FUNCION SUPERVISORA
u r t s In
del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
R E Q U E R I M I E N T O C
E X P
A P R O B B A S E S
A P R O B
Actos Preparatorios
Actores SNIP: MEF Unidad de Formulación Unidad Ejecutora
Sistema Nacional de Inversión Pública Viabilidad (Formato 16)
P R E I N V E R S I O N
proceso de contratación
Actores Contrataciones: Titular de la Entidad Comité Especial Órgano encargado delas Contrataciones
Proceso de Selección
I N T E G R A C I Ó N
EVAL. PROP
R E C P P R O P
O T O R G A M I E N T O
Sistema Nacional de Inversión Pública Modificaciones sustentadas que superen % establecido
www.osce.gob.pe
Absolución
Proceso de Selección
Observaciones
Sistema Nacional de Inversión Pública Modificación de Estudio Definitivo
Consultas
Absolución
Sistema Integrado de Administración Financiera Disponibilidad Presupuestal
C O N V O C A T O R I A
C O N S E N T I M I E N T O
S U S C R I P C I Ó N 3
Ejecución Contractual
Normas Presupuestales Compromiso/Devengado/Pago
Actores Presupuesto: MEF Oficinas de Presupuesto
FUNCIÓN SUPERVISORA Otros sistemas administrativos que actúanque durante el proceso de contratación Otros sistemas administrativos actúan durante el DEL OSCE
s o t men
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es el organismo técnico especializado encargado de promover el cumplimiento de la normativa de contrataciones del Estado peruano a nivel nacional. Promueve las mejores prácticas en los procesos de
Valores del OSCE
contratación de bienes, servicios y obras. El OSCE es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, constituyendo pliego presupuestal.
• Probidad. • Vocación de Servicio. • Calidad y Eficiencia. • Oportunidad. • Proactividad y Trabajo en equipo.
Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012 - 2016 Mediante el Decreto Supremo N° 119-2012-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012 - 2016, que establece como Política de Estado, la afirmación de un Estado eficiente y transparente, así como la promoción de la transparencia y la erradicación de la corrupción en todas sus formas; y el acceso a la información. En el marco de esta política mediante Ley N° 29976, del 4 de enero del 2013, se creó la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción. El OSCE integra esta Comisión y actúa como institución observadora.
*Ejes relacionados a los Principios de Transparencia y Rendición de Cuentas, basado en los principios y deberes éticos de la función pública, establecidos en la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
Instrumentos anticorrupción del OSCE: • El Registro Nacional de Proveedores - RNP.- Está encargado de registrar a todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desean ser postores y contratar con las Entidades del Estado, así como de incluir a aquellas que han sido sancionadas con inhabilitación temporal o definitiva por el Tribunal de Contrataciones del Estado. El OSCE es la única entidad encargada de desarrollar, administrar y operar el RNP. • El Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE.- El Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), es el sistema electrónico que permite el intercambio de información y difusión sobre las contrataciones del Estado, así como la realización de transacciones electrónicas. • El Récord Arbitral.- Es una herramienta virtual de solución de controversias implementado por la Dirección de Arbitraje Administrativo del OSCE, y permite conocer el número de laudos emitidos, así como las veces que un árbitro fue designado por determinada empresa o entidad del Estado y sus recusaciones (con el sustento respectivo), entre otros
datos de importancia para las partes y la ciudadanía. • El Resumen Ejecutivo.- Es de carácter obligatorio y permite dar cuenta de las decisiones adoptadas por los funcionarios como parte de los actos previos a la convocatoria del proceso de selección, así como detectar aspectos de la contratación que pudieran contravenir los principios de eficiencia, economía y/o libre competencia. • Transparencia en Bases Estandarizadas para la contratación de bienes, servicios y obras que tendrá una sección general inmodificable, que incluye normas comunes a los procesos de selección. Además de una sección específica de anexos por cada proceso. • El Bloqueo de Emisión de Constancias para suscripción de contratos.- Se produce, aún cuando halla quedado consentida la buena pro, y cuando el OSCE tome conocimiento sobre el incumpliento de la normativa, suspendiendo el proceso de selección. • El Observatorio OSCE.- Es un repositorio de información sobre aquellos proveedores que
¿Cómo es la supervisión del OSCE a nivel nacional? • Selectiva y aleatoria. En diversas etapas del proceso (selección y hasta la ejecución del contrato). • De oficio e instancia de parte (denuncias y emisión de pronunciamientos).
• Supervisión de 2890 entidades públicas con información registrada en el SEACE. • Supervisión de segundo nivel. Subsana procesos de selección y coadyuva a una correcta ejecución del gasto público.
Ejes principales del OSCE:* 1. Fortalecimiento del rol supervisor, 2. Desarrollo de capacidades, 3. Diseño e implementación de sistemas y tecnologías de información, 4. Fortalecimiento del proceso de desconcentración de funciones a nivel nacional. bajo medidas cautelares mantienen registro vigente ante el RNP. Contiene información en términos objetivos, con el propósito de difundirla en estricto cumplimiento de los Principios de Publicidad y Transparencia, aplicables al uso de los recursos públicos. • Plan Institucional para la lucha contra la corrupción: mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2014OSCE/PRE del 20 de febrero de 2014, el OSCE aprueba el referido instrumento el cual permitirá fortalecer las acciones en la lucha contra la corrupción en este organismo supervisor. • Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas.- Consejo Multisectorial adscrito al OSCE, con la misión de analizar y poner en conocimiento de las autoridades competentes, los presuntos casos de fraude, colusión y corrupción en las contrataciones del Estado por parte de funcionarios y servidores públicos y/o particulares. Su conformación y funciones se establecen en el reglamento.
Recuerde: • El primer nivel de supervisión es básica e integral y corresponde al titular de cada entidad. • Toda información es de responsabilidad exclusiva de las entidades y sus funcionarios públicos. • El OSCE no valida ni es instancia aprobatoria de los procesos.