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ACTA de la Sesión Extraordinaria y Urgente del Pleno del Ayuntamiento de Mojácar, celebrada el día 16 de Octubre de 2.012. ASISTENTES: Alcaldesa: Dª. Rosa María Cano Montoya (PP). Concejales: D. Fernando Jesús Aparicio Montoya (PP). Dª. María Luisa Pérez López (PP). D. Emmanuel Aguero Leclerc (PP). D. Agustín Fernando Montoya Pérez (PP). D. Diego García Montoya (PP). Dª. Raquel Belmonte de Haro (PP). D. Gabriel Flores Morales (U.M.10) D. Francisco A. Montoya Pérez (U.M.10) D. Manuel Jesús Zamora Fernández (PSOE). Secretaria: Dª María del Mar Martínez Martínez. En el Salón de Actos de la Casa Consistorial, a las catorce horas del día dieciséis de Octubre de dos mil doce, se reúne el Pleno Corporativo, en sesión de carácter EXTRAORDINARIA Y URGENTE, presidida por la Sra. AlcaldesaPresidenta Dª. Rosa María Cano Montoya, concurriendo los Sres. Concejales nominados al margen, asistidos por la Secretaria que suscribe Dª. María del Mar Martínez Martínez. No asisten el Concejal del grupo CEM, Sr. Medina, y el Concejal del grupo U.M.10., Sr. García y la Concejala del grupo MPSM, Sra. Simpson. Abierta la sesión y declarada pública por la Presidencia, una vez comprobada por la Secretaria la existencia de quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, y es excusada la falta de asistencia de la Sra. Concejala Dª. Jessica Dee Simpson que avisó que no podía venir, la Sra. Alcaldesa dispone se pase a considerar los asuntos comprendidos en el orden del día. 1.- DECLARACIÓN DE URGENCIA DE LA SESIÓN. La Alcaldesa Presidenta, Sra. Cano, justifica la urgencia de la celebración de la sesión, puesto que la misma estaba prevista para el día 15 de octubre, pero venía la Consejera de la Presidencia y asistimos a la reunión, por lo que se tuvo que desconvocar, y volver a convocar de urgencia el Pleno para hoy.
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Se somete a votación la urgencia, siendo aprobada por UNANIMIDAD de los Sres. Concejales asistentes con diez votos a favor (de los cuales; siete votos son del grupo PP, dos del grupo U.M.10 y uno del grupo PSOE).
2.- MOCIÓN INSTITUCIONAL PARA LA DECLARACION DE ZONA CATASTROFICA DEL TERMINO MUNICIPAL Y SOLICITUD DE AYUDAS PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LAS LLUVIAS TORRENCIALES DEL DÍA 27 Y 28 DE SEPTIEMBRE. La Secretaria General procede a dar lectura a la moción que se trae a Pleno, cuya trascripción literal es la siguiente: “Las fuertes tormentas de lluvia de finales del mes de septiembre, concretamente los días 27 y 28 , que han destruido cosechas y cultivos, produciendo además daños en infraestructuras de titularidad pública, mobiliario urbano, así como en bienes de titularidad privada, viviendas y explotaciones agrícolas y ganaderas, determinan la necesidad de adoptar la declaración de zona catastrófica. Por otra parte, la gestión de estas emergencias y la minimización de los daños requieren el esfuerzo y colaboración de todas las Administraciones Publicas implicadas mediante la actuación coordinada. En el marco del principio constitucional de solidaridad y por aplicación de los de equidad e igualdad, la magnitud de estos hechos y de sus consecuencias obliga a adoptar medidas paliativas dirigidas a la reparación de los daños producidos en personas y bienes y a la recuperación de las zonas afectadas. Las concretas medidas que se adoptan responden a la necesidad inaplazable de hacer frente a la situación de catástrofe cumpliendo el presupuesto de extraordinario y urgente necesidad de los gastos ocasionados desde un punto de vista presupuestario. Las ayudas que se pueden solicitar a la Administración del Estado se encuentran reguladas en el reciente Real Decreto Ley 25/2012, de 7 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias comunidades autónomas. Si bien la citada disposición se promulgó esencialmente para regular el régimen de ayudas por los daños derivados de los incendios, se han incluido otras catástrofes naturales entre las que se pueden subsumir las lluvias torrenciales. Los términos municipales y núcleos de población afectados a los que concretamente sean de aplicación las medidas aludidas se determinarán por Orden del Ministro del Interior. A tal efecto, se podrán entender también incluidos aquellos otros términos municipales o núcleos de población en los que, para la
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correcta ejecución de las obras necesarias, sean imprescindibles las actuaciones de los departamentos ministeriales competentes. El Gobierno, mediante Real Decreto, podrá declarar, con delimitación de los municipios y núcleos de población afectados, la aplicación de las medidas previstas en este Real Decreto-Ley a otros incendios y tormentas de características similares que hayan acaecido o puedan acaecer, en cualquier Comunidad Autónoma, desde su entrada en vigor hasta el 1 de noviembre de 2012. Según se establece en el articulado del Real Decreto Ley 25/2012, las ayudas a corporaciones locales por los gastos causados para hacer frente a estas situaciones de emergencia se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, sin que sea aplicable la cuantía prevista en sus artículos 22 y 23. Las solicitudes para la concesión de las ayudas previstas en los dos apartados anteriores se presentarán en el plazo de dos meses, contados a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley. Las ayudas que se concedan en aplicación de lo previsto en este artículo se financiarán con cargo a los créditos de los conceptos 461, 471, y 761 de la aplicación presupuestaria 16.01.134M «Para atenciones de todo orden motivadas por siniestros, catástrofes u otros de reconocida urgencia», dotados con carácter de ampliables en el vigente presupuesto del Ministerio del Interior Por otra parte a los proyectos que ejecuten las entidades locales en los términos municipales y núcleos de población a los que se hace referencia en el artículo 1, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades, y a la red viaria de las diputaciones provinciales y cabildos, se les aplicará el procedimiento de urgencia, pudiendo concedérseles por el Estado una subvención de hasta el 50 % de su coste. En base a lo anteriormente expuesto, se propone al Pleno de la Corporación que adopte los siguientes acuerdos; Primero.- Acordar la declaración de zona catastrófica en este término municipal por las lluvias producidas los días 27 y 28 de septiembre de este año, así como solicitarse inclusión en el ámbito de aplicación de las medidas aludidas en el Real Decreto-Ley. Segundo.- Tramitar las solicitudes de ayuda a la Subdelegación del Gobierno, aportando la documentación necesaria para acogerse a las mismas. Tercero.- Solicitar la colaboración y cooperación de todas Administraciones Públicas implicadas, dando traslado de este acuerdo a;
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Ministro del Interior. Consejeria de Gobernación. Delegación del Gobierno en Almería Diputación Provincial de Almería. Cuarto.- Declarar el carácter extraordinario y urgente necesidad de los gastos ocasionados desde un punto de vista presupuestario” Por la Alcaldesa Presidenta, Sra. Cano se abre el turno de intervenciones: Pide la palabra el Portavoz del grupo P.S.O.E., Sr. Zamora, que expone que el Gobierno dice que sólo va a pedir ayudas a la Unión Europea, a lo que se responde por la Alcaldesa, Sra. Cano, que a nosotros nos interesa que se organicen todas las Administraciones. Ha habido subvenciones que todavía no se han pagado. Hay que intentar corregir los errores cometidos anteriormente. Toma la palabra el Concejal del grupo U.M.10, Sr. Flores, que dice que si viene dinero será de Europa. Hay que presionar por todos los Alcaldes. Hay que enumerar los problemas que tenemos. Yo pienso que todo el término no es zona catastrófica, a lo que se responde por la Alcaldesa, Sra. Cano, que todos los Ayuntamientos hemos presentado las valoraciones estimativas. Se somete a votación el acuerdo, siendo aprobado por UNANIMIDAD de los Sres. Concejales asistentes con diez votos a favor (de los cuales; siete votos son del grupo PP, dos del grupo U.M.10 y uno del grupo PSOE). Y no habiendo más asuntos que tratar, por la Sra. Alcaldesa se levantó la sesión a las catorce horas y veinte minutos del día de la fecha, de todo lo cual yo, la Secretaria, certifico y DOY FE.