PNT DE ARCHIVO DE DOCUMENTACIÓN
1. los PNTs, las guías de elaboración y control, los prospectos, las etiquetas, el contrato con la farmacia elaboradora, el formulario de peticiones y cualquier documentación relacionada con la actividad de nivel 1 de elaboración de formulación magistral se archivará en una carpeta, debidamente acondicionada, y ubicada en la zona de Atención Farmacéutica de la farmacia. 2. Las recetas dispensadas se clasificaran por fechas de dispensación y se archivarán por años, durante 2 años. 3. Si la receta contiene algún psicótropo, se registra en el libro recetario y se archiva por años, durante 2 años. 4. Como norma general, se unirá con un clip el justificante del fax enviado con la prescripción, el impreso de petición a terceros, la ficha registro de formulación de la farmacia elaboradora y la hoja con los datos del material de acondicionamiento, así como la valoración del precio de venta al público estipulado.
Elaborado por Manuela Plasencia Cano Sociedad Española de Farmacia Rural-SEFAR. C/ Villanueva, 11. 28001- MADRID. CIF: G85962124. Asociación Inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, Grupo 1, Sección 1, Nº Nacional 595328. Web: http://www.sefar.org.es/ E-mail de contacto: hablaconsefar@sefar.org.es