Seguridad

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INTRODUCCIÓN MANTENIMIENTO DE LA INSTALACIÓN Acometida Interior Estación de Regulación y/o medida Línea de distribución. Sistemas contra incendios. Instalación eléctrica. Edificaciones y obra civil. Aparatos de gas.

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MEDIDAS DE SEGURIDAD Medidas generales de seguridad. Medidas adicionales de seguridad en caso de que existan indicios razonables de presencia de gas. Consideraciones específicas.

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CONFIRMACIONES METROLÓGICAS PERIÓDICAS DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA

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01 INTRODUCCIÓN El REAL DECRETO 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos establece en su artículo 7 que los titulares, o en su defecto, los usuarios de las instalaciones, estarán obligados al mantenimiento y buen uso de las mismas y de los aparatos de gas a ellas acoplados, siguiendo los criterios establecidos en el citado reglamento y sus ITCs, de forma que se hallen permanentemente en disposición de servicio con el nivel de seguridad adecuado. El certificado de instalación de gas indica que el usuario desde la fecha de puesta en marcha es responsable del buen uso de la instalación y el mantenimiento posterior de la misma. La ITC-ICG 08, en su apartado 2.2 dice que “Todos los aparatos se pondrán en el mercado: Acompañados de un manual de información técnica destinado al instalador. Acompañados del manual de instrucciones para su uso y mantenimiento, destinadas al usuario. Provistos de las advertencias oportunas en el propio aparato y en su embalaje. Dichas instrucciones y advertencias deberán estar redactadas en español.”

Además de lo anterior deberá tenerse en cuenta lo que marquen otros Reglamentos y normas UNE sobre elementos de la instalación: Reglamento de aparatos a Presión, Reglamento electrotécnico de baja tensión,... También el contrato de suministro de gas natural entre Unión Fenosa Gas Comercializadora y el cliente responsabiliza al usuario del mantenimiento de sus instalaciones de gas natural. Conviene recordar que de una atención y mantenimiento adecuado a la instalación se obtendrá una continuidad en el suministro, evitando cortes inoportunos, una mayor SEGURIDAD previniendo posibles accidentes ocasionales por fugas de gas y una optimización en la combustión del gas. Conforme a la legislación vigente, la realización de la inspección corresponde siempre a la empresa distribuidora de gas, que está obligada a realizarla cada 5 años. El coste de esa inspección lo asumirá el consumidor.

VÁLVULA ACOMETIDA

ACOMETIDA INTERIOR

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RED DE DISTRIBUCIÓN

ESTACIÓN DE REGULACIÓN Y/O MEDIDA

INSTALACIÓN RECEPTORA DE GAS

LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN

APARATOS A GAS


02 MANTENIMIENTO DE LA INSTALACIÓN Según los aspectos comentados en los que se establece como responsabilidad del usuario de gas realizar el mantenimiento, UNION FENOSA GAS COMERCIALIZADORA, propone con carácter de requisitos MÍNIMOS la periodicidad y las comprobaciones que se deben a realizar. Se recomienda que estos trabajos de mantenimiento puedan ser ejecutados por técnicos cualificados del Cliente, por una Empresa Instaladora Autorizada o por el personal de los servicios técnicos de los equipos instalados.

ACOMETIDA INTERIOR

Tubería aérea

∙Prueba de estanqueidad o comprobación por muestreo del espesor de la tubería. ∙Soporte. ∙Señalización.

Tubería envainada

∙Estado de la vaina. ∙Estado de los orificios de ventilación (estanqueidad). ∙Señalización.

Tubería enterrada

Con carácter general

∙Prueba de estanqueidad o comprobación por muestreo del espesor de laTubería. ∙Señalización.

Se vigilará como mínimo semestralmente: Tubería en canaleta

Conexiones de la protección catódica.

∙Prueba de estanqueidad o comprobación por muestreo del espesor de la Tubería.

Toma de tierra.

∙Limpieza de la canaleta.

La tubería (pintura).

∙Soportes de la tubería (aislamiento de tubería).

Aislamiento de las juntas dieléctricas y estanqueidad de todas las uniones por medio de detector de gas o agua jabonosa. Una vez al año , se medirán las tomas a tierra con un medidor de resistencias de tierra y el nivel de protección catódica de la tubería (Multímetro y electrodo de referencia). También se ha de comprobar la maniobrabilidad de las válvulas. Como mínimo cada cuatro años se realizarán las siguientes revisiones en los distintos tipos de acometida:

∙Estado del revestimiento y/o pintura. Válvulas

∙Estanqueidad de cierre. ∙Estanqueidad externa. ∙Accesibilidad.

Juntas dieléctricas

∙Medida de aislamiento.

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ESTACIÓN DE REGULACIÓN Y/O MEDIDA Como mínimo se realizará control mensual del funcionamiento de los sistemas de medida, contador, registrador, manómetros, termómetros y corrector, así como la reposición del material fungible cuando sea necesario. Para las verificaciones de los sistemas de medida se seguirá lo dispuesto en el PUNTO 04

Con carácter general se vigilará: Como mínimo semestralmente el estado de: Tubería. Fuga en juntas y accesorios. Estado del manómetro diferencial del filtro (Limpieza cuando la pérdida de carga es superior a 0,15 bar). Comprobación correcto funcionamiento de los manómetros antes y después de regulación. Estado de las válvulas de seguridad. Estado de las líneas de regulación de servicio y en reserva. Nivel de aceite en los contadores provistos de engrase. Funcionamiento del manotermógrafo, tinta en plumillas, papel, avance de papel. Comprobación de estado de precintos.

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Como mínimo cada cuatro años: Prueba de estanqueidad o comprobación por muestreo del espesor de la Tubería. Válvulas estanqueidad. Reguladores: Desmontar y comprobar (en banco), membranas, asientos muelles, cambio líneas de trabajo, debiéndose notificar a suministrador para que solicite la presencia del distribuidor para levantar acta. Válvulas de seguridad (VIS, VES): Desmontar, comprobar elementos y probar en banco, estanqueidad interna. Juntas cambiar por nuevas. Filtros: Cambiar el cartucho y prueba de resistencia mecánica y estanqueidad. Soportes: Estado y aislamiento. Estado del by-pass. Anclaje y soportes de la ERM.

LÍNEA DISTRIBUCIÓN Mismo mantenimiento que en acometida interior .

SISTEMAS CONTRA INCENDIOS Vigilar en perfecto estado de uso y cumplir el mantenimiento que prescribe la normativa de extintores o detectores de gases si hubiera.

INSTALACIÓN ELÉCTRICA Vigilar el perfecto estado de uso y cumplir el mantenimiento adecuado que marque la normativa del Reglamento de baja Tensión.

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EDIFICACIONES Y OBRA CIVIL Cada cuatro años: Anclaje si es un armario. Estado general de conservación de la obra civil, grietas, paredes, cubiertas, puertas, cierres o vallas si las hubiera. Ventilaciones.

El agente que realice la puesta en marcha de un aparato de gas deberá emitir y entregar al cliente un certificado de puesta en marcha, conforme al contenido del modelo del anexo 4 de esta ITC. Asimismo, archivará dicha documentación y la mantendrá a disposición del órgano competente de la Comunidad Autónoma por un período mínimo de cinco años. Con carácter general se vigilará: Como mínimo semestralmente el estado de:

Carteles de peligro e informativos.

Estanqueidad de electroválvulas y válvulas.

Esquema de funcionamiento y/o documentación de los equipos.

Funcionamiento de las electroválvulas.

Accesibilidad.

Nivel de líquido en detector de fugas. Estado del filtro.

APARATOS DE GAS La puesta en marcha, mantenimiento y reparación de los aparatos de gas podrá realizarse:

Presostato por alta y baja presión de gas y aire.

a) Por el servicio técnico de asistencia del fabricante, siempre que posea un sistema de calidad certificado, o por instaladores de gas que cumplan los requisitos indicados en el capítulo 4 de la ITC-ICG 09, cuando se trate de aparatos de gas conducidos (aparatos de tipo B y C) de más de 24,4 kW de potencia útil o de vitrocerámicas a gas de fuegos cubiertos.

Detector de llama.

b) Por el servicio de asistencia técnica del fabricante o una empresa instaladora de gas, para el resto de aparatos.

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Manómetro y funcionamiento del regulador.

Evacuación de humos.


03 MEDIDAS DE SEGURIDAD MEDIDAS GENERALES DE SEGURIDAD Como requisitos generales de seguridad para efectuar trabajos en instalaciones receptoras de gas en servicio, con independencia de otras más concretas que se tomen en consideración para realizar operaciones específicas, se deben tomar las siguientes medidas: No fumar durante los trabajos. No efectuar trabajos en presencia de fuegos, hogares encendidos o focos calientes, en los locales donde se trabaje. No manipular las llaves de la instalación común que se encuentren precintadas, hasta la reparación de la avería. Cuando se produzcan interrupciones de los trabajos en curso, se deben tomar las medidas de seguridad adecuadas para asegurar la ausencia de gas y evitar la manipulación por parte de terceros, bloqueando si es posible la llave de corte correspondiente, colocando tapones, etc. No se deben realizar modificaciones o ampliaciones de la instalación sin cerrar el suministro, salvo que se utilicen técnicas adecuadas para operar en carga. Cualquier operación en que sea necesario proceder al vaciado de gas del interior de la instalación, se debe hacer de forma que no quede posibilidad de que en el interior del local donde se encuentra la instalación exista mezcla aire -gas comprendida entre los límites de inflamabilidad.

MEDIDAS ADICIONALES DE SEGURIDAD EN CASO DE QUE EXISTAN INDICIOS RAZONABLES DE PRESENCIA DE GAS Además de las medidas generales citadas, como requisitos específicos de seguridad cuando se efectúen trabajos en zonas o locales donde existan indicios razonables de presencia de gas, se deben tomar las siguientes medidas adicionales: No se deben accionar los interruptores eléctricos (se incluye no apagar las luces ni los equipos en funcionamiento), ni generar chispas o llamas, y se debe proceder de inmediato a ventilar el local y a cerrar la llave de paso del gas. En trabajos en un recinto cerrado con presencia de gas, se deben verificar las condiciones ambientales mediante el uso de detectores adecuados antes de entrar, y realizar medidas periódicas de la presencia de gas en el ambiente. Cuando sea necesaria iluminación complementaria en trabajos con presencia de gas, se deben utilizar lámparas o linternas de seguridad.

CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS Interrupción y reanudación del suministro de gas En el caso de realizar una operación programada de interrupción o reanudación del suministro de gas a una instalación receptora, se debe avisar a los usuarios afectados por la misma. El aviso debe ser escrito y situarse en lugar visible. En el caso de que se interrumpa el suministro a más de un usuario, se debe comunicar previamente a la empresa distribuidora. Para reanudar el suministro, es preciso verificar que la instalación queda en aptitud de uso mediante la realización de una comprobación de estanquidad a la presión de operación utilizando los métodos adecuados.

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Reparación de la instalación receptora Se consideran reparaciones de la instalación las actuaciones o sustituciones de tramos que no modifiquen las características de la instalación en cuanto a material y trazado. También se considera como reparación: La sustitución o ampliación de un tramo de longitud igual o inferior a un metro, aunque se realice con cambio de trazado o material. Las actuaciones que afecten al local o a los aparatos. La anulación de puntos de consumo. La llave de aparato debe quedar cerrada, bloqueada y taponada. Para reanudar el suministro tras una reparación en la instalación, es preciso realizar una comprobación de la estanquidad del tramo reparado, a la presión de servicio, verificando las uniones de cierre del tramo reparado con la instalación existente, mediante los métodos adecuados (detector de gas, agua jabonosa, etc.).

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Modificación de la instalación receptora Se considera modificación de la instalación receptora la modificación de la instalación de gas con cambio de materiales o trazado en tramos de longitud superior a 1 metro.

Cambio de contador El cambio de contador de una instalación receptora sólo debe ser realizado por una persona debidamente autorizada. Para reanudar el suministro, tras un cambio de contador, es preciso realizar una comprobación de la estanquidad de las uniones del mismo a la presión de operación. Antes de desmontar el contador se debe colocar un puente antichispas, que debe ser retirado cuando se haya instalado el nuevo contador.


04 CONFIRMACIONES METROLÓGICAS PERIÓDICAS DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA FRECUENCIA CONFIRMACIÓN METROLÓGICA CONTADORES Rangos de consumo TIPO CONTADOR

Qa < 30 GWh/año ó Qh > 600nm3/h

2 GWh/año < Qa < 30 GWh/año

Con prueba en serie anual TURBINA

4 AÑOS

PISTONES

6 AÑOS

MEMBRANAS

15 AÑOS

8 AÑOS

Sin prueba en serie anual

2 AÑOS

FRECUENCIA CONFIRMACIÓN METROLÓGICA CORRECCIÓN (TRANSMISOR Y SONDA TEMPERATURA) RANGOS DE CONSUMO Qa < =10 GWh/año 4 AÑOS

10 < Qa < =100 GWh/año

100 < Qa < =1000 GWh/año

Qa > 1000 GWh/año

2 AÑOS

1 AÑO

6 MESES

(*) El presente Anexo está basado en la RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2006, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen los protocolos de detalle de las Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista.

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