RECYCLE´S WORLD, S.L.L. ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD LIMITADA LABORAL
ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD NÚMERO 345
En Valdepeñas, a 1 septiembre de 2011. ANTE MÍ, Don Gonzalo Largacha Lamela, Notario del Ilustre Colegio de Castilla La Mancha, con residencia en Valdepeñas. COMPARECEN: Doña Vicenta Megía Molero, mayor de edad, soltera y en calidad de socia trabajadora con la categoría de administradora, vecina de Valdepeñas, con domicilio en C/ Carneros nº 19. Exhibe DNI/NIF número 70.986.669-K. Don Carlos Javier Álamo Tercero, mayor de edad, soltero y en calidad de socio trabajador con categoría de encargado, vecino de Montiel, con domicilio en Avda. Santa Cruz de los Cáñamos nº 5. Exhibe DNI/NIF número 71.357.406-K. Don José Juan de la Hoz Torres, mayor de edad, soltero y en calidad de socio trabajador con categoría de socio capitalista, vecino de Valdepeñas, con domicilio en C/ Azucena nº 20. Exhibe DNI/NIF número 52.325.976-Z. Doña Cristina Fernández García, mayor de edad, soltera y en calidad de socia trabajadora con categoría de peón, vecina de Valdepeñas, con domicilio en C/ Mesta nº 49. Exhibe DNI/NIF número 71.229.730-H. Doña Antonia Canuto Álamo, mayor de edad, soltera y en calidad de socia trabajadora con categoría de oficial de segunda, vecina de Valdepeñas, con domicilio en C/ Bernardo Balbuena nº 8, 4º C. Exhibe DNI/NIF número 71.228.829-Z. Don Sergio Medina Maroto, mayor de edad, soltero y en calidad de socio trabajador con categoría de conductor especialista, vecino de Valdepeñas, con domicilio en C/ Seis de Junio nº 25. Exhibe DNI/NIF número 71.219.601-D. Intervienen todos ellos en nombre e interés propios. Son de nacionalidad y residencia española y de vecindad civil entregando para su comprobación la correspondiente documentación. Les identifico por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con los números de Identificación Fiscal; tienen, a mi juicio, capacidad legal y legitimación para otorgar esta Escritura de constitución de sociedad limitada laboral y DICEN:
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I.- Que han decidido constituir una Sociedad Limitada Laboral de nacionalidad española que se denominará RECYCLE´S WORLD, Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral. II.- Que con esta denominación no existe ninguna otra en el Registro Central de Sociedades, lo cual acreditan con la oportuna certificación del mencionado Registro, que me entregan e incorporo a esta matriz, para su trascripción en las copias. III.- Después de exponer lo que precede: OTORGAN: PRIMERO.- CONSTITUCION.- Los señores comparecientes, como únicos socios, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada laboral, de nacionalidad española, que se denomina RECYCLE´S WORLD y que se regirá por la Ley de Sociedades de Capital, otras disposiciones legales aplicables, en especial la Ley 4/1997 de 24 de marzo de Sociedades Laborales y en particular por sus estatutos, extendidos en 22 folios de clase 8ª, serie c. Estos estatutos son leídos, aprobados y firmados por los socios fundadores y yo, el Notario, los incorporo a esta matriz, de la que forman parte integrante. SEGUNDO.- SUSCRIPCION Y DESEMBOLSO. El capital social se fija en 31.500 Euros dividido en 1.500 participaciones, numeradas correlativamente de la 1 al 1.500, ambos inclusive y de un valor nominal de veintiún Euros cada una y que quedan distribuidas de la forma siguiente: Participaciones de Clase laboral: Las números 1 a 1.250, ambos inclusive. Participaciones de la Clase general: Las números 1.251 a 1.500, ambos inclusive. Las participaciones representativas del capital social han sido íntegramente subscritas y desembolsadas por los socios fundadores, mediante las aportaciones que a continuación se indican: a) Doña Vicenta Megía Molero aporta en metálico 5.250 Euros, en pago de los cuales se le adjudican 250 participaciones, números 1 al 250, ambos inclusive, que son de la clase laboral. b) Don Carlos Javier Álamo Tercero aporta en metálico 5.250 Euros, en pago de los cuales se le adjudican 250 participaciones, números 251 al 500, ambos inclusive, que son de la clase laboral.
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c) Doña Cristina Fernández García aporta en metálico 5.250 Euros, en pago de los cuales se le adjudican 250 participaciones, números 501 al 750, ambos inclusive, que son de la clase laboral. d) Doña Antonia Canuto Álamo aporta en metálico 5.250 Euros, en pago de los cuales se le adjudican 250 participaciones, números 751 al 1.000, ambos inclusive, que son de la clase laboral. e) Don Sergio Medina Maroto aporta en metálico 5.250 Euros, en pago de los cuales se le adjudican 250 participaciones, números 1.001 al 1.250, ambos inclusive, que son de la clase laboral. f) Don José Juan de la Hoz Torres aporta en metálico 5.250 Euros, en pago de los cuales se le adjudican 250 participaciones, números 1.251 al 1.500, ambos inclusive, que son de la clase general. Los comparecientes justifican la realidad de las aportaciones dinerarias, con certificado bancario que queda incorporado a esta matriz. TERCERO.- NOMBRAMIENTO DE CARGOS: Los socios fundadores determinan que inicialmente, el órgano de Administración estará formado por un ADMINISTRADOR ÚNICO. Los socios fundadores designan unánimemente, para ocupar dicho cargo a Doña Vicenta Megía Molero, cuyos datos personales ya constan a la comparecencia, por tiempo indefinido y con todas las facultades legales y estatutarias. El órgano de administración, conforme al art. 37 de la Ley de Sociedades de Capital, queda facultado para el pleno desarrollo del objeto social y para realizar toda clase de actos y contratos. El nombrado acepta su cargo y toma posesión del mismo, prometiendo desempeñarlo con lealtad y diligencia, manifestando que no le afecta ninguna de las incompatibilidades legales, en especial ni las de la Ley 5/2006, de 10 de Abril ni las de las demás disposiciones legales, estatales o autonómicas aplicables, lo que ratifican todos los asistentes. QUARTO.- INICIO de ACTIVIDADES.- La sociedad actividades, tal y como determinan los estatutos sociales.
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INSCRIPCION: Quedan advertidos de que con anterioridad a la inscripción en el Registro Mercantil, esta sociedad habrá de aportar Certificado que acredite su calificación como laboral y su inscripción en el Registro administrativo correspondiente.
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COMUNICACIÓN AL REGISTRO MERCANTIL: Por expresa indicación de los interesados, previas las oportunas advertencias al respecto, no procederé a la presentación telemática de esta escritura en el Registro Mercantil. MANIFESTACION ESPECIAL.- Los otorgantes, habiendo sido previamente informados por mí, el Notario, en los términos de la instrucción de la DGRN de 18 de mayo de 2.011, sobre el procedimiento de constitución telemática, en especial sobre plazos y reducciones arancelarias, manifiestan expresamente que no se han acogido a las normas del Decreto Ley 13/2010 de 3 de diciembre, al no ser de su interés la constitución telemática de la sociedad y además los estatutos sociales no reúnen los requisitos de los estatutos tipo al estar previstas todas las formas de administración. PETICIÓN FISCAL: Se solicita la exención del impuesto por la constitución de la sociedad según está ordena la ley 4/1997 de 24 de Marzo. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Advierto expresamente a los comparecientes que sus datos van a ser incorporados al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos pueden ser cedidos a aquellas Administraciones públicas que según una norma con rango de ley tengan derecho a ello. Hechas las advertencias de sus derechos al respecto. OTORGAMIENTO Y AUTORIZACION.- Se han hecho las reservas y advertencias legales; en particular, y a efectos fiscales, he advertido a los comparecientes de la obligación de presentación de la documentación a liquidación dentro de plazo y la necesidad de inscripción de esta escritura en el Registro Mercantil y, en general, de las responsabilidades tributarias que les incumben en su aspecto material, formal y sancionador, y de las consecuencias de toda índole que se derivarían de la inexactitud de sus declaraciones. Les leo, por su elección, esta escritura, advertidos de su derecho a leerla por sí, del que no usan y, tras hacerles las oportunas explicaciones verbales para su cabal conocimiento, manifiestan quedar enterados, la aceptan, se ratifican y firman. Yo, el Notario, Doy fe de que el consentimiento ha sido libremente prestado y de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes. Queda extendida en un total de 4 folios de papel notarial, el primero con el número 1 y los demás con los números siguientes en orden correlativo. 5
Y de su contenido, DOY FE.
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