La Junta Plenaria de la Casa de la Cultura Ecuatoriana considera su obligación puntualizar algunos aspectos sobre el texto de la Ley Orgánica de Cultura, aprobada por la Asamblea Nacional en sesión del 10 del presente mes, sin desconocer los importantes aportes que ésta tiene para la generación de políticas públicas y la coordinación de las entidades y organismos del sector cultural, así como para establecer estímulos en beneficio de artistas y gestores culturales; sin embargo, varias de las normas en ella contenidas se apartan de los principios de autonomía (...) En primer lugar, por la expresión contenida en el artículo 151, la cual, al reconocer que la Casa es una entidad con personería jurídica de derecho público, se contradice al señalar que dicha autonomía debería ser "responsable", término utilizado en el ámbito tecnocrático y no jurídico, que permitiría el control directo por parte del órgano rector del sistema, (...) Remitido publicado en El Telégrafo 29-11-16 Pág. 19