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ACTA de la Sesión Extraordinaria y Urgente del Pleno del Ayuntamiento de Mojácar, celebrada el día 13 de Diciembre de 2.012. ASISTENTES: Alcaldesa: Dª. Rosa María Cano Montoya (PP). Concejales: D. Fernando Jesús Aparicio Montoya (PP). Dª. María Luisa Pérez López (PP). D. Emmanuel Aguero Leclerc (PP). D. Agustín Fernando Montoya Pérez (PP). D. Diego García Montoya (PP). Dª. Raquel Belmonte de Haro (PP). D. Diego García Montoya (U.M.10) D. Gabriel Flores Morales (U.M.10) D. Francisco A. Montoya Pérez (U.M.10) D. Manuel Jesús Zamora Fernández (PSOE). Dª. Jessica Dee Simpson (MPSM). Secretaria: Dª María del Mar Martínez Martínez. En el Salón de Actos de la Casa Consistorial, a las once horas del día trece de diciembre de dos mil doce, se reúne el Pleno Corporativo, en sesión de carácter EXTRAORDINARIA Y URGENTE, presidida por la Sra. AlcaldesaPresidenta Dª. Rosa María Cano Montoya, concurriendo los Sres. Concejales nominados al margen, asistidos por la Secretaria que suscribe Dª. María del Mar Martínez Martínez. No asiste el Concejal del grupo CEM, Sr. Medina. Abierta la sesión y declarada pública por la Presidencia, una vez comprobada por la Secretaria la existencia de quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, la Sra. Alcaldesa dispone se pase a considerar los asuntos comprendidos en el orden del día. 1.- RATIFICACIÓN DE LA URGENCIA. La Alcaldesa Presidenta, Sra. Cano, justifica la urgencia de la celebración de la sesión, puesto que se ha recibido un escrito de la Subdelegación del Gobierno relativo a adoptar un acuerdo de no disponibilidad de los créditos previstos para el abono de las pagas extraordinarias, por el Pleno Corporativo.
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Se somete a votación la urgencia, siendo aprobada por MAYORÍA ABSOLUTA de los Sres. Concejales asistentes con nueve votos a favor (de los cuales; siete votos son del grupo PP, uno del grupo MPSM y uno del grupo PSOE) y tres votos en contra del grupo U.M.10.
2.- ACUERDO DE NO DISPONIBILIDAD DE LOS CRÉDITOS PREVISTOS PARA EL ABONO DE LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS. La Alcaldesa Presidenta, Sra. Cano, procede a dar lectura a la propuesta que se trae a Pleno, cuya trascripción literal es la siguiente: “PROPUESTA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN Visto el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, por el que se adoptan medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad, visto el informe de Intervención de fecha 12 de diciembre de 2012, en relación al presente expediente. El apartado 1 del artículo 2 del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, establece la obligación de reducir las retribuciones anuales de 2012 del personal al servicio del sector público en el importe correspondiente a la paga extraordinaria a percibir en el mes de diciembre. Según el apartado 4 del art. 2 del Real Decreto Ley 20/2012, las cantidades derivadas de la supresión de la paga extraordinaria y de las pagas adicionales de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de acuerdo con lo dispuesto en este artículo se destinarán en ejercicios futuros a realizar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación, con sujeción a lo establecido en la Ley orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y en lo términos y el alcance que se determine en las correspondientes leyes de presupuestos. Así se establece la obligación de inmovilizar en el presente ejercicio los créditos previstos para el abono de las citadas pagas, y afectar estos créditos al fin que se determina, sin que pueda destinarse a ningún otro objeto, ni en este ejercicio ni en ejercicios futuros.
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Conforme al art. 33 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, de desarrollo de la Ley de Haciendas Locales en materia de presupuestos, deberá dictarse acuerdo de no disponibilidad de los importes indicados. La no disponibilidad de crédito se deriva del acto mediante el cual se inmoviliza la totalidad o parte del saldo de crédito de una partida presupuestaria, declarando como no susceptible de utilización. La declaración de no disponibilidad no supondrá la anulación del crédito, pero con cargo al saldo declarado no disponible no podrán acordarse autorizaciones de gastos ni transferencias, y su importe no podrá ser incorporado al presupuesto del ejercicio siguiente. Corresponderá la declaración de no disponibilidad de créditos así como su reposición a disponible, al Pleno de la Entidad. Por todo ello se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente acuerdo: Primero. Acordar la no disponibilidad de un importe total de 197.946,46 €, del capítulo 1 del presupuesto del Ayuntamiento de Mojácar de 2012, conforme al desglose por aplicaciones presupuestarias que se incorpora al expediente como Anexo, y en aplicación del apartado 1 del artículo 2 del Real Decreto Ley 20/2012, 13 de julio de 2012, de Medidas para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la Competitividad, en relación al artículo 33 del Real Decreto 500/1990 de 20 de abril de desarrollo de la Ley de Haciendas Locales en materia de presupuestos. Segundo. Conforme al apartado 4 del artículo 2 del Real Decreto Ley 20/2012, las cantidades derivadas de la supresión de la paga extraordinaria se destinarán en ejercicios futuros a realizar aportaciones a planes de pensiones, o contratos de seguro colectivo, que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación, con sujeción a lo establecido en la ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y en los términos y el alcance que se determine en las correspondientes leyes de presupuestos. Tercero. Cumplir con la normativa vigente en la confección de la nómina del mes de diciembre y que no se creen nuevos conceptos retributivos o
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incrementos de los ya existentes, lo que pudiera suponer la compensación de la supresión de la paga extra y la vulneración de la congelación salarial impuesta por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2012. En Mojácar a trece de diciembre de dos mil doce.” ANEXO DE APLICACIONES
APLICACIÓN
DENOMINACION
432 12001 920 12003 320 13002 432 13100 151 12001 432 13002 931 12001
SUELDOS GRUPO A2 TURISMO SUELDOS GRUPO C1 ADMON. GNERAL OTRAS REMUNERACIONES EDUCACION PERSONAL LAB. TEMPORAL TURISMO SUELDOS GRUPO A2 URBANISMO OTRAS REMUNERACIONES TURISMO SELDOS GRUPO A2 INTERVENCION COMPLEMENTO ESPECIFICON INTERVENCION SUELDOS GRUPO A2 SEGURIDAD OTRAS REMUNERACIONES CULTURA COMPLEMENTO ESPECIFICO ADMON. GENRAL SUELDOS GRUPO C1 SEGURIDAD OTRAS REMUNERACIONES INTERVENCION PERSONAL LAB. TEMP. EDUCACION SUELDOS GRUP0 A1 ADMON. GENERAL RETRIBUCIONES BASICAS INTERVENCION COMPLEMENTO ESPECIFICO TURISMO RETRIBUCIONES BASICAS SEGURIDAD RETRIBUCIONES BASICAS PERS.EVENTUAL RETRIBUCIONES BASICAS CULTURA RETRIBUCIONES BASICAS EDUCACION PERSONAL GUADALINFO PERSONAL LABORAL TEMPORAL RETRIBUCIONES BASICAS TURISMO OTRAS REMUNERACIONES ADMON GENERAL COMPLEMENTO ESPECIFICO URBANISMO RETRIBUCIONES BASICAS LIMP EDIFICIOS OTRAS REMUNERACIONES SEGURIDAD RETRIBUCIONES BASICAS ORG. GOBIERNO OTRAS REMUNERACIONES URBANISMO OTRAS REMUNERACIONES LIMPIEZA VIAS P. OTRAS REMUNERACIONES SANIDAD RETRIBICIONES BASICAS URBANISMO
931 12101 132 12001 331 13002 920 12101 132 12003 931 13002 320 13100 920 12000 931 13000 432 12101 132 13000 912 11000 331 13000 320 13000 920 13100 151 13100 432 13000 920 13002 151 12101 152 13000 132 13002 912 10000 151 13002 162 13002 312 13002 151 13000
IMPORTE 1434,4 1312,31 1767,85 4400,94 1510,45 1982,92 1485,1 1403,68 1459,75 991,65 2119,28 22060,73 2183,86 5656,54 1622 4351,5 670,9 1045,34 4307,05 1966,57 5016,33 8405,59 14699,16 3773,57 3721,27 1188,6 2506,98 714,69 15462,22 6270,66 1141,95 993,14 14005,93
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152 13002 152 13100 162 13000 162 13100 132 12101 312 13000 920 13000 331 13100
OTRAS REMUNERACIONES LIMP. EDIFICIOS PERSONAL LABORAL TEMPORAL LIMP. EDIFIC. RETRIBICIONES BASICAS LIMPIEZA VIAS PUBLICAS PERSONAL LABORAL TEMPORAL LIM. VIARIA COMPLEMENTO ESPECIFICO SEGURIDAD RETRIBUCIONES BASICAS SANIDAD RETRIBUCIONES BASICAS AMDMON. GENERAL PERSONAL LABORAL TEMPORAL CULTURA
1041,57 10545,47 2976,45 3950,13 14381,5 1984,3 6638,81 14795,32 197946,46
Por la Alcaldesa Presidenta, Sra. Cano se abre el turno de intervenciones: Pide la palabra el Portavoz del grupo MPSM, Sra. Simpson, que votará que no porque se quita la paga extra a los funcionarios, que son las víctimas y los culpables son los políticos que despilfarran. Toma la palabra el Portavoz del grupo P.S.O.E., Sr. Zamora, que expone que votará que no a la propuesta porque se carga el PP a los funcionarios. Presente la moción de adelanto de paga extra. En Almería y en Cuevas de Almanzora van a adelantar la paga extra del verano, a lo que se responde por la Sra. Alcaldesa, que Fernando no incluyó la moción porque no tenía un informe jurídico. Aquí nos hemos asesorado y no puedes cobrar la paga que no has devengado, así es la ley. Quien lo haya aprobado quizás no lo pueda llevar a cabo. Sigue interviniendo el Sr. Zamora, que dice que Cuevas lo ha aprobado y Almería también, a lo que le replica la Sra. Alcaldesa, que ella no va a hacer algo en contra del gobierno, que sigue el consejo del Interventor y la Secretaria. Pide la palabra el Portavoz del grupo U.M.10, Sr. García, que dice que no se puede gastar el dinero que irá a bancos y grandes compañías aseguradoras (Planes del PP), es una barbaridad, votaremos en contra. Interviene el Concejal del grupo U.M.10, Sr. Flores, que expone que le quitan la paga a los empleados públicos diciendo que hay que ahorrar pero ese dinero no se puede tocar nada más que para Planes de pensiones, es mucho dinero. Los culpables de nuestros males son el poder financiero, invito a votar que no.
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Se somete a votación el acuerdo, siendo aprobado por MAYORÍA ABSOLUTA de los Sres. Concejales asistentes con siete votos a favor (de los cuales; siete votos son del grupo PP) y cinco votos en contra (de los cuales; tres son del grupo U.M.10, uno del grupo MPSM y uno del grupo PSOE). Y no habiendo más asuntos que tratar, por la Sra. Alcaldesa se levantó la sesión a las once horas y doce minutos del día de la fecha, de todo lo cual yo, la Secretaria, certifico y DOY FE.