Curso de administrador

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MANUAL DE TRABAJOS EN ALTURAS

TRABAJADORES EXPUESTOS AL RIESGO DE CAÍDA

CURSO BÁSICO ADMINISTRATIVO DE TRABAJO SEGURO EN ALTURAS 10 HORAS


1. INTRODUCCIÓN Responda las siguientes preguntas: ¿Para qué está haciendo este curso? ¿Porque está haciendo este curso? Tome consciencia de la diferencia entre ambas preguntas ¿Qué significa para usted terminar satisfactoriamente este curso? ¿Está dispuesto a asumir el reto de la formación virtual?

Aunque toma tiempo, los trabajadores y la administración deben darse cuenta que la protección contra caídas al igual que los demás riesgos críticos no solamente pueden hacer más seguro el trabajo, sino que, puede mejorar la producción y hacer mucho más fáciles los trabajos. Existe gran cantidad de estadísticas a nivel nacional e internacional que indican la necesidad de protección contra caídas. El Instituto De Medicina Legal colombiano, estima que las caídas son la 2 causa de accidentalidad. (Fuente; forensis 2011)

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Es por este motivo que la adecuada selección de los equipos, una gestión administrativa del riesgo, un adecuado análisis de los peligros, calidad de los equipos, el cuidado extremo de los mismos, el mantenimiento constante y el cumplimiento de los procedimientos, son vitales en el objetivo de evitar accidentes en la empresa en la que trabajamos. Preocupados por la seguridad de los trabajadores y funcionarios, las empresas vienen haciendo esfuerzos constantes para desarrollar programas de seguridad para los trabajos en alturas que incluyen aspectos como dotación, eliminación y/o reducción del riesgo en sitios expuestos con medidas pasivas de protección, diseños de ingeniería, selección de personal, exámenes físicos y psicológicos y programas de entrenamiento del personal expuesto al riesgo y por tal motivo se ha desarrollado el presente módulo de entrenamiento que refuerza las técnicas aprendidas anteriormente y complementa los aspectos de seguridad y operatividad.

Este manual no remplaza en ningún momento la instrucción brindada por los instructores de SERVICES AND TRAINING HSE COLOMBIA SAS, solamente es una herramienta para facilitarle el proceso de aprendizaje a quien lo lee. SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


Las técnicas aquí consignadas son el resultado de muchos años de evolución teniendo como base para su aplicación a nivel industrial, las normas emitidas por OSHA, ANSI, EN y UIAA; en relación a las técnicas de seguridad y la utilización de diferentes equipos de protección de caídas.

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2. DEFINICIONES Consulte las definiciones de la resolución 1409 en la resolución la cual puede descargar fácilmente del internet o en la presentación de la lección 3.1 A continuación encontrara algunas definiciones adicionales que le serán de utilidad Mosquetón de gran apertura: mosquetón de apertura de compuerta de mínimo 50 mm. Se encuentra en referencia yoke 259G, DBI SALA referencias 2000108, 2000300 y 2000301, pensafe c-714, c-734, c-763. Andamio: sistema de acceso acorde a lo enunciado en la resolución 1409 de 2012. Es cualquier plataforma elevada temporalmente y su estructura de apoyo o de suspensión (incluye puntos de anclaje), son usados para soportar trabajadores y materiales o ambos. RPD: dispositivo de rescate y posicionamiento, por sus siglas en ingles (Rescue and Posicioned Device). Factor de caída: es el cociente generado entre la distancia de caída libre y la distancia del equipo utilizado (generalmente 1,8 metros). Sistema primario: Cualquier sistema o factor, tanto humano como fabricado por el hombre, que mantiene al trabajador en o sobre el nivel del trabajo actual. Sistema secundario: Sistemas existentes y en uso que protegen al trabajador contra una caída y/o efectos de una caída si falla el sistema primario.

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3. RESPONSABILIDAD LABORAL, CIVIL, PENAL Y ADMINISTRATIVA: Es responsabilidad de cada trabajador, pero en especial las líneas de supervisión y dirección el cumplimiento de las obligaciones legales y las consecuencias de sus decisiones basadas en un marco general objetivo como el brindado por la legislación colombiana. En la lección 1. podrá encontrar información detallada de este tema. 3.1 ALGUNAS ESTRATEGIAS PARA EL ABORDAR LOS RIESGOS

3.2 RESPONSABILIDADES

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3.3 ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD

El trabajador debe probar

Exoneración del Empleador

Hecho Ilícito

Hecho de un Tercero

Dolo o Culpa Patronal

Culpa de la Víctima

Daño o Perjuicio

Fuerza Mayor o caso Fortuito

Nexo Causal

Diligencia y Cuidado

RESPONSABILIDAD CIVIL

COMO SE INCUMPLE

QUE DEBO HACER

Cuando por ejemplo no asigno los EPP adecuados para el trabajo, no defino los procedimientos de trabajo seguro, no hago cumplir las normas de seguridad, no corrijo las condiciones de riesgo y permito que se realice el trabajo, cuando hago caso omiso a las observaciones hechas por los trabajadores

Informarme sobre las normas en Salud Ocupacional y seguridad industrial Entregar la dotación de EPP acordes a las actividades desarrolladas. Realizar inspecciones de seguridad y se generan informes Hacer cumplir las normas de uso de EPP. Corregir todas las condiciones de peligro y riesgo antes de comenzar la labor. Informar al área de Salud ocupacional sobre las anomalías encontradas Dar solución a las inquietudes hechas por los trabajadores.

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PENAL

Cuando aun sabiendo que al desarrollar un trabajo se pueden generar lesiones y le permito u obligo al trabajador a realizarlos, omitiendo todas las normas, observaciones y recomendaciones hechas por el trabajador o el Área de Salud Ocupacional.

Brindar toda la información posible a los trabajadores sobre los riesgos presentes. Evidenciar la toma de decisiones en seguridad y salud ocupacional. Suspender las actividades hasta tanto no se hayan cambiado o controlado las condiciones de riesgo. Realizar control efectivo a los trabajadores que incumplan con las normas.

ADMINISTRATIVA

Al no dar cumplimiento a mis responsabilidades establecidas en las funciones de trabajo relacionadas con seguridad y salud ocupacional. No hacer cumplir la legislación colombiana en lo referente a temas de seguridad y salud ocupacional, como por ejemplo el ejecución del reglamento técnico de trabajo en alturas, las reuniones del Comité Paritario de Salud Ocupacional, la publicación del Reglamento de higiene y seguridad, la actualización del programa, etc. No afiliando a los trabajadores Poner al trabajador a desarrollar sus funciones el mismo día de su afiliación

Conociendo las normas y reglamentos. Haciendo cumplir la legislación vigente. Apoyando el desarrollo de la salud ocupacional.

LABORAL

Afiliar a los trabajadores Generar la afiliación 24 horas antes al inicio de sus labores

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SOLIDARIA

Cuando no doy cumplimiento a las políticas de exigencia a contratistas, aliados, proveedores, usuarios, etc. Generadas para el cumplimiento de las normas. Cuando no le hago auditoria a los contratistas, aliados, proveedores, usuarios, etc. Cuando a pesar de conocer que se incumplen con las normas no suspendo las actividades hasta tanto no se mejoren las condiciones

Dar cumplimiento a las políticas definidas por la empresa para el control a contratistas, aliados, proveedores, usuarios, visitantes, y demás partes interesadas.

4. NORMATIVIDAD En un país como el nuestro, que es muy prolífico en materia normativa es importante para el estudiante conocer una serie de normas que son complementarias en el área de seguridad industrial, salud laboral y seguridad social, las cuales si bien no son específicas para la protección contra caídas tratan de temas transversales a la gestión de SST. Lo invitamos a revisar el siguiente material: Lección 2 normatividad La industria de protección contra caídas está regulada por cierto número de organismos que proveen las pautas para el desarrollo de esta las labores asociadas a este riesgo. Desde las resistencias mínimas de las reatas y cuerdas, hasta el despliegue máximo del absorbedor de impactos; lo que a menudo no se entiende es la diferencia entre los organismos normativos estandarizadores y los organismos reguladores y como cada uno de ellos afectan a la industria. La mayor diferencia es que los organismos normativos y/o estandarizadores establecen normas y/o estándares que son principalmente de cumplimiento voluntario, mientras que los organismos reguladores decretan la legislación que se debe cumplir bajo la penalización de la ley. En nuestro país las normas de cumplimiento voluntario vienen de las normas NTC del Icontec y ante la ausencia de estos, los más comunes, aunque no los únicos son los de ANSI (American National Standards Institute o en español Instituto Nacional Americano de Estándares) quien dicta las normas técnicas en Estados Unidos, para nuestro caso, de los equipos de protección personal o la EN que son las normativas de la comunidad europea. En Colombia, como normas de obligatorio cumplimiento en el tema de protección contra SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


caídas encontramos: la resolución 2400 de 1979 y 2413 de 1979 del Ministerio Del Trabajo Y Seguridad Social en los numerales que en su momento no fueron derogados por la resolución del Ministerio de la Protección Social número 003673 emitida en el 2008 por el Ministerio De La Protección Social, que también fue derogada en 2012 por la resolución 1409 emitida por el Ministerio Del Trabajo. A continuación relacionaremos algunas normas que se deben tener en cuenta para realizar trabajos en alturas, realizando diferencias de las emitidas por OSHA (ocupational safety and health administration) (Administración de salud y salud ocupacional) fuente de inspiración de la legislación colombiana y la resolución 001409 del Ministerio Del Trabajo.

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NORMAS GENERALES DE SEGURIDAD 1. La normativa de OSHA para el sector construcción se encuentra contenido en la subparte M del código de regulación federal 1926. Consulte en: www.osha.gov 2. La normativa de OSHA para la industria general se encuentra contenida en la subparte D y F del código de regulación federal 1910. Consulte en: www.osha.gov 3. La resolución 001409 del MINISTERIO DEL TRABAJO. Establece el reglamento técnico de trabajos en altura en Colombia. Consulte nuestra presentación lección 2.1 Resolución 1409 con análisis La resolución 1409 de 2012 en su ARTÍCULO 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN. Indica que: La presente resolución tiene por objeto establecer el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas y aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajo en alturas con peligro de caídas.1

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Negrillas fuera del texto, insertadas por Services and Training

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Para efectos de la aplicación de la presente resolución, se entenderá su obligatoriedad en todo trabajo en el que exista el riesgo de caer a 1,50 m o más sobre un nivel inferior.2 Parágrafo 1º. En el caso de la construcción de nuevas edificaciones y obras civiles, se entenderá la obligatoriedad de esta resolución una vez la obra haya alcanzado una altura de 1,80 m o más sobre un nivel inferior, momento en el cual el control de los riesgos se deberá hacer desde la altura de 1,50 m. Parágrafo 2º. Si en el análisis de riesgo que realice el coordinador de trabajo en alturas o el responsable del programa de salud ocupacional denominado actualmente Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) de la empresa, se identifican condiciones peligrosas que puedan afectar al trabajador en el momento de una caída, tales como áreas con obstáculos, bordes peligrosos, elementos salientes, puntiagudos, sistemas energizados, máquinas en movimiento, entre otros, incluso en alturas inferiores a las establecidas en este Reglamento, se deberán establecer medidas de prevención o protección contra caídas que protejan al trabajador. Parágrafo 3º. Se exceptúan de la aplicación de la presente resolución, las siguientes actividades: 1. Actividades de atención de emergencias y rescate; y 2. Actividades lúdicas, deportivas, de alta montaña o andinismo y artísticas. Parágrafo 4º. Para las actividades mencionadas en el parágrafo 3º del presente artículo, se deberán seguir estándares nacionales y en su ausencia, se deberán aplicar estándares internacionales, con equipos certificados y personal con formación especializada. Por su parte OSHA considera trabajos en alturas toda labor que se desarrolle a más de 1.8 metros sobre el nivel inmediatamente inferior o en cercanías al vació y que no cuenten con medidas de prevención de caídas para el caso del sector construcción y a 1,2 metros sobre un nivel inferior en la industria general.

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Ídem 1

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5. OBLIGACIONES DE LAS PARTES ACORDE A LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN 1409 Las obligaciones específicas para cada una de las partes se encuentran claramente establecidas en la resolución 1409, para usted como coordinador es de vital importancia conocer las mismas dado que a partir de ellas podrá apoyar sus decisiones al memento de exigir el cumplimiento de las mismas por parte del empleador, el trabajador autorizado e incluso de la ARL. Las mismas usted ya las revisó en la lección 2.1 Resolución 1409 con análisis, sin embargo en la lección 3 podrá encontrar nuevamente estas obligaciones y preparar sus conocimientos para este nuevo taller 3.

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6. PERFIL DEL TRABAJADOR Las organizaciones son autónomas de definir los perfiles académicos y psicofísicos de los trabajadores expuestos a trabajos en alturas, por ende no hay elementos regulatorios que especifiquen las condiciones académicas o de salud específicas para seleccionar un individuo que realiza trabajos en alturas. No obstante y a partir de lo anterior si es conveniente realizar algunas precisiones para apoyar estos procesos cuando el coordinador sea indagado a este respecto. Frente al perfil académico, lo ideal sería que la persona tuviera un nivel mínimo de lecto escritura que le permitiera leer procedimientos, identificar y leer etiquetas y avisos o señalización de peligros, sin embargo por lo menos a nivel de centros de entrenamiento los mismos están obligados a tener programas de formación de personas que no tienen este nivel. Será el empleador acorde a la actividad económica y su perfil de gestión de riesgos quien deberá decidir si este requerimiento es aplicable para él. Respecto a las condiciones de salud en la resolución 1409 se establecen dos restricciones especificas asociadas al trabajo de menores y mujeres embarazadas, no obstante si es claro al indicar que toda persona que realice trabajos en alturas debe contar con evaluaciones ocupacionales acorde a lo determinado en la resolución 2346 de 2007 del Ministerio de protección social. De lo anterior se deduce que es el Medico Ocupacional que emite el certificado de aptitud el responsable de evaluar si las condiciones psicológicas y físicas del trabajador son aptas para el desarrollo de LAS TAREAS ESPECIFICAS QUE DESARROLLARA EL TRABAJADOR AL INTERIOR DE SU EMPRESA ACORDE A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA. De igual manera acorde a lo establecido en la misma resolución será responsabilidad del empleador suministrar al médico la información con el perfil del trabajador. Consulte más información en nuestra lección 4 7. PROGRAMA DE PREVENCIÓN CONTRA CAÍDAS DE OBJETOS Y PERSONAS Es la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades identificadas por el empleador como necesarias de implementar en los sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria, para prevenir la ocurrencia de accidentes de trabajo por trabajo en alturas y las medidas de protección implementadas para detener la caída una vez ocurra o mitigar sus consecuencias.

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Es importante tener en cuenta que un programa es una serie de actividades interrelacionadas las unas con las otras cuyo cumplimiento permitirán al final alcanzar los objetivos de control de riesgo propuestos a través de la aplicación del famoso ciclo PHVA. El programa según la resolución 1409 debe contener medidas de prevención y protección contra caída de alturas y debe hacer parte de las medidas de seguridad del Programa de Salud Ocupacional que ahora se llama Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Sin embargo el concepto es mucho más amplio y para SERVICES AND TRAINING HSE COLOMBIA SAS, un programa de protección contra caídas no se puede quedar allí, por esto proponemos un enfoque más amplio que describimos aquí.

Lo invitamos a revisar nuestra lección 5 para ampliar sus conocimientos 8.

PREVENCIÓN DE CAÍDAS

Protección contra caídas; Prevención de caídas; Control de caídas o restricción y detención de caídas, son términos similares y parecen ser intercambiables en la mayoría de las conversaciones, sin embargo todos se refieren a cosas diferentes que difieren ligeramente. ¿Qué es prevención de caídas? Esta, incorpora aquellos sistemas y técnicas que eliminan la posibilidad de una caída. Dentro de lo posible, eliminar o minimizar el riesgo con uno de estos elementos o sistemas, o un cambio en procedimientos de trabajo, constituyen el método perfecto para brindar protección contra caídas. A continuación se describen algunas características importantes de SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


los sistemas de prevención contra caídas. La lección 6 le ayudara a entender más fácilmente estos conceptos. 8.1

ELIMINACIÓN DEL PELIGRO: Una vez que se ha preparado un plan o programa de prevención y protección contra caídas, uno de los primeros pasos para salvaguardar a los trabajadores que se encuentran en alturas es tratar de eliminar por completo el peligro de caída. Esto puede lograrse con la modificación de los procedimientos de trabajo o la eliminación o minimización del peligro gracias a una modificación en el área mediante el uso de ingeniería. Dentro de las medidas de prevención contra caídas de trabajo en alturas definidas en la resolución 1409 se encuentran: - la capacitación - los sistemas de ingeniería para prevención de caídas - medidas colectivas de prevención - permiso de trabajo en alturas - sistemas de acceso para trabajo en alturas - trabajos en suspensión. Sin embargo para SERVICES AND TRAINING HSE COLOMBIA SAS este último no corresponde a ésta categoría.

8.2

CAPACITACIÓN O CERTIFICACIÓN DE LA COMPETENCIA LABORAL Todos los trabajadores que laboren en las condiciones de riesgo de caídas deben tener su respectivo certificado para trabajo seguro en alturas, el cual podrán obtener mediante capacitación o por certificación en la competencia laboral. El trabajador que al considerar que por su experiencia, conocimientos y desempeño en trabajo en alturas, no requiere realizar el curso de capacitación podrá optar por la evaluación de estos conocimientos y desempeño a través de un organismo certificador de competencias laborales. •

PERSONAS OBJETO DE LA CAPACITACIÓN

Jefes de aéreas que tomen decisiones administrativas en relación con la aplicación de este reglamento en empresas en las que se haya identificado como prioritario el riesgo de caída SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


por trabajo en altura. Realiza reentrenamiento cada 2 años, 8 horas; Trabajadores que realizan trabajo en alturas. Reentrenamiento cada año (20 horas), básico 8 horas, avanzado 40 horas. Coordinador de trabajo en alturas. 80 horas Entrenador en trabajo seguro en alturas, 120 horas •

Niveles de capacitación Operativa

El nivel de capacitación de los trabajadores autorizados o para quienes desarrollan actividades de tipo operativo para la ejecución de trabajo seguro en alturas, será definido por el coordinador de trabajo en alturas considerando los siguientes criterios: a. Todo trabajador que realice labores en alturas, con riesgo de caída, que realice desplazamientos horizontales y/o verticales por las estructuras, incluidas las técnicas de suspensión, utilizando diferentes equipos de protección contra caídas según el tipo de aplicación y sistemas de anclaje portátiles, debe estar certificado en el nivel avanzado; y, b. Los trabajadores que deben realizar el curso básico serán los siguiente: - Todo trabajador que realice trabajo en alturas, con riesgos de caída, según lo establecido en esta Resolución, que deba utilizar un sistema de acceso seguro como escaleras y plataformas con barandas; o escaleras portátiles, plataformas portátiles, canastillas y similares. - Trabajadores que su actividad sea reparaciones o nuevas construcciones de edificios que estén protegidos por barandas, siempre y cuando estas últimas cumplan con los requisitos de la legislación. Quedan exceptuados los trabajadores que para ejercer su labor requieren el uso de sistemas de acceso mecánicos para acceder a las alturas y trabajadores que requieran elementos de protección contra caídas, o aplicación de técnicas o procedimientos para su protección,

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quienes deberán tomar la capacitación de nivel avanzado. Las empresas con más de 100 trabajadores que utilicen el mecanismo de las Unidades Vocacionales de Aprendizaje podrán disminuir la intensidad mínima de los cursos en los diferentes niveles de capacitación operativa hasta un 25%, siempre y cuando garanticen que con la intensidad establecida por ellos, y con la aplicación de los estándares de seguridad aplicados, sus trabajadores no sufrirán lesiones graves o mortales. En todo caso los cursos de capacitación operativa, que se desarrollen mediante esta modalidad deben conservar los porcentajes que a continuación se definen: 1. Nivel básico: 40% capacitación teórica y 60% entrenamiento práctico; 2. Nivel Avanzado: 40% capacitación teórica y 60% de entrenamiento práctico. •

OFERTA DE CAPACITACIÓN EN TRABAJO SEGURO EN ALTURAS

Los diferentes programas de capacitación para trabajo seguro en alturas, se podrán ofertar por las siguientes instituciones: Capacitación para jefes de área, coordinador de trabajo en alturas y trabajadores operativos. -

El Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA; Los empleadores o empresas, utilizando la figura de las Unidades Vocacionales de Aprendizaje; Las Instituciones Técnicas, Tecnológicas y Universitarias debidamente aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional; Las Instituciones de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano con certificación en sistemas de gestión de la calidad para instituciones de formación para el trabajo; y, Las Personas Naturales y Jurídicas con Licencia en Salud Ocupacional, deberán cumplir con los siguientes requisitos para ser autorizadas por el SENA, hasta tanto el Ministerio del Trabajo expida la norma de calidad correspondiente (hoy NTC 6072 acorde a lo establecido en la resolución 1178 de 2017)

Formación de entrenadores para trabajo seguro en alturas. -

El Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y las Universidades con programas en salud ocupacional en alguna de sus áreas, debidamente aprobados y reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación Nacional

entidades y requisitos para desarrollar procesos de evaluación de la competencia SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


laboral para trabajo seguro en alturas. Todas las entidades acreditadas por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia ONAC como organismos certificadores de personas podrán formar evaluadores y certificar trabajadores en competencias laborales en trabajo seguro en alturas. •

contenido mínimo del certificado de capacitación o de competencia laboral, en trabajo seguro en alturas

El documento que certifica la aprobación de la capacitación o la evaluación de la competencia laboral, debe contener como mínimo los siguientes campos: 1. Denominación: “Certificación de capacitación/ o Certificado de competencia laboral, para Trabajo Seguro en Alturas”; 2.

El nombre de la persona formada/ certificada;

3.

Número de cédula de la persona formada/ certificada;

4. Nombre de la persona jurídica o natural que realice la capacitación o nombre de la persona jurídica que realice la evaluación y certificación de la competencia laboral; 5.

Ciudad y Fecha de la capacitación/ certificación;

6. Nivel de capacitación; Adicionalmente en los certificados que expidan las personas naturales o jurídicas autorizadas por el SENA, con licencia en salud ocupacional debe contener: 1. Nombres, apellidos, firma del entrenador y número de la licencia de salud ocupacional; y, 2. Número de la Resolución de autorización del SENA para dictar cursos de capacitación de trabajo seguro en alturas, hasta tanto el Ministerio del Trabajo expida la norma de calidad correspondiente. 8.3

SISTEMAS DE INGENIERÍA Son Aquellos sistemas relacionados con cambios o modificación en el diseño, montaje, construcción, instalación, puesta en funcionamiento, para eliminar o mitigar el riesgo de caída. Se refiere a todas aquellas medidas tomadas para el control en la fuente, desde aquellas actividades destinadas a evitar el trabajo en alturas o la subida del trabajador, hasta SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


la implementación de mecanismos que permitan menor tiempo de exposición. Tales sistemas deben estar documentados y fundamentados dentro del Subprograma de Protección contra Caídas del Programa de Salud Ocupacional denominado actualmente Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST; 8.4

MEDIDAS COLECTIVAS DE PREVENCIÓN CONTRA CAÍDAS. Todas aquellas actividades dirigidas a informar o demarcar la zona de peligro y evitar una caída de alturas o ser lesionado por objetos que caigan. Estas medidas, previenen el acercamiento de los trabajadores o de terceros a las zonas de peligro de caídas, sirven como barreras informativas y corresponden a medidas de control en el medio. Su selección como medida preventiva e implementación dependen del tipo de actividad económica y de la viabilidad técnica de su utilización en el medio y según la tarea específica a realizar. Cuando por razones del desarrollo de la labor, el trabajador deba ingresar al área o zona de peligro demarcada, será obligatorio el uso de equipos de protección personal y si aplica los equipos de protección contra caídas necesarios. Siempre se debe informar, entrenar y capacitar a los trabajadores sobre cualquier medida que se aplique. •

DELIMITACIÓN DEL ÁREA

Medida de prevención que tiene por objeto limitar el área o zona de peligro de caída del trabajador y prevenir el acercamiento de este a la zona de caída. La delimitación de la zona de peligro de caída del trabajador se hará mediante cuerdas, cables, vallas, cadenas, cintas, reatas, bandas, conos, balizas, o banderas, de cualquier tipo de material, de color amarillo y negro combinados, si son permanentes y, naranja y blanco combinados, si son temporales. Los elementos utilizados para delimitar las zonas de peligro y riesgo, pueden ir o no enganchados a soportes de señalización, según sea necesario y pueden ser utilizados solos o combinados entre sí, de tal manera que se garantice su visibilidad de día y de noche si es el caso. Siempre que se utilice un sistema de delimitación, cualquiera que sea, se debe utilizar señalización. En las áreas de trabajo en alturas en donde no sea viable el sistema de delimitación, deben adoptarse otras medidas de protección contra caída. Siempre que un trabajador ingrese a una zona de peligro, debe contar con la debida SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


autorización y si requiere exponerse al riesgo de caídas, deberá contar con un aval a través de un permiso de trabajo en alturas o lista de chequeo, más aún en caso de que no haya barandas o sistemas de barreras físicas que cumplan con las especificaciones descritas en la presente resolución. Para la prevención de caídas de objetos, se deben delimitar áreas para paso peatonal y mallas escombreras. Así mismo, evitar que las personas ingresen a zonas con peligro de caída de objetos •

LÍNEAS DE ADVERTENCIA

Es una Medida de prevención de caídas que demarca un área en la que se puede trabajar sin un sistema de protección. Consiste en una línea de acero, cuerda, cadena u otros materiales, la cual debe estar sostenida mediante unos soportes que la mantengan a una altura entre 0.85 metros y 1 metro de altura sobre la superficie de trabajo. Debe cumplir con lo siguiente: Debe ser colocada a lo largo de todos los lados desprotegidos; Debe estar colocada a 1,80 metros de distancia del borde desprotegido o más; Debe resistir fuerzas horizontales de mínimo 8 kg; y, Debe contar con banderines de colores visibles separados a intervalos inferiores a 1,80 metros. Se debe garantizar la supervisión permanente del área con un ayudante de seguridad, que impida que algún trabajador traspase la línea de advertencia sin protección de caídas. El ayudante de seguridad debe estar en la misma superficie de trabajo y en una posición que le permita vigilar a los trabajadores y con la capacidad de advertirles del riesgo, utilizando los medios que sean necesarios. •

SEÑALIZACIÓN DE ÁREA

es una Medida de prevención que incluye entre otros, avisos informativos que indican con letras o símbolos gráficos el peligro de caída de personas y objetos; también debe incluir un sistema de demarcación que rodee completamente el perímetro, excepto en las entradas y salidas según sea necesario para el ingreso y salida de personas o materiales. La señalización debe estar visible para cualquier persona, en idioma español y en el idioma de los trabajadores extranjeros que ejecuten labores en la empresa •

BARANDAS

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Medida de prevención constituida por estructuras que se utilizan como medida informativa y/o de restricción. Pueden ser portátiles o fijas y también, ser permanentes o temporales según la tarea que se desarrolle. Las barandas fijas siempre deben quedar ancladas a la estructura propia del área de trabajo en alturas. Las barandas fijas y portátiles siempre deben estar identificadas y cumplir como mínimo, con los requerimientos establecidos en la siguiente tabla: REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA BARANDAS COMO MEDIDAS COLECTIVAS DE PREVENCIÓN EN TRABAJOS EN ALTURAS TIPO DE REQUERIMIENTO

MEDIDA

Resistencia estructural de la Mínimo 200 libras (90,8 Kg) de carga puntual en el punto baranda medio del travesaño superior de la baranda aplicada en cualquier dirección. Alturas (Desde donde trabaja, superior superior)

de la baranda la superficie en se camina y/o hasta el borde del travesaño

1 metro mínimo sobre la superficie de trabajo; las barandas existentes que estén a menos deben ajustarse en un término no mayor de 8 años a la altura requerida mínima de 1 metro, a partir de la vigencia de esta Resolución.

Ubicación de travesaños Deben ser ubicados a máximo 48 cm entre sí. intermedios horizontales Separación entre soportes verticales

Aquella que garantice la resistencia mínima solicitada.

Alturas de los rodapiés

De mínimo 9 cm, medidos desde la superficie en donde se camina y/o trabaja. Si hay materiales acumulados cuya altura exceda la del rodapié y puedan caer al vacío, se deberá instalar una red, lona, entre otros, asegurada a la baranda, con la resistencia suficiente para prevenir efectivamente la caída de los objetos.

Las barandas deben ser de material con características de agarre, libre de riesgos cortantes o punzantes. Cuando las barandas sean utilizadas como medida de restricción, deberán ser fijas. El material y disposición de las barandas, debe asegurar la protección indicada en la legislación. SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


Las barandas nunca deberán ser usadas como puntos de anclajes para detención de caídas, ni para izar cargas. Cuando en una superficie en donde se camina y/o trabaja, se determine instalar barandas, éstas deben colocarse a lo largo del borde que presenta el peligro de caída de personas y objetos. Las barandas podrán ser reemplazadas por cualquier otro sistema que garantice las condiciones estructurales y de seguridad establecidas en la legislación; En el caso de contar con barandas con altura menor a 1 metro el empleador deben establecer sistemas de seguridad que mitiguen el riesgo de caída. •

CONTROL DE ACCESO

Es una Medida de prevención que por medio de mecanismos operativos o administrativos, controla el acceso a la zona de peligro de caída. Cuando se utilizan, deben formar parte de los procedimientos de trabajo y pueden ser como mínimo: Medidas de vigilancia, seguridad con guardas, uso de tarjetas de seguridad, dispositivos de seguridad para el acceso, permisos de trabajo en alturas, listas de chequeo, sistemas de alarmas u otro tipo de señalización. •

MANEJO DE DESNIVELES Y ORIFICIOS (HUECOS)

Es una Medida preventiva por medio de la cual se demarcan, señalizan y/o cubren orificios (huecos) o desniveles que se encuentran en la superficie donde se trabaja o camina. Siempre que se encuentre el peligro de caída de alturas debido a la existencia de orificios (huecos) cercanos o dentro de la zona de trabajo, se deben utilizar como mínimo: Barandas provisionales, cubiertas de protección tales como rejillas de cualquier material, tablas o tapas, con una resistencia mínima de dos veces la carga máxima prevista que pueda llegar a soportar, colocadas sobre el orificio (hueco), delimitadas y señalizadas según lo dispuesto en la legislación vigente para las medidas de prevención. El manejo de orificios en donde el espacio vacío o brecha en una superficie o pared, sin

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protección, a través del cual se puede producir una caída de personas u objetos a una distancia menor de 1,50 m, deberá ser evaluada por el coordinador de trabajo en alturas para determinar las medidas de control necesarias. En estructuras cuando se diseñen sistemas para tránsito entre desniveles se deben utilizar medidas que permitan la comunicación entre ellos, disminuyendo el riesgo de caída, tales como rampas con un ángulo de inclinación de 15° a 30°, o escaleras con medida mínima de huella y de contrahuella según su ángulo de inclinación, conforme a lo establecido en la tabla No. 2; deben ser de superficies antideslizantes; MEDIDAS MÍNIMAS PARA HUELLA Y CONTRAHUELLA SEGÚN ÁNGULO DE INCLINACIÓN DE ESCALERA Medida Medida Angulo / Horizontal Contrahuella en Huella centímetros centímetros

30 Grados.

16.51

27.94

32 Grados.

17.14

27.3

33 Grados.

17.78

26.67

35 Grados.

18.41

26.03

36 Grados.

19.05

25.4

38 Grados.

19.68

24.76

40 Grados.

20.32

24.13

41 Grados.

20.95

23.49

43 Grados.

21.59

22.86

45 Grados.

22.22

22.22

46 Grados.

22.86

21.59

48 Grados.

23.49

20.95

49 Grados.

24.13

20.32

AYUDANTE DE SEGURIDAD

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Se podrá asignar un ayudante de seguridad como medida complementaria a las medidas anteriormente enunciadas, con el fin de ayudar a advertir y controlar los peligros y riesgos que se identifiquen en el sitio donde se desarrollen trabajos en alturas. 8.5 PERMISO DE TRABAJO

Herramienta administrativa de control del riesgo. El permiso de trabajo en alturas es un mecanismo que mediante la verificación y control tiene como objeto prevenir la ocurrencia de accidentes durante la realización de trabajos en alturas. El permiso de trabajo debe ser emitido para trabajos ocasionales definidos por el coordinador de trabajo en alturas y puede ser diligenciado, por el trabajador o por el empleador y debe ser revisado y verificado en el sitio de trabajo por el coordinador de trabajo en alturas. Cuando se trate de trabajos rutinarios, a cambio del permiso de trabajo en alturas, debe implementarse una lista de chequeo que será revisada y verificada en el sitio de trabajo por el coordinador de trabajo en alturas. El permiso de trabajo debe contener como mínimo lo siguiente: 1. Nombre (s) de trabajador (es). 2. Tipo de trabajo. 3. Altura aproximada a la cual se va a desarrollar la actividad. 4. Fecha y hora de inicio y de terminación de la tarea. 5. Verificación de la afiliación vigente a la seguridad social. 6. Requisitos de trabajador (requerimientos de aptitud). 7. Descripción y procedimiento de la tarea. 8. Elementos de protección personal seleccionados por el empleador teniendo en cuenta los riesgos y requerimientos propios de la tarea, conforme a lo dispuesto en la presente resolución. 9. Verificación de los puntos de anclaje por cada trabajador. 10. Sistema de prevención contra caídas. 11. Equipos, sistema de acceso para trabajo en alturas. 12. Herramientas a utilizar. 13. Constancia de capacitación o certificado de competencia laboral para prevención para caídas en trabajo en alturas. 14. Observaciones, y 15. Nombres y apellidos, firmas y números de cédulas de los trabajadores y de la persona que autoriza el trabajo. Taller de permisos de trabajo: revise el taller 5 8.6

LOS SISTEMAS DE ACCESO El Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas, considera SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


como sistemas de acceso para trabajo en alturas: los andamios, las escaleras, los elevadores de personal, las grúas con canasta y todos aquellos medios cuya finalidad sea permitir el acceso y/o soporte de trabajadores a lugares para desarrollar trabajo en alturas. Todo sistema de acceso para trabajo en alturas y sus componentes, debe cumplir las siguientes condiciones o requisitos para su selección y uso: 1. Deben ser certificados y el fabricante debe proveer información en español, sobre sus principales características de seguridad y utilización; 2. Ser seleccionados de acuerdo con las necesidades específicas de la actividad económica, la tarea a desarrollar y los peligros identificados por el coordinador de trabajo en alturas; 3. Ser compatibles entre sí, en tamaño, figura, materiales, forma, diámetro y estas características deben ser avaladas por el coordinador de trabajo en alturas y en caso de dudas, deberán ser aprobados por una persona calificada 4. Garantizar la resistencia a las cargas con un factor de seguridad, que garantice la seguridad de la operación, de acuerdo con la máxima fuerza a soportar y la resistencia a la corrosión o desgaste por sustancias o elementos que deterioren la estructura del mismo; en caso de dudas, deberán ser aprobados por una persona calificada 5. En el caso de sistemas colgantes (andamios o canastas para transporte de personal), lo correspondiente a cables, conectores, poleas, contrapesos y cualquier otro componente del sistema, deberá ser certificado, contar con diseños de Ingeniería y sus partes y cálculos antes de la labor, además deben garantizar un factor de seguridad que garantice la seguridad de la operación, en caso de dudas, estos sistemas deberán ser aprobados por una persona calificada.

6. Ser inspeccionados antes de cada uso por parte del usuario y mínimo una vez al año por el coordinador de trabajo en alturas, conforme a las normas nacionales o internacionales vigentes. Si existen no conformidades, el sistema debe retirarse de servicio y enviarse a mantenimiento certificado, si aplica, o eliminarse si no admite mantenimiento; y, 7. Tener una hoja de vida, donde estén consignados los datos de: fecha de fabricación, tiempo de vida útil, historial de uso, registros de inspección, registros de mantenimiento, ficha técnica, certificación del fabricante y observaciones. 8.6.1 PRETALES La legislación sólo incluye elementos certificados y los pretales no caben en esta categoría; SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


sin embargo se permitirá su uso como elemento de acceso a postes, siempre y cuando no sea posible el uso de otros sistemas de acceso, con la condición que para su uso se empleen sistemas certificados de protección contra caídas para el tránsito vertical y la seguridad del trabajador. De ninguna forma se consideran los pretales como un sistema de protección contra caídas. 8.6.2 LINEAMIENTOS PARA EL USO SEGURO DE SISTEMAS DE ACCESO PARA TRABAJO EN ALTURAS. El montaje y/u operación de todo sistema de acceso para trabajo en alturas, debe ser inspeccionado por el coordinador de trabajo en alturas conforme a las instrucciones dadas por el fabricante o una persona calificada, atendiendo las normas nacionales o en su defecto internacionales y de acuerdo con las disposiciones de prevención y protección establecidas en la presente resolución. Se debe garantizar completa estabilidad y seguridad del sistema de acceso para trabajo en alturas, de tal forma que éste no sufra volcamiento o caída. Incluye verificar la estabilidad del suelo para la carga a aplicar. El montaje y operación de todo sistema de acceso para trabajo en alturas, debe garantizar una distancia segura entre éste y las líneas o equipos eléctricos energizados de acuerdo con las normas eléctricas aplicables.

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Todo sistema de acceso para trabajo en alturas, debe estar debidamente asegurado en forma vertical y/u horizontal, conforme a las especificaciones del mismo. Siempre que se trabaje con sistema de acceso para trabajo en alturas, el trabajador no debe ascender por encima de los límites seguros permitidos establecidos para cada sistema. En el caso en que el sistema cuente con una plataforma, ella debe cubrir la totalidad de la superficie de trabajo y contar con sistema de barandas que cumpla con las disposiciones establecidas en la presente resolución. El uso de sistema de acceso para trabajo en alturas no excluye el uso de sistemas de prevención y protección contra caídas. La selección y uso específicos de cada sistema de acceso para trabajo en alturas, y de los sistemas de prevención y protección contra caídas aplicables, debe ser avalado por escrito por el coordinador de trabajo en alturas y/o una persona calificada y debe atender a las instrucciones y especificaciones dadas por el fabricante. Acerca de los sistemas de acceso como escaleras y andamios nos ocuparemos más detalladamente en un capitulo posterior en el presente manual. La lección 7 le ayudara a entender más fácilmente estos conceptos. 8.7 JAULAS DE ESCALERAS Se utiliza en los casos en los que la extensión del ascenso equivale o supera los 7 metros y ½ (ANSI A 14.3 para escaleras fijas) y están única y originalmente diseñadas para casos de emergencias. Es un concepto erróneo y común pensar que las jaulas de escaleras fueron diseñadas para frenar la caída de un trabajador. Estos sistemas son aceptados por normatividades internacionales, pero a la luz de la normatividad nacional no son aceptables.

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Estas escaleras deberán estar dotadas de sistemas de detención de caídas, de manera recomendable líneas de vida verticales, sin embargo existen otras opciones en el mercado.

9. ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS 9.1 SISTEMAS DE RESTRICCIÓN

Están diseñados y montados de forma tal que se pueda impedir la posibilidad de la exposición a un área con riesgo de una caída a niveles más bajos. Deben acortarse las eslingas utilizadas y/o posicionar los puntos de anclaje de forma que los trabajadores no puedan ir más allá del borde en donde existe el riesgo potencial de una caída. Es importante tener en cuenta que un sistema de restricción debe estar diseñado para IMPEDIR que el trabajador se acerque a menos de 60 cm del borde desprotegido. Para ejemplificar mejor este punto, un sistema de restricción podría llegar a ser ajustable, sin embargo el mismo en su punto máximo de ajuste deberá llegar como máximo hasta una distancia mínima de 60 cm del borde. En caso de requerirse trabajar al lado del borde desprotegido se deben seleccionar sistemas de detención de caídas. Los puntos de anclaje para restricción de caídas también son un aspecto importante pero tienen un factor diferente a los puntos de anclaje para detención de caídas. Acorde a la legislación colombiana los mismos deben tener una resistencia de 3000 lb y en USA OSHA indica resistencias de 3000 lb y ANSI llega a proponer 1000 lb. Es un sistema tan básico que OSHA en USA permite el uso del que en Colombia llamamos cinturón liniero como sistema de conexión (esto en Colombia no estaría permitido pues el uso del arnés es obligatorio).

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Encuentre más información en nuestra lección 8 y desarrolle el taller de restricción incluido en la misma lección. 9.1.2 CONECTORES PARA RESTRICCIÓN DE CAÍDAS Tienen como función asegurar al trabajador a un punto de anclaje sin permitir que éste se acerque a menos de 60 cm de un borde desprotegido. Estos conectores podrán ser de fibra sintética, cuerda, cable de acero u otros materiales con una resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg) y debe ser certificado. 9.2 SISTEMAS DE POSICIONAMIENTO

Se utilizan fundamentalmente para trabajar a altura, en los casos en los que se requieren operaciones con manos libres, pero no un movimiento excesivo. Los sistemas de posicionamiento deben estar respaldados por un sistema de detención de caídas secundario conectado a la argolla D posterior del arnés. Este tampoco es un sistema de restricción.

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9.2.1 CONECTORES DE POSICIONAMIENTO Tienen la finalidad de permitir que el trabajador se ubique en un punto específico a desarrollar su labor, evitando que la caída libre sea de más de 60 cm y deben estar certificados. Los conectores de posicionamiento deben tener una resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg). Estos conectores podrán ser de cuerda, banda de fibra sintética, cadenas, mosquetones de gran apertura u otros materiales que garanticen una resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg);

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CONSIDERACIONES GENERALES PARA USO Para posicionamiento acoplándola a las argollas-D laterales del arnés. Aplicable en trabajos de mantenimiento e instalación de techos, en el sector de la construcción, mantenimiento de fachadas, servicios públicos y todas aquellas actividades donde exista la necesidad de restricción de caídas y trabajos de posicionamiento. Eslingas para posicionamiento Diseñadas para restricción de caídas, acoplándola a la argolla dorsal-D del arnés evitando que el usuario llegue a un lugar peligroso e impedir una caída libre vertical. El sistema de posicionamiento debe permitir que la caída libre este limitada a 0.6 m (2 pies) o menos. Un sistema de restricción de caída debe impedir que el operario se acerque a menos de 0,6 m del borde desprotegido. 9.3 MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS

Las medidas de protección contra caídas, son aquellas implementadas para detener la caída, una vez ocurra, o mitigar sus consecuencias. El empleador debe definir, las medidas de prevención y protección a ser utilizadas en cada sitio de trabajo donde exista por lo menos una persona trabajando en alturas ya sea de manera ocasional o rutinaria, estas medidas deben estar acordes con la actividad económica y tareas que la componen. El uso de medidas de protección no exime al empleador de su obligación de implementar SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


medidas de prevención, cuando se hayan determinado en el programa de salud ocupacional denominado actualmente Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST como necesarias y viables. Las medidas de protección deben cumplir con las siguientes características: 1. Los elementos o equipos de los sistemas de protección contra caídas deben ser compatibles entre sí, en tamaño, figura, materiales, forma, diámetro y deben estar certificados; 2. Podrán utilizarse, según las necesidades determinadas para un trabajador y el desarrollo de su labor, medidas de ascenso y descenso o medidas horizontales o de traslado. En todo caso, por tener el riesgo de caída de alturas se deberán utilizar arneses de cuerpo entero; 3. Todo sistema seleccionado debe permitir la distribución de fuerza, amortiguar la fuerza de impacto, elongación, resistencia de los componentes a tensión, corrosión o ser aislantes eléctricos o antiestáticos cuando se requieran; 4. Los equipos de protección individual para detención y restricción de caídas se seleccionarán tomando en cuenta los riesgos valorados por el coordinador de trabajo en alturas o una persona calificada que sean propios de la labor y sus características, tales como condiciones atmosféricas, presencia de sustancias químicas, espacios confinados, posibilidad de incendios o explosiones, contactos eléctricos, superficies calientes o abrasivas, trabajos con soldaduras, entre otros. Igualmente, se deben tener en cuenta las condiciones fisiológicas del individuo con relación a la tarea y su estado de salud en general; y, 5. También se seleccionarán de acuerdo a las condiciones de la tarea y los procedimientos como ascenso, descenso, detención de caídas, posicionamiento, izamiento, transporte de personal, salvamento y rescate. Todo equipo sometido a una caída deberá ser retirado de la operación y no podrá volver a ser utilizado hasta que sea avalado por el fabricante o por una persona calificada; en el caso de las líneas de vida autorretráctiles, podrán ser enviadas a reparación y recertificadas por el fabricante. La lección 8 le ayudara a entender más fácilmente estos conceptos. 9.3.1. MEDIDAS PASIVAS DE PROTECCIÓN Están diseñadas para detener o capturar al trabajador en el trayecto de su caída, sin permitir impacto contra estructuras o elementos, requieren poca o ninguna intervención del SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


trabajador que realiza el trabajo. Los sistemas de red de seguridad para la detención de caídas están dentro de las principales medidas pasivas de protección cuyo propósito es, detener la caída libre de personas y objetos. Si se presenta caída de escombros, se colocará una red especial para escombros según especificaciones del fabricante. Cuando se determine instalar un sistema de red de seguridad, esta debe poder soportar el impacto de la caída del trabajador garantizando que no golpeará ningún obstáculo debajo de ella, la misma deberá ser instalada bajo la supervisión de una persona calificada quien verificará las condiciones de seguridad establecidas por el fabricante, el diseño de la red y las distancias de caída. Las medidas de la red para su instalación serán las que se señalan en la tabla siguiente. REQUERIMIENTOS DE DISTANCIA PARA INSTALACIÓN DE RED DE SEGURIDAD DISTANCIA VERTICAL DESDE LA SUPERFICIE DISTANCIA MÍNIMA HORIZONTAL REQUERIDA EN DONDE SE CAMINA Y/O TRABAJA HASTA DESDE EL BORDE EXTERNO DE LA MALLA HASTA LA SUPERFICIE HORIZONTAL DE LA RED EL BORDE DE LA SUPERFICIE DE TRABAJO 1,5 m

2,40 m

Más de 1,5. m hasta 3 m

3m

Más de 3 m

4m

Todos los componentes del sistema de red de seguridad deben estar certificados por sus fabricantes, y en conjunto deben ser capaces de soportar el impacto de la caída. Deben ser diseñados por una persona calificada y deben ser instalados, inspeccionados, mantenidos y aprobados por una persona calificada o una persona avalada por el fabricante. Todo Sistema de red de seguridad debe tener una hoja de vida en donde estén consignados los datos de: fecha de fabricación, usos anteriores, registros de inspecciones, certificaciones y registros de pruebas en la obra antes de ponerlo en funcionamiento. Las redes deben estar libres de cualquier elemento, material, equipo o herramienta en su interior, durante todo el tiempo que se realice el trabajo, lo cual debe ser verificado durante su uso. Así mismo, deben tener un punto de acceso que permita la remoción de elementos o personas que caigan en ella.

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Los sistemas de redes de seguridad deben ser inspeccionados semanalmente, cada vez que sufran alguna modificación o después de cualquier incidente que pueda afectar su integridad. En caso de deterioro, deben ser cambiadas de manera inmediata, dejando registrado la fecha y tipo de red por la que se cambia. Cuando en las áreas de trabajo en alturas estén laborando simultáneamente dos o más trabajadores, deben implementarse sistemas de prevención o protección complementarios; En general las redes de seguridad son similares a la naturaleza de las barandas. Si se trata de sistemas pasivos no dedicados a un solo trabajador o grupo de trabajadores. También requiere escasa o nada de capacitación de los trabajadores que protegen, sin embargo son diferentes a los sistemas de prevención de caídas ya que se utiliza para frenar o atrapar la caída de trabajadores, materiales o equipos desde superficies elevadas.

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La lección 8 le ayudara a entender más fácilmente estos conceptos. 9.3.2 MEDIDAS ACTIVAS DE PROTECCIÓN Son las que involucran la participación del trabajador. Incluyen los siguientes componentes: punto de anclaje, mecanismos de anclaje, conectores, soporte corporal y plan de rescate. Todos los elementos y equipos de protección deben ser sometidos a inspección antes de cada uso por parte del trabajador, en el que constate que todos los componentes, se encuentran en buen estado. Deben contar con una resistencia mínima de 5000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg), certificados por las instancias competentes del nivel nacional o internacional y deben ser resistentes a la fuerza, al envejecimiento, a la abrasión, la corrosión y al calor. Todos los elementos y equipos de protección activa deben estar certificados conforme a las normas nacionales o internacionales pertinentes para el trabajo a realizar. La lección 9 le ayudara a profundizar en este importante tema. 9.3.2.1

¿Qué es un sistema de detención de caídas?

Si bien los sistemas de prevención contra caídas protegen al trabajador eliminando el peligro, se reconoce que la ingeniería no siempre elimina el riesgo de una caída. En estos casos se implementan sistemas de detención de caídas. A diferencia de la prevención de caídas, la SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


detención de caídas presupone la inevitabilidad de una caída, y está diseñado con el fin de detener al trabajador evitando que impacte con el nivel inferior y reduciendo al mínimo las lesiones. Un problema común que se experimenta durante las primeras etapas de un sistema de detención de caídas es el aumento en la cantidad de caídas debido a que los trabajadores se sienten invulnerables y dejan de tener cuidado. A menudo esto puede manejarse con la capacitación inmediata y apropiada y la comunicación diligente.

9.3.2.2

consideraciones sobre la detención de caídas

En el desarrollo e implementación de los sistemas adecuados de detención de caídas personales, es importante que esté familiarizado con las siguientes consideraciones: 1. Margen de claridad (distancia de caída segura). 2. Factor de caída. SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


3. Fuerza de impacto. 9.3.2.2.1 Margen de claridad (Distancia de caída segura) También llamado requerimiento de claridad, es la Distancia necesaria debajo del usuario para no chocarse en caso de caída, para esto se deben tener en cuenta 4 variables las cuales son: 1. Caída libre: Es la distancia recorrida desde el punto en el que el trabajador comienza a caer, hasta el punto en el que el sistema lo detiene completamente, la distancia en caída libre determina la fuerza que se imprime al sistema, cuando mayor es la distancia de caída libre, mayor la distancia de desaceleración y la distancia de caída total. (la distancia de caída libre jamás debe superar 1.8 metros a más de esta altura posiblemente se comienza a tener problemas o lesiones. 2. Distancia de desaceleración: Es la distancia que se atribuye a la activación de los amortiguadores o absorbedores de energía. 3. Margen de seguridad: Es la distancia tomada desde los pies del trabajador y el nivel inferior en el instante que se presente una caída con la activación de todos los sistemas y antes de cualquier retroceso por rebote, esta distancia debe tomarse como mínimo 0.6 metros. 4. Altura del trabajador: Altura de una persona desde los pies a la cabeza Distancia de caída total: Es la sumatoria de la caída libre, de la distancia de desaceleración más el factor de seguridad, esta es la distancia máxima que cae el trabajador, esta sirve para que sea tenida en cuenta.

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Es común ver a trabajadores asegurados de equipos de detención de caídas inadecuados por equivocadas consideraciones al momento de calcular la distancia de caída total y el requerimiento de claridad. Algunos trabajadores y coordinadores con el ánimo de reducir esta distancia toman la decisión por ejemplo de usar equipos sin absorbedor para reducir esta distancia de desaceleración, sin tener en cuenta que las eslingas sin absorbedor son para SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


posicionamiento o restricción y NO para detener caídas. En líneas de vida horizontales solemos encontrar tablas que nos ayudan a calcular el requerimiento de claridad dependiendo del tipo de línea de vida que usemos y del equipo con el cual nos conectemos a la línea de vida (eslinga con absorbedor, retráctil, etc). Las líneas de vida horizontales en riel no presentan elongación en la caída por lo que se consideran un punto de anclaje La lección 9 le ayudara a profundizar en este importante tema. PREGUNTAS FRECUENTES ¿Cómo puedo reducir mi distancia de caída? Existen varias opciones: a- Anclándose más arriba del nivel de los hombros, esto reducirá el factor de caída y sobre todo reducirá la distancia de caída libre b- Al anclarse más arriba la energía total aplicada al absorbedor reducirá y la distancia que el absorbedor se desplegará será menor c- Usando un equipo cuya longitud sea menor (ejemplo una eslinga con absorbedor que sea ajustable y podamos ajustar su distancia a menos de 1.8 mts) d- Uniendo todas las anteriores e- Usando equipos que generen menos de 900 libras pero que no tengan distancias de caída de 1.8 m y sin absorbedor, como por ejemplo líneas retractiles o frenos sobre cuerdas o cables de líneas de vida verticales ¿Puedo usar equipos sin absorbedor para reducir la distancia de caída?

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NO. Los equipos sin absorbedor (eslingas sin absorbedor) no deben ser usados para detener una caída. 9.3.2.2.2 factor de caída. Los equipos, especialmente las eslingas que usamos a diario han sido diseñados para ser conectados ÚNICAMENTE por encima del punto de conexión en nuestro arnés (argolla dorsal) por eso es común escuchar que los mismos deben ser conectadas al punto de anclaje ubicado por encima de los hombros. Sin embargo esto no siempre es posible pero lamentablemente con los equipos que usamos habitualmente tampoco es segura una conexión por debajo de este nivel. Dando respuesta a este requerimiento, algunos fabricantes han diseñado equipos que facilitan realizar conexiones por debajo del punto de conexión en nuestro cuerpo. Lo importante como coordinador es no hacer uso arbitrario de esta posibilidad que nos brindan los fabricantes, es nuestra responsabilidad asesorar a la organización para el diseño de procedimientos que permitan la conexión en puntos superiores. Cuando definitivamente no es posible acudiremos a estos equipos (ejemplo trabajador del acero).

Una forma más fácil de entender esto es si hablamos del factor de caída, nuestros equipos habituales vienen diseñados para factor de caída de 1 o menor a 1. Ahora, ¿qué es el factor de caída? SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


Es la relación entre la altura de la caída y la longitud del sistema que lo detiene (cuerdaeslinga-mosquetones etc.) para repartir la fuerza de choque de la caída. Se calcula con la siguiente ecuación: FACTOR DE CAÍDA = Altura de la caída (Longitud del sistema que detiene la caída) (Anclaje, cuerda, cinta, Mosquetón, eslinga, disipador.)

Caída factor 2 Caída factor 1

Caída factor 0 Realicemos un ejercicio para comprenderlo mejor Factor de caída cuando la persona se conectó al mismo nivel de sus hombros y su equipo mide 1.8 mts. Solución: como el equipo mide 1.8 mts y fue conectado al anclaje al mismo nivel de la conexión en el arnés, la caída libre será de 1.8 mts. SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


FC = ( 1.8 mts /1.8 mts) FC= 1 9.3.2.2.3 Caída oscilante Es una caída de tipo pendular que se presenta cuando el anclaje no se encuentra directamente sobre la cabeza del trabajador, aunque una caída pendular no es peligrosa en sí misma, existe el peligro si durante la oscilación, el trabajador entra en contacto con algún obstáculo o una obstrucción la lesión que resulte de esta caída puede ser tan grave como una caída desde la misma distancia directamente al suelo. A demás la acción cortante de un borde filoso puede multiplicarse cuando la eslinga oscile a lo largo de este.

9.3.2.3

Punto de Anclaje Fijo

Se dividen en dos clases, puntos para detención de caídas y puntos para restricción de caídas, los primeros son equipos, asegurados a una estructura, que, si están diseñados por una persona calificada, deben ser capaces de soportar el doble de la fuerza máxima de la caída (3600 libras, 15.83 Kilonewtons o 1.607 Kilogramos), teniendo en cuenta todas las condiciones normales de uso del anclaje. Si no están diseñados por una persona calificada, deben ser capaces de soportar mínimo 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg) por persona conectada. SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


En ningún caso se permite la conexión de más de dos trabajadores a un mecanismo de anclaje fijo. Los puntos de anclaje para restricción de caídas, deben tener una resistencia mínima de 3000 libras por persona conectada (13.19 Kilonewtons – 1339.2 Kg) y su ubicación y diseño evitará

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que el trabajador se acerque al vacío. Los puntos de anclaje deben evitar que la persona se golpee contra el nivel inferior y evitar el efecto de péndulo. Después de instalados, los anclajes fijos deben ser certificados al 100% por una persona calificada, a través de metodología probada por autoridades nacionales o internacionales reconocidas;

Seleccionar los anclajes apropiados requiere una buena planificación, una aplicación hábil y el equipo apropiado. Si requieren unirse dos trabajadores a una misma línea ¿Cuál deberá ser la resistencia de los puntos de anclaje? Si por cada trabajador son 5000 libras esto quiere decir que el punto de anclaje deberá soportar 10.000 libras de resistencia. ASPECTOS A TENER EN CUENTA:      

Elija un anclaje que soporte 5000 libras. Los anclajes utilizados para los sistemas de control de caídas o posicionamiento pueden estar diseñados de maneras diferentes a las observadas en los sistemas de detención de caídas, pero tenga cuidado. Coloque su anclaje directamente por encima de su área de trabajo. Si utiliza anclajes de forma regular hágalo certificar. No utilice caños de agua, conductos eléctricos, baranda, tubos o elementos que no cumplan con las características de un anclaje. Asegúrese de formar un ángulo de menos de 45 grados con la eslinga en los puntos de anclaje.

El anclaje debe aguantar una carga de por lo menos 5,000 Libras (2,265 kilos), aproximadamente el peso de una camioneta mediana de doble tracción. O, ser diseñado por una persona CALIFICADA con un factor de seguridad del doble de la fuerza de SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


impacto de un trabajador en una caída libre.

El anclaje debe seleccionarse en función de la compatibilidad de todos los elementos del sistema de detención de caídas. Si los ganchos de su sistema de detención de caídas no pueden conectarse al punto de anclaje seleccionado (ganchos grandes o pequeños), el mismo deberá ser adaptado mediante cintas, o adaptadores de anclaje más específicos. 9.3.2.4

Dispositivos de Anclaje Portátiles o Conectores de Anclaje Portátiles

Dispositivos de tipo portátil que abrazan o se ajustan a una determinada estructura y que deben ser capaces de resistir mínimo 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg); tienen como función ser puntos seguros de acoplamiento para los ganchos de los conectores, cuando estos últimos no puedan conectarse directamente a la estructura;

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Es un sistema de anclaje provisional transportable, está formada por una cinta, cadena o cable de acero, se utiliza abrazando la estructura y debe ser escogida teniendo en cuenta sus dimensiones y resistencia (ver anclajes), en el momento de la utilización se debe tener en cuenta dejarla lisa y sin retorcerla. Características: 1. Con capacidad para soportar altas cargar sin deslizar. 2. Con 2 argollas s de acero tipo “D” 3. Una de las argollas de mayor tamaño que la otra, a fin de permitir que pase por su interior para permitir mayores ajustes en su uso. 4. Con capacidad de soportar hasta 5.000 libras 9.3.2.5

Línea de vida horizontal

Podrán ser fijas o portátiles. Las líneas de vida horizontales fijas deben ser diseñadas e instaladas por una persona calificada con un factor de seguridad no menor que dos (2) en todos sus componentes y podrán o no contar con sistemas absorbentes de energía de acuerdo con los cálculos de ingeniería, en caso de dudas, deberán ser aprobados por una persona calificada. La Línea de vida horizontal fija puede tener absorbedor de choque para proteger la línea y la estructura; en estos casos, su longitud debe ser tenida en cuenta en los cálculos del requerimiento de claridad. En el diseño de Líneas de vida horizontales, se debe asegurar que no se supere la resistencia de la estructura. El cable a emplear para líneas de vida horizontales, debe ser en acero con alma de acero de diámetro nominal igual o mayor a 5/16” (7,9 mm). En caso de tener líneas de vida temporales, pueden ser en acero con alma de acero y diámetro nominal igual o mayor a 5/16” (7,9 mm), o ser en materiales sintéticos que cumplan con la resistencia mínima de 5.000 lb. (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg) por persona conectada. Si la línea de vida horizontal fija es instalada en un ambiente que pueda afectarla por corrosión, debe ser fabricada en cable de acero inoxidable. Los sistemas de riel deben ser certificados por el fabricante o la persona calificada que lo diseña; 9.3.2.5.2 La línea de vida horizontal portátil SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


Las LVH portátiles deben cumplir con lo siguiente: -

Debe tener absorbedor de energía y podrá ser instaladas por un trabajador autorizado, bajo supervisión de una persona calificada;

-

Sus componentes deben estar certificados;

-

Debe ser instalada entre puntos de anclaje que soporten al menos 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg) por persona conectada;

-

No debe ser sobre-tensionada; y,

-

Máximo se pueden conectar dos personas a la misma línea.

9.3.2.6

Líneas de vida verticales

Son sistemas de cables de acero con alma de acero, cuerdas sintéticas, rieles u otros materiales que, debidamente anclados en un punto superior a la zona de labor, protegen al trabajador en su desplazamiento vertical (ascenso/descenso). El sistema de línea vertical debe estar certificado. 9.3.2.6.1 Líneas de vida verticales fijas Deben ser instaladas en escaleras verticales que superen una altura de 4,50 m sobre el nivel inferior. Deben tener un absorbedor de impacto en la parte superior para evitar sobrecargar el anclaje. Serán diseñadas por una persona calificada, y deben ser instaladas por una persona calificada o por una persona avalada por el fabricante o por la persona calificada; 9.3.2.6.2 Líneas de vida verticales portátiles Las LVV portátiles deberán cumplir: (1) Deben ser en cable de acero de diámetro nominal entre 5/16” (7,9 mm) a 3/8” (9,5 mm) o de cuerda entre 13 mm y 16 mm que cumplan con la resistencia mínima de 5.000 lb (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg); (2) Sus componentes deben estar certificados; y,

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(3) Ser instaladas en puntos de anclaje que soporten al menos 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg) por persona conectada. Los elementos o equipos de las líneas de vida vertical deben ser compatibles entre sí, en tamaño, figura, materiales, forma y diámetro. Compatibles no significa necesariamente que sean de la misma marca; 9.3.2.7

Conectores

Existen diferentes conectores dependiendo el tipo de tarea a realizar; se deberán seleccionar conforme a la siguiente clasificación: 9.3.2.7.1 Ganchos de seguridad Equipos que cuentan con un sistema de cierre de doble seguridad, para evitar su apertura involuntaria, con resistencia mínima de 5.000 libras (22.2 Kilonewtons – 2.272 Kg). Están provistos de una argolla u ojo al que está asegurado al equipo conector y permiten unir el arnés al punto de anclaje. No deben tener bordes filosos o rugosos que puedan cortar o desgastar por fricción, los cabos o las correas o lastimar al trabajador. Por lo general estos equipos vienen integrados a los equipos, en el caso de los ganchos certificados bajo los estándares de ANSI Z359 vigentes los ganchos adicional a las características antes descritas, tienen una resistencia mínima de 3600 lb en las compuertas lo que aumento la seguridad de los mismos frente a los más viejos. Se debe tener en cuenta que como parte de las responsabilidades del coordinador está la selección de equipos que cumplan las normas vigentes, por ende el coordinador al seleccionar ganchos y en el caso que los mismos este certificados bajo ANSI Z359.1 debe constatar que cumplan ANSI Z359.1 VERSIÓN 2007 9.3.2.7.2 Mosquetones Los mosquetones deben tener cierre de bloqueo automático y deben ser fabricados en acero, con una resistencia mínima certificada de 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg). El uso de mosquetones roscados queda prohibido en los sistemas de protección contra caídas. En el caso de los mosquetones certificados bajo los estándares de ANSI Z359 vigentes los mosquetones adicional a las características antes descritas, tienen una resistencia mínima de 3600 lb en las compuertas lo que aumento la seguridad de los mismos frente a los más viejos. Se debe tener en cuenta que como parte de las responsabilidades del coordinador está la selección de equipos que cumplan las normas vigentes, por ende el coordinador al SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


seleccionar mosquetones y en el caso que los mismos este certificados bajo ANSI Z359.1 debe constatar que cumplan ANSI Z359.1 VERSIÓN 2007

CONSIDERACIONES GENERALES PARA USO Los mosquetones incluidos en el equipo para trabajos en alturas cuentan con un cierre automático que evita que el trabajador al olvidar cerrar el sistema de seguridad del mismo, éste se abra ante una maniobra; el cierre funciona llevando el mismo hacia adelante y girando en sentido contrario a las manecillas del reloj, de esta forma es posible bajar el gatillo y colocar la cuerda, el ocho o las poleas dentro del cuerpo del Mosquetón, al soltar el gatillo el cierre se asegura automáticamente. Si bien existen mosquetones de rosca certificados acorde a estándares internacionales, los mismos no son aceptados para desarrollar trabajos en altura como parte de un sistema de detención de caídas acorde a lo establecido en la resolución 1409 de 2012. Los mosquetones pueden ser de aluminio con aleaciones de cromo y molibdeno y con una resistencia a la tracción mínima de 500 lb., sin embargo los mismos no se recomiendan para labores industriales. 9.3.2.7.3 Conectores para detención de caídas Equipos que incorporan un sistema absorbedor de energía o mecanismos que disminuyen la fuerza de impacto, reduciendo la probabilidad de lesiones provocadas por la misma. Estos conectores, sin importar su longitud están clasificados en:

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9.3.2.7.3.1 Eslingas con absorbedor de energía Permiten una caída libre de máximo 1,80 m y al activarse por efecto de la caída, permiten una elongación máxima de 1,07 m. amortiguando los efectos de la caída. Tienen la capacidad de reducir las fuerzas de impacto al cuerpo del trabajador, a máximo el 50% de la MFD equivalente a 900 libras (4 Kilonewtons – 408 Kg).

CONSIDERACIONES GENERALES PARA USO Son elementos vitales para el trabajo en alturas, estas eslingas tienen en su mayoría cintas de 2” son construidas en fibras sintéticas de alta resistencia que garantizan una resistencia de 2.268 Kg. O 5000 libras y su uso principal es el de servir de unión entre los puntos de anclaje y el arnés como parte de un sistema de detención de caídas personal. APLICACIONES Y LIMITACIONES CONSIDERADAS EN EL USO DE ESTE EQUIPO. Corrosión: No permita el uso de la eslinga por largos periodos de tiempo en ambientes que puedan tornarse corrosivos como resultado de una atmósfera ascendente de vapores por materiales orgánicos en descomposición. Tenga cuidado si se realiza el trabajo alrededor de aguas negras o fertilizantes, ya que éstas sustancias generan altas concentraciones de amoniaco muy corrosivas. Al utilizar cerca del mar o en condiciones corrosivas similares, implica que se realicen inspecciones de mantenimiento más frecuentes, para garantizar que estas condiciones no afecten o dañen el producto. SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


Químicos peligrosos: Soluciones con contenido de ácidos, álcalis y otros químicos cáusticos, especialmente combinados con altas temperaturas pueden dañar la eslinga. Calor: Esta eslinga de vida no está diseñada para ser usado en ambientes con alta temperatura. Debe proveerse protección a la eslinga de vida cuando trabaje con soldadura, corte de metal o actividades similares. Chispas calientes pueden quemar o dañar el tejido de esta. Copiar lo de arneses Riesgo eléctrico: Debido a la posibilidad de que ocurra un flujo eléctrico a través de los herrajes o componentes de conexión (anclaje), tenga extrema precaución cuando trabaje cerca de líneas de alta tensión. Los herrajes que componen esta eslinga de vida no son dieléctricos. Para tal efecto requieren de un recubrimiento en PVC para ser clasificados como no conductores. Capacidad: Las eslingas están diseñadas para ser usadas con personas de peso variado y accesorios (Persona, ropa y herramienta, etc.) de no más de 310 libras y siempre por encima del nivel al que se ancle el equipo en la persona (argolla dorsal). Sin embargo teniendo en cuenta que ANSI Z359-2007 aumento a 420 lb. La capacidad de los equipos y las necesidades excepcionales de realizar conexiones de factor 2, algunos fabricantes han diseñado eslingas que aumentaron la capacidad y limitan su funcionamiento al factor de caída asociado a la labor. 

Líneas de vida autorretráctiles

Equipos cuya longitud de conexión es variable, permitiendo movimientos verticales del trabajador y en planos horizontales que no superen las especificaciones de diseño del equipo, y detienen la caída del trabajador a una distancia máxima de 60 cm. Las líneas de vida autorretráctiles deben ser certificadas; y, 

Conectores para Tránsito Vertical (Frenos)

Aplican exclusivamente sobre líneas de vida vertical, y se clasifican en: (a) Frenos para líneas de vida fijas: Deben ser compatibles con el diseño y diámetro de la línea de vida vertical y para su conexión al arnés, deben contar con un gancho de doble seguro o un mosquetón de cierre automático con resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg). Los Frenos para líneas de vida fijas y todos sus componentes deben ser certificados;

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Es un dispositivo que se desplaza por un cable de acero, mediante una leva permite el ascenso libre pero en caso de una caída la palanca aprisiona el cable impidiendo su deslizamiento sobre el mismo. Cuando se utilizan este tipo de frenos debe contarse con un sistema que incorpore anclajes rígidos tanto en la parte superior como inferior, (generalmente este sistema se utiliza en escalera como sistema fijo) El cable necesita de tensión para la óptima manipulación del sistema, también deben ser instaladas guías de cable en intervalos a lo largo del tramo para asegurar la correcta alineación y protegerlo de la vibración que generala carga del viento, según lo especifique el fabricante. (b) Frenos para líneas de vida portátiles: Se debe garantizar una compatibilidad con los diámetros de la línea de vida vertical. Los Frenos podrán integrar un sistema absorbedor de energía y para su conexión al arnés, debe contar con un gancho de doble seguro o un mosquetón de cierre automático con resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 Kilonewtons – 2.272 Kg). Los Frenos para líneas de vida portátiles y todos sus componentes deben estar certificados.

Consiste en un dispositivo que se desplaza por una cuerda y mediante una leva permite el ascenso libre pero en caso de una caída la palanca aprisiona la cuerda impidiendo su deslizamiento sobre la misma. Cuando se utilizan frenos de cualquier tipo es indispensable, que se utilice el diámetro y composición correctas para la cuerda según lo especifica el fabricante. SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


Bajo ninguna circunstancia los Frenos se podrán utilizar como puntos de anclaje para otro tipo de conectores, salvo los diseñados por el fabricante. No se admiten nudos como reemplazo de los Frenos. 9.3.1.8

Arnés Cuerpo Completo

El arnés debe contar integralmente con una resistencia a rotura de 5000 libras y una capacidad de mínimo 140 Kg. Las correas y los hilos de costura del arnés deben estar fabricados con fibras sintéticas que posean características equivalentes a las de las fibras de poliéster o poliamida, con una resistencia a la fuerza, al envejecimiento a la abrasión y al calor, equivalente a las poliamidas. En ningún caso, deberán ser remachados y los hilos de costura deben ser de diferente color para facilitar la inspección. Las argollas del arnés deben tener una resistencia mínima de rotura de 5000 libras (22.2 Kilonewtons – 2.272 Kg). El ancho de las correas que sujetan al cuerpo durante y después de detenida la caída, será mínimo de 15/8 pulgadas (41 mm). El arnés y sus herrajes deben cumplir con los requerimientos de marcación conforme con las normas nacionales e internacionales vigentes. No se permite el uso de cinturones linieros o elementos similares como parte de un sistema de protección de caídas. En el caso de que un sistema haya sufrido el impacto de una caída, se debe retirar inmediatamente de servicio y sólo podrá ser utilizados de nuevo, cuando todos sus componentes sean inspeccionados y evaluados por una persona avalada por el fabricante de los mismos o una persona calificada, para determinar si deben retirarse de servicio o pueden ser puestos en operación.

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Consideraciones generales para el uso del arnés

Antes de usar un arnés revise las indicaciones de uso del fabricante Los componentes de un arnés están fabricados para proteger al personal. Los arneses cuentan con múltiples argollas con diferentes funciones y se llegan a encontrar hasta 12 posiciones para argollas con diferentes aplicaciones, aunque lo más común es encontrar arneses con una argolla en “D” frontal, una argolla en “D” dorsal y dos argollas en “D” laterales. Sin embargo los arneses deben ser adquiridos a partir de las condiciones propias del trabajo y la cantidad de argollas estará supeditada a las necesidades del desarrollo de la tarea. Funciones de las 4 `principales argollas: Estos componentes realizan una función de: 9.3.1.8..1 DETENCIÓN O ARRESTAMIENTO DE CAÍDA 9.3.1.8..2 RESTRICCIÓN DE CAÍDA 9.3.1.8..3 POSICIONAMIENTO 9.3.1.8..4 EVACUACIÓN Y RESCATE 9.3.1.8..5 ASCENSO Y DESCENSO De acuerdo a lo estipulado en la resolución 1409 solo se deben usar arneses de cuerpo completo para desarrollar trabajos en alturas. 

aplicaciones y limitaciones consideradas en el uso de este equipo.

Corrosión: No permita el uso del arnés por largos periodos de tiempo en ambientes que puedan tornarse corrosivos como resultado de una atmósfera ascendente de vapores por materiales orgánicos en descomposición o ambientes salinos. Tenga cuidado si se realiza el trabajo alrededor de aguas negras o fertilizantes, ya que éstas sustancias generan altas concentraciones de amoniaco muy corrosivas. Al utilizar cerca del mar o en condiciones corrosivas similares, implica que se realicen inspecciones y labores de mantenimiento de manera más frecuente, para garantizar que estas condiciones no afecten o dañen el producto. Químicos peligrosos: Soluciones con contenido de ácidos, álcalis y otros químicos cáusticos, especialmente combinados con altas temperaturas pueden dañar el arnés. Existen equipos SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


cuyos materiales son resistentes a este tipo de sustancias y deben ser preferidos cuando el trabajo y las condiciones así lo requieran. Calor: a nivel general los arneses no están diseñados para ser usado en ambientes con alta temperatura. Debe proveerse protección al arnés cuando trabaje con soldadura, corte de metal o actividades similares. Chispas calientes pueden quemar o dañar el tejido del arnés. Existen equipos cuyos materiales son resistentes a este tipo de condiciones y deben ser preferidos cuando el trabajo y las condiciones así lo requieran. Riesgo eléctrico: Debido a la posibilidad de que ocurra un flujo eléctrico a través de los herrajes o componentes de conexión (anclaje), tenga extrema precaución cuando trabaje cerca de líneas de alta tensión. Existen equipos cuyos materiales son resistentes a este tipo de condiciones y deben ser preferidos cuando el trabajo y las condiciones así lo requieran. Para tal efecto los accesorios metálicos requieren de un recubrimiento en PVC para ser clasificados como no conductores o tener argollas en reata. También existen arneses cuyas correas son diseñadas para soportar los efectos del arco eléctrico. Capacidad: Los arneses están diseñados para ser usados con personas de peso variado y accesorios (Persona, ropa y herramienta, etc.) de no más de 310 libras de acuerdo a lo especificado en ANSI Z359 – 1992, sin embargo los arneses diseñados bajo el estándar ANSI Z359 – 2007 tienen una capacidad de hasta 420 libras. 9.3.1.9

otras recomendaciones finales en equipos

Se recomienda usar equipos certificados bajo los estándares de ANSI Z359 que son los compatibles con el estándar propuesto en la resolución 1409 de 2012. Sin embargo se debe tener claro que los equipos de protección contra caídas deben ser compatibles entre sí en forma diámetro, tamaño, resistencia, geometría y en norma de certificación. Ejemplo: no usar un equipo certificado en norma ANSI y no en norma EN con una eslinga con absorbedor certificada en normas EN y no normas ANSI. 9.3.2

SISTEMAS DE SUSPENSIÓN

Los trabajos en suspensión con duración de más de cinco (5) minutos, deberán ser realizados utilizando una silla para trabajo en alturas, que esté conectada a la argolla pectoral del arnés y al sistema de descenso. Todos los componentes del sistema de descenso, deben estar certificados de acuerdo con las normas nacionales o internacionales aplicables. SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


Adicionalmente, el trabajador estará asegurado a una línea de vida vertical en cuerda, instalada con un anclaje independiente y usando un freno certificado. La lección 9 le brindara más información al respecto. 10.

ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

Los elementos de protección individual deben estar certificados y suministrados por el empleador, sin perjuicio de que primero aplique las medidas de prevención y protección contra caídas, de que trata esta resolución. Serán seleccionados de acuerdo con la actividad económica y la tarea a desarrollar. En general podemos considerar los siguientes: 10.1

CASCO

CONSIDERACIONES GENERALES PARA USO Nacido en la guerra y posteriormente aplicado en forma básica en las actividades del montañismo, el casco se ha convertido hoy en día en elemento de seguridad clave para la protección de la cabeza a nivel industrial, sus formas y aplicaciones son diversas así como sus materiales de fabricación, antiguamente su fabricación metálica garantizaba su resistencia, sin embargo trabajos relacionados con electricidad o exposición a altas y bajas temperaturas obligaron a los fabricantes a utilizar materiales sintéticos, por lo cual son de plásticos y las resinas los materiales preferidos además de haber reducido considerablemente el peso. Los cascos utilizados para trabajos en altura deben cumplir unos requisitos específicos, que SERVICES & TRAINING HSE COLOMBIA SAS www.servicestraining.co info@servicestraining.co Tel: (1) 492 3249 Cel.: 320 488 14 62 Transversal 77 51 A 18 Bogotá D.C. Colombia


aseguren la integridad de la persona que los usa. CARACTERÍSTICAS: 

Resistir el impacto por caída de objetos desde lo alto.

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    

Golpes laterales. Choque contra objetos duros o incluso puntiagudos. Caídas del trabajador. Contactos con electricidad. Deben de contar con barbuquejo

Recomendación es mejor utilizar un casco con tres puntos de sujeción para mantenerlo en la cabeza ante cualquier eventualidad (barbuquejo) Los otros elementos que debe considerar son:  Gafas de seguridad que protejan a los ojos de impactos, rayos UV, deslumbramiento.  Protección auditiva si es necesaria.  Guantes antideslizantes, flexibles de alta resistencia a la abrasión.  Bota antideslizante y otros requerimientos según la actividad económica y el oficio.  Ropa de trabajo, de acuerdo a factores de riesgo y condiciones climáticas de área.

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11. INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO Las siguientes reglas establecen aspectos obligatorios para todos los procesos relacionados con equipos de protección personal contra caídas: o

Todo equipo de protección contra caídas deberá ser certificado, por lo tanto en los procesos de adquisición se deberá exigir un certificado de las pruebas dinámicas y estáticas, desarrolladas en un laboratorio aprobado por el ente certificador de la norma en la que se encuentra certificado el equipo.

o

Todo equipo de protección contra caídas, deberá estar adecuadamente marcado según las exigencias del estándar. esto corresponde a las etiquetas que deberán ser exclusivas para arneses, eslingas, eslingas con absorbedor de choque de doble Terminal. Así mismo los ganchos, anillos “D”, hebillas y cualquier componente metálico, que forme parte integral del equipo, deberá contar con las respectivas marcas en bajo o alto relieve.

o

Todo equipo de protección personal contra caídas que se encuentre defectuoso, deberá ser retirado inmediatamente de la operación, hasta tanto no sea evaluado técnicamente por una persona competente (coordinador de trabajo en alturas) o una persona calificada.

o

Todos los equipos de protección contra caídas se recomienda sean revisados periódicamente (cada tres meses por ejemplo) por el encargado de SST de la empresa o quien el empleador designe, pero cada año DEBEN ser inspeccionados por una persona calificada o personas avaladas por el fabricante, quién entregara el certificado de la inspección si estos son aprobados o los retirará del servicio, según su estado. 11.1 FRECUENCIA

El equipo se revisará por parte del funcionario antes de cada uso. Esta inspección será visual y se recomienda se deje algún tipo de evidencia o en un formato inspección preoperacional si el sistema lo requiere.

El equipo será inspeccionado de manera frecuente por parte del encargado por el empleador, consignando los hallazgos en el formato de inspección de equipos (hoja de vida).

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Cada año por parte de una persona calificada o alguien autorizado por el fabricante (preferiblemente externa). Los resultados obtenidos se deberán registrar en una hoja de vida del equipo y se incluirán en el sistema.

11.2 LIMPIEZA Antes de aplicar los contenidos enunciados a continuación garantice que conoce los estándares especificados por los fabricantes contenidos en el manual del usuario. Los presentes en éste texto corresponden a generalidades. Limpiar las tiras y las cuerdas con agua tibia (aproximadamente 48 grados) y un jabón líquido suave. No utilizar blanqueador o soluciones que contengan blanqueadores o solventes de pintura tales como acpm, gasolina, varsol o thiner. Limpiar las partes metálicas con un trapo seco, limpio y suave, y cuelgue a secarse al aire. No se deberá acelerar el secado con calor. Un acumulamiento excesivo de tierra, pintura, etc. puede evitar que el arnés de cuerpo entero funcione adecuadamente y en casos extremos daña la tira al punto que se debilita y debe ser retirada de servicio. 11.3

ALMACENAMIENTO

Guardar el equipo en un ambiente fresco, seco y limpio, lejos de la luz directa del sol. Evitar las zonas donde puedan existir vapores químicos. Es importante inspeccionar detalladamente el equipo luego de haber estado almacenado por largo tiempo. 12. EMERGENCIAS Todo empleador que dentro de sus riesgos cotidianos tenga incluido el de caída por trabajo en alturas, debe incluir dentro del plan de emergencias un capítulo escrito de trabajo en alturas, que debe ser practicado y verificado, acorde con las actividades que se ejecuten y que garantice una respuesta organizada y segura ante cualquier incidente o accidente que se pueda presentar en el sitio de trabajo, incluido un plan de rescate; para su ejecución

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puede hacerlo con recursos propios o contratados. En el plan de rescate, diseñado acorde con los riesgos de la actividad en alturas desarrollada, se deben asignar equipos de rescate certificados para toda la operación y contar con brigadistas o personal formado para tal fin. Se dispondrá para la atención de emergencias y para la prestación los primeros auxilios de: botiquín, elementos para inmovilización y atención de heridas, hemorragias y demás elementos que el empleador considere necesarios de acuerdo al nivel de riesgo. El empleador debe asegurar que el trabajador que desarrolla trabajo en alturas, cuente con un sistema de comunicación y una persona de apoyo disponible para que, de ser necesario, reporte de inmediato la emergencia. Las empresas podrán compartir recursos para implementar el plan de emergencias dentro de los planes de ayuda mutua. Para más información consulte la lección 10 FELICITACIONES!!! HEMOS LLEGADO AL FIN DE LA CAPACITACIÓN. COMUNÍQUESE CON NOSOTROS PARA PROGRAMAR SU EXAMEN.

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