S SIIN NT TA AG GM MA AV VE ER RB BA ALL E ES ST TR RU UC CT TU UR RA A N NÚ ÚC CLLEEO O Concepto El núcleo del Sintagma Verbal es siempre un “verbo”, es decir, aquella palabra que expresa “proceso”, “acción” o “estado” dentro de la oración.
F o r ma s :
• Formas simples, donde se agrupan los siguientes tiempos verbales de la voz activa: o Indicativo: Presente, Pretérito Imperfecto, Pretérito Perfecto Simple, Futuro y Condicional. o Subjuntivo: Presente, Pretérito Imperfecto y Futuro. o Imperativo: Presente. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan comprará una ca sa Núcleo Futuro de Indicativo (Voz Activa)
• Formas compuestas, donde se agrupan los siguientes tiempos verbales de la voz activa: o Indicativo: Pretérito Perfecto Compuesto, Pretérito Pluscuamperfecto, Futuro Perfecto y Condicional Perfecto. o Subjuntivo: Pretérito Perfecto, Pretérito Pluscuamperfecto y Futuro Perfecto. Atención: también se encuentran en este grupo todos los tiempos verbales de la voz pasiva. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) La casa ha sido decorada por María Núcleo Pretérito Perfecto Compuesto de Indicativo (Voz Pasiva)
• Formas perifrásticas, donde se agrupan aquellas construcciones que actúan como si fueran un único verbo. Normalmente están constituidas por un “verbo auxiliar”, seguido – o no – de un “nexo” (preposición o conjunción), y un “verbo principal” (que puede encontrarse en Infinitivo, Gerundio o Participio). Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) María tuvo que comprar todos los mueb le s Núcleo [Perífrasis Verbal] Pretérito Perfecto Simple de Indicativo (Voz Activa) o
C CO OM MP PLLEEM MEEN NTTO OS S Atributo: • Definición: complemento verbal que siempre expresa una “cualidad” del NÚCLEO del
Sujeto y que siempre acompaña a verbos “copulativos” (ser, estar y parecer). igual a
A SUJETO
=
B
verbo
ATRIBUTO
copulativo J ! Otros verbos copulativos. En ocasiones, verbos como considerarse, ponerse, sentirse, sentirse, etc., pueden ser analizados como copulativos: son los llamados verbos “seudocopulativos” o “semicopulativos”. Sin embargo, este tipo de verbos también pueden analizarse como no copulativos: su complemento principal sería entonces un Complemento Predicativo, que se estudiará más adelante. o
• Estructura. Este complemento verbal puede ser la función de tres tipos de sintagmas:
o Sintagma Nominal. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan parece un actor de cine
o Sintagma Adjetival. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan está muy co nte nto
Det. Núcleo C.Nombre
Cuant..
Núcleo.
S. Nominal
S. Adjetival
(Atributo)
(Atributo)
o Sintagma Preposicional. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan es de Madrid Enl. S. Nominal
S. Preposicional (Atributo)
• Particularidades:
o El Sintagma Adverbial también puede funcionar como Atributo. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan es así Núcleo
S. Adverbial (Atributo)
o Los verbos ser y estar pueden encontrarse en oraciones sin “Atributo”: en estos casos actúan como verbos intransitivos que están acompañados de Complementos Circunstanciales. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan está en Va llad olid Su cita es a las siete Enl.
S. Nominal
Enl. S. Nominal
S. Preposicional
S. Preposicional
(C. Circunstancial)
(C. Circunstan.)
o El verbo parecer también actúa como verbo no copulativo cuando se conjuga de forma “pronominal” (es decir, como “parecerse”). Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan se pare ce a su herma no Enl.
S. Nominal
S. Preposicional (C. Indirecto)
o Atención. En las oraciones donde aparezcan un “Atributo” no puede haber un Complemento Directo. Del mismo modo, no puede haber un “Atributo” junto a un Complemento Directo.
Complemento Directo:
• Definición: complemento verbal que expresa la persona, animal o cosa sobre la cual recae inicialmente la acción de un verbo transitivo. A
realiza una acción verbal
SUJETO
x
recae sobre el elemento
verbo
B
C. DIRECTO
transitivo
Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan compró las f lo res Det. Núcleo
S. Nominal (C. Directo)
• Estructura: este complemento verbal es normalmente la función de un Sintagma Nominal. Sin embargo, también puede ser la función de un Sintagma Preposicional, como se va estudiar en el apartado de las “Particularidades”. • Identificación. Para identificar al Complemento Directo se pueden seguir dos métodos: o
1. Preguntar ¿QUÉ + VERBO + SUJETO? Ej.: Juan compr ó las f lores ¿Q U E C O M P R Ó J U A N ? LA S FLOR ES 2. Sustituir el posible Complemento Directo por los pronombres personales lo, la, los, las. Ej.: Juan compr ó las f lores Juan LAS compró J ! Este método sólo funciona cuando el Complemento Directo es un nombre de tercera persona singular o plural. En el resto de los casos deberíamos utilizar los pronombres personales me, te, nos y os.
• Particularidades:
o Si el Complemento Directo hace referencia a un nombre de persona (o de animal o cosa “personificada”) siempre está introducido por la preposición “a”, que es la única preposición que puede introducir a un Complemento Directo. Ej.: S. N. (S.) Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) S. Verbal (P.) Juan visitó un museo nombre de cosa Juan visitó .a sus pa dres nombre de Det. Núcleo
Enl.
S. Nominal
S. Nominal
S. Preposicional
(C. Directo)
(C. Directo)
persona
J ! Un animal, o una cosa, está “personificado” cuando se le otorga calidad de persona de manera implícita. Por ejemplo, no se expresa lo mismo cuando se dice “Juan ha visto un perro” (que puede ser “cualquier perro”), que cuando se dice “Juan ha visto a tu perro” (el cual está “personificado”).
o Si el Complemento Directo hace referencia a un nombre de persona masculino, y que éste se halle en tercera persona del singular, puede ser sustituido por el pronombre personal “le”, sin que se produzca “leísmo”. Juan LE visit ó Ej.: Juan visit ó a su pa dre o Se puede encontrar oraciones donde los pronombres personales me, te, lo, la, nos, os, los, las, repitan la función de un Complemento Directo que ya está expresado en la misma oración. Ej.: S. Verbal (P.) S. N. (S.) S. Verbal (P.) A tus padres los vio Juan en el museo S. Preposicional
Pron. Pers.
(C. Directo)
(C. D.)
En. S. Nominal
Complemento Indirecto:
• Definición. Complemento verbal que puede expresar: o La persona, animal o cosa en la que recae de forma secundaria la acción de un verbo transitivo. Por ello, acompaña a un Complemento Directo. acción
[
A
realiza
SUJETO
x
sobre
]
recae en elemento
B
verbo C. DIRECTO transitivo
C
C. INDIRECTO
Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan compró las f lo res .a María S. Nominal (C. Directo)
Enl. S. Nom.
S. Preposic. (C. Indirecto)
o La persona, animal o cosa que está vinculada a la afirmación, o negación, hecha sobre el Sujeto. Por ello, acompaña a un Atributo. igual a
[
A SUJETO
=
]
afecta al elemento
B
verbo ATRIBUTO copulativo
C
C. INDIRECTO
Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan es un buen am ig o para María S. Nominal (Atributo) o
En.
S. Nom. S. Preposicion. (C. Indirecto)
• Estructura: este complemento verbal es siempre la función de un Sintagma Preposicional,
como se ha visto en los ejemplos anteriores. En este sentido, un Complemento Indirecto sólo puede estar introducido por las preposiciones “a” o “para”. • Identificación. Para identificar al Complemento Indirecto se pueden seguir dos métodos: 1. Preguntar ¿A/PARA QUIÉN + VERBO + SUJETO + C. DIRECTO / ATRIBUTO? Ej.: Juan es u n buen a migo para María Ej.: Juan compr ó las f lores a María ¿A/PARA QUIÉN ES JUAN UN BUEN AMIGO? PARA MARÍA
¿A/PARA QUIÉN COMPRÓ JUAN LAS FLORES? A MARÍA
2. Sustituir el posible Complemento Directo por los pronombres personales le, les. Ej.: Juan es u n buen a migo para María Ej.: Juan compr ó las f lores a María Juan LE es un buen am igo Juan LE compró flore s J ! Este método sólo funciona cuando el Complemento Indirecto es un nombre de tercera persona singular o plural. En el resto de los casos deberíamos utilizar los pronombres personales me, te, nos y os.
• Particularidades:
o Si con el verbo de la oración se sobreentiende un elemento sobre el cual recae directamente la acción expresada por él, es posible encontrar un “Complemento Indirecto” que no acompañe a un Complemento Directo explícito, es decir, que aparezca en la misma oración. S. Verbal (P.) Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) S. N. (S.) Juan abrió la puerta a María Juan abrió a María ( la puerta ) S. Nominal
Enl. S. Nom.
Enl. S. Nom.
(C. Directo)
S. Preposic.
S. Preposic.
(C. Indirecto)
(C. Indirecto)
J ! Si tomáramos en el segundo ejemplo el Sintagma Preposicional “a María” como un Complemento Directo, estaríamos cometiendo un... ¡asesinato!, pues la acción del verbo abrir recaería directamente sobre la persona de María, con terribles consecuencias. Por ello, debemos analizar este sintagma como un Complemento Indirecto, pues con el verbo se sobreentiende un elemento que ha de ser abierto.
o Se puede encontrar oraciones donde los pronombres personales me, te, le, nos, os, les, repitan la función de un Complemento Indirecto que ya está expresado en la misma oración. Ej.: S. Verbal (P.) S. N. (S.) S. V. (P.) .A tus pa dres les dio Juan el re ga lo S. Preposicional
Pron. Pers.
(C. Indirecto)
(C. I.)
Enl.
S. Nominal
o Atención: el “Complemento Indirecto” puede también aparecer acompañando a otros complementos verbales, como el Complemento de Régimen o el Complemento Agente.
Complemento de Régimen:
• Definición. Como ya se ha estudiado en el apartado dedicado al Complemento Directo, este complemento verbal sólo puede estar introducido por la preposición “a” y sólo puede llevar esta preposición si hace referencia a un nombre de persona (o de animal o cosa “personificada”). Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan habló . a los a siste ntes Enl.
S. Nominal
S. Preposicional (C. Directo)
Así, el “Complemento de Régimen” es un complemento verbal que puede parecer un Complemento Directo pero que no puede serlo por: o Estar introducido por una preposición distinta de “a”. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan habló . de su p o lítica Enl.
S. Nominal
S. Preposicional (C. de Régimen) o
o Estar introducido por la preposición “a”, pero sin hacer referencia a un nombre de persona (o de animal o cosa “personificada”). S. Verbal (P.) Ej.: S. N. (S.) Juan renunció . a su esca ño Enl. S. Nominal.
S. Preposicional (C. de Régimen)
• Estructura: este complemento verbal es siempre la función de un Sintagma Preposicional,
como se ha visto en los ejemplos anteriores. • Particularidades: o El Complemento de Régimen también puede denominarse como “Suplemento”, “Complemento Preposicional”, “Complemento Preposicional de Régimen”, etc.. o En ciertas ocasiones es posible encontrar un Complemento de Régimen que acompañe a un Complemento Directo. Así, puede afirmarse que existe un “Complemento de Régimen Indirecto”. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan limp ió de pape les su despa cho Enl.
S. Nom.
S. Preposicional
S. Nominal (C. Directo)
(C. Régimen Indirecto)
Complemento Predicativo: • Definición. Complemento verbal que puede estar vinculado al Sujeto o al Complemento Directo: o Si está vinculado al Sujeto: parece una mezcla de Atributo y de Complemento Circunstancial de Modo. Parece un Atributo pues expresa una cualidad del NÚCLEO del Sujeto. No puede serlo ya que no está acompañando a un verbo copulativo (ser, estar y parecer). Parece un Complemento Circunstancial de Modo pues indica la manera como se desarrolla la acción verbal. No puede serlo pues se trata de un Sintagma Adjetival que concierta en género y/o número con el NÚCLEO del Sujeto. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan lleg ó muy co nte nto Cuant. Atributo
C.C. Modo
N.
S. Adjetival (C. Predicativo)
J ! En ocasiones, este tipo se puede analizar como Complemento Predicativo “Objetivo”.
o Si está vinculado al Complemento Directo.
Parece que se halle incluido dentro del Sintagma Nominal, o Preposicional, que tenga la función de Complemento Directo pues expresa una cualidad del NÚCLEO de éste como si fuera un Atributo. Sin embargo, como se trata de un complemento fácilmente diferenciable, puede variar su posición dentro de la misma oración sin que cambie el significado de ésta. Parece un Complemento Circunstancial de Modo pues indica la manera como se desarrolla la acción verbal. No puede serlo al tratarse de un Sintagma Adjetival que concierta en género y/o número con el NÚCLEO del Complemento Directo. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan encontró a María muy contenta Juan encontró muy contenta a María C. Directo Cuant. C.C. Modo
Atributo
Núcleo
Cuant.
S. Adjetival
C.C. Modo
(C. Predicativo)
Núcleo
S. Adjetival (C. Predicativo)
J ! En ocasiones, este tipo se puede analizar como Complemento Predicativo “Subjetivo”. o
C. Directo Atributo
• Estructura: este complemento verbal es siempre la función de un Sintagma Adjetival,
como se ha visto en los ejemplos anteriores. • Particularidad: si bien se ha afirmado que el Complemento Predicativo es siempre la función de un Sintagma Adjetival, también es posible encontrar a un Sintagma Preposicional cumpliendo esta función. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Juan lleg ó de los ner vio s Enl. Atributo
C.C. Modo
S. Nominal
S. Preposicional (C. Predicativo)
Complemento Circunstancial:
• Definición: complemento verbal que expresa las diferentes “circunstancias” en las que se desarrolla la acción verbal. S. Verbal (P.) Ej.: S. N. (S.) Juan vino dire ctame nte a casa esa noche Núcleo
E. S. N. Det. Núcleo
S. Adverbial
S. Prep.
S. Nominal
(C. Circunstancial (C. C. Modo) Lugar)
(C. C. Tiempo)
• Estructura. En el ejemplo anterior se observa que un Complemento Circunstancial puede ser la función de: o Un Sintagma Nominal. o Un Sintagma Adverbial. o Un Sintagma Preposicional. Ej.: “esa noche”. Ej.: “directamente”. Ej.: “a casa”. Atención: el Complemento Circunstancial nunca puede ser la función propia de un Sintagma Adjetival. • Identificación. Para identificar al Complemento Circunstancial se pueden hacer preguntas al NÚCLEO del Sintagma Verbal, entre las que destacan: o ¿CÓMO?, para el C. C. de Modo; o ¿PARA QUÉ?, para el C. C. de Finalidad; o ¿DÓNDE?, para el C. C. de Lugar; o ¿CON QUÉ?, para el C. C. de Instrumento; o ¿CUÁNDO?, para el C. C. de Tiempo; o ¿CON QUIÉN?, para el C. C. de Compañía; o ¿POR QUÉ?, para el C. C. de Causa; etc.. No obstante, como las circunstancias en que puede desarrollarse la acción verbal son tan variadas, hay casos en que no es posible realizar una pregunta determinada para identificarlo. Por ello, se deberá observar otros detalles para identificar el tipo de Complemento Circunstancial.
Complemento Agente:
• Definición: complemento verbal que en las oraciones “pasivas” expresa la persona, animal o cosa que verdaderamente realiza la acción verbal. Ej.: S. N. (S.) S. Verbal (P.) Las flores fueron comprada s .por Juan Enl.
S. N.
S. Preposic. (C. Agente)
• Estructura: este complemento verbal es siempre la función de un Sintagma Preposicional, como se ha visto en el ejemplo anterior. En este sentido, la preposición “por” es la única que puede actuar de enlace. o