GUIA PARA LA PRESENTACIÓN DEL PLAN DE TESIS, DISERTACIÓN, MONOGRAFIA.

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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO

GUIA PARA LA PRESENTACIÓN DEL PLAN DE TESIS, DISERTACIÓN, MONOGRAFIA. Aprobado por Consejo Directivo 29 de marzo de 2006

GUIA PARA LA ELABORACIÓN DE TESIS, DISERTACIÓN, MONOGRAFIA DE GRADO Aprobado por Consejo Directivo 05 de julio de 2006 Reformado 02 de marzo de 2011

REGLAMENTO PARTICULAR DE GRADOS Aprobado por Consejo Directivo el 18 de enero de 2006 REFORMAS: 19/09/2007 10/10/2007 y 13/10/2010


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GUIA PARA LA PRESENTACIÓN DEL PLAN DE TESIS, DISERTACIÓN, MONOGRAFIA. Aprobado por Consejo Directivo 29 de marzo de 2006

GUIA PARA LA ELABORACIÓN DE TESIS, DISERTACIÓN, MONOGRAFIA DE GRADO Aprobado por Consejo Directivo 05 de julio de 2006 Reformado 02 de marzo de 2011

REGLAMENTO PARTICULAR DE GRADOS Aprobado por Consejo Directivo el 18 de enero de 2006 REFORMAS: 19/09/2007 10/10/2007 y 13/10/2010 (acta 477).


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P. Dr. César González Loor PRORRECTOR Diac. Econ. MBA. Jorge Grijalva Salazar DIRECTOR ACADÉMICO MIEMBROS DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL CENTRO DE PUBLICACIONES

Ambato – Ecuador Impresión julio 2011


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GUIA PARA LA PRESENTACIÓN DEL PLAN DE TESIS, DISERTACIÓN, MONOGRAFIA. Las diferentes Unidades Académicas de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato, exigen como requisito para la obtención de un Título Académico la presentación de una Tesis de Grado, de una Disertación de Grado o de una Monografía, para lo cual es necesario presentar un plan, que requiere ser aprobado por el organismo respectivo en la Unidad Académica correspondiente. El plan de trabajo deberá ser presentado en hojas de papel bond, formato INEN A4, deberá contener: A. INDICE DEL PLAN PARA EL TRABAJO DE GRADO Carátula con el título del trabajo, nombre del o de los proponentes, y posible asesor o director del trabajo Tema Antecedentes Definición del problema o Delimitación del problema o Preguntas básicas Marco Teórico Formulación de la hipótesis (Tesis y Disertación) Variables e indicadores (Tesis y Disertación) o Variables e indicadores para las hipótesis Objetivos o Objetivo General o Objetivos Específicos Metodología o Fuentes de información o Instrumentos para obtener información o Métodos de investigación Justificación Índice tentativo del trabajo de grado


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Bibliografía Cronograma de actividades B. DESCRIPCIÓN DEL PLAN PARA EL TRABAJO DE GRADO

I.

PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN

1. ANTECEDENTES En la práctica investigativa los antecedentes constituyen el Trasfondo del problema es decir la presentación de la temática a ser investigada con miras a ubicar el problema específico de la investigación. 2. SIGNFICADO DEL PROBLEMA Es la idea que se convierte en objeto de reflexión y estudio. Responde a la pregunta ¿Qué estudiar o qué investigar? 3. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA CONVIENE DEFINIR EL PROBLEMA POR MEDIO DE PREGUNTAS sobre lo que se quiere investigar en forma clara y precisa. ¿Cuáles son las preguntas de investigación deben ser respondidas? 4. PLANTEAMIENTO DEL TEMA 5. DELIMITACIÓN DEL TEMA

que


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II.

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MARCO TEÓRICO Comprende una recopilación del conocimiento teórico y bibliográfico que explica el área de la investigación que se realizará. Es el marco de referencia inicial, de respaldo al problema

III.

HIPÓTESIS a) Constituyen enunciados o afirmaciones presentadas como respuestas tentativas a las preguntas directrices formuladas como “el problema”. Se debe facilitar la identificación de variables e indicadores a ser considerados en el análisis y que por consiguiente, orientarán la búsqueda de la información pertinente. b) Variables e indicadores. Variable: Es una característica observable o un aspecto discernible de un objeto de estudio que puede asumir distintos valores cuantitativos y cualitativos, según el sujeto. Ej.: Precios. Indicadores: Elementos cuantificables que para el efecto de la investigación describe las variables. Ej.: Tasa anual de crecimiento de los precios.

IV.

OBJETIVOS Son los propósitos de la investigación y responden a la pregunta ¿Para qué vamos a investigar? Estos deben ser claros, precisos, factibles y deben plantearse con verbos en infinitivo.


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1. General: Es el cual se realiza la 2. Específicos: que se plantean general. V.

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propósito global por el investigación. Son metas puntuales para alcanzar el objetivo

METODOLOGÍA DEL TRABAJO

Metodología: Responde a la pregunta del Cómo y Con qué se va a realizar la investigación. Es importante, en este tipo de investigación definir el Universo y la Muestra que se delimitará para obtener los datos. Procedimiento a seguirse para lograr los objetivos: Tipo de información y de técnicas de recopilación de datos Método de investigación: generales (analítico y sintético) y particulares (histórico, comparado, descriptivo) También debe definirse si la investigación va a ser: Explorativa: Corresponde a la investigación de Campo. Se procede a usarla cuando hay pocos antecedentes teóricos o escasos datos de aplicación práctica al tema objeto de estudio. Es importante en este tipo de Investigación definir el Universo y la Muestra que se delimitará para obtener los datos. Descriptiva: Es complementaria la Investigación explorativa al identificar elementos y características específicas al problema de investigación. El investigador


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debe recolectar, comparar, analizar y graficar los datos obtenidos sujetándose a la teoría estadística. Histórica: Si se van a identificar elementos pasados, que obligan a recolectar, comparar y criticar acontecimientos pasados. En este caso el investigador debe recurrir a fuentes de informaciones primarias y secundarias. VI

JUSTIFICACIÓN Corresponde a la argumentación, con razones teóricas, metodológicas o prácticas, respecto de la conveniencia o necesidad de realizar la investigación o análisis, objeto del tema propuesto. La justificación responde a la pregunta ¿Por qué se va a investigar?

VII

INDICE TENTATIVO Corresponde al índice tentativo del informe final de la Tesis, Disertación, Monografía

VIII

BIBLIOGRAFÍA PRELIMINAR

Corresponde a las obras consultadas inicialmente y que se han utilizado para la elaboración del Plan del Trabajo de Grado y a las que se piensa recurrir para el desarrollo de la investigación. IX

CRONOGRAMA Es el detalle de las principales actividades que serán desarrolladas durante la investigación, señalará el período de tiempo correspondiente


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para su cumplimiento: especificará meses y semanas respectivamente. X

RECURSOS Se especifican los recursos humanos, materiales y económicos que se requerirán para la investigación.

La presente GUIA PARA LA PRESENTACIÓN DEL PLAN DE TESIS, DISERTACIÓN, MONOGRAFIA, fue aprobado en sesión de Consejo Directivo de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Sede Ambato, el día miércoles 29 de marzo de 2006 (acta No. 380).

Ab. Pablo Poveda Mora SECRETARIO GENERAL PROCURADOR PUCE SEDE AMBATO


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GUIA PARA LA ELABORACIÓN DE TESIS, DISERTACIÓN, MONOGRAFIA DE GRADO La Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato de acuerdo al Reglamento General de Grados y al Reglamento Particular de Grados de las Sede exige, la elaboración de una Tesis de grado, de una Disertación, de una Monografía según el caso, como trabajos de grado, previo a la obtención de un título Académico. El trabajo de grado es un trabajo personal que representa una aplicación reflexiva de los conocimientos teóricos y las competencias metodológicas aprendidas durante la formación universitaria. El trabajo de Grado se basará, según lo pertinente al ámbito específico del estudiante, en consulta bibliográfica, datos de campo, archivo, laboratorio, y/o taller. Los trabajos pueden ser estudios o proyectos de creación y producción. Los estudios pueden ser de tipo descriptivo, experimental, correlacional, explicativo – causal, investigaciones monográficas, construcción de modelos o sistemas, pruebas de simulación, proyectos de innovación o emprendimiento. Cada Unidad Académica orientará al estudiante sobre los temas posibles y el tipo de trabajo que se exige para la graduación. Esta guía tiene el propósito de facilitar a estudiantes, profesores asesores y directivos de las diferentes Unidades Académicas, la elaboración de sus trabajos de Grado, y orientarles en las reglas básicas que permitan la estandarización en la presentación de Tesis de Grado, Disertaciones de Grado y Monografías en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato.


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IDIOMA: El idioma oficial de presentación de Tesis de Grado, Disertaciones de Grado y Monografías es el español. Se exceptúa la Disertación de Grado presentada para la obtención del Título de Licenciatura en lingüística aplicada a la enseñanza del idioma Inglés. PARTES DEL TRABAJO DE GRADO: Tanto la Tesis de Grado, como la Disertación y la Monografía deben contener tres partes fundamentales: Preliminares Cuerpo Material de Referencia PRELIMINARES.1. Pasta 2. Hoja en blanco 3. Portada (Ver hojas preliminares) Logotipo y Nombre de la Universidad Unidad Académica Tema: Título y Subtítulo del trabajo Tesis de grado / Disertación de grado / Examen complexivo práctico previo a la obtención del título de xxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx Línea de Investigación Autor del trabajo Director del trabajo Ciudad – País Mes y año de presentación


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4. Hoja de aprobación (Ver hojas preliminares) Nombre de la Universidad Unidad Académica Título del trabajo Línea de Investigación Autor Nombre y firma del Director del trabajo Nombre y firma de los calificadores Nombre y firma del Director de la Unidad Académica Nombre y firma del Secretario General de la Pucesa 5. Declaración de autenticidad y responsabilidad (Ver hojas preliminares) La Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato exige al estudiante que provea de un original del trabajo de Grado, así como grabaciones y otros materiales para ser retenidos como propiedad de la Universidad. Declarando expresamente que el trabajo de grado es de exclusiva responsabilidad legal y académica del autor. Sin embargo los derechos de publicación están reservados para el estudiante como autor, tal como dicta la actual Ley de Propiedad Intelectual del Ecuador. 6. Agradecimiento (Opcional) Se refiere al reconocimiento que el o los autores quieren hacer a favor de las personas e instituciones que apoyaron la realización del trabajo, no debe exceder de una página.


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7.

Dedicatoria (Opcional) Hace referencia a la o las personas a quienes el autor quiere dedicar su trabajo, no debe exceder de una página.

8.

Resumen / Abstract El trabajo de grado debe tener dos resúmenes en páginas separadas, uno en idioma español y otro en idioma inglés. El resumen es la sección más leída de un trabajo de grado y permite que la comunidad universitaria se entere del trabajo para luego leer el trabajo en detalle. En el caso de la tesis tendrá un máximo de 250 palabras, la disertación tendrá un máximo de 200 palabras y la monografía un máximo 150 palabras. Se escribe a manera de un solo párrafo, separando las ideas, solo con punto y seguido. Debe ser muy conciso, conteniendo el objetivo del trabajo, una descripción breve y detallada de la metodología para que se pueda tener una buena idea de cómo se realizó el trabajo indicando: el diseño experimental empleado, las características de los sujetos experimentales (cuando aplique), las condiciones de las instalaciones si se considera indispensable; describir claramente los tratamientos evaluados y las variables de respuesta que se analizaron, así como los análisis estadísticos efectuados. Los resultados deben presentarse claramente, no en forma de cuadro, sino como texto indicando si hubo o no diferencia estadística y a qué nivel de significancia. Debe contener una opinión a modo de conclusión sobre los resultados. Si no fue un trabajo experimental y se trata de una recopilación de literatura,


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indicar los temas que se trataron y hasta cuantos años fue revisada; también es importante indicar por qué fueron escogidos esos temas, y a manera de discusión en este tipo de recopilaciones, se deberá presentar lo que otros autores han concluido, pero también debe de presentarse la opinión que sobre el tema se formó el autor de la recopilación, y cual es su conclusión sobre el tema. La versión en inglés de este resumen deberá ser avalada por escrito por la Escuela de Lenguas y Lingüística de la Pucesa. 9. Tabla de contenidos Se refiere a la lista organizada de las partes que conforman el trabajo en el orden en el que se presentan al interior del mismo. 10. Tabla de gráficos, tal como aparece en su encabezado. Es optativo, de acuerdo a la cantidad de ayudas ilustrativas que contenga el trabajo (Gráficos, tablas, cuadros, mapas, diagramas, ilustraciones, etc.). Es necesario enlistar todas las ilustraciones y cuadros con el título, número respectivo y página en la que se encuentra. Esta lista, de haberla, se debe colocar en una nueva página a continuación de la tabla de contenidos. 11. Reglas y convenciones, se utiliza para un adecuado uso y lectura del trabajo, cuando existen cambios de pagina frecuentes entre el texto, uso de anexos, referencias o si existe material complementario.


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CUERPO.La estructura del contenido debe ser determinado por la Unidad Académica, conjuntamente con el autor y el director del trabajo, por lo general incluye las siguientes partes: Introducción Revisión de la literatura o fundamentos teóricos Metodología Resultados Discusión / análisis y validación de los resultados Conclusiones y Recomendaciones MATERIAL DE REFERENCIA.Por lo general incluye: Bibliografía Glosario Índices (autor, materia, cronológico, etc.) Anexos Hoja en blanco

PRESENTACIÓN FÍSICA: 1. EMPASTADO (Ver empastados) El empastado para los diferentes trabajos de grado será de color azul oscuro, con letras y logo de color dorado, diferenciándose en el lomo del empastado lo siguiente:


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Para la Monografía, una línea horizontal, a dos centímetros del borde superior. Para la Disertación, dos líneas horizontales, la segunda línea a cinco milímetros de la primera. Para la Tesis, tres líneas horizontales, la tercera a cinco milímetros de la segunda. El grosor de las líneas para cada caso será de 2,5 puntos. 2. PAPEL.El papel utilizado debe ser Bond, A4, de 75 gramos. Según la naturaleza de la carrera se acepta la inclusión de soportes con otro tipo de material. 3. DISEÑO E IMPRESIÓN.Se aceptan los tipos de letras: Courier, Arial, Helvetica o Times New Roman, el mismo tipo de letra debe ser utilizado consistentemente en todo el cuerpo del Trabajo de Grado. El tamaño de la letra del texto debe ser de 12 puntos; el de los títulos y encabezados de 14 puntos; el de las tablas, figuras, apéndices y otros de 10 puntos. Ver cuadro Diseño e impresión TITULOS

Tipo

Tamaño

Otros

Numeración

CAPITULOS Subcapítulos nivel 1 Subcapítulos nivel 2

Mayúscula Minúscula

14 14

Negrilla Negrilla

I 1.1

Minúscula

12

Negrilla

1.1.1


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Subcapítulos nivel 3 Subcapítulos nivel 4 Subcapítulo Nivel 5 Subcapítulos Nivel 6

18

Minúscula

12

Negrilla

1.1.1.1

Minúscula

12

Negrilla

1.1.1.1.1

Minúscula

12

Minúscula

12

Negrilla + subrayado Subrayado

Minúscula

10

Negrilla

Minúscula

10

Regular

Minúscula

10

Negrilla

Minúscula

10

Negrilla

Minúscula

10

Regular

Minúscula

10

Negrilla

Minúscula

10

Regular

Otros documentos:

Tablas: Titulo Tablas: Contenido Tablas: Referencias Gráficos: Título Gráficos: Contenido Formas: Título Formas: Contenido

Tabla 1.1

Gráfico: 2.1

Forma: 2.3

La Tesis de Grado, la Disertación de Grado o la Monografía debe ser escrita a doble espacio interlineal, La bibliografía debe escribirse a un espacio, con un doble espacio entre cada referencia. Las citas indentadas deben escribirse a un espacio. Los márgenes deben ser de 3 cm en los bordes superior, de 2,5 cm en el borde derecho e inferior y 4 cm en el borde lateral izquierdo. Estos requerimientos se aplican también a las páginas con gráficos, tablas, cuadros y otros. Los trabajos deben ser impresos en un solo lado de la hoja, en impresora láser o de calidad similar. Se debe presentar sin ninguna corrección posterior a su impresión.


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Adicionalmente se debe presentar el trabajo de grado en CD-ROM, en formato .pdf. El formato de documentos portátiles (Portable Document Format, PDF) es el empleado como estándar internacional para la distribución e intercambio seguro y fiable de documentos electrónicos. Los archivos PDF tienen el mismo aspecto que los documentos originales, al tiempo que mantienen las fuentes, imágenes, gráficos y diseño de cualquier archivo original, independientemente de la aplicación o plataforma empleadas para crearlo. Se puede compartir, ver e imprimir documentos PDF en cualquier sistema mediante el software gratuito Adobe Reader®, independientemente del sistema operativo, la aplicación original o las fuentes. Los archivos PDF disponen, además, de funciones de búsqueda completas para localizar palabras, marcadores y campos de datos en los documentos. 4. PAGINACIÓN.Todas las hojas del trabajo de grado, deben ir numeradas, a excepción de la portada y la hoja de aprobación. Se debe utilizar los números romanos en minúsculas para las páginas preliminares y los arábigos para las páginas del cuerpo de la tesis y del material de referencia. Los números arábigos deben comenzar en la segunda hoja del texto en el margen superior derecho, empezando con el número 2. La secuencia debe incluir las hojas del material gráfico hasta el final del trabajo de grado y las hojas del material de referencia, aunque ocasionalmente no se pueda escribir el número en alguna página.


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Las páginas de agradecimientos, y las que la siguen deben ir numeradas en los mismos sitios, pero con números romanos en minúsculas, empezando con el número iii. El número de página de las hojas que inicien con títulos debe ir centrado en el margen inferior de la hoja. 5. DIAGRAMACIÓN Para diagramar el texto se deben seguir las siguientes normas: - El inicio de cada capítulo debe ser en una nueva página. - El inicio de cada capítulo se lo hará desde la segunda línea a partir del margen superior de la página, centrado, en mayúsculas y negrita. - El inicio del texto después de dos espacios bajo el título. - El documento no llevará sangrías. - Se dejará doble espacio entre párrafo y párrafo. - El texto se escribirá en un solo lado de la hoja. - Todo el documento será justificado a derecha e izquierda. - Los subtítulos se escribirán en negrita y con minúsculas, excepto la primera letra de la primera palabra. (Ver Cuadro Diseño e impresión) - Las citas se incorporarán en el trabajo entre comillas y a continuación entre paréntesis el apellido del autor, el año y la página. Si son dos autores se los separa con la letra “y”. Si son más de dos, luego del primero se pone “et al”. Cuando se omite en la cita algunas palabras del autor, agregue tres puntos suspensivos. - No se dejará un título o subtítulo como última línea en una página, ni tampoco una línea suelta de una frase al final de una página.


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6. MATERIAL COMPLEMENTARIO.En caso de que el trabajo de grado venga acompañado por un dispositivo magnético, se aceptará únicamente en formatos CD y/o DVDRom´s, como material no impreso, el mismo que deberá ser debidamente identificado con el título del trabajo de grado y el nombre de su autor, y adjuntando al documento impreso en un envase apropiado. En el caso de que el material tenga un requerimiento específico para su uso, éste deberá ser especificado en una pequeña instrucción incluida en el envase y deberá ser mencionada en la hoja de reglas y convenciones. Si al realizar un trabajo de grado, se ha elaborado o utilizado material complementario, éste quedará como donación en su unidad académica, mediante un acta de entrega-recepción. 7. BIBLIOGRAFIA.Los trabajos de grado requieren leer lo que otros han escrito relacionado al tema que se estudia. Cuando se utiliza el trabajo de otra persona es necesario identificar el trabajo utilizando un formato estándar de citas. Una cita es una expresión de una fuente o de un hecho, mención, o concepto. La mayoría de sus fuentes serán materiales de una clase u otra que se hayan publicado. De manera que, normalmente tiene que mencionar al autor, nombre de la publicación, dónde y cuando fue publicado quién lo publicó y en


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que página se encuentra dentro del material que ha utilizado. Por ejemplo, una referencia de un libro podría verse en la página de Trabajos Citados como sigue: García, Fernando. Computadoras en el Espacio. Buenos Aires: HBL Editores, 1997. En el documento, para una referencia entre paréntesis de este libro escribiría algo semejante a: (García 112) donde el hecho que usted ha usado del libro, estaba en la página 112. No obstante esto, puede volverse más complejo. Hay Normas guía para artículos de enciclopedias, libros de una serie, libros con autores múltiples, artículos aparecidos en revistas, paginas web, información de base de datos, entrevistas personales, fuentes no publicadas como periódicos, noticiosos radiales, programas de radio, películas de cine, discursos… La lista es interminable... Los procedimientos para redactar las referencias de las fuentes de información varían según las áreas científicas. Damos los estilos más frecuentemente utilizados: • APA (American Psychological Association): para psicología, educación y otras ciencias sociales. APA es una organización científica fundada en 1892 por G. Stanley Hall. AMERICAN PSYCOLOGICAL ASSOCIATION. ApaStyle.org. Style tips [en línea]. APA, s.d. 2005. 6 de septiembre de 2005 http://www.apastyle.org/styletips.html


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• MLA (Modern Language Association): literatura, artes, y humanidades. MLA es una asociación fundada en 1883 . - La guía para el estilo MLA se encuentra en MLA Manual and Guide to Scholarly Publishing (2nd edition). Para el formato MLA aplicado a la investigación se puede consultar el libro MLA Handbook for Writers of Research Papers (6th edition). La Pucesa considera más práctico escribir las referencias en el mismo texto (APA y MLA) conforme se va escribiendo. Cada trabajo, o parte de un trabajo se enlista separadamente y es ordenado alfabéticamente por el apellido del autor. La primera línea de cada cita empieza en el margen izquierdo, el segundo y cualquiera de las líneas siguientes se utiliza una sangría francesa (cinco espacios). A continuación encontrará la forma correcta de citar de una variedad de materiales: Libros Nombre del autor. Título del Libro: Subtítulo. Nombre del editor, traductor o compilador. Edición. Número de volúmenes. Nombre de la serie. Lugar de publicación: Nombre de la editorial, fecha. Número de páginas (sólo para partes de una antología). Información complementaria (opcional). Longenecker, Justin Gooderl, Carlos W. Moore, and J. William Petty. Small Business Management: an Entrepreneurial Emphasis. 12th ed. Manson: Thomson, 2003.


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Dos o más libros del mismo autor Chiavento, Idalberto. Administración de recursos humanos. Santafé de Bogotá: McGraw, 1994. ---, Gestión del talento humano. Trad. Germán Villamizar. Bogotá: McGraw, 2002. ---, Introducción a la teoría general de la administración. Trad. Germán Alberto Villamizar. México: McGraw, 2002. Libros con más de dos autores Dos o tres autores: Naterop, Bertha J, Erich Weis, and Eva Haberfellner. Más de tres autores: (opcional): Quirk, Randolph, et al. Libros electrónicos Todos los datos disponibles de la versión impresa. Información de la publicación electrónica (i.e. título del sitio de Internet [subrayado], editor del sitio, número de versión, fecha de la publicación electrónica, Nombre de la institución que lo subsidia). Fecha de acceso y URL del libro. The Lean Enterprise : Designing and Managing Strategic Processes for Customer-winning Performance by Dimancescu, Dan.; Hines, Peter.; Rich, Nick. New York AMACOM Books, 1997. ISBN: 0814403654 eBook ISBN: 0585024863 http://biblioteca.itesm.mx/cgibin/nav/salta?cual =bases:30&recargar =617


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Dimancescu, Dan, Peter Hines, and Nick Rich. The Lean Enterprise: Designing and Managing Strategic Processes for Customer-Winning Performance. New York: AMACOM, 1997. NetLibrary. 20 Sept. 2003. < http://biblioteca.itesm.mx>. Artículo de revista Nombre del autor. “Título del artículo.” Nombre de la revista seguida por la fecha de publicación (día, mes y año para publicaciones semanales o quincenales y mes o meses y año para publicaciones mensuales o bimestrales): paginación inclusiva del artículo. Farson, Richard, and Ralph Keyes. “The FailureTolerant Leader.” Harvard Business Review Aug. 2000: 64-73. Artículo de revista electrónico Todos los datos disponibles de la versión impresa. Nombre de la base de datos en la que está incluida la revista. Fecha de acceso y URL. Cravens, Gwyneth. “Terrorism and Nuclear Energy: Understanding the Risks.” Brookings Review Spring 2002: 40-44. Sirs Researcher. 20 Aug. 2003 <http: //biblioteca.itesm.mx>. Artículo de periódico Nombre del autor. “Título del artículo.” Nombre del periódico Ciudad, seguida por la fecha de publicación completa, Edición, Número de sección+.


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Alaton, Salem. “So, Did They Live Happily Ever After?” Globe and Mail [Toronto] 27 Dec. 1997, D1+. Artículo de periódico electrónico Todos los datos disponibles de la versión impresa. Nombre de la base de datos en la que está incluido el periódico. Fecha de acceso y URL. White, Erin y Claudia Sandoval. “Los escándalos de algunos son la oportunidad de negocios para otros”. Reforma [México] 20 Nov. 2002. ProQuest. 20 Ago. 2003 <http:// biblioteca.itesm.mx>. Películas y videograbaciones Título. Director. Distribuidor, fecha de publicación. Otros datos pertinente (i.e. nombre del escritor, actores y productor entre el título y el distribuidor). The Brain: Perception. Prod. de Discovery Channel and Summer Production, Lara Andre, Jonathan Lawhead. Discovery Channel School, 1997. The Speeches of Adolf Hitler. By Adolf Hitler. MIP Home Video, 1990.


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HOJAS PRELIMINARES

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PORTADA

UNIDAD ACADEMICA Tema: TÍTULO DEL TRBAJO SUBTITULO DEL TRABAJO

Tesis de grado / Disertación de grado / Examen complexivo práctico previo a la obtención del título de xxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx

Línea de Investigación:

Autor: LUIS CARLOS JACOME HIDALGO Asesor: ING. Msc. GUSTAVO ADOLFO SUAREZ SUAREZ

Ambato – Ecuador Enero 2006


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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO HOJA DE APROBACIÓN Tema: TÍTULO DEL TRABAJO SUBTITULO DEL TRABAJO Línea de Investigación: Autor: LUIS ALFREDO JACOME HIDALGO Gustavo Adolfo Suarez Suarez, Ing. Msc. f. _____________________ DIRECTOR DE TESIS / DISERTACIÓN / EXAM.

Pedro Rafael Lopez Gómezjurado. Lcdo. MBA. CALIFICADOR f. _____________________ Juan José Arroyo Miranda, Ing. MI. CALIFICADOR

f. _____________________

Lincoln Josué Tamayo Del Río, Ing. PhD. DIRECTOR UNIDAD ACADÉMICA

f. _____________________

Pedro José Rivadeneira Río, Dr. SECRETARIO GENERAL PUCESA

f. _____________________

Ambato – Ecuador Junio 2006


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DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD Y RESPONSABILIDAD Yo, Luís Alfredo Jácome Hidalgo portador de la cédula de ciudadanía No. 180304151-6 declaro que los resultados obtenidos en la investigación que presento como informe final, previo la obtención del título de XXXXXX XXXXXX XX XX XXXXX XXXXX son absolutamente originales, auténticos y personales. En tal virtud, declaro que el contenido, las conclusiones y los efectos legales y académicos que se desprenden del trabajo propuesto de investigación y luego de la redacción de este documento son y serán de mi sola y exclusiva responsabilidad legal y académica.

Luís Alfredo Jácome Hidalgo CI. 180304151-6


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RESUMEN DEL ABSTRACT vi

Resumen


LA ELABORACIÓN DE TESIS, DISERTACIÓN, MONOGRAFIA DE GRADO

EMPASTADO

UNIDAD ACADEMICA Tema: TÍTULO DEL TRBAJO SUBTITULO DEL TRABAJO Examen complexivo práctico previo a la obtención del título de xxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx Línea de Investigación; Autor: LUIS CARLOS JACOME HIDALGO Asesor: ING. Msc. GUSTAVO ADOLFO SUAREZ SUAREZ

Ambato – Ecuador Enero 2006

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UNIDAD ACADEMICA Tema: TÍTULO DEL TRBAJO SUBTITULO DEL TRABAJO Disertación de grado previo a la obtención del título de xxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx Línea de Investigación:

Autor: LUIS CARLOS JACOME HIDALGO Director: ING. Msc. GUSTAVO ADOLFO SUAREZ SUAREZ

Ambato – Ecuador Enero 2006

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UNIDAD ACADEMICA Tema: TÍTULO DEL TRBAJO SUBTITULO DEL TRABAJO Tesis de grado previo a la obtención del título de xxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx Línea de Investigación: Autor: LUIS CARLOS JACOME HIDALGO Director: ING. Msc. GUSTAVO ADOLFO SUAREZ SUAREZ

Ambato – Ecuador Enero 2006

La presente GUIA PARA LA ELABORACIÓN DE TESIS, DISERTACIÓN, MONOGRAFIA DE GRADO, fue aprobado en la sesión de Consejo Directivo del 5 de julio de 2006 (Acta No. 387) reforma del 2 de marzo de 2011 (Acta No. 485) Ab. Pablo Poveda Mora SECRETARIO GENERAL PROCURADOR PUCE SEDE AMBATO


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REGLAMENTO PARTICULAR DE GRADOS


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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO

REGLAMENTO PARTICULAR DE GRADOS TÍTULO I. DE LA JERARQUÍA DE GRADOS ACADÉMICOS Y SUS CORRESPONDIENTES TÍTULOS Art. 1.- El currículo o carrera de estudios de las diferentes Unidades Académicas de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato, conforme a los cuerpos legales, estatutarios y reglamentarios, habilita para la obtención de títulos profesionales reconocidos por el Conesup, con diversa jerarquía, según los grados académicos a los que corresponde, esto es: a) Títulos de post – grado (Maestría, Especialización); b) Títulos de grado superior, que son de dos clases: los profesionales superiores (Ingeniero, Psicólogo, etc.), y los de Licenciatura; c) Títulos profesionales intermedios (Tecnólogos, Analistas, etc.). Art. 2.- TÍTULOS DE POST – GRADO: Los títulos de post – grado suponen el


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reconocimiento previo de un grado académico superior y habilitan de modo específico para el ejercicio profesional o para la docencia y la investigación en el máximo nivel. Art. 3.- La Maestría es un Grado Académico cuyo título de post – grado acredita la profundización de un área del saber ya sea para la docencia, ya para la investigación, o para la actividad profesional. Art. 4.- La Especialización es un Grado Académico cuyo título profesional de cuarto nivel acredita la profundización en el conocimiento y destreza en un área específica de la práctica profesional. Art. 5.- TÍTULOS DE GRADO SUPERIOR: Los títulos profesionales superiores acreditan haber culminado el grado académico requerido para el ejercicio profesional dentro de un área determinada. Art. 6.- La Licenciatura es un título que acredita haber culminado un grado académico superior, que habilita para otros estudios más avanzados y que, en determinados casos, posibilita el libre ejercicio de una profesión. Art. 7.TÍTULOS PROFESIONALES INTERMEDIOS: El título profesional intermedio corresponde al nivel técnico superior de formación, acredita haber superado un ciclo de estudios que habilita para el ejercicio de una


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profesión con relación de dependencia científica o también tecnológica respecto de otra profesión. Art. 8.- CERTIFICACIÓN DE TERMINACIÓN DE CURRICULÚM: A los estudiantes que hayan terminado el currículo y aún no se hayan graduado se les puede conceder, si lo solicitan, un certificado de haber terminado el currículo de estudios, de conformidad con lo que dispone el Art. 10 del Reglamento General de Grados. Este certificado en ningún caso constituye un grado académico ni un título. TÍTULO II. DE LAS CONDICIONES GENERALES PARA LA GRADUACIÓN. Art. 9.- CONDICIONES PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRÍA Y SU CORRESPONDIENTE TÍTULO: Son condiciones para la obtención del grado académico de Maestría las siguientes: a) Haberse matriculado legalmente y haber aprobado los módulos correspondientes al Programa de Maestría; b) Cumplir en caso de haber, los requisitos académicos de graduación que exige cada Programa; c) Obtener la aprobación, elaborar y defender satisfactoriamente la Tesis de Grado ante un tribunal, en un plazo no mayor de dos años, a partir de la culminación del respectivo ciclo de estudios;


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d) Entregar en la Secretaría de Post Grados de la Universidad, dos copias anilladas, y dos copias en discos compactos del trabajo de Tesis de Grado en el formato requerido, los anillados irán a cada calificador; e) Previo a la defensa oral, obtener el certificado de haber entregado en la Biblioteca de la Universidad la Tesis de Grado original, debidamente empastada; f) Cancelar los derechos de grado correspondientes y haber cumplido con todas las obligaciones económicas; g) Presentar la documentación reglamentaria que requiere la Secretaría de Post Grados de la Universidad; h) Obtener el certificado otorgado por Biblioteca de haber donado libros a la Universidad de los listados autorizados, con un monto mínimo del 50% del arancel vigente correspondiente exclusivamente a matricula, por alumno. Art. 10.- CONDICIONES PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE ESPECIALISTA Y SU CORRESPONDIENTE TÍTULO: Son condiciones para la obtención del grado académico de especialista las siguientes: a) Haberse matriculado legalmente y haber aprobado los módulos correspondientes al Programa de Especialización; b) Cumplir en caso de haber, los requisitos académicos de graduación que exige cada Programa;


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c) Aprobar el Examen Complexivo Práctico a través de la elaboración de una monografía, sobre la temática de las asignaturas recibidas y aprobadas; d) Defender el Examen Complexivo Práctico ante un tribunal, en un plazo no mayor de un año, a partir de la culminación del respectivo ciclo de estudios; e) Haber entregado en la Secretaría de Post Grados de la Universidad, dos copias anilladas, y dos copias en discos compactos del Examen Complexivo Práctico en el formato requerido, los anillados irán a cada calificador; f) Previo a la Defensa Oral, obtener el certificado de haber entregado en la Biblioteca de la Universidad, el original del Examen Complexivo Práctico, debidamente empastado; g) Cancelar los derechos de grado correspondientes y haber cumplido con todas las obligaciones económicas; h) Presentar la documentación reglamentaria que requiere la Secretaría de Post Grados de la Universidad; i) Obtener el certificado otorgado por Biblioteca de haber donado libros a la Universidad de los listados autorizados, con un monto mínimo del 50% del arancel vigente correspondiente exclusivamente a matricula, por alumno.


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Art. 11.- CONDICIONES PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADO SUPERIOR: Son condiciones para la obtención del título académico de Grado Superior las siguientes: a) Aprobar/equipara y/o convalidar los créditos de carrera, en la Unidad Académica contemplados en su respectivo pensum; b) Aprobar/equipara y/o convalidar los créditos correspondientes a Formación Humanística en el Departamento de Pastoral Universitaria de la PUCESA según el pensum de cada carrera; c) Aprobar/equipara y/o convalidar los créditos correspondientes a Formación en Idioma Extranjero en la Escuela de Lenguas y Lingüística; d) Aprobar la Suficiencia en el manejo de herramientas Informáticas en la Escuela de Ingeniería de Sistemas; e) Aprobar en el caso de haber, los requisitos especiales de graduación, establecidos por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato y la Unidad Académica correspondiente; f) Una vez concluido el currículo de estudios, haberse matriculado legalmente en Disertación final; g) Obtener las certificaciones de haber realizado 200 horas de extensión universitaria, otorgadas por: Dirección de Estudiantes (80 horas de actividades extracurriculares) y Dirección de Pastoral Universitaria (120 horas de labor comunitaria);


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h) Obtener la aprobación de una disertación de grado y defenderla satisfactoriamente ante un tribunal; i) Haber entregado en la Unidad Académica dos copias anilladas del trabajo de disertación en el formato requerido, los anillados irán a cada calificador; j) Previo a la defensa oral, obtener el certificado de haber entregado en Biblioteca el trabajo de disertación original debidamente empastado en el formato requerido; k) Haber cancelado los derechos de grado correspondientes y haber cumplido con todas las obligaciones económicas; l) Obtener el certificado otorgado por Biblioteca de haber donado libros a la Universidad de los listados autorizados, con un monto mínimo del 50% del arancel vigente correspondiente exclusivamente a matricula, por alumno; y m) Presentar la documentación reglamentaria que requiere la secretaría de la Unidad Académica correspondiente. Art. 12.- CONDICIONES PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO PROFESIONAL INTERMEDIO: Son condiciones para la obtención del Título Profesional Intermedio las siguientes: a) Aprobar/equipara y/o convalidar los créditos de carrera en la Unidad Académica contemplados en su respectivo pensum;


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b) Aprobar/equipara y/o convalidar los créditos correspondientes a Formación Humanística en el Departamento de Pastoral Universitaria de la PUCESA según el pensum de cada carrera; c) Aprobar/equipara y/o convalidar los créditos correspondientes a Formación en Idioma Extranjero en la Escuela de Lenguas y Lingüística; d) Haberse matriculado legalmente en Complexivos Finales, únicamente para quienes tienen que aprobar los Exámenes Complexivos Prácticos; e) Aprobar en caso de haber, los requisitos especiales de graduación, establecidos por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato y la Unidad Académica correspondiente; f) Obtener las certificaciones de haber realizado 120 horas de extensión universitaria, otorgadas por: Dirección de Estudiantes (48 horas de actividades extracurriculares) y Dirección de Pastoral Universitaria (72 horas de labor comunitaria); g) Aprobar los Exámenes Complexivos Escritos; h) Aprobar el Examen Complexivo Práctico a través de la elaboración de un trabajo práctico, sea este monografía práctica, proyecto de inversión, plan de negocios, de acuerdo al perfil académico de cada carrera, autorizado por Consejo de la Unidad Académica correspondiente, y su respectiva defensa ante un tribunal;


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i)

Haber entregado en la Unidad Académica dos copias anilladas del Examen Complexivo Practico en el formato requerido, los anillados irán a cada calificador; j) Previa a la defensa oral, obtener el certificado de haber entregado en Biblioteca el Examen Complexivo Práctico original debidamente empastado en el formato requerido; k) Haber cancelado los derechos de grado correspondientes y haber cumplido con todas las obligaciones económicas; l) Obtener el certificado otorgado por Biblioteca de haber donado libros a la Universidad de los listados autorizados, con un monto mínimo del 50% del arancel vigente correspondiente exclusivamente a matricula, por alumno; y m) Presentar la documentación reglamentaria que requiere la Secretaría de la Unidad Académica correspondiente. TÍTULO III. DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN DE GRADO. Art. 13. La Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato privilegia la investigación de tal forma que sus estudiantes previa la obtención de un grado académico y sus correspondientes títulos de pregrado y postgrado, desarrollen un Trabajo de


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Investigación de Grado y lo satisfactoriamente ante un tribunal.

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defiendan

Art. 14.- El trabajo de Investigación de Grado deberá representar un trabajo individual. En el caso de que el objeto de la investigación requiera un trabajo colectivo, debe permitir la presentación individual de sus diferentes aspectos. En caso de presentarse materiales no escritos, como audiovisuales u otros, tales materiales solo podrán aceptarse en calidad de anexos al texto escrito. Art. 15.- TESIS DE GRADO: Se entiende por Tesis de Grado un trabajo de investigación ceñida al método científico del respectivo ámbito académico, que sea original, ya por su aporte teórico o por la novedad del tema y de los materiales investigados, o por la singularidad del método aplicado, o por la peculiaridad de las conclusiones. Art. 16.- DISERTACIÓN: Se entiende por disertación de grado el trabajo personal escrito que represente una aplicación reflexiva de los conocimientos teóricos y metodológicos adquiridos durante la carrera. Deberá estar fundada, según los casos, sobre consulta bibliográfica o datos de campo, archivo, laboratorio, etc. Art. 17.- EXAMEN COMPLEXIVO PRÁCTICO: Los Exámenes Complexivos tratarán de


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comprobar la idoneidad de los estudiantes para el ejercicio de una profesión. Serán ejercicios escritos, orales o prácticos (monografía, proyecto de inversión, plan de negocios, etc.) según lo establece el Proyecto aprobado por Consejo Académico de la PUCE de cada carrera y Programas de Post Grados y abarcarán áreas enteras del saber cultivado en el respectivo ciclo de estudios. Art. 18.- Los estudiantes de Pre - grado podrán iniciar su Trabajo de Investigación de Grado una vez que hayan aprobado los créditos correspondientes al penúltimo nivel de la carrera y se encuentren legalmente matriculados en los créditos del último nivel. Los estudiantes que cursen programas de Post - grado pueden iniciar su trabajo de grado según lo establezca el proyecto aprobado acorde a cada Programa. Art. 19.- El trabajo de Investigación de Grado podrá ser concluido antes de sus estudios, sin embargo, la exposición y defensa del mismo se lo realizará una vez que el estudiante haya: culminado su currículo de estudios, cumplido con los requisitos especiales de graduación y se encuentre matriculado en Disertación Final. Art. 20.- El Trabajo de Investigación de Grado tiene tres etapas fundamentales: Planeación, Ejecución, e Información; en cada una de ellas existirá mecanismos y procesos de evaluación.


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Art. 21.- La Etapa de Planeación consiste en estructurar el Plan de Trabajo de Investigación de Grado mediante esquemas preestablecidos. En caso de que el plan de trabajo de investigación de grado fuese parte de un convenio entre la Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato y alguna institución, deberá incluirse la resolución pertinente. Art. 22.- La Etapa de Ejecución consiste en que el estudiante, con la dirección / asesoría de un docente, desarrolle todas las acciones establecidas en el Plan de Trabajo de Investigación de Grado con el propósito de alcanzar los objetivos establecidos. Art. 23.- La Etapa de Información consiste en redactar y presentar el documento o Informe Final del Trabajo de Investigación de Grado de acuerdo con las normas técnicas de presentación de trabajos científicos y de acuerdo a la guía aprobada por Comisión Académica. TÍTULO IV DEL PROCESO DE GRADUACIÓN MEDIANTE TESIS DE GRADO Art. 24.- El tema y el Director de Tesis serán aprobados por el Jefe del DIPA. El Director de Tesis se seleccionará de entre los profesores del Programa de Post Grado más afines por su especialidad y experiencia, sobre la propuesta del candidato.


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Art. 25.- Cuando por certificación escrita del que dirige la Tesis, ésta estuviera concluida, el Presidente de Jefe del DIPA, designará un tribunal de tres profesores, uno de los cuales será el mismo Director de la Tesis, con la finalidad de calificar tanto la Tesis escrita, como la defensa oral de la misma. Al menos uno de los miembros del tribunal deberá ser profesor del Programa de Post Grado correspondiente. Art. 26.- Cuando el maestrante haya terminado el currículo del Programa de Post Grado, solicitará se fije día y hora. Art. 27.- El plazo máximo para la presentación de la Tesis para la Maestría, será de un año y medio, contado a partir de la finalización del respectivo ciclo de estudios. Art. 28.- El Jefe del DIPA podrá prorrogar la presentación de la Tesis de Maestría hasta por dos periodos de seis meses consecutivos; cancelando en cada uno de ellos el 50% del valor del Derecho de Grado. TÍTULO V DEL PROCESO DE GRADUACIÓN MEDIANTE DISERTACIÓN DE GRADO Art. 29.- El estudiante solicitará por escrito al Director de la Unidad Académica la designación del profesor informante sobre el Plan de la


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Disertación de Grado previo el cumplimiento del Artículo 18 de éste Reglamento. Art. 30.- El informe emitido por el docente al que hace referencia el artículo inmediato anterior deberá ser entregado en el plazo máximo de 10 días laborables. Con el informe favorable, el estudiante solicitará por escrito al Presidente del Consejo de la Unidad Académica, la aprobación del Plan y la designación del Director de la Disertación, que podrá ser el mismo profesor informante. Art. 31.- Cuando, a criterio del que dirige el trabajo, la Disertación estuviera concluida, el Director de la Unidad Académica designará dos lectores, a fin de que presenten el informe respectivo en el tiempo máximo de 10 días laborables. Al efecto el estudiante presentará la solicitud correspondiente y su trabajo de acuerdo con las normas técnicas de presentación de trabajos científicos y en número de dos copias iguales y anilladas que irán a cada lector. Art. 32.- Si el informe emitido por los lectores fuera favorable, el estudiante entregará el original de la Disertación debidamente empastado a Biblioteca de la Universidad, caso contrario, si el informe de la Disertación escrita fuere desfavorable, se le dará el plazo de dos meses para volver a prepararla, y si por segunda vez continúa no favorable, se le dará un último y definitivo plazo de un año. En este caso deberá


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cumplir con el pago del 50% del arancel vigente por cada semestre. Art. 33.- Obtener el certificado de validación de la disertación emitido preferentemente por un beneficiario de la disertación y un docente de la Unidad Académica. Art. 34.- Cuando el estudiante haya terminado el currículo de su carrera y cumplido con todas las exigencias académicas y económicas, solicitará se fije día y hora y se designe el tribunal correspondiente para la defensa oral de su Disertación de Grado. Art. 35.- Con los informes del Director de la Disertación y de los lectores, el Presidente de Consejo de la Unidad Académica designará un tribunal conformado por tres profesores de la Unidad, uno de los cuales será el Director de la disertación, y los dos restantes serán los mismos lectores con la finalidad de calificar tanto la disertación presentada por escrito, como su defensa oral. La nota mínima para que tanto la disertación escrita como su defensa oral queden aprobadas será seis sobre diez (6/10). Art. 36.- El plazo máximo para la presentación de la disertación de grado será de un año y medio, contado a partir de la fecha de la terminación del ciclo de estudios o de la aprobación de los créditos de actualización. El Director podrá extender este plazo por seis


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meses más, por causas razonables, en este caso, el estudiante deberá cancelar el 50% del arancel vigente. Prórrogas mayores estarán condicionadas a la aprobación por parte del candidato de al menos ocho créditos de estudios de actualización en materias señaladas por la Unidad Académica. Si el disertante no presenta su trabajo hasta finalizar la Actualización de Conocimientos, deberá cancelar el valor correspondiente a Disertación Final, para hacer uso de este nuevo plazo. TÍTULO VI DEL PROCESO DE GRADUACIÓN MEDIANTE EXAMENES COMPLEXIVOS Art. 37.- El estudiante que hubiere sido aprobado en el currículo correspondiente, deberá solicitar por escrito al Director de la Unidad Académica que le declare apto para rendir los Exámenes Complexivos. Art. 38.- En el caso de los exámenes Escritos, éstos podrán extenderse hasta por tres horas. En el caso de los Exámenes Complexivos orales y en la defensa oral del Examen Complexivo Práctico se extenderán por el lapso mínimo de una hora. Art. 39.- En los Exámenes Complexivos orales y en los Exámenes Complexivos Prácticos no habrá lugar a solicitudes de recalificación. En los escritos, tales solicitudes seguirán, en lo


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aplicable, el procedimiento establecido para el efecto en el Reglamento General de Estudiantes. Art. 40.- Las Unidades Académicas que recepten más de un Examen Complexivo deberán hacerlo en el siguiente orden, Complexivo Escrito, Oral y Práctico. Art. 41.- Para que un estudiante apruebe los Exámenes Complexivos, Oral, Escrito y Práctico, absolutamente ninguna nota deberá ser inferior a seis sobre diez (6/10). Sección I. Examen Complexivo Escrito Art. 42.- El Examen Complexivo Escrito será objetivo y deberá referirse a las áreas del currículo de la Unidad Académica aprobadas por Consejo de Unidad como requisitos especiales de graduación. Art. 43.- Una vez que el candidato haya obtenido la declaración de aptitud, solicitará al Presidente de Consejo de la Unidad Académica, se proceda a nombrar a los profesores evaluadores del examen; la fecha y hora de su recepción. El Consejo, revisado el cumplimiento de los pertinentes requisitos, procederá a designar a los profesores de las áreas a las que se refiere este artículo, y fijará la respectiva fecha y hora. Art. 44.- El Examen Complexivo Escrito será preparado, receptado y calificado por los


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evaluadores de la Unidad Académica designados y supervisados por el Director de la misma. Art. 45.- Una vez receptadas las calificaciones de los evaluadores de cada una de las áreas del Examen Complexivo Escrito, la secretaría de la Unidad Académica procederá a elaborar un Acta, en donde se consigne la recepción y calificación promediada del examen, y conste la firma de los evaluadores y del Secretario de la Unidad Académica correspondiente. Sección II. Examen Complexivo Oral Art. 46.- El Examen Complexivo oral deberá referirse a las áreas de especialidad del currículo de la Unidad Académica aprobadas por Consejo de Unidad como requisitos especiales de graduación. Sección III. Examen Complexivo Práctico Art. 47.- El Examen Complexivo Práctico consistirá en la elaboración y defensa o sustentación de un trabajo práctico de fin de carrera, sea éste monografía, monografía práctica, proyecto de inversión, plan de negocios, etc., aprobadas por Consejo de Unidad como requisitos especiales de graduación. Art. 48.- El estudiante que hubiera aprobado el número de créditos determinado por la respectiva Unidad Académica, solicitará por escrito al Director la designación del profesor


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informante sobre el Plan para el Examen Complexivo Práctico. Art. 49.- Con el informe emitido por el docente al que hace referencia el Art. anterior, el estudiante solicitará por escrito al Director de la Unidad Académica, la aprobación del Plan para el Examen Complexivo Práctico y la designación de su correspondiente Asesor. Art. 50.- Cuando, a criterio escrito del que asesora el trabajo práctico, éste estuviera concluido, el Presidente de Consejo de la Unidad Académica designará a dos profesores calificadores, con la finalidad de receptar el contenido escrito del Examen Complexivo Práctico y emitir el informe respectivo en el tiempo máximo de 10 días laborables. Al efecto el estudiante presentará la solicitud correspondiente y su trabajo de investigación concluido. Si el informe emitido por los lectores no fuere favorable al estudiante, se le dará el plazo de dos meses para volver a prepararlo, y si por segunda vez no fuere aprobado, se le dará un último y definitivo plazo de un semestre. En este caso deberá cumplir con el pago del 50% del arancel vigente correspondiente a matrícula y créditos por cada semestre Art.- 51.- El estudiante solicitará se fije día y hora y se designe el tribunal correspondiente


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para la defensa oral de su Examen Complexivo Práctico. Art.- 52.- Con los informes del asesor del trabajo práctico y de los calificadores, el Director de la Unidad Académica fijará día y hora para receptar y evaluar la defensa oral del trabajo práctico y el Tribunal calificador quedará integrado por: a) El Director de la Unidad Académica o su delegado, quién la presidirá; y b) Los dos profesores calificadores a quienes hace referencia el Artículo 50 del presente Reglamento. El asesor del trabajo práctico, no podrá ser nombrado como miembro del tribunal, sin embargo podrá estar presente. El secretario General Procurador de la Sede estará presente para dar fe de tal acto. Art. 53.- El tribunal evaluará el trabajo práctico en dos aspectos: a) En lo correspondiente al contenido escrito de la investigación, con una calificación sobre diez puntos; y b) En lo correspondiente a la defensa oral, con una calificación sobre diez puntos. Cada miembro del tribunal deberá entregar las calificaciones inmediatamente al secretario de la Unidad Académica quien al finalizar el acto elaborará el Acta correspondiente y notificará al estudiante el resultado promediado.


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Art. 54.- El plazo máximo para rendir los Exámenes Complexivos será de un año a partir de la terminación del currículo de estudios. Para rendir estas pruebas fuera del plazo estipulado, el candidato deberá someterse a las normas de actualización de conocimientos que haya establecido el respectivo Consejo de la Unidad Académica. TÍTULO VII DE LAS FUNCIONES DE LOS MIEMBROS QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO DE GRADUACIÓN Para el Consejo de Unidad Académica / Post Grados. Son funciones del Consejo de la Unidad Académica / Post Grados: Art. 55.- Aprobar el Plan de Trabajo de Investigación de Grado, Designar el profesor Director / Asesor, emitir la resolución respectiva en un tiempo máximo de cinco días laborables. Art. 56.- Designar nuevo Director / Asesor en caso de incumplimiento o salida del Docente nombrado en primera instancia para dirigir / asesorar el Trabajo de Investigación de Grado. Art. 57.- Por excepción Consejo de la Unidad Académica / Post Grados designará como ayudantes del director / asesor, fuera del estamento docente, a personas debidamente


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calificadas que demuestren suficiente experiencia, tengan o no título académico, siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos: a) Que el tema propuesto sea técnico y especializado; y b) Que se demuestre que no existe entre la planta docente de la Sede Ambato, personal que pueda ayudar a dirigir el proceso de desarrollo del trabajo práctico. Art. 58.- Nombrar Tribunal Calificador / evaluadores para la defensa del Trabajo de Investigación de Grado. Para el Docente Informante. Son funciones del Docente Informante: Art. 59.- Verificar que el Plan propuesto guarde relación con la naturaleza de la carrera, y se ajuste a las exigencias de la PUCESA. Art. 60.- Informar a la Dirección de Unidad Académica, mediante un oficio, sobre la pertinencia del Plan del Trabajo de Grado, para que se continúe con el respectivo procedimiento. Para el Director / Asesor. Son funciones del Director / Asesor: Art. 61.- El Director / Asesor del Trabajo de Investigación de Grado tendrá funciones como las de: orientar al estudiante sobre información bibliográfica, asesorarlo, absolver


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oportunamente sus consultas, exigirle la presentación del plan, de esquemas de redacción y versiones previas del trabajo, sugerir correcciones y enmiendas y cumplir los procedimientos administrativos que se establezcan para la dirección / asesoría de trabajos de investigación de grado. Art. 62.- Presentar a la Dirección de la Unidad Académica: Cronograma de trabajo elaborado conjuntamente con el estudiante, en el que conste la frecuencia con que se llevará a cabo el seguimiento del trabajo de investigación, y los informes porcentuales conforme su avance sea del 25%, 50%, 75% y 100%. Para este control se utilizarán los formatos otorgados por las secretarías de las Unidades Académicas. Art. 63.- Supervisar los materiales didácticos, audiovisuales, equipos, textos y otros que consten como anexos del Informe Final del Trabajo de Grado, a fin de que estén acordes con el planteamiento del trabajo, así como con las normas de calidad, tanto para el documento escrito como para su defensa. Art. 64.- Entregar en la Dirección de la Unidad Académica, el Informe de haber culminado exitosamente el Trabajo de investigación de Grado, para que se proceda a la revisión del mismo por parte de los lectores.


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Para los Docentes Lectores. Es función de los Lectores: Art. 65.- Realizar la lectura del Trabajo de Investigación de Grado, máximo en 15 días laborables y entregar el informe correspondiente en la Dirección de la Unidad Académica. Para los Docentes Calificadores. Son funciones de los Calificadores: Art. 66.- Formar parte del Tribunal Calificador de la parte escrita, exposición y defensa del Trabajo de Investigación de Grado, el día y hora señalado y consignar la calificación correspondiente. TÍTULO VIII DE LAS SANCIONES Para los estudiantes: Art. 67.- Si en el caso de trabajos de investigación de grado colectivos, en forma reiterada, un estudiante hubiera incumplido en las actividades programadas para el desarrollo del mismo, perjudicando el normal desarrollo de la investigación, será excluido del grupo, y perderá todo derecho de relación con el Trabajo de Investigación de Grado en ejecución, y no podrán exigir reembolso de los costos cancelados por derechos institucionales. El resto del equipo podrá continuar el trabajo propuesto, haciendo los ajustes respectivos. Para la legalidad de este trámite, el Director / Asesor oficiará oportunamente al Consejo de la Unidad


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Académica sobre la base de los informes escritos de los integrantes del grupo. Art. 68.- Los estudiantes excluidos de acuerdo al artículo inmediato anterior, deberán reiniciar el trámite íntegro, para presentar una nueva propuesta de Trabajo de Investigación de Grado, y cancelarán, inclusive por segunda ocasión, los derechos correspondientes. Art. 69.- Si el estudiante decide retirarse de un Trabajo de Investigación de Grado Colectivo o decide cambiar de tema, podrá hacerlo únicamente dentro de los dos primeros meses a partir de la fecha de aprobación, presentando una solicitud al Presidente de Consejo de la Unidad Académica respectiva, en el que se indique las causas, sin que esto suponga pérdida de los derechos cancelados. Art. 70.- Si por cualquier circunstancia el estudiante no mantuviera la frecuencia de trabajo señalada en el Artículo 62 del presente reglamento, evidenciando un retraso significativo en el mismo y con el informe escrito del Director / Asesor, el Docente podrá solicitar la excusa para no continuar dirigiendo / asesorando la investigación, quedando libre para dirigir / asesorar otros Trabajos de Investigación de Grado. Para los Directores / Asesores y Lectores: Art. 71.- De comprobarse el incumplimiento de sus funciones, no tendrá derecho a la remuneración respectiva y perderá la posibilidad


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de continuar siendo director / asesor, lector o calificador del mismo y no se le asignará nuevos Trabajos de Investigación de Grado por el tiempo de cuatro Semestres Académicos consecutivos. La sanción lo establecerá el Consejo de la Unidad Académica y se comunicará sobre el particular a la Dirección Académica. El Consejo de la Unidad Académica, sobre la base del informe escrito del estudiante afectado, nombrará en forma inmediata el correspondiente reemplazo. TÍTULO IX DEL ACTO DE GRADUACIÓN Art. 72.- El acto de graduación, en los casos en que hubiere defensa del Trabajo de Investigación de Grado, tendrá lugar a continuación de la misma, estará presidido por el Director de la Unidad Académica o su delegado y contará con la presencia del Secretario General de la Sede. La secretaría de la Unidad Académica publicará la fecha, hora y lugar de la recepción de la defensa a través de la cartelera de la Unidad u otros medios, acto al cual podrán asistir todos los interesados en el tema sin restricción alguna. Art. 73.- En el día y hora establecido para la recepción de la defensa oral de Trabajo de Investigación de Grado, el Director de la Unidad Académica o su delegado procederá a declarar instalada la recepción de la defensa correspondiente, disponiendo que por secretaría


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se de lectura a las normas pertinentes que regulan el acto. Art. 74.- El tribunal se instalará hasta diez minutos posteriores a la hora señalada, luego de los cuales ninguna persona podrá ingresar. En caso de que no se conformare el tribunal, se fijará un nuevo día y hora para la recepción del grado, plazo que no será menor de diez ni mayor de veinte días laborables, contados a partir de la fecha en la que no se conformó el tribunal. Para el nuevo día señalado, el tribunal será el mismo. Si no se conformare nuevamente, el Consejo de la Unidad a pedido de su Presidente, nombrará un nuevo tribunal y se procederá de la forma establecida. Art. 75.- La defensa de tesis será oral y consistirá en una exposición-resumen de hasta media hora, hecho por el candidato, a continuación, el presidente del tribunal concederá la palabra durante quince minutos a cada uno de los tres profesores miembros del tribunal para hacer preguntas, aclarar conceptos, formular objeciones, profundizar en el análisis y examinar las conclusiones del trabajo. En caso de considerarlo oportuno, el presidente del tribunal podrá conceder la palabra durante el último cuarto de hora a los profesores de la Universidad, y a los egresados y estudiantes que desearen intervenir de manera pertinente.


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Art. 76.- La defensa de la disertación de grado revestirá similares características, salvo la duración que se reducirá a veinte minutos para la exposición resumen del candidato y cuarenta y cinco minutos para la intervención de los tres profesores miembros del tribunal. En caso de estimarlo oportuno, el presidente del tribunal concederá los últimos diez minutos para la participación de profesores, egresados o estudiantes que asistan al acto. Art. 77.- La defensa del Examen Complexivo Práctico de grado consistirá en una exposiciónresumen de hasta veinte minutos, hecho por el candidato, a continuación, el presidente del tribunal concederá la palabra durante quince minutos a cada uno de los dos profesores miembros del tribunal para hacer preguntas, aclarar conceptos, formular objeciones, profundizar en el análisis y examinar las conclusiones del trabajo. En caso de estimarlo oportuno, el presidente del tribunal concederá los últimos diez minutos para la participación de profesores, egresados o estudiantes que asistan al acto. Art. 78.- Si el defensor no se ciñera al tema o no mantuviere el nivel académico adecuado, la defensa podrá ser suspendida y el candidato tendrá que esperar al menos tres meses para presentarse a una segunda y última defensa.


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Art. 79.- Terminada la recepción de la defensa oral, el presidente del tribunal pedirá que el estudiante y el público asistente abandonen la sala. El secretario procederá a recibir las calificaciones de los miembros del tribunal, calculará la nota promedio y elaborará el Acta pertinente. Art. 80.- En caso de que el estudiante apruebe la defensa oral, el secretario de la Unidad Académica comunicará de este particular al estudiante dando lectura del Acta respectiva. Si el estudiante no aprueba la defensa oral, notificará de este hecho al estudiante. TÍTULO X DE LA NOTA DE GRADO Art. 81.- Para obtener la Maestría y la Especialización, se requerirá la nota mínima de ocho sobre diez; para obtener el título profesional superior, la Licenciatura y el título intermedio, se requerirá la nota mínima de seis sobre diez. Art. 82.- La nota de grado para obtener el Título de Maestría, se calculará sobre la base de las siguientes calificaciones: a) El promedio de las calificaciones de los módulos correspondientes al ciclo de Maestría, sobre 40 puntos. b) La nota del Trabajo de Investigación de Grado (Tesis), sobre 50 puntos.


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c) La nota de la defensa del Trabajo de Investigación de Grado (Tesis), sobre 10 puntos La nota de grado será el resultado de dividir el total de estas notas por diez. Art. 83.- La nota de grado de Especialización se calculará sobre la base de las siguientes calificaciones: a) El promedio de las calificaciones de los módulos correspondientes al ciclo de Especialización, sobre 40 puntos; b) La nota del Examen Complexivo Práctico (Trabajo Escrito Práctico - Monografía), sobre 50 puntos; y c) La nota de la defensa oral del Examen Complexivo Práctico, sobre 10 puntos. La nota de grado será el resultado de dividir el total de estas notas por diez. Art. 84.- La nota de grado para el título profesional superior se calculará sobre la base de las siguientes calificaciones: a) El promedio de las calificaciones de la respectiva carrera y en caso de haberlas, de las prácticas establecidas, sobre 60 puntos; b) La nota de la disertación, sobre 30 puntos; y c) La defensa de la disertación, sobre 10 puntos. La nota de grado será el resultado de dividir el total de estas notas por diez.


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Art. 85.- La nota de grado para la Licenciatura se calculará sobre la base de las siguientes calificaciones: a) El promedio de las calificaciones de la carrera, sobre 50 puntos; b) La nota de los Exámenes Complexivos, sobre 20 puntos; c) La nota de la disertación, sobre 20 puntos; y d) La defensa de la disertación, sobre 10 puntos. La nota de grado será el resultado de dividir la suma de estas notas por diez. Art. 86.- Si en las calificaciones parciales mencionadas en los artículos de este título se produjeren fracciones decimales, dichas fracciones se mantendrán. Por el contrario, si en la nota final de grado se produjeren fracciones de cinco o más décimas, el resultado se elevará a la nota entera inmediata superior. TÍTULO XI DEL EXPEDIENTE DE GRADO Art. 87.- FORMACIÓN Y CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE GRADO. Será la secretaría de la Unidad Académica o la secretaría del DIPA la encargada de cuidar la conformación del expediente de grado de manera cronológica. Una vez completado el expediente procederá a remitir el mismo a la Secretaría General de la Sede, a fin de que emita el título correspondiente.


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Art. 88.- CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE TITULO DE POST GRADO. El expediente de grado de título de post grado debe contener necesariamente: a) El certificado de terminación del currículo de estudios emitido por la secretaría de Post Grados; b) Copia de la tarjeta o documento que contenga el record académico del proyecto de Post Grados debidamente suscrito por el Director y el Secretario de Post Grados; c) Solicitud para la declaración de aptitud a fin de rendir los Exámenes Complexivos. Únicamente para obtener la Especialización. En esta solicitud se hará constar: c1. La petición expresa del estudiante para que el Jefe de Post Grados proceda a la declaración de aptitud, c2. Fe de presentación firmada por el Secretario de Post Grados, c3. Decreto firmado por el Jefe de Post Grados, c4. Informe del Secretario de Post Grados, y c5. Declaración de aptitud emitida por el Director de Post Grados, d) Acta de aprobación de los Exámenes Complexivos (Únicamente para la especialización); e) Solicitud de presentación del plan de Tesis, acompañando la respectiva


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documentación. En esta documentación se hará constar: e1. La petición expresa del estudiante para que el Presidente de Jefe del DIPA proceda a la aprobación del plan y a la designación del Director de Tesis, e2. Fe de presentación firmada por el Secretario de Post Grados, e3. Decreto firmado por el Director de Post Grados, designando al profesor informante, f) Informe pertinente del profesor sobre el plan de Tesis; g) Resolución del Presidente del Jefe del DIPA respecto a la aprobación del plan de tesis y designación del Director o de sus ayudantes en caso de que sea necesario; h) Informe del Director de la tesis mediante el cual atestigua que el interesado puede presentar el trabajo que se ha elaborado, considerando que el mismo está conforme a las normas metodológicas apropiadas para el caso; i) Solicitud del candidato pidiendo el nombramiento del Tribunal, en esta solicitud se hará constar: i1. La petición expresa para que el Presidente del Jefe del DIPA proceda a la designación del Tribunal, i2. Fe de presentación firmada por el secretario de Post Grados, y


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i3. Decreto firmado por el Presidente del Jefe del DIPA designando al Tribunal; j) Documentos que contengan la calificación de la Tesis escrita por parte de los miembros del tribunal calificador. La calificación se consignará en papel membretado; k) Comprobante de pago de los derechos de grado; l) Solicitud del candidato tendiente a que la Dirección de Post Grados, proceda al señalamiento de día y hora para la defensa oral de la Tesis. Se hará constar: m1. Fe de presentación firmada por el secretario de la Unidad, m2. Decreto del Jefe de Post Grados pidiendo al secretario que informe sobre la aptitud del candidato a graduarse, m3. Informe del secretario acerca de la aptitud del graduado, y m4. Decreto del Jefe de Post Grados, determinando día y hora para la defensa oral de la Tesis de Grado, m) Certificado extendido por la Biblioteca de la Universidad de la recepción de libros y de un ejemplar de la Tesis de Grado debidamente empastada; y n) Acta de Grado. Art. 89.- CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE TITULO DE GRADO SUPERIOR. El expediente de grado de título superior debe contener necesariamente:


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a) El certificado de terminación del currículo de estudios emitido por la secretaría de la Unidad Académica; comprendiéndose dentro de éste las materias aprobadas en el Departamento de Pastoral Universitaria, Escuela de Lenguas y Lingüística; b) Copia de la tarjeta o documento que contenga el record académico de la carrera debidamente suscrito por el Director y el Secretario de la Unidad Académica; c) Certificado de haber cumplido: c1. Prácticas pre profesionales, y c2. Extensión universitaria, d) Certificado de aprobación o exoneración de los cursos de Inglés en los niveles aprobados en el proyecto de creación de carrera (Para las Unidades Académicas en las que Inglés no forma parte del Pensum Académico); e) Solicitud para la declaración de aptitud en la que se hará constar: e1. La petición expresa del estudiante para que el Director de la Unidad Académica proceda a la declaración de aptitud, e2. Fe de presentación firmada por el Secretario de la Unidad Académica, e3. Decreto firmado por el Director de la Unidad, e4. Informe del Secretario de Unidad, y


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e5.

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Declaración de aptitud emitida por el Director de la Unidad Académica, f) Acta de aprobación de los Exámenes Complexivos (Únicamente para la carreras que exigen este requisito); g) Solicitud de presentación del plan de disertación, acompañando la respectiva documentación. En esta documentación se hará constar: g1. La petición expresa del estudiante para que el Presidente de Consejo de la Unidad Académica proceda a la aprobación del plan y a la designación del Director de la disertación, g2. Fe de presentación firmada por el Secretario de la Unidad Académica, y g3. Decreto firmado por el Director de la Unidad, designando al profesor informante, h) Informe pertinente del profesor sobre el plan de disertación; i) Resolución del Presidente del Consejo de la Unidad Académica respecto a la aprobación del plan de disertación y designación del Director o de sus ayudantes en caso de que sea necesario; j) Informe del Director de la disertación mediante el cual atestigua que el interesado puede presentar el trabajo que se ha elaborado, considerando que el mismo está conforme a las normas metodológicas apropiadas para el caso;


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k) Solicitud del candidato pidiendo el nombramiento de los lectores, a la cual se acompañará los trabajos anillados. En esta solicitud se hará constar: k1. La petición expresa para que el Director de la Unidad proceda a la designación de los lectores, y k2. Fe de presentación firmada por el secretario de la Unidad, k3. Decreto firmado por el Director de la Unidad designando a los lectores. l) Informes de los lectores; m) Solicitud del candidato pidiendo la designación del Tribunal Calificador de la disertación escrita, a lo cual se deberá presentar los anillados del trabajo escrito con los cambios y recomendaciones hechos por los lectores si los hubiera. En esta solicitud se hará constar: m1. La petición expresa del estudiante para que el Director de la Unidad proceda a la designación del tribunal, m2. Fe de presentación firmada por el secretario, m3. Decreto firmado por el Presidente de Consejo o Pre Consejo de la Unidad Académica designando al Tribunal, y m4. Razón firmada por el Secretario certificando acerca del promedio de la nota de disertación escrita, n) Documentos que contengan la calificación de la disertación escrita por parte de los


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o) p)

q)

r)

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miembros del tribunal calificador. La calificación se consignará en papel membretado; Comprobante de pago de los derechos de grado; Solicitud del candidato tendiente a que la Dirección de la Unidad Académica, proceda al señalamiento de día y hora para la defensa oral de la disertación y designación del tribunal pertinente. Se hará constar: p1. Fe de presentación firmada por el secretario de la Unidad, p2. Decreto del Director de la Unidad pidiendo al secretario que informe sobre la aptitud del candidato a graduarse, p3. Informe del secretario acerca de la aptitud del graduado, y p4. Decreto del Director de la Unidad Académica, determinando día y hora para la defensa oral de la disertación y designación del tribunal, Certificado extendido por la Biblioteca de la Universidad de la recepción libros y de un ejemplar de la disertación escrita debidamente empastada; y Acta de Grado.

Art. 90.- CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE TITULO DE GRADO PROFESIONAL INTERMEDIO. El expediente de grado de título profesional intermedio debe contener necesariamente:


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a) El certificado de terminación del currículo de estudios emitido por la secretaría de la Unidad Académica; comprendiéndose dentro de este las materias aprobadas en el Departamento de Pastoral Universitaria; b) Copia de la tarjeta o documento que contenga el record académico de la carrera debidamente suscrito por el Director y el Secretario de la Unidad Académica; c) Certificado de haber cumplido: c1. Prácticas pre profesionales, y c2. Extensión Universitaria, d) Certificado de aprobación o exoneración de los cursos de Inglés en los niveles aprobados en el proyecto de creación de carrera; e) Solicitud para la declaración de aptitud a fin de rendir los Exámenes Complexivos. En esta solicitud se hará constar: e1. La petición expresa del estudiante para que el Director de la Unidad Académica proceda a la declaración de aptitud, e2. Fe de presentación firmada por el Secretario de la Unidad Académica, e3. Decreto firmado por el Director de la Unidad, e4. Informe del Secretario de Unidad, y e5. Declaración de aptitud emitida por el Director de la Unidad Académica,


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f)

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Solicitud de determinación de día, hora, asignaturas y profesores de los Exámenes Complexivos Escritos; g) Acta de aprobación de los Exámenes Complexivos Escritos; h) Solicitud de presentación del plan del trabajo práctico de fin de carrera (Examen Complexivo Práctico), acompañando la respectiva documentación. En esta documentación se hará constar: h1. La petición expresa del estudiante para que el Presidente de Consejo de la Unidad Académica proceda a la aprobación del plan y a la designación del Director del trabajo práctico, h2. Fe de presentación firmada por el Secretario de la Unidad Académica, y h3. Decreto firmado por el Director de la Unidad, designando al profesor informante, i) Informe pertinente del profesor sobre el plan del trabajo práctico; j) Resolución del Presidente del Consejo de la Unidad Académica respecto a la aprobación del plan del trabajo práctico de fin de carrera y designación del Director o de sus ayudantes en caso de que sea necesario; k) Informe del Director del Examen Complexivo Práctico mediante el cual atestigua que el interesado puede presentar el trabajo que se ha elaborado, considerando que el mismo está conforme


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a las normas metodológicas apropiadas para el caso; l) Solicitud del candidato pidiendo designación del tribunal calificador del Trabajo Práctico Escrito y la determinación de fecha y hora para la defensa oral del mismo, a la cual deberá acompañarse dos trabajos anillados. En esta solicitud se hará constar: l1. La petición expresa del estudiante para que el Director de la Unidad proceda a la designación del tribunal, l2. Fe de presentación firmada por el secretario de la Unidad, y l3. Decreto firmado por el Director de la Unidad designando al tribunal, m) Comprobante de pago de los derechos de grado; n) Certificado extendido por la Biblioteca de la Universidad de la recepción de libros y de un ejemplar del Trabajo Práctico Escrito debidamente empastado; y o) Acta de Grado. El presente REGLAMENTO PARTICULAR DE GRADOS fue aprobado en sesión de Consejo Directivo de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Sede Ambato, el día miércoles 18 de enero de 2006 (acta No. 374) REFORMAS: 19/09/2007 (acta 414); 10/10/2007 (acta 417) y 13/10/2010 (acta 477).

Ab. Pablo Poveda Mora SECRETARIO GENERAL PROCURADOR PUCE SEDE AMBATO


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