FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNSAAC REGLAMENTO INTERNO ACERO°60 Por ser Aprobado por AGAL TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Capítulo Primero: De la denominación y domicilio Capítulo Segundo: De los objetivos Capítulo Tercero: Del Patrimonio de ACERO°60 TITULO II: DE LOS MIEMBROS Y SU STATUS Capítulo Primero: Del Status de los miembros Capítulo Segundo: De los derechos de los miembros de ACERO°60 Capítulo Tercero: De las obligaciones de los miembros de ACERO°60 Capítulo Cuarto: De la admisión, renuncia y expulsión de miembros TITULO III: DE LAS SANCIONES Capítulo Primero: De la clasificación de faltas Capítulo Segundo: Del procedimiento para aplicar las sanciones Capítulo Tercero: De la calificación de “justificada” o “injustificada” para una inasistencia o tardanza TITULO IV: DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO Capítulo Primero: De la Asamblea General de Asociados Legislativa (AGAL) Capítulo Segundo: De la Asamblea General de Asociados Legislativa Extraordinaria (AGALE) Capítulo Tercero: De la Junta Directiva TITULO V: DE LAS ASAMBLEAS GENERALES DE ASOCIADOS Y LOS PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS Capítulo Primero: De las Asambleas Generales de Asociados (AGAs Informativos) Capítulo Segundo: De los Procedimientos Legislativos Capítulo Tercero: De la Conducta en las Sesiones TITULO VI: DE LAS ELECCIONES DE JD Y DE FULL MEMBERS Capítulo Primero: De los requisitos para postular Capítulo Segundo: De la convocatoria a elecciones Capítulo Tercero: De la Carpeta de Postulación Capítulo Cuarto: Del Comité Electoral Capítulo Quinto: Del Quórum de la Asamblea Capítulo Sexto: Del proceso electoral Capítulo Séptimo: De las votaciones Capítulo Octavo: De las Elecciones complementarias
FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNSAAC TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Capítulo Primero: De la denominación y domicilio 1. El Grupo Organizado ACERO°60 es un organismo activo de la Facultad e Ingeniería Civil. 2. ACERO°60 tendrá plena autonomía salvo en los casos que contravenga a lo establecido en los estatutos de UNSAAC, las disposiciones de los Congresos Nacionales. 3. EL Domicilio de su sede se fija en la UNSAAC, ciudad de Cusco; y la coordinación de sus actividades en la dependencia que la universidad fije siempre y cuando no interfiera su autonomía. Capítulo Segundo: De los objetivos 4. Los Objetivos principales de ACERO°60 son: 4.1. Grupo Organizado que busca la Identidad y Participación de los estudiantes de la FIC frente a las actividades curriculares y extracurriculares. 4.2. Promover y proveer experiencia profesional a estudiantes universitarios y recién egresados a través de sus eventos y actividades realizadas. 4.3. Fomentar el entendimiento cultural y la cooperación entre sus relacionados (comunidades estudiantiles, empresariales, gubernamentales, académicas e institucionales.). 4.4. Promover el desarrollo personal de sus miembros al complementar la educación universitaria impartida por la UNSAAC 4.5. Reconocer el potencial de los estudiantes, apoyamos sus propuestas y trabajamos por cumplir tus metas.. Capítulo Tercero: Del Patrimonio del CLUC 5. El patrimonio de ACERO°60 estará constituido por sus bienes, muebles e inmuebles tangibles e intangibles, derechos, y en general por todo lo que pertenezca por cualquier título y todo lo proveniente de las sumas que por cualquier concepto ingrese a su caja. TITULO II: DE LOS MIEMBROS Y SU STATUS Capítulo Primero: Del Status de los miembros 6. Podrán ingresar al grupo organizado ACERO°60 todo estudiante universitario, que pertenezca a la Facultad de Ingeniería Civil, y que no tenga en su haber, más de 2 semestres académicos consecutivos sin ser alumno regular de la universidad. Podrán ser seleccionados como miembros hasta un año de egresados, y permanecer en dicho estado de acuerdo a su desempeño y metas personales dentro de la organización. 7. Todos los integrantes de ACERO°60, sea cual fuera su status, contraen las siguientes responsabilidades: 7.1. Fomentar el respeto entre todos los integrantes de ACERO°60. 7.2. Cumplir con las actividades que les asigne ACERO°60 en el tiempo establecido. 7.3. Usar adecuadamente los recursos de ACERO°60. 7.4. Mantener la oficina como lugar exclusivo de trabajo. 7.5. Conocer y respetar los lineamientos establecidos en el presente Reglamento Local. 8. ACERO°60 considera que sus integrantes están sujetos a los siguientes status de membresía: 8.1. Nuevo – N 8.2. Miembro – M 8.3. Miembro Full – FM 8.4. Miembro en Licencia – ML 8.5. Miembro Full en Licencia- FML 8.6. Miembro en Alerta – MA 8.7. Full Miembro en Alerta - FMA
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9. Todos aquellos miembros que dejan de tener un rol activo dentro del grupo organizado obtienen un status de ex - miembro. ACERO°60 considera los siguientes estados de ex – miembro. 9.1. Egresado– E 9.2. Retirado – R 9.3. Depurado – D 10. NUEVO: 10.1. Se considera nuevo a todo estudiante que sea admitido a través del proceso de selección determinado por la Junta Directiva hasta que culmine su ciclo de inducción, el cual se detalla en el inciso 11.1. 11. MEMBER: 11.1. Se considera MIEMBRO a los miembros que ya han culminado su ciclo de inducción hasta el momento en que sean elegidos como Full Miembros en un proceso regular. De acuerdo al compendio nacional el ciclo de inducción se compone de: - Contar con Ciclo Educativo de Inducción completo. - Inducción Nacional (CONEIC) - Programa de Inducción Local aprobado por el Comité Nacional - Proceso de inducción dentro de una de las áreas. 11.2. Debe trabajar dentro de una de las áreas como miembro regular o en un puesto de liderazgo. 12. FULL MIEMBRO 12.1. El Full Miembro es considerado miembro de pleno derecho según el reglamento interno de ACERO°60. 12.2. Se considera Full Miembro al Miembro que sea elegido en AGA Legislativo (AGAL) por los Full Miembros de ACERO°60. 12.3. Es considerado Full Miembro aquel miembro que cumpla con los siguientes requisitos y haya postulado para ser reconocido como tal: 12.3.1. Requisitos Generales: a) Contar con Ciclo Educativo de Inducción completo. - Inducción Nacional (CONEIC) - Programa de Inducción Local aprobado por el Grupo Organizado. - Proceso de inducción del área b) Aprobar Evaluación de conocimiento de AIESEC, escrita y oral. El Comité Nacional llevará a cabo la evaluación en coordinación con el área de Gestión del Talento. c) Haber sido Presidente del Comité Organizador de por lo menos una (1) círculo de Aprendizaje. Este círculo de aprendizaje tiene los siguientes objetivos bajo 3 dimensiones: Gestión del Talento: de acuerdo al MEC. Comunicaciones: Posicionamiento claro hacia público objetivo. Relaciones Externas: El círculo de Aprendizaje debe realizarse por externos pertenecientes a organizaciones encontradas en las listas aprobadas a nivel local por Relaciones Externas. d) No encontrarse en status de alerta. e) Haber asistido al menos al 75% de las reuniones generales, reuniones de área, reuniones de OC y/o AGA Legislativos locales o nacionales; durante el último trimestre antes de su postulación. 13. Retirado a. Todo miembro que bajo los procedimientos establecidos en este reglamento se retira voluntariamente de la organización. Tiene la posibilidad de reingresar. 14. Depurado
FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNSAAC a. Todo miembro que bajo los procedimiento establecidos en este reglamento queda permanentemente separado de la organización. No puede reingresar o volver a postular bajo ninguna circunstancia. 15. LICENCIA: a. Definición: i. La licencia exime al integrante del ACERO°60 del cumplimiento de sus funciones asignadas, durante un lapso máximo de 1 mes si está en el Perú o máximo 3 meses si está de viaje en el extranjero. ii. El periodo de licencia puede repartirse en dos partes, previa aprobación de la junta directiva. iii. Solo se puede solicitar licencia una vez en cada año. iv. Así mismo, la licencia también recorta temporalmente los derechos y obligaciones del integrante de ACERO°60, de acuerdo a lo establecido en los capítulos segundo y tercero de este Reglamento. Así como el Voto en las Asambleas Generales. v. Ningún MA o FMA puede solicitar licencia. En caso contrario, el encargado de RRHH deberá solicitar la respectiva renuncia del miembro. vi. Sólo los NUEVOS podrán solicitar licencia en casos excepcionales que serán evaluados por la Junta Directiva. vii. Al finalizar la licencia se seguirá lo establecido en el inciso 19.2 viii. Todo lo anterior no se aplica en los casos de miembros que se hallen en el status de CEEDer o EP. 16. MEMBER EN LICENCIA y FULL MEMBER EN LICENCIA a. Procedimiento: i. Son requisitos para solicitar la licencia: 1. Presentar la solicitud por escrito a la JD vigente con al menos 2 semanas de anticipación a la fecha de inicio de la licencia, estableciendo con exactitud el tiempo de licencia y las razones que la justifican. De no cumplirse lo anterior, la situación será evaluada por la Junta Directiva. 2. Ser FM o ser un M con un mínimo de 6 meses de permanencia en ACERO°60 computados desde su admisión en el proceso de selección. A excepción del inciso 17.1.5. ii. La Junta Directiva tomará en cuenta los siguientes criterios para otorgar la licencia: 1. Tiempo de membresía en ACERO°60. 2. Tiempo de trabajo en ACERO°60. 3. Desempeño en el trabajo 4. Motivo razonable y comparable 5. Plazo determinado en la solicitud iii. La junta directiva deberá dar el resultado de la solicitud en un plazo máximo de 7 días naturales. b. Una vez otorgada la licencia, su VP o JD deberá designar a los que suplantarán al ML o FML en sus tareas hasta que éste se reincorpore a ACERO°60, solo si el miembro ocupa un cargo de liderazgo al interior del área. c. Cuando el miembro en licencia se reincorpora al comité local adquiere automáticamente el status de MA o FMA. 17. ALERTA a. Definición: i. La alerta significa un status temporal de sanción a cualquier integrante de ACERO°60 debido al incumplimiento de sus obligaciones. Puede ser amarilla o roja, de acuerdo al Título III (De las Sanciones) del presente Reglamento. Por lo tanto, se espera una mayor cuota de compromiso del integrante de ACERO°60 en sus actividades diarias.
FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNSAAC b. El status de alerta puede revocarse mediante el cumplimiento de una Carta de Compromiso, la cual se rige por lo siguiente: i. Ésta establece responsabilidades específicas que el miembro en alerta debe cumplir en el lapso de 30 días calendarios. ii. Será firmada por el Vice Presidente del área a la cual el miembro pertenece, por el miembro y por el Vicepresidente de Recursos Humanos. iii. De no cumplirse en su totalidad, el miembro adquirirá el status de Depurado-D de forma automática. 18. EGRESADO a. Se considera Egresado de ACERO°60 a todo Full Miembro que decida culminar su periodo dentro de ACERO°60 cumpliendo los criterios establecidos en el compendio nacional. Capítulo Segundo: De los derechos de los miembros de ACERO°60 19. Son derechos de los todos integrantes de ACERO°60, excepto los miembros en alerta: a. Solicitar capacitaciones a la JD. b. Poder participar en el Comité Organizador (OC) de cualquier evento internacional, nacional o local. c. Poder postular a conformar la delegación de ACERO°60 en eventos internacionales. d. Poder postular al status de Full Miembros durante un proceso regular, si es que cumplen con los requisitos estipulados en el Compendio Nacional. e. Poder postular a ser Presidentes de algún OC (OCP) encargado de algún evento local o nacional. f. Poder ser nombrados por su VP o Coordinador como encargados de su correspondiente área, en caso se ausente, asumiendo las responsabilidades del cargo. g. Participar del intercambio cultural a través de eventos locales, nacionales, internacionales o en eventos de otras facultades a los cuales sea invitado. h. Tener voz en todas las reuniones generales, reuniones de área, reuniones de OC y/o AGA Legislativos locales o nacionales. i. Usar el logotipo de ACERO°60 en tarjetas personales y en todo material requerido para el trabajo de ACERO°60. Respetando y previa aprobación de al menos un miembro de la Junta Directiva. j. No ser depurado sin haber accedido a una carta de compromiso previa. 20. Son derechos adicionales del Miembro: a. Podrá ser beneficiado con el voto de confianza otorgado por la Junta Directiva. 21. Son derechos adicionales del Full Miembro: a. Todos los establecidos en el Compendio Nacional. 22. Son derechos adicionales del Egresado: a. Los estipulados en el compendio nacional. Capítulo Tercero: De las obligaciones de los miembros del CLUC 23. Son obligaciones de todos los integrantes de ACERO°60: a. Asistir a las Reuniones Generales, reuniones de área, reuniones de preparación a eventos, reuniones de OC, Congresos Nacionales y/o a toda aquella reunión que la Junta Directiva designe como obligatoria. b. Comunicar su inasistencia o tardanza a alguna reunión o evento al cual haya sido convocado, siguiendo los lineamientos establecidos en el Título III (De las Sanciones) del presente reglamento. c. Participar activamente en su área. d. Participar activamente como miembro de todo OC al que pertenezca. e. Conocer ampliamente el presente reglamento interno. 24. Son obligaciones adicionales de los Full Miembro: a. Asistir y participar de las asambleas de full miembro locales y nacionales.
FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNSAAC b. Participar como delegado de los congresos, conferencias y asambleas legislativas de ACERO°60. c. Colaborar con la junta directiva cuando esta lo requiera. 25. Son obligaciones adicionales del ML o FML: a. Hacer un informe de sus tareas, de preferencia por escrito, con 1 semana de anticipación a su partida, de lo contrario su solicitud de licencia no será aprobada. b. Solicitar una reunión con el responsable de Recursos Humanos y el responsable de su área para el establecimiento y firma de la respectiva carta de compromiso. 26. Son obligaciones adicionales del Egresado: a. Las establecidas en el compendio nacional. Capítulo Cuarto: De la admisión, renuncia y expulsión de miembros 27. Sobre la admisión: a. Los integrantes de ACERO°60 serán admitidos por una convocatoria abierta al público en general, siguiendo el proceso regular de selección de miembros definido por la JD. 28. Sobre las renuncias: a. Puede solicitar su renuncia cualquier miembro del comité. b. El procedimiento a seguir en caso de renuncias es el siguiente: i. Solicitud dirigida a la Junta Directiva con una semana de anticipación, la cual será respondida en el plazo de 7 días calendarios. ii. Acuerdo entre el VP del área y el miembro para coordinar últimas responsabilidades antes de la desvinculación total con ACERO°60. iii. De tratarse de la renuncia de un miembro de Junta Directiva, éste no puede dejar el cargo sin dejar a alguien a cargo de sus funciones y responsabilidades, el cual incluya al menos 3 reuniones. De no cumplirse lo anterior, el miembro de la junta directiva renunciante adquiere el status de Depurado automáticamente. El miembro designado deberá ser aprobado por la Junta Directiva previamente. iv. Una vez aprobada la renuncia, los miembros pierden todos sus derechos y obligaciones, pasando al status de Retirado. Y de ser el caso, pasará al status de egresado, siempre y cuando lo solicite habiendo cumplido los requisitos necesarios para adquirir dicho status. 29. Sobre la Depuración: a. Los integrantes de ACERO°60 pueden ser Depurados siguiendo los lineamientos del Título III (De las Sanciones) del presente Reglamento. 30. Sobre los reingresos: a. Un ex miembro interesado en retornar a ACERO°60 deberá sujetarse a las disposiciones de la Junta Directiva. Ningún miembro que haya sido Depurado de la Asociación podrá reingresar a ACERO°60. TITULO III: DE LAS SANCIONES Capítulo Primero: De la clasificación de faltas 31. Son faltas graves: a. Infringir las políticas nacionales en perjuicio de ACERO°60. b. Dañar la imagen de AIESEC ante potenciales clientes, ante nuestros auspiciadores, clientes, UNSAAC, etc.) o ante otras Facultades. c. Faltar el respeto a los miembros de la asociación en espacios donde se esté llevando a cabo actividades oficiales de ACERO°60. También se incluirán espacios fuera de la asociación cuando haya detrimento a la imagen de ACERO°60.
FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNSAAC d. Publicar conversaciones privadas sin la aprobación de las personas implicadas, siempre que genere perjuicios en su imagen; háyanse hecho bien por video, por audio, por escrito, verbalmente o a través del Chat. e. Provocar intencionalmente lesiones físicas a otro miembro de ACERO°60. f. Hurtar los recursos de ACERO°60. g. Presentar una justificación falsa por inasistencia o tardanza a alguna de las reuniones a las que estaba convocado. h. Cualquier otra situación no considerada en este reglamento y que a criterio de la JD sea considerada como falta grave. 32. Se consideran como reuniones obligatorias para todos los integrantes del Comité Local a: a. Reuniones de área b. Reuniones de OC c. AGAs Informativos d. Team Buildings e. Congresos Nacionales f. Cualquier otro evento que la Junta Directiva designe como obligatorio para los integrantes de ACERO°60 33. Adicionalmente, sólo para los Full Miembros, también se consideran como reuniones obligatorias a: a. Las elecciones de la JD o Full Miembro. b. AGAs Legislativos a nivel local o nacional. c. Cualquier otro evento o reunión que la Junta Directiva designe como obligatorio para los Full Miembros. 34. Por tanto, son consideradas como faltas leves las siguientes situaciones: • • • • • •
Inasistir injustificadamente a 1 reunión obligatoria. Inasistir justificadamente a 2 reuniones obligatorias. Asistir tarde injustificadamente a 2 reuniones obligatorias. Aprovecharse de los recursos de ACERO°60 en beneficio personal y no del grupo organizado. Haber incumplido una actividad en el DDL establecido. Cualquier otra situación no considerada en este reglamento y que a criterio de la JD sea considerada como falta leve.
Capítulo Segundo: Del procedimiento para aplicar las sanciones 35. Todo integrante de ACERO°60 que cometa alguna de las faltas mencionadas, será sancionado por su nivel de coordinación superior de la siguiente manera: a. Al acumular dos falta leve (alerta amarilla) recibirá una llamada de atención verbal. b. Al acumular tres faltas leves o una grave (alerta roja) recibirá una llamada de atención escrita. c. Una vez llegada a alerta roja, cualquier otra falta, sea leve o grave, conllevará automáticamente a la depuración del integrante de ACERO°60, debiéndose comunicar de forma escrita. Adicionalmente, al llegar al punto de estar en alerta roja (3 faltas leves o una grave), todo FM pierde automáticamente su status sin necesidad de una legislación previa. d. El miembro permanecerá en su status por un periodo de seis meses desde la falta cometida, luego de transcurrido el tiempo recuperará su status regular (verde). En el caso de un FM dado de baja a M este no recuperará su status de FM. e. Así mismo, al reincidir en la “alerta roja” por el periodo de un año conllevará a la depuración del miembro. Capítulo Tercero: De la calificación de “justificada” o “injustificada” para una inasistencia o tardanza 36. Las tardanzas deberán comunicarse al encargado de la reunión, estableciendo claramente sus causas y tiempo de retraso aproximado, con anticipación de al menos 24 horas.
FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNSAAC 37. Las inasistencias deberán comunicarse al encargado de la reunión, estableciendo claramente sus causas, con anticipación de al menos 48 horas. 38. En casos de inconvenientes de último minuto que originen una tardanza o inasistencia, el miembro en falta tiene 24 horas (posteriores a la reunión) para esclarecer su situación. Quedando a criterio del encargado de la reunión, recalificar como justificada la inasistencia o tardanza previamente considerada como injustificada. TITULO IV: DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO 39. Los Órganos de Gobierno del CLUC son: a. La Asamblea General de Asociados Legislativa Ordinaria (AGAL) b. La Asamblea General de Asociados Legislativa Extraordinaria (AGALE) c. La Junta Directiva (JD) Capítulo Primero: De la Asamblea General de Asociados Legislativa (AGAL) 40. La Asamblea General de Asociados Legislativa (AGAL), es el máximo órgano de ACERO°60 conformada por todos los Full Miembros de ACERO°60 y aquellos miembros a quienes la JD haya otorgado el voto de confianza. 41. Es atribución exclusiva de la Junta Directiva en curso, convocar a la AGAL. 42. Son atribuciones exclusivas de la Asamblea General de Asociados Legislativa (AGAL): a. Elegir a los nuevos Full Miembros. b. Elegir a los miembros de Junta Directiva. c. Destituir a los miembros de la Junta Directiva. d. Modificar el Reglamento Interno de ACERO°60. 43. Puede abrirse la sesión para la AGAL si: a. En primera convocatoria se cuenta con la asistencia de por lo menos dos tercios del número total de Full Miembros del grupo organizado (incluye los miembros a los que se les ha otorgado el voto de confianza). b. De no conseguir quórum en primera convocatoria, se procederá a hacer una segunda convocatoria en la cual el nuevo quórum será el 50% mas 1 de los convocados a votar. c. La primera convocatoria se efectuará 15 minutos después de la hora comunicada para el inicio del AGA Legislativo. La segunda convocatoria se hará 15 minutos después de la primera convocatoria. 44. Todos los miembros y asistentes externos o miembros votantes que lleguen una vez abierta la AGAL se deberá presentar una moción para hacer efectivo su ingreso. En el caso de tratarse de miembros votantes, éstos tendrán derecho a voz pero habrán perdido su derecho a voto. 45. Tendrán derecho a voz todos los asistentes a la AGAL. Sobre el voto de confianza 46. Se otorgará el voto de confianza a un miembro sólo cuando el número total de Full Miembros sea menor al 10% del total de miembros. En caso el número total de miembros sea menor o igual a 40 el porcentaje ascenderá al 20%. El número total de votos de confianza serán los necesarios para alcanzar la cuota establecida. 47. La JD seguirá los siguientes criterios para otorgar voto de confianza: a. Haber asistido al menos al 75% de las reuniones generales, reuniones de área, reuniones de OC y AGA Legislativos locales y/o nacionales durante el último trimestre antes del AGA Legislativo. b. Tener pleno conocimiento de los actuales reglamentos locales. c. No haber infringido lo estipulado dentro del Reglamento Interno de ACERO°60. d. Que haya culminado su proceso de inducción. Capítulo Segundo: De la Asamblea General de Asociados Legislativa Extraordinaria (AGALE)
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48. El AGALE es el segundo órgano máximo de ACERO°60, después de la Asamblea General de Asociados Legislativa (AGAL), siendo su función esencialmente deliberativa, de control y legislativa, cuando dicha función no sea una de las atribuciones exclusivas del AGA Legislativo (AGAL), debiéndose convocar en los siguientes casos: a. Cuando lo convoque la Junta Directiva de acuerdo a la Planificación de ACERO°60 o en caso sea necesario tratar algún tema urgente que requiera la participación de todos los full miembros del grupo organizado. b. Cuando lo soliciten, por escrito, al menos los 2/3 de los Full Miembros de ACERO°60. 49. La Junta Directiva deberá comunicar la agenda con 48 horas de anticipación a la fecha de realización de la Asamblea Local. 50. En el caso de que la convocatoria para el AGALE sea hecha por los 2/3 de los Full Miembros, éstos deberán enviar a la JD un informe detallado de los temas a tratarse y las razones por las cuales convocan a Asamblea, con tres (3) días de anticipación a la fecha de su realización. A dicho informe deberá adjuntarse una relación con las firmas de los convocantes; este informe deberá ser de conocimiento público. 51. Será responsable de la organización del AGALE, la Junta Directiva o el Full Miembro que la convocó. 52. Tendrán derecho a voz todos los asistentes. 53. Tendrán derecho a votar todos los FM y miembros a los que la Junta Directiva decida otorgarles el voto de confianza. Capítulo Tercero: De la Junta Directiva 54. La Junta Directiva (JD) es el órgano ejecutivo y de administración de ACERO°60. Asimismo, es el representante de ACERO°60 a nivel nacional e internacional. 55. La estructura de la JD será la siguiente: a. Presidente (LCP) b. Un mínimo de 3 Vicepresidentes (VP) 56. La cantidad de VPs, denominaciones y Descripción del Trabajo serán determinados por la Junta Directiva saliente al convocar a Elecciones. 57. El pack de aplicación deberá ser enviado en un plazo no menor a un mes calendario previo a la realización de las elecciones 58. La Junta Directiva será elegida en AGAL entre los meses de noviembre y diciembre. El mes de enero estará enfocado al periodo de Transición. 59. La duración del periodo de JD es de un (1) año. Ningún miembro podrá pertenecer por más de dos (2) periodos consecutivos a la JD (a excepción de un VP que sea elegido LCP). 60. La JD está facultada para crear cargos de Coordinadores, OCPs, u otros cuando así lo crea conveniente para el mejor desempeño de tareas. 61. De no ocuparse todos los cargos en las elecciones de Junta Directiva, la JD saliente podrá convocar si lo considera conveniente a Elecciones Complementarias para completar el siguiente equipo a fin de que todas las posiciones estén cubiertas antes de iniciar el siguiente periodo. 62. La JD entrante debe asumir la responsabilidad directa del manejo del grupo organizado a partir de la fecha de transición de la JD saliente. 63. El periodo de Transición comienza luego de las elecciones de la nueva Junta Directiva y debe finalizar antes la fecha de cambio de la JD. Sobre las funciones de la Junta Directiva 64. Son funciones de la Junta Directiva: a. Organizar, administrar y dirigir al Grupo Organizado, acatando las decisiones tomadas en AGA Legislativo Nacional y Local. b. Presentar la planificación estratégica quince (15) días luego del inicio de su gestión ante la Asamblea Local; así como un informe de sus actividades cada treinta (30 días) y Estados
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c. d. e. f. g. h.
i.
Financieros a fin de periodo. De lo contrario se considerará falta grave de acuerdo a lo estipulado en el Titulo IV: De las Sanciones. Convocar a elecciones, organizar las Asambleas Locales y eventos del Grupo Organizado, pudiendo ser delegados a los miembros aquellos eventos/actividades de menor preponderancia. Vigilar el cumplimiento del Reglamento Interno. Dar a conocer el Reglamento Interno a todos los miembros de ACERO°60, y los Estatutos de ACERO°60. Mantener constante comunicación con los miembros, así como mantener informados a todos los miembros del Grupo Organizado de las decisiones, acuerdos y metas propuestas a nivel nacional. Velar por el cumplimiento de los criterios de mantenimiento de status del Grupo Organizado. Enviar un informe de actividades de ACERO°60 a las autoridades de la Facultad de Ingeniería Civil con las que trabaje ACERO°60, aun cuando éstas no lo soliciten expresamente, con un mínimo de 2 veces por año. De lo contrario se considerará falta grave de acuerdo a lo estipulado en el Titulo IV: De las Sanciones. Estar presentes en las reuniones generales y eventos nacionales de ACERO°60.
65. Cada integrante de la Junta Directiva deberá presentar un informe mensual del avance de sus actividades a todos los miembros del Grupo Organizado, el mismo que deberá ser colgado en los recursos electrónicos con los que se cuenten y promocionarlo vía spam. Este informe tiene plazo para ser puesto a disposición de los miembros dentro de la primera semana de cada mes. 66. Cada integrante de la JD deberá enviar un informe cada semestre escrito a todos los integrantes de ACERO°60 acerca de lo avanzado en su Planificación de área durante el mes anterior, estableciendo el grado en que se cumplió cada una de las metas programadas para el respectivo mes, de acuerdo a la Planificación del periodo en curso. 67. Ningún integrante de la Junta Directiva podrá ausentarse del Grupo Organizado por más de un (1) mes, caso contrario deberá poner su cargo a disposición en Asamblea Legislativa Local. Tampoco podrá ausentarse sin dejar un encargado interino. 68. Cada Vicepresidente es autónomo en su área con el derecho de tomar decisiones con respecto a ella siempre y cuando éstas no pongan en riesgo la continuidad ni la sostenibilidad del Grupo Organizado y deberá informar sobre sus actividades, avances y/o proyectos a Junta Directiva. 69. Todo miembro de la Junta Directiva podrá escoger la cantidad de miembros con los que trabajará, así como determinar su perfil de trabajo. 70. Un miembro de la Junta Directiva puede presentar su carta de renuncia con un mes de anticipación para que la Junta Directiva la evalúe y busque un reemplazo para su cargo. En caso del Presidente, esta carta deberá ser presentada con dos (2) meses de anticipación. En ambos casos, el renunciante tendrá que presentar el motivo de su renuncia ante Asamblea Legislativa y ésta determinará su situación posterior y membresía. Sobre el Presidente (P) 71. Son funciones del Presidente: a. Representar a ACERO°60 tanto interna como externamente b. Presidir las reuniones de Junta Directiva c. Planear, coordinar y dirigir las actividades del Grupo Organizado. d. Firmar los informes financieros junto con el VP encargado de Finanzas. e. Correspondencia y comunicación con el Decano y Docentes. f. Ser el representante oficial ante la UNSAAC. g. Seguimiento al plan de trabajo y desempeño de los Vice Presidentes, Coordinadores y OCPs. 72. El Presidente es el último responsable de la situación del Grupo Organizado. 73. De no existir Presidente entrante, el saliente continuará en el cargo hasta encontrar sucesor aprobado por el AGA Legislativo, por un periodo máximo de tres meses, de no existir hasta ese momento un sucesor electo, el cargo será entregado a un miembro de la Junta Directiva ya electa.
FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNSAAC Sobre los Vicepresidentes (VPs) 74. Las funciones a ser cubiertas entre los Vice Presidentes son: a. Asegurar el cumplimiento de la planificación estratégica hecha al inicio de su gestión. b. Seguimiento y Evaluación de sus miembros c. Velar por la continuidad y sostenibilidad del área. d. Asistir a reuniones de Junta Directiva, reuniones locales y nacionales como representantes del Grupo Organizado; a fin de transmitir los intereses del Grupo Organizado. e. Asegurar que se dé un servicio de calidad a los clientes y auspiciadores de ACERO°60. f. Velar por el desarrollo de competencias y habilidades propias de cada área, a través del acompañamiento y capacitaciones para un buen desempeño por parte de los miembros del área. g. Manejo financiero del área de la cual está encargado. h. Informar a los integrantes de su área acerca de las decisiones tomadas en las reuniones de JD. i. Presentar el 30 de cada mes, y el 28 en el caso de febrero, al área de finanzas los realizados del mes en curso y los estimados del mes entrante. De no cumplirse, la cantidad de dinero asignada al área será de cero. 75. Aquel miembro de la Junta Directiva que no cumpla con sus funciones o con la planificación de actividades por un periodo de un (1) mes, podrá ser destituido de su puesto previa llamada de atención formal por el Presidente. Se convocará a un AGA Legislativo dirigida por un moderador, para la destitución del VP o Presidente. 76. Frente a la renuncia o destitución de un miembro de la Junta Directiva, ésta puede convocar a elecciones complementarias en busca de un reemplazo para el puesto vacante, y de no presentarse algún candidato para el cargo o de no salir electo algún candidato, la Junta directiva puede nombrar a un coordinador o repartirse las responsabilidades, según lo crea conveniente. La designación de un coordinador podrá ser tomado como primera opción por la Junta Directiva, según lo crea más conveniente. Sobre los Coordinadores 77. De los Coordinadores: Son coordinadores aquellos que son elegidos por una junta directiva para encargarse de un área de trabajo. La Junta Directiva puede nombrar coordinadores cuando: a. Decida abrir un área nueva durante su periodo de gobierno. b. Cuando quede vacante algún cargo después de elecciones. c. Cuando un VP u otro Coordinador renuncie o sea destituido de su puesto. 78. Son obligaciones de los coordinadores: a. Asistir a reuniones de junta directiva y reuniones nacionales b. Presidir las reuniones con los miembros que forman parte de su coordinación c. Presentar un plan de trabajo al comienzo del ejercicio de sus funciones d. Seguimiento y Evaluación de sus miembros e. Informar a los VPs y Presidente sobre el avance de sus actividades f. Las mismas obligaciones que tenga un VP respecto de sus miembros de acuerdo a este Reglamento. 79. Son derechos de los coordinadores a. Derecho a voz respecto a los debates en junta directiva. b. Contar con orientación de los miembros de la Junta Directiva para el desarrollo de sus funciones. c. Presentar a la junta directiva una relación de miembros con los cuales considera necesario realizar su labor, de ser necesario d. La renuncia o destitución del coordinador será aprobada por decisión de la junta directiva.
FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNSAAC TITULO V: DE LAS ASAMBLEAS GENERALES DE ASOCIADOS Y LOS PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS Capítulo Primero: De las Asambleas Generales de Asociados (AGAs Informativos) 80. La Asamblea General de Asociados (AGA) está conformada por todos los integrantes de ACERO°60, sin importar su status. 81. La Asamblea General de Asociados (AGA), tiene como finalidad informar a los integrantes de ACERO°60 sobre la marcha de las actividades del Grupo Organizado y decidir algunos aspectos generales sin carácter legislativo. 82. Convocar a AGA es atribución exclusiva de la Junta Directiva, con una periodicidad de cómo mínimo una vez al mes. Puede convocarse a AGA más seguido si las circunstancias lo ameritan. 83. La Junta Directiva elegirá a uno de sus integrantes como chair (encargado) de la organización de la AGA . 84. Se convocará a AGA con plazo mínimo de 3 días antes de llevarse a cabo, debiendo ser comunicado vía Correo Masivo indicando lugar, hora y agenda. Capítulo Segundo: De los Procedimientos Legislativos Subcapítulo I: Del Moderador 85. Son atribuciones del moderador las establecidas en el compendio nacional. Subcapítulo II: Del Secretario. 86. Son atribuciones del primer y segundo secretario las establecidas en el compendio nacional. Subcapítulo III: De la Asistencia, del Quórum y de las Votaciones 87. Se procederá según el compendio nacional. Subcapítulo IV: De las Minutas y Distribución de los Papeles de Trabajo 88. Es necesario tener copias de las minutas, de forma completa y exacta, así como de fácil lectura y entendimiento, las cuales se elaborarán de acuerdo a lo establecido en el Compendio Internacional. Subcapítulo V: De las Mociones, Enmiendas y Mociones de Procedimiento 89. Podrán proponer y secundar mociones todos los Full Miembros de ACERO°60. 90. Ninguna moción o enmienda podrá ser discutida a menos que sea secundada. El miembro que presente la moción podrá hablar sobre ella para conseguir que la secunden. 91. No se podrá retirar una moción que está sobre la mesa sin la aprobación de la sala. 92. Ningún asunto será discutido si no se refiere a un punto aprobado por la Agenda, excepto si es autorizado por el Moderador. 93. No se aceptará por parte de la mesa ninguna enmienda que cambie el sentido de la moción, sin el permiso del proponente y secundante. 94. No se aceptará enmienda mientras la primera no haya sido evaluada, ya sea aprobada y/o retirada. 95. El proponente de una moción, pero no de la enmienda, tendrá el derecho de replicar directamente antes de que se proceda a la votación. 96. Si la moción “QUE SE LIMITE EL TIEMPO DE LOS DEBATES" es aprobada, el moderador deberá hacer una lista de los que deseen hablar por primera vez sobre el asunto, y deberá dar a cada uno una porción igual de tiempo especificado. Al proponente le será permitido un máximo de cinco (5) minutos para concluir antes que la moción original sea puesta a votación. 97. Si la moción "QUE SE VOTE LA MOCION" ha sido aprobada, ninguna discusión sobre la moción original podrá ser permitida. Sólo el proponente de la cuestión original podrá hablar antes de que esta sea puesta a votación. Capítulo Tercero: De la Conducta en las Sesiones
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98. El orador debe limitar su discurso estrictamente a la moción que se está discutiendo. 99. En caso de no estar ninguna moción sobre la mesa, el orador debe limitarse a hablar sobre el punto de la agenda que se este trabajando en ese momento. 100. Tendrán prioridad en el orden del uso de la palabra aquellos miembros que no hayan tenido uso de ella. 101. Ningún miembro podrá hablar más de cinco (5) minutos. 102. Si a criterio del moderador, un miembro ha contravenido alguna norma de conducta durante una sesión de AGA Legislativo, tendrá las siguientes sanciones: a. Primera vez: llamada de atención. b. Segunda vez: suspensión del derecho de voz. c. Tercera vez: suspensión del derecho de voto y expulsión de la sesión.
TITULO VI: DE LAS ELECCIONES DE JD Y DE FULL MEMBER Capítulo Primero: De los requisitos para postular De Tratarse de elecciones a FM: 103. Cumplir con los requisitos establecidos en el Título II del Presente Reglamento, relativo al status de Full Miembro. De tratarse de elecciones a JD: 104. Tienen derecho a postularse a Junta Directiva todos los miembros de ACERO°60 que cumplan con los siguientes requisitos indispensables: a. Ser Full Miembro, o ser respaldado por un FM, el cual presente una moción a favor de la postulación del M interesado, la cual se ser aprobada según los procedimientos regulares, autorizará al M su postulación. b. Pasar satisfactoriamente el Junta de Selección según el Compendio nacional, donde se revisará lo siguiente: i. Conocimiento del idioma inglés a nivel intermedio (a verificar en el CV) ii. Buen manejo del Grupo Organizado, realidad de ACERO°60 y la FIC. iii. Asistencia a eventos nacionales y/o internacionales. iv. Conocimiento del Reglamento Interno de ACERO°60. v. No haber cometido alguna falta grave establecida en el Reglamento. c. La mesa para la Junta de Selección deberá ser conformada según el compendio nacional. d. Haber presentado su carpeta de postulación completa y debidamente llenada en el deadline DDL establecido. Capítulo Segundo: De la convocatoria a elecciones 105. Todo proceso de elección de Junta Directiva deberá ser abierto con mínimo 1 mes de anticipación a la fecha establecida en la se realizarán las elecciones. 106. Todo proceso electoral deberá ser abierto, en el caso de elecciones a FM, con 2 semanas de anticipación como a la fecha de elección establecida. Capítulo Tercero: De la Carpeta de Postulación De Tratarse de elecciones a FM: 107. Cada postulante deberá presentar la documentación estipulada en el compendio nacional en el DDL establecido. De tratarse de elecciones a JD:
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108. Cada postulante deberá presentar su carpeta de postulación en el deadline DDL establecido, conteniendo los siguientes documentos: a. Cuestionario de aplicación debidamente llenado (las instrucciones se encontrarán en el propio cuestionario) b. Plan de Acción con los objetivos en mente para su período y las estrategias para alcanzarlas. c. Curriculum académico profesional y ACERO (incluir conocimiento de idiomas). d. Carta de Motivación. e. Dos cartas de recomendación o soporte como mínimo y seis como máximo. Dos de ellas debe ser de miembros actuales de ACERO°60. 109. Todos los postulantes deberán nombrar sus carpetas de la siguiente manera: nombre&apellido.zip (e.j juanperez.zip). Dentro de ésta se incluirán los documentos antes mencionados que deberán ser nombrados de la siguiente manera: a. Para el cuestionario: nombre&apellido_app.doc b. Para el Plan de acción: nombre&apellido_plan.doc c. Para el curriculum: nombre&apellido_cv.doc d. Para la Carta de motivación: nombre&apellido_mot.doc e. Para el currículo aieseco: nombre&apellido_cva.doc Capítulo Cuarto: Del Comité Electoral 110. La mesa o comité electoral tanto para elecciones de Full Miembro o Junta Directiva, estará compuesto por 4 personas (designadas por la Junta Directiva): a. 1 Egresado que haya sido Junta Directiva anteriormente b. 1 miembro del Grupo Organizado no Full Miembro c. 1 miembro de la Junta Directiva que no esté postulando 111. Los miembros del Comité Local que conformen el Comité Electoral pierden automáticamente su voto. 112. En el momento de efectuarse las elecciones El Comité Electoral es la máxima autoridad, y como tal tendrá las siguientes atribuciones: a. Comunicar la aceptación o no de las postulaciones de acuerdo a los requerimientos planteados y que se mencionan al inicio del presente documento. b. Publicar las postulaciones aceptadas vía correo en el deadline DDL establecido. c. Publicación de la lista oficial de votantes en el deadline DDL establecido. d. Publicación de los resultados de elecciones Capítulo Quinto: Del Quórum de la Asamblea 113. Al tratarse de una Asamblea General de Asociados Legislativa (AGAL), se debe seguir el procedimiento establecido en el Título IV del presente Reglamento: De los Órganos de Gobierno. Capítulo Sexto: Del proceso electoral 114. Las elecciones se llevarán a cabo en dos días determinados por la Junta Directiva. Siendo las elecciones de VPs posterior a las de Presidente. 115. Aquel postulante a FM, VP o Presidente que llegue una vez abierta la Asamblea no podrá continuar dentro del proceso de elecciones salvo que la Asamblea decida lo contrario mediante la presentación y aprobación de una moción. Elecciones de LCP 116. Cada postulante tendrá derecho a un speech. El tiempo será decidido por la mesa electoral. 117. El orden de los speechs se determinará por sorteo de la Mesa Electoral. 118. De haber más de un postulante, éstos no podrán estar presentes al mismo tiempo del speech, por lo que deberán retirarse de la sala.
FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNSAAC 119. Después del respectivo speech, el Comité Electoral dará inicio a la rueda de preguntas. El tiempo será determinado por la mesa electoral. 120. Seguidamente, los presentes en el AGAL podrán realizar sus preguntas. El tiempo será determinado por la mesa electoral. 121. Cada pregunta no deberá exceder al minuto, ni cada respuesta al minuto y medio. 122. El postulante a Presidente que no saliera electo tiene derecho a presentar su postulación a un cargo de Vicepresidencia. Elecciones de Vicepresidentes 123.
Se realiza el mismo procedimiento que para la elección de Presidente.
Elecciones de Full Miembro 124.
Se realiza el mismo procedimiento que para la elección de Presidente.
Capítulo Séptimo: De las votaciones 125. Todos los integrantes de ACERO°60 (sin importar su status) tienen el deber y el derecho de asistir a las elecciones. 126. Las votaciones se llevarán a cabo después de escuchar los speechs y las preguntas de la mesa y de la asamblea. 127. El voto es secreto y por escrito. 128. Votan únicamente los Full Miembros y Miembros a los que se la haya otorgado el voto de confianza, de acuerdo a los criterios establecidos en este reglamento. 129. El voto se llevará a cabo mediante balotas, las cuales indicarán el nombre de todos los candidatos y el cargo al que postula seguido de un espacio designado para la votación. 130. El voto puede hacerse de tres maneras: a. A favor. b. En contra. c. Abstención (en blanco). 131. Forman parte del pozo: los votos válidamente emitidos (sin contar las abstenciones). 132. Los postulantes no perderán su derecho a votar, sin importar el cargo al que postulen. 133. Cada miembro con derecho a voto recibirá una cédula de votación en blanco según el llamado de la Mesa Electoral. 134. Los votantes entregarán sus cédulas de votación a la Mesa Electoral según llamado. 135. El CE realizará el conteo de los votos en frente de la Asamblea para verificar si están completos. 136. El CE electoral continuará con el escrutinio de los votos de manera privada, salvo moción del AGAL que se podrá presentar durante la realización del AGAL. 137. Para que un postulante sea elegido como FM, VP o Presidente, deberá contar con los 2/3 de los votos de la lista de asistentes con derecho a voto. En el caso de elecciones a VP y Presidente, si ninguno de los candidatos cuenta con esta cantidad de votos, se procederá a una segunda votación, sólo entre los 2 candidatos con mayor número de votos obtenidos. Previo a esto, los 2 candidatos realizarán otro speech de máximo 3 minutos. 138. En segunda vuelta bastará con mayoría simple para ser declarado ganador. 139. El CE anunciará los resultados a la Asamblea General. Capítulo Octavo: De las Elecciones Complementarias 140. La Junta Directiva Electa en coordinación con la Junta Directiva Saliente decidirán sobre las elecciones complementarias y serán los responsables finales de las mismas. 141. Las elecciones complementarias se deberán realizar en un plazo no menor a 15 días posteriores a la realización de las primeras elecciones.