Situación del acogimiento familiar en Argentina

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Situaciรณn del acogimiento familiar en Argentina


Situación del acogimiento familiar en Argentina 80 páginas, 17 x 24 cm.

Dirección editorial: María Lucila Argüello Autoría: Red Federal de Acogimiento Familiar de la Argentina Producción y revisión de contenidos: Laura Efrón Diseño: Valeria Goldsztein

Revisada y actualizada en noviembre de 2017.

Se autoriza la reproducción total o parcial de los textos aquí publicados, siempre y cuando no sean alterados, se asignen los créditos correspondientes y no sean utilizados con fines comerciales.

La presente publicación contó con el financiamiento de UNICEF Argentina.


Elaboración y coordinación de contenidos Lic. en Ps. Ivana Frachia, Programa de Acogimiento Familiar y Área de Supervisión y Monitoreo, Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. CABA. LIc. en Ps. Denise Laborde, Programa de Acogimiento Familiar y Área de Supervisión y Monitoreo, Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat CABA. LIc. en Ps. Verónica Macedra, Programa de Acogimiento Familiar y Área de Supervisión y Monitoreo, Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat CABA. Sclga. Julieta Pojomovsky, Programa de Acogimiento Familiar y Área de Supervisión y Monitoreo, CABA. Psicop. Débora Miculitzki, Programa Ieladeinu, CABA. Téc. Viviana González, Programa Cuidados Alternativos de Crianza, Familias Solidarias, Posadas, Misiones Ab. Raúl Kalbermatter, Programa Cuidados Alternativos de Crianza, Familias Solidarias, Posadas, Misiones. Ab. Marcelo Sussini, Programa Cuidados Alternativos de Crianza, Familias Solidarias, Posadas, Misiones. Lic. T. S. María Inés Ruggiero, Programa Cuidados Alternativos de Crianza, Familias Solidarias, Posadas, Misiones. Ps. Soc. Silvana Ferreyra, Modalidad Familia Solidaria, Programa de Acogimiento Familiar, General Roca, Río Negro. Lic. S.S. Brenda Melogno, Modalidad Familia Solidaria, Programa de Acogimiento Familiar, General Roca, Río Negro. Lic. En Ps. Valeria Tronelli, Modalidad Familia Solidaria, Programa de Acogimiento Familiar, General Roca, Río Negro.


Lic. T. S. María de los Ángeles Basualdo, Programa de Acogimiento Familiar, Rosario, Santa Fe. Lic. T. S. Gabriel Dileo, Programa de Acogimiento Familiar, Rosario, Santa Fe.

Referentes de la Red Federal de Acogimiento Familiar Lic. T. S. Gabriel Dileo, Coord. Programa de Acogimiento Familiar; Dir. Prov. de Prom. de los Der. De la Niñez, Adol. y Flia., Ministerio de Desarrollo Social, Rosario, Santa Fe. Lic. en Ps. Denise Laborde, Coord. Programa de Acogimiento Familiar y Área de Supervisión y Monitoreo, Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat CABA. Lic. Psicop. Débora Mikulitzki, Dir. De Promoción de Derechos y Prevención del Maltrato Infantil, Programa Ieladeinu, CABA. Ab. Marcelo Sussini, Coord. Programa Cuidados Alternativos de Crianza, Familias Solidarias; Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, Vicegobernación de la Provincia de Misiones, Posadas, Misiones. Lic. en Serv. Soc. Marianela Salazar, Dir. Familias Solidarias Provinciales, Subsecretaría de Familia, Ministerio de Salud y Desarrollo, Neuquén. Lic. en Ps. Valeria Tronelli, Modalidad Familia Solidaria, Programa de Acogimiento Familiar, Ministerio de Desarrollo Social, General Roca, Río Negro.

Contacto https://es-la.facebook.com/redfederaldeacogimientofamiliar redfederalacogimientofamiliar@gmail.com


Índice Introducción.....................................................................7 Marco normativo.......................................................................... 7 ¿Qué es el acogimiento familiar?..............................................11

El acogimiento en clave federal.................................. 15 El camino transitado.................................................................. 15 Implementación de la Red Federal.......................................... 17 Encuentros y mesas de trabajo................................................19

Actualidad del acogimiento en Argentina................35 Centro......................................................................................... 35 Cuyo............................................................................................ 48 Noreste........................................................................................50 Noroeste..................................................................................... 55 Patagonia.................................................................................... 57 ONG.............................................................................................64

Mapa numérico..............................................................73 Conclusión......................................................................79


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Situaciรณn del acogimiento familiar en Argentina


Introducción

Esta publicación, que constituye el primer informe elaborado por la Red Federal de Acogimiento Familiar, brinda un estado de situación respecto del acogimiento familiar en la Argentina. Para ello presenta de manera descriptiva tanto los diversos programas relevados en las diferentes regiones, así como el marco legal vigente y los organismos de protección de derechos que de él se desprenden. También da cuenta de los antecedentes y del proceso de formación de la Red Federal. La información consignada en estas páginas fue suministrada por referentes de cada programa comunal, municipal o provincial. Se respetaron las denominaciones y la información brindada y no se realizó valoración alguna en torno al funcionamiento de los programas mencionados. Vale destacar que el relevamiento de programas de acogimiento familiar fue llevado a cabo entre enero y noviembre de 2016, pudiendo a partir de ese momento producirse variaciones en las denominaciones, lineamientos y en la existencia de los mismos.

Marco normativo Los programas de acogimiento familiar se orientan de acuerdo a las pautas y disposiciones establecidas por: La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CDN). La Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Las Directrices de Naciones Unidas sobre Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños. Los Lineamientos Nacionales en Materia de Niños, Niñas y Adolescentes Carentes de Cuidados Parentales. El Código Civil y Comercial de La Nación.

Introducción

• • • • •

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La Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (NNyA) fue promulgada en 2005, con un fuerte impulso del Poder Ejecutivo. Basa su articulado en los principios de la CDN. Tiene vigencia en todo el territorio nacional y se inscribe en la doctrina de la protección integral de derechos, sustituyendo el modelo tutelar o de “patronato”. “Esta Ley tiene por objeto la protección integral de los derechos de los NNyA que se encuentren en la Argentina para garantizar el ejercicio de sus derechos, sustentados en el principio de INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO.” (Ley 26.061) La Ley establece órganos administrativos de protección de derechos en tres niveles de planificación y ejecución: nacional, federal y provincial. A nivel nacional se crea la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) como organismo especializado en materia de derechos de infancia. A través del Decreto Reglamentario 416/06, el Poder Ejecutivo estableció su dependencia en el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. La SENAF promueve programas y proyectos en torno a las siguientes líneas de acción:

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1.

Fortalecimiento y/o creación de nueva institucionalidad. Agrupa aquellas acciones que tienden tanto a fortalecer como a transformar y/o ampliar el marco institucional a través del cual se implementan las políticas públicas dirigidas a la niñez y los adolescentes.

2.

Fortalecimiento familiar y comunitario. Nuclea al conjunto de acciones orientadas a afianzar tanto el rol de la familia como el de la comunidad y sus organizaciones en el logro de la vigencia plena y efectiva de los derechos y garantías de las niñas, niños y adolescentes.

3.

Restitución de derechos-cuidados en ámbito familiar alternativo o institucional. Incluye acciones tendientes a garantizar que los NNyA con derechos o garantías amenazados o vulnerados puedan acceder al reconocimiento, goce y disfrute de los

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mismos, privilegiando el fortalecimiento de los vínculos familiares y comunitarios.

4.

Acciones destinadas a adolescentes infractores de la ley penal. Agrupa aquellas acciones desarrolladas tanto en dispositivos que implican la privación de la libertad (establecimientos de régimen cerrado) como en dispositivos de restricción de la libertad (establecimientos de régimen semi cerrado y programas de acompañamiento y supervisión en territorio), en ambos casos asegurando la plena garantía de derechos.

Se sostiene como criterio rector que la privación de libertad sea aplicada como último recurso y por el menor tiempo posible. Se prioriza la implementación de dispositivos alternativos a la medida de encierro. En estas líneas se encuadran tanto los programas que son llevados a cabo de forma directa por la propia secretaría como aquellos que corresponden a convenios con provincias, ONG u otras instituciones. La mayor parte de las acciones se realizan por esta vía, existiendo pocos programas nacionales. A nivel federal la mencionada ley creó el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia (COFENAF) que está integrado por quien ejerce la titularidad de la SENAF y por los representantes de los órganos de protección de derechos de niñez, adolescencia y familia existentes en cada una de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dentro de las principales funciones del COFENAF se destacan las siguientes acciones: concertar y efectivizar políticas de protección integral de los derechos de los NNyA y sus familias; efectivizar, conjuntamente con la SENAF, la transferencia de los fondos a los estados provinciales para el financiamiento de dichas políticas; y promover, de manera conjunta, mecanismos de seguimiento, monitoreo y evaluación de las políticas públicas destinadas a la protección integral de los derechos de los NNyA. Introducción

A nivel provincial la ley promueve la creación de órganos administrativos de protección de derechos enmarcados en las leyes provinciales y la articulación entre los poderes legislativos, ejecutivos y judiciales de cada una de ellas. 9


Función de los organismos de protección de derechos en el acompañamiento y monitoreo de los programas de acogimiento familiar Todo programa de acogimiento familiar forma parte del Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños/as. Dicho sistema está formado por todos aquellos organismos, entidades y servicios que formulan, coordinan, orientan, supervisan, ejecutan y controlan las políticas, programas y acciones en el ámbito nacional, provincial y municipal destinados a promover, prevenir, asistir, resguardar y restablecer los derechos de los NNyA. Establece los medios a través de los cuales se asegure el efectivo goce de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional, en la legislación de infancia vigente, en la CDN, en las directrices sobre modalidades de cuidados alternativos y en demás tratados de derechos humanos ratificados por el Estado Argentino. Se trata de un sistema que funciona a través de acciones intersectoriales desarrolladas por sectores del ámbito público y del sector privado. En el caso de programas de acogimiento familiar dependientes del ámbito público, estos deben tener como objetivo la promoción y protección integral de los derechos de los NNyA. Para ello deben contar con un marco legal, recursos humanos y materiales, objetivos y mecanismos de acción claros y transparentes, protocolos de procedimiento e instancias de monitoreo de los procesos de cuidados alternativos basados en familia. Para el egreso deben tener acceso a programas para el fortalecimiento familiar. Es responsabilidad del organismo local que ejecuta los programas de acogimiento su funcionamiento y control. Si se trata de programas de acogimiento familiar privados, los mismos deben ser acompañados por el órgano local de protección de derechos, garantizando un marco legal a la práctica, monitoreando la atención brindada y definiendo las estrategias de egreso de acuerdo a cada situación particular. Para las mismas el Sistema debe acercar la política pública disponible. El Estado no puede desentenderse de la responsabilidad de garantizar los derechos de los niños alojados 10

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en familias de acogimiento, debe disponer de recursos para apoyar a las mismas en su función de cuidado y fortalecer las estrategias de egreso garantizando la transitoriedad de la medida de protección.

¿Qué es el acogimiento familiar? El acogimiento familiar es una forma de restituir el derecho de los NNyA privados de cuidados parentales a vivir, crecer y desarrollarse en un entorno familiar y comunitario, tal cual lo enuncia la CDN en su preámbulo. “Es una práctica que hace posible la convivencia familiar de niños cuyas familias de origen no están en condiciones de asumirla. La familia acogedora se hace responsable por el cuidado del niño sin mediar vinculación filiatoria, pero ejerciendo todas las obligaciones propias al cuidado. En el marco de las políticas públicas de protección de derechos de la infancia, las autoridades administrativas y/o judiciales median en la relación de acogimiento, proveyendo de apoyo y cuidando que en los procedimientos se respeten todos los derechos del niño y los de su familia de origen. En particular, a ser oído, a cultivar su cultura y educación, a respetar su historia e identidad.”1

Introducción

Así, el acogimiento familiar es una medida válida ante contextos adversos cuando no ha sido posible preservar la convivencia en el vínculo primario de origen. Se propone en función de la necesidad de los NNyA como parte del Sistema de Protección de la Infancia de cada Estado. El ingreso de niños/as al sistema de acogimiento familiar debe ser siempre considerado de carácter temporal, de modo de realizar acciones en articulación con los organismos intervinientes en pos de la superación de la situación de vulneración de derechos de los NNyA a fin de lograr el egreso en el menor tiempo posible.

1  Acogimiento Familiar. Guía de Estándares para las prácticas. UNICEF – RELAF.

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Diferencias entre acogimiento familiar y programas de “referentes afectivos” Se entiende por referente afectivo o comunitario externo a la institución de alojamiento a toda persona que se constituya en una figura de apoyo y sostén emocional para el acompañamiento de un niño/a o adolescente durante el período de institucionalización y con el cual establezca una vinculación significativa. Posibilita un apoyo referencial afectivo, externo a la institución, para su acompañamiento durante la transitoriedad del alojamiento. Aquellos adultos que se relacionan cotidianamente con un niño/a o adolescente en diferentes espacios de socialización (por ejemplo, la escuela, el club, etc.) no son abarcados por esta definición. Los referentes deben cumplir con la normativa vigente de protección integral de derechos del niño/a y adolescente, presentar documentación respaldatoria y no estar inscriptos en un Registro de Aspirantes a Guardas Pre-adoptivas. Los programas que se enmarcan como figuras de “padrinazgo”, “familias recreativas” o “referentes afectivos” no desarrollan el acogimiento familiar ya que se trata de familias que mantienen un vínculo afectivo pero no mantienen una convivencia sostenida con el niño/a, solo realizan salidas recreativas, los alojan los fines de semana, vacaciones, etc.

Diferencias entre adopción y acogimiento familiar Según el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, Ley 26.994 de 2014, la adopción es una institución jurídica que tiene como objetivo proteger el derecho de NNyA a vivir y desarrollarse en una familia que le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades afectivas y materiales, cuando éstos no le pueden ser proporcionados por su familia de origen. La única posibilidad de que una familia pueda realizar una adopción es mediante la inscripción de la misma en el Registro de Aspirantes a 12

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Adoptar correspondiente al domicilio de residencia. Toda otra forma constituye apropiación. La adopción se rige por los siguientes principios:

5.

El interés superior del niño.

6.

El respeto por el derecho a la identidad.

7.

El agotamiento de las posibilidades de permanencia en la familia de origen o ampliada;

8.

la preservación de los vínculos fraternos, priorizándose la adopción de grupos de hermanos en la misma familia adoptiva o, en su defecto, el mantenimiento de vínculos jurídicos entre los hermanos, excepto razones debidamente fundadas.

9.

El derecho a conocer los orígenes.

10. El derecho de los NNYA a ser oídos.

Introducción

La adopción se concreta sólo por sentencia judicial y otorga al NNyA el estado de hijo, siendo esta una diferencia sustancial con los cuidados alternativos que promueve el acogimiento familiar y su transitoriedad.

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El acogimiento en clave federal

La Red Federal de Acogimiento Familiar fue creada en octubre de 2015 por representantes de programas de acogimiento familiar pertenecientes a los organismos de promoción y protección integral de niñez y adolescencia de distintas provincias y ONG argentinas. Tiene como objetivos:

• • •

Garantizar el derecho a la convivencia familiar y comunitaria de los NNyA privados de cuidados parentales en Argentina. Impulsar la sanción de una ley nacional de acogimiento familiar. Contribuir al fortalecimiento, actualización y sostenimiento de los programas de acogimiento familiar en Argentina a través del uso de una plataforma virtual que posibilite el conocimiento mutuo de los programas implementados en el territorio, como así también el intercambio de ideas, proyectos y convocatorias a encuentros o capacitaciones. Apoyar la creación de programas en las provincias que aún no lo han desarrollado.

La concreción de esta red llevó varios años y encuentros de trabajo entre los principales actores involucrados. A continuación se relatan los principales antecedentes.

Primeros contactos En el transcurso de 2013, profesionales del Programa Familias Solidarias de Rosario comenzaron un relevamiento de otros programas del país que estuvieran trabajando bajo una modalidad similar. Elaboraron un cuestionario y se contactaron con los profesionales

El acogimiento en clave federal

El camino transitado

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de equipos técnicos y funcionarios responsables de los programas de cada sede municipal, provincial u ONG. Esto no solo permitió conformar una primera base de datos sino que impulsó la posibilidad de gestar un encuentro entre los diversos programas de acogimiento familiar del país para intercambiar experiencias. Desde Familias Solidarias Rosario se consideró esencial, en vista a la perspectiva mundial, poder generar un punto de encuentro propiciando el debate que contribuyera a generar y fortalecer un espacio de pensamiento y construcción colectiva.

Primer Encuentro Interprovincial de Acogimiento Familiar Se realizó en Rosario, Santa Fe, el 21 y 22 de agosto de 2014 y contó con la organización de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe. Participaron profesionales, coordinadores, directivos y funcionarios responsables de programas de acogimiento familiar de Buenos Aires, CABA, Chaco, Córdoba, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Neuquén, Río Negro, San Luis, Santa Fe, Tierra del Fuego y Tucumán. En este primer encuentro se trabajó en talleres sobre difusión y convocatoria, acompañamiento a las familias de acogida y vínculo entre estas y las familias biológicas. En diversos paneles se compartieron experiencias, como las de San Luis, Neuquén y Fundación Emmanuel, y se expuso sobre el trayecto que la Red Latinoamericana de 16

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Acogimiento Familiar (RELAF) viene desarrollando en diversos países de la región. En el cierre de la actividad quedó determinado que, a 2014:

• •

17 provincias contaban con programas de carácter provincial. 2 provincias tuvieron sus respectivos programas, pero por falta de respuestas de la población y financiamiento dejaron de tenerlo. 3 provincias no tenían programas. 2 provincias tenían programas municipales o comunales.

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• •

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Esto totalizaba:

• •

21 programas provinciales y/o municipales o comunales 5 ONG con sus propios programas.

Como conclusión de este encuentro se destacó la necesidad de contar con una plataforma virtual en la que se congregasen los diversos programas, intercambiando materiales, información y noticias así como organizar y llevar a cabo encuentros regionales de programas. 18

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El acogimiento en clave federal


Segundo Encuentro Interprovincial de Acogimiento Familiar En esta ocasión la Ciudad Autónoma de Buenos Aires albergó estas jornadas concretadas el 13 y 14 de octubre de 2015. El encuentro contó con la organización del Programa Ieladeinu, Gobierno de la Provincia de Santa Fe, Municipalidad de Puan y Fundación NEP (con apoyo de RELAF y participación de UNICEF). Participación representantes de Ushuaia, provincia de Buenos Aires, Misiones, Neuquén, La Pampa, Municipalidad de Púan, Programa Municipal de San Martín, Río Negro, Santiago del Estero, Dirección General de Niñez y adolescencia del Gobierno de la CABA, Chubut, Santa Fe y de las ONG Nazaret, Fundación Emanuel, Familias del Corazón e Ieladeinu.

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El acogimiento en clave federal

Se trabajó sobre la modalidad de evaluación, capacitación y selección de familias para acogimiento familiar del Programa Ieladeinu, el kit de convocatoria de familias de acogimiento diseñado por RELAF, la modalidad de seguimiento y acompañamiento del programa de Acogimiento Familiar de Santa Fe y se realizaron talleres de intercambio de experiencias en torno a estas temáticas. También se profundizaron marcos legales vigentes y el valor del trabajo en red.

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El encuentro tuvo como resultado final la firma del acta, quedando de esta forma constituida la Red Federal de Acogimiento Familiar.

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Implementación de la Red Federal Como parte de la organización interna, la Red Federal se propuso contar con representantes por región (programas estatales) y por el conjunto de los programas pertenecientes a ONG. Las regiones –conformadas en función de la geografía, la proximidad y el contacto entre las mismas– son:

• • • • • •

Cuyo: La Rioja, Mendoza, San Juan y San Luis. NEA: Formosa, Chaco, Corrientes y Misiones. NOA: Catamarca, Jujuy, Salta, Tucumán y Santiago del Estero. Pampeana: Buenos Aires, CABA, Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe. Patagonia: Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa ONG: de todo el país.

1.

Promover la construcción de estándares mínimos de actuación para garantizar la unificación de prácticas a nivel nacional.

2.

Elaborar criterios de trabajo y articulación tomando en cuenta las particularidades regionales.

3.

Fortalecer los programas existentes.

4.

Fomentar el surgimiento de nuevos programas.

5.

Recabar materiales de interés para el sitio institucional de la Red.

6.

Obtener datos que puedan facilitar la elaboración de estadísticas.

Entre los desafíos visualizados por la Red se destacan:

• •

Garantizar la organización y el funcionamiento descentralizado, atendiendo a la división político administrativa federal. Consolidar canales de comunicación que fortalezcan la integración entre los diferentes programas.

El acogimiento en clave federal

Entre las principales funciones de los representantes de la Red se pueden enumerar:

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Para elaborar este primer informe, durante el transcurso de 2016 referentes regionales de la Red tomaron contacto con los programas de acogimiento familiar pertenecientes a la órbita estatal y con aquellos vinculados a las organizaciones de la sociedad civil que se han podido identificar.

Encuentros y mesas de trabajo A partir de 2015 se desarrollaron una serie de jornadas tendientes a profundizar el trabajo entre provincias, como así también al interior de las mismas, intercambiando información de cada uno de los dispositivos para potenciar y consolidar los mismos. A continuación se presenta una síntesis de los encuentros que se llevaron a cabo hasta finales de 2016.

Jornadas Patagónicas de Acogimiento Familiar Se realizaron el 4 y 5 de junio de 2015, en General Roca, Río Negro, bajo el lema “Acompaña su presente, posibilitando un mejor futuro”. Su objetivo fue dar conocer a la comunidad el acogimiento familiar y sensibilizar a la población, fortaleciendo la campaña de difusión, así como también compartir experiencias y trayectorias que enriquezcan las prácticas en torno al acogimiento. Participaron profesionales de diversas localidades rionegrinas, entre ellas General Roca, Bariloche, Viedma, Cipolletti y Allen, 24

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Entre otros ejes, se trabajó sobre el encuadre legal del acogimiento familiar, pudiendo identificar que, a excepción de Tierra del Fuego, ninguna otra provincia de la Patagonia contaba con legislación específica sobre esta práctica. Esto genera ciertas dificultades en la práctica del acogimiento, identificadas como comunes en todos los equipos, entre las que cabe mencionar el acceso a la obra social de la familia acogedora, entre otras. También se intercambiaron instrumentos teóricos útiles para las prácticas, orientados a ajustar y nutrir los procesos de evaluación, en pos de aunar criterios. Asimismo, a partir del relato de una familia solidaria se pudo visualizar la experiencia, sensibilizar a los presentes y pensar ésta como una estrategia de difusión del acogimiento familiar. Estas jornadas posibilitaron la identificación de profesionales/trabajadores que desarrollan las mismas tareas en otras provincias y

El acogimiento en clave federal

Jacobacci, Las Grutas, San Antonio Oeste y Villa Regina, además de referentes de las provincias de Neuquén, Buenos Aires (Patagones) y Chubut (Esquel).

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localidades, afianzando así los vínculos para una red interprovincial. También resaltaron la importancia del trabajo en equipo en pos de fortalecer la práctica del acogimiento.

Jornada Regional sobre Acogimiento Familiar Alternativo

Misiones, Posadas, fue la sede de esta jornada realizada el 16 de septiembre 2016. Sus objetivos fueron fortalecer los procesos institucionales y las acciones tendientes a garantizar los derechos de los NNyA sin cuidados parentales en ámbitos de acogimiento familiar alternativo y analizar las experiencias y prácticas regionales respecto al acogimiento alternativo a fin de avanzar en el diseño de estándares unificados de buenas prácticas. Participaron profesionales, coordinadores, directivos y funcionarios responsables de programas de acogimiento familiar, representantes de la región NEA, de Santa Fe y del departamento de Itapúa, Paraguay. En el cierre de la jornada quedaron determinadas las diversas formas y/o variables en modalidades de acogida familiar en la región NEA y Paraguay. Misiones, Corrientes y Formosa hallaron similares obstáculos, aunque los procesos y la implementación de los programas diferían de alguna manera en los procesos de selección y acompañamiento en la acogida. 26

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Se determinó la necesidad de elaborar una nomenclatura que contemple todos los formatos de acogimiento existentes, como así también intercambiar materiales y normativas que pudiesen ayudar a formalizar y/o legislar los programas vigentes. Además, dada la proximidad limítrofe, se pautó continuar con el proceso de trabajo en la región, intercambiando con los representantes y referentes gubernamentales de Paraguay.

Encuentro Provincial de Acogimiento Familiar Se llevó a cabo el 23 de septiembre de 2016 en la ciudad de Santa Fe y estuvo destinado a operadores y profesionales del Programa de Acogimiento Familiar de la provincia. Fue la primera vez desde el nacimiento del programa que se llevó adelante una jornada de estas características, en la que se reunieron los equipos de acogimiento para trabajar de manera conjunta las distintas situaciones que atraviesa cotidianamente la temática. Participaron miembros del programa de las direcciones de niñez de Santa Fe y Rosario y de las delegaciones regionales de Rafaela, 28

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Reconquista, Vera, San Lorenzo y Villa Constitución.

Así se plantearon algunos interrogantes: ¿Qué acompañamiento realizan desde el equipo? ¿Qué desafíos han tenido que enfrentar? ¿Qué situaciones se han presentado que consideraron desafíos, problemas? ¿Cómo fueron abordadas? ¿Cuáles son aquellos signos considerados de alarma? ¿Qué abordaje es posible? Como conclusión de esta jornada se puede señalar: las particularidades que el acogimiento presenta según la región provincial en la cual se lleva adelante; la diversidad en la composición de los equipos en cuanto a cantidad y perfiles de los profesionales y el impacto que tiene en la práctica; la riqueza en el intercambio de experiencias y la necesidad de que al menos dos veces al año se lleven adelante encuentros y el poder recolectar datos periódicos que aporten a la construcción de indicadores asociados al acogimiento en la provincia y la sistematización posterior de los mismos.

El acogimiento en clave federal

Entre las temáticas abordadas se destacan la conformación de equipos, las diferentes situaciones (familias ampliadas o de la comunidad y familias solidarias), los criterios de admisión de las familias y la creación de vínculos entre el niño y la familia seleccionada.

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Primer Encuentro de Acogimiento Familiar Buenos Aires

Realizado el 17 de noviembre de 2016, en Ensenada, provincia de Buenos Aires, bajo el nombre “Construyendo buenas prácticas”. Contó con la participación del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia, la Dirección Provincial de Promoción y Protección de Derechos e integrantes de la Red Federal de Acogimiento Familiar, del Programa Familias Solidarias de Rosario, Santa Fe, de los programas de acogimiento familiar de CABA y del Municipio de San Martín y de la Fundación Emmanuel.

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Entre las temáticas abordadas resalta el proceso de selección de familias y las experiencias respecto del seguimiento y supervisión de casos.

El 18 de noviembre de 2016 se realizó en la Universidad de Flores, sede Regional Comahue, un encuentro de trabajadores de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de Río Negro dedicado a la modalidad “Familias Solidarias” que se desarrolla en distintos puntos de la provincia. Se reunieron los equipos de General Roca, Cipolletti, Bariloche y Viedma, donde se implementa esta modalidad, y asistieron también autoridades del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia.

El acogimiento en clave federal

Encuentro de trabajadores, modalidad “Familias Solidarias”

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Sus objetivos fueron abordar estrategias de planificación y difusión del programa, lograr una nomenclatura común a los equipos, perfeccionar protocolos comunes de intervención y avanzar en la necesidad de que Familias Solidarias sea un programa y no una modalidad. También se planteó la necesidad de fortalecer esta práctica en otras localidades de la provincia.

Seminario RELAF 2016 La Red Federal participó del Seminario RELAF 2016 “Desinstitucionalización y prevención de la separación. Construyendo los subsistemas de protección de niños sin cuidados parentales”, realizado en Panamá el 12, 13 y 14 de octubre de 2016. Fue parte del “Taller Simultáneo II: La práctica del acogimiento familiar, las experiencias de generación de programas nuevos: aprendizajes, nudos críticos, resultados”. Además, presentó el informe “Obstáculos, avances y desafíos en el proceso de constitución de la Red Federal de Acogimiento Familiar en Argentina”.

Mesa de trabajo “El acogimiento familiar en Argentina. Relevamiento, análisis y buenas prácticas” El 16 de noviembre de 2016 se llevó a cabo una mesa de trabajo sobre el análisis de la situación del acogimiento en la Argentina que contó con la presencia de SENAF, la Dirección General de Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Buenos Aires, UNICEF Argentina, la Red Federal de Acogimiento Familiar, el Programa de Acogimiento Familiar y Área de Supervisión y Monitoreo de CABA, la Dirección de Promoción de Derechos y Prevención del Maltrato Infantil, el Programa Ialadeinu y el Programa de Acogimiento Familiar de Rosario.

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Allí se presentó el Informe de Relevamiento Preliminar de la Situación del Acogimiento familiar en la Argentina y se establecieron acuerdos de articulación y trabajo con las autoridades, orientados a continuar la consolidación del programa de acogimiento familiar como política pública nacional. En ese sentido, la Dra. Bendel, de la SENAF señaló la existencia de diferencias regionales y destacó la importancia de trabajar con protocolos comunes y recursos sostenidos y planificados de la política pública. A su vez, se comprometió a que la temática tenga un espacio en el próximo Consejo Federal. Así se concluyó en la necesidad de establecer estándares mínimos de la práctica respetando las diferencias regionales y la SENAF propuso adaptar la capacitación en acogimiento familiar a nivel nacional según las identidades culturales. También se incluirá la temática del acogimiento familiar en el Plan de Capacitación Nacional que posee SENAF con CASACIDN (Comité Argentino de Seguimiento de la Aplicación de la Convención de los Derechos del Niño) y la Red brindará apoyatura en ello.

Por su parte, UNICEF ofreció apoyo en la temática en las diferentes instancias que consideren SENAF y la Red. Propuso también participación de la Red en el ámbito que han desarrollado a partir de la “Red de jueces comprometidos con la niñez” donde hay un representante por tribunal superior de cada provincia. Se trataría de utilizar ese espacio para informar acerca del acogimiento familiar al Poder Judicial con el objetivo de sensibilizar y empoderar este tipo de políticas.

El acogimiento en clave federal

Asimismo, se planteó la necesidad de pensar en una Ley Nacional de Acogimiento Familiar y en un Registro Nacional de Familias de Acogimiento.

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Actualidad del acogimiento en Argentina

La información que se presenta a continuación es el resultado de un trabajo de elaboración de cada uno de los programas a partir de una ficha diagnóstica elaborada por la Red con el objetivo de recabar información de mínima sobre el funcionamiento de todos aquellos en actividad, abriendo a la posibilidad de ampliar la información que les resulte pertinente de acuerdo a la antigüedad, experiencia, cantidad de sedes, de profesionales y caudal de familias activas etc.

Centro Buenos Aires, CABA, Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe Ciudad Autónoma de Buenos Aires

El Programa Amas Externas, creado en 1969 por el antiguo Consejo Nacional del Menor y la Familia, es un antecedente de los programas de acogimiento familiar estatales desarrollados en la ciudad de Buenos Aires. Se enmarcaba en la Ley 10.903, conocida como Ley de Patronato, e intentó constituirse como un avance en las condiciones de atención de niños/as privados de cuidados parentales respecto del alojamiento en macro instituciones. Sin embargo, las concepciones ideológicas de la época acerca de la familia y el niño dieron una impronta particular a los lineamientos de abordaje de la problemática, relegando los derechos de los niños/as y adolescentes. Posteriormente se inició un período de auge de los llamados “programas alternativos”, instalando el tema con mayor visibilidad en la agenda social y política. En la década del 90, con la sanción de la CDN, se impone la necesidad de adecuarse al nuevo paradigma del niño como sujeto de

Actualidad del acogimiento en Argentina

Programa de Acogimiento Familiar

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derecho. El Consejo Nacional del Menor y la Familia crea el Programa de Tratamiento Familiar Alternativo y se produce un gran número de derivaciones de niños/as a estas modalidades, con el objetivo manifiesto de iniciar un proceso de desinstitucionalización. Se contaba en ese momento con los programas Amas Externas, para niños/ as de hasta 5 años, para plazos previstos de corta permanencia, y Pequeños Hogares con familias cuidadoras, para niños hasta la mayoría de edad, preferentemente grupos de hermanos, considerando una mediana a larga permanencia. Tanto Amas Externas como Pequeños Hogares fueron desmantelándose paulatinamente hasta 2005, cuando dejaron de funcionar, al tiempo de la sanción de la Ley 26.061 que implicó la transferencia de programas por parte de la Nación a la Ciudad de Buenos Aires. Dichos programas fueron motivo de críticas por parte de los organismos de infancia, ya que presentaron muchas dificultades debido a la falta de supervisión, la extensión de los tiempos de permanencia de los niños/as y el escaso trabajo con las familias de origen. Finalmente, en 2006 se sanciona en el ámbito de la ciudad la Ley 2.213 de Acogimiento Familiar, que crea el Sistema de Acogimiento Familiar Transitorio, entendido como “el cuidado de forma integral, temporal y no institucional, brindado por una familia alternativa de convivencia al niño, niña o adolescente, cuando medie inexistencia de su grupo familiar de pertenencia, se encuentre privado de él en forma temporal o exista medida judicial o administrativa”. Este se enmarca en la Ley 114 de CABA y en la Ley Nacional 26.061, sancionada un año antes. Establece la existencia de un plazo del acogimiento que no puede exceder de los tres meses, prorrogables por decisión de la autoridad competente, y la previsión de alojamiento de un niño/a por familia, así como el sistema de monitoreo de la atención integral, siendo en este sentido superador de los antiguos programas de Amas Externas y Pequeños Hogares. La ley se reglamenta recién en 2014 mediante el Decreto 06/2014 del Ministerio de Desarrollo Social. Durante esos años, entre la sanción de la ley y su reglamentación, no se desarrollaron programas estatales de acogimiento, ni fue un tema relevante en la agenda política. La práctica siguió desarrollándose a través de organizaciones de la sociedad civil que establecieron convenio con la Ciudad de Buenos Aires. 36

Situación del acogimiento familiar en Argentina


A fines de 2014, con el impulso del equipo que hoy se encuentra desarrollando el programa y la decisión política de dar cumplimiento a la ley, se reglamenta la misma y se lanza el Programa de Acogimiento Familiar dependiente de la Dirección General de Niñez y Adolescencia de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano (Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires). Para su despliegue y efectivización se toma en consideración las experiencias de dificultades en la implementación de los programas anteriores, focalizando su accionar en la selección, los tiempos de alojamiento y el monitoreo de los procesos.

El programa posee una instancia de evaluación de familias postulantes mediante un convenio con la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires para la tramitación del apto psicológico. El mismo consta de entrevistas individuales, de pareja, familiares, test proyectivos, trabajo sobre la historia y dinámica familiar, vínculos, proyecto de acogimiento, modalidad educativa y de crianza. Una trabajadora social y una psicóloga realizan la evaluación social, que consta de un socio-ambiental y entrevistas familiares domiciliarias. Se evalúa si la vivienda posee las características adecuadas al proyecto, el estilo familiar, los vínculos, la red social de apoyo y los recursos materiales y simbólicos disponibles. Las familias postulantes deben residir en la ciudad de Buenos Aires y presentar como documentación obligatoria los certificados de antecedentes penales, de no deudores alimentarios, de no inscripción en el RUAGA o DNRUA (registros de postulantes a adopción). Deben

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El programa cuenta solo con familias ajenas. En lo que concierne a familias extensas, dicha modalidad es considerada como parte de las políticas de fortalecimiento familiar y queda a cargo del Consejo de Derechos de Niños/as y Adolescentes (órgano administrativo local). Posee un protocolo de intervención, un manual de procedimientos y un equipo conformado por profesionales psicólogos y trabajadores sociales. Los niños/as ingresan bajo una medida de protección de derechos dictada por el organismo administrativo local. Cuenta además con un registro mensual de cantidad de niños/as alojados y una sistematización de la información.

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participar en las capacitaciones obligatorias antes y durante los procesos de acogimiento, de modo de realizar las actualizaciones correspondientes y contar con las herramientas técnicas necesarias al buen desempeño de su función (reanimación cardio-pulmonar – RCP–, circuito de protección de derechos y capacitación sobre rol del acogedor). A su vez se implementan también reuniones mensuales grupales, abordando diferentes temáticas con todas las familias de acogimiento, coordinadas por profesionales del equipo. Cada familia recibe una tarjeta destinada a gastos de manutención del niño/a mientras dure el tránsito, con un importe mensual equivalente al 85% del salario mínimo vital y móvil. Se entrega un kit de inicio compuesto por insumos y mobiliario básico adecuado a la edad. Las familias de acogimiento cuentan en su comunidad con el acceso a la atención integral de los niños que acogen, a través del Sistema Público de Salud, Educación y Recreación, utilizando los mismos recursos que la población de su territorio. Se producen entonces intercambios y se visibiliza la modalidad de manera positiva, posibilitando su conocimiento y difusión.

Gran Buenos Aires Familias de Acogimiento (San Martín) En el Gran Buenos Aires hay un solo programa a nivel estatal, de orden municipal. Se desarrolla en el municipio de San Martín y se denomina Familias de Acogimiento. Comienza a diseñarse en 2013, cuando el municipio aprueba su creación entrando en funcionamiento desde 2014 hasta la actualidad. Además de la legislación provincial (Ley 13.298) y la nacional (26.061) que lo enmarcan, se encuentra a la espera de una ordenanza propia que regule su accionar. El equipo de trabajo está compuesto por un director y dos profesionales: una psicóloga y una trabajadora social. Su funcionamiento no ha sido modificado tras el cambio de autoridades provinciales y nacionales (2015), aunque sí se tomaron en cuenta algunos requerimientos de documentación nuevos, como la solicitud de deudores alimentarios que hasta el momento no se solicitaba. Además cuenta con protocolo de intervención y un registro mensual de los niños alojados y de las familias a cargo. 38

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En estos años mantuvo articulaciones con diferentes programas similares para conocer e interiorizarse de distintas experiencias. Al momento de realizar el informe en el programa había cuatro niños y cinco familias, distinguiendo entre familia extensa y ajena.

Resto de la pcia. de Buenos Aires Sistema de amas (Bahía Blanca) El programa se presenta como una modalidad alternativa al alojamiento en instituciones. Su objetivo es que el niño/a sea reconocido como ciudadano sujeto pleno de derechos. Efectúa un seguimiento a los niños alojados y distingue entre familia extensa y ajena. Se trata de un programa municipal y funciona desde 1986. El marco regulatorio que fundamenta su accionar es la Ley Nacional 26.061 y la Provincial 13.898 y posee protocolos de intervención para su desarrollo. El equipo está compuesto por un coordinador, un secretario, dos psicólogos y dos trabajadores sociales, no habiendo sufrido cambios en los últimos tiempos.

Como antecedente de la implementación del acogimiento en Puan, desde 2010 el Área de Niñez, Adolescencia y Familia de la municipalidad implementa en las diferentes localidades del distrito un programa de acogimiento familiar integrado por un equipo técnico de profesionales de psicología y trabajo social. Desde sus inicios desarrolla y participa en jornadas de la temática con el apoyo de la Municipalidad de Puan, RELAF y el Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños. En 2016 se formaliza como “Programa de Acogimiento Familiar” mediante la Ordenanza 6420/16 del Concejo Deliberante de la ciudad de Puan, dentro del marco de la Ley Provincial 13.298 y de la Ley Nacional 26.061. En la actualidad desarrolla todas las instancias del acogimiento: difusión, evaluación, selección y seguimiento de las familias de acogimiento del distrito.

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Programa de Acogimiento Familiar (Puan)

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Establece como requisitos para ingresar como postulante al programa el ser mayor de 21 años, estar interesada/o en brindar cuidados a NNyA, aceptando vincularse con sus familias de origen. Es indiferente el estado civil de la persona de acogida y debe poseer una diferencia mínima de 15 años con el niño/a. Además, la familia debe realizar previamente actividades de capacitación y aceptar ser evaluados por el equipo interdisciplinario. Familias Solidarias (General Alvarado, partido de Miramar) En agosto de 2016 se formalizó el Programa Familias Solidarias con la intención de elaborar un registro de familias interesadas en constituirse en familias de tránsito. Fue impulsado desde la Intendencia de General Alvarado y por la Dirección de la Niñez, organismo dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano. El equipo de trabajo cuenta con una trabajadora social y una psicóloga. Brinda además capacitaciones, apoyo, sostenimiento y seguimiento a las familias. El objetivo del programa es apuntalar a las familias que estén en crisis como una respuesta solidaria, de una familia a otra familia en dificultad, desde una actitud complementaria y no sustitutiva. Como requisitos se plantea que las familias no pueden estar inscriptas en registros de adopción, no deben tener antecedentes penales ni estar en registros de deudores alimentarios. Además deben realizar y aprobar las evaluaciones psicológica y socio-ambiental. Dado que el registro no es exclusivamente para familias de General Alvarado, el programa puede incluir a familias de otras localidades de la zona, para casos de niños que no estén en edad escolar. El trabajo con las familias incluye el resguardo de la identidad y el domicilio de las mismas, teniendo en cuenta las situaciones de conflicto que se presentan. En aquellos casos en que se resuelva que los niños/as no pueden volver con sus familias de origen y se declare su adopción, las familias del programa participan en el proceso de vinculación con la familia adoptante. Si bien se trata de un programa que se aplica a nivel municipal, se articula con el Servicio Zonal, que ejerce el control y la supervisión 40

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de los casos y lo coordina la Dirección Provincial de Protección de los Derechos de la Niñez de La Plata. Familias Solidarias (Tandil) Desde 2015 funcionaba en esta ciudad el Programa Familias Comunitarias, que impulsaba la Secretaría de Niñez y Adolescencia de la localidad, y que fue actualizado bajo la nueva gestión provincial el 6 de octubre de 2016. Así pasó a denominarse Familias Solidarias, respondiendo a la incorporación al circuito de la Dirección Provincial de Promoción y Protección de Derechos del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia.

El municipio impulsa el programa realizando la convocatoria de familias y el seguimiento de las mismas es acompañado por el Servicio Zonal, que cuenta con equipos interdisciplinarios. Dichos equipos están a cargo también de las capacitaciones. La provincia de Buenos Aires, a través de la Secretaría de Niñez y Adolescencia, brinda un aporte económico a esas familias a través del municipio, para que se puedan garantizar las necesidades básicas de los niños/as. Está proyectado para funcionar con 20 familias. Como requisitos destacados se puede mencionar que las familias no se encuentren inscriptas en el registro de adoptantes, tengan antecedentes penales ni sean deudores alimentarios. Se incluyen en el programa familias con hijos y monoparentales y pueden recibir uno o más niños/as si se trata de hermanos. En el caso de un número mayor, se tiene en cuenta para la ayuda económica.

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El programa contempla como población objetivo a niños/as de 0 a 18 años que transitan una medida de protección especial y busca especialmente a familias para el alojamiento de niños/as más grandes. Está financiado por la provincia de Buenos Aires y el municipio es el encargado de evaluar y seleccionar a las familias según varios requisitos. El fin es posibilitar que los niños, niñas y adolescentes que no pueden vivir con su familia de origen lo puedan hacer de manera excepcional, subsidiaria y transitoria, en una familia comunitaria.

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Familias Solidarias (Coronel Dorrego) Cuenta con una ordenanza que respalda su funcionamiento, posee protocolos de intervención y el equipo profesional del Servicio de Promoción y Protección de Derechos (abogado, trabajadora social y psicólogas) realiza el seguimiento de las situaciones. Se incluye en el Proyecto de Familias Solidarias que la Dirección de Niñez de la Provincia de Buenos Aires lanzó en 2016. El programa ha organizado jornadas de capacitación con el apoyo de RELAF y de la localidad de Puan, en las que participaron los Servicios de Promoción y Protección de Coronel Dorrego y localidades vecinas, la sociedad civil y representantes de salud, educación y de los Servicios de Protección y Promoción de Derechos. Bajo el Ala (Pigüé, partido de Saavedra) Como antecedente en este distrito se puede mencionar que en 2004 y por dos años se implementó el programa Familias que Suman. Luego de sufrir varios cambios, en 2011 pasa a denominarse Bajo el Ala. Este programa funciona para todo Saavedra desde Pigüé, ciudad cabecera del distrito. Contaron con el apoyo de RELAF en el nuevo lanzamiento y en la capacitación del proyecto. Bajo el Ala es el único programa de acogimiento familiar del distrito. El Servicio Local de Niñez se encarga de impulsar el programa a nivel local y de participar en la selección, capacitación y supervisión de las familias de acogimiento. Uno de los objetivos del programa es también lograr la desinstitucionalización de las niños/as del hogar existente en el distrito.

Municipios con programas de acogimiento, en convenio con la provincia de Buenos Aires, iniciando su implementación o sin funcionamiento aún La Plata En 2014, la Secretaría de Niñez y Adolescencia de la provincia de Buenos Aires presenta el programa Familias Comunitarias en la ciudad de La Plata, destinado a familias dispuestas a recibir niños sin 42

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cuidados parentales que se encuentren bajo una medida de protección especial transitoria. La iniciativa se financiaba desde el Estado provincial a través de los municipios. Las comunas debían evaluar y elegir a los aspirantes, según diversos requisitos, como que no estén inscriptos en el registro de adoptantes, que no tengan antecedentes penales ni deban cuotas alimentarias, entre otros. Su objetivo era posibilitar que los niños, niñas y adolescentes que no pudieran vivir con su familia de origen, lo hicieran de manera excepcional, subsidiaria y transitoria, en una familia comunitaria. En la actualidad la Secretaría de Niñez y Adolescencia de la provincia de Buenos Aires, con las nuevas autoridades, impulsa la inclusión de todos los municipios en el Programa Familias Solidarias que reemplaza al de Familias Comunitarias, con la intención de homogeneizar prácticas de acogimiento y establecer estándares mínimos de actuación. Necochea

En abril de 2015 se firmó un convenio entre la Secretaría de Niñez de la Provincia y el municipio para la creación del Programa Familias Comunitarias. Su objetivo era que se cumpliera con la medida de protección en el ámbito de una familia del propio municipio de Necochea, convocando a familias para el alojamiento temporal de chicos sin cuidados parentales. Los plazos establecidos no podían exceder los 180 días que dictaba la ley y el Estado brindaría un apoyo económico a las familias. La iniciativa se financiaba desde la provincia y el municipio realizaba la convocatoria y evaluación. Las familias que resultaron seleccionadas quedaron inscriptas en el Registro Unificado de Niñez y Adolescencia (REUNA) y la admisión al programa se realizó a través del Servicio Local y el Servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos, a fin de determinar las necesidades de cada niño, niña y adolescente, las estrategias planteadas y las características de la familia que estaría en condiciones de efectivizar la medida de protección.

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En este distrito se contaba con un programa local a nivel municipal que se denominaba Familias Cuidadoras, pero que en los últimos años no funcionó.

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En 2016 la Dirección Provincial de Promoción y Protección de Derechos de la Secretaría Provincial de Niñez y Adolescencia reemplazó el programa Familias Comunitarias por Familias Solidarias, al cual adhirió Necochea. Hasta el momento el programa no cuenta con equipo propio y funciona con el mismo equipo del Servicio Local de Protección de Derechos: trabajadores sociales, psicólogos y abogado. No tienen aún protocolo de intervención, no distinguen entre familia extensa y ajena y se encuentran en los inicios de su implementación. San Cayetano El municipio, que contaba con un programa previo, adhirió en 2016 al Programa Familias Solidarias. Las familias que se encontraban inscriptas en el programa anterior comenzaron a adecuarse paulatinamente a las nuevas normativas. El programa ya convocó a familias interesadas en brindar atención y cuidado a los niños/as y adolescentes hasta 18 años que, producto de vulneración de sus derechos, deban ser separados de su grupo familiar de origen, integrándolos transitoriamente en familias solidarias. El Servicio Local de Derechos del Niño y Adolescente realizará el seguimiento de los niños/as. Moreno Este municipio se encuentra armando un protocolo de intervención para poner en funcionamiento el Programa Familias Solidarias bajo la órbita municipal. Tuvieron experiencias anteriores de acogimiento familiar pero la meta es profesionalizar la práctica, ya que no habían logrado establecer protocolos ni realizar un seguimiento exhaustivo. Se acercaron a otros programas de acogimiento para interiorizarse acerca de su funcionamiento. Cuentan con una psicóloga y una trabajadora social. A futuro En este apartado es importante destacar, también, a aquellos municipios que estarían interesados en implementar un programa de 44

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acogimiento familiar y efectivizar un convenio con el Organismo Provincial de Niñez e Infancia. Se trata de Campana, Carmen de Patagones, Lanús, Lomas de Zamora, 9 de Julio, Roque Pérez y Quilmes.

Córdoba El Programa Familias para Familias se inició en 2008 mediante la Resolución 38 de ese mismo período, recuperando antiguas experiencias llevadas adelante por el Consejo Provincial de Protección al Menor. Es llevado adelante por la SENAF.

Según un relevamiento realizado en 2014, el programa es el que convoca, selecciona y acompaña a los grupos familiares en el proceso de acogimiento, trabajando en forma articulada y simultánea con el Programa de Revinculación Familiar. Ambos conforman el Sistema de Acogimiento Familiar que involucra los dos procesos, por un lado el de acogimiento del niño/a en un grupo familiar y por otro la serie de encuentros semanales entre el niño/a y su grupo familiar biológico, extenso y comunitario. Esto permite evaluar alternativas para el retorno del niño/a a su centro de vida y, cuando no las hay, se procede al cese de la intervención con el consecuente “cese de la medida excepcional”, quedando desde ese momento el niño/a a disposición del Juez de Niñez que decreta el estado de adaptabilidad del mismo y su incorporación a un grupo familiar adoptivo. El acompañamiento al grupo familiar que aloja al niño/a consiste en entrevistas en el domicilio con una frecuencia quincenal o mensual de acuerdo al caso, considerando que la familia asiste semanalmente a la sede de la Dirección para participar de los encuentros revinculatorios. Así, existe comunicación con el equipo que realiza el acompañamiento y se establecen visitas que permiten relevar situaciones que en muchas oportunidades la familia solo puede transmitir en espacios de mayor privacidad. En los casos en los que no se dan procesos revinculatorios las visitas en el hogar de la familia se dan con mayor frecuencia.

Actualidad del acogimiento en Argentina

Se evidencian registros de funcionamiento de dicho programa en las ciudades de Córdoba, Río Tercero, San Francisco, La Carlota y Río Cuarto.

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Actualmente Familias para Familias cuenta con dieciocho psicólogos y tres trabajadores sociales, tiene un registro de niños alojados y familias acogedoras que distingue entre familias ampliadas y ajenas al niño y utiliza además un protocolo de intervención de todos los casos.

Entre Ríos Esta provincia cuenta con antecedentes de acogimiento familiar desde 1997. Se trata de una política que se ha ido modificando de acuerdo a los ejes de gestión y lineamientos y evaluaciones permanentes. En 2004 se inicia el denominado Programa Familias Acogedoras que, para 2014, dependía del Departamento de Capacitación de Recurso Humano, Servicios de Integración Familiar. El equipo estaba compuesto por dos profesionales, una psicopedagoga y una trabajadora social. Aunque un año después el programa ya no estaba en ejecución. Actualmente se encuentra en estudio la elaboración de una nueva resolución.

Santa Fe El Programa Familia Sustituta, cuyo origen se remonta a la década del 70, constituye el antecedente en materia de acogimiento de esta provincia. En junio de 2007, mediante la Resolución 465, nacía el Programa Familias Solidarias por disposición de la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria que tenía a su cargo la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. Fue el primer dispositivo creado por ese organismo bajo el paradigma de la protección integral. En 2012 se llevó a cabo una reformulación integral del Programa Familias Solidarias (Resolución181/12), buscando optimizar su funcionamiento. A continuación se detallan los cambios fundamentales:

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Se fijó un marco normativo acorde a la legislación vigente, estableciendo los objetivos, lineamientos y principios rectores.

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Se especificó la población que podía formar parte del nuevo Registro de Familias Solidarias, incorporando el requisito de que los aspirantes no debían estar inscriptos en el RUAGA (Registro de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos). Se redefinió la instancia de admisión, compuesta por una serie de encuentros/entrevistas y el proceso de acompañamiento/ seguimiento del niño/a y de la familia solidaria. Se creó y estableció el denominado “proceso de desvinculación” del niño/a respecto de la familia solidaria. Tiempo en el que se amplía el contacto entre el niño/a y su familia, logrando que el retorno al seno familiar sea progresivo, así como también la partida de la familia solidaria. Se propició la posibilidad de que familia biológica y solidaria entren en contacto (cuando las condiciones así lo permiten), se conozcan y, eventualmente, tras el retorno del niño o niña con su familia, mantengan el vínculo.

A partir de abril de 2015 la denominación del dispositivo paso a ser Programa de Acogimiento Familiar, contando con dos líneas de abordaje: Familia Ampliada y de la Comunidad (familias con vínculo previo con la niña o el niño) y Familias Solidarias (familias ajenas al niño y su situación). En virtud de esta modificación, se han adaptado además todos los protocolos de intervención, ya que se entiende que el acompañamiento difiere según la línea de abordaje. Especialmente en Familia Ampliada el trabajo se centra en el fortalecimiento familiar y en la construcción y puesta en funcionamiento de redes institucionales que acompañen a estos grupos familiares. Actualmente el Programa de Acogimiento Familiar de Santa Fe cuenta con doce psicólogos, ocho trabajadores sociales, un abogado, una terapista ocupacional y un operador, es decir un total de veintitrés personas, distribuidas en siete sedes; dos direcciones provinciales y cinco delegaciones regionales. Algunos de estos profesionales desempeñan funciones en el programa y en otro espacio de la misma institución.

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Para poder llevar adelante todo lo mencionado se incrementó la cantidad de profesionales que pasaron a formar parte del programa en las diversas dependencias de la Subsecretaría de Niñez.

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Como parte de la práctica cotidiana se realiza el acompañamiento a todas las familias miembros del Programa y el trabajo con los NNyA alojados de manera directa y/o indirecta. Entre los servicios que proporciona el dispositivo se destina a cada familia acogedora un subsidio mensual por niña o niño alojado.

Cuyo La Rioja, Mendoza, San Juan y San Luis. La Rioja Esta provincia cuenta con centros residenciales para el alojamiento de niñas, niños y adolescentes, pero no ofrece un programa de acogimiento familiar.

Mendoza En 1987 funcionaba el programa Familia Cuidadora o Familia Externa, que en 2011 pasó a denominarse Apoyo Familiar. En ese año dependía de la Dirección de Restitución de Derechos, de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos. En el transcurso de 2014 contaba con un equipo profesional de cuatro integrantes, quienes realizaban la admisión y el acompañamiento de las familias. Se destacaba el aporte de un subsidio económico a la familia acogedora que “garantizaba derechos básicos”, según palabras de referentes del equipo. En 2016, ante una serie de dificultades que el programa debió afrontar en casos puntuales, se tomó la decisión institucional de discontinuarlo. Desde ese momento solo se realiza apoyatura a familias extensas, no contando más con el recurso de las familias ajenas. Sin embargo, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DiNAF) firmó un convenio con la Asociación Voluntarios de Mendoza (AVOME), que cuentan con el programa Familias Temporarias, cuya práctica se corresponde con el acogimiento familiar. 48

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San Juan Si bien en esta provincia funcionaba un programa de acogimiento llamado Familias solidarias, en 2014 la experiencia no se encontraba vigente. La falta de respuestas de la población y la carencia de presupuesto hicieron que la práctica no tuviera continuidad y sostén en el tiempo. En ese momento solo disponían de un grupo reducido de familias que estaban en condiciones de alojar ante situaciones puntuales y esporádicas. En agosto de 2016 la gestión manifestó que existía un proyecto para contar con un programa de estas características y que era inminente su lanzamiento.

San Luis En 2004 esta provincia dictó una ley que prohibía toda institucionalización de personas por situación de vulnerabilidad o falta de cuidados familiares y legisló la puesta en marcha del sistema de Familia Solidaria como respuesta a la desinstitucionalización, conforme Ley IV 0093-2004.

Al momento de realización de este informe el subprograma Familia Solidaria, dependiente del Programa de Desarrollo Humano y Protección social del Ministerio de Desarrollo Social, trabaja con licenciados en psicología, trabajo social, acompañantes familiares, acompañantes terapéuticos y personal idóneo. Asimismo cuenta con el dispositivo de Guía para padres, que trabaja con los familiares de quienes se encuentran incluidos en Familia Solidaria, como así también las familias que han asumido de manera transitoria la guarda de niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores que se encontraban en riesgo social o situación de vulnerabilidad. A partir del cambio de autoridades provinciales que han asumido en sus funciones el 10 de diciembre de 2015, el subprograma

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Por otra parte, en 2012 se aprobó la Ley 0808-2012, Plan Estratégico de Niños y Adolescentes 2011-2021 San Luis con los Niños, Niñas y Adolescentes.

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continúa trabajando de acuerdo a sus orígenes, pero se debe destacar la presentación a la legislatura provincial del proyecto de ley de Sistema de Protección Integral de Familia Solidaria que había sido modificado en 2013 (IV–0871-2013). Dicho proyecto reafirma el carácter de transitorio de las familias solidarias, especialmente en el caso de NNyA, hasta tanto se resuelva la situación de los mismos, ya sea la restitución a su familia biológica, una vez que hayan desaparecido las circunstancias que lo colocaban en situación de riesgo social, o la declaración en estado de adoptabilidad para que el registro único de adoptantes localice una familia adoptiva. Familia Solidaria cuenta con un registro de familias que incluye a las familias ajenas y extensas de los niños bajo una medida de protección excepcional, abordando las situaciones mediante un protocolo de intervención.

Noreste Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones Chaco En 2015, el Decreto 1727 dio origen al Registro de Familias Acogedoras, disposición que fue refrendada en el transcurso de 2016 por la Resolución Ministerial 1010. Funciona dentro de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y establece, entre las obligaciones de la familia acogedora, las de cubrir las necesidades elementales como alimentación, educación y salud, propiciar el contacto con la familia de origen y facilitar la socialización entre el niño y los potenciales adoptantes o familia de origen. Además se solicita a las familias la disponibilidad de tiempo para el cuidado de la salud y recreación del niño y la voluntad expresa de cada integrante de participar de la experiencia. Destaca que la figura de la familia acogedora es una medida excepcional que se extiende en el tiempo y que los interesados no pueden tener intenciones de adoptar ni ser parte del registro de adoptantes.

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Para formar parte de la nómina de los postulantes e interesados se requiere ser mayor de 25 años, tener al menos dos años de residencia en la provincia, mostrar certificados de salud mental y física favorables y no poseer antecedentes penales. Además, deberán contar con evaluaciones favorables en lo que hace a informes sociales y psicológicos. El programa posee distintos canales de contactos para los postulantes que se encuentren en el área metropolitana o en el interior de la provincia.

Corrientes

Fue creado en diciembre de 2014 por la Resolución 1573 del Ministerio de Desarrollo Social y busca posibilitar que los NNyA que no pueden vivir con su familia de origen y ampliada, lo hagan de manera excepcional, por tiempo provisorio –preestablecido de 90 días, con posibilidad de prórroga–, en un núcleo familiar que respete su historia e identidad, restituyendo sus derechos y garantizando el disfrute y ejercicio de los mismos. Promueve que se mantengan los vínculos con la familia de pertenencia –siempre que así el caso lo permita– y propicia –a través de mecanismos eficaces y saludables– el regreso de los niños a su grupo o medio familiar y socio-comunitario. El grupo familiar o persona que ingresa al programa Familias del Corazón para postularse como acogedora no tiene relación alguna con el niño/a y/o adolescente a acoger, entiéndase esta relación tanto consanguínea como afectiva. El estado civil, religión, género, sexualidad, etc. no es excluyente para el postulante. De forma obligatoria, toda persona interesada en incluirse en el programa debe realizar las actividades de evaluación (social y psicológica) y capacitación que determine la autoridad de aplicación.

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El programa de acogimiento familiar de la provincia, Familias del Corazón, funciona en la órbita del Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia y su marco legal es la Ley Provincial 5773/2008 de Protección Integral, ya que no existe una ley especial respecto del acogimiento alternativo. Sus beneficiarios son los NNyA desde su nacimiento y hasta los dieciocho años, residentes en el territorio de la provincia, luego de haberse agotado todas las medidas de protección tendientes a la restitución de derechos.

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Para la asignación del NNyA acogido a una “familia del corazón” se tiene en cuenta que exista una diferencia mínima de quince (15) años entre el niño, niña o adolescente y la persona de acogedora. A lo largo de estos años se presentaron una serie de obstáculos en torno al desarrollo del programa en razón de la extensión de los tiempos de acogimiento y a la falta de supervisión. Se produjeron algunas irregularidades en casos puntuales en los que la familia de acogida se trasformó en familia con fines de adopción –aunque no hubiera intención de adopción en un principio– motivada por el extenso tiempo de permanencia. Lo que determinó que esta modalidad perdiera el fundamento de su creación y se evaluara una modificación. Por ello se implementó otra modalidad de familias para salidas recreativas los fines de semana de aquellos NNyA que se encontraban institucionalizados. Luego de un tiempo estas familias pueden ser seleccionadas y transformarse en familia de acogida en algunos casos puntuales.

Formosa Esta provincia cuenta con un programa de acogimiento familiar alternativo, Familias de Abrigo / Protectivas / Cuidadoras, que funciona en el ámbito de la Dirección de Niñez y Adolescencia de la Provincia. Si bien Formosa no posee una ley de protección integral de derecho propia, aplican la Ley Nacional 26.061. Una de las cuestiones centrales que este programa trabaja con quienes se postula como familia acogedora es que esta comprenda y acepte que no solo se vinculará con un niño/a –que no se encuentra desprovisto de lazos sociales– sino también con su familia biológica, que tenga en cuenta el carácter temporal del acogimiento y sus diferencias con una adopción y que se comprometa a cuidar al niño y a garantizarle el goce de sus derechos. En relación con las familias acogedoras existen diferencias en el abordaje que se implementa según estas formen parte de la familia extensa o ampliada del niño y/o sean amigos o conocidos de la familia de origen de los/as niños/as o sean una familia diferente y sin vinculaciones previas con el niño/a y/o adolescente. Los equipos técnicos especializados de la Dirección de Niñez y Adolescencia tienen a su cargo el control del funcionamiento del 52

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sistema y el seguimiento del NNyA, de la familia de acogimiento y de la familia biológica. Deben confeccionar un registro con los datos de las familias que hayan acogido niños anexando la documentación requerida, conforme a los requisitos y las posteriores evaluaciones e informes correspondientes. En todos los casos debe preservarse la privacidad de la familia de acogimiento. En cuanto al diagnóstico psicosocial de las familias de origen de los niños es importante remarcar la necesidad de jerarquizar una rigurosa evaluación de los derechos vulnerados, señalando qué recursos tiene la familia para funcionar como tal, es decir brindando protección, seguridad y contención. El programa considera que tanto el ingreso como el egreso deben constituir procesos graduales y progresivos, con la activa participación del niño, de su familia y de la familia cuidadora, en los que todos puedan expresar su opinión y comprender el alcance de las medidas. Una de las mayores dificultades del programa se encuentra en el escaso número de familias que está dispuesta a alojar adolescentes. En el pasado ha habido algunos casos de poca claridad en cuanto al marco de convivencia y deberes y obligaciones de las familias, por lo que se está evaluando este aspecto.

En esta provincia funcionan programas de acogimiento familiar alternativo, que se rigen por la Ley Provincial II – Nº 16 (Antes 3820) de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y la Ley Provincial IV – Nº 52 del Defensor de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Provincia. El programa Familia Sustituta fue creado por el Decreto Provincial 1767/73 y funciona en el marco de la Dirección del Menor, Familia y Discapacitados, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud. Se trata de un programa que en 2001 ha sufrido la redefinición de sus objetivos y lineamientos de trabajo para adecuar a las líneas de acción respecto a los NNyA de acuerdo a lo que establecen la Ley Provincial II – Nº 16. Al momento de realizar este informe casi la totalidad de los niños beneficiarios del programa se hallaban con sus familias extensas o

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Misiones

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ampliadas (abuelos, tíos, hermanos mayores, y otros familiares). Esto ha sido posible por el trabajo a cargo del programa Fortalecimiento Familiar, a través del cual se acompañó económica y técnicamente a niños, niñas y adolescentes. Misiones cuenta además con otro programa que funciona en el ámbito de la Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la provincia, creado por la Resolución 108/2015. Se trata del Programa Provincial Cuidados Alternativos de Crianzas - Familias Solidarias y tiene como finalidad contribuir en la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes de vivir en familia y en comunidad. Busca construir y consolidar un Registro de Familias Postulantes, dispuestas a conformar una red de contención para aquellos NNyA que transitoriamente deben estar separados de su familia de origen. El proceso de selección de las familias es responsabilidad tanto del equipo técnico del programa como de los técnicos de los organismos de protección local, quienes son capacitados por el equipo técnico del programa. Su objetivo es conformar un registro de postulantes, con perfiles definidos de acuerdo a las necesidades particulares de los NNyA, quienes además deberán capacitarse y prepararse para afrontar la responsabilidad y compromiso asumido. Este proceso de selección se desarrolla en etapas: promoción y divulgación; inscripción; verificación de requisitos; informe psicosocial; elaboración del perfil familiar; capacitación; y aprobación de la familia. El programa no contempla el pago de sumas de dinero y/o cualquier tipo de contraprestación en favor de las familias que se incorporen. Por otro lado, en la ciudad de Oberá funcionaba un programa de familias solidarias que no contaba con un instrumento que lo regulara, pero operaba en el ámbito municipal. Se envió un proyecto de ordenanza para instrumentarlo y en julio del 2016 se impulsó un acuerdo con los dispositivos locales de protección desde la Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes con el acompañamiento del municipio. Este programa contempla la convocatoria y registro de familias, denominadas “familias de acogida” para el cuidado y contención de 54

Situación del acogimiento familiar en Argentina


NNyA separados de su familia de origen dentro del municipio y zonas aledañas. Prevé una etapa de capacitación de las familias postulantes a cargo de un equipo interdisciplinario especializado en niñez y adolescencia, quienes se ocupan además de evaluar, a través de informes psicosociales y jurídicos, y seleccionar aquellas que cumplen con las condiciones necesarias para transformarse en postulantes.

Noroeste Catamarca, Jujuy, Salta, Santiago del Estero y Tucumán Catamarca Esta provincia ha contado con Familias Solidarias con anterioridad a 2014, pero el programa fue cerrado y en la actualidad no ofrece ningún sistema de acogimiento familiar.

Los Sistemas Alternativos a la Internación (SAI), cuyo origen se remonta a 1980, constituyen antecedentes al acogimiento familiar de Jujuy. Dependían de la Dirección de Niñez y Adolescencia, perteneciente a la Secretaria de Niñez Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, y su plantel de trabajo estaba conformado por 14 profesionales que brindaban subsidios, mercaderías, vestimenta y mobiliarios (cama, cunas, colchones, roperos, placares, ropa de cama, etc.). El programa consistía en una alternativa de acogimiento familiar transitorio para aquellos NNyA que habían sido privados temporal o permanentemente de su medio familiar por razones excepcionales contempladas en el art. 39 de la Ley 26.061. Se contemplaban dos modalidades de contención.

Familia Ayllu. Matrimonio de la comunidad o pareja constituida, con o sin hijos. Se hacían cargo del cuidado y atención de

Actualidad del acogimiento en Argentina

Jujuy

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uno o dos niños temporalmente y hasta que se resolviera la situación que hizo que el niño fuera separado de su medio familiar. La familia no recibía retribución económica, excepto por un subsidio mensual destinado a los niños, que se equiparaba a la Asignación Universal por Hijo. Hogar de tránsito. Matrimonios de la comunidad o pareja constituida, con o sin hijos. Estaban a cargo del cuidado y atención de tres o más niños temporalmente y hasta que se resolviera la situación que hizo que el niño se separe de su medio familiar. El o la responsable del hogar percibía una retribución económica, para ella y los niños a su cargo. Sumado a esto se les brindaba el pago de servicios.

Actualmente, la denominación del programa es Sistema de Cuidados de Niños, Niñas y Adolescentes y cuenta con cuatro profesionales en su staff. Todos ellos arribaron al dispositivo tras el cambio de autoridades en la gestión provincial, a fin de 2015 y comienzos de 2016. El trabajo de este programa contempla el abordaje de la familia ajena y extensa del niño. Este sistema está siendo modificado en ámbitos generales y contará con una resolución ministerial nueva.

Salta Esta provincia cuenta con el Programa de Gestión y Supervisión de Sistemas Alternativos, con un equipo conformado por siete profesionales y una coordinación. Está regulado por la Resolución 054/2004 y la jefatura y la composición de los equipos técnicos se ha constituido con la nueva gestión asumida en 2015. Respecto de los antecedentes, la experiencia de Pequeños Hogares y Familias Cuidadoras data en la provincia de 1997. En ese momento el programa se inició a pedido de los juzgados de familia para los casos en que, agotadas las posibilidades de reintegrar a los niños con la familia de origen, se evitase la derivación a instituciones, donde no tienen la posibilidad de recibir un trato personalizado. La dinámica de funcionamiento de las distintas modalidades familiares convivenciales se asemejaban a la de una vida familiar, ya que familias de la comunidad acogían y se convertían en una alternativa 56

Situación del acogimiento familiar en Argentina


de protección para NNyA, brindándoles un ambiente para su crecimiento físico y emocional, haciendo de transición de regreso a una vida familiar (familia de origen - adopción). La familia cuidadora era una familia de la comunidad, seleccionada a través de una evaluación psicosocial, que incorporaba a su grupo familiar al NNyA preservando por sobre todo el grupo de hermanos, tras ser separados de sus familias de origen de forma transitoria hasta tanto se resolviera su revinculación. Si bien la familia cuidadora debía tener solvencia económica, recibía un apoyo monetario destinado a cubrir algunas necesidades de manutención de los niños y/o adolescentes. Estos programas que incluían hasta diez niños/as fueron desmantelándose paulatinamente.

Santiago del Estero

Entre las experiencias desinstitucionalizadoras existe registro de aplicación en la provincia de la modalidad Pequeños Hogares. Esta se implementaba a través de casas para el alojamiento de una cantidad aproximada de 5 o 6 niños, instrumentándose la prestación de distintos tipos de recursos para el sostenimiento del dispositivo. Esto significó el fracaso del mismo, al primar el estado de necesidad de la familia cuidadora y estrategias asistencialistas propias de la doctrina tutelar y el patronato vigentes en ese entonces. Se estableció así una marcada distinción entre esta modalidad, que contempló un tipo de remuneración, y el acogimiento familiar, que se estableció sobre la base de relaciones solidarias y fraternas en un marco de complementariedad. Asimismo, en los tiempos del extinto Juzgado de Menores, los niños en situación de abandono o negligencia parental eran incluidos en un programa de familias de tránsito. Si bien estas familias y esta modalidad se inscribían en el marco de la transitoriedad, al prolongarse los tiempos cronológicos de alojamiento indefinidamente, el establecimiento de vínculos afectivos dificultaba el pasaje a la familia definitiva, proponiéndose en muchos las familias cuidadoras como pretensos adoptantes.

Actualidad del acogimiento en Argentina

Actualmente no cuenta con un programa o dispositivo de acogimiento.

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Cabe mencionar que ninguna de las modalidades descriptas supuso un trabajo simultáneo de fortalecimiento y revinculación con la familia del niño, instancia clave en la dinámica del acogimiento, desde su propósito de proteger la historia e identidad del mismo y reducir así los efectos de la separación. En julio de 2013 fue lanzada la última experiencia. En ese contexto, el programa se denominó Acogimiento Familiar Solidario y se lo dotó con cuatro profesionales para su labor. Su duración fue escasa, ante la presentación de una de las familias miembro en el Poder Judicial para solicitar la guarda del niño, la cual fue otorgada. Este movimiento dio por tierra con las intenciones de acogimiento provincial.

Tucumán La provincia de Tucumán no cuenta actualmente con un programa destinado al acogimiento familiar.

Patagonia Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Chubut En la provincia de Chubut el acogimiento familiar se implementa en Comodoro Rivadavia, Esquel, Lago Puelo, Puerto Madryn, Rawson y Trelew, aunque la denominación del programa varía de una localidad a otra (Familia Solidaria, Una familia para otra y, en Esquel, RUCA Familia Solidaria). Estas prácticas se encuadran en el Decreto Provincial 1569/06 y si bien se trata de un programa provincial, en algunas localidades la ejecución depende del municipio, tal es el caso de Trelew y Madryn, el cual genera el programa mediante la Ordenanza 8812.

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Al momento del presente informe, los equipos localizados evidenciaban un desarrollo disímil entre sí, encontrándose en distintos momentos de su trayectoria y con escaso contacto entre uno y otro. En Esquel el equipo está conformado por una psicóloga, una psicopedagoga y dos operadoras. En el marco de la descentralización, la municipalidad de Esquel administra y gestiona la ejecución del programa. En el último periodo se dieron cambios estructurales, relacionados a la modificación de los equipos de profesionales y la inclusión de familias de referencia. En Trelew el programa se denomina Familia Solidaria y estuvo en funcionamiento hasta 2014. En 2016 reanudó su actividad con una nueva conformación de equipo, confeccionando protocolos de intervención e iniciando nuevamente la convocatoria de familias. En Puerto Madryn se denomina Una familia para otra y, al igual que en Trelew, reinició su labor en diciembre de 2016. Los equipos que actualmente están funcionando confirman la existencia de una distinción entre familia extensa y ajena. Así como también la existencia de protocolos de intervención.

La Pampa En la Provincia de la Pampa, los programas Familias Sustitutas y Pequeños Hogares se crean en 1967, con el objetivo de erradicar los marcos institucionales que albergaban gran cantidad de niños a quienes se les privaba del ámbito familiar, sin respuesta a la problemática en particular de cada situación. El cambio llega con la creación del Decreto 713/67. Familias Sustitutas y Pequeños Hogares se implementaban a través de familias de la comunidad; diferencia entre uno y otro programa radicaba en la cantidad de niños que albergaba cada uno. Con el trascurrir del tiempo, los profesionales modifican el nombre a Familias de Contención denominación con la cual se los conoce

Actualidad del acogimiento en Argentina

Al momento del presente informe no se obtuvo información fehaciente del equipo de Lago Puelo, de cual se registra un antecedente de existencia de un equipo abocado a esta temática.

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en la actualidad. Dicho programa depende de la Dirección general de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social. De acuerdo a la información recabada, el acogimiento familiar se implementa en Santa Rosa, General Acha y General Pico. En Santa Rosa el equipo está constituido por tres trabajadores sociales, dos psicólogas y cuatro administrativos. Se evidencian algunas modificaciones a partir de los cambios de autoridades, debiendo los equipos priorizar situaciones de urgencia en desmedro de los procedimientos adecuados de evaluación y selección de las familias de contención. El programa cuenta con la distinción entre familia extensa y familia ajena, así como también posee un protocolo de intervención.

Neuquén En esta provincia el acogimiento familiar ha existido desde los comienzos del año 1990, bajo diversas denominaciones y modalidades: familias alternativas, familias sustitutas, sistemas alternativos y pequeños hogares. En la actualidad se denomina Familias Solidarias Provinciales y está regulado por la Ley Provincial 2302. En algunas localidades, los equipos son exclusivos de Familias Solidaria y en otras los profesionales trabajan de manera paralela en otros programas. La dirección de Familias Solidarias Provinciales cuenta con diversas áreas, como dirección y supervisión técnica, acogimiento en familias solidarias, acogimiento en familia extensa, selección de familias solidarias y asesoría legal. De lo anteriormente señalado se desprende que contemplan la distinción entre familia extensa y familia solidaria. Las modalidades de intervención y equipos de trabajo están divididas de la siguiente manera: Acogimiento familiar transitorio: cuenta con tres equipos de trabajo integrados por un trabajador social, un psicólogo y un operador de familia, conformando triplas de trabajo. Estos equipos abordan situaciones de acogimiento formal en familias solidarias dispuesto bajo medidas de protección excepcional.

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Situación del acogimiento familiar en Argentina


Dentro de este encuadre acompañan los procesos de acogimiento en sus distintos momentos (inclusión del NNyA, desarrollo del acogimiento con las dificultades que pudieran presentarse, despedida frente a una resolución). En el desarrollo de este proceso se debe acompañar a los distintos actores involucrados: NNyA incluido, familia biológica y familia solidaria. El objetivo principal es la restitución de los derechos que les fueron vulnerados y la puesta en marcha de acciones en función de evaluar la posibilidad de restitución con su familia biológica o con algún miembro de su red familiar o afectiva. Se otorga un beneficio económico para la manutención del niño. Acogimiento formal en familia extensa: cuenta con dos trabajadoras sociales, dos técnicas en minoridad y familia y una operadora de familia. Este equipo aborda situaciones de NNyA que se encuentran bajo el cuidado de algún familiar de su red extensa y requieren de seguimiento y acompañamiento profesional. En caso de no existir la posibilidad de restitución de los NNyA con sus progenitores se intenta resolver la situación a través de la obtención de una guarda legal o tutela por parte de estos familiares, siempre y cuando se evalúe favorable dicha convivencia.

• •

Difusión y convocatoria del programa: da a conocer el programa y sensibiliza a la comunidad para captar a toda persona cuyas intensiones y recursos se adecuen al marco del programa. Proceso de evaluación y selección de postulantes: se realiza el primer contacto con la/s personas que se acercan y/o contacten con el programa con intención de postularse, se brinda información clara y precisa acerca de los lineamientos y se desarrollan los procesos de evaluación cuyas instancias se encuentran estipuladas por un protocolo de intervención. Talleres a familias solidarias: si bien se desarrolla un abordaje psicosocial de la situación se reconoce que el despliegue de una instancia grupal favorecerá a un escenario en el cual las familias podrán abordar distintas temáticas u aspectos relevantes en lo que refiere al acogimiento dentro de los parámetros del programa, ello desde un espacio donde la identificación con

Actualidad del acogimiento en Argentina

Equipo de selección de familias: conformado por una trabajadora social y una psicóloga y en sus tareas se destacan tres momentos significativos.

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otros/as que atraviesan situaciones similares abrirá un margen de trabajo más amplio. Equipo de acogimiento prolongados: conformado por una psicóloga y un/a trabajador social. Este equipo se conforma en 2012 en el marco de una reestructuración a partir de un estudio que detectaba que el 65% de los NNyA que se encontraban en el programa habían transcurrido muchos años en acogimiento formal en familias solidarias sin ser resuelta su situación legal. Dichas situaciones fueron denominadas como de “acogimiento prolongado”, denominación que surgió de la necesidad de visibilizar un fenómeno que no se encuentra categorizado pero que sí existe empíricamente. El encuadre de trabajo ha sido muy específico y está determinado por las variables de inclusión, siendo el principal objetivo del abordaje la revisión y análisis de las situaciones para la búsqueda de alternativas que puedan brindar una resolución definitiva, teniendo en cuenta su particularidad. Dado que los acogimientos prolongados por definición no existen, ya que ha sido una categoría analítica creada para visibilizar esas situaciones, ha sido considerado desde el principio como un tema que debe agotarse en el tiempo. Asesoría legal: un abogado asesora al equipo directivo-supervisión y equipos técnicos sobre guardas, tutelas y estados de adoptabilidad. Además, debe realizar un dictamen que acompaña el informe que realizan los profesionales que intervienen en la situación. Dirección y supervisión: a cargo de dos licenciados en servicio social. La Dirección tiene a su cargo la organización de todo el personal, la gestión de recursos institucionales, consensuar normas y pautas de trabajo, resolver emergentes y la supervisión con los equipos del interior de la provincia, etc. La supervisión tiene por objetivo la evaluación previa de las situaciones a abordar y la designación de equipos técnicos. Asimismo el acompañamiento a los equipos técnicos en el desarrollo de sus intervenciones y estrategias terapéuticas y definiciones que se tomen, buscando generar instancias de reflexión con la finalidad de repensar prácticas junto a los equipos y las estrategias terapéuticas viables. 62

Situación del acogimiento familiar en Argentina


Aluminé, Andacollo, Añelo, Centenario, Cultral Co, Chos Malal, Junín de los Andes, Las Lajas, Loncopué, Picún Leufú, Piedra del Águila, Plaza Huincul, Plottier, Rincón de los Sauces, San Martin de los Andes, San Patricio del Chañar, Senillosa, Taquimilan, Villa El Chocón, Vista Alegre y Villa la Angostura y Zapala son algunas de las localidades que abordan situaciones de acogimiento familiar y todas ellas dependen de Neuquén Capital. Algunas localidades gestionan situaciones desde los municipios y organismos de Desarrollo Social y en otras solamente desde los municipios o través de organismos de Desarrollo Social. En Neuquén Capital el grupo de trabajo se encuentra compuesto por 27 miembros, entre ellos profesionales (trabajadores sociales, psicólogos, abogados, técnicos de minoridad y familia), operadores de familia, administrativos y choferes.

Río Negro En esta provincia, Familia Solidaria es una modalidad de intervención dentro de un programa más amplio que se denomina Fortalecimiento Familiar y que depende del Ministerio de Desarrollo Social provincial. La práctica es regulada mediante el Decreto 325/03.

Cada equipo está conformado por una psicóloga y una trabajadora social y en algunos casos se suma una psicóloga social o una operadora. Además cuentan con el asesoramiento legal de un abogado dependiente del Ministerio. Los equipos intervinientes tienen protocolos de intervención y realizan una distinción entre familias extensas y familias ajenas. Se trabaja con familias solidarias (transitorias y de emergencia) así como también con familias referentes (aquellas familias que tienen una relación o vínculo previo, sin ser familia extensa). Es importante destacar la intención por parte de autoridades provinciales y de los equipos en territorio de modificar la modalidad a fin de que se constituya como un programa.

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A nivel provincial el programa se inició formalmente en 2003, pero en cada localidad tuvo un desarrollo distinto, en ocasiones dejando de funcionar y luego reactivándose. Existen cuatro equipos de profesionales, en General Roca, Cipolletti, San Carlos de Bariloche y Viedma.

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Santa Cruz El programa de acogimiento familiar de esta provincia se llama Programa de Abrigo Socio Familiar, pero al momento de la recolección de datos no se pudo realizar contacto con ninguno de sus referentes.

Tierra del Fuego La provincia más meridional de la Argentina cuenta con el programa Acogimiento Familiar, el cual depende de la Dirección de Protección Integral de Medidas Excepcionales, del Ministerio de Desarrollo Social. El mismo distingue entre familia extensa y ajena y está regulado por la Ley Provincial 1037. Así, Tierra del Fuego es una de las pocas provincias que cuenta con una ley específica sobre acogimiento familiar. En la actualidad se encuentra en funcionamiento en las localidades de Ushuaia, Río Grande y Tolhuin. De acuerdo a la información recabada, Río Grande no cuenta con un equipo de profesionales que se dedique de manera exclusiva al programa, sino que el mismo se encarga de los NNyA y sus grupos familiares (biológicos, extensos, de acogimiento, solidarios, etc.) trabajando en relación a las medidas excepcionales que se adoptan ante situaciones de vulnerabilidad de los mismos. Dicho equipo está constituido por un director, una psicóloga, un técnico en minoridad y familia, una profesional y cinco operadoras.

ONG Las organizaciones no gubernamentales (ONG) que ejecutan programas de acogimiento familiar se encuentran distribuidas en distintos puntos del país, concentrándose en su gran mayoría en la provincia y en la ciudad de Buenos Aires.

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Provincia de Buenos Aires y CABA Salud Activa Esta organización desarrolla su accionar en las localidades de Merlo, Marcos Paz y Navarro e implementó iniciativas y programas de acogimiento familiar. El programa, que fue un trabajo piloto, consistió en la búsqueda y capacitación de familias solidarias durante todo 2013. Así ha acompañado y supervisado casos de acompañamiento familiar en Navarro, en conjunto con la Dirección de Niñez del Municipio.

Familias de esperanza Esta asociación inicia sus actividades en 1994 en las localidades de Florida y Vicente López. Desarrolla el programa Familias de Acogimiento que cuenta con un protocolo de intervención y trabaja con un equipo interdisciplinario para que en el menor tiempo posible los niños (desde recién nacidos hasta los 9 años, aunque sin tope de edad de egreso) puedan estar en el seno de una familia estable. Actualmente el equipo técnico del programa está compuesto por dos psicólogas institucionales, tres trabajadoras sociales, dos psicólogas sociales, un equipo de abogados y un pediatra. El proceso de admisión de las familias comienza con el contacto telefónico con el fin de asegurar que no busquen adopción, luego se hacen

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En la actualidad el programa no está en ejecución y en su existencia se registran dos momentos en los que intentó llevar adelante un programa de acogimiento. La primera vez sin ningún tipo de financiamiento, por lo que se estructuró como acompañamiento familiar y pudo ser sostenido por un año, aunque luego el equipo se disolvió por falta de recursos. La segunda vez, como la experiencia había sido muy buena a pesar de su corta duración, se decidió volver a implementarlo al ganar un concurso de responsabilidad social empresaria impulsado por Petrobras. Durante dos años el programa de acompañamiento se puso en marcha y se articuló con la formación de operadores familiares para que después funcionaran como equipo de control y asesoramiento a las familias solidarias.

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entrevistas personales y un informe socio ambiental. Se solicita también el comprobante de reincidencia y el de deudores alimentarios. Hay un continuo seguimiento del niño en la familia, con reuniones periódicas con los directivos de la asociación, como con la trabajadora social y la psicóloga. Los niños tienen un seguimiento médico con el profesional de la asociación y la asociación acompaña las vinculaciones con la familia biológica en caso de requerirlo. Ninguna familia recibe una remuneración económica por cuidar de un niño, aunque si lo solicitan sí reciben ayuda en insumos como leche, pañales, medicación, vestimenta, etc.

Familias del corazón. Servicio de familias sustitutas Esta organización comienza en 2003 desplegando sus actividades en las localidades de Vicente López y CABA. Su objetivo es brindar contención familiar a niños y niñas en situación de abandono o riesgo social hasta que se resuelva su instancia judicial ya sea por adopción o por restitución a su familia de origen. El equipo del programa está formado por la presidenta de asociación, un secretario, un psicólogo y un trabajador social. Este equipo interdisciplinario realiza una evaluación social y psicológica a los integrantes de las familias candidatas y evalúan si los interesados reúnen las condiciones para brindar contención y cuidado. Lo más importante es que todos los integrantes de la familia estén de acuerdo y se animen a pasar por una etapa de evaluación y preparación para la experiencia, teniendo en cuenta que no todas las personas son aptas para encabezar un acogimiento familiar, porque no es solo un acto de solidaridad sino que hay que tener una estructura familiar y red comunitaria sólida.

Familias Abiertas En 1995 comenzó la actividad en Bella Vista, provincia de Buenos Aires, e implementa el programa Familias de Tránsito. Este trabaja con niños de 0 y 4 años en situación de vulnerabilidad social con un equipo profesional completo que realiza el seguimiento de los NNyA y del proceso de acogimiento. 66

Situación del acogimiento familiar en Argentina


Durante los primeros años han trabajado con la modalidad de familias de tránsito, alojando a niños/as, sin recibir a cambio ningún tipo de remuneración. Desde 2010 reciben niños de Capital, derivados de la Dirección General de Niñez y Adolescencia de la Ciudad de Buenos Aires, organismo con el que tienen convenio y perciben una beca por cada niño/a alojado. Anteriormente ya recibían desde la provincia de Buenos Aires desde los distintos servicios zonales o de los juzgados provinciales. En el último tiempo han incorporado el asesoramiento y seguimiento de los casos por profesionales especializados, al igual que todo el equipo técnico (psicóloga y asistente social) y profesionales de la salud (pediatras, neurólogos, traumatólogos, oculistas, ecografistas, terapistas, neurolingüistas, fonoaudiólogas). Una de las actividades destacadas es la realización de talleres con las familias de tránsito, en donde se brinda un espacio en el que pueden expresarse, manifestar dudas e inquietudes, compartiendo con otras familias que ya hayan tenido experiencia en el tema.

Fundación Emmanuel

El equipo del programa de acogimiento familiar está compuesto por dos trabajadoras sociales y una psicóloga. Para esta ONG la familia del niño es parte de su identidad. En este sentido, entienden que su tarea debe articularse a través de acciones con los tres pilares fundamentales del proceso de acogimiento familiar: los padres, el niño y la familia acogedora.

Familias de tránsito Nazaret La ONG Nazaret pertenece al Obispado de San Isidro. Tiene como principal objetivo la protección y el desarrollo de niños entre 0 y 3 años que se encuentren privados de cuidados parentales, acompañándolos en sus necesidades emocionales, alimenticias y sociales.

Actualidad del acogimiento en Argentina

Desde 1988 desarrolla diferentes programas destinados a brindar un espacio en familia a aquellos NNyA que, por diversas circunstancias, no tienen la posibilidad de vivir con la suya, y ayuda a aquellas familias que tienen dificultades en la crianza de sus hijos.

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Los niños son incluidos en el programa desde recién nacidos hasta los 8 meses. El tiempo máximo de permanencia de un niño/a en una familia de acogimiento es generalmente de 7 meses, luego se evalúa su rotación, pero depende de la situación y la familia. El equipo está conformado por las coordinadoras/directoras, una trabajadora social y una psicóloga. Además, un abogado y profesionales de la salud colaboran con el proyecto. La admisión de una familia comienza cuando esta se contacta telefónicamente y se realiza una visita domiciliaria donde se releva la información pertinente, en caso de ser necesario se realiza una segunda entrevista. Luego de este primer encuentro se da un tiempo a la familia para que se contacte y acepte o no la propuesta. Cabe aclarar que generalmente son familias recomendadas por otras familias que ya realizan la experiencia de tránsito. Durante la estadía del bebé existe un seguimiento por parte del equipo profesional. Los profesionales remiten informes a los organismos intervinientes y realizan visitas a los domicilios para conversar con la familia de tránsito y visitar al niño/a. Asimismo, cuando se realizan vinculaciones es el equipo institucional el que acompaña la misma. El egreso generalmente se va trabajando con los organismos intervinientes sobre la situación y sobre los tiempos necesarios. Aunque en algunas ocasiones no es posible trabajar a través de un proceso gradual, ya que los organismos judiciales informan de la existencia de la familia adoptiva de manera intempestiva. Persiste aún la idea en el imaginario judicial que debido a la edad de niño/a, el mismo no requiere vinculación, lo cual lleva a que sea brusco el desenlace y se produzca un impacto en su subjetividad. En caso de poder generar una vinculación, los tiempos se van pautando con el equipo según el bebé, la edad y cómo se va desenvolviendo en la situación.

Asociación civil Camino del sol Es una organización no gubernamental sin fines de lucro originada con la puesta en marcha del Proyecto Hogar La Casa del Camino, en 1994. Acompaña a NNyA y familias en situación de vulnerabilidad social de la comunidad de Virrey del Pino y González Catán, municipio de La Matanza, provincia de Buenos Aires. 68

Situación del acogimiento familiar en Argentina


A partir de 2009 trabajan con familias de la comunidad que puedan albergar a NNyA. Mediante el acogimiento familiar se intenta, en principio, dar respuesta a la situación de aquellos niños/as que viven en el Hogar La Casa del Camino, lo cual luego se hace extensivo a otros niños en situación de vulnerabilidad. Entienden al acogimiento familiar como una figura que contempla los derechos a vivir en familia y el respeto a la identidad de los niños y niñas que viven en la institución. Desde el ingreso de un niño/a al hogar el equipo técnico evalúa su situación afectiva en relación a su familia y referentes para poder decidir su inclusión en el programa. Además, el equipo técnico favorece la construcción de redes comunitarias de contención para las familias de origen (prevención del acogimiento). Para las familias acogedoras (desarrollo favorable del proceso de acogimiento) ofrece información sobre el tema, evalúa junto a cada protagonista sus potencialidades y dificultades para iniciar la experiencia del acogimiento familiar y facilita la vinculación del niño/a y/o joven con su familia de origen También posibilita encuentros grupales entre familias acogedoras para el intercambio de experiencias, entre otras tareas.

Es el programa de la comunidad judía argentina creado con el fin de apoyar, sostener y promover a la familia como el principal ámbito de protección y promoción de derechos de los NNyA, siendo el entorno esperable donde todo niño debe crecer y desarrollarse. Cuenta con diferentes modalidades de intervención, como el equipo de fortalecimiento familiar, centro de día y hogares convivenciales. Dentro de fortalecimiento familiar se encuentra el equipo de integración comunitaria como otro dispositivo de intervención y acompañamiento, como un cuidado alternativo. Dicho equipo está conformado por una coordinadora y los operadores, profesionales. El dispositivo de acogimiento familiar se inició en 2006 bajo la supervisión y el acompañamiento de la Lic. Matilde Luna. Cuando una familia se ofrece para realizar un proceso de acogimiento se inicia

Actualidad del acogimiento en Argentina

Programa Ieladeinu

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una instancia de evaluación del grupo familiar a cargo de profesionales especializados en la temática. El proceso consta de una serie de entrevistas que tienen por objetivo poder conocer al grupo familiar, desde una escucha y mirada psicosocial, ubicando los recursos de alojo de un niño/a y adolescente que carece de cuidados parentales. Parte de este proceso es tratar de sensibilizarse con aquellas circunstancias que atraviesa la vida del NNyA. Durante el proceso, a la vez que se evalúan los recursos familiares se les van brindando herramientas para poder comprender los alcances e implicancias de esta función. Durante todo el proceso, incluyendo la evaluación y capacitación, hasta la finalización del acogimiento, la familia acogedora cuenta con el acompañamiento y asesoramiento permanente que le brindará un equipo técnico.

Mendoza La Asociación Voluntarios de Mendoza (AVOME) es una organización de la sociedad civil al servicio de los niños. Se trata de una de las instituciones más antiguas de la provincia, fundada el 4 de octubre de 1971. Apunta al compromiso en el trabajo por los derechos del niño, con un abordaje familiar a través de la presencia, el seguimiento y el acompañamiento de niños y sus familias. La filosofía institucional promueve el amor, la aceptación del otro como un ser integral, la unidad, la solidaridad y la generosidad. La esencia de AVOME es la aceptación del otro como un ser de encuentro, con valoración de la familia y su comunidad; el trabajo interdisciplinario y en redes internas y externas y un marcado énfasis en la resiliencia, que permite a las personas salir fortalecidas de muchas adversidades. Familias Temporarias, uno de los programas que lleva adelante, articula la acción de familias que generosamente acogen en su hogar a niños hasta que se resuelva su situación legal. Actualmente existe un equipo técnico que cuenta con psicólogos, trabajadores sociales y una abogada, con el apoyo de la supervisión 70

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general de AVOME. El equipo evalúa los aspectos del niño que hacen urgente y conveniente esta modalidad de cuidado alternativo. A su vez, el equipo ha elaborado las condiciones y requisitos que deben tener las familias postulantes para formar parte del programa. También se han elaborado los pasos a seguir para lograr la incorporación, describiendo de manera detallada el proceso de selección de familias temporarias. Asimismo, se han definido pautas para el adecuado acompañamiento de cada familia durante el ingreso, estadía y restitución del niño.

Córdoba Programa Nazaret

Este está constituido por un grupo de familias seleccionadas por el equipo técnico, asistente social y psicóloga. Las mismas deben cumplir con ciertos requerimientos. Por ejemplo, la pareja debe tener hijos y ninguno debe estar en edad de lactancia; además, el niño que ingresa en esa familia tiene que ser menor a todos los hijos de la pareja. El segundo requisito es que la pareja no tenga intención de adoptar. Si se cumple con todos estos requerimientos se pasa a una segunda entrevista con un psicólogo y una asistente social que pertenece al Estado. Es pertinente aclarar que todas estas etapas de evaluación se realizan mediante la articulación del programa con distintas áreas pertenecientes al Estado: Juzgado de Menores de la provincia de Córdoba, Secretaría de la Mujer, Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia, Secretaría de Derechos Humanos, Municipalidad de Córdoba, Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la provincia y otras organizaciones civiles y del Estado.

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Es una organización civil que funciona en la provincia de Córdoba desde 1997, promoviendo la convivencia familiar y comunitaria, mediante el sistema de protección alternativo de “familia transitoria” sin intensiones de adopción.

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Jujuy Hogares de Belén Los Hogares de Belén son familias de tránsito para bebés sin cuidados parentales. Cuando un niño/a se encuentra en esta situación se busca entre las familias disponibles cuál sería la más apta para incorporarlo. Luego se la notifica cuando el expediente está en las vocalías del Tribunal de Familia y el niño está próximos a partir. La organización destaca que a veces hay personas que se acercan con fines adoptivos y que son rechazadas. Para llegar a ser un Hogar de Belén no se requiere solamente que la familia tenga condiciones que permita garantizar la atención integral del niño/a sino que pueda brindar afecto y sostén en su desarrollo. Las familias no cuentan con subsidios otorgados por el Estado, pero sí reciben insumos como leche, pañales, coches, moisés y cuna para garantizar el cuidado.

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Mapa numérico

La República Argentina es un Estado federal constituido por 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tomando en cuenta estas 24 jurisdicciones:

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18 territorios cuentan con programas de acogimiento familiar: Buenos Aires, CABA, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego y Mendoza. 5 no tienen dispositivos de este tipo: Catamarca, La Rioja, Tucumán, San Juan y Santiago del Estero. De la información recabada, en 6 provincias el programa se ejecuta en más de una sede, lo que le brinda un mayor alcance y cobertura, a la vez que cuentan, en cada una de ellas, con equipos que llevan adelante el programa.

Córdoba ha comenzado a descentralizar el programa. La Pampa tiene tres sedes (General Acha, General Pico y Santa Rosa). 99 Neuquén tiene sede en capital y al menos en 21 localidades del interior. 99 Río Negro cuenta con cuatro sedes (Bariloche, Cipolletti, General Roca y Viedma). 99 Santa Fe tiene ocho sedes (Rafaela, Reconquista, Rosario, San Lorenzo, Santa Fe, Venado Tuerto, Vera y Villa Constitución). 99 Tierra del Fuego tiene tres sedes (Río Grande, Ushuaia y Tolhuin). 2 son las provincias que presentan programas comunales o municipales, a diferencia del resto que son de carácter provincial: 99 Buenos Aires: en siete municipios se implementan programas; en uno está iniciándose y en otros siete existe el interés manifiesto por comenzar. 99 Chubut: en algunos municipios el funcionamiento del programa depende directamente del mismo, mediante ordenanza, mientras en otras localidades la gestión y puesta en

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marcha es municipal en el marco de la descentralización de un programa provincial. El marco regulatorio o de respaldo legal de los dispositivos es muy amplio: leyes, decretos, resoluciones ministeriales o protocolos brindan el encuadre en el cual se desarrolla el acogimiento. San Luis en la única provincia que no cuenta con centros residenciales, hogares o institutos en los cuales se brinde alojamiento. El único recurso es el acogimiento familiar. No hay una denominación común para nombrar a los diferentes programas del territorio argentino. De las jurisdicciones relevadas solo 4 provincias y la Ciudad de Buenos Aires cuentan con ONG con programas de acogimiento familiar.

En las 18 jurisdicciones mencionadas en el primer punto existen más de 30 programas de acogimiento familiar. A ello hay que agregarle el interés de siete municipios y dos más que estarían iniciando el camino. Es decir que para 2017 habría una proyección de 40 programas.

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Conclusión

A través de este relevamiento la Red Federal se ha propuesto generar y afianzar el contacto con los programas existentes en todo el territorio nacional. Se ha logrado conocer las diversas modalidades de funcionamiento de los mismos, constituyendo un primer acercamiento a la realidad del acogimiento en la Argentina. La Red se propone en una próxima etapa identificar necesidades, fortalezas y obstáculos propios de cada región que deriven en la validación de las diversas modalidades de intervención con miras a la construcción de estándares que garanticen buenas prácticas en cada una de las fases del acogimiento familiar.

2  A modo de ejemplo: Imponderables que pueden suceder referidos a que la familia o el niño no deseen continuar con el acogimiento, a que se suceda una situación de gran complejidad al interior de la familia de acogimiento o entre la misma y la familia de origen.

Conclusión

Si se consideran estas cifras y se las compara con las de 2014, los números dan cuenta que la práctica del acogimiento familiar ha ido privilegiándose como alternativa frente a la pérdida transitoria de cuidados parentales o/la necesidad de separación transitoria de NNyA de sus familias de origen. Sin embargo, la alta rotación de profesionales, la falta de especialización de los equipos, la necesidad de incrementar los recursos humanos de los dispositivos para hacer frente a la tarea, la falta o escaso respaldo de la gestión política a los programas y profesionales ante los imponderables2 y la falta de sistematización de los beneficios del acogimiento familiar, entre otros, se encuentran entre los desafíos inmediatos a los que hacer frente para continuar consolidando el acogimiento en Argentina.

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