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Lima 11 de noviembre del 2014
OPORTUNIDAD DE MEJORA: OBTENCIÓN DE LICENCIAS DE USO DE AGUA Si bien la Ley de Recursos Hídricos prevé un esquema sencillo para la obtención de una Licencia de Uso de Agua (un solo procedimiento), su Reglamento y demás normas relacionadas emitidas por la Autoridad Nacional del Agua (ANA) han establecido un esquema complejo el cual no está acorde con lo establecido en la referida Ley, toda vez que dificulta su obtención exigiendo la realización de hasta cuatro (04) procedimientos para llegar a obtener dicho derecho de uso. Estos procedimientos han sido recogidos en el Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua de la ANA, en donde se establece que para poder obtener la Licencia de Uso de Agua (superficial) se debe tramitar previamente: (i) Autorización de ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico, (ii) Aprobación de estudios de aprovechamiento hídrico, (iii) Autorización de ejecución de obras con fines de aprovechamiento hídrico y (iv) Licencia de uso de agua. Tramitar estos cuatro (04) procedimientos puede demorar más de dos (02) años; situación que dificulta el normal desarrollo de diversas actividades (industriales, pesqueras, minero energéticas, poblacionales agrícolas) que requieren de este recurso para su desarrollo. El régimen para la obtención de una Licencia de Uso de Agua no es simple ni eficiente, razón por la cual, es necesario contar con un único procedimiento ágil, de evaluación integral, con reducción de plazos y de carga administrativa para que la autoridad contribuya con el objetivo de promoción de las inversiones y la competitividad del país.
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