CRÉDITOS Con el apoyo de Dirección General de Formalización Minera – Ministerio de Energía y Minas Con la colaboración de Proyecto GOMIAM – Universidad de Ámsterdam Proyecto Wanamei – Haute EcoleArcIngénierie Sociedad Nacional de Mineros a Pequeña Escala - SONAMIPE Coordinación Arista Rivera, Franco Autores Escobar Banda , Ramón Rafael Jaramillo Ortiz , Jhonatan Martín Moreno Dueñas , William Armando Vargas Tirado, Esteban Francisco Equipo de investigación Becerra Acuña, Silvana Escobar Banda , Ramón Rafael Jaramillo Ortiz , Jhonatan Martín Moreno Dueñas , William Armando Vargas Tirado, Esteban Francisco Diagramación Morales, Johnny 1ra edición - Mayo 2018 Editado por: Solidaridad Av. Roosevelt 5866, Miraflores Lima Perú HECHO EL DEPÓSITO LEGAL EN LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ N° 2018-06534 Se terminó de imprimir en mayo de 2018 en: Gama Gráfica SRL Risso 560 Lince, Lima - Perú DESCARGO: La presente publicación ha sido elaborada con el apoyo del Ministerio de Energía y Minas. El contenido de la misma es responsabilidad exclusiva de Solidaridad y en ningún caso debe considerarse que refleja los puntos de vista del Ministerio de Energía y Minas.
ÍNDICE Acrónimos
6
Presentación
7
Introducción
10
1
Marco Legal 1.1 Obligaciones y funciones en seguridad y salud ocupacional para la minería de pequeña escala 1.1.1 ¿Qué obligaciones en Seguridad y Salud Ocupacional (SSO) deberé cumplir si soy titular minero? 1.1.2 ¿Qué obligaciones en Seguridad y Salud Ocupacional (SSO) deberé cumplir si soy trabajador minero? 1.1.3 ¿Cuáles son las funciones del comité de seguridad y salud ocupacional? 1.1.4 ¿Quiénes fiscalizan el cumplimiento de las obligaciones en seguridad y salud ocupacional (SSO)?
13 16 16 17 18 19
2
Descripción de la actividad minera aurífera aluvial 2.1 Procesos en las operaciones mineras con traca 2.2. Características del sistema de traca y del personal inmerso en la actividad
21 22 23
3
Buenas Prácticas de seguridad y salud ocupacional para la minería Aurífera Aluvial de pequeña escala 3.1 Buenas prácticas de carácter general 3.2 Buenas prácticas ante peligros mecánicos 3.3 Buenas prácticas ante peligros físicos 3.4 Buenas prácticas ante peligros químicos 3.5 Buenas practicas ante peligros biológicos 3.6 Buenas prácticas ante peligros disergonómicos 3.7 Buenas prácticas ante peligros psicosociales
25 27 32 34 37 41 43 45
4
Anexos A B C D E F G H
47 47 50 52 53 54 54 55 56
Lista de chequeo Contenido mínimo de botiquín Contenido mínimo de EPP Mapa de riesgos Formato de Procedimiento Escrito de Trabajo Seguro (PETS) Formato de Permiso Escrito para Trabajos de Alto Riesgo (PETAR) Ángulo de talud o de reposo Glosario
Acrónimos ARAMA: DL: DIRESA: DREMH: DS: EPP: GOREMAD: has: hg: IPERC: ISAT: m3: min: MINSA : MINEM : MINTRA: mg: MTC:
Análisis de Riesgos aplicados a la Minería Artesanal. Decreto Legislativo Dirección Regional de Salud Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Madre de Dios Decreto Supremo Equipos de Protección Personal. Gobierno Regional de Madre de Dios Hectáreas Mercurio Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos, y Medidas de Control Instituto de Salud y Trabajo Metros cúbicos Minutos Ministerio de Salud Ministerio de Energía y Minas Ministerio del Trabajo Miligramos Ministerio de Transporte y Comunicaciones
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Material Safety Data Sheet (Hojas informativas sobre sustancias peligrosas). NTS: Norma Técnica de Salud NFPA: NationalFireProtectionAssociation OMS: Organización Mundial de la Salud OIT: Organización Internacional del Trabajo OSINERGMIN: Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería PCM: Presidencia del Consejo de Ministros PETAR: Permiso escrito para Trabajos de Alto Riesgo. PETS: Procedimientos Escrito de Trabajo Seguro PNUMA: Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. ppm: Partes por millón RM: Resolución Ministerial SCTR: Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. SGSSO: Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional SOAT: Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. SSO: Seguridad y Salud Ocupacional. SUNAFIL: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral. MTPE: MSDS:
1 PRESENTACIÓN El sector de la minería artesanal y en pequeña escala es una realidad compleja y diversa que, bien orientada y encaminada, puede consolidarse como un instrumento potente de promoción del desarrollo que se engarce con la mediana y gran minería, y con otras actividades económicas del territorio nacional. Para que esto sea posible, es necesario fortalecer las capacidades de las y los emprendedores, y trabajadores que han decidido dedicarse temporal o permanentemente al sector MAPE. El desarrollo de capacidades en el sector MAPE requiere del trabajo articulado y en campo de las entidades estatales y privadas que promueven el desarrollo ordenando de esta actividad. No será posible avanzar en este propósito si las ofertas de capacitación no han sido diseñadas a la luz de las necesidades y demandas de los propios actores.
herramienta valiosa que suma a los esfuerzos por tener una pequeña minería competitiva y responsable social y ambientalmente. Sin duda el contenido presentado en este documento guiará el trabajo de aquellas mineras y mineros que desean tener una pequeña minería que sume al objetivo de tener un país libre de pobreza y con bienestar.
El desarrollo de buenas prácticas requiere de un conocimiento detallado de aquellas malas prácticas, enraizadas en la labor diaria, que deben ser desaprendidas y reemplazadas por nuevos saberes. Ese conocimiento en detalle se obtiene solo con el trabajo concreto de campo y con el dialogo e interacción permanente con el actor minero.
José Farfán Estrada
Director de la Dirección General de Formalización Minera Ministerio de Energía y Minas
El esfuerzo desplegado por Solidaridad en este ámbito es encomiable y refleja esa cercanía con la realidad del sector MAPE. La publicación “Guía para buenas prácticas en seguridad y salud ocupacional para minería aurífera aluvial” que Solidaridad pone a disposición del público y en especial del sector MAPE que trabaja en yacimientos de tipo placer, es una
7
2 INTRODUCCIÓN La minería es una actividad económica de alto riesgo a nivel laboral, es por eso que las grandes y medianas empresas manejan altos estándares de seguridad y salud ocupacional, desarrollando una cultura de prevención y buscando siempre minimizar los riesgos a incidentes y accidentes, mediante un sistema de gestión integrado. Según el Boletín Estadístico Minero (MINEM 2018), en los últimos 12 años el incremento de trabajadores en el sector minero ha sido de 44%, pasando de 105,918 en el 2006 a 189,962 trabajadores mineros en el 2017, cifras que incluyen a los titulares mineros, contratistas y empresas conexas, mientras que el número de accidentes mortales ha disminuido en un 37%, pasando de 65 accidentes mortales registrados en el 2006 a 41 accidentes mortales en el 2017, gracias a los altos estándares de seguridad y salud ocupacional que manejan las grandes y medianas empresas mineras. Si bien estas cifras son alentadoras, la información proviene de empresas formales que cumplen con declarar mensualmente su producción y por consiguiente sus reportes de seguridad a través de la Estadística Minera (ESTAMIN) y la Declaración Anual Consolidada (DAC). Sin embargo, a nivel de la pequeña minería y minería
8
artesanal la situación se torna diferente, pues los limitados recursos económicos, el poco acceso a información y conocimiento, la falta de asistencia técnica y la informalidad hace que este sector sea el más vulnerable a los incidentes y accidentes; en donde la data de accidentes mortales es poco real por no existir un sinceramiento del sector. Mediante el anexo 1 del D.L. 1100 se establecieron los límites superficiales en donde se señala las zonas permitidas para hacer minería en la región Madre de Dios, área a la que algunos denominaron “Corredor Minero”, esta delimitación se realizó sobre la base de lo dispuesto en el Anexo 1 del D.U. 012-2010. Esta guía está dirigida para actividades mineras que se realizan fuera de los parámetros de prohibiciones establecido en el artículo 5° del D.L. N° 1100.
En respuesta a esta problemática, la presente guía brinda a los pequeños mineros y mineros artesanales que operan en placeres auríferos los conocimientos y las herramientas necesarias en el campo de la seguridad y salud ocupacional, para que puedan desarrollar e implementar una cultura de prevención en sus actividades y de esta forma puedan cumplir con la normativa nacional y fiscalizaciones. Asimismo, esta publicación también puede ser de interés para las Direcciones Regionales de Energía y Minas, como los consultores que ven temas de seguridad y medioambiente.
El capítulo 3 correspondiente a las Buenas Prácticas de Seguridad y Salud Ocupacional para la Minería Aurífera Aluvial de Pequeña Escala es el más relevante de la presente guía pues clasifica los peligros identificados en la actividad minera aluvial, establece los riesgos a la salud y al medio ambiente y plantea una serie de recomendaciones denominadas Buenas Prácticas que tienen como objetivo proponer medidas de control para prevenir incidentes y accidentes, priorizando la salud del trabajador y respetando el medio ambiente.
El presente documento ha sido elaborado siguiendo la metodología de la guía para el “Análisis de Riesgos Aplicado a la Minería Artesanal” (ARAMA) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y del Instituto Salud y Trabajo (ISAT), siendo adaptada a la realidad de la minería aluvial de Madre de Dios, en combinación con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional de Minería, además se contó con el valioso aporte de la Sociedad Nacional de Minería a Pequeña Escala (SONAMIPE) en la figura de sus representantes de las asociaciones de mineros de Fortumil y Apmabapu, así como de los proyectos Wanamei y Gomiam.
El capítulo 4 denominado Anexos ofrece formatos que contienen información para que el minero pueda usarlo en la implementación de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional y así cumplir con las exigencias de la norma. Este capítulo cuenta también con un glosario de términos del sector minero.
El capítulo 1 denominado Marco Legal tiene como finalidad contextualizar y respaldar cada una de las buenas prácticas de la presente guía, pues no se han realizado las recomendaciones del caso sin tener en consideración la normativa nacional y los tratados internacionales. Así mismo, el presente capítulo enumera las obligaciones y funciones de un titular minero, trabajador minero y comité de seguridad y salud ocupacional. El capítulo 2 denominado Descripción de la Actividad Minera Aurífera Aluvial tiene como objetivo brindar un acercamiento al sistema más común de explotación aurífero en Madre de Dios conocido como “traca” en placeres auríferos, que representa el 80% de los métodos de explotación en esta zona del país.
Finalmente, queremos destacar que las instituciones que han participado en la elaboración de esta publicación coinciden en erradicar la minería ilegal, promover la formalización de la minería de pequeña escala responsable, y sensibilizar sobre la reducción y eliminación del uso de mercurio alineados al Convenio de Minamata, en consecuencia, esta guía busca fomentar y generar prácticas responsables en el área de Seguridad y Salud Ocupacional para la minería aurífera aluvial.
Ing. Franco Arista
Gerente del Programa Oro Solidaridad
9
1 MARCO LEGAL 1
El siguiente gráfico muestra jerárquicamente los diferentes dispositivos legales utilizados para la elaboración de la Guía de Buenas Prácticas en Seguridad y Salud Ocupacional para la Minería Aurífera Aluvial.
CONSTITUCIÓN
2
TRATADOS O CONVENIOS INTERNACIONALES
3
LEY ORGÁNICA / LEY ORDINARIA
4
DECRETO SUPREMO / DECRETO LEGISLATIVO
5
RESOLUCIÓN LESGISLATIVA
6
RESOLUCIÓN MINISTERIAL / RESOLUCIÓN DIRECTORIAL
11
Para la elaboración de la presente guía, se han consultado y utilizado los siguientes dispositivos legales:
3.1. Leyes Orgánicas 3.2. Leyes Ordinarias
Referencia Legal
Año
Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud
(Ley N° 26790)
1997
(Ley Nº 27651).
2002
Año
Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal
1993
Ley General del Ambiente
(Ley Nº 28611).
2005
Ley General de Inspección de Trabajo
(Ley Nº 28806).
2006
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
(Ley Nº 29783) y su modificatoria (Ley Nº 30222)
2011
Ley que dispone medidas preventivas contra los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la radiación solar.
(Ley Nº 30102)
2013
4.- Decreto Supremo:
Referencia Legal
Año
Reglamento de Seguridad Industrial
(DS Nº 42 –F - 1964).
1964
Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil.
(DS Nº 019-71-IN)
1971
Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería.
(DS Nº 014-92 – EM)
1992
Reglamento de Prevención y Control del Cáncer Profesional y sus modificatorias
(DS Nº 039-93 –PCM) y su modificatoria (DS Nº 007-93-TR).
1993
Reglamento de Seguridad para el Trasporte de Hidrocarburos.
(DS Nº 26-94-EM) y su modificatoria (DS Nº 043-2007-EM)
1994
Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
(DS Nº 009-97-SA).
1997
Cuadro N° 1: Normativa referente a SSO Marco Normativo 1.- Constitución Política del Perú
Referencia Legal •
• •
2.- Tratados o Convenios Internacionales
Referencia Legal
Año
Señala la no obligatoriedad de los trabajadores a sostener cargas de forma manual que pongan en riesgo su salud. Se aplica a todos los sectores. Establece diferencias con mujeres y menores de edad.
1967
Convenio sobre salud y seguridad en las minas (C176) - Organización Internacional de Trabajo (OIT). Ratificado por el Perú en 2008.
Establece medidas de seguridad e higiene para el trabajo en minas desarrollado por áreas y niveles de exposición al riesgo.
1995
Convenio MINAMATA sobre Mercurio, Iniciativa del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). Rectificado por el Perú en 2015.
Instrumento mundial legalmente vinculante que previene emisiones y vertimientos de mercurio que ponen en riesgo la salud humana y el ambiente a nivel mundial. Suscrito el 2013 por el Perú.
2013
Convenio sobre el peso máximo (C127) Organización Internacional de Trabajo (OIT). Rectificado por el Perú en 2008.
12
Art. 2º.- Toda persona tiene derecho:Inc. 22 (…) “a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”. Art.7º.- Derecho a la salud. Art.9º.-Política Nacional de Salud.
Norma Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
(DS Nº 003-98-SA).
1998
Reglamento Nacional de Tránsito.
(D.S. Nº 033-2001-MTC).
2001
Reglamento de Fiscalización de Actividades Mineras.
(DS Nº 049-2001-EM)
2001
Reglamento de la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal
(DS Nº 013-2002-EM).
2002
Reglamento sobre valores límite permisible para agentes químicos en el ambiente de trabajo
(DS Nº 015-2005-SA).
2005
Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo
(DS Nº 019-2007-TR) y sus modificatorias (DS Nº 004-2011TR), (DS Nº 012-2013-TR)
2007
Reglamento que Regula el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos
(DS Nº 021- 2008-MTC).
2008
Disposiciones para las auditorias de los sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo en empresas mineras
(DS Nº 016-2009-EM) y su modificatoria (DS Nº 074-2009EM).
2009
Reglamento de la ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Estibadores y Transportistas Manuales
(DS Nº 005-2009-TR)
2009
Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional y otras medidas complementarias en minería.
(DS Nº 055-2010-EM) y sus modificaciones (DS Nº 024-2016EM), (DS Nº 023-2017-EM)
2010 2016 2017
Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
(DS Nº 005-2012-TR) y su modificatoria (DS Nº 006-2014-TR)
2012
Decreto Legislativo que Regula la Interdicción de la Minería Ilegal
(DL Nº 1100-EM).
2012
Establece mecanismos especiales de fiscalización y control de insumos químicos que pueden ser utilizados en la minería ilegal
(DS Nº 016-2014-EM).
2014
6.1 Resolución Ministerial:
Referencia Legal
Año
Reglamento de los comités de seguridad e higiene industrial de empresas industriales
(RM Nº 1472-72-IC-DGI).
1972
Aprueba la Norma Básica de Ergonómica y de Procedimiento de Evaluación de Riesgo Disergonómicos.
(RM Nº 375-2008-TR).
2008
Norma Técnica de Salud que Establece el Listado de Enfermedades Profesionales.
(RM Nº 480-2008/MINSA Nº 068 – MINSA/DGSP-V1).
2008
Protocolos de Exámenes Médicos Ocupacionales y Guías de Diagnostico de los Exámenes Médicos Obligatorios por actividad
RM Nº 312-2011-MINSA) y sus modificatorias (RM Nº 004-2014-MINSA), (RM Nº 571-2014-MINSA).
2011
Aprueban Guía para el Proceso de Elección de los Representantes ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
(RM – 148-2012-TR).
2012
Formatos referenciales que contemplan la información mínima que debe contener los registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
(RM Nº 050-2013-TR).
2013
6.2. Resolución Directorial:
Referencia Legal
Año
Gobierno Regional de Madre de Dios - Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos, aprobó el Reglamento de Fiscalización de las actividades mineras en Pequeña Minería y Minería Artesanal, de carácter temporal
Resolución Directoral Regional Nº 303-2010-GOREMAD-GRDE/ DREMH
2010
5.- Resoluciones Legislativas:
13
1.1 OBLIGACIONES Y FUNCIONES
EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL PARA LA MINERÍA DE PEQUEÑA ESCALA
14
1.1.1 ¿Qué obligaciones en Seguridad y Salud Ocupacional (SSO) deberé cumplir si soy titular minero?1
•
Informar a las autoridades competentes que correspondan, dentro de los plazos previstos, la ocurrencia de incidentes peligrosos o accidentes mortales, asi como la muerte de trabajadores en centros asistenciales derivada de accidentes mortales. Asimismo, deberá presentarse a las autoridades un informe detallado de investigación en el plazo de diez (10) días de ocurrido el suceso.
Según el D.S Nº 024-2016-EM - Reglamento de SSO y otras medidas complementarias, el titular minero deberá cumplir obligatoriamente con las siguientes prácticas de seguridad y salud ocupacional (De acuerdo a los Arts. 26º al 37º, 54°, 56° y 202°):
•
Informar a todos los trabajadores, de manera comprensible, sobre los riesgos relacionados con su trabajo, de los peligros que implica para su salud y de las medidas de prevención y protección aplicables.
•
Asumir de manera absoluta los costos relacionados con la SSO.
•
•
Integrar la gestión de Seguridad y la Salud Ocupacional a la gestión integral de la empresa.
Proporcionar y mantener, sin costo alguno, para todos los trabajadores, equipos de protección personal (EPP) de acuerdo a la naturaleza de la tarea asignada a cada uno de ellos.
• •
Formular la Política de Seguridad y Salud Ocupacional, el Programa Anual de SSO, y el Programa de Capacitación .
Proporcionar a los trabajadores que han sufrido lesión o enfermedad en el lugar de trabajo: primeros auxilios, un medio de transporte adecuado para su evacuación desde el lugar de trabajo y/o el acceso a los servicios médicos correspondientes.
•
Registrar y mantener en la unidad minera el Programa Anual de SSO y el informe de las actividades efectuadas durante el año anterior, remitiéndolos a la autoridad minera cuando ella lo requiera.
•
Brindar facilidades que permitan a los trabajadores satisfacer necesidades de vivienda.
• •
Facilitar el libre ingreso a los fiscalizadores, funcionarios y/o personas autorizadas por la autoridad minera a fin de fiscalizar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud ocupacional de acuerdo a sus competencias.
Proporcionar a los trabajadores las herramientas, los equipos, los materiales y las maquinarias de acuerdo a los estándares y procedimientos de la labor a realizar, que le permitan desarrollarla con la debida seguridad.
(1) En el Anexo A se presenta una lista de chequeo para autoevaluación de cumplimiento de obligaciones en SSO.
•
Establecer un sistema que permita saber con precisión y en cualquier momento los nombres de todos los trabajadores que están en el turno de trabajo, así como el lugar probable de su ubicación.
•
Controlar en forma oportuna los riesgos originados por condiciones o actos subestándares reportados.
•
Efectuar inspecciones a sus labores mineras para determinar los peligros y evaluar los riesgos a fin de ejecutar los respectivos planes para mitigarlos o eliminarlos.
•
Realizar los exámenes médicos pre-ocupacionales, anuales, de retiro y complementarios y proporcionar los resultados a los trabajadores.
•
Mantener actualizados los registros de incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, daños a la propiedad, pérdidas por interrupción en los procesos productivos, daños al ambiente de trabajo, entre otros, incluyendo sus respectivos costos, con la finalidad de analizar y encontrar sus causas, para corregirlas o eliminarlas.
•
Cumplir con las recomendaciones de la autoridad competente en la supervisión o fiscalización en los plazos señalados, informando su cumplimiento a dicha autoridad dentro de los 5 días calendario posteriores a la visita.
•
Mantener actualizados los registros de actividades del Programa de SSO incluyendo las actividades de higiene aplicada a minería y medicina ocupacional.
•
Suspender las operaciones en las áreas que presenten riesgos a la seguridad e integridad de los trabajadores o que no cuenten con autorización de la autoridad competente.
•
Entregar a cada trabajador bajo su cargo una copia del reglamento interno de seguridad .
•
Implementar las medidas necesarias para evitar la exposción de las trabajadoras en periodo de embarazo o lactancia a labores peligrosas, de comformidad con la normativa legal vigente sobre la maternidad.
•
Es obligatorio contratar el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
1.1.2 ¿Qué obligaciones en Seguridad y Salud Ocupacional (SSO) deberé cumplir si soy trabajador minero? Según el D.S Nº 024-2016-EM - Reglamento de SSO y otras medidas complementarias, el trabajador minero deberá cumplir obligatoriamente con las siguientes prácticas de seguridad y salud ocupacional (De acuerdo a los Arts. 44° al 49°): •
Mantener el orden y la limpieza en el lugar de trabajo.
15
•
Cumplir con los estándares, PETS (Procedimiento Escrito de Trabajo Seguro) y prácticas de trabajo seguro establecidos dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional.
•
Ser responsables por su seguridad personal y la de sus compañeros de trabajo.
•
No manipular u operar máquinas, válvulas, tuberías, conductores eléctricos, si no se encuentran capacitados y no hayan sido debidamente autorizados.
•
Reportar de forma inmediata cualquier incidente, incidente peligroso o accidente de trabajo.
•
Participar en la investigación de incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo o enfermedad profesional u ocupacional, así como, en la identificación de peligros y evaluación de riesgos en el IPERC de línea base.
y Salud Ocupacional y otros, al inicio de sus jornadas de trabajo, antes de iniciar actividades en zonas de alto riesgo y antes del inicio de toda actividad que represente riesgo a su integridad física y salud, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4 del DS Nº 024-2016-EM. •
16
•
Utilizar correctamente las máquinas, equipos, herramientas y unidades de transporte.
•
No ingresar al trabajo bajo la influencia de alcohol ni de drogas, ni introducir dichos productos a estos lugares. en caso se evidencie el uso de dichas sustancias en uno o más trabajadores, el titular minero realizará un examen toxicológico y/o de alcoholemia.
Declarar toda patología médica que puedan agravar su condición de salud por situaciones de altura u otros factores en el ejercicio de sus actividades laborales
1.1.3 ¿Cuáles son las funciones del comité de seguridad y salud ocupacional? Todo titular de actividad minera con veinte (20) trabajadores o más por cada Unidad Minera o Unidad de Producción, deberá constituir un Comité de Seguridad y Salud Ocupacional, el cual deberá contar con un Reglamento de Constitución y Funcionamiento (Según el Art. 61° del DS Nº 023-2017-EM). Cuando sean menos de veinte (20) trabajadores deberá contar con un supervisor de seguridad y salud ocupacional, elegido por los trabajadores. El supervisor tendrá las mismas obligaciones y responsabilidades del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional. Estas son algunas de las funciones más importantes del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional(Art.63º del DS Nº 023-2017-EM):
•
Cumplir estrictamente las instrucciones y reglamentos internos de seguridad establecidos.
•
•
Participar obligatoriamente en toda capacitación programada.
•
•
Realizar la identificación de peligros, evaluar los riesgos y aplicar las medidas de control establecidas en los PETS, PETAR, ATS, Reglamento Interno de Seguridad
Vigilar el cumplimiento del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional (DS Nº 024-2016-EM y sus modificatorias). Elaborar y aprobar el reglamento y constitución del Comité de SSO (según estructura Anexo Nº 3, 024-2016-EM), el cual será distribuido a todos los trabajadores.
•
Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional.
•
Convocar a elecciones para el nombramiento del representante de los trabajadores ante el Comité de SSO, y nombrar a la Junta Electoral. Según lo descrito en el anexo 2 del DS Nº024-2016-EM.
•
Aprobar y revisar mensualmente el Programa Anual de Capacitación.
•
Aprobar el Reglamento Interno de Salud Ocupacional, el cual debe distribuirse a los trabajadores.
•
Programar las reuniones mensuales ordinarias del Comité de SSO que se llevarán a cabo un día laborable dentro de los diez primeros días de cada mes.
•
Llevar el libro de actas de todas sus reuniones, donde se anotará lo tratado en sesiones del Comité de SSO.
1.1.4 ¿Quiénes fiscalizan el cumplimiento de las obligaciones en seguridad y salud ocupacional (SSO)?
•
Realizar inspecciones mensuales de todas las instalaciones, anotando en el Libro de SSO las recomendaciones con plazos para su implementación.
•
•
Supervisar el plan de minado anual para las actividades mineras de explotación.
•
Analizar mensualmente las causas y las estadísticas de los incidentes, incidentes peligroso, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, emitiendo las recomendaciones pertinentes.
•
Promover que los trabajadores nuevos reciban una adecuada capacitación en prevención de riesgos, según lo descrito en el anexo 4 y 5 del DS Nº024-2016-EM.
Los Gobiernos Regionales a través de la DREMH, son la autoridad competente para verificar el cumplimiento de este reglamento de seguridad y salud ocupacional para la pequeña minería y minería artesanal. (Según el artículo 14° de la Ley N° 27651 que fue modificado por el artículo 10° del Decreto Legislativo Nº 1100).
17
2 DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA AURÍFERA ALUVIAL
La minería aurífera aluvial de pequeña escala en el departamento de Madre de Dios se desarrolla en yacimientos secundarios situados en terrazas aluviales y lechos de ríos, específicamente en acumulaciones de gravas, arenas y arcillas, formadas por la desintegración de la roca que contienen partículas y láminas de oro. Estos se denominan placeres auríferos, los cuales son trabajados mediante métodos de lavado. Los sistemas de extracción de este material varían por la complejidad de la tecnología utilizada, y del entorno de trabajo, ya sea en lecho de ríos o en terrazas aluviales. En la actualidad están prohibidas las operaciones en los lechos de ríos u otro espejo de agua2, por lo que métodos tales como dragas y otros más artesanales ya han sido prohibidos por el Estado Peruano. Una de las tecnologías de mayor uso en la región de Madre de Dios es la “traca”, que es adaptada a condiciones de terrenos aluviales (pie de monte). El origen de esta tecnología proviene de explotaciones en lechos de ríos en Brasil y Bolivia. A esto se le suma que el sistema de procesamiento del mineral (que comparten las otras metodologías de explotación existentes), ha sido adaptado paulatinamente a la zona de manera empírica, generando una serie de condiciones peligrosas para los mineros como para el medio ambiente.
(2) Según el Art. 5° del DL Nº 1100-EM.
19
2.1 PROCESOS EN LAS OPERACIONES MINERAS:
PROCESO DE EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO DE ORO CON EL SISTEMA TIPO “TRACA”3
Cateo y Exploración
Desarrollo y Preparación
Explotación
Beneficio
Comercialización
Cierre de Minas
Apertura de caminos
Desbosque zona de trabajo y caminos
Puesta en funcionamiento de la traca
Pre concentrado proveniente de la tolva (primera clasificación)
Traslado del oro a los puntos de acopio o casas de compra
Evaluar la concentración de oro y caracteristicas del suelo (muestreo de suelos)
Cuadriculado de la zona y establecimiento de puntos de muestreo
Instalación del campamento
Succión del material aurífero
Alce y lavado de alfombras de sedimentacion
Venta del oro según precio del mercado
Si es baja o nula la concentración iniciar el cierre de minas
Marcado de puntos de muestra (cada 50 - 20 m)
Traslados de equipos e insumos
Impulso del material hacia la tolva
Transporte del concentrado al área de beneficio
Nivelación del terreno: bajar las canchas de cascajo y rellenar los pozos generados
Prospección de la Calicata en los puntos para llegar al material
Excavación del pozo con fines de obtención de agua de la napa freatica
Clasificación del material por tamaño (zaranda)
Amalgamado: batido del concentrado en un cilindro o balde con mercurio
Plan de remediación de suelo si este estuviese contaminado y/o Plan de rehabilitación si el suelo estuviese degradado
Ensayo empírico de la concentración de oro
Construcción del pozo (ampliación para instalar la balsa de la traca)
Concentración del material (oro) en la tolva (alfombras)
Refogado de la amalgama en la retorta
Realizar la reforestación: instalación de plantones y hacer su mantenimiento posterior
Selección del área a trabajar en función a las concentraciones de oro (ley)
20
Instalación de la traca
(3) Resultado de la aplicación de la metodología ARAMA en la región Madre de Dios.
Obtención del oro y pesado
2.2 CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA DE TRACA Y DEL PERSONAL INMERSO EN LA ACTIVIDAD Proceso de exploración, explotación y beneficio de oro con el sistema tipo “traca” (resultado de la aplicación de la metodología ARAMA de la OIT con los mineros de Madre de Dios)
Personal de operaciones en Sistema de Traca N˚
Función
Actividad
1
Motosierrista y Machetero
•
Desbosque inicial, limpieza del área de trabajo y de trochas y caminos. El pago es por labor puntual o mensual.
2
Traquero
•
Trabajo en turnos atípicos que van de 10 horas o 24 horas por cada equipo de trabajo (compuesto de dos personas por traca). El pago es por porcentaje, recibiendo todos los trabajadores el 20 o 25 % de lo obtenido.
•
3
Ayudante
• •
4
Supervisor
• •
Traslado de equipo y maquinas a un nuevo lugar de explotación (esto es eventual). Pago por labor según acuerdo Encargado de la logística para la operación, de supervisar a los trabajadores y la producción. Pago es mensual y algunas veces porcentaje de producción
21
3 BUENAS PRÁCTICAS DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL PARA LA MINERÍA AURÍFERA ALUVIAL DE PEQUEÑA ESCALA
A continuación se describen los principales peligros identificados en el proceso de operación minera aurífera aluvial, sus consecuencias a la salud y el medio ambiente expresados como riesgos así como recomendaciones técnicas denominadas buenas prácticas de seguridad y salud ocupacional. De acuerdo a lo establecidos por la normativa peruana (DS N° 024-2016-EM), las buenas prácticas han sido agrupadas de acuerdo a los tipos de peligros identificados en la minería aurífera aluvial.
23
LEYENDA
Buenas Prácticas DE CARÁCTER GENERAL
Buenas Prácticas ANTE PELIGROS BIOLÓGICOS
Buenas Prácticas ANTE PELIGROS MECÁNICOS
Buenas Prácticas ANTE PELIGROS DISERGONÓMICOS
Buenas Prácticas ANTE PELIGROS FÍSICOS
Buenas Prácticas ANTE PELIGROS PSICOSOCIALES
Buenas Prácticas ANTE PELIGROS QUÍMICOS
24
3.1 BUENAS PRÁCTICAS DE CARÁCTER GENERAL
PELIGRO •
1
Carencia de exámenes médicos ocupacionales4 y Seguros Complementarios de Trabajo de Riesgo5 (SCTR).
RIESGOS • • •
PELIGRO •
2
Falta de uso de EPP´s 6.
Aumento de las enfermedades o lesiones pre existentes en los trabajadores. Proliferación de enfermedades. Diagnóstico tardío de enfermedades y lesiones.
BUENAS PRÁCTICAS • •
RIESGOS • • •
Lesiones de diverso tipo (incapacitantes o mortales) Intoxicación. Electrocución.
Brindar un Seguro de Vida y un SCTR establecidos por ley. Realizar exámenes médicos ocupacionales de ingreso, seguimiento anual y salida para cada trabajador.
BUENAS PRÁCTICAS • • •
Prohibir el ingreso al área de trabajo sin el uso de los correspondientes EPP. Proveer y exigir el uso correcto de los EPP de manera obligatoria 8. Brindar EPP de buena calidad y adecuados para cada actividad.
(4) Los exámenes médico ocupacionales son regidos por la RM N° 312-2011/MINSA, en conjunto con lo descrito en el Anexo 16 del DS Nº 024-2016-EM. (5) El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), está regulado por la Ley N°26790 y viene a ser un seguro obligatorio para los trabajadores que desempeñan actividades de alto riesgo determinadas por la ley (como la minería), los empleadores tienen la obligación de contratar una póliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. (6) Contenido Mínimo de EPP en el Anexo C.
(7) Según el Art. 81º – D.S N° 025-2016-EM. (8) Según el Art. 29º – D.S N°42-F - Reglamento de Seguridad Industrial.
25
PELIGRO •
3
Falta de entrenamiento y/o capacitación en primeros auxilios.
RIESGOS •
Agravar la condición de salud del accidentado, seguido de muerte.
BUENAS PRÁCTICAS • • •
•
PELIGRO •
4
Ausencia de medidas de contingencia ante incidentes, accidentes y emergencias.
RIESGOS •
Incremento de la condición del accidentado por manipulación o traslado incorrecto del mismo.
BUENAS PRÁCTICAS •
• •
(9) En el Anexo C se muestra una lista de EPP y sus respectivos precios referenciales.
26
Capacitar en primeros auxilios a todo el personal. Tener un botiquín de primeros auxilios debidamente implementado (Ver Anexo B). El comité de seguridad o supervisor de seguridad deberá velar por el buen estado de los elementos del botiquín y EPP9 . Tener información de los Centros de Salud más cercanos (teléfono, dirección y especialidades).
Elaborar e implementar un protocolo para actuar ante un accidente de trabajo en la zona de operación. Usar como guía el contenido del artículo 148 del DS Nº 0242016-EM. Realizar simulacros de afianzamiento del protocolo de seguridad implementado.
Protocolo de seguridad
PELIGRO •
Ausencia de señales de seguridad.
5
RIESGOS • • • •
Ahogamiento. Electrocución. Caídas. Lesiones de diverso tipo (incapacitantes o mortales).
BUENAS PRÁCTICAS • • • •
PELIGRO •
6
Ausencia de procedimientos en labores que impliquen riesgo.
RIESGOS •
Accidentes incapacitantes o la muerte.
BUENAS PRÁCTICAS •
• • •
(10) Revisar el código de colores y señales del anexo 17 del DS Nº 024-2016-EM. (11) Ejemplo de Mapa de Riesgo en el Anexo D.
Usar el estándar de señales de seguridad homologadas por el Ministerio de Energía y Minas10. Señalizar área de operación, beneficio y zonas de evacuación. Elaborar y actualizar el mapa de riesgos de las zonas de trabajo11. Realizar simulacros.
Elaboración e implementación de Procedimientos Escritos de Trabajo Seguro (PETS) que permita realizar las tareas en condiciones seguras. Capacitar al personal según la labor a realizar y los PETS establecidos. Colocar los PETS en un lugar visible en la zona de trabajo especifica. (Ver formato para PETS en el Anexo E) Capacitaciones a realizar según los anexos 4, 5 y 6 del DS Nº 024-2016EM.
Procedimiento Escrito de Trabajo Seguro
27
PELIGRO •
7
Ausencia de procedimientos en labores que impliquen alto riesgo.
RIESGOS Accidentes incapacitantes o la muerte.
•
•
Malas prácticas en el desboscado15.
RIESGOS • • • •
28
• •
PELIGRO
8
BUENAS PRÁCTICAS
Accidentes incapacitantes o mortales por caída de árboles o rama. Caída desde árboles de gran altura. Cortes con herramientas manuales o la cadena de la motosierra. Ahogamiento por inhalación de humo generado por fuego abierto.
Capacitar al personal encargado de realizar los trabajos de alto riesgo. La realización de los trabajos de alto riesgo será tarea exclusiva del personal calificado. Por ley se deberá conceder el Permiso de Ejecución de Trabajos de Alto Riesgo12 (PETAR13 ) al trabajador calificado, este deberá estar firmado por el supervisor o encargado de área14.
Permiso de Ejecución de Trabajo de Alto Riesgo
BUENAS PRÁCTICAS • •
•
(12) Se considera trabajo de alto riesgo para la minería aluvial por ejemplo: El trabajo en altura, trabajos en caliente y trabajo en espacios confinados. (13) Anexo N° 18 del DS Nº 024-2016-EM, formato de Permiso Escrito de Trabajo de Alto Riesgo (PETAR). Se presenta formato de PETAR en el Anexo F. (14) Trabajo de alto riesgo: Aquella tarea cuya realización implica un alto potencial de daño grave a la salud o muerte del trabajador (…). Según el Art. 129º del D. S N°024-2016EM. “Todo titular minero establecerá estándares, procedimientos y prácticas, como mínimo, para trabajos de alto riesgo tales como: en caliente, espacios confinados, excavación de zanjas mayores a 1.5metros, trabajos en altura , eléctricos en alta tensión, otros trabajos valorados como de alto riesgo en los IPERC.
Capacitar al personal motosierrista y entregar el PETAR. Realizar procedimiento para la tumba de árboles con los EPP correctos. Casomotosierrista: casco, orejeras, botas con punta de acero y guantes. Vigilar la dirección de caída antes de la tumba del árbol para prevenir al personal cercano a la zona.
(15) Desboscado: Actividad donde se realiza el roce de la maleza, la tumba de árboles, arbustos y suposterior quema.
PELIGRO •
Trabajo en altura (en el castillo, la zaranda y tolva).
RIESGOS •
Lesiones o fracturas por caídas.
BUENAS PRÁCTICAS •
•
9
Verificar previamente la estabilidad de las estructuras construidas. Deben tener la resistencia y rigidez requerida. Delimitar la zona de trabajo en altura y señalizarla para evitar trabajos alrededor.
29
3.2 BUENAS PRÁCTICAS ANTE PELIGROS MECÁNICOS
PELIGRO •
Uso incorrecto de herramientas de trabajo.
10
RIESGOS • • •
Cortes. Contusiones. Fracturas y/o muerte.
BUENAS PRÁCTICAS • • •
•
PELIGRO •
11
Exposición a partes móviles y calientes de máquinas sin elementos de protección.
RIESGOS • • • •
Quemaduras. Lesiones de diverso tipo. Amputaciones. Muerte.
BUENAS PRÁCTICAS • • • •
30
(16) Según el Art. 320º del DS Nº 024-2016-EM.
Capacitar en el uso correcto de las herramientas. Mantener el orden de las herramientas y equipos luego de ser usadas. No ejercer presión en el uso de una herramienta en dirección al cuerpo de la persona que lo utiliza, especialmente las que son punzocortantes. Mantener las herramientas en buen estado, inspeccionarlas periódicamente reparándolas o sustituyéndolas cuando sea necesario.
Implementar cubiertas de protección en partes móviles de los motores y bombas. Evitar trabajar cerca de motores en funcionamiento. Apagar y esperar el enfriamiento de la máquina antes de su mantenimiento. Está prhohibido el inicio de operación de maquinarias y equipos que no cuenten con guardas de protección16.
PELIGRO •
12
Conducción de motocicletas lineales y trimóviles sin uso de casco de seguridad y/o excesiva velocidad17.
RIESGOS •
Caídas y choques con lesiones proporcionales a la velocidad del vehículo, pudiendo ocasionar incluso la muerte.
BUENAS PRÁCTICAS • • • • •
PELIGRO •
13
Traslado por medios fluviales, con exceso de velocidad y malas maniobras.
RIESGOS •
Lesiones y muerte por ahogamiento.
Tener SOAT y brevete vigente. Proteger al conductor y pasajeros con casco de protección. Equipar con jaula anti volcaduras los trimóviles que trasladan personal. Establecer y señalizar límites de velocidad en caminos y accesos18. Brindar mantenimiento oportuno del vehículo y de los caminos y accesos.
BUENAS PRÁCTICAS • • • • • •
Usar chalecos salvavidas debidamente abrochados y en buen estado. No usar zapatos en transporte fluvial ya que en caso de caída estos generan succión e imposibilitan salvar la vida. Establecer adecuadas zonas de embarque y desembarque. Brindar mantenimiento oportuno de la embarcación fluvial. Procurar no sobrecargar al vehículo que impida su fácil maniobrabilidad o pueda facilitar su volcadura. Establecer un protocolo de carguío y descargue de cilindros de combustible, así como equipo y maquinaria pesada.
(17) Según el Art. 105º del DS Nº 026-2010-MTC. (18) La velocidades uno de los factores principales de ocurrencia de accidentes, junto con la distracción al conducir y los factores ambientales adversos (lluvias, vientos huracanados, barro en la carretera), aumentando la gravedad del siniestro, estimándose que la probabilidad de que un accidente sea mortal es un 60% más alta si se circula a velocidad excesiva.
31
3.3 BUENAS PRÁCTICAS ANTE PELIGROS FÍSICOS
PELIGRO •
Falta de orden y limpieza en el área de trabajo.
RIESGOS •
Lesiones y/o accidentes (leves a graves).
BUENAS PRÁCTICAS • •
14
• • •
PELIGRO •
15
Deslizamientos o desprendimientos intempestivos de los taludes de tierra.
RIESGOS • • •
Lesiones. Fracturas. Muerte por asfixia.
BUENAS PRÁCTICAS • • • • •
32
Mantener las áreas de trabajo limpias y libres de obstáculos. Señalizar las salidas, zonas de paso, vías de evacuación y espacios de trabajo. Informar al supervisor o dueño de operación de anomalías en alguna máquina o herramienta. Fomentar el uso de cartillas informativas (estado del equipo o maquina). Almacenar los residuos en tachos impermeabilizantes para su posterior disposición, según los colores que se establece en la norma19.
Operar con la inclinación del talud que mantenga la estabilidad física del terreno. Realizar el descabezado del talud, si este contiene material potencialmente desprendible o deslizable. Los taludes nunca deberán ser mayores que los ángulos de reposo20 del material. Procurar mantener una distancia de anclado de la traca mayor a la altura del talud. El trabajo en excavaciones mayores a 1.5 mts. se considera como Trabajo de Alto Riesgo.
(19) Según el elArt. Art.207º 211º del delDS DSN°024-2016-EM. N°055-2010-EM.Anexo AnexoNº Nº11. 11 (20) Ángulo de reposo: Es el ángulo formado entre la pendiente y la horizontal de la base, cuando el material se estabiliza por sí mismo, dependiendo del tipo del material y su grado de humedad este ángulo va a variar. variar (Ver Ver Anexo AnexoG. 9.8)
Basura
PELIGRO •
Exposición prolongada al ruido.
16
RIESGOS • •
PELIGRO •
17
Exposición prolongada a la radiación solar.
Pérdida parcial o total de la capacidad auditiva. Pérdida de la capacidad de concentración.
BUENAS PRÁCTICAS • • • • •
RIESGOS •
Daños progresivos que van desde insolación, afecciones oculares y cáncer a la piel.
BUENAS PRÁCTICAS • • • •
(21) Según el Art. 102º del D.S Nº 024-2016-EM, Guía N°1 Medición de Ruido, según Tabla N°1 Nivel de Ruido. (22) Según el Art. 382º del D.S Nº 024-2016-EM.
Adaptar un silenciador al motor de la traca. Respetar lo indicado en la normativa peruana, facilitando la rotación horaria de los operarios21. Implementar técnicas de comunicación a través de señales y letreros. Utilizar tapones u orejeras. Adicionar las pruebas de audiometría en los exámenes ocupacionales de entrada, seguimiento y salida.
Usar bloqueador solar (factor 30 como mínimo). Se recomienda colocárselo antes de exponerse al sol y/o antes de entrar y salir de agua22. Evitar la exposición directa en las horas de mayor radiación (12 a 16 horas). Usar ropa de trabajo que cubra la mayor parte del cuerpo y que sea de colores claros. Usar sombrero de ala ancha o gorra con tapa nucas.
33
PELIGRO •
Electrocución.
RIESGOS • • • •
Contracción muscular, espasmos. Quemaduras de diverso grado. Shocks, paro cardiaco y respiratorio. Muerte.
BUENAS PRÁCTICAS •
• •
18
• •
•
34
(23) Según lo establecido en el Art. 360º, numerales del 1 al 7, del D.S Nº 024-2016-EM. (24) Según lo establecido en el Art. 360º, literal (e), del D.S Nº 024-2016-EM. (25) Según lo establecido en los Art. 347º del D.S Nº 055-2010-EM.
No iniciar labores con equipos y sistemas que tengan conexiones improvisadas (cables sin aislante y sin entubar, malos empalmes, etc.) Tener la debida señalización de riesgo eléctrico y voltaje23. Tener un mecanismo que indique si un circuito está en posición abierta o cerrada. Utilizar interruptores que se desconecten por sobrecarga o cortocircuito. Antes de iniciar cualquier trabajo de mantenimiento y reparación de equipos o circuitos eléctricos se procederá a desenergizarlo y descargarlo bloqueando su conexión24. La manipulación solo debe ser realizada por personal capacitado, haciendo uso de herramientas aisladas, guantes y calzado aislante y sistemas de bloqueo(lockout)25.
3.4 BUENAS PRÁCTICAS ANTE PELIGROS QUÍMICOS
PELIGRO •
Exposición a materiales o insumos químicos.
19
RIESGOS • • •
Envenenamiento. Intoxicación. Muerte
BUENAS PRÁCTICAS • • • • •
PELIGRO •
20
Emisiones del tubo de escape.
RIESGOS • • • •
Dolor de cabeza. Irritación de ojos, garganta y pulmones. Reducción de la capacidad pulmonar. Reducción de la capacidad de coagulación de la sangre.
(26) MSDS: Material Safety Data Sheet: Hoja Informativa sobre sustancias peligrosas. (27) Ver Anexo N° 17 del DS N°024-2016-EM – Código de Señales y Colores - NationalFireProtectionAssociation. (28) DS N°016-2014-EM.
Señalizar las áreas de almacenamiento de materiales peligrosos, corrosivos o tóxicos. Prohibir el ingreso de personal no capacitado para el manejo de materiales peligrosos. Utilizar y colocar en un lugar visible del almacén las Hojas Informativas sobre Sustancias Peligrosas – (MSDS)26. Usar el rombo estandarizado (NFPA 704) establecido por Ley27 para la identificación de sustancias peligrosas. Contar con la autorización de IQBF28.
BUENAS PRÁCTICAS • • •
Redireccionar el tubo de escape de los motores para evitar exponer al personal a emisiones de gases. Brindar mantenimiento periódico de los motores y equipos utilizados para minimizar emisiones de gases. Usar EPPs, especialmente mascarillas antigases para operadores con exposición continua a gases.
35
PELIGRO •
21
Manipulación y exposición directa de mercurio29 (amalgamación).
RIESGOS • • • • • •
Discapacidad visual (deterioro de retinas). Encías sangrantes. Cólicos y vómitos Afecciones renales, cardiacas y respiratorias. Disminución de la capacidad de habla. Pérdida de la atención.
BUENAS PRÁCTICAS • • •
Guardar herméticamente el mercurio en envases etiquetados, de preferencia de plástico. Ponerle una capa superficial de agua y alejarlos de fuentes de calor para evitar su evaporación. Para realizar la actividad de beneficio se debe considerar las siguientes medidas:
Antes • Ubicar adecuadamente las hojas MSDS de mercurio30. • Implementar un ambiente cerrado y aislado de los campamentos y cocina. Este debe de ser, de preferencia, de construcción noble y enlosado para evitar la fuga por derrames. • Controlar las condiciones de los respiradores, filtros o cartuchos. Durante • Usar respirador, lentes de seguridad, guantes de nitrilo con espesor 0.11 o similares y ropa solo para este fin.
PELIGRO •
22
36
Almacenamiento de relave (arenilla).
RIESGOS • •
Intoxicación por inhalación de vapores de mercurio. Posibles afecciones psicomotrices.
(29) Es bioacumulable, es decir que a lo largi del tiempo se acumula en los órganos y tejidos del ser humano, y de la fauna existente. (30) Según los Art. 332º y Art. 333º del DS Nº 024-2016-EM. (31) Según los Art. 323º y Art. 400º del DS Nº 024-2016-EM.
BUENAS PRÁCTICAS • • • •
Utilizar sistemas de almacenamiento, impermeabilizados, herméticos, libres de condiciones húmedas. Las zonas de depósitos no deberá encontrarse en zonas inundables o que eleven el riesgo de derrame o pérdida de relaves. Señalizar las zonas de depósito de materiales de desecho que contengan mercurio. Construirse y operarse de acuerdo al expediente técnico aprobado por la DREM31.
ALMACENAMIENTO DE RELAVE
PELIGRO •
Quema o refogado de amalgama en retorta.
RIESGOS • •
23
(32) Según el Art. 38º, numerales 4 y 5 del DS Nº 024-2016-EM. (33) Según el Art. 38º, numeral 4 del DS Nº 024-2016-EM.
Intoxicación por inhalación de gases de mercurio. Quemaduras.
BUENAS PRÁCTICAS •
Para realizar la actividad de beneficio se debe considerar las siguientes medidas:
Antes • Capacitar al personal en el uso correcto del equipo32. • Implementar una campana extractora de gases. • Revisar e inspeccionar condición de la retorta. • Señalizar el área de trabajo. • Verificar la conexión del balón de gas para evitar fugas a la hora de operar la retorta. Durante • Usar mascarillas con los filtros y cartuchos adecuados33. • Usar lentes de seguridad. • Usar guantes de goma de nitrilo con espesor de 0.11 mm para manipulación de la amalgama • Usar guantes de cuero para manipular el quemador. • Evitar derrame del mercurio, en caso suceda usar cuenta gotas para recogerlo. Después • Esperar que la retorta se enfríe, pues aún existe presencia de gases. • Reutilizar el mercurio. • Realizar el balance entre mercurio utilizado y mercurio recuperado para detectar si hay pérdidas o deficiencias del equipo.
37
PELIGRO •
24
Deficiente almacenamiento y manipulación de combustible y aceites.
RIESGOS • • • • • •
PELIGRO •
25
Ausencia de medidas de prevención y control de incendio.
Quemaduras de diferente grado. Enfermedades respiratorias por inhalación de gases. Irritación de ojos y garganta. Hipertensión. Dolor de cabeza, mareos e inapetencia. Mala coordinación y dificultad de concentración.
BUENAS PRÁCTICAS • • • • • •
RIESGOS • • • •
Quemaduras de diferente grado. Asfixia por la inhalación de gases. Muerte. Incendio Forestal.
BUENAS PRÁCTICAS • • • • •
38
Alejar los almacenes y los lugares de reabastecimiento de fuentes potenciales de calor. Señalizar las zonas de almacenamiento. Ubicar extintores en la zona de almacenamiento y lugares críticos. Ejecutar el protocolo de seguridad en caso de incendios. Capacitar al personal en el uso y manejo de extintores (simulacros). Implementar un pozo de contención ante posibles fugas, este debe estar permanentemente limpio para recuperar lo derramado.
Capacitar al personal en el uso y manejo de extintores (simulacros). Tener un extintor por área de trabajo34. Controlar el estado de los envases de combustibles y de los materiales inflamables35. Realizar adecuadas instalaciones eléctricas que impidan cortos circuitos. Cortar el fluido eléctrico en caso de incendio36.
(34) Según el Art.404° del D.S N° 024-2016-EM. (35) Para mayor información ver: Sección 3.4 Buenas Prácticas ante Peligros Químicos – Deficiente almacenamiento y manipulación de combustibles de esta guía. (36) Para mayor información ver: Sección 3.3 Buenas Prácticas ante Peligros Físicos – Electrocución de esta guía.
ALMACÉN DE COMBUSTIBLES
3.5 BUENAS PRÁCTICAS ANTE PELIGROS BIOLÓGICOS
PELIGRO •
Mordeduras de ofidios (serpientes venenosas).
26
RIESGOS • • • •
Infección de heridas. Incapacidad temporal. Lesión permanente. Muerte.
BUENAS PRÁCTICAS • •
•
PELIGRO •
27
Consumo de agua no potable en campamento y zonas de operación.
RIESGOS • • •
Enfermedades infecciosas (tifoidea) y víricas (hepatitis A), gastritis, disentería,etc. Parásitos intestinales. Deshidratación, fatiga.
BUENAS PRÁCTICAS • •
•
(37) Según el Art.208° del D.S N° 024-2016-EM. Capítulo XXVII - Facilidades sanitarias y limpieza.
Elaborar un plan de contingencia ante ataque de ofidios que incluya simulacros. Contar con el kit para la aplicación del antiofídico liofilizado vigente y correctamente almacenado (suero, agua destilada, vía intravenosa y antihistamínico). Contemplar medios de traslado y la ubicación del Centro de Salud más cercano donde se pueda completar el tratamiento.
Proveer de agua potable (hervida y/o purificada) al personal37. Almacenar el agua potable bajo sombra en envases individuales y rotulados, estos deben ser supervisados, conservados, señalizados y protegidos contra cualquier contaminación Conocer y analizar periódicamente las fuentes naturales de abastecimiento de agua potable.
39
PELIGRO •
Exposición a enfermedades endémicas de la zona.
28
RIESGOS • •
Enfermedades como: fiebre amarilla, dengue, leishmaniasis, entre otras. Incapacidad temporal y muerte.
BUENAS PRÁCTICAS • • • • •
PELIGRO •
29
Ausencia o inadecuadas instalaciones sanitarias (baños).
RIESGOS • • • •
Disentería. Parasitosis Enfermedades crónicas estomacales. Hepatitis A y tifoidea.
BUENAS PRÁCTICAS • • • •
40
(38) Debe ser parte de los Exámenes Pre Ocupacional y de Seguimiento.Ver Anexo N° 16 (39) Seguir las recomendaciones del Capítulo XXVII - Facilidades sanitarias y limpieza.
Capacitar al personal sobre el contagio de estas enfermedades, en especial su sintomatología. Cubrir los recipientes de agua almacenada para evitar proliferación. Llevar un control de las vacunas aplicadas al personal38. Implementar mosquiteros y demás elementos protectores contra insectos en las habitaciones del personal. Realizar fumigaciones periódicas.
Instalar baños secos y por cada deposición echar cal apagada o aserrín. Fomentar una cultura de limpieza y desinfección de baños. Sellar adecuadamente los silos (baños) antes que el campamento se traslade de lugar. Disponer de agua para el lavado y desinfección de manos, colocando jabones y secadores39.
BAÑO
3.6 BUENAS PRÁCTICAS ANTE PELIGROS DISERGONÓMICOS
PELIGRO •
30
Deficiencias en el transporte, instalación y desinstalación de estructuras y maquinarias.
RIESGOS •
Accidentes que van desde lesiones leves a graves, fracturas, muerte.
BUENAS PRÁCTICAS • • •
•
PELIGRO •
31
Mala postura de trabajo y/o movilidad restringida.
RIESGOS • • •
Lumbalgia, lesiones musculares, dolores de cuello y columna. Fatiga por el excesivo calor. Estrés.
Capacitar periódicamente a los trabajadores en técnicas de carga y descarga de equipos pesados. No superar a los límites máximos de manipulación manual de cargas40. Utilizar una lista de chequeo para verificar amarres, poleas, cables y sogas que se utilizaran para soportar el peso de los equipos de trabajo. Verificar mediante una lista de chequeo los equipos y maquinaria instalados antes del inicio de la operación.
BUENAS PRÁCTICAS •
• • •
Brindar suficiente espacio en el lugar de trabajo (balsa) para el desenvolvimiento del trabajador (traquero) y la libre circulación del personal41. Contar con una silla para el manejo de la traca donde el operario mantenga su espalda recta, evitando tener posiciones encorvadas. Evitar turnos prolongados de trabajo en una sola posición por lo cual el personal deberá rotar. Fomentar que el personal descanse el tiempo suficiente para poder asumir con responsabilidad su jornada laboral.
(40) Para mayor información ver: Sección 3.6 Buenas Prácticas ante Peligros Disergonómicos, Buena Práctica N° 32 – El deficiente levantamiento de elementos pesados, de esta guía. (41) Según el Art. 114º del DS Nº 024-2016-EM. “Todo Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional deberá tomar en cuenta la interacción hombre–máquina–ambiente …considerando los siguientes aspectos: diseño del lugar de trabajo, posición en el lugar de trabajo(…)equipos y herramientas en los puestos de trabajo”.
41
PELIGRO •
32
42
Deficiente levantamiento de elementos pesados.
RIESGOS • •
Lesiones. Incapacidad temporal o permanente.
BUENAS PRÁCTICAS Pesos máximos permitidos 42: • Hombres: peso máximo permitido 25 kg cuando el levantamiento de cargas se realiza desde el suelo y 50 kg para cargar en hombros (asistido por otra persona en el levantamiento). • Mujeres: peso máximo permitido 12.5 kg cuando el levantamiento de cargas sea desde el suelo y 20 kg para cargar en hombros (asistido por otra persona en el levantamiento). • Para realizar un carguío debe existir espacio suficiente para maniobrar con la carga, • Procurar que el piso este seco o ser antideslizante y con suficiente iluminación. • Usar medios mecánicos auxiliares, como poleas, montacargas, entre otras. • Usar de fajas ergonómicas de protección de la estructura ósea y columna. Las reglas de seguridad para levantar cargas son: • Observar la carga: peso, forma, tamaño, zonas de agarre. • Solicitar ayuda si el peso es excesivo o si hay que adoptar posturas incómodas o no se pueden usar medios mecánicos. • Adoptar la postura de levantamiento: pies separados, espalda recta, mentón metido y rodillas flexionadas. • Sujetar firmemente la carga con las manos y acercarla al cuerpo. • Levantar suavemente la carga por extensión de las piernas, manteniendo la espalda derecha. No realizar fuerza con la espalda, ni dar tirones a la carga, ni moverla de forma rápida o brusca. • Evitar giros del tronco. Mover los pies en lugar de la cintura. • Evitar levantar cargas por encima de la altura de los hombros. Utilizar los elementos de ayuda (escaleras de mano). • Llevar carga con la palma mano y no las yemas de los dedos.
(42) Según Art. 2º del D.S Nº 005-2009-TR - Reglamento de la Ley N° 29088 “Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Estibadores y Transportistas Manuales”.
3.7 BUENAS PRÁCTICAS ANTE PELIGROS PSICOSOCIALES
PELIGRO •
Exceder los turnos de trabajo establecidos.
RIESGOS • • •
Cansancio extremo. Estrés laboral. Exposición a múltiples lesiones y accidentes por fatiga.
BUENAS PRÁCTICAS • •
Organizar el trabajo en turnos de máximo 8 horas por día Implementar una cartilla de control de horas de trabajo (ingreso y salida) la cual debe ser supervisada43.
33
(43) Según el Art. 273º del DS Nº 024-2016-EM.
43
44 ANEXOS A - LISTA DE CHEQUEO Para el cumplimiento de obligaciones según la normativa de seguridad y salud ocupacional minera (D.S. N° 050-2013-TR) se recomienda utilizar esta lista de chequeo.
Obligaciones del titular
Si
No
Desarrolla programas de capacitaciones relacionados a las funciones del personal.
Asumir los costos relacionados con la SSO, está considerado en el Plan de Inversiones.
El plan de minado considera los riesgos potenciales en cada operación.
Ha facilitado el libro de seguridad y salud ocupacional legalizado.
Proporciona sistemas de comunicación al personal.
Ha facilitado el programa de seguridad y salud ocupacional del año en curso.
Recluta, evalúa, selecciona y capacita al personal que trabaja en la mina.
Facilitar el ingreso de los fiscalizadores de la DREM, Gobierno Regional y facilitar la información requerida.
Ha facilitado extintores en campamentos y labores mineras. Ha facilitado un lugar designado exclusivamente para el comedor y cocina.
Informa a los trabajadores de los peligros y riesgos para la salud y las medidas de prevención y protección aplicables, a través del SGSSO.
Ha facilitado SOAT de los vehículos, placas en buen estado y tarjetas de propiedad.
Proporciona sin costo a los trabajadores los EPPs de acuerdo a la naturaleza de la tarea asignada.
Obligaciones de los trabajadores
Existe una lista de trabajadores.
Son responsables por su seguridad personal y la de sus compañeros.
Proporciona las herramientas adecuadas para realizar las labores con seguridad.
Han sido capacitados y autorizados para manipular maquinaria y vehículos con licencia de conducir.
Si
No
45
Reportan de forma inmediata los incidentes y accidentes.
Salud Ocupacional
No ingresan a trabajar bajo la influencia de alcohol y/o drogas. Cumplen las instrucciones y reglamentos internos de seguridad.
Control de agentes físicos El titular capacita a todo el personal en general en el control de agentes físicos de la zona de trabajo.
Personal enfermo o accidentado acatan las prescripciones médicas.
Se da protección auditiva cuando el nivel de ruido o el tiempo de exposición son superiores a los niveles establecidos.
Política de seguridad y salud ocupacional
Si
No
El titular establece y difunde la política de seguridad y salud ocupacional considerando la visión, misión y objetivos
Si
No
Desarrollan programas de capacitación relacionadas con las funciones del personal.
Existen vestuarios adecuadamente aseados. El personal que ingresa al ambiente de amalgamado y refogado usa EPP específico.
46
No
Ergonomía El titular brinda capacitación al personal sobre los riesgos de salud ocupacional ergonómica del centro de trabajo. Señalización de las áreas de trabajo y código de colores
Se ha capacitado al personal según lo establecido en el Anexo 14B del DS N°055-2010-EM
Ingresan personas a las instalaciones mineras para efectuar trabajos con sus dispositivos, EPPs; cumplen las especificaciones técnicas.
Si
Control de agentes químicos El titular capacita a todo el personal en general en el control de agentes químicos de la zona de trabajo.
Se monitorean los agentes biológicos en la operación minera, tales como: moho, hongos, bacterias, parásitos gastrointestinales, etc.
Se ha establecido un supervisor de seguridad o un comité de seguridad, según corresponda.
Equipo de Protección Personal
No
Control de agentes biológicos El titular capacita a todo el personal en general en el control de agentes biológicos de la zona de trabajo.
La misión considera el desarrollo humano, manejo responsable de los recursos naturales y financieros, velan por la seguridad.
Capacitación
Si
Se señalizan las labores de acuerdo al código de colores. Si
No
Se colocan letreros con el código de señales y colores en lugares visibles del centro del lugar de trabajo. Se colocan avisos en lugares visibles de áreas de alto riesgo.
Primeros auxilios, asistencia médica y educación sanitaria
Si
No
El titular otorga gratuitamente atenciones de primeros auxilios a su personal y dependientes registrados.
No se ingiere alimentos ni fuma cuando se trabaja con mercurio. No se usan recipientes que han contenido mercurio para guardar alimentos o bebidas. Se guarda el mercurio siempre cubierto por agua para evitar que se evapore al ambiente.
Si existen sustancias químicas toxicas, se tienen botiquines con antídotos para neutralizar sus efectos y las MSDS colocadas en lugares visibles. Investigación de incidentes y accidentes
Se mantiene el mercurio lejos del alcance de los niños o madres gestantes. Si
No
Se utiliza una retorta adecuada, lejos de las áreas de vivienda.
Los accidentes fatales se reportan a la DREM antes de las 24 horas.
Reportan y limpian todo derrame inmediatamente.
Se presenta informe de investigación de accidente fatal antes de los 10 días de ocurrido el accidente.
Los bidones, frascos, botellas con mercurio se etiquetan y almacenan en lugares frescos lejos del sol, calor o congelación, cerrados herméticamente
Facilidades sanitarias y limpieza
Si
No
En todo lugar de trabajo existen y mantienen en condiciones adecuadas los elementos necesarios para el aseo del personal.
Si
No
Las canaletas y tolvas, cumplen con las normas de seguridad de una explotación a cielo abierto. Manejo de Materiales
Se provee depósitos de basura con tapas en lugares adecuados para disponer de los desperdicios de comida y materiales asociados.
Se evita que el mercurio entre en contacto con la piel.
No
Se toman medidas de seguridad necesarias para evitar la afectación de la integridad física de los operadores.
Se proporciona instalaciones que aseguren el suministro adecuado de agua potable en las áreas de trabajo.
Mercurio: No se utiliza el mercurio en circuito abierto.
Si
Se aplican normas para la explotación a cielo abierto. (Seguridad de Taludes)
Se dan facilidades de baños en lugares que sean compatibles con las operaciones mineras y de fácil acceso al personal.
Control de sustancias peligrosas
Explotación en placeres – minería aluvial
Si
No
Orden y limpieza El almacenamiento de materiales se realiza en los lugares autorizados. Los materiales inservibles se retiran del lugar. Disposición de desechos El titular ha capacitado al personal en la definición y reconocimiento de basura, desechos o material de reciclaje. El titular ha asegurado la instalación de basureros bien identificados y señalizados.
47
B - CONTENIDO MÍNIMO DEL BOTIQUÍN El presente listado contiene los requerimientos mínimo que debe tener un Botiquín de acuerdo a la necesidad de una operación minera aurífera aluvial, la misma que puede contar entre 6 a 7 personas, es por eso que se ha puesto una cantidad indispensable de medicamentos para que un Botiquín esté debidamente implementado. En cuanto al precio se ha colocado los costos promedios, de acuerdo a un sondeo de los sitios de expendio en la ciudad de Madre de Dios, pudiendo existir otras alternativas más económicas. Cabe destacar que este listado no es exclusivo ya que depende de cada operación minera, de la cantidad de personal y de la decisión del titular minero de adquirir estos medicamentos de tipo de genérico o de laboratorio. Sugerimos la capacitación de un especialista de algún Centro Médico para que brinde una explicación sobre la forma de administración de las medicinas. De ser posible esta explicación debe ser por escrito y colocada junto al botiquín, caso contrario se sugiere recurrir al centro de salud más cercano.
DESCRIPCIÓN / CONCEPTO
48
Baja lengua
Unidad
5
0.50
2.50
Betametason crema
Crema
2
3.50
7.00
Bisturí 21
Unidad
1
0.50
0.50
Bromuro de Hioscina tabletas (buscapina)
Blíster
1
2.40
2.40
1.00
1.50
6.00
Captopril
Blíster
1
1.00
1.00
1
1.50
1.50
Ciprofloxacino de 500 mg
Blíster
1
2.40
2.40
Botella
1
2.00
2.00
Clorofenamina 10 mg inyectable
Ampolla
1
1.50
1.50
Botella
1
1.50
1.50
Cloroquina 250 mg tab.
Blíster
1
1.00
1.00
UNIDAD
CANTIDAD
PRECIO ESTIMADO S/.
MONTO
Abbocath N° 18
Unidad
1
2.00
2.00
Acaricida loción
Pomada
1
8.00
8.00
Epinifrina
Ampolla
1
1.00
Agua Destilada 10 cc
Ampolla
4
Agua oxigenada x 120 cc
Botella
Alcohol yodado x 120 Algodón
Cloruro de sodio 9%, x 1000 cc
Botella
1
3.00
3.00
Keterolaco 60 mg
Ampolla
3
1.00
3.00
Clotrimazol crema
Crema
1
1.00
1.00
Ligadura autolig
Unidad
1
2.00
2.00
Collarín semirrígido
Unidad
1
30.00
30.00
Metamizol 1g.
Ampolla
1
1.00
1.00
Cotrimoxazol 800 mg (sulfametazol + trimetropin)
Blíster
1
2.00
2.00
Mi salud tabletas
Paquete
1
2.00
2.00
Otizan gotas
Botella
1
20.00
20.00
Dexametasona 4mg
Blíster
1
1.00
1.00 Paracetamol 500 mg tab
Blíster
1
0.30
0.30
Diclofenaco ampolla
Ampolla
1
1.00
1.00 Ranitidina 300 mg tab
Blíster
1
1.00
1.00
Dicloxacilina 500 mg
Blíster
1
2.00
2.00 Sales de rehidratación oral
Unidad
5
1.00
5.00
Digestase tab
Blíster
1
5.00
5.00 Scalp vein N° 21 Alita
Unidad
1
2.00
2.00
Loperamida
Blíster
1
5.00
5.00 Tubo
1
25.00
25.00
Equipo de venoclisis
Unidad
1
2.50
2.50 Frasco
1
150.00
150.00
Rollo
1
5.00
5.00 1
4.00
4.00
Paquete
2
4.00
8.00
Hidrocortisona Solu-Cortef 250 mg amp
Ampolla
Gasa estéril paquetes Gentamicina Oftálmica
Gotero
1
5.00
5.00
Venda elástica 2x5
Rollo
1
3.00
3.00
Guantes de látex estériles
Unidad
3
1.00
3.00
Venda Elástica 3x5x5
Rollo
1
5.00
5.00
Ibuprofeno 600 mg
Blíster
1
2.60
2.60
Yodopovidona Isodine
Botella
1
3.00
3.00
Hisopos x 100 unid
Paquete
1
10.00
10.00
Caja de Botiquín
Unidad
1
50.00
50.00
Jeringas 1 cc
Unidad
2
0.50
1.00
TOTAL
jeringas 10 cc
Unidad
2
0.50
1.00
Silverdiazina ungüento Suero antiofídico polivalente Esparadrapo rollo
404.70
49
C - CONTENIDO MÍNIMO EPP 7.3 LISTA DE EQUIPOS DEDE PROTECCIÓN PERSONAL PARA ACTIVIDADES EN MINERÍA ALUVIAL.
El presente listado de EPP se ha realizado tomando como referencia la necesidad de una operación minera aurífera aluvial que cuenta con aproximadamente entre 4 a 5 personas. En cuanto al precio se ha colocado costos promedios, de acuerdo a un sondeo de los sitios de expendio en la ciudad de Madre de Dios, pudiendo existir otras alternativas más económicas. Cabe destacar que este listado no es exclusivo ya que depende de cada operación minera, de su personal y la decisión del titular de adquirir cada uno de estos equipos. Recalcamos, además, que es necesario cumplir con la implementación de los EPP para no tener una sanción en caso de fiscalización y accidentes44.
EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
50
UNIDAD
CANTIDAD
PRECIO ESTIMADO S/.
MONTO
Equipo para motosierrista (orejera, faja, mascarilla, casco, lentes)
Unidad
1
110.00
110.00
Cascos
Unidad
6
35.00
210.00
Lentes protectores transparentes
Unidad
2
40.00
80.00
Guantes de Neopreno
Unidad
4
15.00
60.00
Respirador de PVC sin cartucho
Unidad
2
60.00
120.00
Guantes de látex
Unidad
2
18.00
36.00
Cartuchos para mercurio (3M)
Par
1
127.00
127.00
Guantes de látex de nitrilo
Unidad
2
25.00
50.00
Cartuchos para gases tóxicos, vapores
Par
1
48.00
48.00
Guantes de cuero
Unidad
5
7.00
35.00
Lentes de seguridad tipo Mosca
Unidad
1
25.00
25.00
Protector de oídos
Par
5
2.00
10.00
Camilla plegable aluminizada
Unidad
1
450.00
450.00
Mameluco
Unidad
2
55.00
110.00
Extintor de 6 kg.
Unidad
1
110.00
110.00
Fajas ergonómicas (lumbar)
Unidad
5
30.00
150.00
Extintor de 4 kg.
Unidad
2
85.00
170.00
Zapatos de Neopreno
Unidad
4
15.00
60.00
Fundas de machete
Unidad
4
40.00
160.00
Zapatos de jebe
Unidad
4
25.00
100.00
Chaleco Salvavidas simple
Unidad
5
18.00
90.00
Zapatos con puntas de acero
Unidad
4
45.00
180.00
TOTAL
(44) Seguir las recomendaciones dadas en el Capítulo VIII - Equipo de protección personal, del DS Nº 024-2016-EM.
2,491.00
D - MAPA DE RIESGOS
PERSONAL PARA ACTIVIDADES EN MINERÍA ALUVIAL.
Mapa de Riesgos en Sistema de Amalgamado (Isometría)
Mapa de Riesgos en Sistema de Extracción “Traca” (Vista de planta)
51
E - FORMATO
DE PROCEDIMIENTO ESCRITO DE TRABAJO SEGURO (PETS)
F - FORMATO
DE PERMISO ESCRITO DE TRABAJO DE ALTO RIESGO (PETAR) ANEXO N° 18
ANEXO 10
PERMISO ESCRITO PARA TRABAJO DE ALTO RIESGO (PETAR)
FORMATO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PETS NOMBRE DEL PETS
LOGO EMPRESA
1.
Área:
Versión:
Código:
Página:
ÁREA
:
LUGAR
:
FECHA
:
UNIDAD
HORA INICIO :
MINERA
HORA FINAL : NÚMERO
:
1.- DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO:
PERSONAL 1.1 1.2
2.
EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
2.- RESPONSABLES DEL TRABAJO:
2.1 2.2 3.
OCUPACIÓN
CASCO CON CARRILERA
GUANTES DE JEBE
PROCEDIMIENTO
BOTAS DE JEBE
ARNÉS DE SEGURIDAD
RESPIRADOR C/GASES, POLVO
CORREA PARA LÁMPARA MORRAL DE LONA PROTECTOR DE OIDOS
PROTECTOR VISUAL OTROS .................................................... ....................................................
4.1 4.2
4.- HERRAMIENTAS, EQUIPOS Y MATERIAL:
RESTRICCIONES 5.1 5.2
PREPARADO POR
SUPERVISOR DEL ÁREA
5.- PROCEDIMIENTO:
REVISADO POR:
REVISADO POR:
APROBADO POR:
GERENTE DEL ÁREA
GERENTE DE SEGURIDAD Y
GERENTE DE OPERACIONES
6.- AUTORIZACIÓN Y SUPERVISIÓN
SALUD OCUPACIONAL FECHA DE ELABORACIÓN:
FECHA DE APROBACIÓN:
CARGO Supervisor del trabajo Jefe de Área donde se realiza el trabajo
52
FIRMA TÉRMINO
3.- EQUIPO DE PROTECCIÓN REQUERIDO
MAMELUCO
5.
FIRMA INICIO
EQUIPOS / HERRAMIENTAS / MATERIALES. 3.1 3.2
4.
NOMBRES
NOMBRES
FIRMA
G - ÁNGULO DE TALUD O DE REPOSO
Las excavaciones se deben de efectuar, cuando el espacio lo permita, de acuerdo al ángulo de reposo del tipo de terreno, llamado talud natural. Los ángulos de talud con respecto a la horizontal recomendados para diferentes tipos de terreno, que son los que se indican en el cuadro siguiente:
Fuente: Norma Chilena : Instituto Nacional de Normalización NCH 349
Ángulo (grados) Naturaleza del terreno
Terreno seco
Terreno húmedo
Roca dura
80 ˚ a 90 ˚
80 ˚
Roca blanda
55 ˚
55 ˚
Trozos de roca
45 ˚
40 ˚
Terreno vegetal
45 ˚
30 ˚
Mezcla de arena y arcilla
45 ˚
30 ˚
Arcilla
40 ˚
20 ˚
Gravilla
35 ˚
30 ˚
Arena fina
30 ˚
20 ˚
53
H - GLOSARIO Según el D.S. N° 024-2016-EM, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) se adoptan las siguientes definiciones44: •
Accidente: Evento no deseado que ocasiona daños personales, materiales, al proceso o al medio.
•
Accidente de trabajo: Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquél que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, y aun fuera del lugar y horas de trabajo. Según la gravedad, pueden ser: 1) Leve 2) Incapacitante: Mortal.
•
•
54
Actividad minera Actividades mineras desarrolladas en los emplazamientos en superficie o subterráneos de minerales metálicos y no metálicos: Exploración, Explotación, Beneficio, Sistema de transporte minero, Actividades de cierre de minas. Apósito: Cubierta de gasa, algodón u otro material esterilizado que se aplica sobre una herida o una zona enferma para protegerla de infecciones, absorber las secreciones, controlar una hemorragia o facilitar su curación.
•
Amalgamación: Consiste en mezclar la arenilla negra con mercurio y luego agitar manualmente o con mezcladoras durante 30 a 60 minutos. Este proceso se realiza generalmente en un cilindro .
•
ARAMA: Análisis de Riesgos Aplicados a la Minería Artesanal, desarrollados por el Instituto de Salud y Trabajo para la Organización Internacional del Trabajo –OIT. Sistema diseñado originalmente para evaluar riesgos en la minería de socavón.
(44) Para mayor información consultar el Subcapítulo II - Definición de términos del DS Nº 024-2016-EM.
•
Carga: Cualquier objeto susceptible de ser movido. En el argot minero, se llama carga al volumen de suelo removido y explotado.
•
Desechos orgánicos: Los desechos orgánicos son aquellos cuya descomposición es rápida como por ejemplo cáscaras de frutas, desechos de alimentos, papeles, etc.
•
Desechos inorgánicos: Los desechos inorgánicos son aquellos cuya descomposición es lenta, entre estos tenemos los plásticos, etc.
•
Desechos industriales: Los desechos industriales son aquellos que son producidos a efecto de actividades productivas como la minería, por ejemplo el aceite quemado, grasas, batrias , neumáticos usados, fierros, piezas de maquinaria inservibles, entre otros.
•
Concesión minera: La concesión minera es aquella que otorga a su titular el derecho a explorar y explotar los recursos minerales que se encuentren dentro del área solicitada en el petitorio minero.
•
Daño: Materialización de un riesgo, que se puede transformar en un accidente laboral o enfermedad profesional.
•
Equipo de Protección Personal – EPP: Dispositivo diseñado para evitar que, las personas expuestas a un peligro potencial, sufran algún daño producto de la actividad o entorno de trabajo. El equipo de protección evita el contacto con el riesgo pero no lo elimina, por eso constituyen los últimos recursos en el control de los riesgos, los cuales preferentemente deben disminuirse o eliminarse en la fuente o en el medio. Han sido diseñados para proteger las diferentes partes del cuerpo que pueden resultar lesionadas. Por ejemplo: Cascos, lentes de seguridad, respiradores mecánicos o filtro químico, guantes, protectores auditivos, zapatos de seguridad, entre otros.
•
Enfermedad prevalente: Es aquella enfermedad que se produce con frecuencia en la unidad minera.
•
Entorno laboral saludable: Un entorno de trabajo saludable es aquel en el que los trabajadores y jefes colaboran en un proceso de mejora continua para promover y proteger la salud, seguridad y bienestar de los trabajadores y la sostenibilidad del ambiente de trabajo.
•
Ergonomía : Es la ciencia, llamada también ingeniería humana, que busca optimizar la interacción entre el trabajador, máquina y ambiente de trabajo con el fin de adecuar los puestos, ambientes y la organización del trabajo a las capacidades y características de los trabajadores, a fin de minimizar efectos negativos y, con ello, mejorar el rendimiento y la seguridad del trabajador.
•
Espacio de trabajo: Es cualquier lugar en donde el trabajo físico y/o mental ocurre, independientemente de que sea pagado o no. Esto incluye espacios laborales formales, domicilios privados, vehículos o espacios exteriores en propiedad pública o privada.
•
Emergencia minera: Es un evento no deseado que se presenta como consecuencia de un fenómeno natural o por el desarrollo de la propia actividad minera como: incendio, explosión por presencia de gases explosivos, inundación, deshielo, deslizamiento, golpe de agua u otro tipo de catástrofes.
•
Enfermedad común: Alteraciones de la salud que no tengan la condición de accidentes de trabajo ni de enfermedades profesionales
•
Enfermedad ocupacional: Es el daño orgánico o funcional ocasionado al trabajador como resultado de la exposición a factores de riesgos físicos, químicos, biológicos, psicosociales y disergonómicos, inherentes a la actividad laboral.
•
Estabilidad física: Es el comportamiento estable en el tiempo de los componentes o infraestructura operacional minera frente a factores exógenos, que evita el desplazamiento de materiales, con el propósito de no generar riesgos de accidentes o contingencias.
•
Enfermedad profesional: Es todo estado patológico permanente o temporal que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o del medio en el que se ha visto obligado a trabajar. Es reconocida por el Ministerio de Salud. El Gobierno peruano establece 42 enfermedades profesionales.
•
Estadística de seguridad y salud ocupacional: Sistema de registro, análisis y control de la información de incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, orientado a utilizar la información y las tendencias asociadas en forma proactiva para reducir la ocurrencia de este tipo de eventos.
55
•
Estrés: Son sentimientos subjetivos y respuestas psicológicas que resultan de las condiciones del espacio de trabajo (u otro) y que ponen al individuo en una posición de no poder afrontar o responder adecuadamente a las demandas que se le hacen.
•
Evaluación de riesgos: Proceso dirigido a estimar la magnitud de los riesgos para la seguridad y salud ocupacional derivados del trabajo.
•
Estándares de trabajo: Modelo, pautas y patrones que contienen los parámetros establecidos por el titular de actividad minera y los requisitos mínimos aceptables de medida, cantidad, calidad, valor, peso y extensión establecidos por estudios de investigación investigación, legislación vigente y/o resultado del avance tecnológico (…) Es un parámetro que indica la forma correcta y segura de hacer las cosas
•
•
Factor de riesgo: Es un elemento, fenómeno o acción humana que puede provocar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones. Ejemplo, sobre esfuerzo físico, ruido, monotonía.
•
Fatiga: Sensación de debilidad y agotamiento acompañada de molestias, incluso dolor e incapacidad para relajarse.
•
Fiscalización: El proceso de control sistemático realizado por la autoridad competente para verificar el cumplimiento de lo establecido en la normativa vigente.
•
56
Examen médico ocupacional: Es la evaluación médica de salud ocupacional que se realiza al trabajador al ingresar a trabajar, durante el ejercicio del vínculo laboral y una vez concluido el vínculo laboral, así como cuando cambia de tarea o reingresa a la empresa.
Fiscalizador: Es toda persona natural o jurídica, domiciliada en el país, encargada de realizar exámenes objetivos y sistemáticos sobre asuntos de salud y seguridad en los lugares donde se desarrollan actividades mineras y que cuenta con autorización expresa de la autoridad competente.
•
Hojas MSDS: “Material Safety Data Sheet (MSDS)”. Toda sustancia química deberá contar con su hoja de datos de seguridad conforme al DS Nº 024-2016-EM. Es un documento que da información detallada sobre la naturaleza de una sustancia química, tal como sus propiedades físicas, químicas, información sobre la salud, seguridad, fuego y riesgos de medio ambiente que la sustancia química pueda causar y deberá estar disponible en los lugares de uso de estas sustancias y a disposición del personal que labora en el lugar.
•
Gestión de la seguridad y salud ocupacional: Es la aplicación de los principios de la administración profesional a la seguridad y la salud minera, integrándola a la producción, calidad y control de costos.
•
Homologaciones: Igualación o comparación de una cosa con otra por tener ambas en común características referidas a su naturaleza, función o clase, referido principalmente a la estandarización de los EPP.
•
Incidente: Suceso con potencial de pérdidas acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo, en el que la persona afectada no sufre lesiones corporales.
•
Incidente peligroso y/o situación de emergencia: Suceso potencialmente riesgoso que pudiera causar lesiones o enfermedades graves con invalidez total y permanente o muerte a las personas en su trabajo o a la población.
•
Inducción: Capacitación inicial dirigida a otorgar conocimientos e instrucciones al trabajador para que ejecute su labor en forma segura, eficiente y correcta. Se divide en: Inducción General: Capacitación al trabajador sobre la política, beneficios reglas y el ambiente laboral de la empresa Inducción del Trabajo Específico: Capacitación al trabajador para realizar un trabajo específico.
•
Inspección: Verificación del cumplimiento de los estándares establecidos en las disposiciones legales en Seguridad y Salud Ocupacional. Es realizada por la autoridad competente.
•
•
•
•
•
Investigación de incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales: Proceso de identificación, recopilación y evaluación de factores, elementos, circunstancias, puntos críticos que conducen a determinar las causas de los incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. Tal información será utilizada para tomar las acciones correctivas y prevenir la recurrencia. Las autoridades policiales y judiciales deberán realizar sus propias investigaciones de acuerdo a sus procedimientos y metodologías Lesión: Alteración física u orgánica que afecta a una persona como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, por lo cual dicha persona debe ser evaluada y diagnosticada por un médico titulado y colegiado. Libro de seguridad e higiene minera: Libro en el que se registran los hallazgos y recomendaciones que resultan de las inspecciones realizadas por personal autorizado y de las acciones de fiscalización en el tema de seguridad e higiene minera realizadas por los fiscalizadores de la Autoridad Competente.
•
Prevención de enfermedades: Esfuerzos para prevenir a los empleados de adquirir enfermedades que pueden resultar de la exposición en el lugar de trabajo, o por estilos de vida no saludables. Las actividades de prevención de enfermedades deben incluir tanto la protección como la promoción de la salud.
•
Proceso de mejora continua: Es un proceso cíclico que repite las etapas de planeación, acción, medición y evaluación, y corrección/mejora, llevando a un constante mejoramiento de las condiciones.
•
Protocolo: Conjunto de procedimientos específicos establecidos en un plan, estableciendo cómo se debe actuar ante ciertas situaciones.
•
Retorta: Recipiente que sirve para condensar la amalgama y precipitar en un vaso el mercurio, retornando éste a su estado original.
•
Residuos sólidos peligrosos: Son residuos sólidos peligrosos aquellos que por sus características o el manejo al que son o van a ser sometidos representan un riesgo para la salud o el ambiente.
Lugar de trabajo: Se entiende como tal a todo sitio o área donde los trabajadores permanecen y desarrollan su trabajo o adonde tienen que acudir para desarrollarlo. Se reemplaza el uso del centro de trabajo por lugar de trabajo. Manipulación manual de carga: Aquella en la que interviene el esfuerzo humano tabnto de forma directa (levantamiento, colocación) com o indirecta (empuje, tracción, desplazamiento). También transportar o mantener la carga alzada. Incluye la sujeción con las manos y conotraspartes del cuerpo, como la espalda y lanzar la carga de una persona a otra.
•
Peligro: Situación o característica intrínseca de algo capaz de ocasionar daños a las personas, equipos, procesos y ambiente.
•
Prevención de accidentes: Combinación de políticas, estándares, procedimientos, actividades y prácticas en el proceso y organización del trabajo, que establece el empleador con el fin de prevenir los riesgos en el trabajo y alcanzar los objetivos de Seguridad y Salud Ocupacional.
Sin perjuicio de los establecidos en las normas internacionales vigentes para el país o las reglamentaciones nacionales específicas, se consideran peligrosos los que contengan por lo menos uno de las siguientes características: auto combustibilidad, explosividad, corrosividad, reactividad, toxicidad, radiactividad, o patogenecidad. •
Riesgo: Probabilidad de que un peligro se materialice en determinadas condiciones y genere daños a las personas, equipos y al ambiente.
57
•
9
Ruido: Es todo sonido indeseable, molesto y evitable que ocasiona riesgos y daños al alterar la comunicación y la capacidad de concentración, además de sordera temporal o la pérdida gradual de la capacidad auditiva y, efectos en otros sistema y órganos del cuerpo, teniendo efectos en la hipertensión arterial, arterioesclerosis, alteraciones de la agudeza visual, funcionamiento de glándulas como tiroides, hipófisis, suprarrenales, trastornos del sueño, cansancio crónico, irritabilidad y pérdida de la apetencia sexual.
•
Titular de actividad minera: Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, responsable de las actividades mineras a que se refiere el literal a) del Art. 2º del DS 024-2016-EM, que cuente con todas las autorizaciones requeridas por la autoridad para desarrollar dichas actividades.
•
Trabajo: Conjunto de actividades humanas, remuneradas o no, que producen bienes o servicios en una economía, o que satisfacen las necesidades de una comunidad o proveen los medios de sustento necesarios para los individuos. El empleo es definido como “trabajo efectuado a cambio de pago (salario, sueldo, comisiones, propinas, pagos a destajo o pagos en especie)” sin importar la relación de dependencia (si es empleo dependiente-asalariado, o independiente-autoempleo).
•
Trabajador: Comprende a la persona que realiza un trabajo de manera directa o indirecta, por cuenta del titular minero, de las empresas contratistas mineras o de las empresas contratistas de actividades conexas.
•
Trabajo de alto riesgo: Aquella tarea cuya realización implica un alto potencial de daño grave a la salud o muerte del trabajador. La relación de actividades calificadas como de alto riesgo será establecida por el titular minero y por la autoridad minera (ver Art. 129º del DS Nº 024-2016-EM).
•
Trabajo en caliente: Aquél que involucra la presencia de llama abierta generada por trabajos de soldadura, chispas de corte, esmerilado y otros afines, como fuente de ignición en áreas con riesgos de incendio.
EL D.S. 024-2016-EM establece un rango entre 100 y 105 decibeles el límite a partir del cual debe usarse doble protección auditiva, estableciendo además que, no debe exponerse al personal a ruido continuo, intermitente o de impacto superior a 105 decibeles.
58
•
Salud: Derecho fundamental que supone un estado de bienestar físico, mental y social, y no meramente la ausencia de enfermedad o incapacidad.
•
Salud ocupacional: Rama de la Salud Pública que tiene por finalidad promover y mantener el más alto grado posible de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones, prevenir todo daño a la salud causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo; y adecuar el trabajo al trabajador, atendiendo a sus aptitudes y capacidades.
•
Seguridad: Es un estado en el que se está protegido de consecuencias físicas, sociales, espirituales, financieras, psicológicas o de otro tipo debidas a fallas, errores, accidentes o daños. Puede tomar la forma de estar protegido de un evento o forma de exposición que cause pérdidas en la salud o la economía. Puede incluir la protección de las personas o posesiones.
•
Talud: Se conoce con el nombre genérico de talud a cualquier superficie inclinada respecto a la horizontal que haya de adoptar permanentemente la masa de tierra.
Sobre Solidaridad Solidaridad es una organización internacional sin fines de lucro con 9 oficinas regionales y presencia en 37 países alrededor del mundo. Tiene más de 45 años de experiencia en el desarrollo de cadenas de suministro sostenibles y socialmente inclusivas en el campo de los agro-commodities y minería artesanal y de pequeña escala. Nuestro objetivo es contribuir a la seguridad alimentaria y sostenibilidad de materias primas, involucrando a los productores con soluciones innovadoras que permitan aumentar la producción y la calidad de sus productos de consumo masivo, mediante estrategias inclusivas que mejoren su calidad de vida, sin que ello lleve a la destrucción de los ecosistemas naturales que soportan los diversos medios de vida en el planeta. Para lograr este objetivo, Solidaridad, facilita la transición hacia una economía más sustentable desde el mismo mercado. Trabaja en las principales cadenas de suministro que impulsan la industria y el comercio a nivel mundial, como el café, el oro, la soja, la ganadería, el aceite de palma, la caña de azúcar, el algodón, entre otros y desarrolla estrechas alianzas del tipo público-privado en cada sector.
Conozca nuestro trabajo: www.solidaridadsouthamerica.org
Organizaciones colaboradoras 59