas abolicionistas de la pena y de la cárcel. 7. Puesto que el conflicto de clases es de naturaleza política, la delincuencia sólo desaparecerá cuando la sociedad capitalista sea reemplazada por la sociedad socialista, que es una sociedad libre e igualitaria. 8. Entre tanto corresponde aplicar un derecho penal mínimo en el marco de una política criminal de las clases subalternas, cuyas características son las siguientes: a) Despenalizar la mayor cantidad posible de los comportamientos penalizados actualmente, que corresponden a comportamientos típicos de las clases subordinadas. b) Penalizar los comportamientos de las clases dominantes que aún no estén penalizados. c) La diferencia de tratamiento entre ambas clases se explica porque se debe aplicar una política criminal de las clases subalternas. d) Disminuir la utilización de la cárcel. En este contexto se propone reemplazar las sanciones penales por sanciones administrativas o civiles, privatizar los conflictos, incorporar sanciones " alternativas, ampliar las formas de suspensión condicional de la pena, de libertad condicional, de ejecución de la pena en semi libertad, de permisos de salida, etc. 9. A largo plazo, el objetivo final es la abolición del derecho penal y de la cárcel - que constituye su corolario -, pero esto sólo será posible en el marco de una sociedad socialista. 10. El criminólogo debe renunciar a toda pretensión de neutralidad y, utilizando de preferencia métodos de análisis marxistas para sus estudios, apoyar la política criminal de las clases subalternas. 11. Estos estudios deben realizarse en parte desde el campo de una nueva ciencia denominada sociología jurídico-penal, cuyo objeto de estudio serían los comportamientos que representan una reacción ante el comportamiento desviado. Esta ciencia estudiaría así las reacciones institucionales de los organismos oficiales del control social de la desviación, así como las reacciones no institucionales.


El derecho penal ha tenido como característica castigar a las clases subordinadas. El derecho penal no debe ser una etiqueta que se le coloca al ser humano para decirle que es delincuente en lugar de decir que tiene una conducta antisocial. La delincuencia solo desaparecerá cuando la sociedad capitalista sea reemplazada por la sociedad socialista. Despenalizar la mayor parte de comportamientos, minimizar el uso de la cárcel (condenar con pena y alternar la prisión, se penalicen los casos que son cometidos por la clases altas que no están penalizados. La abolición del derecho penal y la cárcel solo es posible en la sociedad socialista. El criminólogo puede usar métodos de análisis marxista, para apoyar las clases subalternas. Y finalmente realizar estudios de sociología jurídico-penal.

LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL MÍNIMO DE BARATTA Baratta estructuró los principios del derecho penal mínimo y propone una política de ley penal a corto y mediano plazo, siempre bajo la idea central de mínima intervención penal. Así el concepto de derechos humanos para él cumple doble función: 1. Una negativa, al señalar los límites de la intervención penal, la cual no debe sobrepasar estos derechos. 2. Una función positiva, en cuanto los derechos humanos pueden constituir un posible objeto de tutela a través del derecho penal. En ambos, el concepto de derechos humanos estará vinculado a necesidades reales fundamentales. Los principios a través de los cuales viene articulada esta política de mínima intervención penal pueden dividirse en dos grandes grupos: A. Principios intra-sistemáticos o internos del derecho penal: que nos indica los requisitos para la introducción y mantenimiento de cualquier figura delictiva en el sistema de justicia penal. B. Principios extra-sistemáticos o externos del derecho penal: que se refieren a los criterios políticos y


metodológicos para la descriminalización en la resolución de conflictos y los problemas sociales. Entre los principios intrasistemáticos o internos que deban observarse dentro del sistema penal actual, y que él propone como una política a corto plazo, están: Una función negativa del derecho penal es que este no puede sacrificar derechos y garantías fundamentales más allá de lo necesario, pero también tiene una función positiva que es la convencionalidad (aplicando el ius cogens). Los derechos humanos serán objeto de tutela. La política del minimus se divide en dos grupos: principios intra sistemáticos y extra sistemáticos. Los primeros alimentan al derecho penal y los segundos permiten resolver los conflictos de maneras amigables. Los intra sistemáticos se dividen en principios de limitación formal y estos a su vez en principio de legalidad, taxatividad, irretroactividad de la ley más favorable al imputado, supremacía de la ley penal sustantiva y representación popular. No puede haber error ni engaño. Todo esto nos lleva al principio de taxatividad que podría violentar el art. 8 L.Pn.J., los comportamientos prohibidos deben estar enunciados. La irretroactividad de la ley más favorable al imputado salvo el art. 21 C.Pn. las leyes no pueden tener retroactividad. Para lo cual es necesario tener supremacía de ley la cual se da con la Constitución. Por lo cual debe haber: representación popular art.86 Cn. a) PRINCIPIOS DE LIMITACIÓN FORMAL:  Principio de Legalidad: que implica el cumplimiento de un derecho democrático promulgado. Por tanto se excluye el uso de cuerpos parapoliciales y paramilitares, la tortura y otras acciones de hecho del poder, como las detenciones ilegales, las desapariciones forzadas las muertes extrajudiciales.  Principio de Taxatividad: que implica que la norma esté definida en forma clara, precisa y cerrada con sus elementos descriptivos normativos. Está prohibido entonces el uso de normas abiertas o en blanco, y el reenvío a otras normas y el uso de analogía.  Principio de irretroactividad de la ley más desfavorable al imputado.  Principio de la supremacía de la ley penal sustantiva: que excluye la introducción formal o de facto de cualquier medida que restrinja los derechos del individuo que no sea estrictamente necesaria para los fines


de la correcta y segura aplicación de la ley penal sustantiva, ya sean los reglamentos, en la acción de la policía, durante el proceso o en la ejecución. Estas medidas no pueden privar de más derechos de los que priva la ley penal sustantiva. Principio de representación popular: Impone la participación ciudadana en la formación de la voluntad del legislador a través de elecciones libres y secretas, la organización de partidos y movimientos políticos.

b) PRINCIPIOS DE LIMITACIÓN FUNCIONAL:  Por otra parte está lo que él llama principio de la respuesta contingente, ya que la ley penal es una respuesta solemne a conflictos y problemas sociales graves, individualizados como generales y constantes en el tiempo; de ahí que la ley penal no puede ser una respuesta inmediata de tipo administrativo a situaciones excepcionales y contingencias esporádicas.  Principio de proporcionalidad abstracta: solos las violaciones de derechos humanos fundamentales pueden ser objeto de sanción penal. Las penas deben ser proporcionales al daño social causado por dicha violación.  Principio de humanidad: que prohíbe la pena de muerte, la tortura y penas que impliquen condiciones infamantes de vida (Protocolo de Estambul).  Principio de idoneidad de la pena: en el sentido de que si no existen condiciones suficientes para aplicarla, esa pena no tiene sentido, es inidónea. El éxito de su aplicación debe derivar de un examen empírico riguroso que compruebe, ya sea por experiencias adquiridas o pronósticos realistas, que al aplicar esa pena sea posible esperar el control de situaciones conflictivas.  Principio de subsidiariedad: no es suficiente comprobar que la respuesta penal es idónea, sino que además debe comprobarse que es insustituible,  Principio de proporcionalidad concreta o principio del costo social: debe regularse la producción y aplicación de la ley penal teniendo en cuenta la


necesidad de compensar la desigualdad de los costos sociales de la pena, desde el punto de vista de la incidencia negativa que tiene sobre las personas que se convierten en su objeto, sobre sus familiares y su ámbito social, por razones de justicia social. Principio de implementabilidad administrativa de la ley penal: se debe adecuar los recursos a los programas legislativos de acción, o bien redimensionar los programas de acción con base en los recursos disponibles en el sistema. El funcionamiento desigual de la justicia penal tiene una de sus causas estructurales en la discrepancia entre recursos administrativos y programa legislativo. Principio de respeto a las autonomías culturales: mientras existan en el interior de una determinada sociedad minorías étnicas o grupos sociales culturalmente delimitables por historia, proveniencia y características propias, ninguna ley penal debería criminalizar comportamientos que con respecto a la cultura de estas minorías sean socialmente lícitas, en cuanto correspondan a normas y valores en ellas vigentes. Principio de la primacía de la víctima: reconociendo su derecho y prerrogativas dentro del proceso penal, procurando reactivar la comunicación humana entre las partes, como son la víctima y el autor del delito, orientar la política legislativa hacia una amplia sustitución de sanciones de tipo represivo por sanciones de tipo restitutivo. Derecho a ser informado debidamente. La criminología no es algo que solo puede usar a quien le convenga, sino que es una ciencia que debe respetarse dando como resultado los principios de:

• Limitación funcional. • De la respuesta contingente: el derecho penal será el último recurso para tratar de vencer a la criminalidad. De proporcionalidad abstracta, porque no tiene un primer momento de condenados de sentencia, es decir no tienen una sentencia dictada, sino más bien están en proceso. El daño causado no puede ser menor que la medida con la que se debe regir el proceso.


• • • •

De humanidad: prohibida la pena de muerte, tortura y penas infames de vida. De idoneidad de la pena: se da solo si se alcanzan los fines de la pena. Art. 27 inc. 3º Cn. De subsidiaridad (a falta de, es decir que las otras vías no concreten lo que se desea hacer). De proporcionalidad concreta: costos sociales de la pena. Ej. Que si hay un médico, abogado, psicólogo, etc. Él pueda ayudar a sus compañeros de celda.

c) PRINCIPIOS DE LIMITACIÓN PERSONAL O LÍMITES DE LA RESPONSABILIDAD PENAL:  Principio de imputación personal; Excluye toda forma de responsabilidad objetiva o por lo hecho por otras personas.  Principio de responsabilidad por el acto: rechaza cualquier forma de

derecho penal de autor; ninguna medida que implique una violación de la libertad individual (medidas de seguridad o tratamiento de menores) puede hacerse derivar de la peligrosidad social de un sujeto. Principio de la exigibilidad social del comportamiento alternativo: acoge la moderna teoría normativa de la culpabilidad como un reproche que puede ser de hecho al autor por no haber escogido las alternativas del comportamiento conformes con la ley, pudiéndolo haber hecho. Así se podría desvincular el concepto de responsabilidad pena! de las tipologías de autor (imputables, semi-imputables, inimputables) construyendo un concepto unitario de exigibilidad social del comportamiento alternativo.

Los principios extra-sistemáticos de la mínima intervención penal se dividen en dos grupos: 1. Principios de extra-sistemáticos de descriminalización.


2. Principios metodológicos para la construcción alternativa de los conflictos y problemas sociales. a) Principios de extra-sistemáticos de descriminalización. b) Principio de la no intervención útil: un principio general de política alternativa consiste en asegurar el más amplio espacio de libertad para lo diverso, compatiblemente con las exigencias de un orden justo. c) Principio de la privatización de los conflictos: consiste en restituirle a los conflictos sus dimensiones políticas y después considerar para su solución , no penal, formas de intervención institucional no solo administrativas, sino también órganos de representación política o de control popular en la gestión de las contradicciones más relevantes del sistema político. d) Principio de la conservación de las garantías formales: esto implica que si se transfieren los conflictos fuera del campo de intervención penal hacia otras áreas de control social institucional o comunitario, la posición de los sujetos no pierda garantías respecto a lo formalmente previsto por el derecho penal. 3. Principios metodológicos para la construcción alternativa de los conflictos y problemas sociales. En ellos se encuentra la idea de una verdadera liberación de la imaginación sociológica y política frente a una "cultural de lo penal” que ha colonizado ampliamente la manera de percibir y construir los conflictos y problemas sociales en nuestra sociedad. Los principios son: a) Principio de la sustracción metodológica de los conceptos de criminalidad y de la pena. Se recomienda a los intérpretes de los conflictos y de los problemas, y en la búsqueda de sus soluciones, prescindir por cierto tiempo de los conceptos de criminalidad y de la pena para averiguar cómo quedarían construidos esos conflictos y esos problemas con argumentaciones diferentes, en la hipótesis de que no existieran dichos conceptos. b) Principio de la especificación de los conflictos y de los problemas: No puede aceptarse la pretensión de un sistema como el penal, de responder con los mismos medios y las mismas acciones ante problemas y conflictos tan heterogéneos como pueden ser el aborto, el peculado, las injurias y la


criminalidad organizada, los pequeños hurtos las infracciones ecológicas y los delitos políticos. El sistema penal puede ser interpretado sociológicamente como un aglomerado arbitrario de objetos heterogéneos (comportamientos punibles) que no tienen otro elemento común a todos, sino el estar sujetos a la respuesta punitiva. c) Principio general de prevención: Sustituir las formas de control reactivo, por formas de control proactivo. En este sentido, la política de justicia social, el respeto de los derechos humanos, la satisfacción de las necesidades reales de los sujetos en una sociedad, son algo más que una política criminal alternativa, son la verdadera política democrática a la política criminal. d) Principio de la articulación autónoma de los conflictos y de las necesidades reales. Ningún cambio sustancial en la política de control social será posible si la mayoría de los sujetos portadores de las necesidades y derechos no logran convertirse de sujetos pasivos, que son de un manejo institucional y burocrático del control social, en sujetos activos en la construcción de dicho control.

Tema 2: Concepto, objeto y finalidad A. Concepto y alcance de la Criminología

 No existe un consenso paradigmático en la literatura científica sobre el propio concepto, objeto, método o función de la Criminología. Nos orientamos por la posición de Kaiser.  La Criminología es el conjunto ordenado de saberes empíricos sobre el delito, el delincuente, el comportamiento socialmente negativo y sobre los controles de esta conducta. Su ámbito científico tradicional se caracteriza por 3 conceptos básicos a) Delito b) Delincuente c) Control Social 

Actualmente se agregan 2 conceptos más:


a) Víctima b) Prevención del delito •

Por el rango de los conocimientos que suministra, la Criminología es una ciencia: porque aporta un núcleo de conocimientos verificables (no refutados), sistemáticos, asegurados. Por razón del método y técnicas de investigación, la Criminología es una disciplina empírica e interdisciplinaria: una ciencia del ser, fáctica inductiva, en la que predomina la observación de la realidad, sobre la perspectiva normativista y el método abstracto, formal y deductivo propio de otras ciencias.

El alcance de la criminología depende de la amplitud o restricción de su objeto que es el comportamiento típico antijurídico culpable. El objeto de la criminología si es de forma amplia será mejor explicado. El delito con el concepto reestructurado sería un concepto totalmente desviado de lo que conlleva una referencia obligada a las normas, no hay que ser tan espontáneos, su estudio debe ser fragmentado relacionado los hechos y eventos, puesto que si no hay problemáticas no hay razón de ser además debe tenerse claro que variables se van a observar. Esto nos dira si vamos por buen o mal camino considerando el tamaño, estructura y movimientos de la criminalidad, utilizando estrategias descriminalizadoras como el análisis de prorrogas de las medidas de excepción repartiendo la criminalidad entre los distintos estratos sociales.

A. Concepto alcance de Criminología

y la

• El conocimiento criminológico tiene que referirse a hechos observables y comparables en el campo de su problemática. • Las especulaciones, opiniones y juicios de valor no bastan, aunque pueden ser objetos de „investigación empírica. • Los resultados no deben obtenerse


accidentalmente, sino "anecdóticamente".

"sistemáticamente"

ni

deben

ser

ordenados

a) Concepto restrictivo: La Criminología se limita a la investigación empírica del delito y la perspectiva de su autor. Exposiciones descriptivas de la criminalidad. b) Concepto amplio: La Criminología incluye también el conocimiento científico experimental sobre los _ cambios del concepto del delito (criminalización) y sobre la lucha contra el delito, los controles de la conducta socialmente desviada así como los mecanismos de control policial y judicial. La Criminología abarca, en consecuencia, la creación de las leyes penales, sus infracciones y las reacciones sociales. • • •

La concepción restringida de la Criminología resulta insatisfactoria. Una acepción amplia o extensa de la Criminología es compartida por la doctrina mayoritaria. Kaiser, Schneider, Siegel. Etimología: La palabra Criminología, deriva del latín crimen, se atribuye al antropólogo francés Topinard (1879). Garofalo utilizó el concepto por primera vez para denominar su libro "Criminología" (1885).

La criminología ¿tiene un método?, ¿es una ciencia? Empiria: es el conocimiento a través de la ciencia. ELEMENTOS DE LA CRIMINOLOGÍA.      

Delincuente. Control de la conducta. Delito. Comportamiento socialmente negativo. Conocimiento empírico. Víctima y prevención del delito.

No existe un consenso paradigmático en la literatura científica sobre el propio concepto, objeto, método o función de la criminología. Por el rango de los conocimientos que suministra, la criminología es una ciencia porque aporta un


núcleo de conocimientos verificables (no refutados), sistemáticos y asegurados. Art. 28 C.Pn.    

Delito: comportamiento socialmente negativo. Fáctica inductiva: parte de un todo que fragmenta ese todo para saber cuál es el fondo, los resultados deben poderse explicar. Teoría de la falsación: en cuanto a teorías y resultados según Karl Poppet. El concepto restringido limita a las perspectivas del autor.

B. Objeto de la Criminología

a) b) c) d) e) f)

• El alcance de la Criminología depende de la amplitud (restringida o amplia) de su objeto. • Principalmente el objeto de la Criminología viene integrado por el delito, el delincuente, la víctima y el control social de la conducta delictiva. • El delito: (Crimen o conducta desviada), implica una referencia Obligada a normas, lo que nos lleva al concepto de sociedad y cultura... • Es temporal, espacial, histórico, relativo y circunstancial • » Tradicionalmente se consideró que la Criminología tenía un objeto relativo, por su coincidencia con el Derecho Penal. • Una como ciencia empírica y la otra como ciencia normativa, con el mismo objeto (delito), diferenciándose sólo por el método o forma de examinarlo. • A la Criminología le interesan diversas facetas más llamativas del crimen para su delimitación formal. Tales como: Problematización. Como instrumento o indicador de control social. El volumen, estructura y movimiento de la criminalidad. Estrategias criminalizadoras y descriminalizadoras. Reparto de la criminalidad entre los distintos estratos sociales. Es un concepto diferente según la respectiva finalidad de la investigación criminológica.


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Si los hechos no son observables no pueden ser procesados por la criminología. Los hechos son comparables en el entorno social. Debemos buscar mecanismos para orientarnos y evitar la criminalidad estatal. Las opiniones, juicios de valor no bastan para observar un fenómeno, pero no bastan para observar un fenómeno, pero si nos pueden inducir a realizar investigaciones empíricas con ellos. Los resultados que se obtengan de una investigación no pueden ser producto de un anecdotario o de un accidente. El campo de la criminología no debe dejarse a la empíria porque sería dejar fuera a la prueba científica en un concepto amplio mas no en uno restringido. Ha cambiado el concepto de delito. El concepto restringido nos puede llevar a una conclusión insatisfactoria porque descarta la parte científica, las especulaciones empíricas y las especulaciones empíricas. La criminología puede crear nuevas leyes a medida que los comportamientos desviados van mutando. Topinard es el padre etimológico de la criminología. TAREA: HACER EL PERFIL DEL DELINCUENTE CON LA DOCTRINA RESTRICTIVA Y LA CORRIENTE AMPLIA. (EXPERIMENTOS DE CESARE LAMBROSE Y TEST DE KAREN MACHOBER)

1. DOCTRINA RESTRICTIVA ( Cesar Lombroso) I. EL CRIMINAL NATO: César Lombroso antropólogo y médico Italiano aporto al Derecho Penal y a la Criminología su Teoría del criminal Nato. La Antropología Criminal no es más que el estudio de la variedad humana , de un tipo particular, es la historia natural del hombre alienado , el criminal según Lombroso presenta signos de inferioridad orgánica y psíquica : 1. Menor capacidad craneana. 2. Mayor diámetro bizigomático. 3. Gran capacidad orbitaria.


4. Escaso desarrollo de las partes anteriores y frontales. 5. Contrastando con el gran desarrollo facial y maxilar (pragmatismo) a) Abultamiento del occipucio b) Desarrollo de los parietales y temporales c) Frente hundida, etc. 6. La insensibilidad moral y la falta de remordimientos. 7. La imprevisión en grado portentoso. 8. Una gran impulsividad. Estos son los principales rasgos con los que puede contar un delincuente nato según Lombrosio. II. DELINCUENTE LOCO MORAL: La descripción que Lombroso da de este loco moral son las siguientes: 1. Es su escasez en los manicomios, y su gran frecuencia en las cárceles y en los prostíbulos. 2. Son sujetos de peso de igual o mayor a la normal. 3. El cráneo tiene una capacidad igual o superior a la normal, y en general no tiene diferencia con los cráneos normales. 4. En algunos casos se han encontrado los caracteres comunes del hombre criminal (mandíbula voluminosa, asimetría facial, etc.) 5. La sensibilidad psíquico- moral es, por lo tanto una sublimación de la sensibilidad general. 6. Se rehúsa a utilizar un tatuaje ya que son astutos y saben que es una aplicación criminal. 7. Son muy precoces o contra-natura, o precedidos y asociados de una ferocidad sanguínea. 8. Son personas antipáticas que no conviven casi con nadie, odian con o sin motivos. 9. Es excesivamente egoísta pero a pesar de eso es altruista, aunque solo sea una forma de perversión de los afectos. 10. Es muy vanidoso, es propia de los criminales natos como de los locos morales, vanidad morbosa, para ser de su vida algo muy elegante. 11. Se dice por varios autores que es inteligente ya que todos sus delitos puede justificarlos.


12. Son personas bastante excitables, crueles, indisciplinados, etc. 13. Tiene una gran pereza para el trabajo. 14. Son hábiles en la simulación de la locura. 15. Tanto el nato como el moral datan de la infancia o de la pubertad. III.DELINCUENTE EPILÉPTICO: Este tipo de homicidas tiene reacciones violentísimas , en la que después de haber cometido el delito quedan tranquilos y sin aparentes remordimientos, dice que sienten vértigos en la cabeza, que les gira o da vueltas. Ahora Lombrosio encuentra una tercera forma de criminalidad, y hace la analogía del epiléptico, con el criminal nato, llegando así a la tercera tipicidad. Las características según Turín en los criminales epilépticos son: Tendencia a la vagancia en ocasiones con largas deambulaciones involuntarias, amor a los animales, sonambulismos, masturbaciones, homosexualismo, y depravación, precocidad sexual y alcohólica, facilidad y rapidez de cicatrización, destructividad, canibalismo, vanidad, grafomanía, doble personalidad para escribir, palabras o frases especiales, tendencia al suicidio, tatuajes, junto con los locos morales son los únicos que se asocian, simulación de locura o ataque epiléptico, cambios de humor, amnesia y auras. La epilepsia se puede presentar de dos formas: a) Epilepsia Real.- es aquella en la que hay ataques, el sujeto cae al suelo , echa espuma por la boca, tiene movimientos desordenados, y convulsivos, llega a morderse la lengua , etc. b) Epilepsia Larvada.- es aquella en la que se presentan los mismos sucesos aunque sin ataque, estos criminales son más peligroso que los locos morales. III. EL DELINCUENTE LOCO (PAZZO) : Lombroso hace una diferencia entre los delincuentes locos y los locos delincuentes, siendo los locos delincuentes los enfermos dementes, sin capacidad de entender o de querer, que cometen algún crimen sin saber lo que hacen, en


cambio el delincuente loco es el sujeto que ha cometido un delito y después enloquece en prisión. Dice Lombroso que además los jueces que dictan las sentencias no conocen nada de psiquiatría, y son llamados en una idea general como locos criminales, esta es la puerta por la que escapan al justo castigo. Lombroso toma en consideración como casos especiales, tres tipos de delincuente loco: el alcohólico, el histérico, el mattoide.

IV.

DELINCUENTE ALCOHÓLICO El caracteriza al delincuente alcohólico, porque el alcohol es un excitante que paraliza, narcotiza, los sentimientos más nobles, y transforma aun el cerebro más sano. Lo caracteriza de la siguiente manera:

a) casos degenerativos congénitos, aunque frecuentemente los adquiridos no solo escasean los caracteres degenerativos, sino ofrecen muy seguido la vida anterior honestísima. b) Extraña apatía e indiferencia, que a veces llega a ser muy violenta. c) La embriaguez aguda, aislada da lugar por sí sola, al delito, porque arma el brazo, enciende las pasiones, nubla la mente, etc. d) Tiende al cinismo humorístico y fuertes tendencias la robo, estupro aunque después de esto llegan a un profundo sueño y quizás hasta la amnesia que si es peor aún puede realizarse un suicidio. Lombrosio estudia varias formas de alcoholismo como el hereditario, el complicado con otras enfermedades, el crónico, etc. V.

DELINCUENTE HISTÉRICO

Sus características comunes de este delincuente son las siguientes: 1. Sexo.- se dice que es más común en las mujeres que en los hombres. 2. Tiene una herencia análoga a los epilépticos, aunque pocos caracteres degenerativos. 3. La inteligencia en la mitad es intacta. 4. Es egoísta su carácter 5. Su carácter es muy cambiante lo que los hace coléricos, feroces, fáciles a simpatías, y antipatías súbitas irracionales.


6. Es vengativo escandalosamente, y hace denuncias y falsos testimonios. 7. Tiene una verdadera necesidad de mentir, una gran tendencia al erotismo. 8. Se encuentra entre ellas delirios, alucinaciones, suicidios, y fugas muy comúnmente para prostituirse. 9. Existen delitos múltiples aunque los más comunes son difamación, robo, faltas a la moral, homicidios. VI.

DELINCUENTE MATTOIDE

La palabra mattoide proviene de “matto” que significa loco, y la palabra matoide quizás quiera decir textualmente Locoide , vendría siendo el sujeto que no está loco , pero casi. Las características del Mattoide serían: 1. 2. 3. 4.

Escasean entre las mujeres. Son raros en la edad juvenil. Abundan extrañamente en las grandes civilizaciones. Abundan en los países que tienen una cultura extraña o tiene gran velocidad. 5. Abundan entre los burócratas, teólogos, médicos, y no entre los militares. 6. Tienen poquísimas formas degenerativas y pocas anomalías en la fisiología del cuerpo. 7. Afectivamente son hasta altruistas, conservan la sobriedad, son muy éticos, y son muy ordenados. 8. Intelectualmente no hay anomalías, suplen una gran inteligencia por una notable laboriosidad, escriben en forma compulsiva. 9. Psicológicamente se caracterizan por una convicción exagerada por sus propios méritos y hay bastante vanidad. 10. Inventan teorías nuevas y generalmente extravagantes. 11. Sus crímenes son impulsivos generalmente realizados en público. 12. Tienen delirio persecutorio, persiguen y son perseguidos. 13. Son querellantes y les encanta litigar. 2.

DOCTRINA EN SENTIDO AMPLIO (KAREN MACHOBER).

Es en sentido amplio porque toma en cuenta más aspectos que las meramente analizadas de forma biológica, psicológica, cultural, etc.


LABORATORIO 2 EL CONOCIMIENTO DE LA CRIMINALIDAD DEL DELITO. El objeto del derecho penal es la criminalidad, tiene que conocer el objeto de la criminalidad y el delito, entendiendo el primero como crimen y relación del delito; y el delito como estructura de la parte penal.

DIFERENCIA ENTRE CRIMINALIDAD Y DELITO. La criminalidad seria el conjunto de todas las omisiones o comisiones punibles dentro del ámbito temporo-espacial mientras que el delito seria el comportamiento típico antijurídico legalmente hablando. El uno es el delito y la suma de todos esos unos es la criminalidad, el destino nos lleva a hacer una inferencia de cargo colectivo. Es aconsejable evaluar origen y evolución donde podrían estar infiriendo factores como: 1. 2. 3. 4.

Factores histórico-culturales Factores sociales Factores políticos Factores económicos


Ninguna de las dos se puede explicar suficientemente de las formas sociales ni de las ciencias humanas ambas han sido dominantes y nos hacen reflexionar sobre lo siguiente: 1. LA CRIMINALIDAD COMO FENÓMENO DE LA VIDA COTIDIANA: la criminalidad no solo es derecho penal sino que también es vida cotidiana donde estamos relacionados como afectados, afectadores o como observadores interesados. 2. LA CRIMINALIDAD COMO CONFLICTO ENTRE EL DELINCUENTE Y LA VICTIMA: coloca a su agresor frente a la víctima, lo cual siempre apuntara a una ofensa en la que la administración de justicia de manera objetiva, independiente e imparcial deberá procurar que las partes amigablemente resuelvan su conflicto, si esto no sucede la justicia frente al debido proceso deberá aplicar el artículo 14 de la constitución. Pero las ciencias humanas se verán insuficientes porque habrán conflictos que no podrán ser resueltos de forma amigable. Y esta gran parte no podrá ser explicada por la criminología. Artículos 193 de la constitución y 18 y 29 del código penal. 3. NEUTRALIZAR A LA VÍCTIMA: actualmente la víctima se encuentra neutralizada y en lugar del acuerdo entre lesionador y lesionado aparece la acción penal pública, se reducen las posibilidades que la víctima intervenga como la querella, la denuncia, la acusación particular y es un proceso donde la víctima no se contrapone al delincuente sino al estado. 4. AL DELINCUENTE COMO VÍCTIMA: estas nos demuestran no la cara del delincuente sino las circunstancias para que el sujeto delinquiera. Las causas de justificación, las ex culpantes y los estados de necesidad. 5. DELITO SIN VÍCTIMA: aquí se atenúa el contraste entre víctima y delincuente porque hay una visión de los bienes jurídicos difusos o colectivos dejando de lado la visión de los bienes jurídicos individuales.


6. LA FASCINACIÓN POR LO CRIMINAL: sino también el criminal fascina. En la vida cotidiana el mundo de la criminalidad se puede ver fascinado o fascinante a través de figuras como terrorismo, lavado de dinero, narcotráfico, crimen organizado, despertando emociones más en el agresor del delito que en el agredido, fascinando incluso a algunas víctimas jugar el rol por las emociones que confluyen. La restriccionista quiere ver la criminalidad al margen de ciertos actos. PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA CRIMINALIDAD.

Solo gracias a algunas investigaciones históricas podemos hablar sobre el crimen y estas fueron en Francia e Inglaterra, donde se hicieron las primeras investigaciones. A mediados del siglo XIX se explica la criminología y tiene más juventud que el derecho civil. 1. Para poder investigar la data del crimen se debe fijar en los comportamientos desviados mediante la costumbre. Criterios de inclusión: la costumbre rechaza los comportamientos desviados. Todo lo que la costumbre acepta es moral, el embace del cuerpo se llama ethos y el contenido moral porque es el ejercicio de la ética. La moral recurre a la axiología y a la ontología. 2. Ese historicista y el investigador tiene que documentarse en el tema. 3. Aprender a conocer las diferentes formas de conocer a los justicieros. 4. Había que hacer distinciones entre los criminales: sexo, edad, etc. Condiciones personales del criminal para que el justiciero lo pudiera individualizar. 5. Criterios de la población para advertir su criterio si era de acierto o de desacierto


6. De acuerdo a lo que dijo el colectivo se diseñó propuestas para controlar los comportamientos desviados, esto podría ser parte del comportamiento criminal. CLASIFICACIÓN DE LOS DELINCUENTES. Cesar Lombroso nació en Verona, Italia en 1835 y murió en 1909, estudio medicina en Pavia y Viena (conoció el método experimental que aplico en sus investigaciones). Terminada la licenciatura, trabajo como médico militar, fue director del manicomio de Pavia, docente desde 1886 de la catedra de medicina Legal. Influida por Charles Darwin. Analizo un cráneo que presentaba anormalidades y dijo que el delincuente es el eslabón perdido y para el hombre no había dejado de ser simio sino que había quedado animal y unos pocos habían evolucionado. Empieza a augurar lo que el llamaría antropología criminal. Dijo es necesario que existan manicomios para criminales y que los locos no estén en las prisiones. En 1876 publico un tratado del hombre y del delincuente. a) EL CRIMINAL NATO: es el que nace no es que se hace. Se preocupa por el comportamiento humano criminal, el criminal no es un hombre común sino que con rasgos psicomorfologicos constituye un tipo especial que presenta tipos de orden genético, observables, ciertos, rasgos físicos o fisonómicos de los delincuentes habituales. b) LOCO MORAL: escasea en los manicomios y está más en las cárceles y en los prostíbulos, son sujetos de peso mayor o igual a lo normal, rasgos característicos del hombre criminal, se rehúsa a usar tatuajes, excesivamente egoísta, vanidosos, inteligentes, excitables, crueles, perezosos y hábiles para emular la locura. Tanto el nato como el moral se descubren en la infancia o en la pubertad.


c) EPILÉPTICO: vago, amor a los animales, sonámbulo, se masturba, alcohólico, facilidad para la fascinación. Doble personalidad para escribir, tatuajes, solo se puede asociar con un loco moral, cambios de humor, amnesia. d) DELINCUENTE LOCO: dementes, que no tienen capacidad de entender o querer. Existen tres tipos: loco alcohólico, histérico y matoide.  EL LOCO ALCOHÓLICO: presenta una extraña apatía, cinismo en el humor.  EL HISTÉRICO: es más común en las mujeres que en los hombres, es vengativo, delirante, le gusta cometer delitos contra la moral, robos y homicidios.  MATOIDE: son escasos entre las mujeres, raros en la edad juvenil, abundan en los países con costumbres extrañas, no tienen anomalías en el cuerpo. Inventan teorías, extravagancias, delirios persecutorios, etc. e) DELINCUENTE PASIONAL: es raro, fluctúa su edad entre los 20 y 30 años, no tiene patologías en el cráneo, son bellos en cuerpo y alma, exageradas afectivamente, suicidas, confesas, pero son únicos para dar el máximo de enmienda. Pueden serlo por duelo, infanticidio o por pasión política. f) DELINCUENTE OCASIONAL se les divide en:  SEUDOCRIMINALES: personas que incurren en delitos culposos.  CRIMINALOIDES: no cometen delito si la oportunidad no llega.  HABITUALES: se educan para delinquir. ¿PUEDE HABER SOCIEDADES SIN CRIMINALES? EXTENSIÓN DE LA CRIMINALIDAD.


Para todas las instituciones del estado en combate con la criminalidad es obligación conocer los daños de una actuación delictiva, las cuales aportaron diferentes estratos sociales. Los estratos bajos aportan los hallazgos de la criminalidad. El estrato más bajo de una pandilla es el soldado o gato colaborador. La frecuencia de los diferentes delitos: edad, sexo, etc. El derecho penal debe asegurarse que los bienes tutelados sean protegidos con eficacia. Le reprochan los comportamientos desviados pero también se reprochan a las instituciones encargadas de la investigación criminal. ¿Para qué sirve la estadística? Sirven para conocer la extensión de la criminalidad, que clase de estatus criminal tenemos, estadísticas policiales, judiciales, penitenciales, etc. El no unificar estadísticas puede proveer información incompleta, contradictoria y el cohecho de estadísticas negras, no todos los delitos que se producen se investigan. El valor informático de la estadística criminal. Las estadísticas policiales nunca atraen criminalidad real sino que solo muestran la cara de lo que llega a penetrar el sistema de aportaciones son difíciles de ponderar. La estadística policial nos aportaría lo investigado policialmente. Los criminólogos dicen que es constructo de la realidad aunque resulte ser el medio idóneo para conocer los problemas y los cambios de las actuaciones oficiales. La cifra oscura es la brecha entre la criminalidad registrada y lo que los criminólogos llaman dark number, es importante la criminalidad, no es del todo enemiga, al contrario alerta sobre el trabajo que deben desempeñar y pueden producir ese mal (efecto preventivo) pues la ignorancia de la criminalidad real desempeñaría una criminalidad falsa, una falta de respeto y control sobre la situación problemática. A la criminología tradicional o teología de cada escuela le pasa lo siguiente: a) TEORÍA BIOLÓGICA: son claros los defectos del individuo (delincuente) b) TEORÍA DE LA SOCIALIZACIÓN: los delitos hay que socializarlos. c) TEORÍA DE LA SUBCULTURA: los defectos deben buscarse en normas vigentes. d) TEORÍA DE LA ANOMIA: hay que buscarlas en la estructura social. e) TEORÍA DE MULTIFACTORIALES: son varios los defectos y sus causas.


Todos poseen en común no deber concentrar sus intereses sociales sino en los cambios y causas y considerar que las causas y cambios están en la persona misma o en el entorno. Hay que ordenar por escala y debe reconocer que no se han ordenado sistemáticamente. Ejemplo: no podría precisarme los accidentes de tránsito en un periodo determinado no solo por el asecho de sino por el uso de la RAC. FACTORES DE LA CONDUCTA DESVIADA

Resultados de una criminología etiológica (explica por sus causas) tiene que pasar el filtro del hability approach para diferenciar la conducta punible de la conducta desviada. Toda conducta punible es desviada pero no todas las conductas desviadas son punibles. La criminología en sentido estricto no le importa diferenciar el comportamiento desviado, pero la criminología tradicional o etiológica vincula la conducta desviada con los factores y causas de la desviación y así la escuela para las teorías biológicas, los defectos se encuentran en el cuerpo del delincuente. Para los sociólogos hay que buscarlas en el medio familiar, para las teorías subcultural hay que buscar sus defectos en las formas de adaptación a las normas establecidas. TEORÍA DE LA ANONIMIA Los defectos deben ser buscados en la estructura social. Hay teorías multifactoriales que permiten hacer un análisis de todas las conductas antes mencionadas. Todas estas teorías comparten en común el que no hay que poner interés solo en las conductas desviadas sino que estas causas y condiciones están en el sujeto desviado, en su entorno, pero no en quienes van a decidir la sanción y deben ordenarse estos factores desde el individuo concreto hasta su entorno social y ninguna de ellas por si solas sería suficiente para explicarla por ejemplo: la de4lincuencia en el campo automovilístico, la delincuencia juvenil o en la dependencia económica. No hay un método sistemático para clasificar en qué orden se van a poner. LA IMPORTANCIA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PENAL.


Todas las teorías invocadas dirigen su atención y tienen intereses distintos a las teorías jurídico penales del delito pero todas son de incumbencia de lo jurídico penal porque para elaborar leyes jurídico penales debe tenerse claro que son y el más alto nivel llaman a la intervención del legislador, porque diseñan política criminal. Las explicaciones socio estructurales son las que mejor explican al legislador así como las condiciones con las que no debería contarse: la drogadicción. Todo conocimiento criminológico tradicional deberá ser aceptado por las reservas podrán ser superado por los cambios en el transcurso del tiempo por ejemplo la Ley Reguladora de las Reglas relativas a las Drogas podría estar demandando cosas novedosas en cuanto al uso de la marihuana (la marihuana vista como una sustancia no solo perversa para corromper la salud publica sino extrapolada para uso terapéutico, así como la heroína es usada como anestésico general). DEFINICIONES DE LA CONDUCTA DESVIADA Planteamiento del interaccionista o del hability approach. La criminalidad no existe sino se hace esta construcción criminal nada tiene que ver con factores etiológicos sino con los sujetos que tienen el poder de definirlo, su punto de partida es que las cosas como tales, las normas, los sucesos sociales como la criminalidad y todo es producto de una convención o constitución intrapersonal. La conducta desviada seria aquella que las personas clasifican asi: en el lugar que la criminología ocupa la norma social aparece el etiquetamiento y el estigma del desviado. Aunque el nivel más elevado de la desviación secundaria como dice Letmer es que describe al desviado en una posición a la que ha llegado por la estigmatización de otro. TESIS DEL HABILITY APPROACH Los etiquetajes tienen un fundamento irreformabilizandose en la conducta criminal y entonces el hability approach dirige su atención criminológica a los procesos de atribución de la criminalidad y no a sus características.


MERECIMIENTO DE LA PENA COMO OBJETO DE LA POLÍTICA CRIMINAL. Es la distancia entre lo verdadero y lo real, la pregunta es si lo que hay en la norma jurídica podría justificarse de tal forma que el legislador solo pudiese amenazar con imponer una pena a un comportamiento desviado, si este es merecedor de pena, no hay crimen si no hay pena contemplada en la ley “nullum crime sine lege”. Tratar de jalar lo real para hacerlo llegar a lo procesal, aunque este a veces pueda distar de lo real. Por lo cual hay que hacer coincidir lo real con lo procesal. FUNCIÓN DE LA PENA No es una categoría formal, es una categoría material. Esto le da la juez un margen de análisis de dosimetría penal en los criterios de aplicación de la ley (artículo 5 Código Penal- principio de necesidad). CRITERIOS DE MERECIMIENTO DE LA PENA. 1. Actúa como baremo y directriz de una correcta característica criminal y como fuente del concepto material del delito, criterios que podrían ser justicia y utilidad aunque ambos se interfieran mutuamente podría dar un concepto puramente utilitario pero injusto, así por ejemplo: un derecho penal vasado en la simple actitud interna es decir un derecho penal terrorista o la pena de muerte a actividades como el pillaje. 2. Concepto de pena justa pero inútil, el legislador penal persigue una pena justa pero de forma incorrecta. CRITERIOS DE JUSTICIA Un mandato o prohibición de derecho penal solo podría justificarse cuando se proteja un derecho humano social, cuando pueda ser considerado idóneo penal y tenga relevancia al derecho penal. 

PRINCIPIO DE DAÑOSIDAD SOCIAL: Solo puede justificarse si ha puesto en desmerecimiento la actividad social. Se impone una pena por el peligro


al bien jurídico cuando la relación autor-victima afecta a todos y esto es lo que marca la línea entre derecho y moral al exigir la exteriorización de la infracción jurídica y la manifestación social de justicia. 

PRINCIPIO DEL DERECHO PENAL DE HECHO: solo las infracciones jurídicas realmente producidas y observables pueden ser consideradas merecedoras de pena. Con este principio el sistema jurídico penal se opone a metas preventivas al declarar las penas de forma anticipada que se manifiesta concretamente y se externe (proposición y conspiración con la reserva establecida por Jacobs bajo el principio de la cognitio nemu judi sine jude patitiu- los pensamientos no delinquen).

PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD: solo son merecedores de pena los bienes jurídicos necesariamente protegidos por el derecho penal y solo podrán ser aplicados cuando otro remedio falle.

PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD: no es más que el verdadero tanteo del reproche para indicar la dosis adecuada.

PRINCIPIO DE TOLERANCIA Y RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA: el legislador penal debe cuidad no penetrar con sus prohibiciones el ámbito que solo es accesible al enjuiciamiento moral.  PRINCIPIO DE INDUBIO PRO LIBERTATE: es un principio emparentado con la subsidiaridad y la proporcionalidad, el de certeza de los tipos jurídicos penales. La justicia es necesaria pero insuficiente para determinar el merecimiento de la pena. Un concepto de merecimiento puede ser inútil aunque sea justo, solo puede valorar las consecuencias políticas sin la pretensión de valorar las correcciones a esa política, si se hubiese querido atenuar (tregua de pandillas) inmediatamente de advertir los efectos nefastos de la tregua.


La libertad del legislador penal en la adopción de decisiones, esto podría llevar hasta descriminalizar ciertas conductas. El legislador puede decir que es lo prohibido y que no. El concepto de delito aparece con diversas variantes y según el número y los grados de imputación de aquí es necesario desprender algunas normas adjetivas que tienen que ver con adjudicación probatoria que serviría para distinguir una conducta de otra; autor, instigador, cómplice necesario e innecesario, encubridor, etc. DERECHO PENAL La primera es el acto antijurídico culpable y la segunda la punibilidad de ese acto que la sociedad reprocha.  Justicia y punibilidad: principios tensos entre ellos que se limitan para la rehabilitación y reinserción del 

delincuente. La utilidad: supondría la actualización de las condiciones vigentes para determinar el merecimiento de la pena. Se deben actualizar las determinantes para que estén vigentes. Margen de libertad del legislador pare decidir sobre la legislación: los criterios son vagos y complejos y en la práctica no hay trasplante mas geométrico (medir la justicia en razón del tiempo). Y por otra parte hay que tener en cuenta que la creación de leyes penales puede obedecer a emociones políticas o de grupos económicos determinantes.

DELITO DE EXTORSIÓN (lugares donde se promueve la voluntad del legislador). a) b) c) d)

Pluridefensivo Puramente económico No es delito de elite pero toca los estratos altos Aumenta o disminuye las tensiones políticas en relación al pago de la factura que afecta a sus electores. El papel del derecho penal es convertir el merecimiento de la pena de la conducta desviada y el juez tendría que aplicar esa ley sin añadirle o quitarle nada que no se encuentre en las mismas para fundamentar la punibilidad que debe estar dentro


de la ley (nullum crime poena sine lege). Como diría Roxin: El derecho penal es la forma en la que se traduce la meta político criminal en modo de vigencia jurídica. DIFERENCIAS ENTRE EL CONCEPTO JURÍDICO PENAL Y POLÍTICA CRIMINAL.  Al jurídico penal le informan los principios de uniformidad, precisión y plenitud a lo político criminal determinar el delito con criterios de justicia y utilidad.  Al jurídico penal le corresponde aplicar la ley comprobando si puede imputarse a alguien un suceso creado como negativo y a lo político criminal la forma en que va a cumplirse el reproche. El DEPLA es el encargado de velar por la sustitución de medidas de seguridad y a los concejos criminológicos la ejecución de pena de los privados de libertad (PPL).

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR CRIMINOLOGÍA. MSC GILMA VIOLETA CENTE. PERFIL DEL DELINCUENTE. Clasificación según Enrico Ferri: Ferri es conocido por su equilibrada teoría de la criminalidad, por su programa ambicioso Político-Criminal y por su topología criminal. Para Ferri, el delito no es producto exclusivo de ninguna patología individual, sino que es un fenómeno social, y que además es el resultado de la acción de factores diversos: individuales, físicos y sociales. Factores que influyen en el delito, según Ferri: 1. Factores antropológicos o individuales:


  

Constitución orgánica del individuo Constitución Psíquica. Caracteres personales de este como: raza, edad, sexo, estado civil, etc.

2. Factores físicos o Telúricos:   

Clima Estaciones Temperatura.

3. Sociales:  población

Factores Densidad de 

pública.      

Opinión Familia. Moral. Religión Educación Alcoholismo Etc.

Clasificación según Rafael Garofalo: Para Garofalo el hombre delincuente responde a un modelo de deficiencia psíquica o moral, de carácter hereditario, con una falta de sentimientos altruistas, e incapacidad para vivir en sociedad. Además, defiende el bien de la sociedad por encima de todo, aunque para ello hubiese que eliminar a los individuos causantes del mal común, incluso su "raza", entendiendo como raza un concepto que se acerca más a lo que hoy conocemos como cultura, con el fin de evitar la perpetuidad de la misma. Garofalo crea una teoría para sancionar al autor de un delito: a) Teoría de la Terribilidad: La temibilidad es la perversidad constante y activa que hay que temer de parte del delincuente. Esta teoría es criticada por


Arturo Rocco, quien dice que la temibilidad no es característica del autor sino más bien es repercusión social de esa característica. b) Tesis de la Peligrosidad: Más tarde, se abandona esta teoría y se la reemplaza por la Tesis de la Peligrosidad como base de la responsabilidad criminal. Por ejemplo, si alguien da un abortivo a una mujer no embarazada, no se debe sancionar el daño objetivo, en realidad no lo hay, sino la peligrosidad subjetiva que emana de la personalidad del autor. Este autor dice que para que exista un delincuente nato establece cuatro tipos: 1. El Asesino: Criminal nato que no tiene sentimientos de altruismo y de probidad, por lo que puede cometer delito cuando se le presente la oportunidad. 2. El Delincuente Violento: Le falta de sentimiento de piedad, por lo que comete delitos violentos. 3. El Ladrón: El que atenta contra la probidad. Este sentimiento no tiene raíces profundas en estos individuos. Le falta el sentimiento altruista y está influenciado por el medio ambiente. 4. El delincuente Lascivo: No encaja en las anteriores, podría ser delincuente sensual.

Además, Garofalo define que La pena tiene por objeto defender a la sociedad de los inadaptados y los socialmente peligrosos, en casos graves, a los primeros se les deben aplicar la pena capital y a los segundos abandonarlos en una isla. Además, impone tres clases de penas:   

Pena de muerte para los asesinos Cadena perpetua para los delincuentes violentos Trabajo en colonias agrícolas de ultramar para los ladrones

Otras Clasificaciones del delincuente en la escuela positivista:


1. Clasificación según Rafael Salillas: Representante más genuino del positivismo español, de orientación Sociológica. Para Salillas el delincuente no es un subtipo humano, atávico y degenerado; sino una criatura del medio en que vive, producto de éste; la raíz inmediata del delito, afirma el autor se halla en la constitución psíquica y orgánica del delincuente; pero su raíz mediata o causa fundamental está en el medio físico y social que conforman la propia psiquis de aquel. 2. Clasificación según Grispigni: Considera la existencia de los tres factores, enunciados por Ferri, dividiendo al factor antropopsicológico en factores biológicos y factores físicos (interiores los primeros y exteriores los segundos) VICTIMOLOGIA

La Victimología La Victimología como disciplina (Mendelssohn) nace ligada a la criminología, tras la 2º guerra mundial, con el objeto de ocuparse del estudio científico de las víctimas, esto en respuesta a que tanto el derecho, como la criminología e incluso la psicología forense, se habían centrado solamente en el agresor o delincuente, prestando escasa atención a la parte agraviada. CLASIFICACIÓN Y TIPOS DE LAS VÍCTIMAS (DE LANDROVE) 1. Víctimas no Participantes (o Fungibles): también denominadas enteramente inocentes o ideales. Su intervención no desencadena el acto criminal; la relación entre el infractor y la víctima es irrelevante. A su vez, dentro de esta categoría se distinguen entre víctimas accidentales e indiscriminadas. Las primeras son sustituidas por el azar en el camino de los delincuentes, como es el caso, por ejemplo, del cliente que se encuentra en un banco en el momento de consumarse un asalto a mano armada, o de quien sufre un atropello derivado de la conducción imprudente de una persona ebria. Las segundas integran un sector incluso más amplio que el anterior, al no sustentar en ningún momento vínculo alguno con el culpable.


Los ejemplos tradicionales los constituyen los atentados terroristas, en los que con frecuencia no existen motivos personales en contra los agraviados (daño colateral). 2. Víctimas Participantes (o Infungibles)-. desempeñan cierto papel en el origen del delito, interviniendo voluntariamente o no, en la dinámica criminal. Así sucede en algunos casos de imprevisión de la víctima (cuando no cierra las vías de acceso al hogar, deja a la vista un objeto valioso en el vehículo, camina a altas horas de la noche por un barrio peligroso, etc.) Otras veces su intervención es más decisiva, provocando el suceso, que surge como represalia o venganza contra su actuación. Asimismo, se habla de las victimas alternativas, en alusión a aquellas que se sitúan voluntariamente en posición de serlo, dependiendo del azar su condición de víctima o de victimario (como sucede en algún duelo o pelea). Finalmente, la mayor contribución se produce en el supuesto de las víctimas voluntarias, que instigan el delito o lo pactan libremente (eutanasia, homicidio, suicidio...). 3. Victimas Familiares: pertenecen al núcleo familiar del infractor, y se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad por su relación convivencial o doméstica con aquél (lo que a su vez explica la amplia “cifra negra” de los delitos producidos en este entorno). Los malos tratos y las agresiones sexuales en el hogar tienen principalmente como objeto pasivo a los miembros más débiles: las mujeres y los niños. 4. Victimas Colectivas: en delitos que lesionan o ponen en peligro determinados bienes cuya titularidad no corresponde a una persona natural, sino a una persona jurídica, a la comunidad o al estado: delitos financieros, fraudes al consumidor, delitos informáticos, y otras defraudaciones de lo que suele denominarse delincuencia de cuello blanco. En todas estas infracciones destaca la despersonalización, colectivización y anonimato respecto a las relaciones entre delincuente y ofendido. 5. Victimas Especialmente Vulnerables: aquellos sujetos que por diversos— motivos ofrecen una predisposición victimógena especifica. Entre esas circunstancias se encuentra la edad, ya que a los niños y ancianos les suele resultar más difícil ofrecer una resistencia eficaz. También el estado físico o psíquico del sujeto, debido a la mayor debilidad provocada por ciertas enfermedades y minusvalías; la raza, que motiva victimización de algunas minorías; y el sexo, siendo generalmente mujer la víctima de ciertos delitos


producidos en el entorno familiar, laboral, etc. La homosexualidad se encuentra en la base de algunas infracciones (chantajes, agresiones físicas.:.). Asimismo, existen factores sociales que proporcionan esa mayor victimización: la desahogada posición económica, el estilo de vida, la ubicación de la vivienda, el trato con grupos marginales, etc., amén del riesgo inherente al ejercicio de algunas profesiones (policías, vigilantes, taxistas, empleados de entidades bancarias, farmacéuticos...), y particularmente el ejercicio de la prostitución. 6. Víctimas simbólicas: algunas personas sufren actos dirigidos a menoscabar un determinado sistema de valores, partido político, ideología, secta o familia, a los que pertenece el agraviado, siendo un elemento representativo de los mismos; los asesinatos de Martin Luther King o Aldo Moro suelen ser citados como ejemplos. 7. Falsas víctimas: denuncian en delito que en realidad no ha existido, ofreciendo una doble modalidad: simuladoras, que actúan conscientemente poniendo en marcha el proceso con el fin de provocar un error judicial; e, imaginarias,- que creen erróneamente (por causas psicológicas, o por inmadurez psíquica) haber sufrido un acto criminal. CLASIFICACIÓN DE LOS DELINCUENTES POSITIVISTA SEGÚN ENRICO FERRI

SEGÚN

LA

ESCUELA

El delincuente es un prisionero de su propia patología (determinismo biológico) o de procesos causales de determinismo social: un ser esclavo de su herencia encerrado en sí, incomunicado de los demás que mira al pasado y sabe fatalmente escrito su futuro, si quiere cual animal salvaje y peligroso. Surgen tres grandes exponentes por un lado Cesare Lombroso, por el otro Enrico Ferri y Rafael Garofalo. 1. Para Lombroso (padre de la antropología criminal) no hay delito, lo que existen son delincuentes y aporta la teoría del delincuente nato y su experimento en más de 500 cadáveres y 6000 vivos. Factores que encontró. a) Pómulos salientes b) Ojos achinados c) Frente prominente d) Protuberancia en el cráneo


Sobre la base de estos datos Lombroso hace la clasificación en 7 grupos: a) Atávico: tenía características morfológicas y psíquicas asociados con inferioridad psíquica, menor capacidad craneana, gran capacidad orbitaria, escaso desarrollo de las partes posteriores y frontales, pero era bien desarrollado facial y maxilarmente. Insensible moralmente, sin remordimientos, gran improvisador e impulsivo. b) Delincuente loco moral: son sujetos de peso igual o mayor a lo normal, cráneo mayor a lo normal, sublimación moral, antipático, odian sin motivos, son hábiles para simular la locura, morbosos, elegantes, excitables, crueles e indisciplinados. Excesivamente egoístas aunque altruistas porque era una forma de mostrarse. c) Delincuente epiléptico: suele utilizar armas blancas, tendencia al suicidio, cambios de humor, doble personalidad al escribir, comete el delito más violento. d) Delincuente loco: verdaderamente inimputable, alcohólico, histérico. e) Delincuente episódico: ausencia de acción, es el sujeto que ha cometido un delito y después enloquece en la prisión. f) Delincuente ocasional:  Seudocriminales: son los que cometen delitos involuntarios. Autores de delitos en los que no existe perversidad y tampoco causan daño social pero son reprochados por la ley. Culpables de hurto, incendio, heridas, duelos, etc. Situaciones extraordinarias en defensa de la familia, el honor, etc. Delitos de falsedad, falsifican firmas, documentos, etc.  Criminaloides: un incidente los lleva al delito, no hubieran delinquido si no hubiere tenido la oportunidad. Tienen como rasgo la imitación aprovechan las ocasiones (la cárcel es la mejor opción). g) Delincuente pasional: rareza, edad entre 20 y 30 años, sexo 36% mujeres, el cráneo no tenía datos patológicos, una belleza en el cuerpo que obedecía a la del alma, anestesia en el delito y conmoción después de ello, confiesa el delito. h) Delincuencia femenina: las mujeres destinadas a tener mayor fuerza, las prostitutas ejercían por su singular belleza. No encontró datos que perfilaran a la mujer delincuente. Dedujo que las mujeres son más sumisas y la infrecuente criminal es porque es genéticamente masculina.


2. Para Enrico Ferri: sus causan son sociales, factores antropológicos o individuales, constitución psíquica, estado civil, edad, sexo. Factores físicos, o telúricos como el clima, la temperatura, factores sociales, densidad poblacional, familia, moral, opinión pública, religión, educación, alcoholismo, hizo una morfología generalizada. 3. Para Rafael Garofalo: dijo que no solo hay delincuente nato ni solo social, el delincuente arrastra un poco de ambos esto se llamaba determinismo ecléctico. El hombre delincuente carecía de altruismo e incapacidad social, responde a un modelo de deficiencia moral, aunque defendía el bien de la sociedad por encima de todo. Introduce un concepto de raza, para él la raza conforma sus pares: a) Teoría de la terribilidad: perversión constante y activa que nace ser terrible. b) Teoría de la peligrosidad: para que existan delincuentes debe haber un asesino que no tiene aplomo, pero comete delitos, el ladrón no tiene probidad, la falta de sentimiento altruista lo influencia. El lascivo era experto en el arte de la sensualidad, el que provoca pero no hace nada. Garofalo decía que la pena es el mecanismo para defender a la sociedad de los inadaptados y de los socialmente peligrosos, en los primeros había que darles pena capital y para los segundos abandonarlos en una isla. Para él había tres clases de pena: muerte para los asesinos, pena perpetua para los violentos y trabajos agrícolas para los ladrones. PERFILES VICTÍMALES ¿QUÉ SERIA LA VICTIMOLOGIA? No es más que la ciencia o disciplina que nace aparejada a la criminología para explicar la esencia y presencia de algunos indicadores que pueden perfilar a la denominada víctima, que es quien directa o indirectamente sufre la afectación de un acto criminal. 1. La víctima no participante denominadas inocentes: su intervención en ningún momento va a desencadenar el acto criminal, la relación entre víctima y delincuente es irrelevante. A su vez dentro de esta categoría se distinguen entre victimas accidentales e indiscriminadas, las primeras son sustituidas por


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el azar y las segundas integran un sector incluso más amplio que el anterior al no sustentar en ningún momento vínculo alguno con el culpable. 2. Victima participante: si tienen un papel en el plan delictivo y pueden ser hasta precursoras de los delitos independiente o no de que su voluntad este encaminada a intervenir o no en su plan. Victimas alternativas que se sitúan voluntariamente en el lugar del ataque o de victima voluntaria como ocurre cuando instigan un delito o lo pactan libremente. Victimas familiares: pertenecen al grupo familiar del infractor. Tienden a confundirse con la víctima inocente y viceversa. Victimas colectivas: delitos financieros, sanitarios, ambientales, alimentarios, etc. Ejemplo: discriminación a la población étnica indígena. Victimas especialmente vulnerables: niños, ancianos, migrantes, indocumentados, etc. Victimas simbólicas: Policías, miembros de la Fuerza Armada, custodios de los centros penales, ya que se menoscaban determinados sistemas de valores. Falsas víctimas: simulan la comisión de un delito. Ejemplo: denunciante calumnioso, falso testimonio, etc.

INTERESES DE LAS VICTIMAS: El primero de los derechos es: 1. A intervenir y tener conocimiento de todas las actuaciones ante la policía, fiscalía y cualquier tribunal, conocer los resultados de los mismos. La intervención no supone la mera presencia sino que sugiere la participación activa y efectiva en la tutela de sus propios derechos, no obstante tener la participación mayoritaria que hace de ella misma (la participación legal o mediante querella y la de forma personal), esa intervención desencadena el ejercicio de otros derechos como por ejemplo: una víctima que no comprende el idioma castellano necesitara de un intérprete o traductor (figura de derecho no de hecho), una víctima que no puede expresarse por


una conmoción psíquica o una capacidad especial requerirá de igual forma del intermediario que facilite la intervención. Las acciones tardías no son más que evidencia del mal manejo estatal. Artículos 37 y 46 de la Ley Penitenciaria. Beneficios penitenciarios: a) Libertad condicional anticipada o media pena. b) Libertad condicional ordinaria o dos tercios de la pena. (Artículos 3 de la Constitución de El Salvador y 122 del Código Procesal Penal) 2. Cuando el actor no concurra a un anticipo de prueba o cuando en el juicio no concurra, trae las causales de desistimiento pero no de la acción penal sino de la acción civil. 3. La victima tiene el derecho de ofrecer prueba de forma personal. Si la víctima es menor de edad hay tres aspectos a incluir: a) Atender a su edad. b) Conocer su vulnerabilidad. c) A recibir apoyo y asistencia especializada. d) Protección a su identidad. e) Testimoniar en ambientes no formales (cámara Gesell) f) Hacer escuchar por los jueces antes de tomar una decisión. EL CEREBRO EN DESARROLLO A medida que el cerebro del niño se desarrolla, las diferentes partes se van especializando gradualmente cada vez más, según van evolucionando los circuitos neurales específicos para las distintas funciones. El carácter único de cada niño es resultado de las complejas acciones entre los genes que controlan el crecimiento del cerebro y las experiencias formativas provenientes del entorno del niño, que tienen que ver tanto con la sensibilidad como con la resiliencia. Cuando nace un niño, su cerebro ya contiene los 100 mil millones de células cerebrales especializadas, las “neuronas” o “materia gris”, que componen el cerebro adulto. Las mayores concentraciones de ellas se encuentran en el cerebelo y la “corteza”, que forma las capas superficiales del cerebro. Lo principal de la organización del cerebro ya está en marcha, con las respectivas subdivisiones funcionales en


romboencéfalo (cerebro posterior), mesencéfalo (cerebro medio) y prosencéfalo (cerebro anterior), reconocibles inclusive a partir de los 40 días de embarazo. El movimiento es controlado en buena medida por tres estructuras interconectadas: la corteza motora, los ganglios basales, que a su vez constituyen un grupo de estructuras interrelacionadas por debajo de la corteza, y el cerebelo. Todas estas estructuras desempeñan un papel diferenciado en cuanto al movimiento, por ejemplo el cerebelo es fundamental para el aprendizaje motor. Se piensa que las emociones están localizadas en un grupo de estructuras cerebrales denominadas colectivamente “sistema límbico”, que comprenden el hipotálamo, el hipocampo y la amígdala. A menudo se investiga la cognición social en las poblaciones clínicas cuyos comportamientos sociales suelen diferir de aquéllos de los individuos sanos. Se ha constatado que la amígdala y la corteza temporal son importantes para esta función, de la misma manera que sus conexiones con otras regiones. El procesamiento del lenguaje está localizado de manera predominante, pero no exclusiva, en el hemisferio izquierdo (en las personas diestras) y constituye uno de los ejemplos de “lateralización” evolutiva, que es la especialización de una función en uno de los hemisferios del cerebro. En particular, las áreas de Broca y de Wernicke se ocupan respectivamente de la producción y la comprensión lingüísticas. Las áreas involucradas en la audición también se activan cuando se procesa el lenguaje y, si se trata de la lectura, participan asimismo las áreas vinculadas a la visión. La localización de la memoria depende del tipo de memoria tomado en consideración. Por ejemplo, la denominada “memoria de trabajo” está estrechamente relacionada con la corteza prefrontal. En cambio, la memoria a largo plazo está vinculada con el hipocampo. La planificación es un aspecto importante del funcionamiento cognitivo superior. Está relacionada con la activación de los lóbulos frontales y, en particular, de la corteza prefrontal. La atención se puede fraccionar en toda una serie de tipos distintos, como por ejemplo la selectiva, la sostenida o la dividida, cada una de las cuales ocupa áreas del cerebro ligeramente diferentes. El cerebro está compuesto por alrededor de 100 mil millones de células especializadas denominadas neuronas. Cada neurona consta de cuatro partes esenciales que le permiten ejecutar su función.  

Dendritas: prolongaciones ramificadas de la neurona, que sirven para recibir la llegada de señales provenientes de otras neuronas. Cuerpo celular: parte fundamental de la neurona, que sirve para integrar todas las informaciones que llegan, sumando las distintas señales.


Axón: fibra larga, a lo largo de la cual se transmiten los impulsos eléctricos (“potenciales de acción”).  Terminales axónicos: puntos que se encuentran en el extremo del axón, mediante los cuales la señal pasa a otro axón. En la mayoría de ellos la señal se transforma (las señales eléctricas se convierten en químicas) para poder ser transmitida a la neurona siguiente. Si observamos el interior de la corteza con un microscopio potente, vemos que consta de seis capas distintas, cada una de las cuales tiene su propia mezcla de tipos de neuronas y de conectividad. Esta estructura estratificada es como una torta con capas de bizcocho esponjoso, crema y mermelada, que difieren en cuanto a la densidad relativa de las distintas partes. Durante el desarrollo prenatal, los estratos de la torta se van construyendo “de adentro hacia afuera”, a medida que las neuronas recién nacidas se desplazan más allá de sus hermanas mayores, ocupando su lugar en las capas superiores, cumpliendo un proceso que se llama “migración activa”. Algunas toxinas prenatales pueden perturbar este proceso de migración neuronal. En el cerebro se encuentran varios otros neurotransmisores que tienden a provenir de grupos diferenciados de neuronas. Por ejemplo, cuatro de ellos están relacionados con estructuras y funciones particulares. 

La acetilcolina se encuentra en neuronas situadas en el tronco encefálico, que es la parte inferior del cerebro, y en el prosencéfalo, y participa en los procesos de atención y excitación. Este neurotransmisor se halla asimismo en todas las conexiones entre neuronas y músculos y es, por consiguiente, fundamental para ejecutar movimientos. La dopamina se encuentra en dos áreas del mesencéfalo que constituyen el origen de dos caminos: el nigrostriatal y el mesolímbico. El primero es esencial para el control de los movimientos y el segundo, a menudo llamado “sendero del deseo”, es de vital importancia para la motivación. La noradrenalina es liberada por neuronas que se originan en las profundidades del tronco encefálico y desempeña un papel decisivo en las denominadas “reacciones de lucha o huida”. También es capaz de modular los procesos de aprendizaje dentro del cerebro y está involucrada en los estados depresivos y maníacos.


La serotonina es liberada por neuronas de otra región situada dentro del tronco encefálico. Está relacionada con el ciclo del sueño y la vigilia, la regulación de la temperatura y lamodulación del dolor y el humor.

Se trata de un ámbito de investigación en desarrollo, y cada vez resulta más evidente que existen muchas diferentes interacciones de gen a gen involucradas en el origen de las diferencias temperamentales entre los niños. Con estas diferencias también interactúan de manera compleja otros factores presentes en el entorno de los niños. Por ejemplo, parece que algunos perfiles genéticos pueden ser protectores para un niño en un determinado ambiente, mientras que en un ambiente distinto, al contrario, pueden hacer que el niño sea más vulnerable (Belsky y Pluess, 2009). Estos factores y procesos, que interactúan de modo complejo, implican que cada niño es auténticamente único: una corroboración más del dicho según el cual “cada uno es cada uno y cada cual es cada cual” cuando se trata Justo antes de nacer y durante el primer año de vida se constituyen los sistemas y caminos cerebrales, a medida que van sobreviviendo las neuronas frecuentemente activas y van muriendo las neuronas activadas con menor frecuencia. Mientras se van formando las vainas de mielina en torno a las fibras nerviosas al final de la gestación y durante la primera infancia, va aumentando la eficacia de la transmisión de señales. Al desarrollarse los sistemas y caminos cerebrales, las diferentes funciones gradualmente adquieren una relativa localización en áreas específicas del cerebro y algunas de ellas se lateralizan en uno u otro de los dos hemisferios cerebrales. La alimentación de la madre sigue siendo importante, ya que un suministro adecuado de nutrientes es necesario para construir los componentes del sistema nervioso, y existe riesgo de daño provocado por las toxinas (McEwen, 1987). El bienestar psicológico de la madre también afecta el desarrollo cerebral; el estrés durante el embarazo tiene efectos en el feto que resultan evidentes sólo después del nacimiento y en algunos casos pueden ser duraderos (Mulder y otros, 2002). Durante las etapas finales embarazo, el número de neuronas comienza a disminuir ya que la muerte celular elimina a aquellas que no están activamente involucradas en el desarrollo de las vías y los sistemas cerebrales. Las dificultades relacionadas con la atención también explican por qué algunos niños luchan por aprender, y pueden constituir un importante foco de atracción para las intervenciones. Por ejemplo, los estudios recientes han mostrado de qué manera


los niños con trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH o ADHD: attention deficit hyperactivity disorder), que corren el peligro de obtener peores resultados tanto dentro como fuera del aula, tienen dificultades con la modulación de las redes neurales que participan activamente en el control de la acción; estos niños también tienen problemas para reprimir otras redes activas mientras piensan (Fair y otros, 2010). Los incentivos motivacionales, como la recompensa por una atención continua, pueden ser eficaces para mejorar el equilibrio entre tales redes excitadoras e inhibidoras y pueden interactuar sinérgicamente con psicoestimulantes para lograr que los niños con TDAH puedan desempeñarse al mismo nivel que los niños que no tienen problemas de atención (Liddle y otros, 2011). Algunos de los estímulos que el sistema visual necesita se producen cuando los bebés están todavía dentro del vientre materno. Las células del camino visual generan su propia activación espontánea como preparación para los estímulos que llegarán desde el mundo exterior después del nacimiento. Si los bebés nacen prematuramente, este proceso puede sufrir trastornos, lo que afecta el desarrollo visual. Un elevado porcentaje de los bebés de todo el mundo se encuentra expuesto desde el nacimiento a más de un idioma en su ambiente familiar. El bilingüismo temprano tiene efectos a largo plazo en las estructuras cerebrales subyacentes dedicadas al lenguaje y tal vez igualmente en otras habilidades cognitivas. Muchos padres se preocupan, pensando que la exposición al bilingüismo puede “confundir” a sus hijos. POLÍTICA DE PERSECUCIÓN PENAL EN MATERIA PENAL JUVENIL NORMAS RECTORAS Y PRINCIPIOS PROCESALES DE LA ACTUACIÓN FISCAL Nos habla acerca de la protección integral, el interés superior, el respeto a los derechos humanos, la formación integral y la reinserción en la familia y la sociedad para reintegrar al adolescente al seno de su familia. También nos enseña acerca de los principios aplicables dentro del proceso penal juvenil entre ellos:


a) El principio de separación de funciones en el cual se da la investigación, el ejercicio de la acción penal y la función jurisdiccional b) El principio de disposición de la acción penal en el cual se da la conciliación y el criterio de oportunidad. c) La base de datos. d) El principio de oralidad. e) El principio de presunción de inocencia f) El principio de inmediación. También nos habla del abordaje de la criminalidad según su especialidad puesto que deberá actuarse a través de un cuerpo especializado de investigadores, que preparen un informe según lo que se obtuvo de la investigación y la remisión de las diligencias de forma que haya una coordinación intra e interinstitucional a fin que haya una coordinación entre unidades fiscales que se coordinen en materia de persecución penal y coordinación para políticas de prevención y tratamiento la cual se dará mediante reuniones en las que se coordine con los jueces y los responsables de hacer dichas reuniones e informes. Lo cual hará que la política en relación con la víctima y el ofendido tengan la atención necesaria frente a los daños y perjuicios percibidos o derivados de la problemática, así como de la víctima testigo. Lo cual generara que la política de respeto de los derechos fundamentales por parte de la fiscalía conozca los antecedentes del adolescente para generar políticas en relación al proceso y puedan aplicarse de manera supletoria diversas leyes en plazos y formas conclusivas de la investigación para que esta pueda ser notificada y puedan realizarse las estipulaciones probatorias, a fin de presentar el caso por parte del fiscal y la defensa así como el orden de la prueba y la responsabilidad por el acto al interrogar al adolescente a fin que haya imparcialidad por parte del juez. Puede darse en ocasiones un procedimiento abreviado. Así mismo que se haga una política en relación con la gestión de las unidades de penal juvenil y alianzas estratégicas como convenios, escuelas de capacitación fiscal y cursos interinstitucionales a los que se incorporen políticas generales de persecución pena. LAS REGLAS DE LA PRUEBA DILIGENCIAS ESPECIALES DE INVESTIGACIÓN Y HASTA DONDE PUEDEN ALCANZAR


Algunos las han definido como los diferentes canales por los que se adquiere el conocimiento de un hecho criminal que las cosas incipientes de la investigación este tiene dos componentes: 1. El aviso o el informe, este puede ser de manera oral o escrita, no requiere conocer las generales del avisante, no necesita conocer las circunstancias del hecho, constituye la base para investigar el hecho. 2. Denuncia: que el directamente ofendido informa de un hecho presuntamente delictivo que da inicio a un acto procesal y este requiere que contenga la mayor cantidad de datos que den nacimiento a un hilo conductor (es como el informe pero más refinado), no necesariamente implica el inicio en el ejercicio del acto penal pero es un acto procesal a diferencia del informe tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del mismo salvo los privilegios regulados por la ley. Ejemplo: el sacerdote que en secreto de confesión conoce de un homicidio. Este privilegio puede darse por lazos sanguíneos o por el ejercicio de una profesión o acción. Articulo 261 Código procesal penal: deber de denunciar exige que la persona haya estado en conocimiento directo del acto delictivo tanto espacial como temporal. La denuncia no es obligatoria para el testigo indirecto sino facultativa pero si para el directo. 3. Querella: la denuncia a diferencia de la querella la hace la persona perjudicada en un delito que no es investigable de oficio o por iniciativa propia, acá no informa sino que acciona el proceso porque la víctima se convierte en parte procesal. ¿Cuál es el requisito indispensable en la querella?: que se haga con mandatorio especial. Si el escrito no lleva esta cláusula entonces no hay querellante sino que se convierte en agente oficioso según el código civil y el resuelve con su propia bolsa lo que resulte, cuando la fiscalía no lo ha nombrado, así es que no se puede querellar donde interviene la fiscalía. La querella debe iniciarse por medio de abogado y cumplir los requisitos de la ley.


El aviso, la denuncia y la querella van a poner a trabajar el sistema penal en dirección funcional de la investigación del delito. Artículo 193 de la constitución en delitos que no son de acción privada. Los delitos de acción privada se activan con la querella en los tribunales de sentencia que son quienes tienen toda la competencia. Si no se sigue con la querella se tiene por abandonada y por lo tanto desistida y no puede volver a intentarse. Es la orientación técnica jurídica que el fiscal confiere al agente investigador para establecer la comisión de un hecho punible e ir determinando la responsabilidad de quien lo cometió. Articulo 193 numeral 3 de la constitución y artículo 159 inciso último de la constitución. La dirección funcional debe reunir tres presupuestos: a) La preparación del caso para iniciar acción penal o prescindir de la misma. b) La sugestión de la policía de investigación a las técnicas jurídicas de dirección funcional emitida por el fiscal. c) La sumisión no implica trastocar el orden transicional, organizacional, es decir que el fiscal es el jefe del policía, sino que es el coordinador y deben trabajar juntos en la investigación. ¿Cómo se ejerce la dirección funcional? De acuerdo a la información obtenida el fiscal tendrá las siguientes posibilidades: a) Aprobar los objetivos y actividades que se propone activar, la policía por iniciativa propia. Articulo 271 código procesal penal. El policía solo le puede pedir datos de identificación no puede preguntarle nada sobre los hechos sin un abogado presente. Art. 274 código procesal penal declaración del imputado y articulo 12 de la constitución presunción de inocencia. b) Van a elaborar de forma conjunta los objetivos y fines de la investigación. c) Asegurar la información probatoria en que van a sustentar el caso.


LABORATORIO 3 LOS INDICIOS LARVARIOS. El indicio no dice nada y la evidencia nos dice que algo puede ser y la prueba establece algo que ya se suponía. Es prueba cuando es capaz de individualizar e identificar a quien pertenece. REGLAS DE VALORACIÓN PROBATORIA:

1. Reglas de la lógica: principio de identidad (ante dos supuestos iguales A es A, si tiene dos supuestos antagónicos usara la reglas de la lógica para racionalizar a quien va a escoger), contradicción y tercero excluido. 2. Reglas de la experiencia y el sentido común: nos lleva a una verdad en tanto sea inmediable, ratificable, contradecible, confiable, verificable, etc. Art. 249 C.Pr.Pn, una prueba no puede ser confiable si no ha sido autenticada. Art. 243 C.Pr.Pn, impugnación de la prueba durante el interrogatorio del testigo. Art. 15 C.Pr.Pn, interpretación. Art. 165 C.Pr.Pn, legabilidad de la prueba. La dirección funcional en la propia escena del delito se va a caracterizar por lo siguiente: el fiscal direccionara la investigación teniendo aquellas diligencias posteriores complementarias y subsecuentes al hallazgo de evidencias, testigos o victimas en el lugar, bajo criterios razonables y el investigador deberá colocar en el acta lo consignado por el fiscal, los fiscales deberán respetar la cadena de mando y las dispositivas sin embargo se establece que hay conflicto entre el criterio administrativo y el judicial prevalecerá el segundo. El plan de investigación tiene tres componentes: 1. Componente jurídico: que no es más que el ajuste de los hechos a las disposiciones legales pertinentes.


2. Componente factico: no es más que la confrontación de los hechos con las diligencias que se practican. 3. Componente probatorio: se determinan los medios de prueba para probar cada elemento factico y se determina quien será la persona para tomarlo. Hasta realizadas y finalizadas las diligencias el fiscal las analiza y realiza la imputación. Todo debe registrarse en un cuadro de datos de información. TÉCNICAS UTILIZADAS EN LAS DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN

1. Entrevista 2. Actos urgentes de comprobación:  Autopsia.  Inspección en el lugar de los hechos.  Estudios antropológicos.  Intervenciones corporales. 3. Registro de muebles y compartimientos cerrados. 4. Reconstrucción de los hechos:  Fotógrafos  planimetrístas 5. Entrevistas: Por medio de preguntas y respuestas debe considerarse la preparación, apertura, audición, entrevista, reflexión y conclusión. 6. Inspección del lugar donde se ha desarrollado el delito en cualquiera de sus fases. 7. Reconocimiento de carácter: es obtener información proveniente de la víctima para establecer causa de muerte, tiempo de muerte y hallazgos o evidencias de la misma, cronotanotodiagnostico. 8. Exhumaciones: esto orienta en cuanto a hallazgos de cadáveres o restos humanos. 9. Autopsias: establece mediante reconocimiento del cadáver causa, reconocimiento y medidas de la muerte. 10. Antropológico: permite establecer la edad, sexo, causa de la muerte por medio de un estudio osteológico. 11. Reconstrucción de los hechos: es la reproducción artificial e imitación de los hechos en la cual se afirma haberse conocido.


12. Requisa personal o registro de personas, sinónimo de cacheo, tiene por objeto verificar si la persona lleva armas, objetos u otros que interesen a la investigación. 13. Inspecciones corporales: es una actividad de observación del cuerpo de la persona sin ir más allá. 14. Intervenciones corporales: actividad invasiva en el cuerpo de una persona, requiere de autorización judicial. Art. 201 C.Pr.Pn La requisa se hace sin autorización, la inspección corporal necesita autorización personal y la intervención corporal necesita autorización judicial. Art. 346 nº 7 C.Pr.Pn, art. 201 C.Pr.Pn, se violenta el art. 2 Cn. Si se hace sin autorización judicial. Art. 15 C.Pr.Pn Scanner= intervención corporal, el policía no le puede decir que se saque la droga, aunque se vea en el escáner, si no es por orden judicial. La garantía potencia el objeto del derecho.

Paso 1: PNC- FGR: Obtiene informacion

Paso 4: FGR-PNC: todo el procedimiento se documenta en acta.

Paso 2: PNC-FGR: documenta la expresa voluntad o negativa del sospechoso para que la diligencia se realice.

Paso 3: FGR-PNC.-DPTC: La diligencia se realiza con o sin la voluntad de la persona respetando su dignidad y salud evitando las areas pudicas de la persona.


Atribuciones de la policía      

art. 271 y 273 C.Pr.Pn Delitos de acción publica Detener autores o participes Si el delito es de acción privada solo podrá intervenir por orden del juez. Art. 439 inc. 2º C.Pr.Pn: auxilio judicial. Art. 86 parte final Cn. DOCUMENTOSCOPIA Es el análisis técnico y pericial que se hace con los efectos de acreditación probatoria a toda aquella evidencia denominada “documento”. Tipos de evidencia domentoscopica: 1. Papel moneda: requiere de peritaje para acreditar su autenticidad. Art. 249 C.Pr.Pn 2. Escritura manuscrita y/o firmas requieren de peritaje para acreditar autoría. 3. Escritura mecanográfica: pericia para autenticar procedencia. 4. Impresión de sellos: requiere

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de pericia para acreditar procedencia. Escritura tachada: requiere de pericia para revelar escritura. Escritura indentada: son marcas de escritura generadas por la escritura, requiere de pericia para revelar la escritura. Documento sospechoso de estar alterado: requiere de pericia para determinar qué tipo de alteración es. Sistema de impresión: requiere de pericia para acreditar el sistema de impresión utilizado. Documento quemado: requiere de pericia para restaurar el documento y recuperar la información.

Actualmente la expresión documento estaría referida a todo medio o instrumento que aloje cualquier tipo de información. Art. 243 y 248 C.Pr.Pn. los documentos respaldados por una fe pública gozan de autenticidad por presunción de iure salvo prueba en contrario.


La fe pública puede ser: judicial, administrativa, eclesiástica, etc. Documento es cualquier soporte que provea información ejemplo: CD, DVD, USB, micro USB, etc. Alcances de las pericias medico forenses: 1. Reconocimiento cadáver (levantamiento autopsia).

de y

2. Análisis genético forense 3. Análisis para sexo abuso ¿Qué procedimientos van a producirse en la investigación de un delito contra la vida? R/ podría darse el detenimiento por flagrancia, respecto a la víctima se podría dar el levantamiento del cadáver, autopsia (ausencia de signos vitales: frecuencia cardiaca, pulso y respiración), pupilas dilatadas (pupila midriática: no reacciona a la luz). Color vinaceo en la piel se produce a las dos o tres horas de fallecido, en el feto en cambio se denota a las 24 horas (llamado en el bebe creatina fosfosinasa). En los músculos se buscara rigidez o lividez, se producirá la miosina y el musculo se pone rígido. Formas de preservar el cadáver: 1. 2. 3. 4.

Refrigerarlos Embalsamarlos Saponificación (conversión del cadáver en jabón) Momificación

¿Qué buscar en una persona por muerte violenta? R/ seguir los lineamientos esenciales para procesar la escena se presenta e identifica el investigador, el fiscal y el forense, luego se obtendrá la información necesaria para proteger la escena. es necesario acordonar la escena del crimen para sistematizar el proceso. En la búsqueda de evidencia el fotógrafo debe entrar primero para fotografiar la escena, luego el forense hace el reconocimiento del cadáver.

VIDEOS A. CLASES DE CRIMINOLOGÍA DIFERENCIAS CONCEPTUALES:


 CRIMINALÍSTICA: disciplina que obedece a un conjunto de técnicas y procedimientos de investigación.  DELITO: hecho típico antijurídico y culpable.  CRIMINALIDAD: es la incidencia o repetición de uno o más crímenes.  CRIMINOLOGÍA: disciplina que estudia las causas del crimen y apoya a solucionar el comportamiento 

desviado. CRIMINALIDAD: individuo que comete un crimen o participa en este.

Criminología, estudio del crimen, ciencia interdisciplinaria. Rafael Garofalo: miembro del dispositivo antropológico. Cesar Lombroso: teoría del delincuente nato. ESCUELAS CRIMINOLÓGICAS ESCUELA CLÁSICA: nace en el siglo XVII Y XVIII, su mayor exponente fue Cesar Fegarria. Postulados: I. II. III. IV. V.

La existencia del derecho natural La tutela jurídica, tutela del derecho y defensa de el El delito como fenómeno jurídico no ente de hecho Metodológico deductivo, lleno de racionalismo La libertad como fundamento de la responsabilidad penal

ESCUELA POSITIVISTA: introduce el término de la peligrosidad. I. II. III. IV. V. VI.

El derecho es un fenómeno cultural que depende de circunstancias variadas de tiempo y lugar. El delito como fenómeno humano es social. Hecho antropológico. Rechazo al libre albedrio. La peligrosidad como medida de la responsabilidad penal. Rechazo al aislamiento celular. Clasificación del delincuente según su protagonismo en el crimen.


VII. VIII. IX. X.

Trabajo en las prisiones. Indemnización a la víctima. Los subrogados penales tienen que ir adaptados a la personalidad. El derecho penal debe ser adecuado tanto a la represión como a la prevención.

ESCUELA FUNCIONALISTA: Punto de vista social y antropológico científico. I. II.

La naturaleza del delito en la sociedad. El estudio del delincuente desde una perspectiva psicológica.

CARACTEROLOGÍA CRIMINAL: Conjunto de características biológicas basadas en los sustratos anatómicos y fisiológicos. I. II.

Reacciones primitivas Reacciones de personalidad

LOMBROSO: clases de delincuente: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Criminal nato o atávico Loco moral Delincuente epiléptico Delincuente loco: alcohólico e histérico Delincuente ocasional: Seudocriminales y Criminaloides Delincuente pasional

TOXICOPATIAS:  Dependencia: uso excesivo de sustancias que produce consecuencias negativas al paciente y a su entorno. La dependencia puede ser psíquica y física. Características: tolerancia y abstinencia.  Abuso  Intoxicación  Uso TIPOS DE DROGA: 1. Naturales 2. Farmacéuticas 3. Ilícitas


DROGAS DEPENDENCIA:   

Narcóticos Depresores Estimulantes

TRATAMIENTO 1. Terapias 2. Toxicomanías Veneno: es la sustancia que ha sido suministrada con fines lascivos de forma determinada y que puede ser mala aun en pequeñas dosis. Toxico: aunque se suministrado no es con la intención de producir daño. El toxico no se introduce al cuerpo de forma premeditada entonces produce una intoxicación. CLASIFICACIONES SOCIALES: 1. 2. 3. 4. 5.

Alcoholismo Burnout (intoxicación profesional) Intoxicación ambiental Intoxicación suicida Intoxicación iatrogénica: es no intencionada y se puede ocasionar por formulación de drogas adecuadas desconociendo de las acciones secundarias. 6. Intoxicación rural 7. Intoxicación genética: las que emplean en los pacientes con el fin de cambiar su esencia genética 8. Intoxicación homicida o criminal: son intencionales, premeditadas y emplean intencionalmente un toxico. CLASES DE TÓXICOS:


       

Físicos: son los hepatotóxicos, nefrotóxicos y hematotóxicos. Químicos: son los minerales, animales, vegetales y sintéticos Solidos Gaseosos Pulverulentos Hidrocarburos halogenados y aminas tóxicos Inhibidores de la colinesterasa Productores de la metahemoglobina

REQUISITOS DEL TOXICO: 1. 2. 3. 4. 5.

Que no presente propiedades organolépticas Que sea de fácil adquisición Eficaz a dosis bajas Que produzca síntomas que se confunda con enfermedades banales De fácil aplicación en la comida o bebida

Su relación directa es con la toxicosinetica (ciencia que estudia los cambios que ocurren a través del tiempo) ETAPAS:    

Absorción Distribución Biotransformación Eliminación


ETAPAS DE LA ACCIÓN TOXICA:  Fase de exposición  Absorción: introducción cutánea, gastroenteróloga, alveolar, etc.  Distribución y acumulación: se da en la sangre y se distribuye por el cuerpo. Coeficiente de liposolubilidad (tejido graso) y la hidrosolubilidad.  Metabolismo o biotransformación: el objetivo es eliminar el toxico convirtiéndolo en menos dañino. Tiene dos fases: eliminación, oxidación, reducción o hidrólisis y la fase de consolidación.  Eliminación o excreción: vías de eliminación; sudor, orina, heces, gases, eructos, etc. En la bilis hay sustancias hidrosolubles para excretar los tóxicos que serán excretados en el intestino delgado, el riñón solo puede excretar soluciones hidrosolubles y generalmente las vías de absorción son respiratorias, parenterales y mucosas. FORMAS DE INTOXICACIÓN:      

Intoxicación subaguda: don exposiciones frecuentes o repetidas en un periodo de varios días. (90 días) Intoxicación aguda: son de corta duración su periodo máximo es de 24 horas, para que se produzcan los síntomas Intoxicación crónica: intoxicaciones repetidas durante mucho tiempo, frecuentemente en el trabajo y por alimentos Intoxicación por acumulación de dosis: suelen tener muchas dosis repetidas durante mucho tiempo Intoxicación por sumacion de efectos: el efecto de una genera uno o varios efectos que culminan en uno solo Intoxicación retardada: una sola vez, aparece a mayor o menor plazo en una sola ocasión.


B. TIPOLOGÍA DEL DELINCUENTE CRIMINALES LOMBROSO:

SEGÚN

1. Criminal nato o atávico 2. Delincuente epiléptico 3. Delincuente loco: alcohólico e histérico 4. Delincuente loco moral 5. Delincuente ocasional: seudo criminal y Criminaloides 6. Delincuente pasional: sentimiento de suicidio, no oculta el delito. Etc. Considera Lombroso que lo que existe son delincuentes.

C. MISTERIOS DE LA CRIMINOLOGÍA       

Orificio de entrada y salida Trayectoria de la bala Posible orificio de salida: En un suicidio el dispare es ascendente y no descendente. Tipo de calibre y distancia Posición del disparo según sea la persona zurda o derecha Verificar las zonas tumefactas y posibles lesiones Verificar los testimonios de los testigos.

D. PRACTICA DE CRIMINOLOGÍA Rastrillaje: se divide el plano en sectores y de manera alineada, se inicia la búsqueda.

E. DACTILOSCOPIA


Principal técnica para conocer la identidad de un sujeto. Identidades: la que se ven durante la vida. PRINCIPIOS DE LA DACTILOSCOPIA:    

Las huellas dactilares son dibujos formados por las crestas papilares de las yemas de los dedos, son perennes. Son imputables porque nunca van a sufrir modificación. Tienen variabilidad infinita. Pueden ser clasificadas y confrontadas en un sistema de datos.

ASPECTOS DE LAS HUELLAS: 1. Aspectos modelados 2. Impresiones visibles 3. Impresión latente Los objetos en que no se observan las huellas son: las maderas no pulimentadas, el metal tallado y la piel. Dactilograma: dibujo formado por la impresión de la yema de los dedos. TIPOS DE DACTILOGRAMAS:  

NATURALES O LATENTES: estampados de forma natural. ARTIFICIALES: estampados en papel con tinta

La impresión latente puede retomarse y fotografiarse.


CARACTERÍSTICAS DE LAS HUELLAS: 1. Arcos 2. Presillas internas: crestas y núcleo 3. Presillas externas: crestas nacen a la derecha 4. Verticilo ondas céntricas 5. Delta son los dibujos triangulados en la huella y se clasifican en negros o salientes, cortos y largos, blancos o hundidos, cerrados y hundidos. SISTEMAS CRESTALES   

Nuclear Vacilar Marginal

Línea directriz partiendo del delta termina en la zona nuclear (región central del dactilograma) DACTILOGRAMA Y TOPOGRAFÍA Dactilograma: impresión de la huella en papel con tinta litográfica, tomando las papilas, crestas, surcos interpapilares y poros. En los vivos se hace rodar el pulpejo en tinta y luego se hace rodar sobre el papel, en el cadáver si está bien se hace igual que en el vivo pero si esta deshidratado se inyecta vaselina o glicerina liquida a fin de dar volumen a la piel para tomar la huella si se deja la huella latente en otras superficies se deben usar distintos métodos para cada superficie existe un método, se hace usando reveladores. PUNTOS CARACTERÍSTICOS DE LAS HUELLAS DACTILARES SEGÚN EL SISTEMA VUERTICH: 1. 2. 3. 4. 5.

Islote Cortada Horquilla Bifurcación Entierro.


F. DOCUMENTOS CUESTIONADOS GRAFICOSCOPIA Y GRAFOLOGÍA Grafoscopia es la disciplina auxiliar de la criminología que nos ayuda a l estudio de los grafismos de un documento indubitado en contra de un documento dudoso. Partes del documento: SOPORTE Papel Plástico Madera Acetato

CONTENIDO Escritura Firma tinta Otros: hologramas, sellos, gravados, relieves, perforaciones, partes, etc.

Archivo: electrónico, etc. Otros. El soporte más común es el papel  Soporte: es el material de que está hecho.  Firma: a la individualización del documento se llega ordinariamente por medio de la firma  Texto: es el mensaje o manifestación del documento Se toman en cuenta las características morfológicas. Se basa en las formas, la grafología se usa mucho en la selección de personal, haciendo ejercicios caligráficos. Cuando se está triste se escribe de forma descendente o diagonal. La edad diferenciada de la tinta no se puede determinar pero puede manipularse para hacer parecer de determinada edad, ya sea el papel o la tinta. Se puede hacer uso de la dactiloscopia para ayudar o descubrir lo que lleva el documento o quien lo hizo. EQUIPO NECESARIO PARA LA EXPERTICIA DE DOCUMENTOS CUESTIONADOS: 1. Video comparador de espectro: impresiones, cambios, alteraciones, sobre posiciones, etc. 2. Alteración por supresión con cinta adhesiva 3. Alteración por lavado químico: acetona, alcohol o solvente 4. Alteración con goma de borrar que genera manchaduras 5. Ataques por agentes químicos: ácido sulfúrico, agua, lejía, acetona, etc.


TIPOS DE ESCRITURA  Recta  Ondulada  Sinuosa  Serpentina  Cóncava  Convexa  Mixta recta- sinuosa  Ondulada entre palabras  Intrincada CARACTERÍSTICAS DE LA ESCRITURA:       

Dirección Inclinación Espacios interliterarios Espacios intervocabulares Espacios interlineales Proporción dimensional Enlaces.

INICIOS DE LA ESCRITURAL     

Botón Acerado Redondeado Gancho o arpón Recto


G. ANATOMÍA DEL CEREBRO

El cerebro está dividido en tres partes: cerebro, cerebelo y tallo cerebral o tronco cerebral (mesencéfalo, puente de varolio y bulbo raquídeo). 1. El tallo cerebral tiene núcleos y Fares craneales, los cuales regulan la presión arterial, respiración, deglución, ciclo del sueño entre otros. 2. El di encéfalo se divide en: tálamo, hipotálamo (conecta el sistema nervioso con el sistema endócrino a través de la glándula pituitaria. 3. El cerebro tiene dos hemisferios derecho e izquierdo y está separado por la fisura longitudinal y tiene pliego llamados giros o cisuras y surcos. El lóbulo frontal y posterior a este, está el lóbulo parietal, el lóbulo temporal y el lóbulo occipital. Ambos lóbulos son diferentes por ej. la lateralización de la función cerebral está en el área de Broca y Wernicke del hemisferio izquierdo de las personas diestras.

H. EL CEREBRO Y SUS PARTES  Lóbulo frontal: planifica, controla, coordinar, razonar o ejecutar conductas y emitir juicios. Transforma lo que pensamos en palabras.  Lóbulo parietal: percepciones como el dolor, entender el lenguaje escrito y hablado


 Lóbulo temporal: memoria y emoción, recuerdos y palabras, memoria visual, reconoce sonidos.  Lóbulo occipital: interpreta lo que vemos, movimiento, forma y color  Corteza cerebral: mover las partes del cuerpo. HEMISFERIO IZQUIERDO Pensamiento analítico Lógica lenguaje Ciencia y matemáticas

HEMISFERIO DERECHO Pensamiento holístico Intuición Creatividad Arte y música

CLASES DE MEMORIA    

A corto y largo plazo Memoria sensorial Memoria auditiva Memoria visual

I. CRIMINOLOGÍA Y VICTIMOLOGIA Criminología: ciencia empírica que se ocupa del crimen, del delincuente, de la víctima y del control social del comportamiento desviado. La investigación se inicia con la observación, nos hacemos preguntas, realizamos hipótesis, iniciamos la experimentación, sacamos conclusiones, generamos documentación, realizamos nuevas preguntas y usamos esa metodología para seguir aprendiendo. VERTIENTES DE LA CRIMINOLOGÍA: a) Descriptiva: consiste en llegar a conocer las situaciones y actitudes predominantes a través de la descripción exacta de las actividades que rodean los comportamientos delictivos. b) Explicativo: este método es aquel que tiene relación causal; no solo persigue describir o acercarse al problema de la criminalidad, si no que intenta encontrar sus causas.


Estimulo o situación

Tener una situación física o situación que nos inquiete

Valorización de la amenaza

Pánico

Interpretación catastrófica

Me va a dar un ataque

Emoción, miedo, inseguridad.

Sensaciones fisiológicas mareos, taquicardias, sudoración.

Evitamos situaciones sitios donde me pueda sentir mal: metro, cine, banco, etc.

Agorafobia

c) Predictivo: tiene como propósito prever o anticipar situaciones futuras para ello requiere de la exploración, la descripción, la comparación, el análisis y la explicación. d) Investigación aplicada: tiene como propósito intervenir sobre los factores relacionados con la delincuencia, con la pretensión de reducir los comportamientos delictivos. La criminología es una ciencia causal explicativa del derecho penal que es una ciencia normativa y la criminalística una ciencia aplicativa. OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DE LA CRIMINOLOGÍA 1. Aportar conocimientos científicos sobre el fenómeno criminal. 2. Tiene como función analizar e interpretar los datos, con arreglo a una teoría. 3. Aporta datos para combatir el crimen. CRIMINALIDAD


 

Conjunto de características que hacen que una acción sea criminal. Por otro lado también usa la palabra para hablar del número de crímenes cometidos en un territorio, durante un lapso de tiempo.

CORRIENTES DE LA CRIMINALIDAD

c)

d) e) f)

g)

a) Corriente jurídica; en este criterio están considerados todos los tipos penales y desde esta perspectiva tendrán relevancia para esta ciencia y serán parte de su objetivo. b) Corriente peligrosista: la constituyen también el conjunto de hechos punibles, pero considera aquellos estados que pueden generar o provocar delito. Corriente de desviación: la visión de esta corriente es aún más amplia que las dos anteriores. Esta se concibe como el conjunto de conductas desviadas o sea, aquellos que se apartan de las normas jurídicas y sociales por exceso y por defecto. Corriente de los derechos humanos: relaciona la criminalidad con las violaciones de los derechos humanos. Corriente del sentido común: es una opinión que recoge el sentir popular. Es el caso de las encuestas de percepción de la criminalidad. Corriente de los comportamientos socialmente negativos: la criminalidad está conformada por aquellas conductas contrarias a las necesidades e intereses de las personas o de la colectividad. Los delitos de cuello y corbata; el caso de “la polar”. Corriente del control social:  formal: tiene su fundamento en el derecho.  Informal; ejercido por otras instituciones de la comunidad como por ejemplo la prensa.

PRECURSORES Y EVOLUCIÓN DE LA CRIMINOLOGÍA 1. Esopo: los crímenes son proporcionados a la capacidad del que los comete a mayor peligrosidad más terribles han de ser. 2. Sócrates: ocultar un crimen es tener parte en él. 3. Sócrates: el hombre malo lo es por ignorancia, el que no sigue el bien, es porque no lo conoce. Por eso la virtud ha de enseñarse y aprenderse.


4. Platón: la pobreza y la miseria son factores criminógenos. Hay que castigar no porque alguien cometió un delito sino para que los demás no delincan. LA CRIMINOLOGÍA SE APOYA Y RECURRE A OTRAS CIENCIAS a) Psicología: ciencia que estudia la conducta o comportamiento humano y los procesos mentales. b) Antropología: ciencia social que estudia al ser humano de una forma integral. Para abarcar la materia de su estudio, la antropología recurre a herramientas de conocimiento producido por las ciencias naturales y las ciencias sociales. c) Sociología: ciencia social que estudia los fenómenos colectivos producidos por la actividad social de los seres humanos dentro del contexto históricocultural en el que se encuentran inmersos. d) Estadística: ciencia que estudia la recolección, análisis e interpretación de datos, ya sea para ayudar en la toma de decisiones o explicar condiciones regulares o irregulares de algún fenómeno o estudio aplicado de ocurrencia en forma aleatoria o condicional. APORTES DE PRECURSORES A PARTIR DEL SIGLO XV  

 

Tomas Moro: sostiene la tesis de la conexión del crimen con la estructura de la sociedad, destacando lo económico y la pobreza. Charles Beccaria: critica la irracionalidad, la arbitrariedad y la crueldad de las leyes Penales y Procesales. En conclusión expresa que: “El fin de las penas no es atormentar y afligir a un ente sensible ni deshacer un delito ya cometido; el fin no es otro que impedir al reo causar nuevos delitos; causar daño a los ciudadanos y retraer a los demás de la comisión de otros delitos”. Voltaire: sostiene el sometimiento de los jueces a la ley y la necesidad que los jueces motiven sus fallos, expliquen su contenido y justifiquen sus sentencias. Rousseau: el delincuente vulnera el pacto social, se auto margina de la sociedad civil que debe contemplarse como un rebelde. Montesquieu: en su obra “El espíritu delas leyes” establece la división de los poderes; aboga por la desaparición de la tortura y la prevención del


delito, las leyes según su pensamiento deben evitar el delito y proteger al individuo. J. Bentham: precursor eminente de los sistemas penitenciarios. También dedico su atención al tema de la reforma penitenciaria, elaborando por encargo de Jorge III un modelo de cárcel (el panopticon) por el que ambos entraron en conflicto. Ideo una cárcel en la cual se vigilara todo desde un punto. Bastaría una mirada que vigile y cada uno sintiéndola a pesar sobre si, terminaría por interiorizarla hasta el punto de vigilarse a si mismo. John Howard: en el año de 1726, fue en Inglaterra la figura renovadora del sistema penitenciario de los años 1772 y siguientes su preocupación por estos lugares fue de gran trascendencia para la evolución del derecho penal y para la aplicación del mismo mediante un sistema que hoy conocemos como la ejecución penal.

PRINCIPALES PRECURSORES DEL SIGLO XIX 1. Cesar Lombroso: dijo que las causas de la criminalidad son de acuerdo con las formas, causas físicas y biológicas. Delincuente: persona con una conducta socialmente desviada que interviene en la ejecución de un delito, en calidad de autor, cómplice, encubridor o cualquier actuación punible. El delincuente es el eslabón perdido, pues en la evolución de la especie humana, el simio se convierte en hombre pero queda un pequeño espacio que es donde entra el hombre delincuente. CLASES DE DELINCUENTES: a) b) c) d) e) f)

Criminal nato Loco moral Epiléptico Histérico Matoide Pasionales g) Ocasionales: seudo criminal, Criminaloides, habituales 2. ENRICO FERRI 3. RAFAEL GAROFALO


VICTIMOLOGIA En la época greco romana la victima tubo mayor consideración social y que incluso alcanzo un rol protagónico en la investigación criminal, pero con el correr de los años el desarrollo del estado y el derecho penal, fue teniendo una participación de segundo orden, centrándose el proceso penal más en el autor del crimen o el delincuente. A fines del siglo XIX surgió dentro del positivismo cierta preocupación por la reparación del daño sufrido por las victimas al respecto Rafael Garofalo público un pequeño trabajo denominado: indemnización a las víctimas del delito (1887) planteando que las víctimas de los delitos debían seguramente, tener derecho a mayores simpatías que la clase de los delincuentes, que parece ser la única de que los actuales legisladores se preocupan. En el siglo XX existen algunas aproximaciones respecto a la víctima del delito, en las décadas de los 30 y 40 podemos ver a Franz Exner con su obra Biología Criminal (1939), quien considero que este participante delictivo como un elemento fundamental de la crimino génesis, al decir que en “muchos delitos la víctima es una pieza especialmente importante de la situación del acto. Hay algo así como una aptitud personal de llegar a ser víctima de una acción delictiva de tipo determinado”. Ya en los años 40 F. Wertham es uno de los primeros estudiosos en plantear esta temática con un nombre propio en su obra “the show of violence” (1949). En ella considero necesaria una ciencia de la Victimología, al señalar que la persona que sufría de un acto criminal era un ser olvidado y que incluso para comprender la psicología del asesino era importante entender la sociología de la víctima. PRECURSORES DE LA VICTIMOLOGIA a) Hans Von Henting (1948-1957) Clases de Victimología:  

Clases generales: el joven, la mujer, el anciano, los débiles y enfermos mentales, los inmigrantes, las minorías y los tontos. Tipos psicológicos: el deprimido, el ambicioso, el lascivo, el solitario, el atormentado, el bloqueado, el excluido y el agresivo.


Posteriormente en la parte final de su obra “el delito” da un tratamiento diferente y sin intentar propiamente una clasificación, divide a las victimas según cuatro criterios:    

La situación Los impulsos y la eliminación de inhibiciones La capacidad de resistencia La propensión a ser victimas

CLASIFICACIÓN SEGÚN CRITERIOS. Situaciones de la víctima: victima aislada, por proximidad, con ánimo de lucro, con ansias de sobrevivir, agresivas, sin valor, con resistencia reducida, por estados emocionales, por transiciones normales en el transcurso de la vida, perversa, bebedora, depresiva, voluntaria, propensa, falsa, inmune, hereditaria, reincidente y victima que se convierte en autor. b) Benjamin Meldelsohn: Relación de culpabilidad entre la víctima y el autor. CLASES DE VICTIMAS:        

Completamente inocente o ideal De culpabilidad menor o por ignorancia Tan culpable como el infractor o victima voluntaria Victima provocadora Por imprudencia Mas culpable o únicamente culpable Infractora Simuladora e imaginaria.

CONCEPTO DE VICTIMOLOGIA


MEDICION

ACCION

IDEA

ANALISIS

El fin de la Victimología es desarrollar un análisis detallado del papel que desempeña la víctima en el desencadenamiento del hecho criminal. Analizar los posibles modelos en torno a la asistencia jurídica, psicológica y terapéutica a las víctimas. Debe investigar los temores sectoriales a la victimización. Debe examinar la criminalidad real a partir de los informes de las victimas sobre delitos no perseguidos, a través de las encuestas de victimización. CONCEPTOS IMPORTANTES DE LA VICTIMIZACIÓN: 1. MACRO VICTIMIZACIÓN: se produce cuando un número indeterminado de personas sufren las secuelas o daños de diversa índole, originado de una criminalidad en masa, es decir victimas derivadas de una masificación de violencia. Se busca la protección o tutela de bienes jurídicos indeterminados y universales entre los cuales se destacan los siguientes: salud pública, orden público, buenas costumbres, medio ambiente, derechos del consumidor y ámbito informático o electrónico. Por otro lado la macro victimización es aq uella donde le daño se ha materializado en bienes jurídicos individuales y no en colectivos o difusos. 2. VICTIMOLOGIA PENAL O CRIMINOLÓGICA: es aquella que estudia a aquellas victimas de hechos delictivos, de violencia interpersonal de tipo criminal. Se dedica al estudio de la víctima en relación con el criminal y la oportunidad de la víctima al origen o génesis del delito, es decir interacción delincuente-victima. 3. VICTIMO GÉNESIS: conjunto de factores que predisponen ciertos individuos a devenir víctimas.


FACTORES DE RIESGO:  Victima predispuesta, situacionales  Biológicos: raza, sexo, edad, etc.  Biográficos  Psiquiátricos  Socioeconómicos  Capacidad de venganza  Estilo de vida FACTORES VULNERABILIDAD PSICOLÓGICOS SITUACIONALES

DE TANTO COMO

1. Factores de vulnerabilidad: vulnerabilidad generalizada. 2. Personalidad:  Hiperestesia- sensibilidad  Hipertermia- expansividad  Impulsividad-inestabilidad  Ingenuidad- dependencia 3. Nivel intelectual  Ansiedad  Control yoico  Antecedentes psiquiátricos, etc. Suceso traumático: es un suceso que provoca un daño físico o psíquico grave y que está provocado intencionalmente por otro ser humano. RESPUESTAS AL SUCESO TRAUMÁTICO: 

 

Emocionales: shock, adormecimiento, abrumación, depresión, sentirse perdido, temor de posibles daños, no sentir nada, incertidumbre en cuanto a los sentimientos, sentimientos volátiles. Cognitivas: falta de concentración, desorientación, indecisión, periodos de pérdida de memoria, dificultad para tomar decisiones, abstinencia, etc. Físicas: nauseas, mareos, problemas gastrointestinales, temblores, dolor de cabeza, taquicardia, dolores, nerviosismo, etc.


Los sucesos traumáticos tienen mucha relación con el delito que genera precisamente estos traumas que pueden ser directas o indirectas. a) Suceso traumático directo: son aquellos que lesionan la integridad o vida de las personas y las que afectan el patrimonio. b) Suceso traumático indirecto: son aquellos que pueden o no producirse, no obstante generan un sentimiento de inseguridad o miedo al delito y esto es lo que hemos visto en los puntos anteriores. c) Victimización primaria: es aquella dirigida contra la persona o el individuo particular. En este ámbito la víctima, sujeto pasivo de un delito tiene una experiencia personal que le acarrea unas consecuencias físicas, psicológicas de índole económico y las relacionadas con su entorno social como ansiedad, angustia, abatimiento, miedo a que se repita, culpabilidad, etc. d) Victimización secundaria: se produce ante la administración de justicia, los cuerpos y las fuerzas de seguridad por ejemplo cuando tiene que contar lo que ha sucedido. Engloba la relación y experiencia personal de la víctima con el sistema policial y judicial. Las víctimas tienen una nueva experiencia que puede llegar a ser más cruel que la victimización primaria, cuando las instituciones que deberían protegerla no la comprenden, no la escuchan, le hacen perder el tiempo, el dinero e incluso pueden sentirse acusadas. e) Victimización terciaria: básicamente es la victimización anterior o posterior al acto ilícito penal cometido por el propio delincuente. TIPOS DE VICTIMIZACIÓN TERCIARIA:   

Victimización policial Victimización penitenciaria Victimización post penitenciaria

Las victimas deben ser tratadas con compasión y respeto, con acceso a la justicia y pronta reparación del daño.


Cuando sea necesario se establecerán y reforzaran los mecanismos judiciales y administrativos para que la víctima reciba reparación. Se facilitaran los procesos judiciales y administrativos de acuerdo a las necesidades de las víctimas, en cuanto a la información del proceso, a presentar asistencia, etc. Cuando sea necesario deberán ser utilizados los mecanismos de mediación y arbitraje, a fin de facilitar la conciliación y reparación a favor de las víctimas. Los delincuentes o terceros resarcirán a las victimas devolviendo bienes o pagando por daños o pérdidas sufridas y reembolso de gastos derivados del delito entre otros. Los gobiernos revisaran sus prácticas, reglamentaciones y leyes de modo que se considere el resarcimiento como sentencia posible. Cuando no sea suficiente la indemnización del delincuente u otras fuentes, los estados procuran indemnizar financieramente a las víctimas de delitos graves. Fomentar el establecimiento, reforzamiento y ampliación de fondos nacionales para indemnizar a las víctimas. Las victimas recibirán la asistencia material, médica, psicológica y social que sea necesaria, por medios gubernamentales, voluntarios y comunitarios. Informar a las víctimas de la disponibilidad de servicios sanitarios y sociales. Al prestar servicios y asistencia a las víctimas, se prestara atención a las que tengan necesidades especiales por los daños sufridos.

CANNABIS SATIVA O MARIHUANA ¿Qué es la resina del cannabis y de donde se obtiene? Son las secreciones de la planta producida en los tricomas glandulares se recoge del material vegetal mas fino con apariencia de volvo pegajoso suelto o presionado. La calidad de la droga depende de la cantidad de THC (hasta ocho veces superior). THC: TETRAHYDROCANNABINOL.


ANTECEDENTES El tráfico ilícito de productos del cannabis es el más importante del mundo, y en 2006 constituyó el 65% de todas las incautaciones mundiales (1,65 millones). En 2006, se incautaron 5.200 toneladas métricas de hierba y 1.000 toneladas métricas de resina. El tráfico ilícito de cannabis afecta prácticamente a todos los países. De igual forma, el cannabis sigue siendo la droga más consumida en todo el mundo, y se estima que alrededor de 166 millones de personas la consumieron en 2006, lo que equivale, aproximadamente, al 4% de la población mundial de edad comprendida entre 15 y 64 años. MERCADO DEL CANNABIS Los productos del cannabis son, con gran diferencia, las drogas de uso indebido que más circulan en el tráfico ilícito de drogas de todo el mundo. El cannabis puede cultivarse prácticamente en todos los países, y en aquellos técnicamente más avanzados tiene lugar cada vez con más frecuencia en interiores. La producción de la hierba de cannabis (marihuana) está muy extendida, prácticamente en todos los países del mundo. La resina de cannabis (hachís) se obtiene aproximadamente en 65 países, sobre todo en el África septentrional y el Asia suroccidental, principalmente en el Afganistán y el Pakistán. TAXONOMÍA DEL CANNABIS Cannabis y humulus Familia de las canabinaseas Sub especies del cannabis; sativa c, ruderalis, kafiristanca y spontanea. Principales países exportadores: Marruecos, Afganistán y el Líbano. Principales países industrializados: Estados Unidos, Canadá y Países Bajos. ASPECTO MORFOLÓGICO  Flor estaminada  Estambre (antera cortos)  

Estambre Granos de polen

y

filamentos


 

Flor pistilada con bráctea Flor pistilada sin bráctea

CARACTERÍSTICAS FÍSICAS El cannabis es una hierba florida anual y dioica*. Por lo general, las plantas estaminadas (masculinas) son más altas que las pistiladas (femeninas), pero menos resistentes. Los tallos son erectos y su altura oscila entre 0,2 y 6 m. Sin embargo, la mayoría de las plantas alcanzan una altura de 1 a 3 m. La longitud de las ramas, al igual que la altura de la planta, depende de factores ambientales y hereditarios, así como del método de cultivo. La masculina no da flores, el cannabis femenino sí. La planta produce una vaina con una sola semilla (aquenio). La planta se adapta mejor a los suelos barrosos porque tienen mayor capacidad de retener agua. El cannabis que tiene más THC es el sin semilla porque tiene más flores femeninas y son brotes que permanecen sin fertilizar. VARIEDADES   

Sin semilla Clonación Hermafroditas inducidas de forma artificial  Producción en exteriores  Producción en interiores  Cannabis industrial PLANTA HERMAFRODITA El ciclo de la luz en la planta pudiese hacer que cambie de sexo, por lo general las hermafroditas son estériles. Hay semillas que expuestas a la luz diurna pueden ser feminizadas para que produzcan el efecto, o le ponen una hormona que es el tiosulfato de plata. FLORACIÓN

La floración comienza por lo general a partir del momento en que el período diario de oscuridad supera las once horas. El ciclo de floración puede durar entre cuatro y doce semanas, dependiendo de la variedad y las condiciones ambientales. Los tiempos de


floración que indican los comerciantes de semillas corresponden por lo general al período de tiempo comprendido entre la plantación de la semilla y la floración. En los casos de plantas procedentes de cortes, la floración puede retrasarse aproximadamente una semana. RECOLECCIÓN Un buen indicio de madurez de la planta es el color que adquieren sus estructuras de apariencia capilar (estigmas). Éstas, al madurar la flor, por lo general se marchitan y adquieren color marrón. Cuando el color de aproximadamente el 75% de los estigmas es marrón, las plantas están listas para su recolección. COSECHA Las estimaciones de los valores medios y/o mínimos de cosecha son interesantes desde un punto de vista forense y legal. Sin embargo, es difícil hacer estimaciones de cosecha, ya que depende en gran medida de la variedad/cepa, la técnica de cultivo y la nutrición, así como de la intensidad, duración y frecuencia de los períodos de luz. Estudios llevados a cabo en Australia y Nueva Zelandia han demostrado que las cosechas de plantas cultivadas en interiores y en exteriores varían tanto que no puede emplearse ninguna fórmula establecida respecto de la materia húmeda, seca o vendible, o los gramos por planta o metro cuadrado*. PRODUCTOS DEL CANNABIS     

Hierba de cannabis Resina de cannabis (hachís) Cannabis liquida (aceite de hachís) Semillas de cannabis y aceite de semilla de cannabis Aceite esencial de cannabis


COCAÍNA ERITROXILON COCA Es muy frágil el carácter adictivo de la coca por lo cual e investigador debe investigarlo. El investigador ha puesto su ojo en el cerebro y han visto que algunas partes de este se excitan de forma gratificante ante el eritroxilon tanto como puede excitarse por la comida, el sexo, el juego, etc. La región del cerebro que más interés despierta es la denominada AVT (área ventral del tegmento) que no es más que fibras nerviosas que se generan en el AVT y se extienden a la región del cerebro conocida como acumbens y aquí es donde está el área clave de gratificación, aquí es donde la sustancia aumenta los


niveles de los neurotransmisores, sustancia denominada dopamina (si aumenta la dopamina aumenta la actividad neuronal en el núcleo de acumbens) Es un proceso normal de comunicación, una neurona libera dopamina en la sinapsis (unión de los axones). Serotonina: neurona que produce la felicidad. La dopamina se va a unir a las proteínas especializadas y estas se van a llamar receptores de dopamina, la dopamina receptada se debe volver realizar en el ciclo. En el futuro se dice que las drogas de abuso puedan interferir con este proceso de comunicación normal, la cocaína bloquea el proceso de sinapsis y disminuye la producción de dopamina, lo que resulta en una acumulación de dopamina y una amplificación de la señal a las neuronas receptoras. La persona se vuelve verborreica (diarrea verbal). EFECTO DE LA COCA EN EL CEREBRO Como la dopamina una vez que se libera tiene que ser reciclada para mantener en continuo movimiento para su producción. La proteína que es receptora de la dopamina una vez la gasta la devuelve a la neurona transmisora. Cuando se consume cocaína esta se adhiere a la proteína transportadora de dopamina y entorpece el proceso normal del reciclaje. Resultando que se acumule la dopamina en el sinapsis y aumenta los efectos de éxtasis de la dopamina. La planta de coca ha tenido un papel trascendental en las culturas, desde fines rituales, agente sicoactivo, energéticos en el trabajo, trueque entre productos digestivos, alimentarios, etc. En otras culturas como es un medio de comunicación, se desconocía el proceso de metabolización de la cocaína conociéndola como un alcaloide. En el siglo XIX en Europa se le consiguió como el potente estimulante del sistema nervioso central y con fuerza para generar hábitos de dependencia.


Desde 1885 extractos de la hoja de coca están siendo utilizados para productos como la Coca Cola. Es un arbusto originario de zonas de altura intermedia, puede crecer hasta 2.5 metros, su tallo es leñoso y sus hojas elipsoidales, medianas muy fragantes y de color verde intenso, sus flores son pequeñas de color blanco, sus frutos son de color rojo, no tienen pulpa, son como semillas de forma ovoide y miden alrededor de 1 centímetro de largo. Crece adecuadamente en tierras húmedas y cálidas, aun debajo de los árboles en regiones tropicales. Familia de la coca son árboles y arbustos, angiospermos, dicotiledóneas con hojas sencillas, flores actinofordoso y el fruto en drupa con una sola semilla, el alcaloide está en las hojas, hay dos formas químicas de cocaína:  

Hidroclorada: El hidroclorudo se disuelve en el agua y puede ser administrado en vena o por la nariz (conocido como esnifado). Base libre: llamada crack se fuma.

La cocaína se comporta como amina simpaticometica, la cocaína es inhibidor de los procesos de recaptación tipo 1, la noradrenalina y dopamina desde la hendidura sináptica, la terminal pre sináptica, lo que facilita la acumulación de la noradrenalina o dopamina en esa hendidura lo que aumenta la biodisponibilidad de la dopamina. La cocaína bloquea a la receptación de la serotonina produciendo un efecto sobre la neurotransmisión catecolaminergica. ACCIONES FARMACOLÓGICAS DE LA COCAÍNA Es una base débil con un PKA con base de 8.6 en su forma básica tanto en sangre como en el humo que le llega a los pulmones, la forma de atravesar los pulmones es rapidísima atravesando la barrera hematoencefalica, esnifada puede encontrarse en niveles en el cerebro hasta en 30 segundos mientras que fumada solo tarda 5 segundos en tener efectos centrales. SINTOMATOLOGÍA Va a haber estimulo de los receptores adrenérgicos, vaso constricción, aumento de presión arterial, bradicardia a dosis bajas, taquicardia a dosis altas,


temperatura corporal aumentada, aumento del calor por fibra muscular aumentada, disminución de la pérdida del calor por la vaso constricción, pérdida del control dopa sinérgico, en el sistema nervioso central potente estimulante, elevación del estado de ánimo, sensación de fatiga, disminución del apetito, insomnio, hiperactividad motora, seudoalusinaciones. LA PENA COMO ELEMENTO SECUNDARIO DE LA REINSERCIÓN. La pena es la consecuencia jurídica del juicio de reproche deducido a una persona por la comisión de un delito. Esa consecuencia jurídica va a estar regida por varios principios. PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD Principio de afectación mínima. Art. 4 Ley penitenciaria. Fuentes de derecho:    

Constitución Ley penitenciaria Reglamento penitenciaria Sentencia penitenciaria

Arts. 98, 110 y 96 Código penal. El derecho penal no es fuente del derecho penitenciario según el art. 4 de la ley penitenciaria porque no uso los cuatro pilares fundamentales en el principio de legalidad. PRINCIPIO DE NECESIDAD DE LA PENA 1. Fin de prevención general y especial (impacto que produce en las personas que tienen el afán de delinquir) 2. Fin retributivo o compensatorio: fundamentado en la proporcionalidad, el castigo no puede exceder al mal causado. 3. Fin reinsertante: busca transformar la conducta desviada para efectos de adaptar esa conducta combinada a un marco de cultura social. Artículo 18 de la constitución y 27 inciso 3º de la constitución El sistema de cumplimiento de penas diseñado en El Salvador instaura la denominada individualidad científica del condenado y esto lleva a los diferentes grados de tratamiento a los que solo se accede si hay una verdadera clasificación penitenciaria. La Ley Penitenciaria en el Art. 68, hace una clasificación de los Centros


Penitenciarios, según su función: 1. Centros de admisión. 2. Centros preventivos. 3. Centros de cumplimiento de penas: Centros ordinarios, Centros abiertos, Centros de detención menor, Centros de seguridad y 4. Centros especiales. RÉGIMEN PENITENCIARIO a) Ingreso. b) Alojamiento, Diagnóstico y separación de internos. c) Permisos especiales de salida. d) Egreso. EL SISTEMA PENITENCIARIO EN CIFRAS El Sistema Penitenciario salvadoreño cuenta con 20 recintos, ubicados en diferentes puntos del país y clasificados de acuerdo con el tipo de población que albergan. También existen 2 pabellones hospitalarios, 2 Centros Abiertos y 1 Centro Preventivo. FASES DEL RÉGIMEN PENITENCIARIO La ejecución de la pena de prisión se realizará a través de las siguientes fases: Fase de adaptación; Fase ordinaria; Fase de confianza; y Fase de semilibertad. A. FASE DE ADAPTACIÓN: La fase de adaptación tendrá por objetivo lograr la adaptación de los internos a las condiciones de vida en el centro al que fueren destinados. La Dirección del centro observará las siguientes reglas: • Se organizará reuniones explicativas sobre el funcionamiento del centro, de las normas disciplinarias, del trabajo disponible en el centro y de las posibilidades de instrucción y capacitación; • Asimismo, se organizará reuniones grupales de internos a fin de considerar sus problemas e inquietudes. Las reuniones serán coordinadas por profesionales;


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Las sanciones disciplinarias impuestas durante este período no se harán constar en el expediente personal del interno; y, Los días y horarios de visita serán amplios.

Al fin del período de adaptación que no excederá de sesenta días, el Consejo Criminológico Regional elaborará un informe que determinará si el interno está apto o no para su ingreso a la fase ordinaria. En caso el informe fuere negativo, la adaptación se prolongará por otro término igual. De esta resolución se podrá apelar para ante el Consejo Criminológico Nacional. B. FASE ORDINARIA: La fase ordinaria se extenderá desde la finalización del período de adaptación hasta el ingreso a la fase de confianza, y se regirá por las reglas siguientes: • Se establecerán horarios de trabajo, de instrucción, de recreación y de descanso. El horario de trabajo no podrá ser superior a ocho horas, el horario de instrucción será de una hora salvo que el interno asista a cursos regulares; • La Dirección del centro deberá brindar posibilidades de trabajo a todos los internos. Todos los condenados estarán obligados a trabajar, salvo que realicen cursos regulares educativos o que, en circunstancias especiales y con autorización del Consejo Criminológico Regional, reemplacen el trabajo con algún otro tipo de actividad útil; • Los centros deberán brindar posibilidades de recreación a todos los internos. Se fomentará, en especial, la práctica de deportes y las actividades culturales y artísticas; • Los centros deberán brindar a los internos posibilidades de instrucción, de acuerdo a lo previsto en la Ley penitenciaria; • Los internos deberán colaborar en las labores de limpieza, de acuerdo a lo que establece la reglamentación del centro; y, • Se velará especialmente por establecer condiciones de vida digna, promoviendo las relaciones comunitarias, de modo que la vida en prisión prepare al interno para la vida social en libertad.


C. FASE DE CONFIANZA: La fase de confianza consiste en la flexibilización de la disciplina y la concesión de mayores facultades al condenado, conforme a las reglas siguientes: • El interno • • • •

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podrá disfrutar de permisos de salida; Se procurará que el interno tenga mayor opción a puestos de trabajo de más responsabilidad; Se aumentará el número de visitas familiares y de amigos; y, Disfrutará de mayores facilidades para su libertad ambulatoria dentro del centro. El ingreso a la fase de confianza será decidido por el Consejo Criminológico Regional. La decisión será recurrible ante el Consejo Criminológico Nacional. Serán condiciones para ingresar a la fase de confianza: Haber cumplido la tercera parte de la pena; y, Demostrar avances en el desarrollo de la personalidad. A este fin, se valorarán en conjunto las relaciones del interno con la comunidad penitenciaria y con el exterior, su predisposición a participar en la vida de su grupo social, la conducta, los progresos demostrados en los programas de instrucción educativa, su actividad laboral y, en los casos de internos que reciban tratamiento, los resultados producidos en el mismo.

En casos especiales, atendiendo a las circunstancias personales del condenado, las del hecho cometido, la duración de la pena, o por méritos demostrados en el régimen ordinario, el Consejo Criminológico Regional podrá decidir el ingreso en esta etapa del régimen sin cumplir con el requisito tiempo de pena. D. FASE DE SEMILIBERTAD: Cumplidas las dos cuartas partes de la pena, o seis meses antes de la fecha en que el interno se pueda beneficiar con la libertad condicional, el Consejo Criminológico Regional podrá otorgar a aquél el beneficio de la semilibertad. La fase de semilibertad se regirá por las siguientes normas: • El condenado podrá realizar trabajos fuera del centro;


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Podrá gozar de permisos de salida más amplios que los de la fase de confianza; Los centros brindarán apoyo profesional para colaborar con el proceso de reinserción del interno en la vida familiar y en la sociedad; Los internos gozarán de amplia libertad para recibir visitas, salvo por razones de disciplina y orden; Se brindará al interno asistencia para buscar trabajo, preparar documentación y, si fuere el caso, buscar vivienda; Los centros promoverán todas las actividades que puedan vincular al interno con la comunidad, su familia y amigos. En especial, se promoverá la relación con las instituciones de ayuda post-penitenciaria; y, Los internos serán alojados en Centros Abiertos o en Centros de Detención Menor


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