Pequeño Manual Anti-Represivo LGBT - La Plata

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PEQUEÑO MANUAL

DIRECCIONES Y CONTACTOS ÚTILES: *en el caso de una acusación de un DELITO PENAL, la U.F.I., el Juzgado y la Defensoría Oficial lxs encontrás en CALLE 7 E/ 56 Y 57 (Horario: de 8 a 14 hs.) *en el caso de una acusación de DELITO CONTRAVENCIONAL, el/la Juez/a Correccional lx encontrás en CALLE 48 Y DIAGONAL 74 (Horario: de 8 a 14 hs.). *También podés BUSCAR AYUDA en DEFENSORÍA DEL PUEBLO, CALLE 7 ESQ. 49 (Horario: de 10 a 15 hs.) Teléfono: (0221) 5217300.

LA PLATA 1RA EDICIÓN JUNIO 2014 2DA.EDICIÓN NOVIEMBRE 2014

PEQUEÑO MANUAL

DIRECCIONES Y CONTACTOS ÚTILES: *en el caso de una acusación de un DELITO PENAL, la U.F.I., el Juzgado y la Defensoría Oficial lxs encontrás en CALLE 7 E/ 56 Y 57 (Horario: de 8 a 14 hs.) *en el caso de una acusación de DELITO CONTRAVENCIONAL, el/la Juez/a Correccional lx encontrás en CALLE 48 Y DIAGONAL 74 (Horario: de 8 a 14 hs.). *También podés BUSCAR AYUDA en DEFENSORÍA DEL PUEBLO, CALLE 7 ESQ. 49 (Horario: de 10 a 15 hs.) Teléfono: (0221) 5217300.

LA PLATA 1RA EDICIÓN JUNIO 2014 2DA.EDICIÓN NOVIEMBRE 2014


contenido

Violencia policial. Herramientas anti-represivas. Autodefensa. Estrategias para el cuidado. Hacelo vos mismx. Cómo usar la Ley de Identidad de Género.

DISCRIMINACIÓN >> En una situación donde seamos discriminadx por nuestra expresión de género (mujeres y varones trans, chicas travestis y otras identidades), sexualidad (putos, tortas, bi-pansexuales y cariñosxs en general), corporalidad, nacionalidad, clase y en las que nos veamos expulsadxs, hostigadxs y/o perseguidxs por el sólo hecho de existir y de hacer un ejercicio público de nuestras formas de vida, NO LO DUDES:

NO TE SOBREEXPONGAS A SITUACIONES DE VIOLENCIA EN SOLEDAD >>

BUSCÁ AYUDA >>

COLECTIVIZÁ EL RECLAMO >>

ORGANICEMOS EL ESCRACHE ENTRE AMIGXS

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contenido

Violencia policial. Herramientas anti-represivas. Autodefensa. Estrategias para el cuidado. Hacelo vos mismx. Cómo usar la Ley de Identidad de Género.

DISCRIMINACIÓN >> En una situación donde seamos discriminadx por nuestra expresión de género (mujeres y varones trans, chicas travestis y otras identidades), sexualidad (putos, tortas, bi-pansexuales y cariñosxs en general), corporalidad, nacionalidad, clase y en las que nos veamos expulsadxs, hostigadxs y/o perseguidxs por el sólo hecho de existir y de hacer un ejercicio público de nuestras formas de vida, NO LO DUDES:

NO TE SOBREEXPONGAS A SITUACIONES DE VIOLENCIA EN SOLEDAD >>

BUSCÁ AYUDA >>

COLECTIVIZÁ EL RECLAMO >>

ORGANICEMOS EL ESCRACHE ENTRE AMIGXS

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o parcial, deberás contar con una autorización judicial que no debe tardar más de 60 días. Como en el caso del cambio registral de sexo y cambio de nombre/s de pila, podrás contar con el acompañamiento gratuito de un abogado. 6 SI SOS EXTRANJERO/A, TAMBIÉN TENÉS DERECHO A LA RECTIFICACION REGISTRAL DE SEXO Y CAMBIO DE NOMBRE/S DE PILA, pero será necesario que tengas residencia legal en Argentina. ¿Cómo lo hacés? Paso I: en el caso de que tengas residencia legal en Argentina y hayas rectificado tu sexo en tu país de origen, sólo tendrás que solicitarlo aquí presentando tu documento de identidad, partida de nacimiento, pasaporte y sentencia judicial donde se deje constancia del cambio que realizaste en tu país, según la legislación del mismo. En el caso de que no hayas realizado la rectificación registral de tu sexo en tu país de origen, deberás primero tramitar tu residencia legal en Argentina y tu DNI para extranjeros. Te pedirán también explicar cuáles son las razones por las que no pudiste hacer el cambio en tu propio país.

VIOLENCIA POLICIAL- HERRAMIENTAS ANTI-REPRESIVAS

* Nadie tiene obligación legal de llevar sus documentos, menos aún si somos menores de edad. Sin embargo, como la falta de documento es una excusa habitual para detenernos, y nos expone algunas violencias, tratemos de llevarlos cuando salgamos a la calle. Para las personas trans que todavia no hayamos hecho el cambio registral acorde a nuestra identidad actual autopercibida, es importante saber que podemos apelar al art. 12 de la Ley de Identidad de Género 23.743, en el que costa: ART. 12. — Trato digno. Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados. Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de iden-

Paso II: en ambos casos, la oficina ante la que realizaste el trámite deberá verificar que los requisitos se han cumplido correctamente y participar de ello a la Dirección Nacional de Migraciones, organismo responsable de formalizar las modificaciones requeridas y comunicar al Registro Nacional de las Personas a fin de que éste emita el nuevo DNI. Si rechazan el trámite, podrás consultar a un/a abogado/a para que te ayude a evaluar los fundamentos de tal rechazo. 22 o parcial, deberás contar con una autorización judicial que no debe tardar más de 60 días. Como en el caso del cambio registral de sexo y cambio de nombre/s de pila, podrás contar con el acompañamiento gratuito de un abogado. 6 SI SOS EXTRANJERO/A, TAMBIÉN TENÉS DERECHO A LA RECTIFICACION REGISTRAL DE SEXO Y CAMBIO DE NOMBRE/S DE PILA, pero será necesario que tengas residencia legal en Argentina. ¿Cómo lo hacés? Paso I: en el caso de que tengas residencia legal en Argentina y hayas rectificado tu sexo en tu país de origen, sólo tendrás que solicitarlo aquí presentando tu documento de identidad, partida de nacimiento, pasaporte y sentencia judicial donde se deje constancia del cambio que realizaste en tu país, según la legislación del mismo. En el caso de que no hayas realizado la rectificación registral de tu sexo en tu país de origen, deberás primero tramitar tu residencia legal en Argentina y tu DNI para extranjeros. Te pedirán también explicar cuáles son las razones por las que no pudiste hacer el cambio en tu propio país.

tidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a. En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada.

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VIOLENCIA POLICIAL- HERRAMIENTAS ANTI-REPRESIVAS

* Nadie tiene obligación legal de llevar sus documentos, menos aún si somos menores de edad. Sin embargo, como la falta de documento es una excusa habitual para detenernos, y nos expone algunas violencias, tratemos de llevarlos cuando salgamos a la calle. Para las personas trans que todavia no hayamos hecho el cambio registral acorde a nuestra identidad actual autopercibida, es importante saber que podemos apelar al art. 12 de la Ley de Identidad de Género 23.743, en el que costa: ART. 12. — Trato digno. Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados. Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de iden-

Paso II: en ambos casos, la oficina ante la que realizaste el trámite deberá verificar que los requisitos se han cumplido correctamente y participar de ello a la Dirección Nacional de Migraciones, organismo responsable de formalizar las modificaciones requeridas y comunicar al Registro Nacional de las Personas a fin de que éste emita el nuevo DNI. Si rechazan el trámite, podrás consultar a un/a abogado/a para que te ayude a evaluar los fundamentos de tal rechazo. 22

tidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a. En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada.

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Este artículo NOS permite HACER VALER NUESTRO DERECHO BÁSICO A LA IDENTIDAD, y es una herramienta CLAVE con la que podemos RESISTIR el abuso policial y la violencia institucional, como por ejemplo algunas de las siguientes situaciones: - ES VIOLENCIA que nos traten y registren en cualquier instancia institucional (comisaria, hospital, escuelas) con datos personales que NO representen NUESTRA identidad de género autopercibida. Frente a esto TENEMOS el derecho a EXIGIR la corrección inmediata de nuestros datos. - ES VIOLENCIA que en caso de detención nos revise personal policial NO acorde a NUESTRO género. Por ejemplo, si somos una mujer trans, o travesti que la policía intenta detener, SOLO DEBE realizarnos el cacheo personal policial FEMENINO. Si lo intenta hacer un policía hombre ES ILEGAL Y PODEMOS RESISTIRNOS CON EL AMPARO DE LA LEY. Es importante que conozcamos bien este artículo, y lo hagamos valer, porque nos puede AYUDAR A RESISTIR numerosas situaciones de violencia frente a la policía, y la situación de detención.

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4 SI TENÉS MAS DE 18 AÑOS, PODÉS SOLICITAR UNA INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA Y/O TRATAMIENTOS HORMONALES QUE PERMITAN ADECUAR TU CUERPO A TU IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA. ¿Cómo lo hacés? Paso I: deberás elegir un hospital y solicitar un turno con el/la médico/a. Ella/él te harán firmar un formulario que se llama consentimiento informado y que se pide para dejar constancia de que se te ha proporcionado información clara, precisa y suficiente sobre el tipo de procedimiento que te aplicarán, sus riesgos posibles y/o consecuencias derivadas del mismo. Los treinta y tres hospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están obligados por la Ley de Identidad de Género a atenderte. 5 SI SOS MENOR DE 18 AÑOS, TAMBIÉN PODÉS ACCEDER A LAS TERAPIAS HORMONALES Y/O INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS GENITALES TOTALES O PARCIALES, pero el trámite cambia según una u otra cosa. Paso I: en el caso de las terapias hormonales, si tus representantes legales están de acuerdo con tu decisión de iniciar un tratamiento, con sólo firmar el formulario de consentimiento informado podés comenzarlo. Si tus representantes no acuerdan, entonces tendrás que recurrir a la Justicia, la que debe proceder de manera rápida y ágil a fin de que puedas ejercer tu derecho lo más pronto posible. Paso II: en el caso de una intervención quirúrgica genital, total 21

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Este artículo NOS permite HACER VALER NUESTRO DERECHO BÁSICO A LA IDENTIDAD, y es una herramienta CLAVE con la que podemos RESISTIR el abuso policial y la violencia institucional, como por ejemplo algunas de las siguientes situaciones: - ES VIOLENCIA que nos traten y registren en cualquier instancia institucional (comisaria, hospital, escuelas) con datos personales que NO representen NUESTRA identidad de género autopercibida. Frente a esto TENEMOS el derecho a EXIGIR la corrección inmediata de nuestros datos. - ES VIOLENCIA que en caso de detención nos revise personal policial NO acorde a NUESTRO género. Por ejemplo, si somos una mujer trans, o travesti que la policía intenta detener, SOLO DEBE realizarnos el cacheo personal policial FEMENINO. Si lo intenta hacer un policía hombre ES ILEGAL Y PODEMOS RESISTIRNOS CON EL AMPARO DE LA LEY. Es importante que conozcamos bien este artículo, y lo hagamos valer, porque nos puede AYUDAR A RESISTIR numerosas situaciones de violencia frente a la policía, y la situación de detención.

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cambio. El número de DNI es el mismo que tenías antes, sólo cambia el nombre o la apariencia física.

cambio. El número de DNI es el mismo que tenías antes, sólo cambia el nombre o la apariencia física. 4 SI TENÉS MAS DE 18 AÑOS, PODÉS SOLICITAR UNA INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA Y/O TRATAMIENTOS HORMONALES QUE PERMITAN ADECUAR TU CUERPO A TU IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA. ¿Cómo lo hacés? Paso I: deberás elegir un hospital y solicitar un turno con el/la médico/a. Ella/él te harán firmar un formulario que se llama consentimiento informado y que se pide para dejar constancia de que se te ha proporcionado información clara, precisa y suficiente sobre el tipo de procedimiento que te aplicarán, sus riesgos posibles y/o consecuencias derivadas del mismo. Los treinta y tres hospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están obligados por la Ley de Identidad de Género a atenderte. 5 SI SOS MENOR DE 18 AÑOS, TAMBIÉN PODÉS ACCEDER A LAS TERAPIAS HORMONALES Y/O INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS GENITALES TOTALES O PARCIALES, pero el trámite cambia según una u otra cosa. Paso I: en el caso de las terapias hormonales, si tus representantes legales están de acuerdo con tu decisión de iniciar un tratamiento, con sólo firmar el formulario de consentimiento informado podés comenzarlo. Si tus representantes no acuerdan, entonces tendrás que recurrir a la Justicia, la que debe proceder de manera rápida y ágil a fin de que puedas ejercer tu derecho lo más pronto posible. Paso II: en el caso de una intervención quirúrgica genital, total 21


Paso III: tenés que hacer una nota explicando que, bajo amparo de la Ley de Identidad Género, querés que se cambie la identidad existente en la documentación previa a tu cambio. También podés cambiar tu identidad en la/s partida/s de nacimiento de tus hijos/as. En ningún caso pueden solicitarte la partida de nacimiento original o el viejo Documento Nacional de Identidad. Estos datos son absolutamente confidenciales y privados. 3 SI SOS MENOR DE 18 AÑOS, también podés solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre/s de pila e imagen. ¿Cómo lo hacés? Paso I: necesitás un representante legal que te acompañe en los trámites. Pueden ser tus padres, tutores o cualquier otra persona a la que la Justicia haya dado tu guarda. Si éstos están de acuerdo con tu decisión, entonces deberán darte una autorización. Podés disponer gratuitamente de un abogado para que te acompañe durante todo el trámite. Si tus padres, tutores o aquella persona bajo cuya guarda te encontrás no quieren que realices el cambio, entonces podrás recurrir a la Justicia. La rectificación del sexo y el/los nombre/s de pila no implican que pierdas los derechos y obligaciones de carácter civil, laboral, comercial y/o de familia que tenías antes de este

ENTONCES ¿Qué HACEMOS si detienen a algúnx de nosotrxs? Si nos enteramos que la cana detuvo a algunx de nosotrxs hay mucho que podemos hacer si sabemos algunas cosas sencillas y estamos organizadxs para defendernos rápido * Cuando nos detienen, la policía TIENE OBLIGACION de dejarnos hablar por teléfono con un familiar, unx abogadx o una persona de confianza. También tienen que informarnos, a nosotrxs o a cualquier persona de nuestra confianza que pregunte en la comisaría, CUAL ES EL MOTIVO de la detención (delito, falta o contravención, o por averiguación de identificación).

PRIMERAS ACCIONES

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CONSIGNADA EN LOS VIEJOS DOCUMENTOS: certificados, inscripciones, carnet de salud, títulos escolares, titularidad de cuenta bancaria, inscripción en AFIP, en ANSES, etc.

Cuando nos enteramos que algunx de nostrxs está detenido, lo primero que hay que hacer es llamar o ir a la comisaría. Si somos varixs, mejor. Es importante que nos expresemos con seguridad y con las palabras apropiadas. Los policías nos van a mirar muy distinto si ven que hablan con una persona que sabe de qué se trata y a la que no pueden confundir. Tenemos que saber qué preguntar y a quién preguntárselo, y entender lo que nos dicen. Si nos detienen, y nos VIOLENTAN inscribiéndonos ILEGALMENTE con datos que no respetan nuestra identidad 5

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Paso III: tenés que hacer una nota explicando que, bajo amparo de la Ley de Identidad Género, querés que se cambie la identidad existente en la documentación previa a tu cambio. También podés cambiar tu identidad en la/s partida/s de nacimiento de tus hijos/as. En ningún caso pueden solicitarte la partida de nacimiento original o el viejo Documento Nacional de Identidad. Estos datos son absolutamente confidenciales y privados. 3 SI SOS MENOR DE 18 AÑOS, también podés solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre/s de pila e imagen. ¿Cómo lo hacés? Paso I: necesitás un representante legal que te acompañe en los trámites. Pueden ser tus padres, tutores o cualquier otra persona a la que la Justicia haya dado tu guarda. Si éstos están de acuerdo con tu decisión, entonces deberán darte una autorización. Podés disponer gratuitamente de un abogado para que te acompañe durante todo el trámite. Si tus padres, tutores o aquella persona bajo cuya guarda te encontrás no quieren que realices el cambio, entonces podrás recurrir a la Justicia. La rectificación del sexo y el/los nombre/s de pila no implican que pierdas los derechos y obligaciones de carácter civil, laboral, comercial y/o de familia que tenías antes de este 20

ENTONCES ¿Qué HACEMOS si detienen a algúnx de nosotrxs? Si nos enteramos que la cana detuvo a algunx de nosotrxs hay mucho que podemos hacer si sabemos algunas cosas sencillas y estamos organizadxs para defendernos rápido * Cuando nos detienen, la policía TIENE OBLIGACION de dejarnos hablar por teléfono con un familiar, unx abogadx o una persona de confianza. También tienen que informarnos, a nosotrxs o a cualquier persona de nuestra confianza que pregunte en la comisaría, CUAL ES EL MOTIVO de la detención (delito, falta o contravención, o por averiguación de identificación).

PRIMERAS ACCIONES

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CONSIGNADA EN LOS VIEJOS DOCUMENTOS: certificados, inscripciones, carnet de salud, títulos escolares, titularidad de cuenta bancaria, inscripción en AFIP, en ANSES, etc.

Cuando nos enteramos que algunx de nostrxs está detenido, lo primero que hay que hacer es llamar o ir a la comisaría. Si somos varixs, mejor. Es importante que nos expresemos con seguridad y con las palabras apropiadas. Los policías nos van a mirar muy distinto si ven que hablan con una persona que sabe de qué se trata y a la que no pueden confundir. Tenemos que saber qué preguntar y a quién preguntárselo, y entender lo que nos dicen. Si nos detienen, y nos VIOLENTAN inscribiéndonos ILEGALMENTE con datos que no respetan nuestra identidad 5


EN LA COMISARÍA

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autopercibida, es importante que quienes nos busquen en las comisarias, lo hagan a partir de descripciones físicas, nombrando nuestra vestimenta y características de este tipo para poder encontrarnos. Si con todos estos datos NO PODEMOS ENCONTRAR a la persona que buscamos, tenemos la posibilidad de presentar un HABEAS CORPUS (recurso legal para obtener información inmediata sobre el paradero de una persona buscada). Se puede hacer en cualquier momento del día, sin necesidad de unx abogadx, y se presenta en el juzgado de turno (ver direcciones), y se puede presentar de forma escrito u oral (pero es recomendable, siempre hacerlo por escrito con una copia para poder reclamar en caso de que no nos respondan).

Cuando lleguemos a la comisaria siempre tenemos que preguntar por el Jefe de Servicio u Oficial de Servicio (generalmente un oficial inspector o subinspector) que es el que “maneja” la comisaria. El suboficial que nos va a recibir en el mostrador es el Ayudante de Guardia. A él le tenemos que decir que queremos hablar con el OFICIAL DE SERVICIO, para conocer la situación de la persona detenida que estamos buscando. La primera pregunta es: Tenemos información de que “fulano / mengana” está 6

EN LA COMISARÍA

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autopercibida, es importante que quienes nos busquen en las comisarias, lo hagan a partir de descripciones físicas, nombrando nuestra vestimenta y características de este tipo para poder encontrarnos. Si con todos estos datos NO PODEMOS ENCONTRAR a la persona que buscamos, tenemos la posibilidad de presentar un HABEAS CORPUS (recurso legal para obtener información inmediata sobre el paradero de una persona buscada). Se puede hacer en cualquier momento del día, sin necesidad de unx abogadx, y se presenta en el juzgado de turno (ver direcciones), y se puede presentar de forma escrito u oral (pero es recomendable, siempre hacerlo por escrito con una copia para poder reclamar en caso de que no nos respondan).

Cuando lleguemos a la comisaria siempre tenemos que preguntar por el Jefe de Servicio u Oficial de Servicio (generalmente un oficial inspector o subinspector) que es el que “maneja” la comisaria. El suboficial que nos va a recibir en el mostrador es el Ayudante de Guardia. A él le tenemos que decir que queremos hablar con el OFICIAL DE SERVICIO, para conocer la situación de la persona detenida que estamos buscando. La primera pregunta es: Tenemos información de que “fulano / mengana” está 6

HACELO VOS MISMX. CÓMO USAR LA LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO.

Para acceder al derecho consagrado en la Ley de Identidad de Género: 1 SI TENÉS MAS DE 18 AÑOS Y TU IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA NO COINCIDE CON LA ASIGNADA AL MOMENTO DE NACER, podés solicitar el cambio registral del sexo y el cambio de nombre/s de pila. ¿Cómo lo hacés? Paso I: tenés que ir al Registro Civil o al Centro de Gestión y Participación (CGP) más cercano a tu domicilio, con tu Documento Nacional de Identidad y tu partida de nacimiento original y dos fotocopias. Allí mismo te pedirán que llenes un formulario donde solicitás el cambio amparándote en la Ley de Identidad de Género. Pensá bien el/los nombre/s que vas a adoptar, porque no podés volver a modificarlo salvo autorización judicial. Paso II: con la nueva partida de nacimiento y tu/s nuevo/s nombre/s, ya estás en condiciones de tramitar tu nuevo Documento Nacional de Identidad. Si vivís en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, te conviene pedir un turno al Centro de Documentación Rápida, ubicado en Paseo Colón 1093. También podés pedir el turno llamando al 8009999364 o través de la página http://turnos.mininterior.gov.ar 2 SI YA TENÉS TU NUEVO DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, PODÉS ACTUALIZAR LA IDENTIDAD QUE ESTÁ 19

HACELO VOS MISMX. CÓMO USAR LA LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO.

Para acceder al derecho consagrado en la Ley de Identidad de Género: 1 SI TENÉS MAS DE 18 AÑOS Y TU IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA NO COINCIDE CON LA ASIGNADA AL MOMENTO DE NACER, podés solicitar el cambio registral del sexo y el cambio de nombre/s de pila. ¿Cómo lo hacés? Paso I: tenés que ir al Registro Civil o al Centro de Gestión y Participación (CGP) más cercano a tu domicilio, con tu Documento Nacional de Identidad y tu partida de nacimiento original y dos fotocopias. Allí mismo te pedirán que llenes un formulario donde solicitás el cambio amparándote en la Ley de Identidad de Género. Pensá bien el/los nombre/s que vas a adoptar, porque no podés volver a modificarlo salvo autorización judicial. Paso II: con la nueva partida de nacimiento y tu/s nuevo/s nombre/s, ya estás en condiciones de tramitar tu nuevo Documento Nacional de Identidad. Si vivís en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, te conviene pedir un turno al Centro de Documentación Rápida, ubicado en Paseo Colón 1093. También podés pedir el turno llamando al 8009999364 o través de la página http://turnos.mininterior.gov.ar 2 SI YA TENÉS TU NUEVO DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, PODÉS ACTUALIZAR LA IDENTIDAD QUE ESTÁ 19


detenidx en esta dependencia, ¿me lo puede confirmar, por favor? Si nos dice que sí, seguimos con ¿Cuál es la causa de la detención? UNA PERSONA PUEDE SER DETENIDA - por AVERIGUACIÓN DE IDENTIDAD. - por el CÓDIGO CONTRAVENCIONAL o el CÓDIGO DE FALTAS. - por un DELITO. * LXS MENORES DE 18 AÑOS pueden ser detenidxs si están cometiendo un delito o por orden judicial, pero no deberían serlo “en averiguación de identidad” o “para identificar”. Claro que igual pasa, entonces, si te detienen “por estar en la calle después de las 22:00?, o porque sí, recordá que: 1- NO te deberían esposar, ni llevar en un auto que NO se identifique como policial. Si lo hacen, al salir PODÉS denunciarlos. 2-TAMPOCO te deberían encerrar en un calabozo, ni tenerte junto a mayores de edad, ni quitarte los cordones y/o cinturón, ni incomunicarte, ni tomarte huellas digitales.

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3- Lo primero que tiene que hacer el policía que te detuvo al entrar a la comisaría es AVISAR al JUEZ/A DE MENORES DE TURNO. Preguntá si le dieron intervención. Por una parte, es la 7

detenidx en esta dependencia, ¿me lo puede confirmar, por favor? Si nos dice que sí, seguimos con ¿Cuál es la causa de la detención? UNA PERSONA PUEDE SER DETENIDA - por AVERIGUACIÓN DE IDENTIDAD. - por el CÓDIGO CONTRAVENCIONAL o el CÓDIGO DE FALTAS. - por un DELITO. * LXS MENORES DE 18 AÑOS pueden ser detenidxs si están cometiendo un delito o por orden judicial, pero no deberían serlo “en averiguación de identidad” o “para identificar”. Claro que igual pasa, entonces, si te detienen “por estar en la calle después de las 22:00?, o porque sí, recordá que: 1- NO te deberían esposar, ni llevar en un auto que NO se identifique como policial. Si lo hacen, al salir PODÉS denunciarlos. 2-TAMPOCO te deberían encerrar en un calabozo, ni tenerte junto a mayores de edad, ni quitarte los cordones y/o cinturón, ni incomunicarte, ni tomarte huellas digitales.

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3- Lo primero que tiene que hacer el policía que te detuvo al entrar a la comisaría es AVISAR al JUEZ/A DE MENORES DE TURNO. Preguntá si le dieron intervención. Por una parte, es la 7


mejor manera de asegurarte que lo hagan para oficializar tu detención, y por otra, demuestra que sabemos cosas que normalmente lxs pibxs no conocen.

5- Si nos quieren hacer firmar cualquier cosa que no sea clara y no podémos negarnos, hay que tratár de leerlo para poder informar después de qué se trata, O PEDIRNOS QUE NOS LO LEAN, en el caso de que no sepamos leer. 6- Lxs unicxs que pueden revisarnos son medicxs. Aunque tengan guardapolvo, hay que pedir su matrícula (es como un carnet). NADIE MÁS TIENE DERECHO A HACERNOS QUITAR LA ROPA. El personal que nos trate, tiene que ser ACORDE a NUESTRO género, si no lo hace es ILEGAL Y PUEDE SER DENUNCIADO.

NO TENGAS MIEDO DE LASTIMAR A QUIEN TE AGREDE. NINGUNA AGRESION SIN RESPUESTA >>

SIEMPRE CON NUESTRXS AMIGXS ES MAS FACIL CUIDARNOS >>

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Para golpear: Golpes: No dudes en hacer otras cosas que se viene en mente: arañazos en la cara, mordiscos (pueden ser muy dañinos sobre todo si acompañas con un rápido movimiento de cabeza para producir cortes) Y usar lo que sea que lleves con vos: llaves, botellas que levantes de la calle, bolso.

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7- Además de nuestrxs amigxs o grupo de pertenencia, es importante que acuda a la comisaria nuestrxs padres o madres o la persona que este a nuestro cargo, ya que son las únicas personas que están habilitadas legalmente para “sacarnos”.

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4- TENÉMOS DERECHO a llamar de inmediato por teléfono a una persona de confianza.

importante. El nivel de adrenalina se convierte rápidamente de miedo a odio. Golpea contra las partes más débiles del cuerpo (cualquier cuerpo, por mas grande y fuerte que nos parezca, tiene partes débiles). Gritá al golpear, así soltamos mas energía, confundimos al agresor y alertamos a amigas o gente que pueda estar cerca.

COMPARTAMOS LA FUERZA 17

8 mejor manera de asegurarte que lo hagan para oficializar tu detención, y por otra, demuestra que sabemos cosas que normalmente lxs pibxs no conocen.

5- Si nos quieren hacer firmar cualquier cosa que no sea clara y no podémos negarnos, hay que tratár de leerlo para poder informar después de qué se trata, O PEDIRNOS QUE NOS LO LEAN, en el caso de que no sepamos leer. 6- Lxs unicxs que pueden revisarnos son medicxs. Aunque tengan guardapolvo, hay que pedir su matrícula (es como un carnet). NADIE MÁS TIENE DERECHO A HACERNOS QUITAR LA ROPA. El personal que nos trate, tiene que ser ACORDE a NUESTRO género, si no lo hace es ILEGAL Y PUEDE SER DENUNCIADO.

NO TENGAS MIEDO DE LASTIMAR A QUIEN TE AGREDE. NINGUNA AGRESION SIN RESPUESTA >>

SIEMPRE CON NUESTRXS AMIGXS ES MAS FACIL CUIDARNOS >>

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Para golpear: Golpes: No dudes en hacer otras cosas que se viene en mente: arañazos en la cara, mordiscos (pueden ser muy dañinos sobre todo si acompañas con un rápido movimiento de cabeza para producir cortes) Y usar lo que sea que lleves con vos: llaves, botellas que levantes de la calle, bolso.

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7- Además de nuestrxs amigxs o grupo de pertenencia, es importante que acuda a la comisaria nuestrxs padres o madres o la persona que este a nuestro cargo, ya que son las únicas personas que están habilitadas legalmente para “sacarnos”.

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4- TENÉMOS DERECHO a llamar de inmediato por teléfono a una persona de confianza.

importante. El nivel de adrenalina se convierte rápidamente de miedo a odio. Golpea contra las partes más débiles del cuerpo (cualquier cuerpo, por mas grande y fuerte que nos parezca, tiene partes débiles). Gritá al golpear, así soltamos mas energía, confundimos al agresor y alertamos a amigas o gente que pueda estar cerca.

COMPARTAMOS LA FUERZA 8

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MOVIMIENTOS

FAMILIARES o GRUPO DE PERTENENCIA DE LXS MENORES:

NO depende de la fuerza que tengamos, la idea es que sean movimientos veloces y reacciones rápidas.

Si el detenidx es un menor de 18 años, la primera pregunta debe ser: ¿DIERON YA INTERVENCIÓN AL JUEZ/A DE MENORES?.

Agarre de muñeca: inmovilizalx girándole la muñeca rápidamente contra su dedo pulgar (la parte mas débil de la mano que te agarra). Si te agarran por el buzo o cuello: empuja una mano de un lado al otro de su brazo, sujeta con la otra mano y empuja rapidamente de un lado al otro. Move las caderas y los hombros para ganar fuerza. Agarre por el cuello: lleva tu mano alta hasta su cara desde detrás de su hombro, y ahi tirás su cabeza hacia atrás hasta conseguir soltarte. Si te agarran con el brazo alrededor de la garganta: primero hundí la pera en la curva del brazo; usa las manos para sujetar el brazo y hacerte espacio para respirar, mientras te dejás caer hacia abajo para darle con el codo en la ingle o el vientre y pisar con fuerza el pie.

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ENFRENTAMIENTO

si te ves llevada o elegís el enfrentamiento físico sé lo más agresiva que puedas. Estar segurxs de nosotrxs mismxs es muy 16

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Si contestan que sí, seguimos con ¿QUÉ DISPUSO? Generalmente el o la juez/a ordena la entrega a los padres/madres, previo constatar domicilio y visita del médico. Como esto suele demorar, conviene quedarse en la guardia, y cada tanto preguntar si hay noticias del médico. A veces cuando no hay médico llevan el detenido al hospital. El domicilio lo pueden constatar con la persona que se presenta a la comisaría. Y si nos contestan que no, podemos exigir que lo hagan de inmediato, diciendo: ¿CÓMO QUE NO LE AVISARON AL JUEZ DE MENORES? ¿QUIERE QUE VAYA A HACER UN HABEAS CORPUS PORQUE TIENE UN MENOR SIN INTERVENCIÓN JUDICIAL?

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DETENCIÓN POR FALTAS O CONTRAVENCIONES

Las contravenciones son conductas que, sin ser delitos, se castigan como si lo fueran, con penas de multa y arresto. En estos casos, las preguntas son: 9

MOVIMIENTOS

FAMILIARES o GRUPO DE PERTENENCIA DE LXS MENORES:

NO depende de la fuerza que tengamos, la idea es que sean movimientos veloces y reacciones rápidas.

Si el detenidx es un menor de 18 años, la primera pregunta debe ser: ¿DIERON YA INTERVENCIÓN AL JUEZ/A DE MENORES?.

Agarre de muñeca: inmovilizalx girándole la muñeca rápidamente contra su dedo pulgar (la parte mas débil de la mano que te agarra). Si te agarran por el buzo o cuello: empuja una mano de un lado al otro de su brazo, sujeta con la otra mano y empuja rapidamente de un lado al otro. Move las caderas y los hombros para ganar fuerza. Agarre por el cuello: lleva tu mano alta hasta su cara desde detrás de su hombro, y ahi tirás su cabeza hacia atrás hasta conseguir soltarte. Si te agarran con el brazo alrededor de la garganta: primero hundí la pera en la curva del brazo; usa las manos para sujetar el brazo y hacerte espacio para respirar, mientras te dejás caer hacia abajo para darle con el codo en la ingle o el vientre y pisar con fuerza el pie.

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ENFRENTAMIENTO

si te ves llevada o elegís el enfrentamiento físico sé lo más agresiva que puedas. Estar segurxs de nosotrxs mismxs es muy 16

Si contestan que sí, seguimos con ¿QUÉ DISPUSO? Generalmente el o la juez/a ordena la entrega a los padres/madres, previo constatar domicilio y visita del médico. Como esto suele demorar, conviene quedarse en la guardia, y cada tanto preguntar si hay noticias del médico. A veces cuando no hay médico llevan el detenido al hospital. El domicilio lo pueden constatar con la persona que se presenta a la comisaría. Y si nos contestan que no, podemos exigir que lo hagan de inmediato, diciendo: ¿CÓMO QUE NO LE AVISARON AL JUEZ DE MENORES? ¿QUIERE QUE VAYA A HACER UN HABEAS CORPUS PORQUE TIENE UN MENOR SIN INTERVENCIÓN JUDICIAL?

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DETENCIÓN POR FALTAS O CONTRAVENCIONES

Las contravenciones son conductas que, sin ser delitos, se castigan como si lo fueran, con penas de multa y arresto. En estos casos, las preguntas son: 9


¿QUÉ JUZGADO TOMÓ INTERVENCIÓN? ¿YA HICIERON LA CONSULTA? ¿QUÉ INSTRUCCIONES DIO EL/ LA JUEZ/A?

AUTODEFENSA

EL CÓDIGO DE FALTAS DE LA PROVINCIA (LEY 8031): SON como los viejos edictos policiales, y NO SE DEBERÍA APLICAR A MENORES ENTRE 16 Y 18 AÑOS. Tiene penas de prisión de hasta 30 días. 1- Si nos detienen por una “contravención” o “falta”, hay que tener cuidado con lo que firmamos: a veces, sin darnos cuenta, podemos poner la firma en una “declaración indagatoria” que ni leímos, en la que reconocémos la falta supuestamente cometida (escándalo, desorden, ebriedad, vagabundeo, etc.). TENÉMOS DERECHO A LLAMAR UN ABOGADX QUE NOS ASISTA EN LA DECLARACIÓN INDAGATORIA. TAMBIÉN TENEMOS DERECHO A NEGARNOS A DECLARAR. 2- Cuando nos aplican una contravención, interviene el/la Juez/a Correccional, según el partido de que se trate. La policía tiene 48 horas para darle intervención, y el/la juez/a tiene 4 días para resolver la excarcelación. Durante este tiempo, mientras no se deroguen el código de faltas y este procedimiento arbitrario, no se puede hacer nada para lograr la libertad, salvo presionar al juzgado yendo constantemente a preguntar si ordenó la excarcelación.

¡¡Frente a una avanzada cada vez más insistente de HOMOLESBOTRANSBIFOBIA proponemos estas herramientas de AUTODEFENSA, para defendernos entre todxs!! *explorá tu fuerza, seguro tenés mucha más de la que te hicieron creer. La violencia no es patrimonio de nadie en particular en la sociedad; frente a una agresión no seas buenx ni lindx. *el énfasis está en sorprender al agresor, hacer algo inesperado para adueñarse de la situación. No implica ponerse a pelear, sino hacer lo necesario para conseguir tu propia seguridad. *afianzate; es importante tener buen equilibrio y mantenernos firmes sobre los pies. Hacé ejercicios para mantener el equilibrio con tus amigxs. *practica golpes de puño contra almohadas o sacos rellenos, o lo que inventes. El golpe martillo es fácil de aprender y muy efectivo.

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10 ¿QUÉ JUZGADO TOMÓ INTERVENCIÓN? ¿YA HICIERON LA CONSULTA? ¿QUÉ INSTRUCCIONES DIO EL/ LA JUEZ/A?

AUTODEFENSA

EL CÓDIGO DE FALTAS DE LA PROVINCIA (LEY 8031): SON como los viejos edictos policiales, y NO SE DEBERÍA APLICAR A MENORES ENTRE 16 Y 18 AÑOS. Tiene penas de prisión de hasta 30 días. 1- Si nos detienen por una “contravención” o “falta”, hay que tener cuidado con lo que firmamos: a veces, sin darnos cuenta, podemos poner la firma en una “declaración indagatoria” que ni leímos, en la que reconocémos la falta supuestamente cometida (escándalo, desorden, ebriedad, vagabundeo, etc.). TENÉMOS DERECHO A LLAMAR UN ABOGADX QUE NOS ASISTA EN LA DECLARACIÓN INDAGATORIA. TAMBIÉN TENEMOS DERECHO A NEGARNOS A DECLARAR. 2- Cuando nos aplican una contravención, interviene el/la Juez/a Correccional, según el partido de que se trate. La policía tiene 48 horas para darle intervención, y el/la juez/a tiene 4 días para resolver la excarcelación. Durante este tiempo, mientras no se deroguen el código de faltas y este procedimiento arbitrario, no se puede hacer nada para lograr la libertad, salvo presionar al juzgado yendo constantemente a preguntar si ordenó la excarcelación.

¡¡Frente a una avanzada cada vez más insistente de HOMOLESBOTRANSBIFOBIA proponemos estas herramientas de AUTODEFENSA, para defendernos entre todxs!! *explorá tu fuerza, seguro tenés mucha más de la que te hicieron creer. La violencia no es patrimonio de nadie en particular en la sociedad; frente a una agresión no seas buenx ni lindx. *el énfasis está en sorprender al agresor, hacer algo inesperado para adueñarse de la situación. No implica ponerse a pelear, sino hacer lo necesario para conseguir tu propia seguridad. *afianzate; es importante tener buen equilibrio y mantenernos firmes sobre los pies. Hacé ejercicios para mantener el equilibrio con tus amigxs. *practica golpes de puño contra almohadas o sacos rellenos, o lo que inventes. El golpe martillo es fácil de aprender y muy efectivo.

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DETENCIÓN POR UN DELITO (O “CON CAUSA”)

Si nos acusan de un delito (robo, tenencia de drogas, resistencia a la autoridad o lo que sea), hay fiscales que intervienen enseguida. Aunque ellxs hayan ordenado nuestra incomunicación (LA POLICÍA NO PUEDE INCOMUNICARNOS SIN ORDEN JUDICIAL), igual tienen OBLIGACIÓN de informarnos y de informar a quien se acerque a la comisaría los siguientes datos: 1- Qué delito se nos imputa. 2- A disposición de qué juez o fiscal estamos. 3- Qué instrucciones dieron el juzgado o la fiscalía a la comisaría (verificar domicilio, antecedentes, si se ordenó la liberación o si nos llevan al día siguiente para prestar declaración indagatoria). Como suelen contestar que todavía “no tienen instrucciones” o que “tienen que concurrir en nueva consulta”, HAY QUE INSISTIR cada tanto hasta que nos lo digan. En cualquier caso de detención porque nos acusan de haber cometido un delito, NECESITAMOS UNX ABOGADX (Defensorx Oficial – que es gratuito- o unx abogado particular). Si el/la juez/a ordena el traslado para indagarnos, de inmediato tu familia, amigxs o grupo de pertenencia TIENEN que ir al 14

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DETENCIÓN POR UN DELITO (O “CON CAUSA”)

Si nos acusan de un delito (robo, tenencia de drogas, resistencia a la autoridad o lo que sea), hay fiscales que intervienen enseguida. Aunque ellxs hayan ordenado nuestra incomunicación (LA POLICÍA NO PUEDE INCOMUNICARNOS SIN ORDEN JUDICIAL), igual tienen OBLIGACIÓN de informarnos y de informar a quien se acerque a la comisaría los siguientes datos: 1- Qué delito se nos imputa. 2- A disposición de qué juez o fiscal estamos. 3- Qué instrucciones dieron el juzgado o la fiscalía a la comisaría (verificar domicilio, antecedentes, si se ordenó la liberación o si nos llevan al día siguiente para prestar declaración indagatoria). Como suelen contestar que todavía “no tienen instrucciones” o que “tienen que concurrir en nueva consulta”, HAY QUE INSISTIR cada tanto hasta que nos lo digan. En cualquier caso de detención porque nos acusan de haber cometido un delito, NECESITAMOS UNX ABOGADX (Defensorx Oficial – que es gratuito- o unx abogado particular). Si el/la juez/a ordena el traslado para indagarnos, de inmediato tu familia, amigxs o grupo de pertenencia TIENEN que ir al 14

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juzgado y averiguar qué defensor oficial está de turno e ir a verlo antes de la audiencia. Si la persona queda detenida, unx familiar tiene que presentarse en el despacho del/la defensorx oficial para darle todos los elementos que sirvan para la defensa y TRATAR QUE PIDA LA EXCARCELACIÓN (instrumento legal para garantizar que la persona atraviese el proceso de investigación en libertad). Suele ser difícil que nos atiendan de entrada, POR ESO HAY QUE IR TEMPRANO E INSISTIr. El horario de TRIBUNALES es de 8:00 a 14:00 (ver direcciones). ¿QUÉ HACEMOS SI NOS DICEN QUE LA PERSONA NO ESTÁ DETENIDA, O NO NOS DICEN LA CAUSA DE LA DETENCIÓN? Si sabemos que una persona FUE detenida, pero en la comisaría nos niegan información o dicen que ellos no lx tienen, tenemos que presentar URGENTE un HABEAS CORPUS (recurso legal para obtener información inmediata sobre el paradero de una persona buscada). El Habeas Corpus se presenta en el JUZGADO DE TURNO (en Tribunales, ver dirección), NO IMPORTA LA HORA DEL DÍA O DE LA NOCHE. CUALQUIER PERSONA, MAYOR O MENOR, PUEDE HACER UN HABEAS CORPUS SI CREE QUE ALGUIEN ESTÁ ILEGALMENTE DETENIDX. 12

juzgado y averiguar qué defensor oficial está de turno e ir a verlo antes de la audiencia. Si la persona queda detenida, unx familiar tiene que presentarse en el despacho del/la defensorx oficial para darle todos los elementos que sirvan para la defensa y TRATAR QUE PIDA LA EXCARCELACIÓN (instrumento legal para garantizar que la persona atraviese el proceso de investigación en libertad). Suele ser difícil que nos atiendan de entrada, POR ESO HAY QUE IR TEMPRANO E INSISTIr. El horario de TRIBUNALES es de 8:00 a 14:00 (ver direcciones). ¿QUÉ HACEMOS SI NOS DICEN QUE LA PERSONA NO ESTÁ DETENIDA, O NO NOS DICEN LA CAUSA DE LA DETENCIÓN? Si sabemos que una persona FUE detenida, pero en la comisaría nos niegan información o dicen que ellos no lx tienen, tenemos que presentar URGENTE un HABEAS CORPUS (recurso legal para obtener información inmediata sobre el paradero de una persona buscada). El Habeas Corpus se presenta en el JUZGADO DE TURNO (en Tribunales, ver dirección), NO IMPORTA LA HORA DEL DÍA O DE LA NOCHE. CUALQUIER PERSONA, MAYOR O MENOR, PUEDE HACER UN HABEAS CORPUS SI CREE QUE ALGUIEN ESTÁ ILEGALMENTE DETENIDX. 12

¿QUÉ SUCEDE CUANDO PEDIMOS UN HABEAS CORPUS? El/la juez/a TIENE que comunicarse con todas las comisarías (o con la que le digamos) hasta ENCONTRAR a la persona detenida, saber PORQUÉ lx detuvieron, y nos lo TIENE que informar. Si la detención es técnicamente ilegal, tiene que ordenar la libertad. En todos los casos, si durante la detención o en la comisaría le pegaron a lx detenidx, al salir hay que LLEVARLX A UN HOSPITAL. La constancia que queda en el libro de guardia sirve para probar la fecha y hora de la revisación y las lesiones que tenía. No hace falta decirle al/la médico/a que fue la policía la que le pegó (a veces, lxs médicos parecen policías). Después de ir al hospital, se pueden denunciar las torturas DIRECTAMENTE A LA JUSTICIA. La denuncia judicial se puede hacer en forma oral, y no hace falta ir con abogadx. Tenemos que presentar esta denuncia en la FISCALÍA DE TURNO (”UFI”: Unidad Funcional de Instrucción, ver dirección). Estas herramientas no van a evitar que la violencia de la policía continúe ocurriendo pero estas técnicas ayudan para acelerar nuestra liberación o la liberación de nuestrxs compañerxs detenidxs. No es lo mismo estar solx en manos de la policía que saber que PODEMOS ORGANIZARNOS y tener herramientas para enfrentarnos y resolver EN COMUNIDAD situaciones de violencia y vulnerabilidad. 13

¿QUÉ SUCEDE CUANDO PEDIMOS UN HABEAS CORPUS? El/la juez/a TIENE que comunicarse con todas las comisarías (o con la que le digamos) hasta ENCONTRAR a la persona detenida, saber PORQUÉ lx detuvieron, y nos lo TIENE que informar. Si la detención es técnicamente ilegal, tiene que ordenar la libertad. En todos los casos, si durante la detención o en la comisaría le pegaron a lx detenidx, al salir hay que LLEVARLX A UN HOSPITAL. La constancia que queda en el libro de guardia sirve para probar la fecha y hora de la revisación y las lesiones que tenía. No hace falta decirle al/la médico/a que fue la policía la que le pegó (a veces, lxs médicos parecen policías). Después de ir al hospital, se pueden denunciar las torturas DIRECTAMENTE A LA JUSTICIA. La denuncia judicial se puede hacer en forma oral, y no hace falta ir con abogadx. Tenemos que presentar esta denuncia en la FISCALÍA DE TURNO (”UFI”: Unidad Funcional de Instrucción, ver dirección). Estas herramientas no van a evitar que la violencia de la policía continúe ocurriendo pero estas técnicas ayudan para acelerar nuestra liberación o la liberación de nuestrxs compañerxs detenidxs. No es lo mismo estar solx en manos de la policía que saber que PODEMOS ORGANIZARNOS y tener herramientas para enfrentarnos y resolver EN COMUNIDAD situaciones de violencia y vulnerabilidad. 13


juzgado y averiguar qué defensor oficial está de turno e ir a verlo antes de la audiencia. Si la persona queda detenida, unx familiar tiene que presentarse en el despacho del/la defensorx oficial para darle todos los elementos que sirvan para la defensa y TRATAR QUE PIDA LA EXCARCELACIÓN (instrumento legal para garantizar que la persona atraviese el proceso de investigación en libertad). Suele ser difícil que nos atiendan de entrada, POR ESO HAY QUE IR TEMPRANO E INSISTIr. El horario de TRIBUNALES es de 8:00 a 14:00 (ver direcciones). ¿QUÉ HACEMOS SI NOS DICEN QUE LA PERSONA NO ESTÁ DETENIDA, O NO NOS DICEN LA CAUSA DE LA DETENCIÓN? Si sabemos que una persona FUE detenida, pero en la comisaría nos niegan información o dicen que ellos no lx tienen, tenemos que presentar URGENTE un HABEAS CORPUS (recurso legal para obtener información inmediata sobre el paradero de una persona buscada). El Habeas Corpus se presenta en el JUZGADO DE TURNO (en Tribunales, ver dirección), NO IMPORTA LA HORA DEL DÍA O DE LA NOCHE. CUALQUIER PERSONA, MAYOR O MENOR, PUEDE HACER UN HABEAS CORPUS SI CREE QUE ALGUIEN ESTÁ ILEGALMENTE DETENIDX. 12

juzgado y averiguar qué defensor oficial está de turno e ir a verlo antes de la audiencia. Si la persona queda detenida, unx familiar tiene que presentarse en el despacho del/la defensorx oficial para darle todos los elementos que sirvan para la defensa y TRATAR QUE PIDA LA EXCARCELACIÓN (instrumento legal para garantizar que la persona atraviese el proceso de investigación en libertad). Suele ser difícil que nos atiendan de entrada, POR ESO HAY QUE IR TEMPRANO E INSISTIr. El horario de TRIBUNALES es de 8:00 a 14:00 (ver direcciones). ¿QUÉ HACEMOS SI NOS DICEN QUE LA PERSONA NO ESTÁ DETENIDA, O NO NOS DICEN LA CAUSA DE LA DETENCIÓN? Si sabemos que una persona FUE detenida, pero en la comisaría nos niegan información o dicen que ellos no lx tienen, tenemos que presentar URGENTE un HABEAS CORPUS (recurso legal para obtener información inmediata sobre el paradero de una persona buscada). El Habeas Corpus se presenta en el JUZGADO DE TURNO (en Tribunales, ver dirección), NO IMPORTA LA HORA DEL DÍA O DE LA NOCHE. CUALQUIER PERSONA, MAYOR O MENOR, PUEDE HACER UN HABEAS CORPUS SI CREE QUE ALGUIEN ESTÁ ILEGALMENTE DETENIDX. 12

¿QUÉ SUCEDE CUANDO PEDIMOS UN HABEAS CORPUS? El/la juez/a TIENE que comunicarse con todas las comisarías (o con la que le digamos) hasta ENCONTRAR a la persona detenida, saber PORQUÉ lx detuvieron, y nos lo TIENE que informar. Si la detención es técnicamente ilegal, tiene que ordenar la libertad. En todos los casos, si durante la detención o en la comisaría le pegaron a lx detenidx, al salir hay que LLEVARLX A UN HOSPITAL. La constancia que queda en el libro de guardia sirve para probar la fecha y hora de la revisación y las lesiones que tenía. No hace falta decirle al/la médico/a que fue la policía la que le pegó (a veces, lxs médicos parecen policías). Después de ir al hospital, se pueden denunciar las torturas DIRECTAMENTE A LA JUSTICIA. La denuncia judicial se puede hacer en forma oral, y no hace falta ir con abogadx. Tenemos que presentar esta denuncia en la FISCALÍA DE TURNO (”UFI”: Unidad Funcional de Instrucción, ver dirección). Estas herramientas no van a evitar que la violencia de la policía continúe ocurriendo pero estas técnicas ayudan para acelerar nuestra liberación o la liberación de nuestrxs compañerxs detenidxs. No es lo mismo estar solx en manos de la policía que saber que PODEMOS ORGANIZARNOS y tener herramientas para enfrentarnos y resolver EN COMUNIDAD situaciones de violencia y vulnerabilidad. 13

¿QUÉ SUCEDE CUANDO PEDIMOS UN HABEAS CORPUS? El/la juez/a TIENE que comunicarse con todas las comisarías (o con la que le digamos) hasta ENCONTRAR a la persona detenida, saber PORQUÉ lx detuvieron, y nos lo TIENE que informar. Si la detención es técnicamente ilegal, tiene que ordenar la libertad. En todos los casos, si durante la detención o en la comisaría le pegaron a lx detenidx, al salir hay que LLEVARLX A UN HOSPITAL. La constancia que queda en el libro de guardia sirve para probar la fecha y hora de la revisación y las lesiones que tenía. No hace falta decirle al/la médico/a que fue la policía la que le pegó (a veces, lxs médicos parecen policías). Después de ir al hospital, se pueden denunciar las torturas DIRECTAMENTE A LA JUSTICIA. La denuncia judicial se puede hacer en forma oral, y no hace falta ir con abogadx. Tenemos que presentar esta denuncia en la FISCALÍA DE TURNO (”UFI”: Unidad Funcional de Instrucción, ver dirección). Estas herramientas no van a evitar que la violencia de la policía continúe ocurriendo pero estas técnicas ayudan para acelerar nuestra liberación o la liberación de nuestrxs compañerxs detenidxs. No es lo mismo estar solx en manos de la policía que saber que PODEMOS ORGANIZARNOS y tener herramientas para enfrentarnos y resolver EN COMUNIDAD situaciones de violencia y vulnerabilidad. 13


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DETENCIÓN POR UN DELITO (O “CON CAUSA”)

Si nos acusan de un delito (robo, tenencia de drogas, resistencia a la autoridad o lo que sea), hay fiscales que intervienen enseguida. Aunque ellxs hayan ordenado nuestra incomunicación (LA POLICÍA NO PUEDE INCOMUNICARNOS SIN ORDEN JUDICIAL), igual tienen OBLIGACIÓN de informarnos y de informar a quien se acerque a la comisaría los siguientes datos: 1- Qué delito se nos imputa. 2- A disposición de qué juez o fiscal estamos. 3- Qué instrucciones dieron el juzgado o la fiscalía a la comisaría (verificar domicilio, antecedentes, si se ordenó la liberación o si nos llevan al día siguiente para prestar declaración indagatoria). Como suelen contestar que todavía “no tienen instrucciones” o que “tienen que concurrir en nueva consulta”, HAY QUE INSISTIR cada tanto hasta que nos lo digan. En cualquier caso de detención porque nos acusan de haber cometido un delito, NECESITAMOS UNX ABOGADX (Defensorx Oficial – que es gratuito- o unx abogado particular). Si el/la juez/a ordena el traslado para indagarnos, de inmediato tu familia, amigxs o grupo de pertenencia TIENEN que ir al 14

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DETENCIÓN POR UN DELITO (O “CON CAUSA”)

Si nos acusan de un delito (robo, tenencia de drogas, resistencia a la autoridad o lo que sea), hay fiscales que intervienen enseguida. Aunque ellxs hayan ordenado nuestra incomunicación (LA POLICÍA NO PUEDE INCOMUNICARNOS SIN ORDEN JUDICIAL), igual tienen OBLIGACIÓN de informarnos y de informar a quien se acerque a la comisaría los siguientes datos: 1- Qué delito se nos imputa. 2- A disposición de qué juez o fiscal estamos. 3- Qué instrucciones dieron el juzgado o la fiscalía a la comisaría (verificar domicilio, antecedentes, si se ordenó la liberación o si nos llevan al día siguiente para prestar declaración indagatoria). Como suelen contestar que todavía “no tienen instrucciones” o que “tienen que concurrir en nueva consulta”, HAY QUE INSISTIR cada tanto hasta que nos lo digan. En cualquier caso de detención porque nos acusan de haber cometido un delito, NECESITAMOS UNX ABOGADX (Defensorx Oficial – que es gratuito- o unx abogado particular). Si el/la juez/a ordena el traslado para indagarnos, de inmediato tu familia, amigxs o grupo de pertenencia TIENEN que ir al 14

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¿QUÉ JUZGADO TOMÓ INTERVENCIÓN? ¿YA HICIERON LA CONSULTA? ¿QUÉ INSTRUCCIONES DIO EL/ LA JUEZ/A?

AUTODEFENSA

EL CÓDIGO DE FALTAS DE LA PROVINCIA (LEY 8031): SON como los viejos edictos policiales, y NO SE DEBERÍA APLICAR A MENORES ENTRE 16 Y 18 AÑOS. Tiene penas de prisión de hasta 30 días. 1- Si nos detienen por una “contravención” o “falta”, hay que tener cuidado con lo que firmamos: a veces, sin darnos cuenta, podemos poner la firma en una “declaración indagatoria” que ni leímos, en la que reconocémos la falta supuestamente cometida (escándalo, desorden, ebriedad, vagabundeo, etc.). TENÉMOS DERECHO A LLAMAR UN ABOGADX QUE NOS ASISTA EN LA DECLARACIÓN INDAGATORIA. TAMBIÉN TENEMOS DERECHO A NEGARNOS A DECLARAR. 2- Cuando nos aplican una contravención, interviene el/la Juez/a Correccional, según el partido de que se trate. La policía tiene 48 horas para darle intervención, y el/la juez/a tiene 4 días para resolver la excarcelación. Durante este tiempo, mientras no se deroguen el código de faltas y este procedimiento arbitrario, no se puede hacer nada para lograr la libertad, salvo presionar al juzgado yendo constantemente a preguntar si ordenó la excarcelación.

¡¡Frente a una avanzada cada vez más insistente de HOMOLESBOTRANSBIFOBIA proponemos estas herramientas de AUTODEFENSA, para defendernos entre todxs!! *explorá tu fuerza, seguro tenés mucha más de la que te hicieron creer. La violencia no es patrimonio de nadie en particular en la sociedad; frente a una agresión no seas buenx ni lindx. *el énfasis está en sorprender al agresor, hacer algo inesperado para adueñarse de la situación. No implica ponerse a pelear, sino hacer lo necesario para conseguir tu propia seguridad. *afianzate; es importante tener buen equilibrio y mantenernos firmes sobre los pies. Hacé ejercicios para mantener el equilibrio con tus amigxs. *practica golpes de puño contra almohadas o sacos rellenos, o lo que inventes. El golpe martillo es fácil de aprender y muy efectivo.

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10 ¿QUÉ JUZGADO TOMÓ INTERVENCIÓN? ¿YA HICIERON LA CONSULTA? ¿QUÉ INSTRUCCIONES DIO EL/ LA JUEZ/A?

AUTODEFENSA

EL CÓDIGO DE FALTAS DE LA PROVINCIA (LEY 8031): SON como los viejos edictos policiales, y NO SE DEBERÍA APLICAR A MENORES ENTRE 16 Y 18 AÑOS. Tiene penas de prisión de hasta 30 días. 1- Si nos detienen por una “contravención” o “falta”, hay que tener cuidado con lo que firmamos: a veces, sin darnos cuenta, podemos poner la firma en una “declaración indagatoria” que ni leímos, en la que reconocémos la falta supuestamente cometida (escándalo, desorden, ebriedad, vagabundeo, etc.). TENÉMOS DERECHO A LLAMAR UN ABOGADX QUE NOS ASISTA EN LA DECLARACIÓN INDAGATORIA. TAMBIÉN TENEMOS DERECHO A NEGARNOS A DECLARAR. 2- Cuando nos aplican una contravención, interviene el/la Juez/a Correccional, según el partido de que se trate. La policía tiene 48 horas para darle intervención, y el/la juez/a tiene 4 días para resolver la excarcelación. Durante este tiempo, mientras no se deroguen el código de faltas y este procedimiento arbitrario, no se puede hacer nada para lograr la libertad, salvo presionar al juzgado yendo constantemente a preguntar si ordenó la excarcelación.

¡¡Frente a una avanzada cada vez más insistente de HOMOLESBOTRANSBIFOBIA proponemos estas herramientas de AUTODEFENSA, para defendernos entre todxs!! *explorá tu fuerza, seguro tenés mucha más de la que te hicieron creer. La violencia no es patrimonio de nadie en particular en la sociedad; frente a una agresión no seas buenx ni lindx. *el énfasis está en sorprender al agresor, hacer algo inesperado para adueñarse de la situación. No implica ponerse a pelear, sino hacer lo necesario para conseguir tu propia seguridad. *afianzate; es importante tener buen equilibrio y mantenernos firmes sobre los pies. Hacé ejercicios para mantener el equilibrio con tus amigxs. *practica golpes de puño contra almohadas o sacos rellenos, o lo que inventes. El golpe martillo es fácil de aprender y muy efectivo.

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MOVIMIENTOS

FAMILIARES o GRUPO DE PERTENENCIA DE LXS MENORES:

NO depende de la fuerza que tengamos, la idea es que sean movimientos veloces y reacciones rápidas.

Si el detenidx es un menor de 18 años, la primera pregunta debe ser: ¿DIERON YA INTERVENCIÓN AL JUEZ/A DE MENORES?.

Agarre de muñeca: inmovilizalx girándole la muñeca rápidamente contra su dedo pulgar (la parte mas débil de la mano que te agarra). Si te agarran por el buzo o cuello: empuja una mano de un lado al otro de su brazo, sujeta con la otra mano y empuja rapidamente de un lado al otro. Move las caderas y los hombros para ganar fuerza. Agarre por el cuello: lleva tu mano alta hasta su cara desde detrás de su hombro, y ahi tirás su cabeza hacia atrás hasta conseguir soltarte. Si te agarran con el brazo alrededor de la garganta: primero hundí la pera en la curva del brazo; usa las manos para sujetar el brazo y hacerte espacio para respirar, mientras te dejás caer hacia abajo para darle con el codo en la ingle o el vientre y pisar con fuerza el pie.

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ENFRENTAMIENTO

si te ves llevada o elegís el enfrentamiento físico sé lo más agresiva que puedas. Estar segurxs de nosotrxs mismxs es muy 16

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Si contestan que sí, seguimos con ¿QUÉ DISPUSO? Generalmente el o la juez/a ordena la entrega a los padres/madres, previo constatar domicilio y visita del médico. Como esto suele demorar, conviene quedarse en la guardia, y cada tanto preguntar si hay noticias del médico. A veces cuando no hay médico llevan el detenido al hospital. El domicilio lo pueden constatar con la persona que se presenta a la comisaría. Y si nos contestan que no, podemos exigir que lo hagan de inmediato, diciendo: ¿CÓMO QUE NO LE AVISARON AL JUEZ DE MENORES? ¿QUIERE QUE VAYA A HACER UN HABEAS CORPUS PORQUE TIENE UN MENOR SIN INTERVENCIÓN JUDICIAL?

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DETENCIÓN POR FALTAS O CONTRAVENCIONES

Las contravenciones son conductas que, sin ser delitos, se castigan como si lo fueran, con penas de multa y arresto. En estos casos, las preguntas son: 9

MOVIMIENTOS

FAMILIARES o GRUPO DE PERTENENCIA DE LXS MENORES:

NO depende de la fuerza que tengamos, la idea es que sean movimientos veloces y reacciones rápidas.

Si el detenidx es un menor de 18 años, la primera pregunta debe ser: ¿DIERON YA INTERVENCIÓN AL JUEZ/A DE MENORES?.

Agarre de muñeca: inmovilizalx girándole la muñeca rápidamente contra su dedo pulgar (la parte mas débil de la mano que te agarra). Si te agarran por el buzo o cuello: empuja una mano de un lado al otro de su brazo, sujeta con la otra mano y empuja rapidamente de un lado al otro. Move las caderas y los hombros para ganar fuerza. Agarre por el cuello: lleva tu mano alta hasta su cara desde detrás de su hombro, y ahi tirás su cabeza hacia atrás hasta conseguir soltarte. Si te agarran con el brazo alrededor de la garganta: primero hundí la pera en la curva del brazo; usa las manos para sujetar el brazo y hacerte espacio para respirar, mientras te dejás caer hacia abajo para darle con el codo en la ingle o el vientre y pisar con fuerza el pie.

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ENFRENTAMIENTO

si te ves llevada o elegís el enfrentamiento físico sé lo más agresiva que puedas. Estar segurxs de nosotrxs mismxs es muy 16

Si contestan que sí, seguimos con ¿QUÉ DISPUSO? Generalmente el o la juez/a ordena la entrega a los padres/madres, previo constatar domicilio y visita del médico. Como esto suele demorar, conviene quedarse en la guardia, y cada tanto preguntar si hay noticias del médico. A veces cuando no hay médico llevan el detenido al hospital. El domicilio lo pueden constatar con la persona que se presenta a la comisaría. Y si nos contestan que no, podemos exigir que lo hagan de inmediato, diciendo: ¿CÓMO QUE NO LE AVISARON AL JUEZ DE MENORES? ¿QUIERE QUE VAYA A HACER UN HABEAS CORPUS PORQUE TIENE UN MENOR SIN INTERVENCIÓN JUDICIAL?

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DETENCIÓN POR FALTAS O CONTRAVENCIONES

Las contravenciones son conductas que, sin ser delitos, se castigan como si lo fueran, con penas de multa y arresto. En estos casos, las preguntas son: 9


mejor manera de asegurarte que lo hagan para oficializar tu detención, y por otra, demuestra que sabemos cosas que normalmente lxs pibxs no conocen.

5- Si nos quieren hacer firmar cualquier cosa que no sea clara y no podémos negarnos, hay que tratár de leerlo para poder informar después de qué se trata, O PEDIRNOS QUE NOS LO LEAN, en el caso de que no sepamos leer. 6- Lxs unicxs que pueden revisarnos son medicxs. Aunque tengan guardapolvo, hay que pedir su matrícula (es como un carnet). NADIE MÁS TIENE DERECHO A HACERNOS QUITAR LA ROPA. El personal que nos trate, tiene que ser ACORDE a NUESTRO género, si no lo hace es ILEGAL Y PUEDE SER DENUNCIADO.

NO TENGAS MIEDO DE LASTIMAR A QUIEN TE AGREDE. NINGUNA AGRESION SIN RESPUESTA >>

SIEMPRE CON NUESTRXS AMIGXS ES MAS FACIL CUIDARNOS >>

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Para golpear: Golpes: No dudes en hacer otras cosas que se viene en mente: arañazos en la cara, mordiscos (pueden ser muy dañinos sobre todo si acompañas con un rápido movimiento de cabeza para producir cortes) Y usar lo que sea que lleves con vos: llaves, botellas que levantes de la calle, bolso.

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7- Además de nuestrxs amigxs o grupo de pertenencia, es importante que acuda a la comisaria nuestrxs padres o madres o la persona que este a nuestro cargo, ya que son las únicas personas que están habilitadas legalmente para “sacarnos”.

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4- TENÉMOS DERECHO a llamar de inmediato por teléfono a una persona de confianza.

importante. El nivel de adrenalina se convierte rápidamente de miedo a odio. Golpea contra las partes más débiles del cuerpo (cualquier cuerpo, por mas grande y fuerte que nos parezca, tiene partes débiles). Gritá al golpear, así soltamos mas energía, confundimos al agresor y alertamos a amigas o gente que pueda estar cerca.

COMPARTAMOS LA FUERZA 17

8 mejor manera de asegurarte que lo hagan para oficializar tu detención, y por otra, demuestra que sabemos cosas que normalmente lxs pibxs no conocen.

5- Si nos quieren hacer firmar cualquier cosa que no sea clara y no podémos negarnos, hay que tratár de leerlo para poder informar después de qué se trata, O PEDIRNOS QUE NOS LO LEAN, en el caso de que no sepamos leer. 6- Lxs unicxs que pueden revisarnos son medicxs. Aunque tengan guardapolvo, hay que pedir su matrícula (es como un carnet). NADIE MÁS TIENE DERECHO A HACERNOS QUITAR LA ROPA. El personal que nos trate, tiene que ser ACORDE a NUESTRO género, si no lo hace es ILEGAL Y PUEDE SER DENUNCIADO.

NO TENGAS MIEDO DE LASTIMAR A QUIEN TE AGREDE. NINGUNA AGRESION SIN RESPUESTA >>

SIEMPRE CON NUESTRXS AMIGXS ES MAS FACIL CUIDARNOS >>

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Para golpear: Golpes: No dudes en hacer otras cosas que se viene en mente: arañazos en la cara, mordiscos (pueden ser muy dañinos sobre todo si acompañas con un rápido movimiento de cabeza para producir cortes) Y usar lo que sea que lleves con vos: llaves, botellas que levantes de la calle, bolso.

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7- Además de nuestrxs amigxs o grupo de pertenencia, es importante que acuda a la comisaria nuestrxs padres o madres o la persona que este a nuestro cargo, ya que son las únicas personas que están habilitadas legalmente para “sacarnos”.

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4- TENÉMOS DERECHO a llamar de inmediato por teléfono a una persona de confianza.

importante. El nivel de adrenalina se convierte rápidamente de miedo a odio. Golpea contra las partes más débiles del cuerpo (cualquier cuerpo, por mas grande y fuerte que nos parezca, tiene partes débiles). Gritá al golpear, así soltamos mas energía, confundimos al agresor y alertamos a amigas o gente que pueda estar cerca.

COMPARTAMOS LA FUERZA 8

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detenidx en esta dependencia, ¿me lo puede confirmar, por favor? Si nos dice que sí, seguimos con ¿Cuál es la causa de la detención? UNA PERSONA PUEDE SER DETENIDA - por AVERIGUACIÓN DE IDENTIDAD. - por el CÓDIGO CONTRAVENCIONAL o el CÓDIGO DE FALTAS. - por un DELITO. * LXS MENORES DE 18 AÑOS pueden ser detenidxs si están cometiendo un delito o por orden judicial, pero no deberían serlo “en averiguación de identidad” o “para identificar”. Claro que igual pasa, entonces, si te detienen “por estar en la calle después de las 22:00?, o porque sí, recordá que: 1- NO te deberían esposar, ni llevar en un auto que NO se identifique como policial. Si lo hacen, al salir PODÉS denunciarlos. 2-TAMPOCO te deberían encerrar en un calabozo, ni tenerte junto a mayores de edad, ni quitarte los cordones y/o cinturón, ni incomunicarte, ni tomarte huellas digitales.

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3- Lo primero que tiene que hacer el policía que te detuvo al entrar a la comisaría es AVISAR al JUEZ/A DE MENORES DE TURNO. Preguntá si le dieron intervención. Por una parte, es la 7

detenidx en esta dependencia, ¿me lo puede confirmar, por favor? Si nos dice que sí, seguimos con ¿Cuál es la causa de la detención? UNA PERSONA PUEDE SER DETENIDA - por AVERIGUACIÓN DE IDENTIDAD. - por el CÓDIGO CONTRAVENCIONAL o el CÓDIGO DE FALTAS. - por un DELITO. * LXS MENORES DE 18 AÑOS pueden ser detenidxs si están cometiendo un delito o por orden judicial, pero no deberían serlo “en averiguación de identidad” o “para identificar”. Claro que igual pasa, entonces, si te detienen “por estar en la calle después de las 22:00?, o porque sí, recordá que: 1- NO te deberían esposar, ni llevar en un auto que NO se identifique como policial. Si lo hacen, al salir PODÉS denunciarlos. 2-TAMPOCO te deberían encerrar en un calabozo, ni tenerte junto a mayores de edad, ni quitarte los cordones y/o cinturón, ni incomunicarte, ni tomarte huellas digitales.

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3- Lo primero que tiene que hacer el policía que te detuvo al entrar a la comisaría es AVISAR al JUEZ/A DE MENORES DE TURNO. Preguntá si le dieron intervención. Por una parte, es la 7


EN LA COMISARÍA

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autopercibida, es importante que quienes nos busquen en las comisarias, lo hagan a partir de descripciones físicas, nombrando nuestra vestimenta y características de este tipo para poder encontrarnos. Si con todos estos datos NO PODEMOS ENCONTRAR a la persona que buscamos, tenemos la posibilidad de presentar un HABEAS CORPUS (recurso legal para obtener información inmediata sobre el paradero de una persona buscada). Se puede hacer en cualquier momento del día, sin necesidad de unx abogadx, y se presenta en el juzgado de turno (ver direcciones), y se puede presentar de forma escrito u oral (pero es recomendable, siempre hacerlo por escrito con una copia para poder reclamar en caso de que no nos respondan).

Cuando lleguemos a la comisaria siempre tenemos que preguntar por el Jefe de Servicio u Oficial de Servicio (generalmente un oficial inspector o subinspector) que es el que “maneja” la comisaria. El suboficial que nos va a recibir en el mostrador es el Ayudante de Guardia. A él le tenemos que decir que queremos hablar con el OFICIAL DE SERVICIO, para conocer la situación de la persona detenida que estamos buscando. La primera pregunta es: Tenemos información de que “fulano / mengana” está 6

EN LA COMISARÍA

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autopercibida, es importante que quienes nos busquen en las comisarias, lo hagan a partir de descripciones físicas, nombrando nuestra vestimenta y características de este tipo para poder encontrarnos. Si con todos estos datos NO PODEMOS ENCONTRAR a la persona que buscamos, tenemos la posibilidad de presentar un HABEAS CORPUS (recurso legal para obtener información inmediata sobre el paradero de una persona buscada). Se puede hacer en cualquier momento del día, sin necesidad de unx abogadx, y se presenta en el juzgado de turno (ver direcciones), y se puede presentar de forma escrito u oral (pero es recomendable, siempre hacerlo por escrito con una copia para poder reclamar en caso de que no nos respondan).

Cuando lleguemos a la comisaria siempre tenemos que preguntar por el Jefe de Servicio u Oficial de Servicio (generalmente un oficial inspector o subinspector) que es el que “maneja” la comisaria. El suboficial que nos va a recibir en el mostrador es el Ayudante de Guardia. A él le tenemos que decir que queremos hablar con el OFICIAL DE SERVICIO, para conocer la situación de la persona detenida que estamos buscando. La primera pregunta es: Tenemos información de que “fulano / mengana” está 6

HACELO VOS MISMX. CÓMO USAR LA LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO.

Para acceder al derecho consagrado en la Ley de Identidad de Género: 1 SI TENÉS MAS DE 18 AÑOS Y TU IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA NO COINCIDE CON LA ASIGNADA AL MOMENTO DE NACER, podés solicitar el cambio registral del sexo y el cambio de nombre/s de pila. ¿Cómo lo hacés? Paso I: tenés que ir al Registro Civil o al Centro de Gestión y Participación (CGP) más cercano a tu domicilio, con tu Documento Nacional de Identidad y tu partida de nacimiento original y dos fotocopias. Allí mismo te pedirán que llenes un formulario donde solicitás el cambio amparándote en la Ley de Identidad de Género. Pensá bien el/los nombre/s que vas a adoptar, porque no podés volver a modificarlo salvo autorización judicial. Paso II: con la nueva partida de nacimiento y tu/s nuevo/s nombre/s, ya estás en condiciones de tramitar tu nuevo Documento Nacional de Identidad. Si vivís en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, te conviene pedir un turno al Centro de Documentación Rápida, ubicado en Paseo Colón 1093. También podés pedir el turno llamando al 8009999364 o través de la página http://turnos.mininterior.gov.ar 2 SI YA TENÉS TU NUEVO DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, PODÉS ACTUALIZAR LA IDENTIDAD QUE ESTÁ 19

HACELO VOS MISMX. CÓMO USAR LA LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO.

Para acceder al derecho consagrado en la Ley de Identidad de Género: 1 SI TENÉS MAS DE 18 AÑOS Y TU IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA NO COINCIDE CON LA ASIGNADA AL MOMENTO DE NACER, podés solicitar el cambio registral del sexo y el cambio de nombre/s de pila. ¿Cómo lo hacés? Paso I: tenés que ir al Registro Civil o al Centro de Gestión y Participación (CGP) más cercano a tu domicilio, con tu Documento Nacional de Identidad y tu partida de nacimiento original y dos fotocopias. Allí mismo te pedirán que llenes un formulario donde solicitás el cambio amparándote en la Ley de Identidad de Género. Pensá bien el/los nombre/s que vas a adoptar, porque no podés volver a modificarlo salvo autorización judicial. Paso II: con la nueva partida de nacimiento y tu/s nuevo/s nombre/s, ya estás en condiciones de tramitar tu nuevo Documento Nacional de Identidad. Si vivís en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, te conviene pedir un turno al Centro de Documentación Rápida, ubicado en Paseo Colón 1093. También podés pedir el turno llamando al 8009999364 o través de la página http://turnos.mininterior.gov.ar 2 SI YA TENÉS TU NUEVO DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, PODÉS ACTUALIZAR LA IDENTIDAD QUE ESTÁ 19


Paso III: tenés que hacer una nota explicando que, bajo amparo de la Ley de Identidad Género, querés que se cambie la identidad existente en la documentación previa a tu cambio. También podés cambiar tu identidad en la/s partida/s de nacimiento de tus hijos/as. En ningún caso pueden solicitarte la partida de nacimiento original o el viejo Documento Nacional de Identidad. Estos datos son absolutamente confidenciales y privados. 3 SI SOS MENOR DE 18 AÑOS, también podés solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre/s de pila e imagen. ¿Cómo lo hacés? Paso I: necesitás un representante legal que te acompañe en los trámites. Pueden ser tus padres, tutores o cualquier otra persona a la que la Justicia haya dado tu guarda. Si éstos están de acuerdo con tu decisión, entonces deberán darte una autorización. Podés disponer gratuitamente de un abogado para que te acompañe durante todo el trámite. Si tus padres, tutores o aquella persona bajo cuya guarda te encontrás no quieren que realices el cambio, entonces podrás recurrir a la Justicia. La rectificación del sexo y el/los nombre/s de pila no implican que pierdas los derechos y obligaciones de carácter civil, laboral, comercial y/o de familia que tenías antes de este

ENTONCES ¿Qué HACEMOS si detienen a algúnx de nosotrxs? Si nos enteramos que la cana detuvo a algunx de nosotrxs hay mucho que podemos hacer si sabemos algunas cosas sencillas y estamos organizadxs para defendernos rápido * Cuando nos detienen, la policía TIENE OBLIGACION de dejarnos hablar por teléfono con un familiar, unx abogadx o una persona de confianza. También tienen que informarnos, a nosotrxs o a cualquier persona de nuestra confianza que pregunte en la comisaría, CUAL ES EL MOTIVO de la detención (delito, falta o contravención, o por averiguación de identificación).

PRIMERAS ACCIONES

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CONSIGNADA EN LOS VIEJOS DOCUMENTOS: certificados, inscripciones, carnet de salud, títulos escolares, titularidad de cuenta bancaria, inscripción en AFIP, en ANSES, etc.

Cuando nos enteramos que algunx de nostrxs está detenido, lo primero que hay que hacer es llamar o ir a la comisaría. Si somos varixs, mejor. Es importante que nos expresemos con seguridad y con las palabras apropiadas. Los policías nos van a mirar muy distinto si ven que hablan con una persona que sabe de qué se trata y a la que no pueden confundir. Tenemos que saber qué preguntar y a quién preguntárselo, y entender lo que nos dicen. Si nos detienen, y nos VIOLENTAN inscribiéndonos ILEGALMENTE con datos que no respetan nuestra identidad 5

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Paso III: tenés que hacer una nota explicando que, bajo amparo de la Ley de Identidad Género, querés que se cambie la identidad existente en la documentación previa a tu cambio. También podés cambiar tu identidad en la/s partida/s de nacimiento de tus hijos/as. En ningún caso pueden solicitarte la partida de nacimiento original o el viejo Documento Nacional de Identidad. Estos datos son absolutamente confidenciales y privados. 3 SI SOS MENOR DE 18 AÑOS, también podés solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre/s de pila e imagen. ¿Cómo lo hacés? Paso I: necesitás un representante legal que te acompañe en los trámites. Pueden ser tus padres, tutores o cualquier otra persona a la que la Justicia haya dado tu guarda. Si éstos están de acuerdo con tu decisión, entonces deberán darte una autorización. Podés disponer gratuitamente de un abogado para que te acompañe durante todo el trámite. Si tus padres, tutores o aquella persona bajo cuya guarda te encontrás no quieren que realices el cambio, entonces podrás recurrir a la Justicia. La rectificación del sexo y el/los nombre/s de pila no implican que pierdas los derechos y obligaciones de carácter civil, laboral, comercial y/o de familia que tenías antes de este 20

ENTONCES ¿Qué HACEMOS si detienen a algúnx de nosotrxs? Si nos enteramos que la cana detuvo a algunx de nosotrxs hay mucho que podemos hacer si sabemos algunas cosas sencillas y estamos organizadxs para defendernos rápido * Cuando nos detienen, la policía TIENE OBLIGACION de dejarnos hablar por teléfono con un familiar, unx abogadx o una persona de confianza. También tienen que informarnos, a nosotrxs o a cualquier persona de nuestra confianza que pregunte en la comisaría, CUAL ES EL MOTIVO de la detención (delito, falta o contravención, o por averiguación de identificación).

PRIMERAS ACCIONES

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CONSIGNADA EN LOS VIEJOS DOCUMENTOS: certificados, inscripciones, carnet de salud, títulos escolares, titularidad de cuenta bancaria, inscripción en AFIP, en ANSES, etc.

Cuando nos enteramos que algunx de nostrxs está detenido, lo primero que hay que hacer es llamar o ir a la comisaría. Si somos varixs, mejor. Es importante que nos expresemos con seguridad y con las palabras apropiadas. Los policías nos van a mirar muy distinto si ven que hablan con una persona que sabe de qué se trata y a la que no pueden confundir. Tenemos que saber qué preguntar y a quién preguntárselo, y entender lo que nos dicen. Si nos detienen, y nos VIOLENTAN inscribiéndonos ILEGALMENTE con datos que no respetan nuestra identidad 5


Este artículo NOS permite HACER VALER NUESTRO DERECHO BÁSICO A LA IDENTIDAD, y es una herramienta CLAVE con la que podemos RESISTIR el abuso policial y la violencia institucional, como por ejemplo algunas de las siguientes situaciones: - ES VIOLENCIA que nos traten y registren en cualquier instancia institucional (comisaria, hospital, escuelas) con datos personales que NO representen NUESTRA identidad de género autopercibida. Frente a esto TENEMOS el derecho a EXIGIR la corrección inmediata de nuestros datos. - ES VIOLENCIA que en caso de detención nos revise personal policial NO acorde a NUESTRO género. Por ejemplo, si somos una mujer trans, o travesti que la policía intenta detener, SOLO DEBE realizarnos el cacheo personal policial FEMENINO. Si lo intenta hacer un policía hombre ES ILEGAL Y PODEMOS RESISTIRNOS CON EL AMPARO DE LA LEY. Es importante que conozcamos bien este artículo, y lo hagamos valer, porque nos puede AYUDAR A RESISTIR numerosas situaciones de violencia frente a la policía, y la situación de detención.

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4 SI TENÉS MAS DE 18 AÑOS, PODÉS SOLICITAR UNA INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA Y/O TRATAMIENTOS HORMONALES QUE PERMITAN ADECUAR TU CUERPO A TU IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA. ¿Cómo lo hacés? Paso I: deberás elegir un hospital y solicitar un turno con el/la médico/a. Ella/él te harán firmar un formulario que se llama consentimiento informado y que se pide para dejar constancia de que se te ha proporcionado información clara, precisa y suficiente sobre el tipo de procedimiento que te aplicarán, sus riesgos posibles y/o consecuencias derivadas del mismo. Los treinta y tres hospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están obligados por la Ley de Identidad de Género a atenderte. 5 SI SOS MENOR DE 18 AÑOS, TAMBIÉN PODÉS ACCEDER A LAS TERAPIAS HORMONALES Y/O INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS GENITALES TOTALES O PARCIALES, pero el trámite cambia según una u otra cosa. Paso I: en el caso de las terapias hormonales, si tus representantes legales están de acuerdo con tu decisión de iniciar un tratamiento, con sólo firmar el formulario de consentimiento informado podés comenzarlo. Si tus representantes no acuerdan, entonces tendrás que recurrir a la Justicia, la que debe proceder de manera rápida y ágil a fin de que puedas ejercer tu derecho lo más pronto posible. Paso II: en el caso de una intervención quirúrgica genital, total 21

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Este artículo NOS permite HACER VALER NUESTRO DERECHO BÁSICO A LA IDENTIDAD, y es una herramienta CLAVE con la que podemos RESISTIR el abuso policial y la violencia institucional, como por ejemplo algunas de las siguientes situaciones: - ES VIOLENCIA que nos traten y registren en cualquier instancia institucional (comisaria, hospital, escuelas) con datos personales que NO representen NUESTRA identidad de género autopercibida. Frente a esto TENEMOS el derecho a EXIGIR la corrección inmediata de nuestros datos. - ES VIOLENCIA que en caso de detención nos revise personal policial NO acorde a NUESTRO género. Por ejemplo, si somos una mujer trans, o travesti que la policía intenta detener, SOLO DEBE realizarnos el cacheo personal policial FEMENINO. Si lo intenta hacer un policía hombre ES ILEGAL Y PODEMOS RESISTIRNOS CON EL AMPARO DE LA LEY. Es importante que conozcamos bien este artículo, y lo hagamos valer, porque nos puede AYUDAR A RESISTIR numerosas situaciones de violencia frente a la policía, y la situación de detención.

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cambio. El número de DNI es el mismo que tenías antes, sólo cambia el nombre o la apariencia física.

cambio. El número de DNI es el mismo que tenías antes, sólo cambia el nombre o la apariencia física. 4 SI TENÉS MAS DE 18 AÑOS, PODÉS SOLICITAR UNA INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA Y/O TRATAMIENTOS HORMONALES QUE PERMITAN ADECUAR TU CUERPO A TU IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA. ¿Cómo lo hacés? Paso I: deberás elegir un hospital y solicitar un turno con el/la médico/a. Ella/él te harán firmar un formulario que se llama consentimiento informado y que se pide para dejar constancia de que se te ha proporcionado información clara, precisa y suficiente sobre el tipo de procedimiento que te aplicarán, sus riesgos posibles y/o consecuencias derivadas del mismo. Los treinta y tres hospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están obligados por la Ley de Identidad de Género a atenderte. 5 SI SOS MENOR DE 18 AÑOS, TAMBIÉN PODÉS ACCEDER A LAS TERAPIAS HORMONALES Y/O INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS GENITALES TOTALES O PARCIALES, pero el trámite cambia según una u otra cosa. Paso I: en el caso de las terapias hormonales, si tus representantes legales están de acuerdo con tu decisión de iniciar un tratamiento, con sólo firmar el formulario de consentimiento informado podés comenzarlo. Si tus representantes no acuerdan, entonces tendrás que recurrir a la Justicia, la que debe proceder de manera rápida y ágil a fin de que puedas ejercer tu derecho lo más pronto posible. Paso II: en el caso de una intervención quirúrgica genital, total 21


o parcial, deberás contar con una autorización judicial que no debe tardar más de 60 días. Como en el caso del cambio registral de sexo y cambio de nombre/s de pila, podrás contar con el acompañamiento gratuito de un abogado. 6 SI SOS EXTRANJERO/A, TAMBIÉN TENÉS DERECHO A LA RECTIFICACION REGISTRAL DE SEXO Y CAMBIO DE NOMBRE/S DE PILA, pero será necesario que tengas residencia legal en Argentina. ¿Cómo lo hacés? Paso I: en el caso de que tengas residencia legal en Argentina y hayas rectificado tu sexo en tu país de origen, sólo tendrás que solicitarlo aquí presentando tu documento de identidad, partida de nacimiento, pasaporte y sentencia judicial donde se deje constancia del cambio que realizaste en tu país, según la legislación del mismo. En el caso de que no hayas realizado la rectificación registral de tu sexo en tu país de origen, deberás primero tramitar tu residencia legal en Argentina y tu DNI para extranjeros. Te pedirán también explicar cuáles son las razones por las que no pudiste hacer el cambio en tu propio país.

VIOLENCIA POLICIAL- HERRAMIENTAS ANTI-REPRESIVAS

* Nadie tiene obligación legal de llevar sus documentos, menos aún si somos menores de edad. Sin embargo, como la falta de documento es una excusa habitual para detenernos, y nos expone algunas violencias, tratemos de llevarlos cuando salgamos a la calle. Para las personas trans que todavia no hayamos hecho el cambio registral acorde a nuestra identidad actual autopercibida, es importante saber que podemos apelar al art. 12 de la Ley de Identidad de Género 23.743, en el que costa: ART. 12. — Trato digno. Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados. Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de iden-

Paso II: en ambos casos, la oficina ante la que realizaste el trámite deberá verificar que los requisitos se han cumplido correctamente y participar de ello a la Dirección Nacional de Migraciones, organismo responsable de formalizar las modificaciones requeridas y comunicar al Registro Nacional de las Personas a fin de que éste emita el nuevo DNI. Si rechazan el trámite, podrás consultar a un/a abogado/a para que te ayude a evaluar los fundamentos de tal rechazo. 22 o parcial, deberás contar con una autorización judicial que no debe tardar más de 60 días. Como en el caso del cambio registral de sexo y cambio de nombre/s de pila, podrás contar con el acompañamiento gratuito de un abogado. 6 SI SOS EXTRANJERO/A, TAMBIÉN TENÉS DERECHO A LA RECTIFICACION REGISTRAL DE SEXO Y CAMBIO DE NOMBRE/S DE PILA, pero será necesario que tengas residencia legal en Argentina. ¿Cómo lo hacés? Paso I: en el caso de que tengas residencia legal en Argentina y hayas rectificado tu sexo en tu país de origen, sólo tendrás que solicitarlo aquí presentando tu documento de identidad, partida de nacimiento, pasaporte y sentencia judicial donde se deje constancia del cambio que realizaste en tu país, según la legislación del mismo. En el caso de que no hayas realizado la rectificación registral de tu sexo en tu país de origen, deberás primero tramitar tu residencia legal en Argentina y tu DNI para extranjeros. Te pedirán también explicar cuáles son las razones por las que no pudiste hacer el cambio en tu propio país.

tidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a. En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada.

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VIOLENCIA POLICIAL- HERRAMIENTAS ANTI-REPRESIVAS

* Nadie tiene obligación legal de llevar sus documentos, menos aún si somos menores de edad. Sin embargo, como la falta de documento es una excusa habitual para detenernos, y nos expone algunas violencias, tratemos de llevarlos cuando salgamos a la calle. Para las personas trans que todavia no hayamos hecho el cambio registral acorde a nuestra identidad actual autopercibida, es importante saber que podemos apelar al art. 12 de la Ley de Identidad de Género 23.743, en el que costa: ART. 12. — Trato digno. Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados. Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de iden-

Paso II: en ambos casos, la oficina ante la que realizaste el trámite deberá verificar que los requisitos se han cumplido correctamente y participar de ello a la Dirección Nacional de Migraciones, organismo responsable de formalizar las modificaciones requeridas y comunicar al Registro Nacional de las Personas a fin de que éste emita el nuevo DNI. Si rechazan el trámite, podrás consultar a un/a abogado/a para que te ayude a evaluar los fundamentos de tal rechazo. 22

tidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a. En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada.

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contenido

Violencia policial. Herramientas anti-represivas. Autodefensa. Estrategias para el cuidado. Hacelo vos mismx. Cómo usar la Ley de Identidad de Género.

DISCRIMINACIÓN >> En una situación donde seamos discriminadx por nuestra expresión de género (mujeres y varones trans, chicas travestis y otras identidades), sexualidad (putos, tortas, bi-pansexuales y cariñosxs en general), corporalidad, nacionalidad, clase y en las que nos veamos expulsadxs, hostigadxs y/o perseguidxs por el sólo hecho de existir y de hacer un ejercicio público de nuestras formas de vida, NO LO DUDES:

NO TE SOBREEXPONGAS A SITUACIONES DE VIOLENCIA EN SOLEDAD >>

BUSCÁ AYUDA >>

COLECTIVIZÁ EL RECLAMO >>

ORGANICEMOS EL ESCRACHE ENTRE AMIGXS

>> >> 23

contenido

Violencia policial. Herramientas anti-represivas. Autodefensa. Estrategias para el cuidado. Hacelo vos mismx. Cómo usar la Ley de Identidad de Género.

DISCRIMINACIÓN >> En una situación donde seamos discriminadx por nuestra expresión de género (mujeres y varones trans, chicas travestis y otras identidades), sexualidad (putos, tortas, bi-pansexuales y cariñosxs en general), corporalidad, nacionalidad, clase y en las que nos veamos expulsadxs, hostigadxs y/o perseguidxs por el sólo hecho de existir y de hacer un ejercicio público de nuestras formas de vida, NO LO DUDES:

NO TE SOBREEXPONGAS A SITUACIONES DE VIOLENCIA EN SOLEDAD >>

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ORGANICEMOS EL ESCRACHE ENTRE AMIGXS

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PEQUEÑO MANUAL

DIRECCIONES Y CONTACTOS ÚTILES: *en el caso de una acusación de un DELITO PENAL, la U.F.I., el Juzgado y la Defensoría Oficial lxs encontrás en CALLE 7 E/ 56 Y 57 (Horario: de 8 a 14 hs.) *en el caso de una acusación de DELITO CONTRAVENCIONAL, el/la Juez/a Correccional lx encontrás en CALLE 48 Y DIAGONAL 74 (Horario: de 8 a 14 hs.). *También podés BUSCAR AYUDA en DEFENSORÍA DEL PUEBLO, CALLE 7 ESQ. 49 (Horario: de 10 a 15 hs.) Teléfono: (0221) 5217300.

LA PLATA 1RA EDICIÓN JUNIO 2014 2DA.EDICIÓN NOVIEMBRE 2014

PEQUEÑO MANUAL

DIRECCIONES Y CONTACTOS ÚTILES: *en el caso de una acusación de un DELITO PENAL, la U.F.I., el Juzgado y la Defensoría Oficial lxs encontrás en CALLE 7 E/ 56 Y 57 (Horario: de 8 a 14 hs.) *en el caso de una acusación de DELITO CONTRAVENCIONAL, el/la Juez/a Correccional lx encontrás en CALLE 48 Y DIAGONAL 74 (Horario: de 8 a 14 hs.). *También podés BUSCAR AYUDA en DEFENSORÍA DEL PUEBLO, CALLE 7 ESQ. 49 (Horario: de 10 a 15 hs.) Teléfono: (0221) 5217300.

LA PLATA 1RA EDICIÓN JUNIO 2014 2DA.EDICIÓN NOVIEMBRE 2014


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