Reseña Historica

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RESEÑA HISTÓRICA En el año 1.993 surge una idea del Dr. Rafael Pereira García, como resultado de una comisión que le toco cumplir en la ciudad de Medellín con un proyecto de Televisión Comunitaria, y entendió la importancia que tendría en Arjona, donde solo se captaban para la época dos canales nacionales. Socializo con un grupo de amigos la idea y fue tomando forma, hasta cuando en el año 1,994 ese puñado de reconocidos lideres arjoneros, se constituyeron en una Cooperativa y mediante documento privado en Asamblea General celebrada el 23 de Enero se creó la Cooperativa para la Recreación Cultural y el Bienestar Social de Arjona COOPRECAR, documento mediante el cual se eleva hasta la instancia respectiva y se le reconoce la personería jurídica No. 1764 de 1,994 emanada del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas "Dancoop". En 1,955 el día 9 de Mayo, el alcalde de ese entonces Ingeniero Cesar Reyes Carmona, concede el permiso provisional al gerente de la época, Dr. Rafael Pereira García quien presidia a "COOPRECAR", para prestar el servicio de televisión por cable y luego ese mismo año el día 26 de Septiembre expide la resolución N. 227 mediante la cual se otorga la Licencia de Funcionamiento. Su primer Gerente fue el Dr. Rafael Pereira García y el primer funcionario a vincularse fue Rosa Chamorro Cumplido. Así nace lo que hoy es la Corporación de Televisión y Canal Comunitario de Arjona

Teledique

-

Cortecar,

solo

que

por

recomendaciones

de

la Comisión nacional de televisión (CNTV), fue necesario hacer un cambio en su razón social y se creó la Corporación Teledique en el año 2005. A partir del año 1991 por iniciativa del constituyente, se quita la función de vigilancia y regulación de la televisión al ministro de comunicaciones, en su remplazo crea un órgano "Comisión Nacional de Televisión" (CNTV) quien debe a partir de entonces regular la televisión nacional, por lo que se hizo todo lo pertinente para registrarnos y legalizarnos ante la CNTV. Se procedió a reunir la documentación pertinente para tal fin, se envía inicialmente y fue negada la licencia mediante Resolución 0220 del 05 de Abril de 2005, luego de hacer los replanteamientos y acoger las iniciativas sugeridas se cursa un nuevo trámite ante la Comisión Nacional de Televisión y se interpone el recurso de reposición contra la resolución 0220/05.


En atención a las evaluaciones de los soportes del recurso solicitado, la CNTV considero que los documentos y pruebas aportadas cumplían los requisitos, fue así como en sesión del día 12 de Julio de 2005 tal como lo consignaron en el acta N° 1171 de la misma fecha, este organismo resolvió favorable y mediante RESOLUCIÓN N° 0497 DE JULIO DE 2005 se otorga licencia para prestar el servicio de televisión comunitaria, de conformidad con las disposiciones vigentes. fuente: revista informativa (impresa) "balance de gestión 2010 asamblea general ordinaria de asociados 2011"(2011


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