Material moral fundamental

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Curso de Introducción a la Teología Moral Clase 1 – Introducción a la Teología Moral Fundamental (I) • P. Sergio Camarillo •Lic. Néstor Martínez • Ing. Daniel Iglesias Grèzes


Referencias básicas • A.A.V.V., Nuevo diccionario de Teología Moral, Ed. San Pablo, Madrid 1992. • Catecismo de la Iglesia Católica, Parte 3, Sección 1, Capítulos 1 y 3 • Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica • Juan Pablo II, Encíclica Veritatis Splendor, Capítulo II


Itinerario de esta clase: •

Definición de la Teología Moral

El hombre, imagen de Dios

Nuestra vocación a la bienaventuranza

La libertad del hombre

La ley moral

La moralidad de los actos humanos

La opción fundamental y los actos concretos

Consecuencialismo y proporcionalismo


Definición de Teología Moral El campo de la teología moral, su contenido y los límites que lo separan de temas afines, puede ser indicado brevemente como sigue: la teología moral incluye todo lo relativo a las acciones libres del hombre y el último, o supremo, fin a alcanzarse a través de ellos, hasta donde lo conocemos por la misma divina revelación; en otras palabras, incluye el fin sobrenatural, la regla o norma, del orden moral, las acciones humanas como tales, su armonía o disonancia con las leyes del orden moral, sus consecuencias, las ayudas divinas para su recto cumplimiento.


El hombre, imagen de Dios •

1700 La dignidad de la persona humana está enraizada en su creación a imagen y semejanza de Dios (artículo 1);

se realiza en su vocación a la bienaventuranza divina (artículo 2).

Corresponde al ser humano llegar libremente a esta realización (artículo 3).

Por sus actos deliberados (artículo 4), la persona humana se conforma, o no se conforma, al bien prometido por Dios

y atestiguado por la conciencia moral (artículo 6).

Los seres humanos se edifican a sí mismos y crecen desde el interior: hacen de toda su vida sensible y espiritual un material de su crecimiento (artículo 5).

Con la ayuda de la gracia crecen en la virtud (artículo 7),

evitan el pecado y, si lo han cometido recurren como el hijo pródigo (cf Lc 15, 11-31) a la misericordia de nuestro Padre del cielo (artículo 8).

Así acceden a la perfección de la caridad.


Nuestra vocación a la bienaventuranza •

1717 Las bienaventuranzas dibujan el rostro de Jesucristo y describen su caridad;

expresan la vocación de los fieles asociados a la gloria de su Pasión y de su Resurrección;

iluminan las acciones y las actitudes características de la vida cristiana;

son promesas paradójicas que sostienen la esperanza en las tribulaciones;

anuncian a los discípulos las bendiciones y las recompensas ya incoadas;

quedan inauguradas en la vida de la Virgen María y de todos los santos.


El deseo de felicidad •

1718 Las bienaventuranzas responden al deseo natural de felicidad.

Este deseo es de origen divino: Dios lo ha puesto en el corazón del hombre a fin de atraerlo hacia El, el único que lo puede satisfacer:

Ciertamente todos nosotros queremos vivir felices, y en el género humano no hay nadie que no dé su asentimiento a esta proposición incluso antes de que sea plenamente enunciada. (S. Agustín, mor. eccl. 1, 3, 4).

1719 Las bienaventuranzas descubren la meta de la existencia humana, el fin último de los actos humanos: Dios nos llama a su propia bienaventuranza.

Esta vocación se dirige a cada uno personalmente, pero también al conjunto de la Iglesia, pueblo nuevo de los que han acogido la promesa y viven de ella en la fe.


La bienaventuranza cristiana •

1720 El Nuevo Testamento utiliza varias expresiones para caracterizar la bienaventuranza a la que Dios llama al hombre:

la llegada del Reino de Dios (cf Mt 4, 17);

la visión de Dios: “Dichosos los limpios de corazón porque ellos verán a Dios” (Mt 5,8; cf 1 Jn 3, 2; 1 Co 13, 12);

la entrada en el gozo del Señor (cf Mt 25, 21. 23); la entrada en el Descanso de Dios (Hb 4, 7-11).

La bienaventuranza nos hace participar de la naturaleza divina (2 P 1, 4) y de la Vida eterna (cf Jn 17, 3).

Con ella, el hombre entra en la gloria de Cristo (cf Rm 8, 18) y en el gozo de la vida trinitaria.


1723 La bienaventuranza prometida nos coloca ante opciones morales decisivas.

Nos invita a purificar nuestro corazón de sus malvados instintos y a buscar el amor de Dios por encima de todo.

Nos enseña que la verdadera dicha no reside

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ni en la riqueza o el bienestar, ni en la gloria humana o el poder, ni en ninguna obra humana, por útil que sea, como las ciencias, las técnicas y las artes, ni en ninguna criatura, sino sólo en Dios, fuente de todo bien y de todo amor.

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1724 El Decálogo, el Sermón de la Montaña y la catequesis apostólica nos describen los caminos que conducen al Reino de los cielos.

Por ellos avanzamos paso a paso mediante los actos de cada día, sostenidos por la gracia del Espíritu Santo. Fecundados por la Palabra de Cristo, damos lentamente frutos en la Iglesia para la gloria de Dios (cf. la parábola del sembrador: Mt 13, 3-23).


La libertad del hombre •

1731 La libertad es el poder, radicado en la razón y en la voluntad, de obrar o de no obrar, de hacer esto o aquello, de ejecutar así por sí mismo acciones deliberadas. Por el libre arbitrio cada uno dispone de sí mismo.

La libertad es en el hombre una fuerza de crecimiento y de maduración en la verdad y la bondad. La libertad alcanza su perfección cuando está ordenada a Dios, nuestra bienaventuranza.

1732 Hasta que no llega a encontrarse definitivamente con su bien último que es Dios, la libertad implica la posibilidad de elegir entre el bien y el mal, y por tanto, de crecer en perfección o de flaquear y pecar.

La libertad caracteriza los actos propiamente humanos. Se convierte en fuente de alabanza o de reproche, de mérito o de demérito.

No hay verdadera libertad sino en el servicio del bien y de la justicia. La elección de la desobediencia y del mal es un abuso de la libertad y conduce a “la esclavitud del pecado” (cf. Rm 6, 17).

1734 La libertad hace al hombre responsable de sus actos en la medida en que éstos son voluntarios. El progreso en la virtud, el conocimiento del bien, y la ascesis acrecientan el dominio de la voluntad sobre los propios actos.


1735 La imputabilidad y la responsabilidad de una acción pueden quedar disminuidas e incluso suprimidas a causa de la ignorancia, la inadvertencia, la violencia, el temor, los hábitos, los afectos desordenados y otros factores psíquicos o sociales.

1736 Todo acto directamente querido es imputable a su autor.

Una acción puede ser indirectamente voluntaria cuando resulta de una negligencia respecto a lo que se habría debido conocer o hacer, por ejemplo, un accidente provocado por la ignorancia del código de la circulación.

1737 Un efecto puede ser tolerado sin ser querido por el que actúa, por ejemplo, el agotamiento de una madre a la cabecera de su hijo enfermo.

El efecto malo no es imputable si no ha sido querido ni como fin ni como medio de la acción, como la muerte acontecida al auxiliar a una persona en peligro.

Para que el efecto malo sea imputable, es preciso que sea previsible y que el que actúa tenga la posibilidad de evitarlo, por ejemplo, en el caso de un homicidio cometido por un conductor en estado de embriaguez.


• 1742 Libertad y gracia • La gracia de Cristo • no se opone de ninguna manera a nuestra libertad • cuando ésta corresponde al sentido de la verdad y del bien que Dios ha puesto en el corazón del hombre. • Al contrario, como lo atestigua la experiencia cristiana, especialmente en la oración, • a medida que somos más dóciles a los impulsos de la gracia, • se acrecientan nuestra íntima verdad y nuestra seguridad en las pruebas, • como también ante las presiones y coacciones del mundo exterior. • Por el trabajo de la gracia, el Espíritu Santo nos educa en la libertad espiritual para hacer de nosotros colaboradores libres de su obra en la Iglesia y en el mundo.


La ley moral • 1950. La ley moral es obra de la Sabiduría divina. • Se la puede definir, en el sentido bíblico, como una instrucción paternal, una pedagogía de Dios. • Prescribe al hombre los caminos, las reglas de conducta que llevan a la bienaventuranza prometida; proscribe los caminos del mal que apartan de Dios y de su amor. • Es a la vez firme en sus preceptos y amable en sus promesas. • 1951 La ley es una regla de conducta proclamada por la autoridad competente para el bien común. • La ley moral supone el orden racional establecido entre las criaturas, para su bien y con miras a su fin, por el poder, la sabiduría y la bondad del Creador.


• 1952 Las expresiones de la ley moral son diversas, y todas están coordinadas entre sí: • la ley eterna, fuente en Dios de todas las leyes; • la ley natural; • la ley revelada, que comprende la Ley antigua y la Ley nueva o evangélica; • finalmente, las leyes civiles y eclesiásticas. • 1953 La ley moral tiene en Cristo su plenitud y su unidad. Jesucristo es en persona el camino de la perfección. • Es el fin de la Ley, porque sólo El enseña y da la justicia de Dios: ‘Porque el fin de la ley es Cristo para justificación de todo creyente’ (Rm 10, 4).


La ley moral natural • 1954. El hombre participa de la sabiduría y la bondad del Creador que le confiere el dominio de sus actos y la capacidad de gobernarse con miras a la verdad y al bien. • La ley natural expresa el sentido moral original que permite al hombre discernir mediante la razón lo que son el bien y el mal, la verdad y la mentira. • La ley natural está inscrita y grabada en el alma de todos y cada uno de los hombres porque es la razón humana que ordena hacer el bien y prohíbe pecar. • “Pero esta prescripción de la razón humana no podría tener fuerza de ley si no fuese la voz y el intérprete de una razón más alta a la que nuestro espíritu y nuestra libertad deben estar sometidos.” (León XIII, enc. "Libertas praestantissimum").


• 1955 La ley ‘divina y natural’ (GS 89) muestra al hombre el camino que debe seguir para practicar el bien y alcanzar su fin. • La ley natural contiene los preceptos primeros y esenciales que rigen la vida moral. • Tiene por raíz la aspiración y la sumisión a Dios, fuente y juez de todo bien, así como el sentido del prójimo en cuanto igual a sí mismo. • Está expuesta, en sus principales preceptos, en el Decálogo. • Esta ley se llama natural no por referencia a la naturaleza de los seres irracionales, sino porque la razón que la proclama pertenece propiamente a la naturaleza humana.


• 1956 La ley natural, presente en el corazón de todo hombre y establecida por la razón, es universal en sus preceptos, y su autoridad se extiende a todos los hombres. • Expresa la dignidad de la persona y determina la base de sus derechos y sus deberes fundamentales. • 1957 La aplicación de la ley natural varía mucho; puede exigir una reflexión adaptada a la multiplicidad de las condiciones de vida según los lugares, las épocas y las circunstancias. • Sin embargo, en la diversidad de culturas, la ley natural permanece como una norma que une entre sí a los hombres y les impone, por encima de las diferencias inevitables, principios comunes.


• 1958 La ley natural es inmutable (cf GS 10) y permanente a través de las variaciones de la historia; subsiste bajo el flujo de ideas y costumbres y sostiene su progreso. • 1959 La ley natural, obra maravillosa del Creador, proporciona los fundamentos sólidos sobre los que el hombre puede construir el edificio de las normas morales que guían sus decisiones. • Establece también la base moral indispensable para la edificación de la comunidad de los hombres. • Finalmente proporciona la base necesaria a la ley civil que se adhiere a ella, bien mediante una reflexión que extrae las conclusiones de sus principios, bien mediante adiciones de naturaleza positiva y jurídica.


• 1960 Los preceptos de la ley natural no son percibidos por todos de una manera clara e inmediata. • En la situación actual, la gracia y la revelación son necesarias al hombre pecador para que las verdades religiosas y morales puedan ser conocidas • • • •

‘de todos, sin dificultad, con una firme certeza y sin mezcla de error’ (Pío XII, enc. "Humani generis": DS 3876).

• La ley natural proporciona a la Ley revelada y a la gracia un cimiento preparado por Dios y armonizado con la obra del Espíritu.


La ley nueva o ley evangélica • 1965 La Ley nueva o Ley evangélica es la perfección aquí abajo de la ley divina, natural y revelada. • Es obra de Cristo y se expresa particularmente en el Sermón de la Montaña. • Es también obra del Espíritu Santo, y por Él viene a ser la ley interior de la caridad: ‘Concertaré con la casa de Israel una alianza nueva... pondré mis leyes en su mente, en sus corazones las grabaré; y yo seré su Dios y ellos serán mi pueblo’ (Hb 8, 8-10; cf. Jr 31, 31-34). • 1966 La Ley nueva es la gracia del Espíritu Santo dada a los fieles mediante la fe en Cristo. • Actúa por la caridad, utiliza el Sermón del Señor para enseñarnos lo que hay que hacer, y los sacramentos para comunicarnos la gracia de realizarlo.


• 1968 La Ley evangélica lleva a plenitud los mandamientos de la Ley. • El Sermón del monte, • lejos de abolir o devaluar las prescripciones morales de la Ley antigua, • extrae de ella sus virtualidades ocultas • y hace surgir de ella nuevas exigencias: • revela toda su verdad divina y humana. • No añade preceptos exteriores nuevos, • pero llega a reformar la raíz de los actos, el corazón, donde el hombre elige entre lo puro y lo impuro (cf. Mt 15, 18-19), donde se forman la fe, la esperanza y la caridad, y con ellas las otras virtudes. • Toda la Ley evangélica está contenida en el ‘mandamiento nuevo’ de Jesús (Jn 13, 34): amarnos los unos a los otros como Él nos ha amado (cf. Jn 15, 12).


• 1973 Más allá de sus preceptos, la Ley nueva contiene los consejos evangélicos. • La distinción tradicional entre mandamientos de Dios y consejos evangélicos se establece por relación a la caridad, perfección de la vida cristiana. • Los preceptos están destinados a apartar lo que es incompatible con la caridad. • Los consejos tienen por fin apartar lo que, incluso sin serle contrario, puede constituir un impedimento al desarrollo de la caridad (cf. S. Tomás de Aquino, s. th. 2-2, 184, 3). • 1974 Los consejos evangélicos manifiestan la plenitud viva de una caridad que nunca se sacia. Atestiguan su fuerza y estimulan nuestra prontitud espiritual. • La perfección de la Ley nueva consiste esencialmente en los preceptos del amor de Dios y del prójimo. • Los consejos indican vías más directas, medios más apropiados, y han de practicarse según la vocación de cada uno.


La moralidad de los actos humanos • La moralidad de los actos humanos depende: • — del objeto elegido; • — del fin que se busca o la intención; • — de las circunstancias de la acción. • El objeto, la intención y las circunstancias forman las ‘fuentes’ o elementos constitutivos de la moralidad de los actos humanos.


• 1751 El objeto elegido es un bien hacia el cual tiende deliberadamente la voluntad. • Es la materia de un acto humano. • El objeto elegido especifica moralmente el acto del querer, según que la razón lo reconozca y lo juzgue conforme o no conforme al bien verdadero. • Las reglas objetivas de la moralidad enuncian el orden racional del bien y del mal, atestiguado por la conciencia.


• 1752 Frente al objeto, la intención se sitúa del lado del sujeto que actúa. • La intención, por estar ligada a la fuente voluntaria de la acción y por determinarla en razón del fin, es un elemento esencial en la calificación moral de la acción. • El fin es el término primero de la intención y designa el objetivo buscado en la acción. • La intención es un movimiento de la voluntad hacia un fin; mira al término del obrar. • Apunta al bien esperado de la acción emprendida.


• No se limita a la dirección de cada una de nuestras acciones tomadas aisladamente, • sino que puede también ordenar varias acciones hacia un mismo objetivo; • puede orientar toda la vida hacia el fin último. • Por ejemplo, un servicio que se hace a alguien tiene por fin ayudar al prójimo, • pero puede estar inspirado al mismo tiempo por el amor de Dios como fin último de todas nuestras acciones. • Una misma acción puede, pues, estar inspirada por varias intenciones, • como hacer un servicio para obtener un favor o para satisfacer la vanidad.


• Una intención buena (por ejemplo: ayudar al prójimo) no hace ni bueno ni justo un comportamiento en sí mismo desordenado (como la mentira y la maledicencia). • El fin no justifica los medios. • Así, no se puede justificar la condena de un inocente como un medio legítimo para salvar al pueblo. • Por el contrario, una intención mala sobreañadida (como la vanagloria) convierte en malo un acto que, de suyo, puede ser bueno (como la limosna).


• 1754 Las circunstancias, comprendidas en ellas las consecuencias, son los elementos secundarios de un acto moral. • Contribuyen a agravar o a disminuir la bondad o la malicia moral de los actos humanos (por ejemplo, la cantidad de dinero robado). • Pueden también atenuar o aumentar la responsabilidad del que obra (como actuar por miedo a la muerte). • Las circunstancias no pueden de suyo modificar la calidad moral de los actos; no pueden hacer ni buena ni justa una acción que de suyo es mala.


Los actos buenos y los actos malos • El acto moralmente bueno supone a la vez la bondad • del objeto, • del fin • y de las circunstancias. • Un fin malo corrompe la acción, aunque su objeto sea de suyo bueno (como orar y ayunar “para ser visto por los hombres”). • El objeto de la elección puede por sí solo viciar el conjunto de todo el acto. • Hay comportamientos concretos -como la fornicación- que son siempre errados, porque su elección comporta un desorden de la voluntad, es decir, un mal moral.


• 1756 Es, por tanto, erróneo juzgar de la moralidad de los actos humanos considerando sólo la intención que los inspira o las circunstancias (ambiente, presión social, coacción o necesidad de obrar, etc.) que son su marco. • Hay actos que, • • • •

por sí y en sí mismos, independientemente de las circunstancias y de las intenciones, son siempre gravemente ilícitos por razón de su objeto;

• por ejemplo, la blasfemia y el perjurio, el homicidio y el adulterio. • No está permitido hacer el mal para obtener un bien.


La opción fundamental y los actos concretos (VS II, III, 75ss) • “Sin embargo, algunos autores proponen una revisión mucho más radical de la relación entre persona y actos. • Hablan de una libertad fundamental, más profunda y diversa de la libertad de elección, sin cuya consideración no se podrían comprender ni valorar correctamente los actos humanos. • Según estos autores, la función clave en la vida moral habría que atribuirla a una opción fundamental, actuada por aquella libertad fundamental mediante la cual la persona decide globalmente sobre sí misma, no a través de una elección determinada y consciente a nivel reflejo, sino en forma transcendental y atemática.”


• Los actos particulares derivados de esta opción constituirían solamente unas tentativas parciales y nunca resolutivas para expresarla, serían solamente signos o síntomas de ella. • Objeto inmediato de estos actos -se dice- no es el Bien absoluto (ante el cual la libertad de la persona se expresaría a nivel transcendental), sino que son los bienes particulares (llamados también categoriales). • Ahora bien, según la opinión de algunos teólogos, ninguno de estos bienes, parciales por su naturaleza, podría determinar la libertad del hombre como persona en su totalidad, aunque el hombre solamente pueda expresar la propia opción fundamental mediante la realización o el rechazo de aquéllos.


• De esta manera, se llega a introducir una distinción entre la opción fundamental y las elecciones deliberadas de un comportamiento concreto; • una distinción que en algunos autores asume la forma de una disociación, • en cuanto circunscriben expresamente el bien y el mal moral a la dimensión transcendental propia de la opción fundamental, • calificando como rectas o equivocadas las elecciones de comportamientos particulares intramundanos, es decir, referidos a las relaciones del hombre consigo mismo, con los demás y con el mundo de las cosas.


• De este modo, parece delinearse dentro del comportamiento humano una escisión entre dos niveles de moralidad: • por una parte el orden del bien y del mal, que depende de la voluntad, y, por otra, los comportamientos determinados, • los cuales son juzgados como moralmente rectos o equivocados haciéndolo depender sólo de un cálculo técnico de la proporción entre bienes y males premorales o físicos, que siguen efectivamente a la acción. • Y esto hasta el punto de que un comportamiento concreto, incluso elegido libremente, es considerado como un proceso simplemente físico, y no según los criterios propios de un acto humano. • El resultado al que se llega es el de reservar la calificación propiamente moral de la persona a la opción fundamental, sustrayéndola -o atenuándola- a la elección de los actos particulares y de los comportamientos concretos.


• 67. (…) dichas teorías son contrarias a la misma enseñanza bíblica, que concibe la opción fundamental como una verdadera y propia elección de la libertad y vincula profundamente esta elección a los actos particulares. • Mediante la elección fundamental, el hombre es capaz de orientar su vida y -con la ayuda de la gracia- tender a su fin siguiendo la llamada divina. • Pero esta capacidad se ejerce de hecho en las elecciones particulares de actos determinados, mediante los cuales el hombre se conforma deliberadamente con la voluntad, la sabiduría y la ley de Dios. • Por tanto, se afirma que la llamada opción fundamental, en la medida en que se diferencia de una intención genérica y, por ello, no determinada todavía en una forma vinculante de la libertad, se actúa siempre mediante elecciones conscientes y libres. • Precisamente por esto, la opción fundamental es revocada cuando el hombre compromete su libertad en elecciones conscientes de sentido contrario, en materia moral grave.


• La moralidad no puede ser juzgada si se prescinde de la conformidad u oposición de la elección deliberada de un comportamiento concreto respecto a la dignidad y a la vocación integral de la persona humana. • Toda elección implica siempre una referencia de la voluntad deliberada a los bienes y a los males, indicados por la ley natural como bienes que hay que conseguir y males que hay que evitar. • En el caso de los preceptos morales positivos, la prudencia ha de jugar siempre el papel de verificar su incumbencia en una determinada situación, por ejemplo, teniendo en cuenta otros deberes quizás más importantes o urgentes. • Pero los preceptos morales negativos, es decir, los que prohiben algunos actos o comportamientos concretos como intrínsecamente malos, no admiten ninguna excepción legítima; • no dejan ningún espacio moralmente aceptable para la creatividad de alguna determinación contraria. • Una vez reconocida concretamente la especie moral de una acción prohibida por una norma universal, el acto moralmente bueno es sólo aquel que obedece a la ley moral y se abstiene de la acción que dicha ley prohíbe.


Consecuencialismo y proporcionalismo (VS II, IV, 74ss) •

“Este «teleologismo», como método de reencuentro de la norma moral, puede, entonces, ser llamado -según terminologías y enfoques tomados de diferentes corrientes de pensamiento- «consecuencialismo» o «proporcionalismo».

El primero pretende obtener los criterios de la rectitud de un obrar determinado sólo del cálculo de las consecuencias que se prevé pueden derivarse de la ejecución de una decisión.

El segundo, ponderando entre sí los valores y los bienes que persiguen, se centra más bien en la proporción reconocida entre los efectos buenos o malos, en vista del bien mayor o del mal menor, que sean efectivamente posibles en una situación determinada.

Las teorías éticas teleológicas (proporcionalismo, consecuencialismo),

aun reconociendo que los valores morales son señalados por la razón y la revelación,

no admiten que se pueda formular una prohibición absoluta de comportamientos determinados que, en cualquier circunstancia y cultura, contrasten con aquellos valores.”


• “…semejantes teorías no son fieles a la doctrina de la Iglesia, en cuanto creen poder justificar, como moralmente buenas, elecciones deliberadas de comportamientos contrarios a los mandamientos de la ley divina y natural. • …la consideración de estas consecuencias -así como de las intenciones- no es suficiente para valorar la calidad moral de una elección concreta. • La ponderación de los bienes y los males, previsibles como consecuencia de una acción, no es un método adecuado para determinar si la elección de aquel comportamiento concreto es, según su especie o en sí misma, moralmente buena o mala, lícita o ilícita. • Las consecuencias previsibles pertenecen a aquellas circunstancias del acto que, aunque puedan modificar la gravedad de una acción mala, no pueden cambiar, sin embargo, la especie moral.


• La razón por la que no basta la buena intención, sino que es necesaria también la recta elección de las obras, reside en el hecho de que el acto humano depende de su objeto, o sea si éste es o no es «ordenable» a Dios, al único que es «Bueno», y así realiza la perfección de la persona.” • Así pues, hay que rechazar la tesis, característica de las teorías teleológicas y proporcionalistas, según la cual sería imposible calificar como moralmente mala según su especie -su «objeto»- la elección deliberada de algunos comportamientos o actos determinados prescindiendo de la intención por la que la elección es hecha o de la totalidad de las consecuencias previsibles de aquel acto para todas las personas interesadas.


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