Gestión de riesgo en turismo aventura

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01 PRÓLOGO El año 2010, cuando entró en vigencia la Ley 20.423, que creó una nueva institucionalidad para el turismo, se nos presentaron múltiples desafíos. Uno de los más importantes era la implementación del Sistema de clasificación, calidad y seguridad de los prestadores de servicios turísticos que nos permitiría ordenar la industria, velar por la correcta clasificación de los prestadores garantizando así que al momento de contratarse sus servicios exista correlación entre lo que uno quiere y lo que efectivamente está contratando. Asimismo, se crea el “Sello Q” para distinguir a las empresas certificadas y darles promoción preferente y se establece la obligación legal de cumplir con los estándares de seguridad. La verdad es que la Ley nos impuso un reto difícil pero importante y necesario, pues al año 2010 no teníamos ninguna certeza de quiénes eran nuestros prestadores, dónde estaban ni que servicios ofrecían. Así la creación del Registro de Prestadores de Servicios Turísticos nos permitió ordenar y transparentar la oferta turística de nuestro país, especialmente en materia de alojamiento y turismo aventura, en los cuales el registro es obligatorio a partir de junio de 2013.


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