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COS, CUS, CAV . . . 27
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URBANA
● Las banquetas deben contar con rampas, ubicadas en cruces peatonales. ● Las rampas deben tener pasamanos en ambos lados. ● La longitud máxima de una rampa entre descansos debe ser de 6 m y pendiente no mayor a 6%, los descansos deben tener una longitud mínima de 1.50 m. ● Se deben reservar cajones exclusivos para el uso de automóviles que transportan personas con discapacidad, en una proporción de 4.0% del total de los cajones.
Deben estar ubicados lo más cerca posible a la entrada al establecimiento.
ARQUITECTÓNICA
● Puertas con abatimiento hacia el exterior con un ancho libre mínimo de 0.90 m. ● Los pavimentos y pisos deben ser: uniformes, firmes y antiderrapantes. ● En exteriores, pendiente transversal en piso no mayor al 2%. ● Colocar señalización específica para personas con discapacidad: accesos, estacionamientos, rutas accesibles.
● Debe tener un color de contraste del 75% como mínimo. ● Deben colocarse en: ○ Bordes de andenes o áreas para abordar algún modo de transporte. ○ Desniveles menores a 60 cm franja de 30/40 cm. ○ Desniveles mayores a 60 cm franja de 40/60 cm.
Pavimento de advertencia Zona de alerta o peligro, aproximación a un objeto, cambio de dirección, cambio de nivel y fin de recorrido.
30 cm 30 cm
30 cm 30 cm
Pavimento de guía de dirección Indicar el recorrido para una persona ciega o débil visual, se compone de barras paralelas a la dirección de marcha.
40 cm
40 cm 40 cm
40 cm ● Puede estar trazada por separado de la ruta accesible para personas de silla de ruedas. ● Debe ubicarse en los recorridos más seguros para las personas con discapacidad visual y en la zona de menor flujo peatonal. ● La distancia entre guías de dirección paralelas debe tener mínimo 90 cm. ● Los cambios de dirección se deben señalar de la siguiente forma: ○ Cambios a 90º, con un módulo de pavimento de advertencia o con 4 módulos. ○ Cambio mayor o menor a 90º y nunca menor a 45º, se continúa el pavimento de guía de dirección.
90 mín.