Reglamento biblioteca

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REGLAMENTO DE BIBLIOTECA 1.-

HORARIO DE ATENCION:

De 07:00 a 12:30

por las mañanas

De 14:00 a 19:00

por las tardes

De 07:00 a 12:00

los sábados

2.-.

ATENCION EN SALA:

Los prestamos de libros, en SALA a pedido por BOLETA DE PEDIDO DE LIBROS, con los siguientes documentos alternativamente: CARNET DE IDENTTDAD CARNET UNIVERSITARIO CARNET DE USUARIO O LECTOR 3.-

PRESTAMOS A DOMICILIO:

a) Los prestamos de libros a domicilio son estrictamente PERSONALES y se efectúan previa presentación del CARNET DE USUARIO O LECTOR. b) Los prestamos de libros a domicilio se realizan a partir de horas 14:00 todos los días de lunes a viernes, mas los sábados hasta medio día, previo registro en el libro de prestamos. c) El prestamos de libros es solamente por 24 horas, y se les podrá facilitar un SOLO LIBRO, debido a la gran afluencia de solicitudes, y dada la escasez de volúmenes que cuenta la biblioteca. d) Los prestamos de libros a docentes y administrativos, deberán sujetarse estrictamente al mismo tratamiento de los estudiantes. 4.-

LIBROS QUE PUEDEN PRESTARSE A DOMICILIO

a) El afán de mantener activa la colección de libros y facilitar los medios la lectura, no presupone que todas las obras pueden prestarse con la misma libertad a domicilio. b) Los de la colección de circulación (libros textos) pueden ser prestados a domicilio y utilizados dentro del recinto bibliotecario. c) La colección de referencia conformados por TESIS, DICCIONARIOS, ANUARIOS, ENCICLOPEDIAS, DOCUMENTOS DE INFORMACIÓN. etc., su uso está circunscrito a la sala de la biblioteca y no así a domicilio. d) Estas medidas o restricciones se las aplica únicamente como protección de los usuarios de la biblioteca y de toda la bibliografía existente, dado el elevado costo de los mismos. SANCIONES: a) De acuerdo a la resolución No. 005/02 del Consejo Facultado de Ciencias Económicas y Administrativas de fecha 3 de Abril de 2002, los préstamos de libros a domicilio son por lapso de 24 horas, pasado esta fecha se cobrará 1. (UN BOLIVIANO 00/100) por día de mora, recursos que se depositaran en la cuenta de la facultad. 1


b) En caso de deterioro, mutilación o sustracción de las hojas de un libro, deberá cancelar el valor total del libro. c) En caso de pérdida del libro, el usuario deberá reponer el mismo libro original. d) Queda terminantemente prohibido el fotocopiado de los libros de la biblioteca, sin autorización del encargado de la misma. Sucre, noviembre del 2003

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