REGLAMENTO DE REGIMEN INTERIOR DE SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO T’AJUDA 2015
01/01/2014
El servicio de ayuda a domicilio, el titular del cual es Nuria García Gonzalez, ofrece servicios de atención domiciliaria, con una finalidad de asistencia para las actividades de la vida diaria de las personas con dependencia durante las horas contratadas por el usuario, así como también terapéutica y rehabilitadora. El servicio constituye un conjunto de acciones dirigidas a facilitar el desarrollo o mantenimiento de la autonomía personal, prevenir o retrasar el deterioro individual y/o social y promover las condiciones favorables en las relaciones familiares de convivencia, contribuyendo a la integración y permanencia de las personas en su entorno habitual, mediante una adecuada intervención y soporte de tipo personal, psicosocial, educativo y asistencial.
I-NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO 1. En el momento de la solicitud del servicio el usuario debe facilitar toda la información necesaria y debe aportar toda la documentación que se le solicite para conseguir un optimo funcionamiento del servicio 2. En caso de que no necesitar el servicio 1 día o más, se deberá comunicar al responsable del servicio con una antelación mínima de 24 horas. En caso de enfermedad u otra urgencia se comunicará el mismo día a primera hora. En caso contrario se deberá cobrar el servicio tal y como estaba previsto inicialmente. 3. La baja del servicio se notificará al menos con 15 días de antelación, a ser posible por escrito (vía fax al 871 940 971, o por email info@tajuda.es , etc..) 4. El servicio se prestará en el domicilio acordado en el contrato; en el caso que hubiera un cambio de domicilio se notificaría a la entidad para poder modificarlo 5. Las funciones a realizar durante la intervención estarán reflejadas en el contrato asistencial firmado entre ambas partes 6. El servicio tendrá un horario de intervención según el acordado en el contrato, que se respetará (si bien podrán producirse cambios sobre el mismo, siempre previo acuerdo entre las partes). El cliente deberá estar en el domicilio en el horario acordado (en caso contrario se deberá cobrar el servicio).
2
7. Los usuarios atenderán las indicaciones del personal del servicio relativas a las pautas de trabajo según lo acordado 8. Se observaran unas normas mínimas de convivencia, respeto mutuo, seguridad e higiene, tratándose las personas implicadas (trabajadores y usuarios del servicio) con respeto y amabilidad (evitando los gritos y las peleas). 9. Los trabajadores estarán a disposición de los usuarios cumpliendo sus funciones con la máxima diligencia posible, para lo cual los clientes han de seguir sus indicaciones ya que están velando por su bienestar 10. La prestación del servicio se realizara por los profesionales apropiados, tal y como se refleja en el contrato 11. Se garantizará la puntualidad siempre y cuando las circunstancias lo permitan. En caso de retrasos motivados por circunstancias inesperadas , se avisará a los usuarios de dichos retrasos y en cualquier caso se realizará el servicio con la duración acordada en el contrato y con el mismo objeto que estaba previsto (ej: en caso de retraso, si el usuario tiene contratada la higiene personal y la administración de medicación y desayuno, el/la trabajadora realizará todas las funciones acordadas) 12. El profesional prestara los servicios que se acordaron en el contrato siempre que no sea necesario otro tipo de intervención médica o psiquiatrica. En este caso el trabajador sugerirá al cuidador principal que tome las medidas necesarias o, si el usuario vive solo avisará a los servicios sanitarios de urgencias que se precisen. 13. El cliente suministrara al profesional los elementos necesarios para realizar sus funciones correctamente (ropa limpia, medicación, alimentos, pañales….y demás material sanitario e higiénico). 14. El cliente deberá firmar al inicio del servicio los permisos de medicación y de acompañamiento/traslados en el caso de que el servicio a realizar prevea que se realicen este tipo de tareas durante el mismo. 15. En el caso de que el traslado se realice en transporte público (taxi adaptado, ambulancia, autobús, etc…) el coste correrá a cargo del cliente.
3
II HORARIOS DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y TARIFAS VIGENTES 1. Los servicios se podrán realizar las 24 horas del día durante todo el año si bien los días 24, 25 y 31 de diciembre y 5, 6 de enero se ajustaran los horarios de los servicios con el personal de guardia, previo acuerdo con el usuario del servicio. 2. El horario de oficina es de lunes a viernes de 9 a 18 h. existiendo a disposición de los usuarios un teléfono de guardia para eventuales emergencias relacionadas con servicios previamente concertados 3. La prestación del servicio al cliente quedará recogida en el contrato asistencial, en el cual figurará el horario. Además cada uno de los servicios realizados quedará reflejado por medio de partes horarios de servicio (por duplicado) que firmará el usuario una vez finalizado cada uno de ellos y que posteriormente se adjuntarán a la factura correspondiente 4. En caso de necesidad el cliente podrá aumentar el número de horas del servicio y/o la tipología del mismo, en este caso se adjuntará un anexo al contrato asistencial que irá firmado por ambas partes y se rectificará el importe en caso de poder acogerse a un descuento por número de horas a realizar
III-SUGERENCIAS, QUEJAS Y RECLAMACIONES 1. Los clientes-usuarios disponen de hojas de reclamaciones que la empresa pone a su disposición para realizar las reclamaciones oportunas ante la administración competente. 2. Asimismo, durante el transcurso del/los servicios, se realizan valoraciones periódicas de la calidad del servicio, mediante cuestionarios de valoración y entrevistas personales con los usuarios. 3. Los clientes podrán realizar cualquier tipo de sugerencia comunicándolo por escrito a la dirección de la empresa o bien comunicándose telefónicamente o a través de correo electrónico. 4. Para comunicarse con la empresa pueden hacerlo por telefóno/fax en el 871 940 971. También pueden ponerse en contacto con nosotros vía e-mail: info@tajuda.es/tajuda@tajuda.es o visitándonos en c/Joan Mas, 2 1ºA. 5. Nuestro horario de atención al cliente es de lunes a viernes de 9 a 18 horas. Para los servicios de fin de semana se facilitará a los usuarios del servicio el móvil de la persona de guardia.
4
IV- SERVICIOS El servicio puede prestar, dependiendo del plan de trabajo individualizado con cada cliente, las actuaciones siguientes: 1. ACTUACIONES/SERVICIOS DE CARÁCTER DOMESTICO: son actividades y funciones cotidianas que se realizan en el hogar relacionadas con la alimentación , la ropa, y el cuidado y mantenimiento del entorno del usuario 2. ACTUACIONES/SERVICIOS DE CARÁCTER PERSONAL: son actividades y funciones que recaen sobre la propia persona, entre las cuales cabe destacar: A. Actividades de asistencia y orientación Higiene personal Preparación de comida Higiene de casa: se hará juntamente con el usuario, orientándole en sus tareas y valorando su esfuerzo Hacer la compra Cuidado de la ropa y asesoramiento sobre el cambio y mantenimiento de la misma Acompañar al médico Dar a conocer los recursos y como utilizarlos B. Actividades de Prevención Vigilar el estado de la piel de un encamado Estimular la actividad física y mental Vigilar la alimentación Sanear el domicilio Vigilar el abuso de alcohol y medicamentos, Vigilar las instalaciones, electrodomésticos y productos tóxicos para evitar accidentes Organizar el ocio para evitar asumir malos hábitos C. Actividades de Apoyo Animar a mejorar los hábitos de higiene Ante un problema de incapacidad, reforzar la confianza del usuario en si mismo Ante situaciones de desequilibrio emocional, estimular cambios positivos Valorar las conductas positivas del usuario Animar a establecer relaciones entre personas Animar a celebrar fechas significativas Dar aliciente para mejorar su salud física Profesional: trabajadora familiar
5
3. ACTUACIONES/ INTERVENCIONES EDUCATIVAS: Dirigidas a fomentar hábitos de conducta y adquisición de habilidades básicas, como: -Fomentar autonomía personal -Aumentar la autoestima: aumentar la seguridad y confianza, mejorar la imagen personal, fomentar la capacidad de toma de decisiones Profesional: trabajadora familiar, educadora social, pedagogo 4. OTROS SERVICIOS: desde nuestro servicio y ante determinadas demandas de los usuarios, se derivan a nuestros colaboradores en diferentes áreas: podología y fisioterapia. No se trata de personal propio sino de colaboraciones profesionales con empresas acreditadas para realizar dichos servicios.
V-ADMISIONES Y BAJAS 1. Requisitos para acceder al servicio -Pueden ser usuarios del servicio, cualquier persona con dependencia que necesiten un soporte para la realización de actividades de la vida diaria -No padecer ninguna enfermedad aguda que requiera la atención imprescindible en un centro hospitalario 2. Requisitos para iniciar el servicio -Previo al inicio de cualquier servicio se requiere una visita a domicilio para valorar si existen los recursos mínimos para realizar el servicio en condiciones óptimas. Esta visita será realizada por una coordinadora del servicio de ayuda a domicilio -El profesional una vez valorada la situación elaborará un plan de trabajo conjuntamente con el familiar responsable. Este plan de trabajo será puesto en conocimiento de la trabajadora familiar que realice el servicio para que conozca todos los pormenores del mismo. -El contenido del plan de trabajo se reflejará en el contrato asistencial - Documentación a aportar por el usuario/familiar Fotocopia DNI usuario Historia clínica y pautas de medicación del usuario en el momento del inicio.
3. Será Motivo de Baja: Baja voluntaria: por renuncia voluntaria por parte del usuario, que se expresará por escrito de forma expresa e inequívoca. En este caso se requiere un preaviso de 15 días. En caso contrario se cobraría el importe correspondiente a los servicios previamente concertados para este periodo. Baja temporal: por ingreso del usuario en clínica u hospital de forma temporal. No se requiere preaviso. Baja forzosa: Por producirse un impedimento insalvable y/o por cualquier otra circunstancia recogida en el punto VI de este reglamento
Al terminar el servicio de forma definitiva se realizará la liquidación de los servicios prestados hasta la fecha de baja.
6
VI-CAUSAS DE SUSPENSION PRESTACIÓN DEL SERVICIO
O
CESE
DE
LA
Serán motivos de suspensión del servicio: La alteración continuada del orden y la falta de respeto hacia los profesionales designados, así como la agresión física o maltrato grave No respetar las normas contenidas en este reglamento Aparición de problemáticas familiares que impidan el funcionamiento adecuado del servicio No abonar de forma regular el importe del servicio. Por incumplimiento del pago de más de 3 meses se puede suspender el servicio hasta abono del mismo. La entidad comunicará por escrito la suspensión de la prestación del servicio con una antelación mínima de 1 semana. Excepto en casos de extraordinaria gravedad (ej: agresión física) que se suspenderá inmediatamente.
VII-SISTEMAS DE COBRO DEL PRECIO DE LOS SERVICIOS Los precios actualizados de los servicios ofrecidos estarán a disposición de los clientes en todo momento. La forma de pago podrá ser: a) En servicios de carácter general se abonara a mes vencido durante la primera semana del mes siguiente a la realización del servicio mediante: Cargo bancario, cargo Visa, Transferencia y o metálico (en nuestras oficinas). La modalidad de pago se especificará en el contrato asistencial. b) En caso de servicios eventuales se abonará una vez finalizado el servicio mediante: Cargo bancario, cargo Visa, Transferencia y o metálico (en nuestras oficinas). La modalidad de pago se especificará en el contrato asistencial. Cada año, durante el mes de diciembre se hará llegar a los usuarios los precios actualizados que estarán vigentes a partir del 1 de enero del siguiente año
7
VIII-CARTA DE DERECHOS Y DEBERES
DERECHO DE LOS USUARIOS Derecho a acceder al servicio en condiciones de igualdad sin discriminación por razón de lugar de nacimiento, idioma, etnia, sexo, orientación sexual, estado civil, situación familiar, edad, discapacidad, Derecho a la confidencialidad respecto a la información que conozcan los servicios sociales, de acuerdo con la legislación de protección de datos de carácter personal Derecho al acceso, en cualquier momento, a su expediente individual, de acuerdo con lo que establece la legislación vigente, y en todo lo que no vulnere el derecho a la intimidad de terceras personas Derecho a la asignación de personal profesional de referencia, en los términos establecidos reglamentariamente Derecho a recibir servicios de calidad y a conocer los estándares establecidos a estos efectos Derecho a sugerir y hacer reclamaciones Derecho a la continuidad de la prestación de los servicios en las condiciones establecidas o convenidas Derecho a recibir atención personalizada atendiendo a su casuística particular Derecho a ser orientado hacia otros servicios asistenciales alternativos en el caso de ser necesario Derecho al acceso a la información contenida en el expediente personal Derecho a recibir una correcta asistencia higiénica y sanitaria y recibir la prestación adecuadamente Ser informado puntualmente de las modificaciones que puedan producirse en el régimen de la prestación (cambios de personal, horarios, etc…)
8
DEBERES DE LOS USUARIOS Cumplir las normas, los requisitos, las condiciones y los procedimientos establecidos en las prestaciones y los servicios; seguir el programa de atención y las orientaciones que se hayan acordado con el personal profesional competente y comprometerse a participar activamente en el proceso Facilitar información verídica sobre las circunstancias personales, familiares y económicas, siempre y cuando su conocimiento sea necesario para valorar y atender su situación, y también comunicar las variaciones que se produzcan. Cumplir el reglamento de régimen interno Firmar el contrato asistencial pertinente ocn la entidad prestadora del servicio El resto de deberes que establezca la normativa reguladora del servicio Facilitar el acceso del auxiliar al domicilio, Informar de cualquier cambio que se produzca con respecto a la situación personal, familiar, etc.…que pudiera dar lugar a la suspensión o extinción de la prestación del servicio, con un mínimo de antelación suficiente especificado en el contrato asistencial. La falta de cumplimiento de los plazos implicará el cobro de los servicios, aún no realizados, dentro del plazo considerado como preaviso (como máximo de 15 días). Excepto en caso de fallecimiento o ingreso hospitalario de urgencias. Adoptar una correcta y colaboradora actitud en el desarrollo de la prestación y de la convivencia. Asumir, cuando así esté establecido, el coste de la prestación, total o parcialmente en función de su capacidad económica y patrimonial, que se evaluará conforme a la normativa vigente La entidad tiene como obligación el dar una copia del contrato asistencial y del reglamento de régimen interior al usuario o a su representante legal.
9